Este documento establece la Ley de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros de Honduras. Describe la organización y funciones de la Comisión, la cual supervisa e regula las instituciones financieras y de seguros del país. La Comisión estará integrada por tres miembros nombrados por el Presidente y tendrá la tarea de supervisar, vigilar y controlar las instituciones bancarias, aseguradoras y financieras para garantizar su cumplimiento de las leyes y normas prudenciales.
La resolución convoca a una Asamblea General Extraordinaria de Delegados de la cooperativa CODEMA el 11 de agosto. Establece las fechas para la inscripción de planchas para el Consejo de Administración, Junta de Vigilancia y Revisoría Fiscal. También determina los requisitos para que los delegados puedan votar y el orden del día de la asamblea.
Este decreto reglamenta las Comisiones de Personal en los organismos y entidades públicas de Colombia. Establece que cada comisión debe estar conformada por dos representantes de la entidad y dos representantes de los empleados. Además, detalla los procedimientos para la elección de los representantes de los empleados, incluyendo los requisitos, plazos, votación y escrutinio. Finalmente, dispone que las entidades existentes deben convocar nuevas elecciones para sus comisiones de personal de acuerdo a lo establecido en este decreto.
El documento describe la naturaleza y funciones de los Colegios Profesionales. Estos son corporaciones de derecho público que regulan el ejercicio de una profesión a través de la habilitación obligatoria, el establecimiento de códigos de ética y la representación exclusiva de la profesión ante las autoridades. También brindan servicios a los profesionales como formación continua y defensa de sus intereses.
Este documento establece el reglamento del procedimiento disciplinario de los órganos de control deontológico de los Colegios de Abogados del Perú. Describe los principios, partes y mecanismos de inicio del procedimiento disciplinario, como las denuncias de parte, de oficio o de entidades públicas. Explica las etapas de calificación, audiencia preliminar, investigación e imposición de sanciones de ser hallada infracción ética, respetando el debido proceso y garantizando la defensa de los abogados investigados.
Este documento establece los estatutos del Ilustre Colegio de Abogados de Tacna. Define al Colegio como una institución autónoma que agrupa a los abogados del distrito judicial de Tacna. Establece los principios y fines del Colegio, que incluyen velar por el estado de derecho, los derechos humanos, la dignidad profesional de los abogados y el mejoramiento de la justicia. También define las categorías de membresía, derechos, deberes y atribuciones.
Este documento establece las normas y procedimientos del Tribunal Calificador de Elecciones (TRICEL) de la Federación de Estudiantes de la Universidad Austral de Chile. El TRICEL es un órgano autónomo compuesto por 7 miembros designados por el Consejo Superior Estudiantil. Sus funciones incluyen dirigir los procesos electorales, realizar el escrutinio, resolver reclamaciones y sancionar irregularidades. El documento detalla los requisitos y procesos para la inscripción de listas, instalación de mesas de
3, aspectos generales de las comisiones de personalAsepcut
Las comisiones de personal son órganos colegiados bipartitos que velan por el cumplimiento de los procesos de selección, evaluación del desempeño y resolución de reclamaciones de acuerdo con la ley. Sus funciones incluyen garantizar que los procesos se realicen conforme a la normativa legal, que se cumplan los plazos y procedimientos de evaluación, y que los empleos se provean según el orden de prioridad establecido. No tienen participación en decisiones administrativas como traslados, sino que conocen reclam
Este documento presenta el Código de Ética para abogados en Perú. Establece disposiciones generales y principios fundamentales que rigen la profesión, incluyendo la misión de defender los derechos y el Estado de derecho. También regula la relación entre abogados y clientes, requiriendo confidencialidad, lealtad y respeto a la voluntad del cliente. El código busca garantizar que los abogados desempeñen sus funciones con integridad, honradez y sujeción a la ley.
La resolución convoca a una Asamblea General Extraordinaria de Delegados de la cooperativa CODEMA el 11 de agosto. Establece las fechas para la inscripción de planchas para el Consejo de Administración, Junta de Vigilancia y Revisoría Fiscal. También determina los requisitos para que los delegados puedan votar y el orden del día de la asamblea.
Este decreto reglamenta las Comisiones de Personal en los organismos y entidades públicas de Colombia. Establece que cada comisión debe estar conformada por dos representantes de la entidad y dos representantes de los empleados. Además, detalla los procedimientos para la elección de los representantes de los empleados, incluyendo los requisitos, plazos, votación y escrutinio. Finalmente, dispone que las entidades existentes deben convocar nuevas elecciones para sus comisiones de personal de acuerdo a lo establecido en este decreto.
El documento describe la naturaleza y funciones de los Colegios Profesionales. Estos son corporaciones de derecho público que regulan el ejercicio de una profesión a través de la habilitación obligatoria, el establecimiento de códigos de ética y la representación exclusiva de la profesión ante las autoridades. También brindan servicios a los profesionales como formación continua y defensa de sus intereses.
Este documento establece el reglamento del procedimiento disciplinario de los órganos de control deontológico de los Colegios de Abogados del Perú. Describe los principios, partes y mecanismos de inicio del procedimiento disciplinario, como las denuncias de parte, de oficio o de entidades públicas. Explica las etapas de calificación, audiencia preliminar, investigación e imposición de sanciones de ser hallada infracción ética, respetando el debido proceso y garantizando la defensa de los abogados investigados.
Este documento establece los estatutos del Ilustre Colegio de Abogados de Tacna. Define al Colegio como una institución autónoma que agrupa a los abogados del distrito judicial de Tacna. Establece los principios y fines del Colegio, que incluyen velar por el estado de derecho, los derechos humanos, la dignidad profesional de los abogados y el mejoramiento de la justicia. También define las categorías de membresía, derechos, deberes y atribuciones.
Este documento establece las normas y procedimientos del Tribunal Calificador de Elecciones (TRICEL) de la Federación de Estudiantes de la Universidad Austral de Chile. El TRICEL es un órgano autónomo compuesto por 7 miembros designados por el Consejo Superior Estudiantil. Sus funciones incluyen dirigir los procesos electorales, realizar el escrutinio, resolver reclamaciones y sancionar irregularidades. El documento detalla los requisitos y procesos para la inscripción de listas, instalación de mesas de
3, aspectos generales de las comisiones de personalAsepcut
Las comisiones de personal son órganos colegiados bipartitos que velan por el cumplimiento de los procesos de selección, evaluación del desempeño y resolución de reclamaciones de acuerdo con la ley. Sus funciones incluyen garantizar que los procesos se realicen conforme a la normativa legal, que se cumplan los plazos y procedimientos de evaluación, y que los empleos se provean según el orden de prioridad establecido. No tienen participación en decisiones administrativas como traslados, sino que conocen reclam
Este documento presenta el Código de Ética para abogados en Perú. Establece disposiciones generales y principios fundamentales que rigen la profesión, incluyendo la misión de defender los derechos y el Estado de derecho. También regula la relación entre abogados y clientes, requiriendo confidencialidad, lealtad y respeto a la voluntad del cliente. El código busca garantizar que los abogados desempeñen sus funciones con integridad, honradez y sujeción a la ley.
Modelo de reglamento para el funcionamiento de una comisión de personalAsepcut
Este documento presenta un modelo de reglamento para el funcionamiento de una Comisión de Personal. Establece que la Comisión estará conformada por dos representantes de la entidad y dos representantes de los empleados. Define las funciones de la Comisión como órgano de gestión del empleo público. También establece las normas para las reuniones, procesos de selección, supresión de empleos, capacitación, y roles del Presidente y Secretario Técnico de la Comisión.
Este documento presenta el reglamento de la Junta de Honor del Colegio Chiapaneco de Ingenieros Civiles Siglo XXI. La Junta de Honor es un órgano autónomo que se encarga de vigilar el cumplimiento del estatuto, código de ética y normas del Colegio. El reglamento establece la integración, atribuciones y funciones de la Junta de Honor, incluyendo recibir quejas sobre miembros, iniciar procedimientos sancionadores e imponer sanciones. También puede emitir recomendaciones prevent
Este documento presenta la resolución 001/2015 de la Comisión Especial para el estudio de la Reforma del Estatuto de la Universidad Nacional de Asunción, en la cual se aprueba el Reglamento Interno de dicha comisión. El reglamento establece las normas para la organización y funcionamiento de las sesiones de la comisión, incluyendo la composición, convocatorias, quórum, votaciones y creación de subcomisiones para el análisis de temas específicos.
REGLAMENTO INTERIOR DE LAS DELEGACIONES DEL COLEGIO CHIAPANECO DE INGENIERO...Alejandro Coello
Este documento establece el reglamento interno de las delegaciones del Colegio Chiapaneco de Ingenieros Civiles Siglo XXI. Describe la organización y funcionamiento de las delegaciones, incluyendo su naturaleza, miembros, órganos de gobierno, asambleas, ingresos y gastos. Establece cinco delegaciones con sedes en diferentes municipios de Chiapas y delimita sus áreas de influencia.
REGLAMENTO DE ASAMBLEAS DEL COLEGIO CHIAPANECO DE INGENIEROS CIVILES SIGLO XX...Alejandro Coello
Este documento presenta el reglamento de asambleas del Colegio Chiapaneco de Ingenieros Civiles Siglo XXI A.C. Establece las reglas para la convocatoria, instalación, desarrollo y votación de las asambleas generales ordinarias y extraordinarias. Detalla los procedimientos para alcanzar el quórum requerido, el orden del día, los roles de la presidencia y secretario, y las normas para la participación ordenada de los asociados.
Este documento establece las directrices para la conformación y funcionamiento de las Comisiones de Personal en las entidades públicas reguladas por la ley 909/04. Describe el proceso de elección de los 2 representantes de los empleados, incluyendo la convocatoria, inscripción de candidatos, votación, escrutinio y publicación de resultados. También especifica los requisitos, períodos y suplencias de los miembros de la Comisión de Personal.
Reglamento de Elecciones del Colegio Chiapaneco de Ingenieros Civiles Siglo X...Alejandro Coello
Este documento establece las reglas y procedimientos para las elecciones del Consejo Directivo del Colegio Chiapaneco de Ingenieros Civiles de Siglo XXI. Se describe la conformación y funciones del Consejo Electoral, el proceso de elaboración del padrón electoral, la convocatoria a elecciones y el registro de planillas electorales. El objetivo es regular de manera democrática y transparente la elección de los miembros del Consejo Directivo de acuerdo a lo establecido en el Estatuto de la organización.
Destitución de jueces por el Consejo Nacional de la Magistratura de Perú (200...César Bazán Seminario
Diapositivas del libro \"Separando la paja del trigo? Destitución de jueces por el Consejo Nacional de la Magistratura entre el 2003 y 2007, de César Bazán Seminario, Consorcio Justicia Viva, Perú (www.justiciaviva.org.pe)
El Consejo Nacional de la Magistratura es el organismo constitucional encargado de dirigir la carrera judicial y fiscal en el Perú. Sus principales funciones son la selección y nombramiento de jueces y fiscales, la ratificación de estos cada 7 años, y la destitución cuando sea necesario. Está compuesto principalmente por representantes de la sociedad civil y es independiente de los otros poderes del Estado.
Este documento presenta la misión, visión y valores del Consejo de la Judicatura de Ecuador. Describe la estructura orgánica funcional del Consejo, incluyendo el Pleno, comisiones especializadas y direcciones. También detalla las funciones del Pleno, como designar jueces y fiscales, establecer políticas para la selección y capacitación de funcionarios judiciales, y regular aspectos administrativos y disciplinarios de la rama judicial.
Este documento presenta la misión, visión y valores del Consejo de la Judicatura de Ecuador. Describe la estructura orgánica funcional del Consejo, incluyendo el Pleno, comisiones especializadas y direcciones. También detalla las funciones del Pleno, como designar jueces y fiscales, establecer políticas de recursos humanos, y regular aspectos administrativos y disciplinarios de la función judicial.
SM Ciudadanía 4° - Unidad 05 - Consejo nacional de la magistraturaEbiolibros S.A.C.
El Consejo Nacional de la Magistratura es el órgano constitucional autónomo e independiente encargado de seleccionar y nombrar jueces y fiscales, evaluarlos y ratificarlos, y llevar a cabo procesos disciplinarios. Tiene como visión convertirse en una organización eficiente y creíble que desarrolla procesos justos y transparentes para consolidar organizaciones reconocidas por la sociedad.
El documento describe las funciones y procesos del Consejo Nacional de la Magistratura del Perú. El CNM es un organismo autónomo encargado de seleccionar, nombrar y destituir jueces y fiscales a través de concursos públicos transparentes. También evalúa el desempeño de los magistrados cada 7 años y puede aplicar sanciones disciplinarias.
Este documento presenta el Reglamento de Comisiones de Fomento Escolar del año 2004 emitido por el Consejo de Educación Primaria. Establece las normas para la elección, organización y funcionamiento de las Comisiones de Fomento de las escuelas públicas, así como sus facultades y obligaciones. Incluye disposiciones sobre la integración y cargos de las comisiones, la realización de asambleas y sesiones, llevanza de libros y documentación contable, y fiscalización de las mismas.
Reglamento sobre medidas disciplinarias ccookirurzun
Este documento establece las normas disciplinarias para los afiliados a Comisiones Obreras. Define tres tipos de faltas (leves, graves y muy graves) y las sanciones correspondientes. Señala los órganos competentes para sancionar en cada caso y describe el procedimiento sancionador, incluyendo la apertura de expedientes, la presentación de alegaciones, la propuesta de resolución y los posibles recursos. El objetivo es desarrollar y definir las faltas y sanciones de forma clara, así como regular el procedimiento
Este documento establece el reglamento del Tribunal Calificador de Elecciones de la Federación de Estudiantes de la Universidad Austral de Chile. El Tribunal es un órgano autónomo responsable de dirigir y controlar los procesos electorales estudiantiles. El reglamento detalla la composición, funciones y procedimientos del Tribunal para garantizar elecciones justas y transparentes.
Posición OFICIAL del SENADO DE LA NACION PARAGUAYA, esgrimiendo facultades constitucionales que confirma el mandato de cinco años para los Ministros de Corte y la necesidad de Concursar ante el Consejo de la Magistratura si tienen intenciones de continuar en el cargo
Obligación de la entidades con relación a inventarios de los documentos de archivo, acceso a los documentos públicos. (Artículos 289, 315, 316, 320 y 337).
ENJ-100 Módulo III - Regimen disciplinario - Curso Carrera Judicial AJPENJ
1) El documento describe el marco legal del poder disciplinario sobre jueces y funcionarios judiciales en la República Dominicana. 2) El Consejo del Poder Judicial es el órgano encargado del control disciplinario y puede imponer sanciones que van desde amonestaciones hasta la destitución. 3) Se definen las faltas disciplinarias y las sanciones correspondientes a cada falta, las cuales dependen de su gravedad.
Este documento establece el reglamento para evaluar la conducta e idoneidad de jueces y fiscales en el distrito judicial de Lambayeque, Perú. La evaluación se realizará mediante un referéndum consultivo dirigido a los abogados del colegio local para calificar la conducta de los magistrados. El proceso incluye criterios de evaluación, obligatoriedad de participación de los abogados, publicación de la convocatoria, cronograma, instalación de mesas de votación y procedimientos para tabular los resultados.
El documento proporciona información sobre la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) de Honduras. La CNBS es la entidad responsable de supervisar y regular las instituciones financieras en el país. El documento explica la misión, visión, objetivos y funciones de la CNBS, así como los derechos y deberes de los usuarios financieros. Además, detalla los diferentes tipos de instituciones supervisadas por la CNBS y los procedimientos para presentar reclamos.
Fosdeh Visión 2016, Ambiente de Inversión en HondurasFOSDEH
El documento presenta información sobre la situación económica y social de Honduras. Detalla los niveles de deuda externa del país desde 2004 a 2015 y los principales obstáculos para la inversión como la corrupción y el crimen. También analiza temas como el crecimiento del PIB, el sector bancario, las remesas familiares y los sectores con mayor crecimiento económico en Honduras.
Modelo de reglamento para el funcionamiento de una comisión de personalAsepcut
Este documento presenta un modelo de reglamento para el funcionamiento de una Comisión de Personal. Establece que la Comisión estará conformada por dos representantes de la entidad y dos representantes de los empleados. Define las funciones de la Comisión como órgano de gestión del empleo público. También establece las normas para las reuniones, procesos de selección, supresión de empleos, capacitación, y roles del Presidente y Secretario Técnico de la Comisión.
Este documento presenta el reglamento de la Junta de Honor del Colegio Chiapaneco de Ingenieros Civiles Siglo XXI. La Junta de Honor es un órgano autónomo que se encarga de vigilar el cumplimiento del estatuto, código de ética y normas del Colegio. El reglamento establece la integración, atribuciones y funciones de la Junta de Honor, incluyendo recibir quejas sobre miembros, iniciar procedimientos sancionadores e imponer sanciones. También puede emitir recomendaciones prevent
Este documento presenta la resolución 001/2015 de la Comisión Especial para el estudio de la Reforma del Estatuto de la Universidad Nacional de Asunción, en la cual se aprueba el Reglamento Interno de dicha comisión. El reglamento establece las normas para la organización y funcionamiento de las sesiones de la comisión, incluyendo la composición, convocatorias, quórum, votaciones y creación de subcomisiones para el análisis de temas específicos.
REGLAMENTO INTERIOR DE LAS DELEGACIONES DEL COLEGIO CHIAPANECO DE INGENIERO...Alejandro Coello
Este documento establece el reglamento interno de las delegaciones del Colegio Chiapaneco de Ingenieros Civiles Siglo XXI. Describe la organización y funcionamiento de las delegaciones, incluyendo su naturaleza, miembros, órganos de gobierno, asambleas, ingresos y gastos. Establece cinco delegaciones con sedes en diferentes municipios de Chiapas y delimita sus áreas de influencia.
REGLAMENTO DE ASAMBLEAS DEL COLEGIO CHIAPANECO DE INGENIEROS CIVILES SIGLO XX...Alejandro Coello
Este documento presenta el reglamento de asambleas del Colegio Chiapaneco de Ingenieros Civiles Siglo XXI A.C. Establece las reglas para la convocatoria, instalación, desarrollo y votación de las asambleas generales ordinarias y extraordinarias. Detalla los procedimientos para alcanzar el quórum requerido, el orden del día, los roles de la presidencia y secretario, y las normas para la participación ordenada de los asociados.
Este documento establece las directrices para la conformación y funcionamiento de las Comisiones de Personal en las entidades públicas reguladas por la ley 909/04. Describe el proceso de elección de los 2 representantes de los empleados, incluyendo la convocatoria, inscripción de candidatos, votación, escrutinio y publicación de resultados. También especifica los requisitos, períodos y suplencias de los miembros de la Comisión de Personal.
Reglamento de Elecciones del Colegio Chiapaneco de Ingenieros Civiles Siglo X...Alejandro Coello
Este documento establece las reglas y procedimientos para las elecciones del Consejo Directivo del Colegio Chiapaneco de Ingenieros Civiles de Siglo XXI. Se describe la conformación y funciones del Consejo Electoral, el proceso de elaboración del padrón electoral, la convocatoria a elecciones y el registro de planillas electorales. El objetivo es regular de manera democrática y transparente la elección de los miembros del Consejo Directivo de acuerdo a lo establecido en el Estatuto de la organización.
Destitución de jueces por el Consejo Nacional de la Magistratura de Perú (200...César Bazán Seminario
Diapositivas del libro \"Separando la paja del trigo? Destitución de jueces por el Consejo Nacional de la Magistratura entre el 2003 y 2007, de César Bazán Seminario, Consorcio Justicia Viva, Perú (www.justiciaviva.org.pe)
El Consejo Nacional de la Magistratura es el organismo constitucional encargado de dirigir la carrera judicial y fiscal en el Perú. Sus principales funciones son la selección y nombramiento de jueces y fiscales, la ratificación de estos cada 7 años, y la destitución cuando sea necesario. Está compuesto principalmente por representantes de la sociedad civil y es independiente de los otros poderes del Estado.
Este documento presenta la misión, visión y valores del Consejo de la Judicatura de Ecuador. Describe la estructura orgánica funcional del Consejo, incluyendo el Pleno, comisiones especializadas y direcciones. También detalla las funciones del Pleno, como designar jueces y fiscales, establecer políticas para la selección y capacitación de funcionarios judiciales, y regular aspectos administrativos y disciplinarios de la rama judicial.
Este documento presenta la misión, visión y valores del Consejo de la Judicatura de Ecuador. Describe la estructura orgánica funcional del Consejo, incluyendo el Pleno, comisiones especializadas y direcciones. También detalla las funciones del Pleno, como designar jueces y fiscales, establecer políticas de recursos humanos, y regular aspectos administrativos y disciplinarios de la función judicial.
SM Ciudadanía 4° - Unidad 05 - Consejo nacional de la magistraturaEbiolibros S.A.C.
El Consejo Nacional de la Magistratura es el órgano constitucional autónomo e independiente encargado de seleccionar y nombrar jueces y fiscales, evaluarlos y ratificarlos, y llevar a cabo procesos disciplinarios. Tiene como visión convertirse en una organización eficiente y creíble que desarrolla procesos justos y transparentes para consolidar organizaciones reconocidas por la sociedad.
El documento describe las funciones y procesos del Consejo Nacional de la Magistratura del Perú. El CNM es un organismo autónomo encargado de seleccionar, nombrar y destituir jueces y fiscales a través de concursos públicos transparentes. También evalúa el desempeño de los magistrados cada 7 años y puede aplicar sanciones disciplinarias.
Este documento presenta el Reglamento de Comisiones de Fomento Escolar del año 2004 emitido por el Consejo de Educación Primaria. Establece las normas para la elección, organización y funcionamiento de las Comisiones de Fomento de las escuelas públicas, así como sus facultades y obligaciones. Incluye disposiciones sobre la integración y cargos de las comisiones, la realización de asambleas y sesiones, llevanza de libros y documentación contable, y fiscalización de las mismas.
Reglamento sobre medidas disciplinarias ccookirurzun
Este documento establece las normas disciplinarias para los afiliados a Comisiones Obreras. Define tres tipos de faltas (leves, graves y muy graves) y las sanciones correspondientes. Señala los órganos competentes para sancionar en cada caso y describe el procedimiento sancionador, incluyendo la apertura de expedientes, la presentación de alegaciones, la propuesta de resolución y los posibles recursos. El objetivo es desarrollar y definir las faltas y sanciones de forma clara, así como regular el procedimiento
Este documento establece el reglamento del Tribunal Calificador de Elecciones de la Federación de Estudiantes de la Universidad Austral de Chile. El Tribunal es un órgano autónomo responsable de dirigir y controlar los procesos electorales estudiantiles. El reglamento detalla la composición, funciones y procedimientos del Tribunal para garantizar elecciones justas y transparentes.
Posición OFICIAL del SENADO DE LA NACION PARAGUAYA, esgrimiendo facultades constitucionales que confirma el mandato de cinco años para los Ministros de Corte y la necesidad de Concursar ante el Consejo de la Magistratura si tienen intenciones de continuar en el cargo
Obligación de la entidades con relación a inventarios de los documentos de archivo, acceso a los documentos públicos. (Artículos 289, 315, 316, 320 y 337).
ENJ-100 Módulo III - Regimen disciplinario - Curso Carrera Judicial AJPENJ
1) El documento describe el marco legal del poder disciplinario sobre jueces y funcionarios judiciales en la República Dominicana. 2) El Consejo del Poder Judicial es el órgano encargado del control disciplinario y puede imponer sanciones que van desde amonestaciones hasta la destitución. 3) Se definen las faltas disciplinarias y las sanciones correspondientes a cada falta, las cuales dependen de su gravedad.
Este documento establece el reglamento para evaluar la conducta e idoneidad de jueces y fiscales en el distrito judicial de Lambayeque, Perú. La evaluación se realizará mediante un referéndum consultivo dirigido a los abogados del colegio local para calificar la conducta de los magistrados. El proceso incluye criterios de evaluación, obligatoriedad de participación de los abogados, publicación de la convocatoria, cronograma, instalación de mesas de votación y procedimientos para tabular los resultados.
El documento proporciona información sobre la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) de Honduras. La CNBS es la entidad responsable de supervisar y regular las instituciones financieras en el país. El documento explica la misión, visión, objetivos y funciones de la CNBS, así como los derechos y deberes de los usuarios financieros. Además, detalla los diferentes tipos de instituciones supervisadas por la CNBS y los procedimientos para presentar reclamos.
Fosdeh Visión 2016, Ambiente de Inversión en HondurasFOSDEH
El documento presenta información sobre la situación económica y social de Honduras. Detalla los niveles de deuda externa del país desde 2004 a 2015 y los principales obstáculos para la inversión como la corrupción y el crimen. También analiza temas como el crecimiento del PIB, el sector bancario, las remesas familiares y los sectores con mayor crecimiento económico en Honduras.
La rubrica es una herramienta de evaluación que describe los criterios y niveles de logro de una tarea. El documento explica que las rubricas establecen expectativas claras, aseguran el cumplimiento de estándares, facilitan la enseñanza y eliminan la subjetividad. Luego describe los tipos de rubrica holística y analítica, y los pasos para diseñar una rubrica incluyendo definir el producto, aspectos y criterios de evaluación, y escalas de desempeño. Finalmente, ofrece ejemplos de rubric
El documento proporciona información sobre el sistema financiero peruano. En particular, describe las instituciones que conforman el sistema financiero peruano como bancos, financieras, compañías de seguros y más. También explica los entes reguladores como el Banco Central de Reserva del Perú y la Superintendencia de Banca y Seguros. Además, analiza conceptos clave como intermediación financiera, mercados financieros e instituciones financieras.
El resumen ejecutivo de la SUNAT muestra que en octubre los ingresos del gobierno central consolidado crecieron 7.6% con respecto al año anterior. En términos acumulados entre enero y octubre, los ingresos tributarios crecieron 6.5%. El IGV total creció 11.5% mientras que el ISC total cayó 0.9%. La recaudación del IGV por operaciones internas creció 7.9% en octubre. La recaudación del impuesto a la renta creció 0.7% en octub
TRABAJO DE INVESTIGACION SOBRE SEGUROS- GRUPO 6 DIAPOSITIVASFatiz Polo Moreno
Este documento presenta un resumen de tres oraciones del tema de los seguros. Describe brevemente los conceptos básicos de los seguros como instrumentos financieros de protección ante riesgos, menciona algunos tipos comunes de seguros personales y para empresas, e introduce los conceptos clave de las pólizas de seguros y las funciones de las reaseguradoras.
El documento describe los componentes principales del sistema financiero colombiano, incluyendo organismos gubernamentales de asesoría y política, organismos gubernamentales de control y vigilancia, instituciones financieras y organismos multilaterales de crédito. Explica las funciones del Banco de la República, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Congreso de la República, la Superfinanciera y otras entidades que regulan y supervisan el sistema financiero. También describe los diferentes tipos de instituciones financieras como bancos
Las funciones principales de los bancos son captar recursos financieros de los clientes a través de depósitos y convertirlos en préstamos u otras operaciones de crédito para colocarlos en el mercado y generar intereses.
How to Become a Thought Leader in Your NicheLeslie Samuel
Are bloggers thought leaders? Here are some tips on how you can become one. Provide great value, put awesome content out there on a regular basis, and help others.
Leycnbs comision nacional de bancos y seguros .pdfbadabubinhn
Este decreto establece la Comisión Nacional de Bancos y Seguros como una entidad desconcentrada de la Presidencia de la República encargada de supervisar, vigilar y controlar las instituciones bancarias, aseguradoras y financieras del país. La Comisión estará integrada por tres miembros nombrados por el Presidente y tendrá la tarea de regular estas instituciones, velar por su solvencia y estabilidad financiera, y proteger los derechos de los usuarios de sus servicios.
Este documento establece la Ley Orgánica de la Superintendencia del Sistema Financiero de El Salvador. La ley crea la Superintendencia como una institución autónoma encargada de vigilar el cumplimiento de las leyes y regulaciones aplicables a las instituciones financieras del país. La ley también establece un Consejo Directivo para supervisar la Superintendencia. El Consejo es responsable de emitir normas y regulaciones, autorizar nuevas instituciones financieras y fusiones, y tomar otras medidas para garantizar la estabilidad del sistema
Este documento establece el reglamento del comité administrativo del fondo de protección de funcionarios y empleados del banco central de reserva de El Salvador. Se define la composición y funciones del comité, incluyendo la designación de miembros, atribuciones como la administración del fondo, sesiones y toma de decisiones. El objetivo principal es velar por el cumplimiento de los fines del fondo y su buena administración.
Este documento establece la estructura y funciones del Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOP) en Paraguay. El INCOOP es la autoridad de aplicación de la legislación cooperativa y control de entidades cooperativas. Su dirección y administración está a cargo de un Consejo Directivo compuesto por un Presidente y cuatro miembros titulares. El Consejo Directivo supervisa el cumplimiento de la ley cooperativa, aprueba planes y presupuestos, y autoriza la apertura y cierre de oficinas. El INCOOP promueve el des
El documento describe la composición y funciones de la Junta Bancaria de Ecuador. La Junta está compuesta por cinco miembros: el Superintendente de Bancos, el Gerente General del Banco Central del Ecuador, dos miembros designados por la Junta Monetaria y un quinto miembro designado por los otros cuatro. Sus funciones incluyen formular políticas de supervisión bancaria, resolver casos no contemplados en la ley y aprobar el presupuesto de la Superintendencia de Bancos.
Este documento establece los requisitos y procedimientos para que una organización obtenga personalidad jurídica en Chile. Detalla que una solicitud debe ser patrocinada por un abogado y aprobada por el Ministerio de Justicia. También especifica los estatutos que una organización debe tener, incluyendo su nombre, fines, estructura de liderazgo y medios económicos.
Este documento establece los requisitos para ser miembro de la Comisión Nacional de Banca y Seguros de Honduras, las funciones y responsabilidades de la Comisión y la Superintendencia, y los aportes que deben hacer las diferentes instituciones financieras para el funcionamiento de la Comisión.
Este documento presenta los estatutos de una organización llamada "Centro Científico de Estudiantes". Establece que la organización tiene como objetivo promover el estudio e investigación de las ciencias y difundir sus resultados. Detalla la estructura de la organización, incluyendo la membresía, el directorio que la administra, y sus funciones y responsabilidades. También cubre aspectos como el patrimonio, reuniones y toma de decisiones.
Este documento presenta el reglamento de la Asociación Posadeña de Estudiantes Secundarios (APES) para la organización de los desfiles estudiantiles en 2012-2013. Describe la conformación y responsabilidades de los organizadores (APES y sus comisiones) incluyendo la Comisión Fiscalizadora, la Comisión de Inspecciones, la Subcomisión de Jurados y el Tribunal de Disciplina. Establece los requisitos para ser miembro de cada comisión y define sus funciones, como fiscalizar el proceso de votación, hacer cumplir el reg
Este documento establece los estatutos de la Fundación Ciudadano Activo. En 3 oraciones o menos:
La Fundación Ciudadano Activo fue creada con el objetivo de investigar, difundir y educar sobre políticas públicas para mejorar situaciones de vulnerabilidad. Los estatutos describen la administración de la Fundación a cargo de un Directorio, y establecen las normas para la modificación de los estatutos y posible disolución de la Fundación.
El documento describe los requisitos legales para establecer un sindicato en Venezuela de acuerdo con la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. Se requiere una acta constitutiva que incluya información como la fecha, lugar, asistentes y detalles de la junta directiva provisional. Los estatutos deben incluir aspectos como el nombre, objetivos, membresía, cuotas y procesos electorales. El registro del sindicato requiere la presentación de estos documentos ante la autoridad competente.
Este documento presenta un resumen de la Ley General de Bancos de Chile. En particular, describe la creación y organización de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras como la autoridad reguladora de los bancos y empresas financieras en Chile. También establece las funciones de fiscalización y supervisión de la Superintendencia sobre estas instituciones financieras.
Este documento presenta el estatuto del Club de Amigos de la Universidad "Constelación de Estrellas" de Machala, Ecuador. El estatuto describe la organización y administración del club, incluyendo los objetivos, los deberes y derechos de los socios, y las funciones de la asamblea general, el directorio, el presidente, secretario, tesorero y las diferentes comisiones. El club busca agrupar a estudiantes universitarios y promover actividades educativas, culturales, deportivas y de bienestar social.
Esta asociación se crea para promover una iniciativa legislativa popular con el fin de impulsar una Ley Celíaca en España. La asociación estará gestionada por una Junta Directiva compuesta por un Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y dos Vocales. La asamblea general es el órgano supremo de gobierno y estará integrada por todos los asociados.
Este documento presenta un modelo de estatuto para una organización comunitaria sin fines de lucro llamada Comité Pro-Mejoras. El estatuto describe la constitución, objetivos, estructura organizativa y funciones de la organización. La estructura incluye una Asamblea General que toma las decisiones más importantes y una Directiva ejecutiva que administra las operaciones diarias. El estatuto también establece las responsabilidades de los miembros y el proceso disciplinario.
Este documento establece la regulación del Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOP) en Paraguay. El INCOOP es la autoridad de aplicación de la legislación cooperativa y el control de las entidades cooperativas. Se describe su naturaleza jurídica, fines, funciones, estructura organizativa y dependencias internas. El Consejo Directivo, compuesto por un Presidente y miembros representantes de cada sector, dirige y administra el INCOOP. El Presidente es nombrado por el Poder Ejecutivo y los miembros son electos por asambleas sectorial
El documento describe las principales instituciones regulatorias en México como la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), el Banco de México, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) y la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR). Explica sus funciones generales como regular el sistema financiero, bancario, de seguros y de ahorro para el retiro, así como supervisar y autorizar a las entidades que
Este documento establece los estatutos de la Peña Sevillista "Portuense" en El Puerto de Santa María, Cádiz. Define la constitución, denominación, domicilio, fines y duración de la asociación. Establece los derechos y obligaciones de los socios, así como los órganos directivos de la asociación, incluida la Asamblea General de Socios y la Junta Directiva. Detalla las funciones del Presidente y Vicepresidente de la Junta Directiva.
La sociedad científica deportiva integral se constituye como una asociación sin ánimo de lucro. Sus fines incluyen aplicar programas de salud y prevención de dopaje, capacitar a profesionales deportivos, organizar eventos científicos y más. La asociación estará gestionada por una junta directiva y una asamblea general que tendrán diferentes funciones y facultades según lo establecido en los estatutos.
Este documento presenta los estatutos de un sindicato. Establece la constitución del sindicato, su objetivo de defender los intereses de los miembros afiliados, y su estructura de gobierno que consiste en una Asamblea y una Junta Directiva. La Asamblea es la máxima autoridad y se encarga de elegir a la Junta Directiva, aprobar reformas y el presupuesto anual. La Junta Directiva dirige y administra el sindicato y se compone de once secretarios que son electos por la Asamblea.
SEMIOLOGIA DE HEMORRAGIAS DIGESTIVAS.pptxOsiris Urbano
Evaluación de principales hallazgos de la Historia Clínica utiles en la orientación diagnóstica de Hemorragia Digestiva en el abordaje inicial del paciente.
LA PEDAGOGIA AUTOGESTONARIA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJEjecgjv
La Pedagogía Autogestionaria es un enfoque educativo que busca transformar la educación mediante la participación directa de estudiantes, profesores y padres en la gestión de todas las esferas de la vida escolar.
José Luis Jiménez Rodríguez
Junio 2024.
“La pedagogía es la metodología de la educación. Constituye una problemática de medios y fines, y en esa problemática estudia las situaciones educativas, las selecciona y luego organiza y asegura su explotación situacional”. Louis Not. 1993.
1. LEY DE LA
COMISION
NACIONAL DE
BANCOS Y SEGUROS
2. ARTICULO 1
• La presente Ley tiene por finalidad establecer las
normas para la organización y funcionamiento de
la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, en
adelante denominada la “Comisión”, creada por el
Artículo 245, atribución 31) de la Constitución de la
República.
• La Comisión es una entidad desconcentrada de la
Presidencia de la República, con independencia
funcional, presupuestaria y facultades
administrativas suficientes para asegurar habilidad
técnica y financiera necesaria para el cumplimiento
de sus objetivos.
3. ARTICULO 2
• La Comisión estará integrada por tres (3)
miembros propietarios que reúnan
requisitos de idoneidad, honorabilidad,
experiencia y competencia necesarios
para desempeñar el cargo, los que serán
nombrados por el Presidente de la
República, de una lista de seis (6)
candidatos propuestos por el Directorio
del Banco Central de Honduras.
4. ARTICULO 3
Para ser miembro de la Comisión se
requiere ser hondureño, mayor de treinta
años, estar en el libre ejercicio de los
derechos civiles, ostentar título profesional
de nivel universitario, de reconocida
honorabilidad, competencia y notoria
experiencia en asuntos bancarios, de
seguros, financieros, de auditoría o legales.
5. ARTICULO 4
No podrán ser miembros de la Comisión quienes:
• a) Tengan cuentas pendientes con el Estado;
•b) Sean directa o indirectamente contratista o
concesionarios del Estado;
• c) Sean miembros de las juntas Directivas de los
partidos políticos
• d) Sean cónyuges o parientes dentro del cuarto
grado de consanguinidad o segundo de afinidad
del Presidente de la República,
6. ARTICULO 5
• Todo acto, resolución u omisión de los
miembros de la Comisión que
contravenga disposiciones legales o
reglamentarias hará incurrir en
responsabilidad personal y solidaria para
con la Comisión, el Estado o terceros a
todos los miembros presentes en la
sesión respectiva, salvo a aquellos que
hubieren hecho constar su voto contrario
en el acta correspondiente.
7. ARTICULO 6
• La Comisión, basada en normas y prácticas
internacionales, ejercerá por medio de la
superintendencias la supervisión, vigilancia y
control de las instituciones bancarias públicas y
privadas, aseguradoras, reaseguradoras,
sociedades financieras, asociaciones de ahorro
y préstamo, almacenes generales de depósito,
bolsas de valores, puestos o casas de bolsa,
casas de cambio, fondos de pensiones y
jubilaciones y cualesquiera otras que cumplan
funciones análogas a las señaladas en el
presente artículo.
8. ARTICULO 7
• Los miembros de la Comisión tendrán el
carácter de funcionarios públicos, durarán
cuatro (4) años en el ejercicio de sus
funciones y podrán ser nombrados para
nuevos períodos.
• Desempeñarán sus actividades a tiempo
completo y no podrán ocupar otro cargo,
remunerado o ad-honoren, excepto los de
carácter docente, cultural y de asistencia
social.
9. ARTICULO 8
• Para que las sesiones de la Comisión sean válidas
deberán concurrir a la misma todos sus miembros.
Ordinariamente la Comisión tomará sus
decisiones por simple mayoría de votos, pero en
casos excepcionales, que determinará el
Reglamento Interno de la misma, sus decisiones
las acordará por unanimidad.
• De cada sesión que se realice deberá levantarse
un acta, la que deberá ser firmada por los
comisionados y el Secretario de la Comisión. Las
decisiones de la Comisión se tomarán mediante
resolución.
10. ARTICULO 9
• Las sesiones de la Comisión serán
dirigidas por el miembro de la misma que
el titular del Poder Ejecutivo haya
designado como su Presidente. El
Presidente de la Comisión representará
judicial y extrajudicialmente a ésta, y a él
le corresponderá convocar a sesiones a la
Comisión; conferir y revocar poderes;
formular, con la colaboración de la
Superintendencia, el presupuesto anual
de la entidad y coordinar las actividades
de ésta.
11. ARTICULO 10
• Cuando un miembro de la Comisión
tuviere interés personal en cualquier
asunto que deba discutirse o resolverse
por la misma o lo tuviese su cónyuge, sus
parientes dentro del cuarto grado de
consanguinidad o segundo de afinidad, o
sus socios en cualquier tipo de empresa,
deberá retirarse de la sesión desde la
presentación hasta la conclusión del
correspondiente asunto. Del retiro deberá
dejarse constancia en acta.
12. ARTICULO 11
• Los miembros de la Comisión y los
funcionarios y empleados de ésta que
divulguen en forma indebida cualquier
información sobre los asuntos que aquélla
maneje o que se aprovechen de la misma
para fines personales o en daño de la
entidad, del Estado o de terceros,
incurrirán en responsabilidad civil y penal.
13. ARTICULO 12
• Los miembros de la Comisión cesarán en sus
funciones en cualesquiera de las circunstancias
siguientes:
a) Por caso de muerte;
b) Por renuncia;
c) Por remoción hecha por el Presidente de la
República en caso de violación a la presente
Ley;
ch) Por auto de prisión o declaratoria de reo; y,
d) Por incapacidad física o mental del nombrado.
14. ARTICULO 13
• A la Comisión le corresponderá:
• 1) Revisar, verificar, controlar, vigilar y
fiscalizar las instituciones supervisadas;
• 2) Dictar las normas que se requieran
para el cumplimiento de los cometidos
previstos en el numeral anterior, lo mismo
que las normas prudenciales que deberán
cumplir las instituciones supervisadas,
para lo cual se basará en la legislación
vigente y en los acuerdos y prácticas
internacionales;
15. • 3) Vigilar, a través de la Superintendencia,
el cumplimiento por parte de las
instituciones supervisadas, de las normas
emitidas por el Banco Central de
Honduras en materia de política
monetaria, crediticia y cambiaria;
• 4) Cumplir y hacer cumplir la Constitución
de la República, las leyes generales y
especiales, los reglamentos y
resoluciones a que están sujetas las
instituciones supervisadas;
16. ARTICULO 14
• Asimismo, son atribuciones de la Comisión:
1) Poner en conocimiento de los directores o
administradores de las instituciones
supervisadas las irregularidades que hubiese
comprobado y exigirles, en su caso, el
cumplimiento de las disposiciones legales.
2) Vigilar el estricto cumplimiento de lo establecido
en la Ley de Instituciones del Sistema
Financiero en materia de ponderaciones de los
activos de riesgo,
17. 3) Conferir y revocar poderes;
4) Inspeccionar y verificar el funcionamiento de las
sociedades tenedoras del control accionario de las
instituciones supervisadas, de conformidad con la
ley.
5) Realizar las auditorías, evaluaciones,
inspecciones y revisiones que estime necesarias
en las instituciones supervisadas, para determinar
su situación financiera y verificar el cumplimiento
de las obligaciones legales, estatutarias,
reglamentarias y demás aplicables a dichas
instituciones;
18. ARTICULO 15
• Los miembros de la Comisión y los
funcionarios y empleados de la misma
guardarán la más estricta reserva sobre
los papeles, documentos e informaciones
de las instituciones supervisadas que
sean de su conocimiento y serán
responsables por los daños y perjuicios
que ocasione la revelación de los mismos.
Se exceptúan de esta disposición los
informes, documentos y datos que la
Comisión deba proporcionar para dar
19. • cumplimiento a mandatos judiciales, a
disposiciones legales y, a obligaciones
nacidas de los convenios
internacionales sobre intercambio de la
información que celebre la Comisión
con instituciones análogas y, en
particular los que suministre al Banco
Central de Honduras”.
20. ARTICULO 16
• Las Superintendencias serán los órganos
técnicos especializados por medio de los
cuales la Comisión cumplirá, en lo
pertinente, sus cometidos. Estará
conformada por los Superintendentes, por
los funcionarios y empleados que sean
necesarios para su adecuado
funcionamiento”.
21. ARTICULO 17
• Los Superintendentes serán nombrados
por la Comisión, durará cinco (5) años en
sus funciones y podrá ser nombrado para
un nuevo período, sólo podrán ser
removidos o suspendidos por causas
justificadas con el voto unánime de la
Comisión. Tendrá a su cargo la dirección
inmediata de las Superintendencia y
rendirán con la periodicidad que la
Comisión determine, cuenta detallada de
sus actividades
22. ARTICULO 18
• Los Superintendentes y los demás
funcionarios de la Comisión estarán
sujetos a las mismas incompatibilidades y
prohibiciones que los miembros de ésta”.
23. ARTICULO 19
• El personal de las Superintendencias será
nombrado por la Comisión, previo cumplimiento
del procedimiento de selección que ésta
establezca. Dicho personal deberá contar con la
formación académica y técnica y experiencia en
su caso, para el cargo que habré de
desempeñar en la Comisión.
• No podrán ser funcionarios o empleados de las
Superintendencias los cónyuges y los parientes
dentro del cuarto grado de consanguinidad o
segundo de afinidad entre sí o con los
Superintendentes o los miembros de la
Comisión.
24. ARTICULO 20
• Los miembros de la Comisión, los
Superintendentes, los funcionarios y empleados,
ejercerán sus funciones con la mayor diligencia
y los altos valores éticos, en forma exclusiva
para la institución.
• Los comisionados, superintendentes,
funcionarios y empleados de ésta no podrán
solicitar u obtener créditos y adquirir bienes de
las instituciones supervisadas, sin autorización
previa de la Comisión. No podrán recibir directa
o indirectamente, de dichas instituciones o de
sus ejecutivos y empleados, objetos de valor en
calidad de obsequios o a cualquier otro título”.
25. ARTICULO 21
• Siempre que la Superintendencia, dentro
del ámbito de sus funciones, estime que
un acto es constitutivo de delito, lo hará
del conocimiento de la Comisión y ésta, a
su vez, de la autoridad competente.
26. ARTICULO 22
• Las funciones de fiscalización y vigilancia
de las operaciones presupuestarias propias
de la Comisión, estarán a cargo de un
auditor interno, nombrado por la Comisión,
con el voto unánime de sus miembros. El
auditor interno ejercerá la inspección y
fiscalización de las operaciones,
presupuesto, contabilidad y situación
patrimonial de la Comisión, de conformidad
con las regulaciones que mita el Tribunal
Superior de Cuentas y la Comisión
27. ARTICULO 23
• Quien haya sido funcionario o empleado
de la Comisión no podrá gestionar ante
ésta, directa o indirectamente, a título
personal o en representación de terceros,
asuntos que estuvieron a su cargo.
Durante el año siguiente a su retiro
tampoco podrá adelantar gestiones,
directa o indirectamente, ni a título
personal o en representación de terceros,
ante la Comisión.
28. ARTICULO 24
• Los funcionarios y empleados de la
Comisión que incumplan los deberes
estatuidos en esta Ley y en el reglamento
que al respecto emita la Comisión, que
abusen de sus derechos o violen las
prohibiciones establecidas, serán objeto
de las sanciones disciplinarias
correspondientes. Estas acciones serán
independientes de la responsabilidad civil
o penal que el acto sancionado pueda
originar.
29. ARTICULO 26
• El personal que practicare las
evaluaciones e inspecciones podrá hacer
las anotaciones, copias, fotocopias,
reproducciones electrónicas y
comprobaciones que considere
necesarias. Las instituciones
supervisadas estarán obligadas a
mantener expedientes de crédito
completos de sus acreditados, lo mismo
que de sus inversiones, en la forma que
determine la Superintendencia, por un
período de cinco años, contados a partir
de la fecha en que cese la relación.
30. ARTICULO 27
• Conforme a las instrucciones generales
que la Superintendencia comunique a las
instituciones supervisadas, éstas deberán
presentar, dentro de los primeros diez
días de cada mes, los estados financieros
e informes detallados de sus operaciones
correspondientes al mes anterior. Estarán,
asimismo, obligadas a proporcionar
cualesquiera otros datos e informaciones
periódicas u ocasionales que les solicite la
Comisión o el Banco Central de Honduras
para el cumplimiento de sus cometidos.
31. ARTICULO 28
• La Comisión, por medio de la
Superintendencia, podrá tomar
declaración, dentro de la ley, a cualquier
persona que tenga conocimiento de algún
hecho que se quiera aclarar en relación
con alguna operación de las realizadas
por las instituciones supervisadas.
32. ARTICULO 29
• La Comisión, tomando en cuenta las
normas y practicas internacionales,
determinará en qué casos y qué personas
naturales o jurídicas tienen el carácter de
relacionadas a la propiedad o gestión
ejecutiva de una institución supervisada,
atendiendo a las particulares
características de los créditos, de las
sociedades o de las personas
prestatarias.
33. ARTICULO 30
• La Comisión podrá ordenar en cualquier
tiempo, a las instituciones supervisadas,
la sustitución de directores, si ha
comprobado que su elección o
nombramiento se hizo con violación de lo
establecido en las leyes, reglamentos o
estatutos. La institución de que se trate
procederá a revocar sin tardanza la
elección o nombramiento y notificará de
ello a la Comisión, con indicación del
nombre del o de los sustitutos.
34. ARTICULO 31
• La Comisión, a través de la
Superintendencia, podrá exigir la
eliminación de partidas que no representen
valores reales en los estados financieros.
Establecerá, igualmente, los controles
internos mínimos y las reglas de
contabilidad que deberán aplicarse,
pudiendo las instituciones escoger
libremente los métodos accesorios, siempre
que sean compatibles con dichas reglas y
permitan apreciar fácilmente la verdadera
situación financiera de la institución.
35. ARTICULO 32
• Las instituciones supervisadas estarán
obligadas a publicar, de conformidad con
las normas establecidas por la Comisión,
los balances y estados de pérdidas y
ganancias al cierre de cada ejercicio con
sus respectivas notas complementarias y
dictamen del auditor externo. Dicha
publicación se hará en dos de los diarios
de mayor circulación en el país.
36. ARTICULO 33
• Las sucursales de las instituciones
financieras extranjeras que operen en el
país presentarán a la Comisión, una vez
al año, por lo menos, los estados
financieros de la casa matriz dictaminados
por auditores externos, así como el
informe anual de aquéllas que muestre las
operaciones consolidadas que haya
llevado a cabo con la casa matriz
37. ARTICULO 34
• El presupuesto de la Comisión será
formulado por ésta, aprobado en primera
instancia por el Presidente de la
República en Consejo de Ministros,
siendo sometido al Congreso Nacional
para su discusión y aprobación final a
través del conducto legal correspondiente.
38. ARTICULO 35
• El ejercicio económico de la Comisión
corresponderá con el año civil. Con base a la
ejecución presupuestaria del mes de
septiembre, la Comisión podrá reducir
proporcionalmente los aportes mencionados en
el Artículo 34, si la proyección de ingresos y
gastos para el último trimestre produce un
excedente. Los excedentes resultantes de la
liquidación del ejercicio presupuestario
precedente, se transferirán a la Tesorería
General de la república, a más tardar el treinta y
uno (31) de marzo.
39. ARTICULO 36
• Los asuntos de que conozca la Comisión
que no sean de naturaleza estrictamente
bancaria o mercantil, se tramitarán de
acuerdo con lo prescrito por la Ley de
Procedimiento Administrativo y,
supletoriamente, por el Código de
Procedimientos Civiles. Lo dispuesto en la
Sección Primera del Capítulo Quinto del
Título Cuarto de la Ley de la jurisdicción
de lo Contencioso Administrativo no será
aplicable a los actos realizados por la
Comisión.
40. ARTICULO 37
• El ejercicio financiero de las instituciones
supervisadas corresponderá al año civil.
41. ARTICULO 38
• Las comunicaciones dirigidas por la
Comisión a las instituciones supervisadas,
así como los informes de las inspecciones
realizadas, serán sometidas al conocimiento
del Consejo de Administración o Junta
Directiva correspondiente, de lo cual se
dejará constancia en acta. Quien incumpla
esta disposición será sancionado de
acuerdo con lo previsto en la Ley de
Instituciones del Sistema Financiero, en lo
que corresponda.
42. ARTICULO 39
• La Comisión informará anualmente al Congreso
Nacional sobre sus actividades, y semestralmente,
al Presidente de la República. Sin perjuicio de lo
anterior, la Comisión informará al Congreso
Nacional, a través de la Comisión Legislativa
respectiva, sobre temas específicos dentro del
ámbito de su competencia. Los cuales tendrán
carácter confidencial. Las autoridades que reciban
información confidencial por parte de la Comisión,
quedarán sujetas a lo estipulado en los Artículos 11
y 15 de la Ley de la Comisión.