1. ¿EN QUE VA LA LEY ESTATUTARIA
DE CIUDADANÍA JUVENIL?
Por: Alejandra Osorio
Observatorio Javeriano de Juventud
2. ÚLTIMOS SUCESOS
• El 16 de Diciembre del año pasado, en el Congreso, se
aprobó el Estatuto de Ciudadanía Juvenil.
• Este Estatuto de ciudadanía juvenil, cumplió con los
cuatro debates en el Congreso, que era el trámite
legislativo requerido para su aprobación ante esta
instancia.
• Lo importante para señalar es que este proyecto de ley
“fue construido y debatido por jóvenes de diferentes
partes del país.”
3. ÚLTIMOS SUCESOS
• Este momento es de transición entre la
aprobación de la Estatuto de ciudadanía
juvenil en el Congreso y la revisión por parte
de la Corte Constitucional y la posterior
sanción presidencial del Estatuto de la
referencia.
4. ¿Qué fue lo que se aprobó en el
estatuto de ciudadanía juvenil?
• La edad limite por la cual un joven es considerado
como tal quedó en 28 años(14-28 años)
• El organismo de juventud tendrá Autonomía
presupuestal, financiera y administrativa. Su
presupuesto será incluido en el presupuesto
general de la Nación.
• Se aprobaron medidas de protección y
promoción de derechos
5. ¿Qué fue lo que se aprobó en el
estatuto de ciudadanía juvenil?
• Se mantiene los procesos de gestión del conocimiento,
subsistema de información.
• Se estableció la Semana de la Juventud (Agosto)
• Las elecciones de los CMJ, la llevarían a cabo la
Registraduría Nacional del Estado Civil (pero con
presupuesto del ministerio del interior y de los entes
territoriales)
• Estas eleccciones se harían el último domingo de
Octubre cada 4 años
• La objeción de conciencia no quedó en esta ley , pues
existe otro proyecto de ley que se esta discutiendo.
6. ¿Qué fue lo que se aprobó en el
estatuto de ciudadanía juvenil?
• La elección de CMJ , coincidiera con la elección
Alcaldes.
• En cuanto a las elecciones de CMJ, es el Consejo
de Estado el que decide en casos específicos : en
cuanto a las dificultades en cuanto al
presupuesto para las elecciones.
• En cuanto, a la responsabilidad de implementar
las políticas públicas de juventud, se enuncio la
responsabilidad de gobernadores y alcaldes, pero
sin sanciones disciplinarias.
7. ¿Y el Comité Técnico del estatuto de
ciudadanía juvenil?
• El Comité técnico de formulación y
socialización del estatuto de ciudadanía
juvenil , tiene la motivación de continuar con
una labor de socialización del trámite ante la
Corte Constitucional “como parte del interés
porque las y los jóvenes conozcan y apropien
las funciones y mecanismos de participación
frente a instituciones del orden
nacional, como lo fue el Congreso y ahora la
Corte Constitucional”.
8. LINKS PARA CONSULTAR SOBRE EL
ESTATUTO DE CIUDADANÍA JUVENIL
• Abecé del estatuto de ciudadanía juvenil :http://www.senado.gov.co/sala-
de-prensa/noticias/item/13294-abece-estatuto-de-ciudadania-
juvenil?tmpl=component&print=1
• Gaceta del congreso en donde se encuentra el Estatuto de ciudadanía
Juvenil:
http://juventudsiestema.org/sites/default/files/Gaceta%20365%20Estatut
o%20de%20Ciudadan%C3%ADa%20Juvenil.pdf