SlideShare una empresa de Scribd logo
División de Comisiones Médicas y Ergonómica
Intendencia de Fiscalización
Superintendencia de Pensiones
LEY DE BENEFICIOS PARA ENFERMOS
TERMINALES
MARZO, 2021
BENEFICIOS DE ESTA LEY
En caso que tenga beneficiarios de pensión de sobrevivencia, una vez reservado el
capital necesario para pagar las dichas pensiones y la cuota mortuoria.
Con cargo a su fondo de capitalización individual, tendrá derecho a percibir una
pensión calculada como una renta temporal a doce meses, o en caso de estar
pensionado recalcular la pensión que recibe en la actualidad.
Alternativas de beneficio:
1. Renta temporal por 12 meses máxima, sin excedente de libre
disposición.
2. Renta temporal por 12 meses, ajustada a la PBS y excedente de libre
disposición máximo.
3. Todas las situaciones intermedias entre 1. y 2.
Si el enfermo terminal tuviese una sobrevida superior a doce meses, el total del
saldo que exista en su cuenta individual se destinará al pago de la renta
temporal por el monto que hasta esa fecha estaba percibiendo.
QUIENES TIENEN DERECHO
Pueden solicitar este beneficio:
• Todos los afiliados
• Los pensionados por la Ley 16.744
• Los pensionados por:
• Vejez
• Vejez anticipada
• Invalidez o sobrevivencia,
Que estén afectos a las siguientes modalidades:
• Retiro programado,
• Retiro programado con renta vitalicia inmediata en goce del retiro
programado,
• Renta temporal con renta vitalicia diferida, en goce de la renta temporal
Con saldo en su cuenta de capitalización individual y que cumplan con las
condiciones médicas establecidas para estos efectos según el periodo (transitorio
o permanente)
PERÍODO TRANSITORIO, vigencia: 1 de Abril al 30 de junio de 2021
Desde el primero de abril hasta el 30 de junio, la condición de enfermo
terminal no será certificada por el Consejo Médico de la SP.
Los afiliados o pensionados que estén haciendo uso de las Garantías
Explicitas en Salud (GES) para el Problema de Salud N°4 (PS 4), Alivio del
dolor y cuidados paliativos por cáncer avanzado, y estén recibiendo
cuidados paliativos por algunos cánceres avanzados contemplados en
las disposiciones transitorias de la ley, podrán acceder a los beneficios
contemplados en el artículo 70.
La interpretación de “haciendo uso de las GES” por parte de ambas
Superintendencias se refiere a la activación del problema de salud N° 4.
CONDICIONES MÉDICAS DE INGRESO, período transitorio
Entre los diagnósticos se encuentran:
• Glioblastoma cerebral en progresión con radio y quimioterapia;
• Meduloblastoma cerebral en progresión;
• Meningitis carcinomatosa de cualquier cáncer;
• Cáncer de pulmón con metástasis a distancia múltiple;
• Cáncer de esófago en progresión;
• Cáncer gástrico metastásico a distancia en al menos dos sitios (ejemplo hígado y/o pulmón);
• Cáncer gástrico con metástasis peritoneales;
• Cáncer gástrico con metástasis hepáticas múltiples;
• Cáncer hepatobiliar con metástasis peritoneales;
• Cáncer hepatobiliar con metástasis hepáticas múltiples;
• Cáncer de intestino delgado con metástasis peritoneales ;
• Cáncer de páncreas y vesícula biliar metastásico;
• Cáncer colo-rectal metastásico en progresión;
• Hepatocarcinoma avanzado sin opción de trasplante;
• -Cáncer testicular metastásico en progresión a quimioterapia de segunda línea;
• -Sarcoma partes blandas metastásico a distancia;
• -Osteosarcoma metastásico en progresión;
• -Melanoma metastásico en progresión;
• -Cualquier cáncer metastásico en ECOG 4 y sin posibilidad de tratamiento sistémico;
• -Cualquier cáncer con metástasis cerebral múltiple (más de 3);
• -Cualquier cáncer metastásico a distancia que no puede hacerse tratamiento antineoplásico; y
• -Cáncer origen desconocido metastásico.
SOLICITUD DEL BENEFICIO, período transitorio
¿EL AFILIADO CÓMO ACREDITA QUE CUMPLE CON LAS CONDICIONES MÉDICAS Y
COMPLETA SU SOLICITUD?
El afiliado debe solicitar un certificado emitido por el jefe de la Unidad de
Cuidados Paliativos (UCP) del establecimiento, público o privado, donde se
atiende. En el caso de no ser médico, se requiere la firma del tratante.
El citado documento certificará que está recibiendo cuidados paliativos por alguno
de los diagnósticos listados.
Luego, debe suscribir una solicitud de beneficio por enfermo terminal en su AFP, lo
que se puede realizar en forma remota.
Una vez recibidos todos los antecedentes (solicitud y certificado), las AFP deberán
informar sobre la aprobación del beneficio, en caso que corresponda, dentro de
los 5 días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud.
UNIDADES DE CUIDADOS PALIATIVOS, período transitorio
Esta Ley impone la obligación a los prestadores de salud de informar a sus
pacientes sobre su posible condición de enfermo terminal y su derecho a solicitar
el beneficio, debiendo extenderles un certificado médico para esos efectos.
El jefe de la Unidad de Cuidados Paliativos, su subrogante o quien el designe,
deberá completar, utilizando una plataforma establecida por las AFP el
respectivo “Certificado para Solicitud de Beneficios Previsionales”
Este certificado deberá ser impreso para ser firmado por el jefe de la Unidad de
Cuidados Paliativos o su subrogante, por el médico tratante en el caso que el jefe
de la UCP no sea médico y timbrado con el nombre de la institución
correspondiente.
Luego debe ser ingresado en la misma plataforma web centralizada establecida
por las AFP para dicho proceso, en un plazo no superior a 48 horas, contado
desde su emisión.
FORMATO DEL CERTIFICADO
PROCESO CERTIFICACIÓN EN REGIMEN
DE ENFERMO TERMINAL
A PARTIR DEL 1 DE JULIO DE 2021
DEFINICIONES
“Se entenderá por enfermo terminal a toda persona con una
enfermedad o condición patológica grave que haya sido
diagnosticada, de carácter progresivo e irreversible, sin tratamiento
específico curativo o que permita modificar su sobrevida, o bien
cuando los recursos terapéuticos utilizados han dejado de ser
eficaces, y con una expectativa de vida inferior a doce meses.”
En régimen, la condición de enfermo terminal será calificada por un
Consejo Médico y la solicitud de certificación de enfermo terminal,
se presentará en la AFP, que deberá remitir los antecedentes al
Consejo Médico dentro del plazo de dos días hábiles contados desde
la fecha de recepción de la solicitud.
PROCESO DE CERTIFICACIÓN
En régimen, la certificación de enfermo terminal le corresponderá a un Consejo Médico, que evaluará
las solicitudes de certificación y un Consejo Médico de Apelación, que resolverá las apelaciones de los
afiliados. Ambos consejos estarán conformados por médicos cirujanos seleccionados por la
Superintendencia, a través de concurso público y contratados a honorarios.
Los Consejos Médicos: Estarán conformados por 4 salas, cada una con un Presidente y 4 médicos
asignados, uno de los Presidentes tendrá funciones de coordinación.
Consejo Médico de Apelación: Estará conformado por un Presidente y dos médicos integrantes.
Ambos Consejos sesionaran al menos 3 veces a la semana, y funcionaran 100% virtual.
Todo el soporte necesario para el funcionamiento del Consejo Médico y del Consejo Médico de
Apelaciones será otorgado por la Superintendencia de Pensiones:
• Sistema Informático
• Personal Administrativo
• Profesionales de apoyo (símil a interconsultores del proceso de calificación de invalidez)
• Comunicaciones, etc.
Los criterios para acreditar la condición de enfermo terminal estarán contenidos en una norma técnica
elaborada por la Superintendencia de Pensiones.
PROCESO DE CERTIFICACIÓN
El Consejo Médico deberá en el plazo de 5 días hábiles contado desde la recepción de la
solicitud, que podrá suspenderse en caso de que el Consejo estime necesario solicitar
antecedentes adicionales, y en un plazo máximo de 10 días hábiles, deberá notificar el
resultado al afiliado y a la AFP.
El Consejo Médico deberá, dentro del plazo de 1 día hábil contado desde la fecha de la
certificación de enfermo terminal.
El afiliado podrá apelar fundadamente del rechazo a la solicitud de certificación en calidad
de enfermo terminal ante el Consejo Médico de Apelaciones, dentro de los 5 días hábiles
siguientes a su notificación.
El Consejo Médico de Apelación, deberá pronunciarse dentro de los siguientes 5 días
hábiles, desde presentada la apelación. Este plazo podrá ampliarse por hasta 5 días hábiles
si, por motivos fundados, el Consejo estimare necesario solicitar antecedentes adicionales.
La fiscalización de la certificación de la calidad de enfermo terminal corresponderá a la
Superintendencia de Pensiones.

Más contenido relacionado

Similar a ley de enfermos terminales

Licencias médicas
Licencias médicasLicencias médicas
Licencias médicas
lavin jaime
 
CLASE 4 Psicología y salud GES y cobertura en SM.pptx
CLASE 4 Psicología y salud GES y cobertura en SM.pptxCLASE 4 Psicología y salud GES y cobertura en SM.pptx
CLASE 4 Psicología y salud GES y cobertura en SM.pptx
fernando905034
 
Servicio Canario Salud: Manual Preguntas Frecuentes
Servicio Canario Salud: Manual Preguntas FrecuentesServicio Canario Salud: Manual Preguntas Frecuentes
Servicio Canario Salud: Manual Preguntas Frecuentes
Proceso Jinamar
 
Licencias medicas
Licencias medicasLicencias medicas
Reglamento interno Centro de Salud Familiar Cumpeo (2014)
Reglamento interno Centro de Salud Familiar Cumpeo (2014)Reglamento interno Centro de Salud Familiar Cumpeo (2014)
Reglamento interno Centro de Salud Familiar Cumpeo (2014)
salud_rioclaro
 
02. Seguro De Salud
02. Seguro De Salud02. Seguro De Salud
02. Seguro De Salud
Alberto García
 
Mapipos (2)
Mapipos (2)Mapipos (2)
Mapipos (2)
alejandrabernalc
 
Bci seguros
Bci segurosBci seguros
Bci seguros
e-seguro
 
GESTIÓN DE PLANES DE BENEFICIOS EN SALUD.pdf
GESTIÓN DE PLANES DE BENEFICIOS EN SALUD.pdfGESTIÓN DE PLANES DE BENEFICIOS EN SALUD.pdf
GESTIÓN DE PLANES DE BENEFICIOS EN SALUD.pdf
ClaudiaMoncada25
 
Abece permisos-transistorios-personal-salud
Abece permisos-transistorios-personal-saludAbece permisos-transistorios-personal-salud
Abece permisos-transistorios-personal-salud
SANDRA MILENA ENRIQUEZ-TROCHEZ
 
LEY DEL IMSS CAPIYULOS 3,4,5,6 Y 7 (RESUMEN)
LEY DEL IMSS CAPIYULOS 3,4,5,6 Y 7 (RESUMEN)LEY DEL IMSS CAPIYULOS 3,4,5,6 Y 7 (RESUMEN)
LEY DEL IMSS CAPIYULOS 3,4,5,6 Y 7 (RESUMEN)
Luis Jesus Castillo Cruz
 
Licencias Médicas - Chile
Licencias Médicas - ChileLicencias Médicas - Chile
Licencias Médicas - Chile
Alhejandro
 
Licenciasmdicas Chile 090509232006 Phpapp01
Licenciasmdicas Chile 090509232006 Phpapp01Licenciasmdicas Chile 090509232006 Phpapp01
Licenciasmdicas Chile 090509232006 Phpapp01
mabelunga
 
Convocatoria servicios académicos de postgrado curso 2014 2015
Convocatoria servicios académicos de postgrado  curso 2014 2015Convocatoria servicios académicos de postgrado  curso 2014 2015
Convocatoria servicios académicos de postgrado curso 2014 2015
Rafi Rozan
 
Carpetas medicas 06 2012
Carpetas medicas 06 2012Carpetas medicas 06 2012
Registro de pacientes tratamiento cronicos.cop
Registro de pacientes tratamiento cronicos.copRegistro de pacientes tratamiento cronicos.cop
Registro de pacientes tratamiento cronicos.cop
zuchip
 
Registro de pacientes tratamiento cronicos.cop
Registro de pacientes tratamiento cronicos.copRegistro de pacientes tratamiento cronicos.cop
Registro de pacientes tratamiento cronicos.cop
zuchip
 
Sistemas de salud en chile
Sistemas de salud en chileSistemas de salud en chile
Sistemas de salud en chile
wilson palechor
 
5261 1994
5261 19945261 1994
5261 1994
ECOSESA
 
Mapipos
MapiposMapipos
Mapipos
ECOSESA
 

Similar a ley de enfermos terminales (20)

Licencias médicas
Licencias médicasLicencias médicas
Licencias médicas
 
CLASE 4 Psicología y salud GES y cobertura en SM.pptx
CLASE 4 Psicología y salud GES y cobertura en SM.pptxCLASE 4 Psicología y salud GES y cobertura en SM.pptx
CLASE 4 Psicología y salud GES y cobertura en SM.pptx
 
Servicio Canario Salud: Manual Preguntas Frecuentes
Servicio Canario Salud: Manual Preguntas FrecuentesServicio Canario Salud: Manual Preguntas Frecuentes
Servicio Canario Salud: Manual Preguntas Frecuentes
 
Licencias medicas
Licencias medicasLicencias medicas
Licencias medicas
 
Reglamento interno Centro de Salud Familiar Cumpeo (2014)
Reglamento interno Centro de Salud Familiar Cumpeo (2014)Reglamento interno Centro de Salud Familiar Cumpeo (2014)
Reglamento interno Centro de Salud Familiar Cumpeo (2014)
 
02. Seguro De Salud
02. Seguro De Salud02. Seguro De Salud
02. Seguro De Salud
 
Mapipos (2)
Mapipos (2)Mapipos (2)
Mapipos (2)
 
Bci seguros
Bci segurosBci seguros
Bci seguros
 
GESTIÓN DE PLANES DE BENEFICIOS EN SALUD.pdf
GESTIÓN DE PLANES DE BENEFICIOS EN SALUD.pdfGESTIÓN DE PLANES DE BENEFICIOS EN SALUD.pdf
GESTIÓN DE PLANES DE BENEFICIOS EN SALUD.pdf
 
Abece permisos-transistorios-personal-salud
Abece permisos-transistorios-personal-saludAbece permisos-transistorios-personal-salud
Abece permisos-transistorios-personal-salud
 
LEY DEL IMSS CAPIYULOS 3,4,5,6 Y 7 (RESUMEN)
LEY DEL IMSS CAPIYULOS 3,4,5,6 Y 7 (RESUMEN)LEY DEL IMSS CAPIYULOS 3,4,5,6 Y 7 (RESUMEN)
LEY DEL IMSS CAPIYULOS 3,4,5,6 Y 7 (RESUMEN)
 
Licencias Médicas - Chile
Licencias Médicas - ChileLicencias Médicas - Chile
Licencias Médicas - Chile
 
Licenciasmdicas Chile 090509232006 Phpapp01
Licenciasmdicas Chile 090509232006 Phpapp01Licenciasmdicas Chile 090509232006 Phpapp01
Licenciasmdicas Chile 090509232006 Phpapp01
 
Convocatoria servicios académicos de postgrado curso 2014 2015
Convocatoria servicios académicos de postgrado  curso 2014 2015Convocatoria servicios académicos de postgrado  curso 2014 2015
Convocatoria servicios académicos de postgrado curso 2014 2015
 
Carpetas medicas 06 2012
Carpetas medicas 06 2012Carpetas medicas 06 2012
Carpetas medicas 06 2012
 
Registro de pacientes tratamiento cronicos.cop
Registro de pacientes tratamiento cronicos.copRegistro de pacientes tratamiento cronicos.cop
Registro de pacientes tratamiento cronicos.cop
 
Registro de pacientes tratamiento cronicos.cop
Registro de pacientes tratamiento cronicos.copRegistro de pacientes tratamiento cronicos.cop
Registro de pacientes tratamiento cronicos.cop
 
Sistemas de salud en chile
Sistemas de salud en chileSistemas de salud en chile
Sistemas de salud en chile
 
5261 1994
5261 19945261 1994
5261 1994
 
Mapipos
MapiposMapipos
Mapipos
 

Último

atlas biomagnetismo pares biomagneticos pdf
atlas biomagnetismo pares biomagneticos pdfatlas biomagnetismo pares biomagneticos pdf
atlas biomagnetismo pares biomagneticos pdf
bellwitch87
 
Enfermedad de wilson - trabajo de informática 2024-I
Enfermedad de wilson - trabajo de informática 2024-IEnfermedad de wilson - trabajo de informática 2024-I
Enfermedad de wilson - trabajo de informática 2024-I
LucianoAndrePlasenci
 
El trastorno del espectro autista.pptx
El  trastorno del espectro  autista.pptxEl  trastorno del espectro  autista.pptx
El trastorno del espectro autista.pptx
viarianaax
 
Neuropsi de Atencion y Memoria Manual.pdf
Neuropsi de Atencion y Memoria Manual.pdfNeuropsi de Atencion y Memoria Manual.pdf
Neuropsi de Atencion y Memoria Manual.pdf
jeniferrodriguez62
 
CUIDAR NUESTRA SALUD_CRISTINA VERDUGO DURÁN
CUIDAR NUESTRA SALUD_CRISTINA VERDUGO DURÁNCUIDAR NUESTRA SALUD_CRISTINA VERDUGO DURÁN
CUIDAR NUESTRA SALUD_CRISTINA VERDUGO DURÁN
CristinaVerdugoDurn
 
ATENCIÓN DE PRIMEROS AUXILIOS EN INTOXICACIONES Y ENVENENAMIENTO.pptx
ATENCIÓN DE PRIMEROS AUXILIOS EN INTOXICACIONES Y ENVENENAMIENTO.pptxATENCIÓN DE PRIMEROS AUXILIOS EN INTOXICACIONES Y ENVENENAMIENTO.pptx
ATENCIÓN DE PRIMEROS AUXILIOS EN INTOXICACIONES Y ENVENENAMIENTO.pptx
JannethNarvaez1
 
Anatomía y fisiología de dermis y tejido celular subcutáneo.pptx
Anatomía y fisiología de dermis y tejido celular subcutáneo.pptxAnatomía y fisiología de dermis y tejido celular subcutáneo.pptx
Anatomía y fisiología de dermis y tejido celular subcutáneo.pptx
Jaime Picazo
 
Patologia de la oftalmologia (parpados).ppt
Patologia de la oftalmologia (parpados).pptPatologia de la oftalmologia (parpados).ppt
Patologia de la oftalmologia (parpados).ppt
SebastianCoba2
 
Alergia a la vitamina B12 y la anemia perniciosa
Alergia a la vitamina B12 y la anemia perniciosaAlergia a la vitamina B12 y la anemia perniciosa
Alergia a la vitamina B12 y la anemia perniciosa
gabriellaochoa1
 
FARMACOLOGIA CLASIFICACION DE QUINOLONAS Y FLUOROQUINOLONAS
FARMACOLOGIA CLASIFICACION DE QUINOLONAS Y FLUOROQUINOLONASFARMACOLOGIA CLASIFICACION DE QUINOLONAS Y FLUOROQUINOLONAS
FARMACOLOGIA CLASIFICACION DE QUINOLONAS Y FLUOROQUINOLONAS
juancarlossg956
 
TdR Gestor Cartagena COL-H-ENTerritorio 28.05.2024.pdf
TdR Gestor Cartagena  COL-H-ENTerritorio 28.05.2024.pdfTdR Gestor Cartagena  COL-H-ENTerritorio 28.05.2024.pdf
TdR Gestor Cartagena COL-H-ENTerritorio 28.05.2024.pdf
Te Cuidamos
 
ASFIXIA Y MANIOBRA DE HEIMLICH - UNIVERSIDAD
ASFIXIA Y MANIOBRA DE HEIMLICH -  UNIVERSIDADASFIXIA Y MANIOBRA DE HEIMLICH -  UNIVERSIDAD
ASFIXIA Y MANIOBRA DE HEIMLICH - UNIVERSIDAD
moneetalvarez18
 
Periodoncia Enfermedades Sistémicas .pdf
Periodoncia Enfermedades Sistémicas .pdfPeriodoncia Enfermedades Sistémicas .pdf
Periodoncia Enfermedades Sistémicas .pdf
DianaRubio75
 
Farmacias de guardia 2024- 2º trimestre.pdf
Farmacias de guardia 2024- 2º trimestre.pdfFarmacias de guardia 2024- 2º trimestre.pdf
Farmacias de guardia 2024- 2º trimestre.pdf
Benissa Turismo
 
herencia multifactorial, genetica clinica
herencia multifactorial, genetica clinicaherencia multifactorial, genetica clinica
herencia multifactorial, genetica clinica
JerickDelpezo
 
Mensuraciones y ponderaciones en la atención primaria
Mensuraciones y ponderaciones en la atención primariaMensuraciones y ponderaciones en la atención primaria
Mensuraciones y ponderaciones en la atención primaria
Jhoama Quintero Santiago
 
(2024-06-05). Diagnostico precoz de una infección grave: Gangrena de Founier ...
(2024-06-05). Diagnostico precoz de una infección grave: Gangrena de Founier ...(2024-06-05). Diagnostico precoz de una infección grave: Gangrena de Founier ...
(2024-06-05). Diagnostico precoz de una infección grave: Gangrena de Founier ...
UDMAFyC SECTOR ZARAGOZA II
 
ABORDAJE TERAPEUTICO DE CICATRIZ QUELOIDE.pdf
ABORDAJE TERAPEUTICO DE CICATRIZ QUELOIDE.pdfABORDAJE TERAPEUTICO DE CICATRIZ QUELOIDE.pdf
ABORDAJE TERAPEUTICO DE CICATRIZ QUELOIDE.pdf
JimmyFuentesRivera
 
¿Qué entendemos por salud mental? ¿Cómo se construye?
¿Qué entendemos por salud mental? ¿Cómo se construye?¿Qué entendemos por salud mental? ¿Cómo se construye?
¿Qué entendemos por salud mental? ¿Cómo se construye?
CRISTINA
 

Último (20)

atlas biomagnetismo pares biomagneticos pdf
atlas biomagnetismo pares biomagneticos pdfatlas biomagnetismo pares biomagneticos pdf
atlas biomagnetismo pares biomagneticos pdf
 
Enfermedad de wilson - trabajo de informática 2024-I
Enfermedad de wilson - trabajo de informática 2024-IEnfermedad de wilson - trabajo de informática 2024-I
Enfermedad de wilson - trabajo de informática 2024-I
 
El trastorno del espectro autista.pptx
El  trastorno del espectro  autista.pptxEl  trastorno del espectro  autista.pptx
El trastorno del espectro autista.pptx
 
Neuropsi de Atencion y Memoria Manual.pdf
Neuropsi de Atencion y Memoria Manual.pdfNeuropsi de Atencion y Memoria Manual.pdf
Neuropsi de Atencion y Memoria Manual.pdf
 
CUIDAR NUESTRA SALUD_CRISTINA VERDUGO DURÁN
CUIDAR NUESTRA SALUD_CRISTINA VERDUGO DURÁNCUIDAR NUESTRA SALUD_CRISTINA VERDUGO DURÁN
CUIDAR NUESTRA SALUD_CRISTINA VERDUGO DURÁN
 
ATENCIÓN DE PRIMEROS AUXILIOS EN INTOXICACIONES Y ENVENENAMIENTO.pptx
ATENCIÓN DE PRIMEROS AUXILIOS EN INTOXICACIONES Y ENVENENAMIENTO.pptxATENCIÓN DE PRIMEROS AUXILIOS EN INTOXICACIONES Y ENVENENAMIENTO.pptx
ATENCIÓN DE PRIMEROS AUXILIOS EN INTOXICACIONES Y ENVENENAMIENTO.pptx
 
Anatomía y fisiología de dermis y tejido celular subcutáneo.pptx
Anatomía y fisiología de dermis y tejido celular subcutáneo.pptxAnatomía y fisiología de dermis y tejido celular subcutáneo.pptx
Anatomía y fisiología de dermis y tejido celular subcutáneo.pptx
 
Patologia de la oftalmologia (parpados).ppt
Patologia de la oftalmologia (parpados).pptPatologia de la oftalmologia (parpados).ppt
Patologia de la oftalmologia (parpados).ppt
 
Alergia a la vitamina B12 y la anemia perniciosa
Alergia a la vitamina B12 y la anemia perniciosaAlergia a la vitamina B12 y la anemia perniciosa
Alergia a la vitamina B12 y la anemia perniciosa
 
FARMACOLOGIA CLASIFICACION DE QUINOLONAS Y FLUOROQUINOLONAS
FARMACOLOGIA CLASIFICACION DE QUINOLONAS Y FLUOROQUINOLONASFARMACOLOGIA CLASIFICACION DE QUINOLONAS Y FLUOROQUINOLONAS
FARMACOLOGIA CLASIFICACION DE QUINOLONAS Y FLUOROQUINOLONAS
 
TdR Gestor Cartagena COL-H-ENTerritorio 28.05.2024.pdf
TdR Gestor Cartagena  COL-H-ENTerritorio 28.05.2024.pdfTdR Gestor Cartagena  COL-H-ENTerritorio 28.05.2024.pdf
TdR Gestor Cartagena COL-H-ENTerritorio 28.05.2024.pdf
 
ASFIXIA Y MANIOBRA DE HEIMLICH - UNIVERSIDAD
ASFIXIA Y MANIOBRA DE HEIMLICH -  UNIVERSIDADASFIXIA Y MANIOBRA DE HEIMLICH -  UNIVERSIDAD
ASFIXIA Y MANIOBRA DE HEIMLICH - UNIVERSIDAD
 
Periodoncia Enfermedades Sistémicas .pdf
Periodoncia Enfermedades Sistémicas .pdfPeriodoncia Enfermedades Sistémicas .pdf
Periodoncia Enfermedades Sistémicas .pdf
 
Farmacias de guardia 2024- 2º trimestre.pdf
Farmacias de guardia 2024- 2º trimestre.pdfFarmacias de guardia 2024- 2º trimestre.pdf
Farmacias de guardia 2024- 2º trimestre.pdf
 
herencia multifactorial, genetica clinica
herencia multifactorial, genetica clinicaherencia multifactorial, genetica clinica
herencia multifactorial, genetica clinica
 
(2024-06-11). INCONTINENCIA URINARIA (DOC)
(2024-06-11). INCONTINENCIA URINARIA (DOC)(2024-06-11). INCONTINENCIA URINARIA (DOC)
(2024-06-11). INCONTINENCIA URINARIA (DOC)
 
Mensuraciones y ponderaciones en la atención primaria
Mensuraciones y ponderaciones en la atención primariaMensuraciones y ponderaciones en la atención primaria
Mensuraciones y ponderaciones en la atención primaria
 
(2024-06-05). Diagnostico precoz de una infección grave: Gangrena de Founier ...
(2024-06-05). Diagnostico precoz de una infección grave: Gangrena de Founier ...(2024-06-05). Diagnostico precoz de una infección grave: Gangrena de Founier ...
(2024-06-05). Diagnostico precoz de una infección grave: Gangrena de Founier ...
 
ABORDAJE TERAPEUTICO DE CICATRIZ QUELOIDE.pdf
ABORDAJE TERAPEUTICO DE CICATRIZ QUELOIDE.pdfABORDAJE TERAPEUTICO DE CICATRIZ QUELOIDE.pdf
ABORDAJE TERAPEUTICO DE CICATRIZ QUELOIDE.pdf
 
¿Qué entendemos por salud mental? ¿Cómo se construye?
¿Qué entendemos por salud mental? ¿Cómo se construye?¿Qué entendemos por salud mental? ¿Cómo se construye?
¿Qué entendemos por salud mental? ¿Cómo se construye?
 

ley de enfermos terminales

  • 1. División de Comisiones Médicas y Ergonómica Intendencia de Fiscalización Superintendencia de Pensiones LEY DE BENEFICIOS PARA ENFERMOS TERMINALES MARZO, 2021
  • 2. BENEFICIOS DE ESTA LEY En caso que tenga beneficiarios de pensión de sobrevivencia, una vez reservado el capital necesario para pagar las dichas pensiones y la cuota mortuoria. Con cargo a su fondo de capitalización individual, tendrá derecho a percibir una pensión calculada como una renta temporal a doce meses, o en caso de estar pensionado recalcular la pensión que recibe en la actualidad. Alternativas de beneficio: 1. Renta temporal por 12 meses máxima, sin excedente de libre disposición. 2. Renta temporal por 12 meses, ajustada a la PBS y excedente de libre disposición máximo. 3. Todas las situaciones intermedias entre 1. y 2. Si el enfermo terminal tuviese una sobrevida superior a doce meses, el total del saldo que exista en su cuenta individual se destinará al pago de la renta temporal por el monto que hasta esa fecha estaba percibiendo.
  • 3. QUIENES TIENEN DERECHO Pueden solicitar este beneficio: • Todos los afiliados • Los pensionados por la Ley 16.744 • Los pensionados por: • Vejez • Vejez anticipada • Invalidez o sobrevivencia, Que estén afectos a las siguientes modalidades: • Retiro programado, • Retiro programado con renta vitalicia inmediata en goce del retiro programado, • Renta temporal con renta vitalicia diferida, en goce de la renta temporal Con saldo en su cuenta de capitalización individual y que cumplan con las condiciones médicas establecidas para estos efectos según el periodo (transitorio o permanente)
  • 4. PERÍODO TRANSITORIO, vigencia: 1 de Abril al 30 de junio de 2021 Desde el primero de abril hasta el 30 de junio, la condición de enfermo terminal no será certificada por el Consejo Médico de la SP. Los afiliados o pensionados que estén haciendo uso de las Garantías Explicitas en Salud (GES) para el Problema de Salud N°4 (PS 4), Alivio del dolor y cuidados paliativos por cáncer avanzado, y estén recibiendo cuidados paliativos por algunos cánceres avanzados contemplados en las disposiciones transitorias de la ley, podrán acceder a los beneficios contemplados en el artículo 70. La interpretación de “haciendo uso de las GES” por parte de ambas Superintendencias se refiere a la activación del problema de salud N° 4.
  • 5. CONDICIONES MÉDICAS DE INGRESO, período transitorio Entre los diagnósticos se encuentran: • Glioblastoma cerebral en progresión con radio y quimioterapia; • Meduloblastoma cerebral en progresión; • Meningitis carcinomatosa de cualquier cáncer; • Cáncer de pulmón con metástasis a distancia múltiple; • Cáncer de esófago en progresión; • Cáncer gástrico metastásico a distancia en al menos dos sitios (ejemplo hígado y/o pulmón); • Cáncer gástrico con metástasis peritoneales; • Cáncer gástrico con metástasis hepáticas múltiples; • Cáncer hepatobiliar con metástasis peritoneales; • Cáncer hepatobiliar con metástasis hepáticas múltiples; • Cáncer de intestino delgado con metástasis peritoneales ; • Cáncer de páncreas y vesícula biliar metastásico; • Cáncer colo-rectal metastásico en progresión; • Hepatocarcinoma avanzado sin opción de trasplante; • -Cáncer testicular metastásico en progresión a quimioterapia de segunda línea; • -Sarcoma partes blandas metastásico a distancia; • -Osteosarcoma metastásico en progresión; • -Melanoma metastásico en progresión; • -Cualquier cáncer metastásico en ECOG 4 y sin posibilidad de tratamiento sistémico; • -Cualquier cáncer con metástasis cerebral múltiple (más de 3); • -Cualquier cáncer metastásico a distancia que no puede hacerse tratamiento antineoplásico; y • -Cáncer origen desconocido metastásico.
  • 6. SOLICITUD DEL BENEFICIO, período transitorio ¿EL AFILIADO CÓMO ACREDITA QUE CUMPLE CON LAS CONDICIONES MÉDICAS Y COMPLETA SU SOLICITUD? El afiliado debe solicitar un certificado emitido por el jefe de la Unidad de Cuidados Paliativos (UCP) del establecimiento, público o privado, donde se atiende. En el caso de no ser médico, se requiere la firma del tratante. El citado documento certificará que está recibiendo cuidados paliativos por alguno de los diagnósticos listados. Luego, debe suscribir una solicitud de beneficio por enfermo terminal en su AFP, lo que se puede realizar en forma remota. Una vez recibidos todos los antecedentes (solicitud y certificado), las AFP deberán informar sobre la aprobación del beneficio, en caso que corresponda, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud.
  • 7. UNIDADES DE CUIDADOS PALIATIVOS, período transitorio Esta Ley impone la obligación a los prestadores de salud de informar a sus pacientes sobre su posible condición de enfermo terminal y su derecho a solicitar el beneficio, debiendo extenderles un certificado médico para esos efectos. El jefe de la Unidad de Cuidados Paliativos, su subrogante o quien el designe, deberá completar, utilizando una plataforma establecida por las AFP el respectivo “Certificado para Solicitud de Beneficios Previsionales” Este certificado deberá ser impreso para ser firmado por el jefe de la Unidad de Cuidados Paliativos o su subrogante, por el médico tratante en el caso que el jefe de la UCP no sea médico y timbrado con el nombre de la institución correspondiente. Luego debe ser ingresado en la misma plataforma web centralizada establecida por las AFP para dicho proceso, en un plazo no superior a 48 horas, contado desde su emisión.
  • 9. PROCESO CERTIFICACIÓN EN REGIMEN DE ENFERMO TERMINAL A PARTIR DEL 1 DE JULIO DE 2021
  • 10. DEFINICIONES “Se entenderá por enfermo terminal a toda persona con una enfermedad o condición patológica grave que haya sido diagnosticada, de carácter progresivo e irreversible, sin tratamiento específico curativo o que permita modificar su sobrevida, o bien cuando los recursos terapéuticos utilizados han dejado de ser eficaces, y con una expectativa de vida inferior a doce meses.” En régimen, la condición de enfermo terminal será calificada por un Consejo Médico y la solicitud de certificación de enfermo terminal, se presentará en la AFP, que deberá remitir los antecedentes al Consejo Médico dentro del plazo de dos días hábiles contados desde la fecha de recepción de la solicitud.
  • 11. PROCESO DE CERTIFICACIÓN En régimen, la certificación de enfermo terminal le corresponderá a un Consejo Médico, que evaluará las solicitudes de certificación y un Consejo Médico de Apelación, que resolverá las apelaciones de los afiliados. Ambos consejos estarán conformados por médicos cirujanos seleccionados por la Superintendencia, a través de concurso público y contratados a honorarios. Los Consejos Médicos: Estarán conformados por 4 salas, cada una con un Presidente y 4 médicos asignados, uno de los Presidentes tendrá funciones de coordinación. Consejo Médico de Apelación: Estará conformado por un Presidente y dos médicos integrantes. Ambos Consejos sesionaran al menos 3 veces a la semana, y funcionaran 100% virtual. Todo el soporte necesario para el funcionamiento del Consejo Médico y del Consejo Médico de Apelaciones será otorgado por la Superintendencia de Pensiones: • Sistema Informático • Personal Administrativo • Profesionales de apoyo (símil a interconsultores del proceso de calificación de invalidez) • Comunicaciones, etc. Los criterios para acreditar la condición de enfermo terminal estarán contenidos en una norma técnica elaborada por la Superintendencia de Pensiones.
  • 12. PROCESO DE CERTIFICACIÓN El Consejo Médico deberá en el plazo de 5 días hábiles contado desde la recepción de la solicitud, que podrá suspenderse en caso de que el Consejo estime necesario solicitar antecedentes adicionales, y en un plazo máximo de 10 días hábiles, deberá notificar el resultado al afiliado y a la AFP. El Consejo Médico deberá, dentro del plazo de 1 día hábil contado desde la fecha de la certificación de enfermo terminal. El afiliado podrá apelar fundadamente del rechazo a la solicitud de certificación en calidad de enfermo terminal ante el Consejo Médico de Apelaciones, dentro de los 5 días hábiles siguientes a su notificación. El Consejo Médico de Apelación, deberá pronunciarse dentro de los siguientes 5 días hábiles, desde presentada la apelación. Este plazo podrá ampliarse por hasta 5 días hábiles si, por motivos fundados, el Consejo estimare necesario solicitar antecedentes adicionales. La fiscalización de la certificación de la calidad de enfermo terminal corresponderá a la Superintendencia de Pensiones.