Profesor, aqui le dejo las diapositivas que contienen nuestro trabajo de investigación, mismo que explicaremos en la exposición.
atte: Martha Adriana González Núñez
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Libertad de expresión
1. LIBERTAD DE EXPRESIÓN Lic. Jaime Miguel Moreno Garavilla Garantías Constitucionales Alumnos: González Nuñez Martha Adriana. Villagrán Pedro Villanueva Rogel Cesar Ángel
2. DEFINICIÓN DE EXPRESIÓN Es la forma a través de la cual la persona exterioriza sus pensamientos en signos, palabras o gestos que tengan como propósito comunicar algo. YA BASTA!
3. ¿QUÉ ES LIBERTAD? “El concepto de libertad se usa para indicar la condición del hombre o pueblo que no esta sujeto a una potestad exterior.” SOBERANES, Fernández José Luis. Diccionario Jurídico
4. CONCEPTO DE LIBERTAD DE EXPRESIÓN Es aquella que consiste en reflexiones o comentarios sobre ideas generales, u opiniones sobre noticias relacionadas con acontecimientos concretos, por lo que contempla a los pensamientos e ideas, dentro de los cuales se incluyen las creencias y los juicios de valor y se puede ejercer de manera libre, sin que nadie nos limite, pida silencio, nos dicte o diga cómo debemos de hacerlo, siempre y cuando se respeten derechos de terceros.
5. ANTECEDENTES La libertad de expresión ha sido uno de los derechos fundamentales del hombre por que es la prolongación de la garantía individual de pensar, ejercicio sin el cual no es posible acentuar la posibilidad del desarrollo del hombre en sociedad. La lucha por la libertad de la expresión ha sido una larga batalla contra el dogma, el autoritarismo, las inercias contra el cambio y la innovación, afirmando que la conquista revolucionaria se enmarca en los procesos de transición entre el tradicionalismo y el ascenso de la modernidad que tiene lugar en Europa entre los siglos XVII y XIX y que trajo como consecuencia su codificación en términos de derecho positivo en la Declaración Francesa de 1789.
6. EN MÉXICO… El primer antecedente aparece en el Artículo 40° del Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, sancionado en Apatzingan, el 22 de octubre de 1814, el cual establecía: “… la libertad de hablar, de discurrir y de manifestar sus opiniones por medio de la imprenta, no debe prohibirse a ningún ciudadano, a menos que en sus producciones ataque el dogma, turbe la tranquilidad pública u ofenda el honor de los ciudadanos”.
7. CONGRESO CONSTITUYENTE DE 1856-1857… “La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito o perturbe el orden público”.
8. MARCO CONCEPTUAL La libertad de expresión se fundamenta en el artículo sexto primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el cual se cita: La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden publico; el derecho de replica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el estado.
9. LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN GARANTIZA… Que no se viole la libertad de escribir o publicar sobre cualquier materia. Ninguna ley ni autoridad exija fianza o censura a dichos autores. Los limites a la libertad de expresión sobre cualquier materia, sean la vida privada, la moral y a paz pública. Un intercambio de informaciones que protege a la comunicación de otras personas de los propios puntos de vista como el derecho de conocer las opiniones, relatos, noticias y opiniones que los demás difunden.
10. CONCLUSIONES Las únicas limitaciones que tiene la libertad de expresión son a posteriori, esto es, que primero debe producirse la conducta, o la tentativa y después se debe sancionar, a través de un proceso donde la persona se pueda defender, sin embargo, es de advertirse que las restricciones pueden convertirse en verdaderos limites que podrían hacer nulo nuestro derecho, pues ante la ausencia de definiciones conceptuales y de ambigüedades, es difícil precisar el límite de las mismas.