Este documento resume los aspectos clave de la Ley 348 de 2013 en Bolivia, conocida como la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia. Explica los tipos de violencia que aborda la ley, como la física, sexual, psicológica y económica. También describe las instituciones creadas para su aplicación, como el SIPPASE, y las medidas de protección y sanciones establecidas para los agresores. Resalta delitos específicos como el feminicidio y actualizaciones al Código
Violencia psicológica determina una conducta activa u omisa que se ejerce con...Leycester Perez
Este documento describe las diferentes formas de violencia contra la mujer y los delitos asociados, así como las atribuciones de los organismos competentes. Define violencia psicológica, acoso, amenazas, violencia física, sexual y doméstica. Explica las sanciones por estos delitos y circunstancias agravantes. También cubre la responsabilidad civil y órganos receptores de denuncias. Por último, presenta definiciones básicas sobre drogas como estupefacientes, químicos esenciales y tráfico il
Este documento presenta información sobre la violencia contra la mujer según la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Define las diferentes formas de violencia como violencia psicológica, física, sexual, doméstica, laboral y económica. También explica la figura de la flagrancia según esta ley y diferencias con la definición general en el código procesal penal.
Este documento define y explica las diferentes formas de violencia contra la mujer, incluyendo violencia psicológica, física, sexual, doméstica, laboral, patrimonial, obstétrica, institucional, simbólica, mediática, tráfico y trata de mujeres. Define cada tipo de violencia y proporciona ejemplos. También discute la culpabilidad en el acceso carnal violento y los argumentos históricos usados para justificarlo.
El documento presenta un caso de jurisprudencia sobre violencia sexual. Un hombre llamado Valentir R.G. fue acusado de violencia sexual, violencia física, violencia psicológica, violación y abuso de confianza contra una mujer. El tribunal encontró a Valentir culpable de violencia sexual y lo condenó a 8 años y 4 meses de prisión. También ordenó sobreseer los cargos de violencia física y psicológica. La causa fue remitida al tribunal de ejecución de penas una vez vencido el lapso de apel
1) El documento describe el caso de un hombre que estranguló y asesinó a su esposa en San Miguel después de una discusión sobre el divorcio. 2) Explica que la violencia familiar ocurre cada dos minutos en Perú y que la mayoría de mujeres no denuncian por vergüenza, miedo o desconocimiento de dónde acudir. 3) Resume los aspectos clave de la Ley 26260 de protección frente a la violencia familiar en Perú.
La violencia erótica es una expresión de poder que se ejerce sobre personas vulnerables como mujeres, niños, ancianos y discapacitados. Representa la concreción del poder que otorgan factores como el género, la edad, la autoridad y la posición jerárquica. Los delitos sexuales incluyen conductas como el hostigamiento, abuso, estupro y violación, y se castigan con penas de prisión dependiendo de las circunstancias de cada caso.
Trabajo saia medicina legal delitos sexuales nelsisnelgrod
El documento habla sobre delitos sexuales y aspectos legales relacionados. Define violación, actos sexuales con menores y personas vulnerables. También cubre temas como explotación sexual, acoso sexual y enfermedades de transmisión sexual. Explica conceptos anatómicos como himen y lesiones por violación. Finalmente, aborda temas como aborto y notificación obligatoria de enfermedades.
1) El documento describe varios delitos sexuales como la violación, relaciones sexuales con menores, abusos sexuales, corrupción y proxenetismo. 2) Define cada delito y especifica las penas legales asociadas. 3) También incluye consejos sobre la prevención del abuso sexual en niños y jóvenes.
Violencia psicológica determina una conducta activa u omisa que se ejerce con...Leycester Perez
Este documento describe las diferentes formas de violencia contra la mujer y los delitos asociados, así como las atribuciones de los organismos competentes. Define violencia psicológica, acoso, amenazas, violencia física, sexual y doméstica. Explica las sanciones por estos delitos y circunstancias agravantes. También cubre la responsabilidad civil y órganos receptores de denuncias. Por último, presenta definiciones básicas sobre drogas como estupefacientes, químicos esenciales y tráfico il
Este documento presenta información sobre la violencia contra la mujer según la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Define las diferentes formas de violencia como violencia psicológica, física, sexual, doméstica, laboral y económica. También explica la figura de la flagrancia según esta ley y diferencias con la definición general en el código procesal penal.
Este documento define y explica las diferentes formas de violencia contra la mujer, incluyendo violencia psicológica, física, sexual, doméstica, laboral, patrimonial, obstétrica, institucional, simbólica, mediática, tráfico y trata de mujeres. Define cada tipo de violencia y proporciona ejemplos. También discute la culpabilidad en el acceso carnal violento y los argumentos históricos usados para justificarlo.
El documento presenta un caso de jurisprudencia sobre violencia sexual. Un hombre llamado Valentir R.G. fue acusado de violencia sexual, violencia física, violencia psicológica, violación y abuso de confianza contra una mujer. El tribunal encontró a Valentir culpable de violencia sexual y lo condenó a 8 años y 4 meses de prisión. También ordenó sobreseer los cargos de violencia física y psicológica. La causa fue remitida al tribunal de ejecución de penas una vez vencido el lapso de apel
1) El documento describe el caso de un hombre que estranguló y asesinó a su esposa en San Miguel después de una discusión sobre el divorcio. 2) Explica que la violencia familiar ocurre cada dos minutos en Perú y que la mayoría de mujeres no denuncian por vergüenza, miedo o desconocimiento de dónde acudir. 3) Resume los aspectos clave de la Ley 26260 de protección frente a la violencia familiar en Perú.
La violencia erótica es una expresión de poder que se ejerce sobre personas vulnerables como mujeres, niños, ancianos y discapacitados. Representa la concreción del poder que otorgan factores como el género, la edad, la autoridad y la posición jerárquica. Los delitos sexuales incluyen conductas como el hostigamiento, abuso, estupro y violación, y se castigan con penas de prisión dependiendo de las circunstancias de cada caso.
Trabajo saia medicina legal delitos sexuales nelsisnelgrod
El documento habla sobre delitos sexuales y aspectos legales relacionados. Define violación, actos sexuales con menores y personas vulnerables. También cubre temas como explotación sexual, acoso sexual y enfermedades de transmisión sexual. Explica conceptos anatómicos como himen y lesiones por violación. Finalmente, aborda temas como aborto y notificación obligatoria de enfermedades.
1) El documento describe varios delitos sexuales como la violación, relaciones sexuales con menores, abusos sexuales, corrupción y proxenetismo. 2) Define cada delito y especifica las penas legales asociadas. 3) También incluye consejos sobre la prevención del abuso sexual en niños y jóvenes.
Este documento define y explica los diferentes tipos de delitos sexuales de acuerdo con el Código Penal de Veracruz, México. Define el hostigamiento, abuso, estupro y violación, y describe las penas asociadas con cada delito. También proporciona recomendaciones para prevenir que los menores sean víctimas de delitos sexuales.
ANALISIS FORMAS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LEY DE DROGASAsdúbal Loyo Fréitez
Formas de violencia contra la mujer, atribuciones, responsabilidad civil y agravantes, legitimación para denunciar. Ley de Drogas. Definiciones, Delitos y Penalizaciones.
Este documento presenta la terminología, bases legales y aspectos anatómicos relacionados con el delito de violación en Venezuela. Define términos como virgen, desfloración y cópula, y resume las leyes venezolanas como el Código Penal, la Ley contra la Violencia hacia la Mujer y la Ley de Protección del Niño y Adolescente que penalizan diferentes formas de violación. También incluye información sobre los tipos de himen y exámenes requeridos para las víctimas de este delito.
Este documento proporciona una introducción al libro sobre delitos sexuales. Explica que los delitos sexuales se han considerado a lo largo de la historia y cómo actualmente existen medios más amplios para estudiarlos y clasificarlos fácilmente. Los delitos sexuales no solo afectan a la víctima, sino también a su familia y comunidad, creando temor e incertidumbre. El documento luego detalla que los delitos sexuales se dividirán en secciones sobre acoso sexual, estupro, abuso sexual, violación, incesto y adulterio
Tema 18 delitos sexuales - lesiones internas en la violaciónrammsteinruben
AQUI MI RESUMEN (EN EL ESPACIO PARA ADJUNTAR ESCRITO Y APARTE ADJUNTO EL ARCHIVO PDF)
leyendo tantas jurisprudencia, el corazón se me rompe al desdibujar el mundo y verlo como realmente es...
El mundo sin inocencia no podría sobrevivir, por cuanto ese amor de la ignorancia del desamor solo traería una condcuta social que solo bastará adaptarse a crímenes contra el pudor, conforme al Artículo 25 de la mencionada Ley, los m{as frágiles como niños y adolescentes tienen el derecho “…a ser cuidados”…por sus padres; siendo que conforme al Artículo 26 Ejusdem, inclusive dentro de “…una familia sustituta”…, los adolescentes tienen el “…derecho a vivir, ser criados y desarrollarse”…,
Entonces, ello porque a esa edad tendemos a formar una imagen de barrera protectora en nuestros padres, en nuestros tutores, y conforme al Parágrafo Segundo de ese Artículo “…la familia debe ofrecer un ambiente de afecto y seguridad, que permita el desarrollo integral de los niños y adolescentes”, la instrumentación de dicho derecho se plasma, entre otros, en el Encabezamiento del Artículo 32 de la Ley de protección que impone que los niños y adolescentes “…tienen derecho a la integridad personal. Este derecho comprende la integridad física, síquica y moral”, y así impulsa el Parágrafo Segundo de esta Norma que, “El Estado, la familia y la sociedad deben proteger a todos los niños y adolescentes contra cualquier forma de explotación, maltrato, torturas, abusos o negligencias que afecten su integridad personal”…
Es por ello que haciendo uso de la jurisprudencia, la interpretación del instituto del perdón de la ofendida como causal extintiva de la acción penal en los delitos contra la libertad sexual, no puede ser en prescindencia de los superiores derechos del adolescente y niños o mujeres, es decir, no puede ser una interpretación simplista. No puede ser una interpretación ausente de la valoración del contraste de las propias exposiciones de la víctima sobre que fue abusada sexualmente por quien ella supuestamente consciente en casarse, en un acto en el que llevada por sus padres, ante una oficina pública tan sacramental como intimidatoria (no solo para una niña sino hasta para muchos adultos) como lo es un tribunal, y teniendo frente a si al apoderado de su denunciado victimario, debe reproducir penosamente lo que lo rebaja a miseria. Así, si esto debe interpretarse como un consentimiento libre a perdonar, la ofendida lo será a partida doble, porque sufrió no solo por hechos, sino por la interpretación del Derecho. DIOS PARA TODOS CON JUSTICIA.
El documento describe las formas de violencia contra la mujer establecidas en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, incluyendo la violencia psicológica y la violencia sexual. También presenta extractos de jurisprudencia que involucran casos de violencia de género y cita los artículos relevantes de la ley que definen y sancionan estos delitos.
Este documento resume los principales delitos sexuales según la legislación chilena. Define delitos como la violación, abuso sexual, estupro y exposición de menores a actos sexuales. Explica los elementos y penas asociadas a cada delito. También presenta los principios de derecho penal como legalidad y culpabilidad que rigen estos delitos.
El documento proporciona definiciones y marco legal sobre delitos sexuales en Colombia. Define términos como violencia sexual, abuso sexual, acoso sexual y derechos sexuales y reproductivos. Describe los delitos contra la libertad, integridad y formación sexual según el Código Penal colombiano como violación, actos sexuales abusivos, proxenetismo e inducción a la prostitución. También cubre agravantes, derechos de las víctimas y el protocolo para informes sexológicos forenses.
Este documento presenta un resumen de temas relacionados con delitos sexuales de acuerdo a la legislación venezolana. Explica que los delitos sexuales vulneran los derechos sexuales como derechos humanos. Define la violencia sexual, violación y actos con víctimas vulnerables. Finalmente, describe brevemente los actos lascivos según la jurisprudencia venezolana.
Delito contra la Libertad Sexual - ViolacionMartin Manco
El documento describe la violación como un delito grave que implica forzar a alguien a tener relaciones sexuales sin su consentimiento. Explica que existen diferentes tipos de violación y que las leyes peruanas establecen penas severas para este delito, incluyendo cárcel de por vida en algunos casos. También cubre temas como la culpabilización de la víctima y los diferentes tipos de violadores.
El documento describe los delitos sexuales de atentados al pudor, violación, estupro e incesto según las leyes mexicanas. Define cada delito, sus elementos constitutivos y las penas asociadas. También analiza la evolución histórica de estos delitos y las sanciones aplicadas en el derecho romano, códigos penales anteriores y la tendencia actual.
El documento resume los principales marcos legales y artículos de la Constitución del Ecuador relacionados con la protección contra la violencia, incluyendo el derecho a la atención prioritaria de las víctimas, la integridad personal y medidas contra la violencia, procedimientos especiales para delitos relacionados con la violencia, y la erradicación de la violencia en el sistema educativo. También resume varios artículos clave de la Ley Orgánica de Educación Intercultural y su reglamento que tratan sobre el derecho a una educación libre de violencia
Este documento presenta una ley que busca proteger los derechos de las mujeres mayores de edad víctimas de violencia en el contexto de una relación de pareja. Describe los tipos de violencia que la ley pretende sancionar, incluyendo la violencia física, psicológica, sexual y patrimonial. También establece las penas asociadas a diferentes delitos como el femicidio, la violación y el maltrato. El objetivo final es fortalecer la protección legal de las mujeres contra la violencia de género en el
Este informe trata sobre el aborto, el abandono de personas incapaces, la difamación y la injuria. Resume la clasificación del aborto, definido como la interrupción del embarazo antes de que el feto pueda vivir fuera del útero. Explica que el abandono de personas incapaces consiste en dejarlas expuestas al peligro. Define la difamación como exponer a alguien al desprecio público mediante la imputación de un hecho, y la injuria como ofender el honor o reputación. Finalmente, analiza una sentencia sobre
ANÁLISIS DE LOS PRINCIPALES TIPOS PENALES RELACIONADOS CON LA EXCLUSIÓN Y SUS PRINCIPALES CAUSAS.
Dentro del contexto del preámbulo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela se ha definido nuestra organización jurídico-política como un Estado democrático y social de derecho y de justicia, que reconoce en la Constitución y los tratados internacionales suscritos y ratificados por la República, las fuentes primigenias para la protección de los derechos humanos.
Este documento define el delito de abuso sexual de acuerdo con el Código Penal para el Distrito Federal de México. Señala que el abuso sexual implica realizar un acto sexual distinto a la cópula sobre otra persona sin su consentimiento. Detalla los sujetos, objetos, clasificación, formas de ejecución, tipicidad, antijuridicidad, circunstancias modificadoras, culpabilidad y punibilidad relacionadas con este delito.
Este documento trata sobre los delitos sexuales y su tipificación legal. Brevemente describe: 1) la definición de abuso sexual y los tipos de delitos sexuales como la violación y los actos lascivos; 2) las penas asociadas a estos delitos y algunas circunstancias agravantes; 3) conceptos relacionados como acceso carnal, coito y la anatomía sexual masculina y femenina.
1) Este documento explica las diferencias entre los delitos de proxenetismo, rufianismo y favorecimiento a la prostitución en el código penal peruano. 2) Define el proxenetismo como comprometer, seducir o sustraer a una persona para entregarla a otro con el objetivo de tener acceso carnal, mientras que el rufianismo implica explotar las ganancias obtenidas por la prostitución de otra persona. 3) El favorecimiento a la prostitución se refiere a promover o facilitar la prostitución de otra persona con
Abuso Sexual Infantil. Prevencion, deteccion y canalizacion juridica en las e...MiguelAngelMoralesSa2
Se analizará el tema de Abuso Sexual Infantil, enfocado en las escuelas, donde observarán primero algunas definiciones a considerar sobre el Abuso Sexual, las estrategias didácticas para la prevención, detección, así como el protocolo jurídico de atención y prevención en las escuelas.
El estupro se define como tener relaciones sexuales con una persona entre 14 y 18 años mediante engaño o abuso de su inexperiencia o vulnerabilidad. La pena por estupro es de entre 3 años y 1 día a 10 años de prisión. Es importante denunciar cualquier abuso para evitar que destruyan la vida de la víctima.
Este documento trata sobre la violencia intrafamiliar y de género en el contexto de la adolescencia. Explica los diferentes tipos de violencia como la psicológica, física, sexual y económica. También describe la violencia de género, la violencia sexual y la explotación sexual de niños y adolescentes. Finalmente, ofrece algunas estadísticas sobre la magnitud del problema de la violencia en Venezuela y recomienda estrategias de prevención como la educación y la atención a víctimas.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Este documento define y explica los diferentes tipos de delitos sexuales de acuerdo con el Código Penal de Veracruz, México. Define el hostigamiento, abuso, estupro y violación, y describe las penas asociadas con cada delito. También proporciona recomendaciones para prevenir que los menores sean víctimas de delitos sexuales.
ANALISIS FORMAS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LEY DE DROGASAsdúbal Loyo Fréitez
Formas de violencia contra la mujer, atribuciones, responsabilidad civil y agravantes, legitimación para denunciar. Ley de Drogas. Definiciones, Delitos y Penalizaciones.
Este documento presenta la terminología, bases legales y aspectos anatómicos relacionados con el delito de violación en Venezuela. Define términos como virgen, desfloración y cópula, y resume las leyes venezolanas como el Código Penal, la Ley contra la Violencia hacia la Mujer y la Ley de Protección del Niño y Adolescente que penalizan diferentes formas de violación. También incluye información sobre los tipos de himen y exámenes requeridos para las víctimas de este delito.
Este documento proporciona una introducción al libro sobre delitos sexuales. Explica que los delitos sexuales se han considerado a lo largo de la historia y cómo actualmente existen medios más amplios para estudiarlos y clasificarlos fácilmente. Los delitos sexuales no solo afectan a la víctima, sino también a su familia y comunidad, creando temor e incertidumbre. El documento luego detalla que los delitos sexuales se dividirán en secciones sobre acoso sexual, estupro, abuso sexual, violación, incesto y adulterio
Tema 18 delitos sexuales - lesiones internas en la violaciónrammsteinruben
AQUI MI RESUMEN (EN EL ESPACIO PARA ADJUNTAR ESCRITO Y APARTE ADJUNTO EL ARCHIVO PDF)
leyendo tantas jurisprudencia, el corazón se me rompe al desdibujar el mundo y verlo como realmente es...
El mundo sin inocencia no podría sobrevivir, por cuanto ese amor de la ignorancia del desamor solo traería una condcuta social que solo bastará adaptarse a crímenes contra el pudor, conforme al Artículo 25 de la mencionada Ley, los m{as frágiles como niños y adolescentes tienen el derecho “…a ser cuidados”…por sus padres; siendo que conforme al Artículo 26 Ejusdem, inclusive dentro de “…una familia sustituta”…, los adolescentes tienen el “…derecho a vivir, ser criados y desarrollarse”…,
Entonces, ello porque a esa edad tendemos a formar una imagen de barrera protectora en nuestros padres, en nuestros tutores, y conforme al Parágrafo Segundo de ese Artículo “…la familia debe ofrecer un ambiente de afecto y seguridad, que permita el desarrollo integral de los niños y adolescentes”, la instrumentación de dicho derecho se plasma, entre otros, en el Encabezamiento del Artículo 32 de la Ley de protección que impone que los niños y adolescentes “…tienen derecho a la integridad personal. Este derecho comprende la integridad física, síquica y moral”, y así impulsa el Parágrafo Segundo de esta Norma que, “El Estado, la familia y la sociedad deben proteger a todos los niños y adolescentes contra cualquier forma de explotación, maltrato, torturas, abusos o negligencias que afecten su integridad personal”…
Es por ello que haciendo uso de la jurisprudencia, la interpretación del instituto del perdón de la ofendida como causal extintiva de la acción penal en los delitos contra la libertad sexual, no puede ser en prescindencia de los superiores derechos del adolescente y niños o mujeres, es decir, no puede ser una interpretación simplista. No puede ser una interpretación ausente de la valoración del contraste de las propias exposiciones de la víctima sobre que fue abusada sexualmente por quien ella supuestamente consciente en casarse, en un acto en el que llevada por sus padres, ante una oficina pública tan sacramental como intimidatoria (no solo para una niña sino hasta para muchos adultos) como lo es un tribunal, y teniendo frente a si al apoderado de su denunciado victimario, debe reproducir penosamente lo que lo rebaja a miseria. Así, si esto debe interpretarse como un consentimiento libre a perdonar, la ofendida lo será a partida doble, porque sufrió no solo por hechos, sino por la interpretación del Derecho. DIOS PARA TODOS CON JUSTICIA.
El documento describe las formas de violencia contra la mujer establecidas en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, incluyendo la violencia psicológica y la violencia sexual. También presenta extractos de jurisprudencia que involucran casos de violencia de género y cita los artículos relevantes de la ley que definen y sancionan estos delitos.
Este documento resume los principales delitos sexuales según la legislación chilena. Define delitos como la violación, abuso sexual, estupro y exposición de menores a actos sexuales. Explica los elementos y penas asociadas a cada delito. También presenta los principios de derecho penal como legalidad y culpabilidad que rigen estos delitos.
El documento proporciona definiciones y marco legal sobre delitos sexuales en Colombia. Define términos como violencia sexual, abuso sexual, acoso sexual y derechos sexuales y reproductivos. Describe los delitos contra la libertad, integridad y formación sexual según el Código Penal colombiano como violación, actos sexuales abusivos, proxenetismo e inducción a la prostitución. También cubre agravantes, derechos de las víctimas y el protocolo para informes sexológicos forenses.
Este documento presenta un resumen de temas relacionados con delitos sexuales de acuerdo a la legislación venezolana. Explica que los delitos sexuales vulneran los derechos sexuales como derechos humanos. Define la violencia sexual, violación y actos con víctimas vulnerables. Finalmente, describe brevemente los actos lascivos según la jurisprudencia venezolana.
Delito contra la Libertad Sexual - ViolacionMartin Manco
El documento describe la violación como un delito grave que implica forzar a alguien a tener relaciones sexuales sin su consentimiento. Explica que existen diferentes tipos de violación y que las leyes peruanas establecen penas severas para este delito, incluyendo cárcel de por vida en algunos casos. También cubre temas como la culpabilización de la víctima y los diferentes tipos de violadores.
El documento describe los delitos sexuales de atentados al pudor, violación, estupro e incesto según las leyes mexicanas. Define cada delito, sus elementos constitutivos y las penas asociadas. También analiza la evolución histórica de estos delitos y las sanciones aplicadas en el derecho romano, códigos penales anteriores y la tendencia actual.
El documento resume los principales marcos legales y artículos de la Constitución del Ecuador relacionados con la protección contra la violencia, incluyendo el derecho a la atención prioritaria de las víctimas, la integridad personal y medidas contra la violencia, procedimientos especiales para delitos relacionados con la violencia, y la erradicación de la violencia en el sistema educativo. También resume varios artículos clave de la Ley Orgánica de Educación Intercultural y su reglamento que tratan sobre el derecho a una educación libre de violencia
Este documento presenta una ley que busca proteger los derechos de las mujeres mayores de edad víctimas de violencia en el contexto de una relación de pareja. Describe los tipos de violencia que la ley pretende sancionar, incluyendo la violencia física, psicológica, sexual y patrimonial. También establece las penas asociadas a diferentes delitos como el femicidio, la violación y el maltrato. El objetivo final es fortalecer la protección legal de las mujeres contra la violencia de género en el
Este informe trata sobre el aborto, el abandono de personas incapaces, la difamación y la injuria. Resume la clasificación del aborto, definido como la interrupción del embarazo antes de que el feto pueda vivir fuera del útero. Explica que el abandono de personas incapaces consiste en dejarlas expuestas al peligro. Define la difamación como exponer a alguien al desprecio público mediante la imputación de un hecho, y la injuria como ofender el honor o reputación. Finalmente, analiza una sentencia sobre
ANÁLISIS DE LOS PRINCIPALES TIPOS PENALES RELACIONADOS CON LA EXCLUSIÓN Y SUS PRINCIPALES CAUSAS.
Dentro del contexto del preámbulo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela se ha definido nuestra organización jurídico-política como un Estado democrático y social de derecho y de justicia, que reconoce en la Constitución y los tratados internacionales suscritos y ratificados por la República, las fuentes primigenias para la protección de los derechos humanos.
Este documento define el delito de abuso sexual de acuerdo con el Código Penal para el Distrito Federal de México. Señala que el abuso sexual implica realizar un acto sexual distinto a la cópula sobre otra persona sin su consentimiento. Detalla los sujetos, objetos, clasificación, formas de ejecución, tipicidad, antijuridicidad, circunstancias modificadoras, culpabilidad y punibilidad relacionadas con este delito.
Este documento trata sobre los delitos sexuales y su tipificación legal. Brevemente describe: 1) la definición de abuso sexual y los tipos de delitos sexuales como la violación y los actos lascivos; 2) las penas asociadas a estos delitos y algunas circunstancias agravantes; 3) conceptos relacionados como acceso carnal, coito y la anatomía sexual masculina y femenina.
1) Este documento explica las diferencias entre los delitos de proxenetismo, rufianismo y favorecimiento a la prostitución en el código penal peruano. 2) Define el proxenetismo como comprometer, seducir o sustraer a una persona para entregarla a otro con el objetivo de tener acceso carnal, mientras que el rufianismo implica explotar las ganancias obtenidas por la prostitución de otra persona. 3) El favorecimiento a la prostitución se refiere a promover o facilitar la prostitución de otra persona con
Abuso Sexual Infantil. Prevencion, deteccion y canalizacion juridica en las e...MiguelAngelMoralesSa2
Se analizará el tema de Abuso Sexual Infantil, enfocado en las escuelas, donde observarán primero algunas definiciones a considerar sobre el Abuso Sexual, las estrategias didácticas para la prevención, detección, así como el protocolo jurídico de atención y prevención en las escuelas.
El estupro se define como tener relaciones sexuales con una persona entre 14 y 18 años mediante engaño o abuso de su inexperiencia o vulnerabilidad. La pena por estupro es de entre 3 años y 1 día a 10 años de prisión. Es importante denunciar cualquier abuso para evitar que destruyan la vida de la víctima.
Este documento trata sobre la violencia intrafamiliar y de género en el contexto de la adolescencia. Explica los diferentes tipos de violencia como la psicológica, física, sexual y económica. También describe la violencia de género, la violencia sexual y la explotación sexual de niños y adolescentes. Finalmente, ofrece algunas estadísticas sobre la magnitud del problema de la violencia en Venezuela y recomienda estrategias de prevención como la educación y la atención a víctimas.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
La violencia contra la mujer se define como cualquier acción u omisión que cause daño físico, sexual, psicológico o patrimonial. Factores de riesgo incluyen bajos niveles educativos, exposición al maltrato infantil, trastornos de personalidad y consumo de alcohol. Para prevenir la violencia, se deben modificar normas de género y fomentar programas educativos, de empoderamiento y rehabilitación. Las mujeres que sufren violencia pueden denunciar en las comisarías de familia de varias ciudades
El documento habla sobre la agresión y abuso sexual. Explica que es cualquier contacto sexual no deseado y que afecta a personas de todas las edades, géneros, orientaciones sexuales y etnias. Detalla ejemplos de agresión sexual como tocar partes íntimas o exhibir genitales sin consentimiento. Además, provee instrucciones sobre qué hacer si alguien es víctima y números de apoyo. Finalmente, resume las leyes relacionadas a la agresión sexual en el país.
El documento trata sobre la violencia doméstica en Puerto Rico. Discute que la violencia doméstica afecta principalmente a las mujeres y es un problema grave en la isla, con más de 20,000 casos reportados anualmente. También describe algunas señales de advertencia de violencia doméstica y recursos disponibles para las víctimas.
El documento trata sobre el sistema penal y los delitos sexuales en Chile. Explica los antecedentes y principios de la reforma procesal penal chilena implementada entre 2000-2005, incluyendo la separación de funciones de investigación y sentencia. También describe el rol de la fiscalía, perfil de víctimas, testigos, abusadores, y tipos de delitos sexuales como violación, estupro, abuso sexual y su tipificación penal.
El documento trata sobre el sistema penal y los delitos sexuales en Chile. Explica los principios y la implementación de la reforma procesal penal, incluyendo la creación de la Fiscalía. También define roles como fiscales, víctimas y testigos, y describe indicadores de abuso sexual infantil, tipologías penales de delitos sexuales, y perfiles típicos de abusadores y víctimas.
El documento presenta definiciones de maltrato infantil de acuerdo a Kempe, UNICEF, Loredo Abdalla y Oscar Nardo Fernández. También define el síndrome del niño maltratado según Loredo Abdalla e incluye criterios clínicos para su determinación. Por último, presenta los artículos 200 y 201 del código penal referentes a violencia familiar.
Este documento resume diferentes delitos contra las buenas costumbres y el buen orden de las familias según el Código Penal Venezolano. Describe la violación, los actos lascivos, el incesto y el abuso sexual, incluyendo sujetos, objetos y elementos de cada delito. También cubre temas como la violencia contra la mujer y el abuso sexual infantil.
La violencia sexual se manifiesta de diversas formas como la violación, el abuso sexual infantil, la explotación sexual y la pornografía. Estas conductas buscan someter el cuerpo y la voluntad de las personas mediante el uso de la fuerza o aprovechándose de su vulnerabilidad. La violencia sexual puede denunciarse en fiscalías, estaciones de policía, comisarías de familia e instituciones de protección de derechos.
El documento habla sobre la violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes. Explica que la violencia sexual incluye todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre ellos utilizando la fuerza o coerción. Luego describe diferentes formas de violencia sexual como abuso sexual, violación, explotación sexual, y trata con fines de explotación sexual. También indica señales de alarma físicas, comportamentales y en la esfera sexual que pueden indicar violencia sexual. Por último, menciona factores de riesgo y consecuencias a largo pl
Este documento describe los delitos sexuales según el código penal venezolano y la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Define violación, desfloración, abuso sexual y otros delitos sexuales. También describe los hallazgos clínicos y el examen médico legal para víctimas de abuso sexual, incluyendo la recolección de muestras y el diagnóstico diferencial.
Este documento describe los derechos de las mujeres y la violencia doméstica. Explica que las mujeres tienen derecho a no ser discriminadas y a que se respete su vida, integridad y dignidad. También detalla las formas de violencia doméstica reconocidas legalmente y las rutas y medidas de protección disponibles para las víctimas. Finalmente, insta a las mujeres a denunciar la violencia y buscar ayuda.
El documento habla sobre la prevención de la violencia contra los niños, niñas y adolescentes. Explica la importancia de proteger sus derechos y garantizar su seguridad. También identifica varias instituciones como la Junta Cantonal de Protección y la Fiscalía donde se pueden presentar denuncias o buscar ayuda en caso de maltrato, violencia u otros delitos contra menores.
El documento define la violencia y sus diferentes tipos como psicológica, física, sexual, económica, entre otros. Explica la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y los derechos que protege como a la vida, integridad y igualdad. También describe los pasos para realizar una denuncia y las medidas de protección que pueden solicitarse como la salida del agresor del hogar, restricciones de acercamiento y sustento económico. Finalmente, lista las instituciones donde se pued
Este documento presenta una ley integral contra la violencia hacia las mujeres. Establece los derechos protegidos de las mujeres y define diferentes formas de violencia como física, psicológica, sexual, patrimonial y laboral. También describe delitos como el femicidio, lesiones, violencia psicológica, patrimonial, amenazas e intimidación, y sustracción de hijos. Finalmente, incluye artículos sobre denunciar actos de violencia, medidas de atención a víctimas y acciones de programas.
Conferencia de la Dinapen en Escuela Federico González Suárez del Tejar-Ibarr...Federico González Suárez
Este documento proporciona información sobre el maltrato infantil y el abuso sexual de niños. Define el maltrato infantil y los tipos de maltrato, incluido el físico, psicológico y negligencia. También explica qué hacer si se sospecha o presencia maltrato infantil, como denunciar a las autoridades correspondientes. Además, define el abuso sexual, los tipos de abuso sexual como violación y explotación sexual, y qué hacer para proteger a las víctimas de abuso sexual mediante la presentación de una denuncia
Este documento trata sobre los derechos de los niños, niñas y adolescentes en Ecuador. Define los tipos de abuso y maltrato, incluyendo el abuso sexual y la explotación sexual. Describe las leyes ecuatorianas relacionadas con la protección de la niñez, incluyendo definiciones, principios, y medidas de protección contra el maltrato y abuso. También proporciona estadísticas sobre el abuso sexual en Ecuador y describe los factores de riesgo, características de las víctimas y los abusadores, y el
Este documento trata sobre la violencia intrafamiliar en Chile. Explica que la violencia intrafamiliar afecta a uno de cada cuatro hogares chilenos y que existen diferentes tipos de violencia como psicológica, física, sexual y patrimonial. También describe las leyes y organismos judiciales relacionados con la violencia intrafamiliar, incluyendo el delito de maltrato habitual.
Este documento resume varios delitos contra la vida y la salud establecidos en el Código Penal Federal Mexicano, incluyendo feminicidio, aborto y abandono de personas. Define feminicidio como privar de la vida a una mujer por razones de género y establece penas de 40 a 60 años de prisión. También describe las circunstancias en las que el aborto no es punible y las penas por aborto que van de 1 a 8 años dependiendo de los factores. Además, detalla los delitos de abandono como dejar sin recursos a
Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinaria). UCLMJuan Martín Martín
Examen de Selectividad de la EvAU de Geografía de junio de 2023 en Castilla La Mancha. UCLM . (Convocatoria ordinaria)
Más información en el Blog de Geografía de Juan Martín Martín
http://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/
Este documento presenta un examen de geografía para el Acceso a la universidad (EVAU). Consta de cuatro secciones. La primera sección ofrece tres ejercicios prácticos sobre paisajes, mapas o hábitats. La segunda sección contiene preguntas teóricas sobre unidades de relieve, transporte o demografía. La tercera sección pide definir conceptos geográficos. La cuarta sección implica identificar elementos geográficos en un mapa. El examen evalúa conocimientos fundamentales de geografía.
Ofrecemos herramientas y metodologías para que las personas con ideas de negocio desarrollen un prototipo que pueda ser probado en un entorno real.
Cada miembro puede crear su perfil de acuerdo a sus intereses, habilidades y así montar sus proyectos de ideas de negocio, para recibir mentorías .
ACERTIJO DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARÍS. Por JAVI...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARIS”. Esta actividad de aprendizaje propone el reto de descubrir el la secuencia números para abrir un candado, el cual destaca la percepción geométrica y conceptual. La intención de esta actividad de aprendizaje lúdico es, promover los pensamientos lógico (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia y viso-espacialidad. Didácticamente, ésta actividad de aprendizaje es transversal, y que integra áreas del conocimiento: matemático, Lenguaje, artístico y las neurociencias. Acertijo dedicado a los Juegos Olímpicos de París 2024.
José Luis Jiménez Rodríguez
Junio 2024.
“La pedagogía es la metodología de la educación. Constituye una problemática de medios y fines, y en esa problemática estudia las situaciones educativas, las selecciona y luego organiza y asegura su explotación situacional”. Louis Not. 1993.
3° SES COMU LUN10 CUENTO DIA DEL PADRE 933623393 PROF YESSENIA (1).docx
Ley348 infocal
1. LEY INTEGRAL PARA GARANTIZAR UNA VIDA LIBRE
DE VIOLENCIA
Mgr. Ilosva Miranda Prado
PSICOLOGA CLÍNICA- FORENSE
PERITO EN POLIGRAFIA
MAESTRIA EN EDUCACION SUPERIOR
MAESTRIA EN ESTUDIOS PSICOANALITICOS
ESPECIALIDAD PSICOLOGIA CLÍNICA E INTERVENCION EN CRISIS
DIPLOMADO PSICOLOGIA FORENSE
DOCENTE DE PRE Y POSGRADO UMSS
MIEMBRO DE LA ASOCIACION DE PSICOLOGIA FORENSE
MIEMBRO DEL COLEGIO DE PSICOLOGOS CBBA
MIEMBRO DE LA SOCIEDAD BOLIVIANA DE CIENCIAS FORENSES FILIAL CBBA
EX-DIRECTORA DE CARRERA PSICOLOGIA UNIVALLE
EX-PSICOLOGA FORENSE-FISCALIA DEL DISTRITO-MINISTERIO PUBLICO
4. Tipos de violencia contra las mujeres.-
Física.- Acción lesiones internas o externas,
temporales o permanentes.
Sexual.- Delitos contra la libertad sexual
Psicológica.- Acción Sistemática
Disminución de autoestima
Intimidación
Control de comportamientos.
Económica y patrimonial.-
bienes propios gananciales de la mujer
5. No siendo estos limitativos
Violencia Feminicida.-.
Violencia mediática.-
Violencia contra los derechos
reproductivos.-
Violencia en servicios de salud.-
Violencia laboral.-
Violencia familiar.-
7. REQUISITO PARA EL ACCESO A UN
CARGO PÚBLICO
Requisito inexcusable NO contar
con antecedentes de violencia
contra una mujer o su familia.
Pero que tenga sentencia ejecutoriada en calidad de
cosa juzgada
8. ATENCIÓN A MUJERES EN SITUACIÓN DE
VIOLENCIA
SERVICIOS DE ATENCIÓN INTEGRAL.-
1. Las universidades y centros de
formación públicos y privados
Servicios gratuitos para:
La prevención de la violencia
Atención y rehabilitación
otros servicios especializados
9. Servicios Legales Integrales
Municipales (SLIM)
Atención Permanente, especializada y
multidisciplinaria.
Casa de acogida y Refugio temporal.-
• Refugio seguro su localización no es revelada
• Acoger y proteger en forma gratuita
• Hospedaje y alimentación.
• Atención integral médica e interdisciplinaria.
• No permanecerán por más de tres (3) meses.
10. MEDIDAS DE PROTECCIÓN A MUJERES EN
SITUACIÓN DE VIOLENCIA
FINALIDAD.-
Interrumpir e impedir un hecho de violencia.
Garantizar el procesamiento y sanción.
Si se produjera la violencia durante la
tramitación de un proceso el Juez remitirá
antecedentes al Ministerio Público.
11. MEDIDAS DE PROTECCIÓN.-
En razón al agresor
Ordenar la salida inmediata del agresor del
domicilio conyugal.
Prohibir vender , hipotecar, prendar, disponer,
bienes muebles e inmuebles.
Prohibir acercarse, ingresar al domicilio, trabajo,
estudios de la víctima y de sus familiares.
Prohibir actitudes de intimidación a la victima por
otros medios o por terceras personas.
Prohibir acciones de amenazas sobre los testigos
12. MEDIDAS DE PROTECCIÓN.-
En razón al agresor
Disponer asistencia familiar a favor de los
hijos.
Suspender las de visitas a los hijos.
Restituir a la mujer al domicilio del que
hubiera sido alejada con violencia.
Realizar inventariación de los muebles
comunes.
Disponer la entrega de documentos y objetos
personales.
13. Continuación.-
Retener los documentos de propiedad de bienes
para la reparación del daño.
Disponer la tolerancia o reducción de las horas de
trabajo de la mujer.
Ordenar anotación preventiva de los bienes del
agresor; congelamiento de cuentas bancarias (afam)
Velar por el derecho sucesorio de las mujeres.
Restringir en caso de acoso sexual todo contacto
con el agresor.
Disponer la aplicación de medidas cautelares CPP O
CPC
14. Otras medidas de protección.-
DELITO DE FEMINICIDIO el hijo(s), huérfano
bajo custodia al familiar más cercano en
línea materna.
ALERTA CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS
MUJERES.-
se adopta esta medida sobre un área o sector
determinado a nivel nacional; cuando se
detecte elevados índices de violencia contra
las mujeres.
15. PERSECUCIÓN Y SANCIÓN PENAL
DENUNCIA.-
Por la Victima
Por cualquier persona que conozca la denuncia.
SIGUIENTES INSTANCIAS:
Policía Boliviana.
Ministerio Público.
16. INSTITUCIONES PROMOVER LA DENUNCIA
• SLIM.
• Defensorías de la Niñez y Adolescencia **v – 18ª
• Servicios Integrados de Justicia Plurinacional.
• Servicio Estatal de Atención y Protección Integral a
Victimas.
• Autoridades Indígena originario campesinas,
cuando corresponda.
Constituya delito será remitida al Ministerio
Público.
17. FUERZA ESPECIAL DE LUCHA CONTRA LA
VIOLENCIA
Auxilio
Investigación
Prevención
Aprehensión
de los presuntos responsable de hechos de
violencia contra las mujeres y la familia.
CREACION DE JUZGADOS
18. SANCIONES ALTERNATIVAS A LA
PRIVACIÓN DE LIBERTAD
Autor no sea reincidente.
La pena impuesta no sea mayor a
los tres (3) años.
A solicitud del condenado a pena
privativa de libertad superior a los
tres años** siempre que hubiera
cumplido al menos la mitad.
21. DELITOS CONTRA LA FAMILIA
Delitos contra el matrimonio y el estado civil
BIGAMIA
El que contrajere nuevo matrimonio
sabiendo no estar disuelto el
anterior a que se hallaba ligado, PL
(2) a (4) años.
22. Delitos contra el matrimonio y el estado civil
OTROS MATRIMONIOS ILEGALES
1. El que no siendo casado contrajere a
sabiendas matrimonio con persona casada.
(P.L. 1 a 3 años)
2. el que hubiere inducido en error esencial al
otro contrayente. (2 a 4 años)
3. el que hubiere ocultado impedimento legal
respecto a su propio estado civil o del otro
contrayente. (2 a 4 años)
23. Delitos contra el matrimonio y el estado civil
SIMULACION DE MATRIMONIO
El que se atribuyere autoridad para
la celebración de un matrimonio
El que simulare matrimonio
mediante engaño,
PL 2 a 6 años
24. Delitos contra el matrimonio y el estado civil
SUBSTRACCION DE UN MENOR O INCAPAZ
• Quien substrajere a un menor 16 años o a un
incapaz, de la potestad de sus padres, adoptantes,
tutores o curadores, y el que
El que retuviere al menor mayor de 16 años contra
su voluntad.
SANCIÓN.- (PL de 1 A 3 años)
La pena será agravada en el doble si el delito es
cometido por uno de los progenitores con el objeto
de ejercer contra el otro cualquier tipo de coacción.
25. DELITOS CONTRA LOS DEBERES DE
ASISTENCIA FAMILIAR
ABANDONO DE FAMILIA
El cónyuge o conviviente que sin justa
causa no cumpliere las obligaciones de
techo comida, abrigo, educación y toda
asistencia inherentes a la autoridad de los
padres.(R 6 Meses 1 año o Multa de 100
a 400 días)
26. DELITOS CONTRA LOS DEBERES DE
ASISTENCIA FAMILIAR
ABANDONO DE MUJER EMBARAZADA
El que fuera de matrimonio hubiere embarazado a
una mujer y la abandonare sin prestarle la
asistencia necesaria.
(R- 6 meses a 3 años)
Sí a consecuencia del abandono la mujer cometiere
un delito de aborto, infanticidio, exposición o
abandono del recién nacido, o se suicidare.
(R 1 a 5 años)
27. DELITOS DE VIOLENCIA ECONOMICA Y
PATRIMONIAL (Incorporado CP)
VIOLENCIA ECONÓMICA.- (PL 2 a 4 años)
Menoscabe, limite o restrinja la libre disposición del
ingreso económico de la mujer.
Destruya u oculte Doc: CI- TP. objetos personales y de
trabajo.
Restringa o suprima el cumplimiento de sus
obligaciones económicas como un medio para someter
la voluntad de la mujer.
Por medio de violencia, controle los ingresos
económicos del hogar
Impida a la mujer trabajar.
28. DELITOS DE VIOLENCIA ECONOMICA Y
PATRIMONIAL
VIOLENCIA PATRIMONIAL.-
Quien impida, limite el usar. Gozar,
disponer, Administrar transformar
los bienes propios de la mujer.
(Multa de 100 a 365 días).
29. DELITOS DE VIOLENCIA ECONOMICA Y
PATRIMONIAL
SUSTRACCIÓN DE UTILIDADES DE ACTIVIDADES
ECONOMICAS FAMILIARES.-
La persona que disponga de manera unilateral
o para beneficio personal las ganancias
derivadas de una actividad económica
familiar.
(6 meses a 1 año y multa 50% X 365 días).
30. DELITOS CONTRA LA VIDA Y LA INTEGRIDAD Y
LA DIGNIDAD DEL SER HUMANO
HOMICIDIO
El que matare a otro, será sancionado
con presidio de (P 5 a 20 años).
Si la víctima resultare ser NÑA
(P 10 a 25 Años).
31. DELITOS CONTRA LA VIDA Y LA INTEGRIDAD Y
LA DIGNIDAD DEL SER HUMANO
ASESINATO.-
El que matare: (P 30 años sin derecho a indulto)
1. A sus descendientes o cónyuge o conviviente. q son.
2. Por motivos fútiles o bajos.
3. Con alevosía o ensañamiento.
4. En virtud de precio, dones o promesas.
5. Por medio de substancias venenosas u otras semejantes.
6. Para facilitar, consumar u ocultar otro delito, o para
asegurar sus resultados.
7. Para vencer la resistencia de la víctima o evitar que el
delincuente sea detenido.
32. DELITOS CONTRA LA VIDA Y LA INTEGRIDAD Y
LA DIGNIDAD DEL SER HUMANO
INCORPORA FEMINICIDIO.- (P- 30 Años S/Dº I)
El que mate a una mujer, en cualquiera de las
siguientes circunstancias:
1.- El autor sea cónyugue o conviviente O (EX)
La Victima aun sin convivir; haya tenido una
relación de afectividad o intimidad aun
2.- La victima se niega a establecer con el autor, una
relación, enamoramiento, intimidad o de pareja.
3.- Por estar la víctima en situación de embarazo.
33. DELITOS CONTRA LA VIDA Y LA INTEGRIDAD Y
LA DIGNIDAD DEL SER HUMANO
FEMINICIDIO.-
4.- La víctima se encuentre en una situación de
subordinación o dependencia respecto al autor
La victima tenga una relación de amistad, laboral o
de compañerismo.
5.- La víctima se encuentre en una situación de
vulnerabilidad.
6.- Anterior al hecho la victima haya sido objeto de
violencia; por el mismo agresor.
34. DELITOS CONTRA LA VIDA Y LA INTEGRIDAD Y
LA DIGNIDAD DEL SER HUMANO
FEMINICIDIO.-
7.- El autor con anterioridad al hecho haya
cometido delitos contra libertad
individual o libertad sexual.
8.- La muerte forme parte a los delito de
trata y tráfico de personas.
9.- La muerte sea resultado, de ritos,
desafíos grupales o prácticas culturales.
35. DELITOS CONTRA LA VIDA Y LA INTEGRIDAD Y
LA DIGNIDAD DEL SER HUMANO
MODIFICA HOMICIDIO POR EMOCION VIOLENTA.-
El que matare a otro en estado de emoción
violenta excusable, será sancionado con
reclusión de 2 a 8 años.
Este tipo penal no procederá en casos de
feminicidio.
o Impulsado por móviles honorables
o El que matare a su ascendiente, descendiente,
cónyuge o conviviente, en dicho estado.
36. DELITOS CONTRA LA VIDA Y LA INTEGRIDAD Y
LA DIGNIDAD DEL SER HUMANO
HOMICIDIO-SUICIDIO
El que instigare a otro al suicidio o le ayudare a
cometerlo, si la muerte se hubiere intentado o
consumado, (R 2 a 6 años)
En la tentativa se produjeren lesiones, (R 1 a 5años)
En el doble suicidio, se impondrá al sobreviviente. (R 2 a
6años)
(Modifica) Cuando una persona por consecuencia de la
violencia cometa suicidio (PL- 10 años)
Sí la víctima del delito en cualquiera de los casos,
resultare NÑA la pena será agravada en dos tercios
37. DELITOS CONTRA LA VIDA Y LA INTEGRIDAD Y
LA DIGNIDAD DEL SER HUMANO
ABORTO PRETERINTENCIONAL
El que mediante violencia diere lugar al aborto
sin intención de causarlo, pero siendo notorio
el embarazo o le conste a este. (R 3 M-3años)
• INCORPORA .- ABORTO FORZADO
Quién mediante violencia física, psicológica o
sexual, contra la mujer le causare un aborto,
(R 4 a 8 años).
38. DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD
CORPORAL Y LA SALUD
MODIFICA LESIONES GRAVISIMAS.-
Incapacidad sobrepase de 90 días.
Pena.- 5 a 12 años
Lesiones Física
Int. o Externas Psicológica
Temp. o Perm. Icia. – Sensorial
Sí la víctima sea NÑ 2/3
39. DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD
CORPORAL Y LA SALUD
LESIONES GRAVES
Incapacidad para el trabajo de 15 hasta 90 días.
Pena.- DE 3 a 6 años
LESIONES LEVES
Si la incapacidad fuere HASTA 14 DÍAS.
SANCIÓN Trabajos comunitarios de 1 a 3 A
Cumplir condicionantes X Juez.
40. DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD
CORPORAL Y LA SALUD
INCORPORA VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA.-
AGRESIÓN Física Psicológica Sexual
VIOLENCIA FAMILIAR.-
El conyugue o conviviente
Procreado hijos aun sin convivencia.
VIOLENCIA DOMESTICA.-
Consanguineidad Afinidad
Cuidado Guarda
41. DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL
VIOLACION.- Empleando violencia física o psicológica
actos sexuales no consentidos
ACCESO CARNAL
penetración del miembro viril
o de cualquier parte del cuerpo
o de un objeto
POR VÍA vaginal, anal u oral.
Aprovechando Enfermedad mental grave
Insuficiencia de la inteligencia
Incapacitada para resistir
PENA (15 a 20) años.
42. DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL
VIOLACION de infante NIÑO, NIÑA O ADOLESCENTE
Persona uno y otro sexo
Menor de 14 años
SANCIÓN 20 a 25 años SDº Into.
Quedan exentas de esta sanción
Relacione Consensuadas
adolescentes MAYORES de 12 años
NO mayor de tres (3) años
43. DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL
ABUSO SEXUAL antes (abuso deshonesto
Realizare actos libidinosos NO constitutivos
de acceso carnal.
SANCIÓN.- 6 a 10 años – antes 1 a 3 años.
Si la víctima fuere NÑA
SANCIÓN.- 10 a 15 años.
44. DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL
INCORPORA ACTOS SEXUALES ABUSIVOS
Relación sexual consentida
Obligue pareja conyugue
soportar actos de Violencia física y humillación
(PL de 4 a 6 años).
Mas 1/3 relaciones con terceros
45. DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL
• INCORPORA PADECIMIENTOS SEXUALES.-
Ataque generalizado y sistemático
Población o Grupo humano
SOMETA
DELITOS c/ LA LIBERTAD SEXUAL
SANCION.- 15 a 30 años)
46. DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL
INCORPORA ACOSO SEXUAL
Posición de JERARQUÍA O PODER:
Hostigue Persiga Amenace
Condicionando realizar actos sexuales
comptos sexuales
Obtener un beneficio
SANCIÓN.- 4a 8 años