El documento habla sobre la prevención de la violencia contra los niños, niñas y adolescentes. Explica la importancia de proteger sus derechos y garantizar su seguridad. También identifica varias instituciones como la Junta Cantonal de Protección y la Fiscalía donde se pueden presentar denuncias o buscar ayuda en caso de maltrato, violencia u otros delitos contra menores.
Ruta de atención a nna victimas de abuso sexualgellaestrella
Es toda actividad sexual que se impone, mediante engaños, chantaje o por la fuerza a una persona que no tiene el desarrollo psicológico o físico suficiente, para entender lo que sucede y tomar su propia decisión. Se presenta en varias formas: desde las palabras insinuantes, caricias, besos, manipulación física y exhibición de los órganos sexuales, hasta la violación. (Rodríguez de la Cruz, 1996)
Tema 18 delitos sexuales - lesiones internas en la violaciónrammsteinruben
AQUI MI RESUMEN (EN EL ESPACIO PARA ADJUNTAR ESCRITO Y APARTE ADJUNTO EL ARCHIVO PDF)
leyendo tantas jurisprudencia, el corazón se me rompe al desdibujar el mundo y verlo como realmente es...
El mundo sin inocencia no podría sobrevivir, por cuanto ese amor de la ignorancia del desamor solo traería una condcuta social que solo bastará adaptarse a crímenes contra el pudor, conforme al Artículo 25 de la mencionada Ley, los m{as frágiles como niños y adolescentes tienen el derecho “…a ser cuidados”…por sus padres; siendo que conforme al Artículo 26 Ejusdem, inclusive dentro de “…una familia sustituta”…, los adolescentes tienen el “…derecho a vivir, ser criados y desarrollarse”…,
Entonces, ello porque a esa edad tendemos a formar una imagen de barrera protectora en nuestros padres, en nuestros tutores, y conforme al Parágrafo Segundo de ese Artículo “…la familia debe ofrecer un ambiente de afecto y seguridad, que permita el desarrollo integral de los niños y adolescentes”, la instrumentación de dicho derecho se plasma, entre otros, en el Encabezamiento del Artículo 32 de la Ley de protección que impone que los niños y adolescentes “…tienen derecho a la integridad personal. Este derecho comprende la integridad física, síquica y moral”, y así impulsa el Parágrafo Segundo de esta Norma que, “El Estado, la familia y la sociedad deben proteger a todos los niños y adolescentes contra cualquier forma de explotación, maltrato, torturas, abusos o negligencias que afecten su integridad personal”…
Es por ello que haciendo uso de la jurisprudencia, la interpretación del instituto del perdón de la ofendida como causal extintiva de la acción penal en los delitos contra la libertad sexual, no puede ser en prescindencia de los superiores derechos del adolescente y niños o mujeres, es decir, no puede ser una interpretación simplista. No puede ser una interpretación ausente de la valoración del contraste de las propias exposiciones de la víctima sobre que fue abusada sexualmente por quien ella supuestamente consciente en casarse, en un acto en el que llevada por sus padres, ante una oficina pública tan sacramental como intimidatoria (no solo para una niña sino hasta para muchos adultos) como lo es un tribunal, y teniendo frente a si al apoderado de su denunciado victimario, debe reproducir penosamente lo que lo rebaja a miseria. Así, si esto debe interpretarse como un consentimiento libre a perdonar, la ofendida lo será a partida doble, porque sufrió no solo por hechos, sino por la interpretación del Derecho. DIOS PARA TODOS CON JUSTICIA.
CURSO VIRTUAL DEL PODER JUDICIAL: “Actuación ante casos de violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes”. Dirigido a Directores de Instituciones Educativas Públicas.
CURSO VIRTUAL DEL PODER JUDICIAL: “Actuación ante casos de violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes”. Dirigido a Directores de Instituciones Educativas Publicas
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Ruta de atención a nna victimas de abuso sexualgellaestrella
Es toda actividad sexual que se impone, mediante engaños, chantaje o por la fuerza a una persona que no tiene el desarrollo psicológico o físico suficiente, para entender lo que sucede y tomar su propia decisión. Se presenta en varias formas: desde las palabras insinuantes, caricias, besos, manipulación física y exhibición de los órganos sexuales, hasta la violación. (Rodríguez de la Cruz, 1996)
Tema 18 delitos sexuales - lesiones internas en la violaciónrammsteinruben
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leyendo tantas jurisprudencia, el corazón se me rompe al desdibujar el mundo y verlo como realmente es...
El mundo sin inocencia no podría sobrevivir, por cuanto ese amor de la ignorancia del desamor solo traería una condcuta social que solo bastará adaptarse a crímenes contra el pudor, conforme al Artículo 25 de la mencionada Ley, los m{as frágiles como niños y adolescentes tienen el derecho “…a ser cuidados”…por sus padres; siendo que conforme al Artículo 26 Ejusdem, inclusive dentro de “…una familia sustituta”…, los adolescentes tienen el “…derecho a vivir, ser criados y desarrollarse”…,
Entonces, ello porque a esa edad tendemos a formar una imagen de barrera protectora en nuestros padres, en nuestros tutores, y conforme al Parágrafo Segundo de ese Artículo “…la familia debe ofrecer un ambiente de afecto y seguridad, que permita el desarrollo integral de los niños y adolescentes”, la instrumentación de dicho derecho se plasma, entre otros, en el Encabezamiento del Artículo 32 de la Ley de protección que impone que los niños y adolescentes “…tienen derecho a la integridad personal. Este derecho comprende la integridad física, síquica y moral”, y así impulsa el Parágrafo Segundo de esta Norma que, “El Estado, la familia y la sociedad deben proteger a todos los niños y adolescentes contra cualquier forma de explotación, maltrato, torturas, abusos o negligencias que afecten su integridad personal”…
Es por ello que haciendo uso de la jurisprudencia, la interpretación del instituto del perdón de la ofendida como causal extintiva de la acción penal en los delitos contra la libertad sexual, no puede ser en prescindencia de los superiores derechos del adolescente y niños o mujeres, es decir, no puede ser una interpretación simplista. No puede ser una interpretación ausente de la valoración del contraste de las propias exposiciones de la víctima sobre que fue abusada sexualmente por quien ella supuestamente consciente en casarse, en un acto en el que llevada por sus padres, ante una oficina pública tan sacramental como intimidatoria (no solo para una niña sino hasta para muchos adultos) como lo es un tribunal, y teniendo frente a si al apoderado de su denunciado victimario, debe reproducir penosamente lo que lo rebaja a miseria. Así, si esto debe interpretarse como un consentimiento libre a perdonar, la ofendida lo será a partida doble, porque sufrió no solo por hechos, sino por la interpretación del Derecho. DIOS PARA TODOS CON JUSTICIA.
CURSO VIRTUAL DEL PODER JUDICIAL: “Actuación ante casos de violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes”. Dirigido a Directores de Instituciones Educativas Públicas.
CURSO VIRTUAL DEL PODER JUDICIAL: “Actuación ante casos de violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes”. Dirigido a Directores de Instituciones Educativas Publicas
CURSO VIRTUAL DEL PODER JUDICIAL: “Actuación ante casos de violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes”. Dirigido a Directores de Instituciones Educativas Publicas
FORTALECER HÁBITOS DE HIGIENE PERSONAL Y VALORES PARA MEJORAR LA CALIDAD DE ...sdsantamartha
La Escuela Indígena Santa Marta, de la Institución Etnoeducativa Izketa- Segovia desarrollará un Proyecto de Educación Sexual, enfocado en“ FORTALECER HÁBITOS DE HIGIENE PERSONAL Y VALORES PARA MEJORAR LA CALIDAD DE VIDA DE LOS ESTUDIANTES”, orientándolos en el adecuado reconocimiento de las partes de su cuerpo, en la importancia de crear en hábitos de higiene que conlleven a un mejor ambiente escolar, autocuidado y protección de su cuerpo, fomentando en el entorno una vivencia de la sexualidad enmarcada en el respeto por los demás y por el amor propio.
Con el proyecto pedagógico se busca promover en los niños y niñas ambientes favorables que ayuden a adquirir hábitos de vida saludables, a una sana convivencia y cambio comportamentales positivos que redunden en un ambiente escolar agradable, un mejor rendimiento académico y una mayor autoestima de los educandos.
Todo esto debe ir ligado a la educación nutricional y el fomento del deporte, los cuales deben de iniciarse desde la infancia y esto debe ser una prioridad de las instituciones educativas U’was; la situación nutricional de niños y jóvenes puede mejorarse diseñando una estrategia que incida sobre el conocimiento, la actitud y la conducta. La práctica deportiva es conveniente, más allá de sus beneficios físicos, por su contribución a la formación integral de la persona y al desarrollo psíquico necesario para alcanzar la madurez.
Hay la necesidad de realizar una caracterización de la institución Etnoeducativa para definir parámetros e indicadores propios de la cultura U’wa para comparar los dos enfoques ya que este debe ser diferente al que se maneja a nivel institucional pues las políticas públicas incluyentes y diferenciales así lo pregonan.
Los hábitos de higine son parte importante en nuestra vida para mantener nuestra salud en buen estado. Por tal motivo debemos inculcar habitos desde pequeños.
Primer Encuentro: "Los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.Pptetrcris
Primer encuentro: "Los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes" realizado el 20 de Mayo ante los Equipos Directivos de instituciones educativas de Nivel Inicial, Primario, Secundario y modalidad de Ed. Especial en el marco del Proyecto Educativo Supervisivo Distrital de 2009.
Las consecuencias del abuso sexual son innumerables. Las víctimas sufren un daño irreparable a su integridad física, psíquica y moral. Pierden la confianza en las personas, en sí mismos y en la vida.
#AhoraQueLoVes #DiNoMás
Material didáctico para generar procesos de sensibilización y concienciación acerca de las problemáticas relacionadas con la violencia sexual: Conceptos básicos, margo legal, mitos y falsas creencias, causas, consecuencias, que hacer en caso de... acciones preventivas...
Durante el período citado se sucedieron tres presidencias radicales a cargo de Hipólito Yrigoyen (1916-1922),
Marcelo T. de Alvear (1922-1928) y la segunda presidencia de Yrigoyen, a partir de 1928 la cual fue
interrumpida por el golpe de estado de 1930. Entre 1916 y 1922, el primer gobierno radical enfrentó el
desafío que significaba gobernar respetando las reglas del juego democrático e impulsando, al mismo
tiempo, las medidas que aseguraran la concreción de los intereses de los diferentes grupos sociales que
habían apoyado al radicalismo.
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE 1ER. GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024”. Esta actividad de aprendizaje propone retos de cálculo algebraico mediante ecuaciones de 1er. grado, y viso-espacialidad, lo cual dará la oportunidad de formar un rompecabezas. La intención didáctica de esta actividad de aprendizaje es, promover los pensamientos lógicos (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia, viso-espacialidad. Esta actividad de aprendizaje es de enfoques lúdico y transversal, ya que integra diversas áreas del conocimiento, entre ellas: matemático, artístico, lenguaje, historia, y las neurociencias.
2. Que es prevenir ¿Somos capaces de demostrar confianza y seguridad? ¿Qué hacer para prepararlos para los riesgos que diariamente les toca vivir? ¿Por qué prevenir? ¿Qué hacer en caso de? PREVENIR EN FAMILIA
3. Porque se cumplan los derechos de la niñez, adolescencia y familia y así garantizar la protección, salud, educación, servicios básicos, recreación, participación y el reconocimiento de l@s NNA como sujetos de derechos. Porque las leyes de la constitución delegan responsabilidades a las familias, adultos y sociedad en general para brindar protección, confianza, seguridad y el respeto por los derechos y actuar bajo el principio de corresponsabilidad social. La convención de los derechos de la niñez y la adolescencia establece el derecho a estar protegidos contra situaciones de: violación de derechos, explotación sexual o laboral, violencia sexual, la educación, migración, maltrato físico, psicológico e institucional, tata o trafico, discriminación por discapacidades, negligencia, abandono, callejización o mendicidad , entre otros. ¿Porque prevenir?
5. JUNTA CANTONAL DE PROTECCION En Ibarra: en la Junta Cantonal de Protección de niñez y adolescencia.(antiguo cuartel militar calle García Moreno y Olmedo 2do piso) Telf:2612-541 ¿ANTE QUIEN SE PRESENTA LA DENUNCIA?
6. ¿Qué tipos de casos atienden? Maltrato psicológico, físico e institucional. Delitos sexuales – fiscalía. Vulneración del derecho a la educación. Explotación laboral. Negligencia. Abandono. Mendicidad.
7. SEÑORES MIEMBROS DE LA JUNTA PROTECTORA DE DERECHOS DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE IBARRA: Pepito Manzano, nacionalidad ecuatoriana, de 41 años de edad, de estado civil casado, domiciliado en Caranqui Av. Atahualpa 22-111 a una cuadra de la antigua parada, celular Nº 094-536-670 respetuosamente comparezco a la señora María Cerezo domiciliada en Caranqui, calle Princesa Pacha, local panadería. Es el caso Señores Miembros de la Junta que hace tres años me separé de mi esposa la señora María Cerezo, quedando al cuidado de ella mis hijas de nombres Azucena, Margarita y Rocita de 15, 12 y 10 años de edad respectivamente. Como ella trabaja para su nuevo conviviente en la panadería, desde las 5:00 am les obliga a mis hijas a levantarse para que ayuden en el trabajo, esto no permite que ellos puedan dedicarse de una forma adecuada en las actividades escolares, además existe maltrato físico y psicológico por parte de la madre y también del conviviente de nombre Luis Naranjo a quien en reiteradas ocasiones les trata con palabra soeces. No he tenido contacto con mis hijas desde hace 2 años, debido a que su madre no les da permiso. Mis hijas contemplan permanentes peleas y agresiones físicas por parte del nuevo conviviente a su madre, ellas son amenazadas para que no cuenten nada. Por lo relatado solicito a Ustedes dispongan todas la medidas administrativas de protección que nos asiste el código de la Niñez y Adolescencia. Pepito Manzano CI 1300071021 CASO FICTICIO
8. QUE MEDIDAS DE PROTECCÓN INMEDIATAS SE PUEDEN TOMAR A FAVOR DEL NNA El código de la niñez y adolescencia ( art. 79) señala 13 medidas que se pueden adoptar y las deben ordenar el Juzgado de la Niñez y Adolescencia de oficio ( por iniciativa propia) o por pedido de la Policía o Fiscalía. Mencionemos las mas importantes: 1. Allanamiento ( con orden del juez de la niñez) del lugar donde se encuentra el niño, niña o adolescente. 2 .Custodia familiar: el niño, niña o adolescente es colocado/ a bajo el cuidado de un familiar 3. Acogimiento institucional: el niño, niña o adolescente es llevado a una institución de atención donde podrá residir hasta que se resuelva su situación. 3.Reinserción familiar: retorna de niño, niña o adolescente a su familia biológica. Esta medida depende si la familia ofrece garantías de protección a la victimas. 4.Inserción del niño, niña o adolescente y su familia en un programa de protección y atención.
9. 6. Concesión de boletas de auxilio a favor del niño, niña o adolescente para prohibir a la persona agresora acercarse a la víctima. 7.Orden de salida del agresor/a de la vivienda. Suspensión del agresor de las tareas o funciones que desempeñe. 8.Prohibición del agresor acercarse a la victima o mantener cualquier contacto con ella. 9.Suspensión de funcionamiento de la entidad o establecimiento donde se produjo el maltrato institucional. 10.Seguimiento por parte de los equipos de trabajo social de los Juzgados de la Niñez para verificar la rectificación de la conducta del agresor. 11.Participar en talleres, cursos o eventos formativos.
10. En Ibarra.- Fiscalía ( calle García Moreno 4-37 entre Sucre y Roca fuerte) A media cuadra del parque Pedro Moncayo. FISCALIA
11. Abuso Trafico de órganos Atentado al pudor Violación – ( violencia ) Adolescentes infractores. Trata y trafico de personas. Mendicidad. Explotación sexual. Pornografía infantil Corrupción a menores Estupro( 16-18 años)- Juzgados de lo Penal. ( menores 16-14) – Fiscalía. ¿ QUE TIPO DE CASOS ATIENDE DELITOS:
12. CASO FICTICIO Señor Fiscal/ Señores Policial Judicial ( seguir la autoridad ante quien se presente la denuncia) Yo María López, domiciliada en la ciudad de Jaramijò, denuncio ante usted lo siguiente: Conozco que mi sobrino, Pedro A…., de 10 años de edad, ha sido victima de un delito sexual realizado por su padre, lo cual ha venido ocurriendo desde hace 6 meses. Mi sobrino me lo conto cuando encontré en su cuerpo marcas de moretones, ante lo cual insistí que me contara como había ocurrido. También había notado que mi sobrino cambio de forma de ser y se ha vuelto mas reservado e inquieto últimamente. Solicito se investiguen los hechos. Mi sobrino vive en las calles Lozano 779 y Av. De los Timbales. Llumichico Grande. En la cuidad de Yumo. ( Firma) María López. Modelo de denuncia
13. Defensoría del Pueblo ( Edifico Way 3er piso Oviedo y Bolívar) telf. 2954-488. Defensoría comunitaria. Intendencias y Comisarias( Flores y Mejía Ed., Gobernación.) Tenencia Política Dinapen( Av. Capitán Cristóbal de Troya) Policía Comunitaria Comisaria de la Mujer y la Familia. Juntas Parroquiales. Cabildos Comisaria Nacional del cantón Ibarra ( Flores y Mejía Esq. Edificio de la Gobernación. Junta cantonal de Protección Fiscalía. INSTITUCION CORRESPONSABLES
14. Si usted percibe cambios en el comportamiento de sus hij@s, estudiantes, pacientes o parientes, converse con ellos y averigüe el motivo de este cambio y si hay signos de violencia debe buscar ayuda inmediatamente. Las victimas de estos delitos usualmente no cuentan lo sucedido con facilidad, están bajo amenaza o pueden sentir culpa y vergüenza. Se podría buscar un/a psicólogo /a que brinde su apoyo. Si usted es victima de alguna forma de violencia sexual, busque a alguien de confianza para contarle lo que le pasa, no calle . Inclusive puede acudir directamente a la Fiscalía, a la Dinapen o Policia para denunciar. RECOMENDACIONES CLAVES
15. Toda persona viviendo en territorio ecuatoriano independiente de su nacionalidad, sexo, edad, condición social. Tiene derecho a denunciar, a ser protegida y a recibir atención especializada , más aún cuando se trata de NNA ecuatorianos o extranjeros.