Este documento establece la Ley General de Bomberos de Colombia. Define la responsabilidad compartida en la gestión del riesgo de incendios y rescates. Crea la Dirección Nacional de Bomberos y la Junta Nacional de Bomberos, que aprobará proyectos financiados por el Fondo Nacional de Bomberos. También establece las Juntas Departamentales y Distritales de Bomberos y sus funciones de coordinación a nivel regional y local.
Test examenes oficiales oposiciones bomberos - MasterDMasterD
Este documento contiene 20 preguntas de un examen oficial de bomberos sobre temas como calor y cambio de estado, protección individual, clasificación de sustancias peligrosas, tipos de incendios, y equipos contra incendios. Las preguntas abarcan conceptos técnicos relacionados con el trabajo de los bomberos.
Este documento presenta una introducción a la normatividad colombiana relacionada con las brigadas contra incendio clase I. Explica conceptos como la jerarquía de las normas en Colombia y la gestión del riesgo. También resume varias leyes y resoluciones clave como la Ley 1523 de 2012 sobre gestión del riesgo de desastres, la Resolución 256 de 2014 que regula la conformación y capacitación de brigadas contra incendio, y la Norma Técnica Colombiana 3324 sobre higiene y seguridad para brigadas contra incendio.
El documento analiza dos obras del artista Antonio Berni: "Juanito va a la ciudad, 1963" y "Juanito Laguna y la aeronave, 1978". La primera representa metafóricamente la contaminación del aire y el agua causada por la industria y la tecnología. La segunda cuenta la historia de Juanito soñando con volar lejos de sus problemas familiares en una aeronave, representando su deseo de escapar de su realidad.
El documento describe tres servicios web 2.0: Wikipedia, Google Maps e Issuu. Wikipedia se define como una enciclopedia en línea de contenido abierto editada por voluntarios. Google Maps permite buscar lugares y obtener direcciones. Issuu permite compartir documentos PDF de forma atractiva como libros o revistas.
El documento describe tres servicios web 2.0: Wikipedia, Google Maps e Issuu. Wikipedia se describe como una enciclopedia en línea editable por voluntarios que provee información veraz en diferentes idiomas. Google Maps permite buscar lugares y obtener direcciones de navegación. Issuu permite compartir documentos PDF de forma atractiva simulando un libro interactivo.
Universidad politécnca-estatal-del-carchi-jhordano-1edisonupecerazo
Este documento describe las características de la Web 2.0 y las redes sociales Facebook y YouTube. Explica que la Web 2.0 permite a los usuarios interactuar y crear contenido como comunidades virtuales, incluyendo wikis, blogs y servicios de alojamiento de videos. Describe que Facebook comenzó en Harvard para conectar estudiantes y ahora tiene más de 140 millones de usuarios. Finalmente, detalla que YouTube fue creado en 2005 para compartir videos personales pero creció rápidamente para incluir videos profesionales como películas y comerciales.
Lary Ratliff has over 40 years of oilfield experience, including work as a completions engineer. He is seeking a senior completions engineer position onshore or offshore. He has extensive experience planning and executing well tests, completions, workovers, and subsea projects internationally for companies such as ExxonMobil, Halliburton, Shell, and Petrobras. He is proficient in completions operations, tools, and software applications.
La teoría del color describe dos sistemas de colores primarios: colores primarios de luz y colores primarios de pigmento. La teoría del color también incluye conceptos como el círculo cromático, la saturación, el tono y las escalas y gamas de colores.
Test examenes oficiales oposiciones bomberos - MasterDMasterD
Este documento contiene 20 preguntas de un examen oficial de bomberos sobre temas como calor y cambio de estado, protección individual, clasificación de sustancias peligrosas, tipos de incendios, y equipos contra incendios. Las preguntas abarcan conceptos técnicos relacionados con el trabajo de los bomberos.
Este documento presenta una introducción a la normatividad colombiana relacionada con las brigadas contra incendio clase I. Explica conceptos como la jerarquía de las normas en Colombia y la gestión del riesgo. También resume varias leyes y resoluciones clave como la Ley 1523 de 2012 sobre gestión del riesgo de desastres, la Resolución 256 de 2014 que regula la conformación y capacitación de brigadas contra incendio, y la Norma Técnica Colombiana 3324 sobre higiene y seguridad para brigadas contra incendio.
El documento analiza dos obras del artista Antonio Berni: "Juanito va a la ciudad, 1963" y "Juanito Laguna y la aeronave, 1978". La primera representa metafóricamente la contaminación del aire y el agua causada por la industria y la tecnología. La segunda cuenta la historia de Juanito soñando con volar lejos de sus problemas familiares en una aeronave, representando su deseo de escapar de su realidad.
El documento describe tres servicios web 2.0: Wikipedia, Google Maps e Issuu. Wikipedia se define como una enciclopedia en línea de contenido abierto editada por voluntarios. Google Maps permite buscar lugares y obtener direcciones. Issuu permite compartir documentos PDF de forma atractiva como libros o revistas.
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Este documento describe las características de la Web 2.0 y las redes sociales Facebook y YouTube. Explica que la Web 2.0 permite a los usuarios interactuar y crear contenido como comunidades virtuales, incluyendo wikis, blogs y servicios de alojamiento de videos. Describe que Facebook comenzó en Harvard para conectar estudiantes y ahora tiene más de 140 millones de usuarios. Finalmente, detalla que YouTube fue creado en 2005 para compartir videos personales pero creció rápidamente para incluir videos profesionales como películas y comerciales.
Lary Ratliff has over 40 years of oilfield experience, including work as a completions engineer. He is seeking a senior completions engineer position onshore or offshore. He has extensive experience planning and executing well tests, completions, workovers, and subsea projects internationally for companies such as ExxonMobil, Halliburton, Shell, and Petrobras. He is proficient in completions operations, tools, and software applications.
La teoría del color describe dos sistemas de colores primarios: colores primarios de luz y colores primarios de pigmento. La teoría del color también incluye conceptos como el círculo cromático, la saturación, el tono y las escalas y gamas de colores.
La teoría del color describe dos sistemas de colores primarios: colores primarios de luz y colores primarios de pigmento. La teoría del color también incluye conceptos como el círculo cromático, la saturación, el tono y las escalas y gamas de colores.
Michael plays multiple musical instruments including the viola, guitar, and bass guitar. He also enjoys gaming and some of the games he likes are Skyrim and The End based on the pictures included. This document introduces Michael and provides pictures showing some of his hobbies and interests in music and gaming.
Kristen Wuori is a highly motivated and creative professional seeking work in an enjoyable and professional environment. She has experience in various administrative roles utilizing skills like effective communication, team development, customer service, and problem solving. Her resume highlights past roles providing administrative support, research assistance, personal assistance, and retail management. She is currently studying for an Associate of Liberal Arts degree at Pima Community College where she has served as Honors Club President and Treasurer.
Un hacker es una persona con conocimientos avanzados de informática que puede realizar actividades desafiantes e ilícitas desde un ordenador. Un lamer es alguien sin habilidades técnicas o intelectuales que pretende aparentar lo contrario. Un cracker se refiere a aquellos que "rompen" sistemas de seguridad, generalmente con fines de lucro o protesta.
Este documento proporciona una lista de 77 juegos recreativos para jóvenes. Los juegos tienen como objetivo divertir y liberar energía de los participantes. Algunos juegos populares incluyen "Se murió chicho", "El guiño del ojo", "Los celosos" y "Los cubiertos", que involucran correr, competir en equipos y seguir instrucciones rápidas. Las descripciones detalladas guían a los animadores sobre cómo jugar cada juego de manera segura y entretenida.
Spearhead Waters - River Stone Inc. - FINAL SUBMISSION PowerpointAdam Thomas
The document outlines plans for the Spearhead Waters project which involves renovating an existing building into a restaurant, brewery, and nightclub. The project aims to conserve the local industrial history and bring the community together through locally sourced food and drink. Floor plans, elevations, and renderings are provided showing the proposed layout and design which includes renovating the interior spaces while maintaining the original exterior. Objectives for each component are listed along with details on building codes and regulations.
Este documento resume la historia del movimiento de liberación femenina desde sus inicios hasta la actualidad. Comenzó en el siglo XIX con sufragistas que exigían el derecho al voto para las mujeres y continuó en el siglo XX con un enfoque en la igualdad de derechos, educación y oportunidades laborales. Aunque se han logrado avances importantes, todavía existen desafíos en cuanto a la igualdad de género y el equilibrio entre las carreras profesionales y la vida familiar.
El documento describe el proceso de reclutamiento y selección de personal, el cual consiste en atraer candidatos calificados para ocupar cargos dentro de la organización. El proceso incluye dos fases: reclutamiento, que involucra identificar la posición vacante y posibles fuentes de candidatos; y selección, que evalúa a los candidatos usando diferentes técnicas como pruebas de inteligencia, personalidad e intereses para identificar a los mejores candidatos para cada puesto.
O documento discute a expansão portuguesa no século 15, com foco nos fatores que levaram Portugal a enfrentar o medo das viagens oceânicas e finalmente alcançar a Índia, incluindo a boa localização de Portugal, apoio financeiro de mercadores, falta de terra cultivável e o desenvolvimento de técnicas náuticas na Escola de Sagres.
Esta ley establece la Ley General de Bomberos de Colombia. Define que la gestión del riesgo de incendios es una responsabilidad compartida de todas las autoridades y habitantes del país. Crea la Dirección Nacional de Bomberos como entidad adscrita al Ministerio del Interior, responsable de coordinar las políticas y operaciones de los cuerpos de bomberos a nivel nacional. También establece la Junta Nacional de Bomberos, encargada de aprobar proyectos financiados por el Fondo Nacional de Bomberos y formular lineamientos técnicos para los cuerpos de bomber
Este documento presenta un resumen de 3 oraciones de la Ley 1575 de 2012 de Colombia, que establece la Ley General de Bomberos. Establece que la gestión del riesgo contra incendios es responsabilidad compartida de todas las autoridades y habitantes del territorio colombiano. Crea la Dirección Nacional de Bomberos para coordinar a las instituciones bomberiles del país y establece las competencias del nivel nacional y territorial para la prestación del servicio de bomberos.
Este documento presenta extractos de la Constitución Política de Colombia y la Ley 1575 de 2012 que establece la Ley General de Bomberos de Colombia. Define los bomberos como un servicio público esencial y establece las diferentes instituciones que los componen como cuerpos de bomberos voluntarios, oficiales y aeronáuticos. También describe sus funciones como la gestión del riesgo contra incendios, rescates y atención de incidentes con materiales peligrosos.
Este manual presenta el curso de bomberos nivel uno. Incluye 22 lecciones sobre temas como el fuego, extintores, mangueras, vehículos contra incendios, equipos de protección personal, comunicaciones, primeros auxilios y electricidad básica. También resume la normatividad que rige a los bomberos en Colombia como la Constitución, la Ley 322 de 1996 que crea el Sistema Nacional de Bomberos y la Resolución 3580 de 2007 que establece su reglamento.
La ley crea el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres en Colombia con el objetivo de definir responsabilidades de organismos públicos y privados en la prevención y atención de desastres, integrar esfuerzos públicos y privados, y garantizar la gestión eficiente de recursos. Se establece la Oficina Nacional para la Atención de Desastres y el Fondo Nacional de Calamidades, y se crean comités a nivel nacional, regional y local para la coordinación.
Este decreto establece el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres en Colombia. Define los objetivos y componentes del sistema, incluyendo la creación de comités a nivel nacional, regional y local. También describe los planes y acciones requeridos para la prevención, atención y recuperación ante desastres, así como los roles de las diferentes entidades públicas y privadas en la implementación del sistema.
Este decreto establece el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres en Colombia. El sistema está compuesto por entidades públicas y privadas que trabajan para prevenir y atender desastres. Se crea la Oficina Nacional para la Atención de Desastres para coordinar el sistema y desarrollar un Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres. El decreto también requiere que las entidades territoriales incluyan componentes de prevención de desastres en sus planes de desarrollo.
Este documento presenta un resumen de la Ley del Cuerpo de Bomberos de El Salvador. Establece que el Cuerpo de Bomberos es una institución pública encargada de la prevención, control y extinción de incendios, así como actividades de rescate y protección civil. Señala que estará dirigido por un Director General y funcionará bajo el Ministerio del Interior y Seguridad Pública. También describe las atribuciones y jerarquía del personal del Cuerpo de Bomberos, así como la unidad encargada de la prevención y seguridad contra incend
Este documento adopta el Plan Nacional de Emergencia y Contingencia para Eventos de Afluencia Masiva de Público en Colombia. También conforma la Comisión Nacional Asesora de Programas Masivos para asesorar en la aplicación del plan. El plan busca prevenir, mitigar y coordinar la respuesta a riesgos asociados con eventos masivos que congreguen más de 1,000 personas. Los alcaldes deben organizar un Puesto de Mando Unificado para coordinar la respuesta en su jurisdicción.
El documento especifica los requisitos técnicos para la adquisición de trajes de protección contra incendios forestales y estructurales para el personal operativo del Cuerpo de Bomberos de Ibarra. Describe la justificación de la compra debido a que algunos bomberos aún no cuentan con este equipamiento. Se solicitan 13 trajes forestales que cumplan con ciertas especificaciones técnicas en cuanto a materiales, peso y características. La compra busca dotar a todos los bomberos del equipo necesario para realizar sus funciones de manera segura.
Procedimiento operativo para la atención de incendios forestalescacotaforestales
El documento presenta los procedimientos para la atención y extinción de incendios forestales en Colombia, incluyendo los niveles de atención (comunitario, local, regional y nacional), la organización de brigadas y equipos de respuesta, y la coordinación entre instituciones como Bomberos, Defensa Civil y autoridades ambientales. Se describe el proceso de notificación, reconocimiento de la situación, planificación de acciones, y solicitud de apoyo entre los distintos niveles cuando la magnitud del incendio supera la capacidad local de respuesta.
La teoría del color describe dos sistemas de colores primarios: colores primarios de luz y colores primarios de pigmento. La teoría del color también incluye conceptos como el círculo cromático, la saturación, el tono y las escalas y gamas de colores.
Michael plays multiple musical instruments including the viola, guitar, and bass guitar. He also enjoys gaming and some of the games he likes are Skyrim and The End based on the pictures included. This document introduces Michael and provides pictures showing some of his hobbies and interests in music and gaming.
Kristen Wuori is a highly motivated and creative professional seeking work in an enjoyable and professional environment. She has experience in various administrative roles utilizing skills like effective communication, team development, customer service, and problem solving. Her resume highlights past roles providing administrative support, research assistance, personal assistance, and retail management. She is currently studying for an Associate of Liberal Arts degree at Pima Community College where she has served as Honors Club President and Treasurer.
Un hacker es una persona con conocimientos avanzados de informática que puede realizar actividades desafiantes e ilícitas desde un ordenador. Un lamer es alguien sin habilidades técnicas o intelectuales que pretende aparentar lo contrario. Un cracker se refiere a aquellos que "rompen" sistemas de seguridad, generalmente con fines de lucro o protesta.
Este documento proporciona una lista de 77 juegos recreativos para jóvenes. Los juegos tienen como objetivo divertir y liberar energía de los participantes. Algunos juegos populares incluyen "Se murió chicho", "El guiño del ojo", "Los celosos" y "Los cubiertos", que involucran correr, competir en equipos y seguir instrucciones rápidas. Las descripciones detalladas guían a los animadores sobre cómo jugar cada juego de manera segura y entretenida.
Spearhead Waters - River Stone Inc. - FINAL SUBMISSION PowerpointAdam Thomas
The document outlines plans for the Spearhead Waters project which involves renovating an existing building into a restaurant, brewery, and nightclub. The project aims to conserve the local industrial history and bring the community together through locally sourced food and drink. Floor plans, elevations, and renderings are provided showing the proposed layout and design which includes renovating the interior spaces while maintaining the original exterior. Objectives for each component are listed along with details on building codes and regulations.
Este documento resume la historia del movimiento de liberación femenina desde sus inicios hasta la actualidad. Comenzó en el siglo XIX con sufragistas que exigían el derecho al voto para las mujeres y continuó en el siglo XX con un enfoque en la igualdad de derechos, educación y oportunidades laborales. Aunque se han logrado avances importantes, todavía existen desafíos en cuanto a la igualdad de género y el equilibrio entre las carreras profesionales y la vida familiar.
El documento describe el proceso de reclutamiento y selección de personal, el cual consiste en atraer candidatos calificados para ocupar cargos dentro de la organización. El proceso incluye dos fases: reclutamiento, que involucra identificar la posición vacante y posibles fuentes de candidatos; y selección, que evalúa a los candidatos usando diferentes técnicas como pruebas de inteligencia, personalidad e intereses para identificar a los mejores candidatos para cada puesto.
O documento discute a expansão portuguesa no século 15, com foco nos fatores que levaram Portugal a enfrentar o medo das viagens oceânicas e finalmente alcançar a Índia, incluindo a boa localização de Portugal, apoio financeiro de mercadores, falta de terra cultivável e o desenvolvimento de técnicas náuticas na Escola de Sagres.
Esta ley establece la Ley General de Bomberos de Colombia. Define que la gestión del riesgo de incendios es una responsabilidad compartida de todas las autoridades y habitantes del país. Crea la Dirección Nacional de Bomberos como entidad adscrita al Ministerio del Interior, responsable de coordinar las políticas y operaciones de los cuerpos de bomberos a nivel nacional. También establece la Junta Nacional de Bomberos, encargada de aprobar proyectos financiados por el Fondo Nacional de Bomberos y formular lineamientos técnicos para los cuerpos de bomber
Este documento presenta un resumen de 3 oraciones de la Ley 1575 de 2012 de Colombia, que establece la Ley General de Bomberos. Establece que la gestión del riesgo contra incendios es responsabilidad compartida de todas las autoridades y habitantes del territorio colombiano. Crea la Dirección Nacional de Bomberos para coordinar a las instituciones bomberiles del país y establece las competencias del nivel nacional y territorial para la prestación del servicio de bomberos.
Este documento presenta extractos de la Constitución Política de Colombia y la Ley 1575 de 2012 que establece la Ley General de Bomberos de Colombia. Define los bomberos como un servicio público esencial y establece las diferentes instituciones que los componen como cuerpos de bomberos voluntarios, oficiales y aeronáuticos. También describe sus funciones como la gestión del riesgo contra incendios, rescates y atención de incidentes con materiales peligrosos.
Este manual presenta el curso de bomberos nivel uno. Incluye 22 lecciones sobre temas como el fuego, extintores, mangueras, vehículos contra incendios, equipos de protección personal, comunicaciones, primeros auxilios y electricidad básica. También resume la normatividad que rige a los bomberos en Colombia como la Constitución, la Ley 322 de 1996 que crea el Sistema Nacional de Bomberos y la Resolución 3580 de 2007 que establece su reglamento.
La ley crea el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres en Colombia con el objetivo de definir responsabilidades de organismos públicos y privados en la prevención y atención de desastres, integrar esfuerzos públicos y privados, y garantizar la gestión eficiente de recursos. Se establece la Oficina Nacional para la Atención de Desastres y el Fondo Nacional de Calamidades, y se crean comités a nivel nacional, regional y local para la coordinación.
Este decreto establece el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres en Colombia. Define los objetivos y componentes del sistema, incluyendo la creación de comités a nivel nacional, regional y local. También describe los planes y acciones requeridos para la prevención, atención y recuperación ante desastres, así como los roles de las diferentes entidades públicas y privadas en la implementación del sistema.
Este decreto establece el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres en Colombia. El sistema está compuesto por entidades públicas y privadas que trabajan para prevenir y atender desastres. Se crea la Oficina Nacional para la Atención de Desastres para coordinar el sistema y desarrollar un Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres. El decreto también requiere que las entidades territoriales incluyan componentes de prevención de desastres en sus planes de desarrollo.
Este documento presenta un resumen de la Ley del Cuerpo de Bomberos de El Salvador. Establece que el Cuerpo de Bomberos es una institución pública encargada de la prevención, control y extinción de incendios, así como actividades de rescate y protección civil. Señala que estará dirigido por un Director General y funcionará bajo el Ministerio del Interior y Seguridad Pública. También describe las atribuciones y jerarquía del personal del Cuerpo de Bomberos, así como la unidad encargada de la prevención y seguridad contra incend
Este documento adopta el Plan Nacional de Emergencia y Contingencia para Eventos de Afluencia Masiva de Público en Colombia. También conforma la Comisión Nacional Asesora de Programas Masivos para asesorar en la aplicación del plan. El plan busca prevenir, mitigar y coordinar la respuesta a riesgos asociados con eventos masivos que congreguen más de 1,000 personas. Los alcaldes deben organizar un Puesto de Mando Unificado para coordinar la respuesta en su jurisdicción.
El documento especifica los requisitos técnicos para la adquisición de trajes de protección contra incendios forestales y estructurales para el personal operativo del Cuerpo de Bomberos de Ibarra. Describe la justificación de la compra debido a que algunos bomberos aún no cuentan con este equipamiento. Se solicitan 13 trajes forestales que cumplan con ciertas especificaciones técnicas en cuanto a materiales, peso y características. La compra busca dotar a todos los bomberos del equipo necesario para realizar sus funciones de manera segura.
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El documento presenta los procedimientos para la atención y extinción de incendios forestales en Colombia, incluyendo los niveles de atención (comunitario, local, regional y nacional), la organización de brigadas y equipos de respuesta, y la coordinación entre instituciones como Bomberos, Defensa Civil y autoridades ambientales. Se describe el proceso de notificación, reconocimiento de la situación, planificación de acciones, y solicitud de apoyo entre los distintos niveles cuando la magnitud del incendio supera la capacidad local de respuesta.
Ley organica de bomberos y bomberas y administracion de emergencias de caract...luis ramon gonzalez rengel
Este documento presenta extractos de la Ley Orgánica del Servicio de Bombero y de los Cuerpos de Bomberos y Bomberas y Administración de Emergencias de Carácter Civil de Venezuela. Establece que el servicio de bomberos es un servicio público prestado por los cuerpos de bomberos en todo el territorio nacional. Define al bombero y establece sus valores y principios. También establece la organización administrativa de los cuerpos de bomberos y los principios y finalidades del servicio de bomberos.
El documento describe la organización y funciones de las comisiones municipales de protección civil en el país. Estas comisiones están integradas por representantes de instituciones gubernamentales y no gubernamentales a nivel municipal y son responsables de coordinar acciones de prevención, mitigación y respuesta ante desastres a nivel local. Sus funciones incluyen elaborar planes de trabajo, coordinar acciones con instancias departamentales, evaluar daños tras desastres y fiscalizar el cumplimiento de planes nacionales.
Este acuerdo crea el Fondo para la Prevención y Atención de Emergencias en Bogotá. Establece que el fondo será financiado con al menos el 0.5% de los ingresos tributarios de la ciudad y con contribuciones de entidades públicas y privadas. También crea la Oficina Coordinadora para la Prevención y Atención de Emergencias, que será responsable de coordinar las acciones de prevención y atención de desastres. Finalmente, establece una Junta Directiva para administrar el fondo y elaborar su presupuesto.
Este decreto adopta el Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres en Colombia. El plan tiene como objetivo orientar las acciones del Estado y la sociedad civil para la prevención y mitigación de riesgos, así como la preparación y recuperación ante desastres. El decreto aprueba el documento Fundamentos y Acción Programática del plan y establece objetivos como la reducción de riesgos, la respuesta efectiva ante desastres, y la recuperación rápida de zonas afectadas. También describe los principales programas que el Sistema Nacional
Este documento resume la Ley Nacional de Atención de Emergencias y Prevención de Riesgos de Costa Rica. La ley establece un marco jurídico para coordinar los esfuerzos del gobierno, empresas y sociedad civil para reducir las pérdidas humanas y materiales causadas por desastres naturales y antropogénicos. Se crea la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias para diseñar un Plan Nacional de Gestión de Riesgos y coordinar comités a nivel sectorial, regional y municipal.
Este decreto adopta el Plan Nacional de Contingencia contra derrames de Hidrocarburos, Derivados y Sustancias Nocivas en Colombia. El plan tiene como objetivo servir como instrumento para prevenir, mitigar y corregir los daños causados por derrames, y dotar al sistema nacional de una herramienta para coordinar la prevención y respuesta a estos eventos. El decreto establece la estructura y principios del plan, así como las responsabilidades de las entidades públicas y privadas involucradas en su implementación y actualización.
Este documento describe la necesidad de aplicar normas técnicas en la adquisición de vehículos para el Benemérito Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Cuenca. Señala que los bomberos deben mantener recursos y capacidades idóneas para cumplir con su campo de acción territorial. Explica que la maquinaria, vehículos, equipos y herramientas deben cumplir normas técnicas internacionales de construcción, seguridad y calidad para garantizar tiempos de respuesta mínimos y la seguridad de los bomberos durante las oper
1) La ley establece la organización nacional de protección civil y administración de desastres en Venezuela. 2) Se crea un Comité Coordinador Nacional que dirige la política nacional de protección civil. 3) También se crea una Dirección Nacional de Protección Civil que coordina la ejecución del plan nacional y los planes estatales y locales.
Protección civil en sonora. Seguimiento de una investigación sobre caso guard...Lizette Sandoval Meneses
Este documento analiza la falta de medidas de protección civil en inmuebles gubernamentales en Sonora y ofrece recomendaciones. Identifica que la mayoría de los inmuebles no cuentan con planes internos de protección civil ni equipo contra incendios, poniendo en riesgo a trabajadores y vecinos. Recomienda que las dependencias gubernamentales cumplan con las leyes de protección civil de forma transparente y que se establezcan sanciones para los funcionarios que no lo hagan. También sugiere mejorar los recursos de las unidades de
José Luis Jiménez Rodríguez
Junio 2024.
“La pedagogía es la metodología de la educación. Constituye una problemática de medios y fines, y en esa problemática estudia las situaciones educativas, las selecciona y luego organiza y asegura su explotación situacional”. Louis Not. 1993.
La Unidad Eudista de Espiritualidad se complace en poner a su disposición el siguiente Triduo Eudista, que tiene como propósito ofrecer tres breves meditaciones sobre Jesucristo Sumo y Eterno Sacerdote, el Sagrado Corazón de Jesús y el Inmaculado Corazón de María. En cada día encuentran una oración inicial, una meditación y una oración final.
LA PEDAGOGIA AUTOGESTONARIA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJEjecgjv
La Pedagogía Autogestionaria es un enfoque educativo que busca transformar la educación mediante la participación directa de estudiantes, profesores y padres en la gestión de todas las esferas de la vida escolar.
LA PEDAGOGIA AUTOGESTONARIA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJE
Ley 1575 del 21 de agosto de 2012
1. ·LEY 110.-1575
"POR MEDIO DE lA CUAL SE ESTABLECE lA lEY GENERAL DE
BOMBEROS DE COLOMBIA"
EL CONGRESO DE COLOMBIA,
DECRETA:
ARTíCULO 10. Responsabilidad compartida. La gestión integral del riesgo
contra incendio, los preparativos y atención de rescates en todas sus
modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos es
responsabilidad de todas las autoridades y de los habitantes del territorio
colombiano, en especial, los Municipios, o quien haga sus veces, los
Departamentos y la Nación. Esto sin perjuicio de las atribuciones de las demás
entidades que conforman el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de
Desastres.
En cumplimiento de esta responsabilidad los organismos públicos y privados
deberán contemplar la contingencia de este riesgo en los bienes muebles e
inmuebles tales como parques naturales, construcciones, programas de
desarrollo urbanístico e instalaciones y adelantar planes, programas y proyectos
tendientes a disminuir su vulnerabilidad.
ARTíCULO 2°. Gestión integral 'del riesgo contra incendio. La gestión
integral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescates en
todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos,
estarán a cargo de las instituciones Bomberiles y para todos sus efectos,
constituyen un servicio público esencial a cargo del Estado.
Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del
territorio nacional, en forma directa a través de Cuerpos de Bomberos Oficiales,
Voluntarios y aeronáuticos.
ARTíCULO 3°. Competencias del nivel nacional y territorial. El servicIo
público esencial se prestará con fundamento en los principios de subsidiariedad,
coordinación y concurrencia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 288
de la Constitución.
Corresponde a la Nación la adopción de políticas, la planeación, las
regulaciones generales y la cofinanciación de la gestión integral del riesgo
contra incendios, los preparativos y atención de rescates en todas sus
modalidades y la atención de incidentes con materiales ' peligro,s.Q,.s. Los
c~,.
1
2. I
departamentos ejercen funciones de coordinación, de complementariedad de la
acción de los distritos y municipios, de intermediación de estos ante la Nación
para la prestación del servicio y de contribución a la financiación tendiente al
fortalecimiento de los cuerpos de bomberos.
Los entes territoriales deben garantizar la inclusión de políticas, estrategias,
programas, proyectos y la cofinanciación para la gestión integral del riesgo
contra incendios, rescates y materiales peligrosos en los instrumentos de
planificación territorial e inversión pública.
Es obligación de los distritos, con asiento en su respectiva jurisdicción y de los
municipios la prestación del servicio público esencial a través de los cuerpos de
bomberos oficiales o mediante la celebración de contratos y/o convenios con los
cuerpos de bomberos voluntarios. En cumplimiento del principio de
subsidiariedad, los municipios de menos de 20.000 habitantes contarán con el
apoyo técnico del departamento y la financiación del fondo departamental y/o
nacional de bomberos para asegurar la prestación de este servicio.
Las autoridades civiles, militares y de policía, garantizarán el libre
desplazamiento de los miembros de los cuerpos de bomberos en todo el
territorio nacional y prestarán el apoyo necesario para el cabal cumplimento de
sus funciones.
ARTíCULO 4°. A partir de la vigencia de la presente ley la organización para la
gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de
rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales
peligrosos, se denominarán Bomberos de Colombia.
Los bomberos de Colombia forman parte integral del Sistema Nacional para la
Prevención y Atención de Desastres o quien haga sus veces.
Las instituciones que integran los bomberos de Colombia, son las siguientes:
a) Los Cuerpos de Bomberos Voluntarios Reconocidos.
b) Los Cuerpos de Bomberos Oficiales.
c) Los Bomberos Aeronáuticos.
d) Las Juntas Departamentales de Bomberos.
e) La Confederación Nacional de Cuerpos de Bomberos.
f) La Delegación Nacional de Bomberos de Colombia.
g) La Junta Nacional de Bomberos de Colombia.
h) La Dirección Nacional de Bomberos de Colombia.
2
3. Parágrafo 1°. Para los efectos de la presente ley, la confederación nacional de
cuerpos de bomberos de Colombia, representa gremialmente a los cuerpos de
bomberos oficiales y voluntarios del país.
Parágrafo 2°. Los bomberos de Colombia tendrán un uniforme, un lema, un
estandarte, un himno y un escudo. Su nombre, emblemas, insignias, uniformes,
condecoraciones y demás elementos de identificación, no podrán ser usados
por ninguna otra persona, organización, vehículo o entidad, so pena de las
acciones legales pertinentes.
ARTíCULO 5°. Dirección Nacional de Bomberos. Créase la Dirección
Nacional de Bomberos, como Unidad Administrativa Especial del orden
nacional, con personería jurídica, adscrita al Ministerio del Interior, con
autonomía administrativa, financiera y patrimonio propio, cuya sede será en
Bogotá, D. C.
La función del Director Nacional de Bomberos deberá ser cumplida por un
Oficial de Bomberos de máximo grado de reconocida trayectoria institucional
bomberil, nombrado por el Presidente de la República.
El oficial que asuma dicho cargo, tendrá el grado superior de Capitán en Jefe,
las insignias y demás distintivos serán reglamentados por la Junta Nacional de
Bomberos de Colombia.
Todas las instituciones bomberiles del país, oficiales, aeronáuticos y
voluntarios, así como sus miembros estarán bajo coordinación operativa de la
Dirección Nacional de Bomberos de Colombia.
ARTíCULO 6°. Funciones de la Dirección Nacional de Bomberos:
* Aprobar, coordinar, regular y acompañar en la implementación, de las políticas
globales y los reglamentos generales de orden técnico, administrativo y
operativo que deben cumplir los cuerpos de bomberos y sus integrantes para la
prestación del servicio público esencial.
* Acompañar a los cuerpos de bomberos en la formulación y ejecución de los
planes de mejoramiento, que cada cuerpo de bomberos adopte para ajustarse a
los lineamientos determinados por la dirección nacional.
* Dar el soporte técnico a los cuerpos de bomberos para la formulación de
¡ proyectos a presentar ante la junta nacional de bomberos.
* Fortalecer la actividad bomberil.
* Administrar el Fondo Nacional de Bomberos
3
4. ARTíCULO 7°. Junta Nacional de Bomberos de Colombia. la Junta Nacional
de Bomberos, es un organismo decisor de los recursos del Fondo Nacional de
Bomberos; y asesor de la Dirección Nacional de Bomberos, encargada en el
orden nacional de aprobar los proyectos a financiar con los recursos del Fondo
Nacional, así como formular los lineamientos generales de orden técnico,
administrativo y operativo que deben cumplir los cuerpos de bomberos y sus
integrantes, para la prestación del servicio público esencial de la gestión integral
del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescates en todas sus
modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos.
El Gobierno reglamentará dentro de los seis (6) meses posteriores a la
promulgación de la presente ley, el funcionamiento de la Junta Nacional de
Bomberos de Colombia.
ARTíCULO 8°. Integración Junta Nacional de Bomberos. La Junta Nacional
de Bomberos de Colombia, estará integrada por:
a) El Ministro del Interior, quien la presidirá o su delegado, quien solo podrá ser
el viceministro.
b) El Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado
c) El Director de la Unidad Nacional para la Gestión de Riesgo de Desastres o
quien haga sus veces.
d) El Director General de la Autoridad Aeronáutica de Colombia o su delegado
quien deberá ser el Jefe del Grupo de Bomberos Aeronáuticos a Nivel Nacional
e) Un Alcalde elegido por la Federación Nacional de Municipios.
f) Un Gobernador elegido por la Federación Nacional de Departamentos.
g) El Presidente de la Confederación Nacional de Bomberos o su delegado.
h) Cuatro (4) delegados de las Juntas Departamentales de Bomberos del país.
i) Un (1) delegado de los Cuerpos de Bomberos Oficiales del país, elegido entre
ellos mismos.
j) Un delegado de la Federación de Aseguradores Colombianos (Fasecolda).
Parágrafo. Cuando así lo requiera, la Junta Nacional podrá invitar a cualquier
persona natural o jurídica de derecho público o privado, para que participe en
dicha Junta, para escucharlo en sesión extraordinaria actuando con voz y sin
voto.
4
5. ARTíCULO 9°. Funciones de la Junta Nacional de Bomberos:
* Aprobar los proyectos presentados, a financiar con el Fondo Nacional d
Bomberos.
* Formular los lineamientos y los reglamentos generales de orden técnic(
administrativo y operativo, para que sean insumo para las determinaciones de I
Dirección Nacional de Bomberos.
ARTíCULO 10. Delegación Nacional. La Delegación Nacional de Bomberos e
1I
un órgano de la Institución de Bomberos de Colombia y está conformado por u
delegado, elegido de cada una de las juntas departamentales de bomberos dE
país y sus funciones son:
a) Elegir a los delegados de las juntas departamentales de bomberos qu
integrarán la Junta Nacional de Bomberos, que trata el literal h) del artículo 8 d
la presente ley.
b) Evaluar en sus reuniones anuales, la aplicación y desarrollo por los cuerpo
de bomberos de las políticas, programas y proyectos operativos, educativo~
organizativos y tecnológicos emanados de la Junta Nacional de Bomberos d
Colombia y hacer las recomendaciones a que haya lugar.
ARTíCULO 11. Delegaciones Departamentales y Distritales de Bombero~
Las delegaciones Departamentales y Distritales de Bomberos son organismo
asesores de los departamentos y los distritos en materia de seguridad contr
incendios e interlocutores de los Cuerpos de Bomberos.
Las Delegaciones Departamentales y Distritales de Bomberos, estará
integradas por los cuerpos de bomberos que funcionen en la respectiva entida
territorial departamental y tendrán una Junta Directiva que actuará en su nombr
y le representará en todo concepto, por períodos anuales.
ARTíCULO 12. Integración Junta Departamental de Bomberos. Las Junta
Departamentales de Bomberos estarán integradas por:
a) El Gobernador del Departamento que solo podrá en caso de ser necesari
delegar en el secretario de gobierno, quien la presidirá.
b) El secretario de Ambiente del Departamento o quien haga sus veces.
c) Tres (3) comandantes de cuerpos de bomberos voluntarios y un (1
comandante y/o director del cuerpo de bomberos oficial.
d) El director del Comité Regional para la Prevención y Atención de Desastre
(Crepad) o quien haga sus veces.
I
I
I
s
6. ¡e) El Director Regional de la Aeronáutica Civil, con jurisdicción en la respectiva
regional o su delegado quien deberá ser el Jefe del Grupo de Bomberos
Aeronáuticos en la respectiva regional.
Parágrafo 10
En los Departamentos donde no existan cuerpos de bomberos•
suficientes para el lleno de los requisitos del literal c) del presente artículo, se
llenará con los comandantes de los cuerpos de bomberos existentes, en ningún
caso se excederá de cuatro (4) comandantes.
Parágrafo 2. La Junta Departamental seleccionará entre los comandantes de
bomberos que la integran, un representante ante la delegación nacional y el
comité regional y local para la atención y prevención de desastres.
ARTíCULO 13. Coordinador. La Junta Departamental de Bomberos designará
a un coordinador ejecutivo quien será el interlocutor entre la Dirección Nacional
y los Cuerpos de Bomberos de su jurisdicción, curnplirá con las funciones de
Secretaria Técnica, quien deberá ser oficial de bomberos con título académico
de tecnólogo o profesional.
Parágrafo. Los gastos que demande la Junta Departamental y la coordinación
ejecutiva se financiarán a través del Fondo Departamental de Bomberos.
ARTíCULO 14. Fondo Departamental de Bomberos. Los departamentos
podrán crear, mediante ordenanza, "El Fondo Departamental de Bomberos",
como una cuenta especial del departamento, con independencia patrimonial,
administrativa contable y estadística con fines de interés público y asistencia
social y destinada a la financiación de la actividad de la delegación
departamental de bomberos y al fortalecimiento de las instituciones Bomberiles
de la respectiva jurisdicción.
El Fondo Departamental de Bomberos será administrado por el Presidente de la
Junta Departamental de bomberos, quien solo podrá delegar esta función en el
Secretario de Gobierno.
Para tal efecto podrá establecer estampillas, tasas o sobretasas a contratos de
pbras públicas, interventorías, o demás que sean de competencia del orden
~epartamental y/o donaciones y contribuciones públicas o privadas, nacionales y
~xtranjeras.
~RTíCUlO 15. Funciones de las Juntas Departamentales de Bomberos.
~as Juntas Departamentales de Bomberos, cumplirán las siguientes funciones
~enerales:
~ Evaluación y acompañamiento en el desarrollo de las actividades propias
~e la función bomberil, desplegadas en el ámbito de la jurisdicción de cada
~epartamento.
~ Selección y nombramiento entre los comandantes que la integran, de los
epresentantes ante la delegación nacional y el Comité Regional y Local para la
Menció,-¡ y Prevención de Desastres.
6
7. • Aprobar los proyectos a financiar con el Fondo Departamental de
Bomberos.
Parágrafo. La inspección, vigilancia y control de los cuerpos de bombero~
aeronáuticos será ejercida por la autoridad Aeronáutica Civil. En el caso de lo~
Cuerpos de Bomberos Aeronáuticos será ejercida por la Aeronáutica Civil.
CAPITULO 111
CUERPOS DE BOMBEROS
ARTíCULO 16. Junta Distrital de Bomberos de Bogotá, D. C. La junta distrita
de bomberos de Bogotá, D. C., cumplirá las mismas funciones de las Juntas
Departamentales de Bomberos.
La Junta Distrital de Bomberos de Bogotá, D. C., estará integrada de la
siguiente manera:
a) El Alcalde Mayor, que solo podrá en caso de ser necesario delegar en el
secretario de gobierno, quien la presidirá;
b) El Secretario de Medio Ambiente, o quien haga sus veces;
c) El Director de la Unidad Administrativa Especial -Cuerpo Oficial de
Bomberos, o entidad que haga sus veces; quien ejercerá la secretaría técnica y
ejecutiva;
d) El Comandante del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Bogotá;
e) El Director General de la Aeronáutica Civil o su delegado, quien solo podrá
ser el Jefe del Grupo de Bomberos Aeronáuticos en la respectiva regional.
ARTíCULO 17. Definición. Las instituciones organizadas para la prevención,
,1
atención y control de incendios, los preparativos y atención de rescates en todas
I sus modalidades inherentes a su actividad y la atención de incidentes con
I
materiales peligrosos, se denominan Cuerpos de Bomberos.
I
I Parágrafo. A partir de la vigencia de la presente ley, ningún municipio podrá
tener más de un (1) cuerpo de bomberos voluntario.
ARTíCULO 18. Clases. Los Cuerpos de Bomberos son Oficiales, Voluntarios y
Aeronáuticos, así:
a) Cuerpos de Bomberos Oficiales: Son aquellos que crean los concejos
distritales o municipales, para el cumplimiento del servicio público para la
gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de
rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales
peligrosos a su cargo en su respectiva jurisdicción.
7
8. b) Los Cuerpos de Bomberos Voluntarios: Son aquellos organizados como
asociaciones sin ánimo de lucro, de utilidad común y con personería jurídica
expedida por las secretarías de gobierno departamentales, organizadas para la
prestación del servicio público para la gestión integral del riesgo contra incendio,
los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atención
de incidentes con materiales peligrosos, en los términos del artículo segundo de
la presente ley y con certificado de cumplimiento expedido por la dirección
Nacional de Bomberos.
c) Los Bomberos Aeronáuticos: son aquellos cuerpos de bomberos especializados
y a cargo de los explotadores públicos y privados de aeropuertos, vigilados por
la Autoridad Aeronáutica Colombiana y organizados para la gestión integral del
riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescates en todas sus
modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos y demás
~alamidades conexas propias del sector aeronáutico.
Parágrafo 10
A partir de la promulgación de la presente ley, en ningún•
municipio o distrito podrán crearse cuerpos de bomberos voluntarios sin el lleno
~e los requisitos contemplados en el artículo 20 de la presente ley.
Parágrafo 2°. Las brigadas contraincendios industriales, comerciales, y similares,
~eberán capacitarse ante las instituciones bomberiles, de acuerdo a la
eglamentación que para el efecto expida la Dirección Nacional de Bomberos de
~olombia. Las brigadas y sus integrantes no podrán utilizar símbolos, insignias,
~niformes o cualquier otro distintivo exclusivo de los bomberos de Colombia.
~RTíCULO 19. Las fuerzas armadas y de policía. Las fuerzas militares, de
policía y los demás cuerpos operativos del sistema nacional de prevención y
ratención de desastres podrán apoyar en situaciones especiales tales, como
ncendios estructurales en alturas, forestales de gran magnitud o de difícil
acceso, o en eventos de desastres naturales o antrópicos, que requieran de su
~apacidad humana, técnica o tecnológica, bajo la coordinación del Cuerpo de
~omberos, de la respectiva jurisdicción.
~RTíCULO 20. Creación. Para la creación de un Cuerpo de Bomberos se
equiere:
~) El cumplimiento de los estándares técnicos y operativos nacionales e
nternacionales determinados por la Dirección Nacional, de acuerdo con las
ecomendaciones de la Junta Nacional de Bomberos;
:» Concepto técnico previo, favorable de la Junta Departamental o Distrital
espectiva;
..) Para el caso de los Bomberos Aeronáuticos deberán cumplir con las normas,
equisitos y condiciones establecidos por la Autoridad Aeronáutica en los
~eglamentos Aeronáuticos de Colombia (RAC)
8
9. ARTíCULO 21. Inicio de operaciones. Un cuerpo de bomberos ya creado, solo
podrá iniciar operaciones cuando sus unidades hayan certificado su idoneidad
ante la junta departamental de bomberos
El Gobierno Nacional reglamentará, dentro de los seis (6) meses siguientes a la
promulgación de la presente ley, los trámites y requisitos para la expedición de
los certificados de cumplimiento, la carnetización y los seriales de las placas. En
todo caso se respetarán los grados, la idoneidad bomberil, las condecoraciones
y distinciones que a la fecha tengan los miembros de los cuerpos de bomberos
del país.
Los cuerpos de bomberos aeronáuticos deberán cumplir con las normas
aplicables al personal aeronáutico, la normatividad aeronáutica aplicable al
servicio de extinción de incendios en aeropuertos y obtener la correspondiente
autorización de la aeronáutica Civil.
ARTíCULO 22. Funciones. Los cuerpos de bomberos tendrán las siguientes
funciones:
1. llevar a cabo la gestión integral del riesgo en incendios que comprende:
a) Análisis de la amenaza de incendios.
b) Desarrollar todos los programas de prevención.
c) Atención de incidentes relacionados con incendios.
d) Definir, desarrollar e implementar programas de mitigación.
e) Llevar a cabo los preparativos tanto en los cuerpos de bomberos, como en
la comunidad y todas las instalaciones de personas de derecho público y
privado para garantizar la respuesta oportuna, eficiente y eficaz.
,¡
I
2. Adelantar los preparativos, coordinación y la atención en casos de .
I rescates, tanto en los cuerpos de bomberos, como en la comunidad y en todas
I las instalaciones de las personas de derecho público y privado, de acuerdo con
I
sus escenarios de riesgo.
3. Adelantar los preparativos, coordinación y la atención de casos de
incidentes con materiales peligrosos, tanto en los cuerpos de bomberos, como
en la comunidad y en todas las instalaciones de las personas de derecho
público y privado, de acuerdo con sus escenarios de riesgo.
I 4. Investigar las causas de las emergencias que atienden y presentar su
informe oficial a las autoridades correspondientes.
5. Servir de organismo asesor de las entidades territoriales en temas
relacionados con incendios, rescates e incidentes con materiales peligrosos y
seguridad humana.
.
9
10. 6. Apoyar a los comités locales de gestión del riesgo en asuntos bomberiles.
7. Ejecutar los planes y programas que sean adoptados por las instituciones
de los bomberos de Colombia.
Parágrafo. Las anteriores funciones serán cumplidas en atención a los
estándares y parámetros aprobados por la junta nacional de bomberos.
ARTíCULO 23. Democracia interna. El Consejo de Oficiales es la maxlma
autoridad de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios, y como tal le compete
además de la elección del Comandante quien será su representante legal, la
elección de Dignatarios y las demás que determine la Junta Nacional de
Bomberos. Así mismo, nombrar el Revisor Fiscal quien será externo a los
Cuerpos de Bomberos.
ARTíCULO 24. Inspección, Vigilancia y control. La Dirección Nacional de
Bomberos, ejercerá la inspección, vigilancia y control sobre los Cuerpos de
Bomberos.
ARTíCULO 25. Reglamentos. Los cuerpos de bomberos deberán ceñirse a los
reglamentos técnicos, administrativos, educativos y operativos que expida la
Dirección Nacional de Bomberos.
Los Cuerpos de Bomberos Aeronáuticos además deberán centrse a los
reglamentos técnicos, administrativos, educativos y operativos que expida la
Autoridad Aeronáutica de Colombia.
ARTíCULO 26. Coordinación Cuando exista un Cuerpo de Bomberos Oficial y
Cuerpo de Bomberos Voluntarios, en un municipio, distrito, área metropolitana o
asociaciones de municipios, la Dirección Nacional de Bomberos, determinará la
coordinación operativa en su respectiva jurisdicción.
Cuando las brigadas contraincendios espontaneas y en general, cuando los
particulares deciden participar en casos de emergencia, operativamente, se
subordinarán al cuerpo de bomberos de la respectiva jurisdicción.
ARTíCULO 27. Seguridad social y seguro de vida. La actividad de bomberos
será considerada como una labor de alto riesgo para todos los efectos, y los
miembros de los cuerpos de bomberos gozarán de los derechos de seguridad
social. Quienes laboren como bomberos tendrán la cobertura de un seguro de
vida durante el tiempo que ejerzan dicha labor.
La Dirección Nacional de Bomberos determinará en un plazo no inferior a 1 año
F! partir de su creación, los mecanismos para garantizar lo dispuesto en el
presente artículo, todo dentro del marco de la normatividad vigente.
10
11. ARTíCULO 28. Servicios de emergencia. Son servicios de emergencia las
acciones de respuesta a llamados de auxilio de la población, relacionadas con
incendios, explosiones y calamidades conexas; rescates e incidentes con
materiales peligrosos.
ARTíCULO 29. Gratuidad de los servicios de emergencia. Los cuerpos de
bomberos no podrán cobrar suma alguna a la ciudadanía o exigir compensación
de cualquier naturaleza en contraprestación a los servicios de emergencia.
ARTíCULO 30. Beneficios tributarios. A iniciativa del respectivo Alcalde,
los Concejos Municipales y Distritales podrán establecer tarifas especiales o
exonerar de gravámenes e impuestos distritales o municipales a los
inmuebles destinados a dependencias, talleres y lugares de entrenamiento
de los Cuerpos de Bomberos. Esos mismos predios no serán sujetos de
impuestos o gravámenes por parte de la Nación.
De igual manera, a iniciativa del respectivo Alcalde, los Concejos Municipales y
Distritales podrán exonerar a los Cuerpos de Bomberos del pago del impuesto
de Industria y Comercio, avisos y tableros, impuesto sobre vehículo automotor,
valorización, al pago de estampillas, impuestos o contribuciones que se
requieran para la celebración de contratos y/o convenios con los entes
territoriales u otras entidades de carácter público o privado.
ARTíCULO 31. Exención del Pago de Peajes. Los vehículos automotores
destinados a la atención del riesgo contra incendio, rescates en todas sus
modalidades y a la atención de incidentes con materiales peligrosos a cargo de
los bomberos de Colombia y los demás órganos operativos del sistema para la
prevención y atención de desastres, estarán exentos del pago de peajes a nivel
nacional.
CAPITULO VI
FINANCIACION y RECURSOS
ARTíCULO 32. Adquisición de equipos. Los cuerpos de bomberos oficiales,
voluntarios y aeronáuticos y los demás órganos operativos del sistema para la
prevención y atención de desastres estarán exentos del pago de impuestos,
tasas o contribuciones, aranceles y nacionalización en la adquisición por compra
o donación de vehículos, equipos o elementos nuevos o usados.
Las exenciones dispuestas en el presente articulo para la adquisición por
compra o donación de vehículos, equipos o elementos nuevos o usados
utilizados para la gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y
atención de rescates a la actividad bomberil y la atención de incidentes con
materiales peligrosos aplicara solamente para los cuerpos de bomberos.
La nacionalización y los registros que requiera el respectivo equipo se harán a
nombre del cuerpo de bomberos que lo adquiera. ~ ~
i
11
12. En el caso de la donación de vehículos usados, estos no podrán tener una vida
superior a diez (10) años, respecto de la fecha de su fabricación.
Así mismo los cuerpos de bomberos estarán exentos de pago de impuestos de
renta y de peajes para todos los vehículos de las instituciones bomberiles
debidamente acreditados e identificados con sus logos respectivos.
ARTíCULO 33. Frecuencias de Radiocomunicaciones. El Ministerio de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones otorgará y exonerará del
pago para la adjudicación y uso de frecuencias de radiocomunicaciones que
deben utilizar los organismos bomberiles y los demás órganos operativos del
sistema para la prevención y atención de desastres.
Igualmente estarán exonerados de cualquier tarifa en lo referente a las·
frecuencias de radiocomunicaciones, utilizadas por los cuerpos de bomberos en
sus actividades operativas propias de la prestación del servicio público a su
cargo respecto a su adjudicación y uso, sin que por ello pierda la propiedad
control y vigilancia de la misma.
ARTíCULO 34. Fondo nacional de bomberos. Créese el fondo nacional de
bomberos de Colombia como una cuenta especial de la nación, manejada por la
Dirección Nacional de Bomberos, con independencia patrimonial, administrativa,
contable y estadística con fines de interés público y asistencia social y de
atención de la gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y
atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con
materiales peligrosos para fortalecer los cuerpos de bomberos.
El Gobierno Nacional reglamentará el recaudo, administración y distribución de
los recursos de este fondo.
Los recursos del fondo, serán distribuidos a nivel de los cuerpos de bomberos
de acuerdo a los proyectos aprobados por la Junta Nacional, atendiendo a su
viabilidad técnica, a su pertinencia y a la disponibilidad financiera y operativa,
con destino a la implementación de planes y programas de educación de la
población en materia de gestión integral del riesgo contraincendio y demás
calamidades conexas, capacitación de la unidades bomberiles, e infraestructura
física y equipamiento.
De igual manera, con los recursos del fondo nacional se podrá financiar la
creación, funcionamiento y sostenimiento del registro único nacional de
estadísticas de bomberos.
Parágrafo 1°. El Gobierno Nacional dispondrá los recursos para el
funcionamiento y fortalecimiento de la estructura orgánica de la dirección
nacional de bomberos, así como de los recursos destinados a la cofinanciación
de proyectos de inversión que los cuerpos de bomberos presenten y sean
debidamente aprobados.
,.
12
13. Parágrafo 2°. Las veedurías ciudadanas podrán ejercer control social sobre lé
ejecución de los recursos disponibles en el fondo nacional de bomberos, par
cualquier órgano creado por la presente ley.
ARTíCULO 35. Recursos del fondo nacional de bomberos. El fondo naciona
de bomberos, se financiará con los siguientes recursos:
1. Toda compañía aseguradora que otorgue pólizas de seguros en los ramos del
hogar, incendio, terremoto, minas y petróleo, o la denominación que en s
portafolio de pólizas esté registrada ante la Superintendencia financiera y qw
tengan que ver con los ramos antes señalados, deberá aportar al fondo naciona
de bomberos una suma equivalente al dos por ciento (2%) liquidada sobre e
valor de la póliza de seguros; este valor deberá ser girado al fondo nacional dI
bomberos dentro de los primeros diez (10) días del mes siguiente a I
adquisición de las mencionadas pólizas.
2. En cada vigencia fiscal, el Gobierno Nacional apropiará en el presupuest
general de la nación con destino al fondo nacional de bomberos, como mínimo
la suma de veinticinco mil millones de pesos, cifra que será ajustada anualmenb ,
de acuerdo con el indice de Precios al Consumidor. Estos recursos SE
destinarán para financiar proyectos de inversión.
El Gobierno Nacional reglamentará dentro de los seis (6) meses siguientes a le
promulgación de la presente ley, los mecanismos de control y vigilancia para e
giro oportuno y real de los recursos previstos en este artículo.
Parágrafo 1°. El fondo nacional también podrá financiarse con recurso
aportados por personas naturales ylo jurídicas de derecho público o privado
nacional o extranjero.
Parágrafo 2°. El control fiscal de los recursos que hagan parte del Fondc
Nacional de bomberos será competente la Contraloría General de la Repúblicé ·
conforme a los principios del Control Fiscal.
CAPITULO VII
REGIMEN DISCIPLINARIO
ARTíCULO 36. Forma de acceder a los recursos del Fondo. Dentro de
primer trimestre de cada año previa notificación de los recursos que lE
corresponden ese año, las Delegaciones Departamentales de Bombero5
deberán remitir a la Junta Nacional de Bomberos, el Plan Anual de Acciór
elaborado en concertación con los Cuerpos de Bomberos de su jurisdicción.
La Junta Nacional deberá emitir concepto favorable de los planes, dentro de
primer trimestre del año, como requisito previo para el giro de los recursos po
parte del Fondo Nacional de Bomberos; tal desembolso se hará directamente é
~~ ..
13
14. ~s entidades bomberiles territoriales beneficiarias del respectivo Plan Anual de
~cción Departamental.
CAPITULO VIII
OTROS
~RTíCULO 37. Recursos por Iniciativa de los Entes Territoriales. Los
istritos, municipios y departamentos, podrán aportar recursos para la gestión
ntegral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescates en
odas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos, en
ps siguientes términos.
~) De los Municipios
os concejos municipales y distritales, a iniciativa del alcalde podrán establecer
obretasas o recargos a los impuestos de industria y comercio, impuesto sobre
ehículo automotor, demarcación urbana, predial, de acuerdo a la ley y para
inanciar la actividad bomberil.
) De los Departamentos
as asambleas a iniciativa de los gobernadores, podrán establecer estampillas,
asas o sobretasas a contratos, obras públicas, interventorías, concesiones o
emás que sean de competencia del orden departamental y/o donaciones y
ontribuciones.
~arágrafo. Las sobretasas o recargos a los impuestos que hayan sido
torgados para financiar la actividad bomberil por los concejos municipales y
istritales bajo el imperio de las leyes anteriores, seguirán vigentes y
onservarán su fuerza legal.
~RTíCULO 38. Régimen Disciplinario. Los cuerpos de bomberos voluntarios,
starán sometidos al régimen disciplinario establecido en el Decreto 953 de
997 o la norma que lo modifique o sustituya. De igual manera a los estatutos,
~glamentos y normas concordantes. Su nombre, emblemas, insignias,
niformes y demás elementos de identificación no podrán ser usados por
inguna otra persona, organización, vehículo o entidad.
os cuerpos de bomberos oficiales y aeronáuticos estarán sometidos al régimen
isciplinario establecido en la Ley 734 de 2002, o·la norma que lo modifique o lo
ustituya.
~RTíCULO 39. Representantes al Comité Técnico. El Director Nacional de
ornberos o su Delegado hará parte de los Comités Técnico y Operativo
, ~acionales del Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, o
uien haga sus veces.
14
15. ARTíCULO 40. Comités Regionales y Locales para la Atención y
Prevención de Desastres. De los Comités Regionales y Locales para la
Atención y Prevención de Desastres, formarán parte, respectivamente, un
representante designado por la Junta Departamental de Bomberos y los
Comandantes o sus Delegados, de los Cuerpos de Bomberos de los Distritos,
Municipios y Territorios Indígenas.
ARTíCULO 41. Comités de Incendios Forestales. Los alcaldes no podrán
delegar en persona distinta a los Secretarios de Gobierno respectivos, su
asiento en los Comités de Incendios y/o Comisiones Forestales. La Secretaría
Técnica estará a cargo de los cuerpos de bomberos oficiales o en su defecto de
los bomberos voluntarios.
Estos Comités deberán recepcionar y estudiar las recomendaciones que hagan
los Cuerpos de Bomberos respecto a los eventos para los cuales están
convocados.
ARTíCULO 42. Inspecciones y certificados de seguridad. Los cuerpos de
bomberos son los órganos competentes para la realización de las labores de
inspecciones y revisiones técnicas en prevención de incendios y seguridad
humana en edificaciones públicas, privadas y particularmente en los
establecimientos públicos de comercio e industriales, e informarán a la entidad
competente el cumplimiento de las normas de seguridad en general. De igual
manera, para la realización de eventos masivos y/o pirotécnicos, harán cumplir
toda la normatividad vigente en cuanto a la gestión integral del riesgo contra
incendio y calamidades conexas. Estas inspecciones, contemplarán los
siguientes aspectos:
1. Revisión de los diseños de los sistemas de protección contraincendio y
seguridad humana de los proyectos de construcciones nuevas y/o reformas de
acuerdo a la normatividad vigente.
2. Realización de inspección y prueba anual de los sistemas de protección
contraincendio de acuerdo a normatividad vigente.
3. Realización de inspecciones técnicas planeadas referentes a incendio y
seguridad humana.
Todos los ciudadanos deberán facilitar en sus instalaciones las inspecciones de
seguridad humana y técnicas que el cuerpo de bomberos realice como medida
de prevención y durante las acciones de control.
Las labores determinadas en el presente artículo, se realizarán de acuerdo a
las tarifas asignadas para cada caso, previa reglamentación que expida
anualmente la junta nacional de bomberos de Colombia.
I
15
16. Parágrafo 10
Créese la Subcuenta de Solidaridad Bomberil dentro del Fondo•
Nacional de Bomberos, financiada con los recursos a los que hace referencia el
parágrafo 2° del presente artículo, con el fin de financiar los proyectos de los
diferentes cuerpos bomberiles del país, dando prioridad a aquellos que presten
sus servicios en los municipios de menos de 50.000 habitantes.
Parágrafo 2°. A efectos de garantizar la integridad de la vida de las personas,
es responsabilidad de los curadores urbanos o las secretarías de planeación
municipales o distritales, verificar el cumplimiento de las normas técnicas de
seguridad humana, previo a la expedición de las licencias de construcción, para
lo cual podrán contratar o suscribir convenios con los cuerpos de bomberos. De
los recursos generados para el cuerpo de bomberos con quien se haya
contratado o suscrito el convenio, serán girados, en un plazo no superior a un
mes, un 30% de estos a la subcuenta de Solidaridad de Bomberos del Fondo
Nacional de Bomberos.
ARTíCULO 43. Aglomeraciones de público. El concepto integral de
seguridad humana y contra incendios en los eventos masivos o
aglomeraciones de público, se clasificará y reglamentará por la Dirección
Nacional de Bomberos atendiendo las recomendaciones de la Junta
Nacional de Bomberos. En aquellos eventos masivos o aglomeraciones de
público que la citada reglamentación lo estipule, será obligatorio el concepto
positivo del Cuerpo de Bomberos Oficial, o en su defecto el Voluntario de la
respectiva jurisdicción, para la realización del mismo.
ARTíCULO 44. De la denominación Bomberos. La expresión "Bomberos",
solo podrá ser utilizada única y exclusivamente por los cuerpos de bomberos
Oficiales, Voluntarios y Aeronáuticos debidamente reconocidos en los términos
de esta ley, por lo que toda institución privada que se denomine con la expresión
Bomberilo bomberos deberá modificar sus Estatutos, dentro del año siguiente a
la promulgación de la presente ley.
ARTíCULO 45. Créese el Registro Único Nacional de Estadísticas de
Bomberos (RUE). La Junta Nacional de Bomberos a través de la Dirección
Nacional, creará en todos las entidades bomberiles del país, un sistema de
información y estadísticas de las actividades de la gestión del riesgo de
incendios, preparativos y atención de rescates e incidentes con materiales
peligrosos, así como de los equipos, recurso humano, técnico y operativo que
en cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley, desarrollen las Instituciones
Bomberiles del país.
ARTíCULO 46. Profesionalización de los Bomberos de Colombia. El
Gobierno Nacional a partir de los doce (12) meses siguientes a la entrada en
vigencia de la presente ley, a través de la dirección nacional de bomberos,
establecerá, en asocio con los entes territoriales, los mecanismos para la
creación y puesta en marcha de la escuela nacional de bomberos y de las
escuelas regionales de bomberos.
.,,,':~ .
16
17. La junta nacional de bomberos apoyará al gobierno en todo lo relacionado con
los parámetros técnicos.
La aeronáutica civil determinará lo concerniente a la capacitación básica y
especialización de los bomberos aeronáuticos, conforme a las normas
aeronáuticas aplicables.
CAPITULO IX
CARRERA ADMINISTRATIVA.
ARTíCULO 47. Plazo. El Gobierno Nacional determinará en la reglamentación,
un periodo de transición no menor a 2 años, para que los cuerpos de bomberos
existentes en el país, se ajusten a las disposiciones de la presente ley y a los ¡
!
I
reglamentos que expida la dirección nacional de bomberos.
11
I
ARTíCULO 48. Las cuentas, los convenios, los contratos, acciones, los bienes
muebles, inmuebles, vehículos y equipos de emergencia de los cuerpos de
bomberos son inembargables.
I ARTíCULO 49. El Gobierno Nacional implementará y destinará, en un término
I no mayor a (6) seis meses contados a partir de la entrada en vigencia de la
presente ley, una línea de crédito especial a través de la financiera de desarrollo
territorial (Findeter) para el fortalecimiento en inversión, infraestructura y
equipamiento de los cuerpos de bomberos.
ARTíCULO 50. De acuerdo con lo dispuesto por la Ley 769 de 2002 y demás
normas concordantes, frente a la orientación, definición, dirección, vigilancia e
inspección de la política nacional de tránsito, se autoriza al Ministerio de
Transporte y al Departamento de Impuestos y Aduanas Nacionales, para
establecer el procedimiento administrativo necesario para la legalización,
inscripción y correspondiente habilitación del parque automotor destinado a la
gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de
rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales
peligrosos, en un término no mayor a noventa (90) días, siguientes a la entrada
en vigencia de la presente ley.
El Ministerio de Transporte establecerá un periodo de transición no superior a un
(1) año, que permita vincular legítimamente a la actividad bomberil maquinaria
con más de diez (10) años de servicio y vida útil, siempre y cuando la aplicación
de los criteríos de razonabilidad y necesidad en la prestación del servicio de
atención al riesgo, así lo indiquen, procedimiento que dependerá de las
necesidades de cada localidad y las limitaciones presupuestales y técnicas que
impiden que las zonas con menor índice per cápita de la Nación y mayor índice
'lBI, puedan contar con vehículos y maquinaria cuyos modelos más recientes
son imposibles de adquirir.
17
18. ARTíCULO 51. Modificación Ley 909 de 2004. Adiciónese el artículo 4° de la
Ley 909 de 2004, el cual quedará así:
"2. Se consideran sistemas específicos de carrera administrativa los siguientes:
* El que regula el personal que presta sus servicios a los cuerpos oficiales de
bomberos".
ARTíCULO 52. Facultades Extraordinarias. Revístase al Presidente de la
República de facultades extraordinarias de conformidad con el numeral 10 del
artículo 150 de la Constitución Política, por el término de seis (6) meses
contados a partir de la fecha de promulgación de la presente ley, para expedir
normas con fuerza de ley que contengan, el sistema específico de carrera de los
Cuerpos Oficiale-s de Bomberos.
Parágrafo. Régimen de Transición. Mientras se expiden los decretos con fuerza
de ley que desarrollen las facultades extraordinarias conferidas al Presidente de
la República por este artículo, continuarán rigiendo las disposiciones legales y
reglamentarias de carrera administrativa vigentes al momento de la
promulgación de la presente ley.
ARTíCULO 53. Vigencia. Esta ley rige a partir de la fecha de su promulgación,
y ceroga la ley 322 de 1996 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
:1 EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA
CI(1¡,G,UEL CORZO ROMAN
EL SE ETARIO GE~~ERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPUBLlCA
HONORABLE CAMARA DE
ALBEIRO VANEGAS OSORlOt;== ___o
EL SECRET.A.RIO GENERAL DE L; HONORABLE CAMARA DE REPRESENTANTES
18
19. LEY. 'No;' 1575-----------------
"POR MEDIO DE LA CUAL SE ESTABLECE LA LEY GENERAL DE
BOMBEROS DE COLOMBIA"
REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
PUBLíQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los
-' ~: ',"1,2'.~;;, ~'~hl l:,
M ¡;"~~"'"
EL MINISTRO DEL INTERIOR, (~~
FE~RICORENGIFO VÉLEZ
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBL ' O,
LA MINISTRA DE SALUD Y PROTECCIÓ
EL MINISTRO DEL TRABAJO,
RAFAEL PARDO RUEDA
EL MINISTRO DE TECNOLOGIAS, DE LA INFORMACiÓN
Y LAS COMUNICACIONES,
~('('(PO&¿::
~r~)
DIEGO MOL~ O VEGA
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINIST~IVO
DE LA FUNCiÓN PÚBLICA, 1) I )0--_---
ELlZABETH RODRíGUEZ TAYLOR