Este documento resume la Ley General de Educación de México de 1993. Establece que la educación es un derecho de todos y una responsabilidad del estado para promover una sociedad democrática, justa y próspera. Describe la estructura del sistema educativo mexicano y las responsabilidades de las autoridades federales, estatales y locales. También cubre temas como el financiamiento, la evaluación y el desarrollo profesional de los maestros.
En este cuadro se podrán encontrar las caracteristicas y cambios importantes entre las reformas aplicadas al articulo tercero la constitución mexicana.
En este cuadro se podrán encontrar las caracteristicas y cambios importantes entre las reformas aplicadas al articulo tercero la constitución mexicana.
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE 1ER. GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024”. Esta actividad de aprendizaje propone retos de cálculo algebraico mediante ecuaciones de 1er. grado, y viso-espacialidad, lo cual dará la oportunidad de formar un rompecabezas. La intención didáctica de esta actividad de aprendizaje es, promover los pensamientos lógicos (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia, viso-espacialidad. Esta actividad de aprendizaje es de enfoques lúdico y transversal, ya que integra diversas áreas del conocimiento, entre ellas: matemático, artístico, lenguaje, historia, y las neurociencias.
Instrucciones del procedimiento para la oferta y la gestión conjunta del proceso de admisión a los centros públicos de primer ciclo de educación infantil de Pamplona para el curso 2024-2025.
2. Ley General de Educación
O Contribuirá a consolidar la estrategia de modernización de
los servicios educativos que requiere el desarrollo de
México.
O Asegurarando una educación de alta calidad, con carácter
nacional y capacidad institucional para ofrecer niveles
educativos suficientes y adecuados a toda la población.
O La Educación es el medio para fortalecer la identidad
Nacional dentro de la prosperidad, la democracia y la
justicia.
O Promulgada el 12 de Julio publicada el 13 de Julio de 1993;
esta constituida por 85 Capítulos dividido en 8 artículos.
3. Ley General de Educación
O CAPITULO I
Disposiciones Generales.
Art. 1: Regula la educación de todo el
país.
Art. 2: Todos tienen derecho a la
educación.
ES EL MEDIO PARA ADUIRIR,
TRASMITIR, ACRECENTAR LA CULTURA,
SIENDO UN PROCESO PERMANENTE;
TRASFORMADOR DE LA SOCIEDAD
4. Ley General de Educación
Art. 3: El estado es responsable de la
educación .
Art. 4:EDUACIÓN PRIMARIA;
SECUNDARIA, OBLIGATORIA.
Art. 5:LAICA AJENA A CUALQUIER
DOCTRINA RELIGIOSA.
Art. 6: GRATUITA, (Donaciones no son
contra prestaciones).
5. Ley General de Educación
Art. 7: La educación se debe basar en el Art.
3 párrafo segundo de la constitución política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Art. 8: Criterio de la educación; progreso
científico, lucha contra la ignorancia y sus
efectos (servidumbre, fanatismos y los
prejuicios)
I.-Será democrático
II.-Será nacional
III.-Contribuirá a la mejor convivencia humana
6. Ley General de Educación
Art. 9: La educación que el edo. tiene que
proveer a través de sus organismos
descentralizados apoyará la investigación
científica y tecnológica.
Art. 10: La educación es un servicio
público la imparta quien la imparta.
Art. 11: La aplicación y vigilancia del
cumplimiento de la Ley; Autoridades
educativas de la federación.
7. Ley General de Educación
O CAPITULO II
Del federalismo educativo
Sección 1
De la distribución de la función social educativa.
Art. 12: Solo las autoridades educativas federales pueden:
I.-Determinar los planes y programas de estudio.
II.-Establecer el calendario escolar.
III.-los libros de texto.
IV.-Autorizar el uso de libros de texto.
V.-Fijar lineamientos generales para el uso de material
educativo
VI.-Regular un sistema nacional de actualización
profesional…
8. Ley General de Educación
Art. 13: Las autoridades locales pueden tener
las siguientes atribuciones.
I. Prestar servicios de Educación inicial.
II. Proponer contenidos de planes y
programas.
III. Calendario escolar.
IV. Prestar servicios de capacitación.
V. Revalidar y otorgar equivalencias de
estudios.
VI. Otorgar, negar y revocar autorización a los
particulares para impartir la educación
primaria.
VII. Más con tal que se cumpla.
9. Ley General de Educación
Art. 14: Las atribuciones exclusivas Art: 12 y 13,corresponden a las
autoridades federales y locales así también:
I. Prestar servicios de Educación inicial.
II. Determinar planes y programas.
III. Revalidad y otorgar equivalencias de estudios.
IV. Otorgar, negar y retirar reconocimiento de validez oficial.
V. Libros de Texto.
VI. Bibliotecas públicas.
VII. Investigación para la innovación.
VIII. Enseñanza tecnológica.
IX. Fomentar y difundir; arte y cultura.
X. Vigilar el cumplimiento de la Ley.
XI. Más con tal que se cumpla.
10. Ley General de Educación
Art. 15: El ayuntamiento de cada
municipio podrá, promover y prestar
servicios educativos de cualquier tipo o
modalidad así como las enumeradas en
las fracciones V a VIII del articulo 14.
El gob. Promoverá la participación directa
del ayuntamiento.
11. Ley General de Educación
Art. 16: Las atribuciones inicial, básica
incluyendo la indígena; que se señalan
para las autoridades locales en el DF
corresponderán al gobierno del DF.
La formación docente corresponderá en el
DF a la secretaria.
12. Ley General de Educación
Art. 17: Reuniones periódicas de
Autoridades buscando análisis e
intercambio, recomendaciones, acciones
para la mejora, estas reuniones serán
presididas por la Secretaría.
13. Ley General de Educación
Sección 2
De los servicios educativos.
Art. 18: Otras instituciones; Ejecutivo
Federal-Secretaría; expedirán,
certificados, diplomas y títulos con validez
a los estudios.
Art. 19: Autoridades Locales realizaran
distribución de libros de texto gratuitos y
demás materiales que la Secretaría
proporcione.
14. Ley General de Educación
Art. 20: Las autoridades educativas, en sus
respectivos ámbitos capacitaran a los profesores
con las siguientes finalidades:
I.- La formación, con nivel de licenciatura.
II.- La formación continua.
III.- La realización de programas de especialización.
IV.- El desarrollo de la investigación pedagógica y la
difusión de la cultura educativa.
Las autoridades educativas locales podrán
coordinarse para llevar a cabo actividades relativas a
las finalidades previstas en este artículo.
15. Ley General de Educación
Art. 21: El educador es promotor,
coordinador y agente directivo del
proceso educativo; por lo que se le deben
proporcionar los medios para que realice
eficazmente su labor y que contribuya a
su constante perfeccionamiento.
Mejores salarios; posibilidad de crecimiento;
vivienda digna; reconocimiento; etc.
16. Ley General de Educación
Art. 22.- Las autoridades educativas
revisarán permanentemente las disposiciones
a manera de simplificarlos, y reducir las
cargas administrativas de los maestros, y
alcanzar la prestación del servicio educativo
con mayor pertinencia, calidad y eficiencia.
Darán prioridad, a los apoyos para el adecuado
desempeño de la función docente. Así como
fortalecer la gestión de las autoridades y la
participación de los padres.
17. Ley General de Educación
O Artículo 23.- Las negociaciones o
empresas a que se refiere la fracción XII
del apartado A) del artículo 123 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos están obligadas a
establecer y sostener escuelas cuando el
número de educandos que las requiera
sea mayor de veinte. Estos planteles
quedarán bajo la dirección administrativa
de la autoridad educativa local.
18. Ley General de Educación
Art. 24: Los beneficiados directamente por
los servicios educativos deberán prestar
servicio social, en los casos y términos
que señalen las disposiciones
reglamentarias correspondientes.
19. Ley General de Educación
Sección 3.- Del financiamiento a la
educación
Art. 25: El Ejecutivo Federal y el gobierno
de cada entidad federativa, concurrirán al
financiamiento de los servicios
educativos.
Art. 26.- El gob. mandará recursos para
que el ayuntamiento lleve acabo las
responsabilidades.
20. Ley General de Educación
Art. 27: Se tomará en cuenta el carácter
prioritario de la educación pública para los
fines del desarrollo nacional; tratando de
incrementar las fuentes de financiamiento.
Art. 28: Son de interés social las
inversiones que en materia educativa
realicen el Estado.
21. Ley General de Educación
Sección 4
De la evaluación del sistema educativo nacional
Art. 29: La Secretaría es la encargada de la
evaluación; aunque las autoridades locales
también están autorizadas para realizar
evaluaciones.
Art. 30: Las instituciones educativas establecidas
por el Estado, otorgarán a las autoridades
educativas y al Instituto todas las facilidades y
colaboración para las evaluaciones a que esta
sección se refiere.
22. Ley General de Educación
Art. 31: Darán a conocer los resultados
que permitan medir el desarrollo y los
avances de la educación nacional y en
cada entidad federativa.