EDUCACIÓN BÁSICAEDUCACIÓN BÁSICA
EQUIDAD Y DESARROLLO
Libro del futuro contribuyente - Bachillerato
Libro del futuro contribuyente
B a c h i l l e r a t o
Equidad y desarrollo
CRÉDITOS
Equipo de trabajo
Departamento de Servicios Tributarios Dirección Nacional - SRI
Departamento de Comunicación - SRI
Dirección general
Mireya Brito
Supervisión de proyecto
Daniel Moreno
Autoría y edición
María Rosa Balseca Moscoso
Departamento de Servicios Tributarios Dirección Nacional - SRI (reedición)
Corrección de estilo
Nicolás Jara Miranda
Corrección técnica
Freddy Lobato
Estudio gráfico
Sesos Creación Visual
www.sesoscv.com
Dirección de arte
Ricardo Novillo Loaiza
Diseño gráfico y diagramación
Fernanda Salazar C.
Víctor H. Jaramillo V. (reedición)
Ilustración
Mauricio Jácome (dibujo)
Bladimir Trejo (línea)
Marco Chamorro (color)
Coordinación
Fernanda Salazar C.
Quinta edición	
Quito, 2012
www.sri.gob.ec
República del Ecuador
Convenio de cooperación interinstitucional
Ministerio de Educación - Servicio de Rentas Internas
Programa de Educación y Capacitación Tributaria
TEXTO DE DISTRIBUCIÓN GRATUITA
Prohibida su reproducción parcial o total sin autorización expresa del SRI.
Debido a la naturaleza de Internet, las direcciones y/o los contenidos de los sitios web
a los que se hace referencia en este libro pueden tener modificaciones o desaparecer.
Impreso en 2012.
Desde enero de 2000, el Servicio de Rentas
Internas y el Ministerio de Educación
mantienen un convenio de cooperación
interinstitucional, para educar y capacitar
en cultura tributaria a los estudiantes del
país.
Este esfuerzo conjunto pone énfasis en la
formación de hábitos y actitudes ciudadanas
favorables a la sociedad, en el conocimiento
de la Ley, los derechos y deberes de los
ecuatorianos y ecuatorianas, con el fin de
construir un país justo, equitativo y solidario.
Dentro del marco del convenio se presenta el
texto de Educación y Capacitación Tributaria
Equidad y desarrollo dirigido a los estudiantes
de bachillerato. Este libro ofrece contenidos
fundamentales sobre administración
tributaria, su normativa y su aplicación
práctica. También incluye capacitación en
el uso del sitio web del Servicio de Rentas
Internas.
Las dos instituciones buscan que ustedes,
jóvenes ecuatorianos, conciban y practi-
quen el pago de impuestos como una de las
responsabilidades más importantes de los
ciudadanos, en la medida que significa una
fuente de ingresos para que el Estado pueda
ejecutar los proyectos de desarrollo nacional,
que el Ecuador necesita, como un justo
administrador de los bienes de todos y de
todas.
Jóvenes ecuatorianos
INTRODUCCIÓN
ÍNDICE
CAPÍTULO 1
INTRODUCCIÓN A LA TRIBUTACIÓN
1.	 Página introductoria
2.	 El gran objetivo de la Economía
3.	 Principales retos de la política económica
4.	 Instrumentos de acción
5.	Evaluación
CAPÍTULO 2
EL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO
1.	 Página introductoria
2.	 Presupuestar, la gran tarea
3.	 ¿Cómo se compone el presupuesto general del Estado?
4.	 El ingreso público: clasificaciones
5.	 El gasto público: clasificaciones
6.	 El resultado fiscal
7.	Evaluación
CAPÍTULO 3
TEORÍA GENERAL DE LA TRIBUTACIÓN Y LOS TRIBUTOS
1.	 Página introductoria
2.	 Orientación de la política tributaria
3.	 Principios fundamentales de la teoría de la tributación
4.	 ¿Qué son los tributos?
5.	 Varias maneras de tributar
6.	Evaluación
CAPÍTULO 4
LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA Y LA CONSTITUCIÓN DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
1.	 Página introductoria
2.	 Una relación legal entre el Estado y la ciudadanía
3.	 La labor del Servicio de Rentas Internas
4.	 Lo que hacemos y a lo que aspiramos en el SRI
5.	Evaluación
PROYECTO DE VALORES 1
1.	Lectura
2.	Actividades
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ÍNDICE
CAPÍTULO 5
CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES Y SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
1. 	 Página introductoria
2.	 Varios tipos de contribuyentes
3.	 Nuestras responsabilidades
4.	 Uso de Internet
5. Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano
6.	 La suspensión del Registro Único de Contribuyentes
7.	Evaluación
CAPÍTULO 6
EL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES
	 1.	 Página introductoria
	2.	 ¿Qué es el RUC?
	 3.	 ¿Quiénes están obligados a obtener el RUC?
	 4.	 El número de registro
	 5.	 ¿Qué necesito para inscribirme en el RUC como persona natural?
	 6.		Requisitos adicionales para personas naturales que cumplen
actividades específicas
	 7.	 Inscripción de sociedades en el RUC
	 8.	 ¿Cómo se verifica la ubicación de las empresas?
	9.	 La suspensión del RUC
	10.	 Cancelación del RUC
11. Estados del contribuyente ante la administración tributaria
	12.	Evaluación
CAPÍTULO 7
COMPROBANTES DE VENTA Y DE RETENCIÓN
1.	 Página introductoria
2.	 ¿Cuáles son los comprobantes de venta válidos?
3.	 Comprobantes de retención
4.		Autorización para emitir comprobantes de venta, retención
y documentos complementarios
5.	 Establecimientos gráficos autorizados
6.	 ¿Qué se debe hacer en caso de que los comprobantes
fueran emitidos con errores?
7.	 La factura
8.	 La nota de venta (RISE)
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ÍNDICE
9.	 El tiquete de máquina registradora
10.		 Liquidaciones de compra de bienes y prestación de servicios
11.		 Comprobante de retención
12.		 Guía de remisión
13.		 Evaluación
PROYECTO DE VALORES 2	
	 1.	Lectura
	 2.	Actividades
CAPÍTULO 8
EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
	 1.	 Página introductoria
	 2.	 Venta, compra, intercambio e importación: IVA, el impuesto
del mercado de productos y servicios
	 3.	 El hecho generador del IVA y bienes gravados con tarifa 0 %
	 4.	 Los sujetos que intervienen en el IVA
	 5.	 Liquidación del impuesto al valor agregado
	 6.	 Retenciones en la fuente del IVA
	 7.	 La declaración del impuesto al valor agregado
	 8.	 Errores en la declaración y declaraciones anticipadas
	 9.	 Una manera inteligente de declarar
	10.	 Devolución del IVA
	11.	Evaluación
CAPÍTULO 9
EL IMPUESTO A LA RENTA
	1.	 Página introductoria
	2.	 ¿Qué es el impuesto a la renta?
	3.	 Fuentes de la renta e ingresos gravados
	 4.	 La renta se calcula de manera global
	 5.	 Gastos Personales
	 6.	 Cálculo del impuesto a la renta
	7.	 Anticipos y retenciones
	8.	Conciliación
	9.	 Detalle de exenciones y deducciones aplicables al impuesto a la renta
	10.	 Detalle de costos y gastos deducibles
	11.	 Tarifa del impuesto a la renta para sociedades
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ÍNDICE
	12.	 Cálculo del anticipo del impuesto a la renta
13.		 Retenciones en la fuente del impuesto a la renta
14.	 Distribución de la recaudación del impuesto a la renta
15.	Evaluación
CAPÍTULO 10
EL IMPUESTO A LOS CONSUMOS ESPECIALES
1.	 Página introductoria
2.	 Un impuesto sobre bienes de lujo
3.	 Tarifas del ICE
4.	 Quiénes deben pagar el ICE
5.	 Cómo declarar el ICE
6.	Evaluación
CAPÍTULO 11
INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS
1.	 Página introductoria
2.	 ¿Qué son las infracciones tributarias?
3.	 Sanciones aplicables por infracciones
4.	 La defraudación
5.	Sanciones
6.	Evaluación
PROYECTO DE VALORES 3
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2.	Actividades
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La Cultura tributaria es un tema
de grandes y chicos.
Oficinas del SRI
Funcionaria del SRI
Capítulo 1
Equidad y desarrollo 13
¿De qué se trata?
Conceptualmente
•	 Identificar el objetivo fundamental de la econo-
mía estatal.
•	 Reconocer las principales metas que deben
orientar una política económica.
•	 Nombrar los mecanismos utilizados para conse-
guir los objetivos de una política económica.
En actitudes y valores
•	 Valorar la planificación para el sostenimiento de
la economía nacional.
•	 Reconocer y exigir el derecho a estar informado
de las políticas económicas estatales y al rendi-
miento de cuentas de las autoridades.
Tributar es contribuir al
Estado, como un compromiso
y una obligación ciudadana,
con el pago de impuestos en
dinero, especies o servicios
que servirán para financiar la
satisfacción de necesidades so-
ciales, es decir, para ayudar a la
economía nacional.
Antes de embarcarnos en el
estudio de los aspectos es-
pecíficos de la tributación, es
necesario remitirnos a la fina-
lidad general de la economía
del Estado y a los principios y
valores que deben enmarcar
la actividad económica fiscal.
Por ello, en este capítulo ha-
blaremos sobre los objetivos
de las políticas económicas es-
tatales y los mecanismos con
que dichas políticas accionan
en la vida económica de todos
las ciudadanas y ciudadanos
ecuatorianos.
•	 Apreciar el manejo responsable de las
políticas económicas como clave para
el cumplimiento de objetivos de desa-
rrollo nacional.
Lo que voy a lograr
INTRODUCCIÓN A LA TRIBUTACIÓN
ECONOMÍA PARA EL DESARROLLO DEL ECUADOR
14
El gran objetivo de la Economía
La Economía es la ciencia que estudia los
métodos más eficaces para satisfacer las
necesidades humanas materiales, y adminis-
trar razonablemente el conjunto de bienes y
actividades que integran la riqueza de una co-
lectividad o un individuo.
La economía estatal tiene como objetivo re-
solver los problemas de la comunidad y crear
las condiciones necesarias para el desarrollo
de la nación. Para ello, el Estado desarrolla po-
líticas económicas.
Una política es la forma en que se conduce un
asunto o se emplean los medios para alcanzar
un fin determinado, las orientaciones o direc-
trices que rigen la actuación de una entidad en
un asunto o un campo específico. En este caso,
se trata del Estado respecto de la economía, es
decir, de políticas económicas estatales.
La formulación de la política económica de un
Estado comprende dos procedimientos, de-
pendientes el uno del otro:
1.	La determinación de los objetivos que se
quieren alcanzar.
2.	La elección de los instrumentos que se
utilizarán para conseguir los objetivos
determinados.
Art. 284.- La política económica tendrá los si-
guientes objetivos:
1.	 Asegurar un adecuada distribución del ingreso y de
la riqueza nacional.
2.	 Incentivar la producción nacional, la productividad
y competitividad sistémicas, la acumulación del
conocimiento científico y tecnológico, la inserción
estratégica en la economía mundial y las activida-
des productivas complementarias en la integración
regional.
3.	 Asegurar la soberanía alimentaria energética.
4.	 Promocionarlaincorporacióndelvaloragregadocon
máxima eficiencia, dentro de los límites biofísicos de
la naturaleza y el respeto a la vida y a las culturas.
5.	 Lograr un desarrollo equilibrado del territorio nacio-
nal, la integración entre regiones, en el campo, entre
el campo y la ciudad, en lo económico, so-
cial y cultural.
6.	 Impulsar el pleno empleo y valorar todas
las formas de trabajo, con respeto a los de-
rechos laborales.
7.	 Mantener la estabilidad económica, enten-
dida como el máximo nivel de producción
y empleo sostenibles en el tiempo.
8.	Propiciar el intercambio justo y comple-
mentario de bienes y servicios en merca-
dos transparentes y eficientes.
9.	 Impulsar un consumo social y ambiental-
mente responsable.
La Constitución Política del Estado
Ecuatoriano, como Ley máxima,
garantiza y orienta las políticas
económicas de los gobiernos.
La Ley dice
Capítulo 1 • Introducción a la tributación
Equidad y desarrollo 15
La política económica del Estado ecuato-
riano tiene tres objetivos que responden a
los principios de eficiencia, equidad, sustenta-
bilidad y calidad:
•	 Desarrollo económico
	 Es la evolución progresiva de una econo-
mía hacia mejores niveles de vida. La orga-
nización y el funcionamiento de la política
económica deben asegurar a los habitantes
una vida digna e iguales derechos y oportu-
nidades para acceder al trabajo, a los bienes
y servicios y a la propiedad de los medios
de producción, lo cual incidirá en el mejora-
miento de su calidad de vida.
•	 Estabilidad económica
	 Es el sostenimiento o el incremento de los
niveles de empleo, el mantenimiento esta-
ble de los precios de los bienes y servicios y
el equilibrio de la balanza de pagos.
•	 Eficiencia distributiva
	 Es lograr la equidad en la distribución del
ingreso público entre unidades territoriales
y unidades familiares, es decir, administrar
adecuadamente el ingreso fiscal para de-
volverlo equitativamente a la colectividad,
en obras y servicios de calidad que benefi-
cien a todos.
Principales retos de la política económica
El mundo está lleno de desigualdades.
Las tres personas más ricas del mundo
(Bill Gates, Carlos Slim y Warren Buffet)
tienen activos que superan el ingreso pú-
blico combinado de los 48 países menos
adelantados del mundo. Los 225 perso-
najes más ricos del mundo acumulan una
riqueza equivalente a la que tienen los
2 500 millones de habitantes más pobres
(el 47 % de la población del planeta).
Siguiendo una política económica equita-
tiva y justa, los impuestos que pagan estos
multimillonarios deben ser proporcio-
nales a su riqueza para que, con eficiencia
distributiva, los ciudadanos de los Estados
en los que tributan, sean altamente bene-
ficiados gracias al principio de equidad.
Es un hecho
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Instrumentos de acción
Un instrumento es aquello que sirve de
medio para hacer algo o conseguir un fin;
los mecanismos de los que se sirve la política
económica para la consecución del desarrollo,
la estabilidad y la eficiencia distributiva son:
•	 Una política monetaria
	 Es un conjunto de medidas diseñadas para
controlar y regular el sistema financiero, la
banca y el sistema monetario, con el fin de
conseguir la estabilidad del valor del dine-
ro, evitar una balanza de pagos adversa y
garantizar la liquidez.
•	 Una política fiscal
	 Es un conjunto de medidas diseñadas para
recaudar los ingresos necesarios para el
funcionamiento del Estado y dar cumpli-
miento a su fin social. La política fiscal tiene
dos componentes: el gasto público y los
ingresos públicos, ambos forman el presu-
puesto general del Estado, que es progra-
mado por cada gobierno. El propósito de
la política fiscal es dar estabilidad al siste-
ma económico mediante su planificación y
programación. Se produce un cambio en la
política fiscal cuando el gobierno altera sus
programas de gasto o de ingreso.
	La tributación es parte de la política fis-
cal como un componente de los ingresos
públicos.
Responsabilidad
La elaboración de la política econó-
mica exige que los servidores pú-
blicos sean responsables. La irres-
ponsabilidad del servidor público
genera ilegalidad, inmoralidad social
y corrupción; tampoco hay respon-
sabilidad cuando no se puede exigir
fácil, práctica y eficazmente el cum-
plimiento de las obligaciones de los
servidores públicos.
La responsabilidad de los gobernantes es un
tipo de responsabilidad legal o jurídica, sin
embargo, la responsabilidad política también
es evaluada por los ciudadanos cuando, asu-
miendo el papel de electores, valoran el uso
que los gobernantes han hecho del poder. El
juicio de valor que un gobernado atribuye a
los actos de poder constituye, en efecto, una
manera de evaluar la responsabilidad política
que es fundamental para la vida democrática.
La política tiene una función social y, precisa-
mente porque los políticos tienen una labor di-
rectiva, de ellos ha de venir al país un ejemplo
de moralidad privada y pública, de honradez,
de sobriedad de vida, de trabajo y de consa-
gración al bienestar nacional.
Capítulo 1 • Introducción a la tributación
17Equidad y desarrollo
1	 A partir de las definiciones, encierra el término correcto.
•	 Forma en que se conduce un asunto o se emplean los medios para alcanzar un fin de-
terminado, las orientaciones o directrices que rigen la actuación de una entidad en un
asunto o un campo específico.
Desarrollo económico	 Política	 Objetivo de la economía estatal
•	 Evolución progresiva de una economía hacia mejores niveles de vida.
Desarrollo económico	 Política	 Objetivo de la economía estatal
•	 Resolución de los problemas materiales de la comunidad y creación de las condiciones
necesarias para el desarrollo de la nación.
Desarrollo económico	 Política	 Objetivo de la economía estatal
2	 Explica con un ejemplo las consecuencias de la irresponsabilidad en la planificación
de la política económica de un gobierno.
3	 Investiga los siguientes conceptos.
•	 Balanza de pagos
•	Liquidez
•	Sustentabilidad
Hago y aprendo
18 Capítulo 1 • Introducción a la tributación
Hago y aprendo
pago	contribución	 necesidades sociales	 Estado	obligación
4	 Enumera los objetivos permanentes de la economía según el Art. 284 de la Constitu-
ción Política del Estado.
5	 Responde: ¿por qué la tributación es parte de la política fiscal?
6	 Define el término tributación utilizando las palabras del recuadro:
7 	 Describe una situación práctica en que el Estado y los gobernantes rinden cuentas a
los contribuyentes.
1. 2. 3.
4. 5.
Documento del presupuesto general del Estado
Funcionario público
19
¿De qué se trata?
El presupuesto general del Estado es el principal
documento económico de la nación, es el resul-
tado final de una estrategia económica elaborada por
el gobierno y es el instrumento imprescindible de la
política económica. Está conformado por dos com-
ponentes: el ingreso público y el gasto público; del
equilibrio de estos dos elementos depende el buen
funcionamiento de la economía del Estado.
En este capítulo hablaremos sobre su composición,
los criterios que intervienen en su planificación y
sobre los resultados de su aplicación.
Capítulo 2
EQUILIBRIO
EL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO
Lo que voy a lograr
Conceptualmente
•	 Identificar los componentes del presupuesto general
del Estado.
•	 Diferenciar los tipos de ingresos que tiene el Estado.
•	 Diferenciar las clasificaciones del gasto del Estado.
•	 Reconocer los diferentes escenarios del resultado de
la aplicación del presupuesto general del Estado o re-
sultado fiscal: en el que son posibles tres escenarios.
•	 Identificar los partícipes del ingre-
so del Estado que no constan en el
presupuesto general.
•	 Nombrar los criterios económi-
cos que deben tomarse en cuenta
para la elaboración y el manejo del
presupuesto general del Estado.
En actitudes y valores
•	 Valorar la prioridad de la inversión
social en el presupuesto general
del Estado.
•	 Reconocer la importancia de la tri-
butación para el presupuesto ge-
neral del Estado.
Equidad y desarrollo
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Mi asignación ideal del presupuesto
general del Estado
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Un presupuesto es el cómputo anticipado
de los egresos y las rentas de una entidad
o una persona; en él se determina la cantidad
necesaria de dinero para hacer frente a los
gastos futuros, tomando en cuenta aquello de
lo que se dispone como recurso.
A nivel de país se elabora un presupuesto ge-
neral del Estado, que es un instrumento básico
para poner en práctica la política económica
de un gobierno. Para su elaboración, se nece-
sita un proceso de toma de decisiones sobre la
asignación que ha de hacerse de los recursos
disponibles, orientada por los objetivos de
la política económica —que, en general, son
de satisfacción de las necesidades de la so-
ciedad—. La dificultad de la planificación de
la asignación de los recursos se encuentra en
priorizar las necesidades nacionales, es decir,
en la determinación de su importancia de
atención, esto es lo que cambia el presupuesto
planificado por un gobierno del planificado
por otro.
El presupuesto general del Estado es elabo-
radoyejecutadoporcadagobiernoparasupe-
ríodo de ejercicio por lo que se proyecta para
varios años. La Constitución señala que debe
ser aprobado por la Asamblea Nacional con
el fin de que sea el resultado de un acuerdo y
una estrategia conjunta entre diversas fuerzas
políticas y sociales del país.
Presupuestar, la gran tarea
Pongámonos en los zapatos del gobierno
Entre las necesidades so-
ciales están la vivienda, la
salud, el cuidado del medio
ambiente, la cultura, la
obra pública, el transporte,
la educación, la defensa
nacional y la seguridad
interna. Adjudica, según
tu parecer, una parte del
presupuesto que está re-
presentado en el gráfico a
cada necesidad y comenta
el por qué de tus priori-
dades a tus compañeros y
compañeras.
Capítulo 2 • El presupuesto general del Estado
Equidad y desarrollo 21
El presupuesto general del Estado está
compuesto por dos elementos; el ingreso
público, que representa los activos de su eco-
nomía y los bienes o valores que recibe el
Estado en un período determinado —general-
mente en un año— ; y el gasto público, que
representa los pasivos de la economía o los ru-
bros que se asignan para su funcionamiento y
el sostenimiento de las necesidades colectivas.
El ingreso público está conformado por:
•	 Los ingresos petroleros: percibidos por
la exportación de barriles de petróleo y la
venta interna de sus derivados, como la ga-
solina y el diesel.
•	 Los ingresos no petroleros tributarios:
consisten en los impuestos administrados
por el Servicio de Rentas Internas: el impues-
to a la renta, el impuesto al valor agregado
(IVA), el impuesto a los consumos especiales
(ICE), el impuesto a la herencia, el impuesto
a la salida de divisas, el impuesto a los ac-
tivos en el exterior, y el impuesto a los ve-
hículos motorizados de transporte terrestre.
También son ingresos tributarios los aran-
celes o los impuestos a las importaciones
que son administrados por la Corporación
Aduanera Ecuatoriana (CAE).
•	 Losingresosnopetrolerosnotributarios:
son los percibidos por concepto de multas,
e intereses y aquellos generados por la au-
togestión de las entidades y empresas es-
tatales, como el cobro por las cédulas en el
Registro Civil, por las consultas en los hos-
pitales públicos o por la venta de servicios
como la electricidad.
¿Cómo se compone el presupuesto general del Estado?
Participación de todos
El pago de tributos puede parecer moles-
toso, sin embargo, al cumplir con esa obli-
gación estamos participando en la cons-
trucción del Ecuador que queremos.
Para cumplir puntualmente con nuestra res-
ponsabilidad tributaria debemos fortalecer
nuestra disciplina y conocer sobre nuestras
obligaciones como contribuyentes. Todos
los ecuatorianos debemos formarnos en
cultura tributaria.
Pagar los impuestos es
nuestracontribuciónrealala
economía del país, un deber
ciudadano que conlleva el
derecho a ser beneficiados
por la acción del Estado.
22 Capítulo 2 • El presupuesto general del Estado
Otras clasificaciones de los ingresos públicos se
realizan de acuerdo con los siguientes criterios:
Por la periodicidad
•	 Ingresos ordinarios: son aquellos que
el Estado percibe de manera constante
o permanente.
•	 Ingresos extraordinarios: son los que
se reciben en circunstancias especiales,
como por ejemplo, por una donación
internacional.
Por el origen
•	 Ingresos originarios o de derecho pri-
vado: son los que obtiene al participar de
dividendos de empresas del sector priva-
do o por arrendamientos de inmuebles de
su propiedad.
•	 Ingresos derivados o de derecho públi-
co: son aquellos que recibe por la natura-
leza de su potestad o poder, es decir, por su
facultad de imponer tributos.
Otra clasificación común
•	 Ingresos patrimoniales: son los que
se obtienen por concepto del usufruc-
to de los bienes o pertenencias estatales,
como los arrendamientos y dividendos
de participación.
•	 Ingresosempresariales: son los percibidos
cuando el Estado realiza un trabajo o una
gestión de tipo oneroso o cuando cobra un
precio por un servicio prestado, al que se
denomina tasa.
•	 Ingresos tributarios: son los obtenidos por
la recaudación de impuestos como el IVA o
el impuesto a la renta.
•	 Ingresos gratuitos: son los valores que se
reciben sin esperar una retribución, es de-
cir, las donaciones.
•	 Ingresos por sanciones: son los recauda-
dos por concepto de las multas o los inte-
reses que la Ley determina que deben pa-
gar las personas naturales o ciudadanos y
las sociedades o empresas que han cometi-
do infracciones.
•	 Ingresos por préstamos: son ingresos per-
cibidos por la devolución de valores que
habían sido entregados a terceros por el
Estado en calidad de créditos.
•	 Ingresos por emisiones monetarias: son
los valores obtenidos por la emisión de pa-
peles fiduciarios.
El ingreso público: clasificaciones
Equidad y desarrollo 23
El gasto público: clasificaciones
El gasto público está conformado por:
•	 El gasto corriente: es el principal rubro de
egreso programable, lo constituyen las ero-
gaciones o reparticiones que necesitan to-
das las entidades estatales para funcionar;
incluye el pago de sueldos y salarios de los
funcionarios, la adquisición de insumos y
el financiamiento de las tareas específicas
de cada entidad como, por ejemplo, la or-
ganización de elecciones realizada por el
Tribunal Supremo Electoral o los operativos
policiales.
•	 El gasto de capital: son inversiones en
obras públicas, sobre todo en cuanto a in-
fraestructura, es decir, a la construcción de
carreteras, escuelas, hospitales y puentes,
entre otras. Estas obras son inversiones
pues deben contribuir al crecimiento de la
economía y la productividad.
•	 El pago de deuda: es el rubro que se debe
pagar por concepto de amortización o pago
de intereses de capitales que el país ha reci-
bido como préstamo.
	 Otra clasificación del gasto público se hace
de acuerdo con el destino que se asigna a
los rubros:
•	 Gasto en servicios públicos: todos los ru-
bros destinados a la defensa nacional, la
seguridad interna, el servicio exterior (em-
bajadas y consulados), el cuidado del medio
ambiente y la administración de justicia.
•	 Gasto social: rubros para la educación, la
salud, la infraestructura básica y el desarro-
llo comunitario.
•	 Gasto de administración del Estado:  gas-
tos generados por el funcionamiento de los
ministerios y sus entidades adscritas, las asig-
naciones a los gobiernos seccionales (munici-
pios, gobernaciones y consejos provinciales)
y las entidades autónomas del Estado, como
el Banco Central del Ecuador, el Servicio de
Rentas Internas y la Corporación Aduanera
Ecuatoriana, entre otras.
Beneficiarios
directos o partícipes
Con el rendimiento de los impuestos estable-
cidos en la Ley, se realizan compensaciones
con cargo al Presupuesto General del Estado
o al Fondo de Desarrollo Seccional (FODESEC)
en el caso de los Organismos Seccionales,
Universidades y Escuelas Politécnicas; para lo
cual el Ministerio de Economía y Finanzas toma
en cuenta el aumento de las recaudaciones
y el incremento de la base imponible de los
impuestos.
24
Todo presupuesto tiene que ser evaluado
mediante un balance, una confrontación
entre el dinero activo y el dinero pasivo, que
determina el estado de la economía o el ne-
gocio. En el caso del presupuesto general del
Estado, este análisis arroja el resultado fiscal
en el que son posibles tres escenarios:
•	 Superávit: cuando los ingresos son mayo-
res que los gastos.
•	 Déficit: cuando los gastos son mayores que
los ingresos.
•	 Equilibrio: cuando los ingresos y los gastos
son iguales.
La política fiscal debe siempre orientarse a un
equilibrio, en el que los gastos se limiten al
nivel de ingresos.
•	 Los ingresos del Estado deben ser-
vir para financiar la satisfacción de
las necesidades de la población.
•	 El endeudamiento se ha dado
porque los ingresos propios del
Estado no fueron suficientes para
cubrir el gasto público.
•	 No se debe financiar el gasto
corriente mediante el endeuda-
miento público.
Consideraciones importantes
sobre el presupuesto
El resultado fiscal
Capítulo 2 • El presupuesto general del Estado
Equidad y desarrollo 25
Hago y aprendo
1	 Escribe un antónimo para cada término.
	gasto
	superávit
público
activo	
inversión
2	 Responde las preguntas.
•	 ¿Cuándo el Estado recurre al endeudamiento?
•	 ¿Quién aprueba el presupuesto general del Estado?
•	 ¿Qué se entiende por partícipes?
3	 Describe cómo imaginas la situación económica de un país con déficit fiscal.
26 Capítulo 2 • El presupuesto general del Estado
Hago y aprendo
4	 Encierra las opciones correctas.
	 Una donación al Estado se podría clasificar como un ingreso de tipo:
		 patrimonial	 tributario	 gratuito	 derivado	 extraordinario
5	 Escribe un ejemplo para cada tipo de gasto.
•	 Gasto de administración
•	 Gasto capital
•	 Gasto social
•	 Gasto corriente
6	 Enumera cuatro tipos de ingresos no petroleros tributarios.
1
2
3
4
7	 Responde con un porcentaje:
¿qué tan importante es la tributación para el presupuesto general del Estado?
¿Por qué?
Sistema computarizado de SRI
Trámite tributario
Equidad y desarrollo 27
¿De qué se trata?
Capítulo 3
TEORÍA GENERAL DE LA TRIBUTACIÓN Y LOS TRIBUTOS
UNA CUESTIÓN DE PRINCIPIOS
Lo que voy a lograr
Latributaciónesunconceptoquesearticula
alrededor de algunos principios básicos,
que provienen de varios enfoques: económico,
jurídico, administrativo, social, entre otros. En
este capítulo abordaremos algunas de estas
orientaciones de la teoría de la tributación.
También hablaremos del concepto de tributo
y de su clasificación hecha por la legislación de
nuestro país.
Conceptualmente
•	 Identificar los principios que deben orientar los
sistemas tributarios.
•	 Reconocer el principal objetivo de la política
tributaria.
•	 Definir el término tributo.
•	 Nombrar los tipos de tributos que establece el
Código Tributario.
En actitudes y valores
•	 Valorar los principios modernos de la tributación
como generadores de características deseables
de la política tributaria.
•	 Reconocer la necesidad de una orientación axio-
lógica de la tributación.
•	 Apreciar los valores relacionados con los princi-
pios que deben orientar la política tributaria.
28
Orientación de la política tributaria
Un poco de historia
Como un componente de la política fiscal, la
tributación está principalmente destinada
a producir ingresos, para el presupuesto pú-
blico, que financien el gasto del Estado.
Esta función de la política tributaria debe estar
orientada por algunos principios fundamen-
tales sobre la imposición que se han enunciado,
evolucionado y probado a través del tiempo,
estos sirven de pautas para el diseño de los
sistemas tributarios. Mientras más apegada a
ellos es una política tributaria, los resultados de
su aplicación, son más deseables y favorables,
tanto para el Estado como para los ciudadanos.
Desde los tiempos más remotos han existido
tributos, el modelo tributario indica, ineludible-
mente, el modelo económico. Las formas de im-
posición han evolucionado junto con la historia
de la humanidad. En los sistemas imperiales,
monárquicos y coloniales la tributación era in-
justa y excesiva, por eso los asuntos tributarios
son considerados por los historiadores como
una de las principales causas de guerras, revo-
luciones y decadencia de las civilizaciones.
El deterioro de la antigua civilización egipcia
fue consecuencia, en parte, de intolerables im-
puestos que detuvieron el proceso productivo.
La decadencia del imperio romano tuvo entre
sus principales causas la excesiva carga fiscal a
los habitantes del imperio.
La Revolución francesa surgió también como
consecuencia de un descontento ante los ele-
vados impuestos.
La lucha por la independencia de las colonias
inglesasenAméricadelNortetuvocomocausa
problemas tributarios y una de las causas de
la lucha por la independencia de nuestros
países hispanoamericanos fue precisamente
la desigual carga tributaria que los indígenas
y mestizos tenían que pagar al entonces go-
bierno español.
Hoy, el pago de tributos es con-
siderado como un compromiso
ético y solidario que tendrá retri-
bución directa en el bienestar de
la sociedad.
Capítulo 3 • Teoría general de la tributación y los tributos
De cada uno de los principios que guían
la teoría de la tributación surgen impor-
tantes características que debe reunir una po-
lítica tributaria. A continuación se enumeran
los principios y las características que cada
uno aporta a la política fiscal.
Principio de suficiencia: hace referencia
a la capacidad del sistema tributario de re-
caudar una cantidad de recursos adecuada
o suficiente para solventar el gasto del
Estado. Una política tributaria que cumple
con este principio debe tener, además,
como características:
•	 Generalidad de los tributos, es decir, que
sean para todos.
•	 Determinación justa de las exenciones, es
decir, de quienes no pagan ciertos tributos.
•	 Amplitud de las bases económicas y de los
sujetos alcanzados por los tributos.
Principio de equidad: hace referencia a que
la distribución de la carga tributaria debe
estar en correspondencia y proporción con
la capacidad contributiva de cada sujeto de
tributación o contribuyente. Una política tri-
butaria que cumple con este principio tiene
como características:
•	 Imposiciones graduadas de acuerdo con las
manifestaciones de bienestar económico
del contribuyente.
•	 Creación de categorías o clasificaciones de
contribuyentes.
•	 Reconocimiento de que igualdad jurídica
no significa indiferenciación tributaria.
Equidad y desarrollo 29
Principios fundamentales de la teoría de la tributación
Todo ordenamiento ju-
rídico tributario debe
estar en concordancia
con los principios orien-
tadores de la teoría tri-
butaria, la mayoría de
estos principios son
parte de los derechos
inalienables de las per-
sonas que las constitu-
ciones y los tratados in-
ternacionales recogen.
Recordemos
30 Capítulo 3 • Teoría general de la tributación y los tributos
volumen de recursos que justifique su implan-
tación y sobre bases o sectores económicos
que tengan una efectiva capacidad contribu-
tiva. Una política tributaria que cumple con
este principio tiene como características:
•	 Costos no elevados y justificados de cum-
plimiento por parte de los contribuyentes
y de control por parte de la administración
tributaria.
•	 Transparencia en la administración tributaria.
•	 Conocimiento de los contribuyentes sobre
las obligaciones tributarias.
Principio de neutralidad: hace referencia a
que la aplicación de los tributos no debe al-
terar el comportamiento económico de los
contribuyentes, a la necesidad de atenuar el
peso de consideraciones de materia tributaria
en las decisiones de los agentes económicos.
Una política tributaria que cumple con este
principio tiene como características:
•	 Poca interferencia de la tributación en el
funcionamiento del mercado.
•	 Evita que se generen distorsiones en la
asignación de recursos para las actividades
económicas de la población debido a la
presencia de los tributos.
Principio de simplicidad: hace referencia a
que el sistema tributario debe contar con una
estructura técnica que le sea funcional, que
imponga solamente los tributos que capten el
La concepción de la tributación
varía de acuerdo con el modelo
económico que la aplique, sin em-
bargo, los principios orientadores
de la teoría tributaria actualmente
tienen carácter de universalidad.
Monarquía
Equidad y desarrollo 31
Los tributos son prestaciones en dinero,
bienes o servicios, determinados por la Ley,
que el Estado recibe como ingresos en función
de la capacidad económica y contributiva del
pueblo, los cuáles están encaminados a finan-
ciar los servicios públicos y otros propósitos de
interés general.
Los tributos en nuestro país están dispuestos
y regulados por la Ley en el Código Tributario.
Son de varias clases y pueden gravar o impo-
La participación ciudadana es una actitud que
implica asumir compromisos y ponerlos en
práctica para aportar al mejoramiento de la
sociedad, se concreta en acciones tendientes
a buscar el bien de la comunidad. Implica
tomar conciencia respecto de las consecuen-
cias sobre nosotros mismos y sobre los demás,
de lo que hacemos o dejamos de hacer, con-
siste en reconocer que somos dueños de nues-
tros actos libremente realizados y, por lo tanto,
aceptamos las consecuencias que se deriven
de ellos.
El pago de tributos es una forma de partici-
pación ciudadana. Si cada ciudadano y ciuda-
Todos sostenemos al país
El pago de los tributos es la principal
manera en que los ciudadanos y las
ciudadanas participamos en el desa-
rrollo del país: contribuimos al soste-
nimiento del Estado.
¿Qué son los tributos?
nerse sobre el consumo o el gasto de los con-
tribuyentes, sobre sus fuentes de ingreso eco-
nómicoyporconceptodeunservicioprestado
por el Estado.
Aunque se utiliza el término impuesto como
sinónimo de tributo, la legislación ecuato-
riana determina que los impuestos son uno
de los tipos de tributos junto con las tasas y
las contribuciones.
dana, si cada empresa, participara mediante
el pago de sus tributos, el desarrollo del país
sería más acelerado.
Cuando los que tienen la obligación de pagar
tributos tardan en hacerlo o no lo hacen, están
dejando de participar en su propio bienestar.
El incumplimiento origina que las obras pú-
blicas no se puedan realizar o no se concluyan;
que los servicios esenciales para la sociedad,
como educación, salud, seguridad, entre otros,
sean deficientes e incompletos; que, injusta-
mente, su costo lo lleven aquellos que sí par-
ticipan con su aporte al sostenimiento de la
vida en sociedad; y que para poder cubrir los
gastos que generan sus funciones y objetivos
el Estado se vea en la necesidad de obtener di-
nero por otros medios —deuda externa—.
32
Varias maneras de tributar
Nuestro Código Tributario acoge una clasifica-
ción tripartita de los tributos, y establece que
se entiende por tributos a:
1.	 Los impuestos: son contribuciones que se
pagan por vivir en sociedad, no constituyen
una obligación contraída como pago de un
bien o un servicio recibido, aunque su re-
caudación pueda financiar determinados
bienes o servicios para la comunidad. Los
impuestos podrían ser considerados como
los tributos de mayor importancia en cuan-
to a su potencial recaudatorio y a diferencia
de los otros tipos de tributos se apoyan en
el principio de equidad o diferenciación de
la capacidad contributiva.
2.	 Las tasas: son tributos exigibles por la pres-
tación directa de un servicio individualiza-
do al contribuyente por parte del Estado,
esta prestación puede ser efectiva o poten-
cial —en cuanto a que si el servicio está a
disposición, el no uso no exime su pago—.
Las tasas se diferencian de los precios por
ser de carácter obligatorio por mandato de
la Ley.
3.	 Las contribuciones especiales o de me-
joras: son pagos a realizar por el beneficio
obtenido por una obra pública u otra presta-
ción social estatal individualizada, cuyo des-
tino es la financiación de ésta.
Contribuían con trabajo
Los tributos eran pagados en especies o en
trabajo personal público, periódico y rotativo,
al que se denominaba mita. El tiempo de la
mita era variable y podía extenderse por va-
rios años. De este servicio, obligatorio entre
los 18 y los 50 años, estaban exentos los ar-
tistas y los artesanos. El sistema de la mita era
utilizado para hacer trabajos en las minas, en
el empedramiento de calles, en la excavación
y la limpieza de canales, en la construcción de
caminos y puentes, en la edificación de pala-
cios y templos, en el transporte de bienes y en
el levantamiento de silos.
También para los mayas, aunque tenían una
aproximación al dinero que era el grano del
cacao, el tributo se pagaba en forma de trabajo
gratuito. La construcción de edificios públicos
representabauntipodepago.Muchaspersonas
en la sociedad maya, estaban exentas de pagar
tributo: la nobleza, el sacerdocio y los funciona-
rios civiles y militares, que vivían de lo que pa-
gaban los hombres de condición social inferior,
ademásdequelasciudadespequeñaspagaban
tributos a las ciudades estado mayores.
Capítulo 3 • Teoría general de la tributación y los tributos
El imperio inca basaba la mayor
parte de su economía y funciona-
miento en la tributación.
Equidad y desarrollo 33
Principio de
Hago y aprendo
1	 Cada uno de los siguientes enunciados contradice un principio orientador de un buen
sistema tributario. Escribe junto a él el principio al cual contradice:
•	 Todos los contribuyentes deben pagar
lo mismo.
•	 El Estado emplea todo lo que recibe
por impuestos en controlar que los
contribuyentes lo paguen.
•	 Solo ciertos ciudadanos deben pagar
tributos.
•	 Debemos subir el precio de ven-
ta para poder cubrir el costo de los
impuestos.
2	 Escribe un ejemplo para cada clase de tributo:
•	Tasa:
•	Impuesto:
•	 Contribución especial:
3	 Investiga y responde:
	 ¿Cuáles son los indicadores de capacidad económica y contributiva que se deberían tomar
en cuenta para hacer una clasificación de contribuyentes?
4	 Escribe el nombre del ordenamiento legal que regula los asuntos tributarios en
el Ecuador:
Principio de
Principio de
Principio de
34 Capítulo 3 • Teoría general de la tributación y los tributos
Hago y aprendo
5	 Define el término impuesto:
6	 Enumera cinco valores que deben intervenir en la tributación:
1.
2.
3.
4.
5.
7	 Escribe tres diferencias entre la tributación en los tiempos prehispánicos y en la
actualidad:
8	 Observa a tu alrededor y escribe un párrafo sobre cómo te beneficias personalmente
de la obra pública financiada con impuestos, tasas y contribuciones de mejoras:
Tiempos prehispánicos Actualidad
1.
2.
3.
1.
2.
3.
Oficinas del SRI
Funcionarios del SRI visitando un establecimiento comercial
Equidad y desarrollo 35
Capítulo 4
LA LEY Y EL SRI
LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA Y LA CONSTITUCIÓN
DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
¿De qué se trata?
Conceptualmente
•	 Definir la obligación tributaria.
•	 Conocer qué es la cultura tributaria.
•	 Identificar qué elementos conforman la
obligación tributaria.
Lo que voy a lograr
La imposición y el pago de tributos en el
Ecuador es una obligación determinada
por la Ley. La obligación tributaria tiene varios
elementos que la conforman, en este capítulo
abordaremos cada uno de ellos: la Ley en sí
misma, los actores que en ella intervienen y el
hecho que la genera.
Hablaremos sobre la institución encargada de
la ejecución de la política tributaria, es decir,
la recaudación de los tributos: el Servicio de
Rentas Internas (SRI). Conoceremos la visión y
la misión que definen su labor.
•	 Identificar las facultades, las atribuciones, la
visión, la misión y las obligaciones del SRI.
En actitudes y valores
•	 Valorar la Ley como elemento imprescindi-
ble de funcionamiento de toda sociedad.
•	 Reconocer la mejora cualitativa de la recau-
dación y la administración tributaria a partir
de la creación del SRI.
•	 Apreciar la orientación ética del Servicio de
Rentas Internas.
36
Una relación legal entre el Estado y la ciudadanía
Entre el Estado ecuatoriano y la ciudadanía
existen varias relaciones jurídicas. Una de
ellas es la obligación tributaria, esta relación
personal convierte a los ciudadanos y ciuda-
danas en contribuyentes, es decir, responsa-
bles del pago de tributos, ya sea en efectivo,
servicios o especies.
La obligación tributaria es una exigencia legal
con el Estado y las entidades acreedoras, un
vínculo establecido por precepto de Ley que
sujeta a las y los ecuatorianos a pagar tributos.
Elementos de la obligación tributaria
Conceptualmente la obligación tributaria está
constituida por varios elementos:
1.	La Ley: para establecer, modificar o extin-
guir un tributo, el Estado tiene la potestad
exclusiva de emitir leyes; todo tributo se
determina a través de leyes, no hay tributo
sin ley. Las leyes tributarias tienen como ob-
jetivo financiar al Estado ecuatoriano. Estos
fondos serán destinados a la producción y
el desarrollo social procurando siempre la
adecuada distribución de la riqueza.
	 Las leyes tributarias determinarán los bie-
nes o servicios gravados con impuestos,
los sujetos activo y pasivo que intervienen
en la tributación, la cuantía del tributo y la
forma de establecerla, las exenciones, las
deducciones y los reclamos o recursos que
deban concederse.
Capítulo 4 • La obligación tributaria y la constitución del Servicio de Rentas Internas
Donde no hay justicia, no hay
libertad; y donde no hay li-
bertad, no hay justicia.
Rene Le Senne
Tributación justa
Equidad y desarrollo 37
2.	 El hecho generador: es el momento o la
actividad que la Ley establece para que se
configure cada tributo.
3.	El sujeto pasivo: es toda persona natu-
ral o jurídica a quien la Ley exige tributos,
es en quien reside la obligación tributaria.
El sujeto pasivo puede ser contribuyente
o responsable:
•	 Contribuyente es quien, según la Ley,
debe soportar la carga tributaria al darse
el hecho generador, es decir, cuando re-
úne las características establecidas en la
legislación tributaria.
•	 Responsable es la persona natural o ju-
rídica que, sin tener la calificación de
contribuyente, debe cumplir las obliga-
ciones atribuidas a este por disposición
expresa de la Ley; como en el caso de los
responsables por representación y por
sucesión. También son responsables los
representantes legales.
4.	El sujeto activo: es la contraparte del suje-
to pasivo, el ente acreedor de los tributos,
es el Estado, como gobierno nacional repre-
sentado por el Servicio de Rentas Internas
o como gobierno seccional —consejos pro-
vinciales, municipios y otros acreedores fis-
cales locales—.
Los sitios de Internet, We The People Foundation
for Constitutional Education y We the People
Congress, explicaban a los contribuyentes de ese
país que podían negarse a pagar tributos, ampa-
rados en algunas frases de la Constitución o de la
Ley estadounidense, por ejemplo en una en que
se nombra la palabra voluntarios.
En su decisión, tomada el 9 de agosto de 2007,
el juez estimó que esos argumentos eran falsos y
que incitar a no pagar impuestos es ilegal.
¿Qué opinas?
Un juez de Nueva York, clausuró,
dos sitios web que proporcionaban
consejos seudo jurídicos para evitar
pagar impuestos en Estados Unidos,
por vender un sistema nacional de
fraude fiscal.
Según el dictamen judicial, los sitios fueron
cerrados por alentar a realizar acciones ile-
gales. Estos recibían veinte dólares por pro-
porcionarsuguíadesupresióndelimpuesto,el
juez exigió, los nombres y direcciones de las
personas que pagaron por esos consejos.
La organización WeThePeople, dijo que ape-
lará la resolución judicial. Seguramente esta
apelación pondrá nuevamente en discusión
hasta qué punto interviene la voluntad en
las cuestiones tributarias. ¿Qué opinas tú?
Fuente: AFP
38
La labor del Servicio de Rentas Internas
El Servicio de Rentas Internas (SRI) es, en
Ecuador,laentidadquetienelaresponsabi-
lidad de recaudar los tributos internos estable-
cidos por Ley. Su finalidad es la de consolidar
la cultura tributaria en el país para incrementar
el cumplimiento voluntario de las obligaciones
tributarias de los contribuyentes.
El SRI tiene a su cargo la ejecución de la polí-
tica tributaria del país en lo que se refiere a los
impuestos internos. Para ello cuenta con las
siguientes facultades:
•	 Determinar, recaudar y controlar los tribu-
tos internos.
•	 Difundir y capacitar al contribuyente res-
pecto de sus obligaciones tributarias.
•	 Preparar estudios de reforma a la legislación
tributaria.
•	 Aplicar sanciones.
Los objetivos del SRI son:
1.	 Incrementar anualmente la recaudación de
impuestos con relación al crecimiento de la
economía.
2.	Diseñar propuestas de política tributaria
orientadas a obtener la mayor equidad, for-
talecer la capacidad de gestión institucional
y reducir el fraude fiscal.
3.	Lograr altos niveles de satisfacción en los
servicios al contribuyente.
4.	Reducir los índices de evasión tributaria y
procurar la disminución de mecanismos de
elusión de impuestos.
El SRI está en Internet
Capítulo 4 • La obligación tributaria y la constitución del Servicio de Rentas Internas
Toda la información
sobre el Servicio de
Rentas Internas que
necesites conocer la
puedes encontrar en el
sitio web www.sri.gob.
ec. En él se ofrece una
animación interactiva,
que en pocos y sencillos
pasos, te enseñará cómo
navegar en el portal.
Equidad y desarrollo 39
Lo que hacemos y a lo que aspiramos en el SRI
Másdeunadécadadeservicioefectivo
El SRI ha logrado mejoras
importantes en la recaudación
y la administración tributaria.
El 2 de diciembre de 1997 fue creado el Servicio de
Rentas Internas, en un entorno económico com-
plejo; era necesario transformar la administración
tributaria en el Ecuador, enfocándose inicialmente
en combatir nichos evidentes de evasión, mejorar
la recaudación, sostener el presupuesto general
del Estado y, al mismo tiempo, darle flexibilidad y
eficiencia a la administración.
A más de una década de su creación la re-
caudación de impuestos en los últimos
trece años, pasó de $ 1 423 millones, en
1997, a $ 9 556 millones, en 2011.
Para fomentar la cultura tributaria en la so-
ciedad ecuatoriana y prestar servicios de ca-
lidad a los ciudadanos y las ciudadanas, a fin
de lograr el correcto cumplimiento de sus obli-
gaciones, el SRI orienta su acción así:
Misión
Promover y exigir el cumplimiento de las obli-
gaciones tributarias, en el marco de principios
éticos y legales, para asegurar una efectiva re-
caudación que fomente la cohesión social.
Visión
Ser una institución que goce de confianza y re-
conocimiento social por hacerle bien al país.
Hacer bien al país por nuestra transparencia,
modernidad, cercanía y respeto a los derechos
de los ciudadanos y contribuyentes.
Hacer bien al país porque contamos con fun-
cionarios competentes, honestos, comprome-
tidos y motivados.
Hacer bien al país por cumplir a cabalidad la
gestión tributaria, disminuyendo significativa-
mente la evasión, la elusión y el fraude fiscal.
1998
Gestión y organización
institucional enfocadas
por proyectos.
2000 - 2002
Enfoque en el servicio
al contribuyente.
Ampliación de la
cobertura regional y
provincial.
2005 - 2006
Enfoque funcional.
Generación de mayor
flexibilidad
y adaptabilidad.
Dic-97
Creación del SRI.
1999-2000
Proceso de
reingeniería
organizacional.
2005
Dinamización y
especialización del
servicio y el control
ejecutados por
el SRI.
2007
Enfoque a la gestión
tributaria, para fortalecer
áreas de control
tributario, controlar a los
grandes contribuyentes
y transparentar la
estructura operativa.
2006
Reformas que
brindan coherencia
integral y facilitan la
correcta aplicación
de la gestión
institucional.
1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007
2007
Ley Reformatoria para la
EquidadTributaria, donde
los que más tienen pagan
más, y los que menos
tienen pagan menos.
2008
Fortalecimiento de los
medios de interrelación
con los contribuyentes
para facilitar el acceso a
la información de la AT e
iniciativas relacionadas
a mejorar los procedi-
mientos de control e
inteligencia tributaria.
2009 - 2011
Enfoque en la consoli-
dación de una cultura
tritutaria y generación
de riesgo ante el
incumplimiento.
2009 - 2011
Cumplimiento de los distintos
programas de Asistencia,
Control y Excelencia
Operacional, e incremento de
la efectividad de la AT a través
del fortalecimiento de la
cultura Tributaria.
2008 2009 - 2011
2008
Reestructuraciónaunsistema
tributario más progresivo.
La ley de EquidadTributaria
incorporó incentivos a la pro-
ducción y empleo y fortaleció
la facultad de control de la
AdministraciónTributaria.
40 Capítulo 4 • La obligación tributaria y la constitución del Servicio de Rentas Internas
Hago y aprendo
1	 Explica en tus palabras este enunciado:
Los contribuyentes deben satisfacer un tributo al verificarse el hecho generador previs-
to por la Ley.
2	 Establece la diferencia entre contribuyente y responsable.
3	 Investiga los siguientes términos en materia de tributación.
•	Evasión:
•	Elusión:
•	 Fraude fiscal:
•	Exención:
4	 Escribe tu opinión personal sobre la visión del SRI.
5	 Enumera los objetivos del SRI.
1.
2.
3.
4.
Contribuyente Responsable
Equidad y desarrollo 41
Antes de empezar, conozcamos sobre el tema.
¿Qué es un valor?
La palabra valor tiene varios significados, es
polisémica. Esta característica de las palabras
es una de las peores trampas del lenguaje.
Dos personas pronuncian o escriben la misma
palabra, pero las ideas en sus cabezas son dis-
tintas. Todas las palabras importantes en Ética
son polisémicas, por eso para entendernos
mejor, aquí definiremos la palabra valor, como
lo que debe ser. Por ejemplo, la justicia es vista
como un deber ser, aunque nunca estará aca-
bada o completa en su realización, aun sí por
momentos alguien actúa con justicia.
¿Por qué se considera valor a un valor?
Los valores son considerados como tales por
nuestra formación cultural, que hace que
los percibamos como una obligación o un
deber ser en nuestra conciencia. La mayoría se
relaciona con nuestro desenvolvimiento en
sociedad y por lo tanto se han generalizado.
Incluso muchos de los valores reciben pro-
tección jurídica. Su cumplimiento se refuerza
mediante la coacción: leyes penales y civiles,
tribunales, policías, cárceles, etc.
La subjetividad y generalidad de los valores es
uno de los temas más debatidos, la filosofía,
la ética y la axiología abordan fundamental-
mente esta cuestión, pues aunque muchos va-
lores son considerados universales, estos han
variado durante las distintas etapas de la his-
toria y entre las distintas culturas.
¿Hay valores más importantes que otros?
Un valor es más fuerte que otro, si se impone
en nuestros juicios de preferencia. Esto esta-
blece una jerarquía de valores. En occidente
CONFLICTO DE VALORES
fueron los romanos los que hicieron una lista,
que no se ha enmendado nunca, para esta-
blecer criterios de primacía de unos valores
sobre otros:
•	 Primero, no hacer daño a nadie, controlar
nuestros instintos agresivos. Usamos la pa-
labra respeto en este sentido. Una falta de
respeto suena a poco, pero desde este pun-
to de vista, denotaría lo más grave: la vio-
lencia, física o moral. El respeto es el primer
escalón. Si no se vive este valor, no existen
los restantes.
•	 Segundo, dar lo debido a cada uno: la
justicia, que solo tiene sentido, si antes he-
mos cumplido con los valores de respeto.
Notemos que solemos llamar injusticias a
muchas violencias, físicas o morales.
•	 Tercero, controlar nuestros instintos
cuando, espontáneamente, van hacia algún
antivalor: autodominio, poner orden dentro
de nosotros mismos.
En la vida diaria muchos valores entran en
conflicto entre sí, valernos de esta jerarquiza-
ción nos permitirá conocer cuáles deben pre-
valecer sobre otros.
En este sentido, por ejemplo, podríamos juzgar
que un evasor fiscal respeta la vida, aunque no la
propiedad, —porque la evasión de impuestos es
considerada una especie de robo— y podríamos
repudiar que un asesino presuma de no haber
robado la cartera de quien acaba de asesinar, ya
que el respeto a la vida es más fuerte que el res-
peto a la propiedad. Si no hay respeto a la vida,
no hay respeto a nada, ni tampoco a la propiedad,
aunque parezca que lo hay.
Proyecto de valores 1
42
1	 Realiza entre tus conocidos la siguiente encuesta sobre juicios de preferencia entre
dos valores.
Escoja el valor que le parezca que deba prevalecer en cada
uno de los siguientes casos.
•	 Si una muchacha insiste en estar muy delgada, pone en
peligro su salud. Si respeta su salud, ha de renunciar a
su concepto de belleza. ¿Qué valor debe prevalecer, la
salud o la belleza?
•	 Una mujer cuyo marido e hijos han muerto en un acci-
dente de tránsito pregunta al médico, que va a operarla
de vida o muerte, ¿qué ha sido de mi marido e hijos?
Si el médico dice la verdad, pone en peligro la vida de
su paciente. ¿Qué es más importante decirle la verdad o
mentirle para proteger su vida?
•	 Un jefe es amabilísimo, pero no paga a fin de mes. Otro
esmuyantipático,peropagaconpuntualidad.¿Quépre-
fiere: amabilidad sin justicia o justicia sin amabilidad?
•	 Un adolescente es atacado y tiene la posibilidad de de-
fenderse a costa de la vida del agresor. Se dice a sí mis-
mo: si respeto la vida de mi agresor, no respeto la mía,
pues me va a matar. Si respeto mi propia vida, solo pue-
do hacerlo no respetando la de mi agresor. ¿Qué haría
usted?
2	 Escribe dos situaciones de conflicto de valores y auméntalas a la encuesta.
3	 Recoge las respuestas y realiza un cuadro estadístico que refleje la preferencia por los
valores. Exponlo en clase.
¡Luces, cámara, actividades!
Proyecto 1 • Conflicto de valores
Entrega de comprobante de venta
Todos somos contribyentes
Equidad y desarrollo 43
Capítulo 5
SER CONTRIBUYENTE
CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES Y SUS
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
¿De qué se trata?
Todas las ciudadanas y ciudadanos ecua-
torianos que realicen actividades econó-
micas son contribuyentes y tienen obliga-
ciones tributarias.
La legislación tributaria ecuatoriana establece
dos tipos de contribuyentes. Conoceremos las
característicasquelosdeterminanydiferencian,
así como cada una de las obligaciones tributa-
rias prácticas que se derivan de esta condición.
Lo que voy a lograr
Conceptualmente
•	 Identificar los tipos de contribuyentes y recono-
cer sus diferencias.
•	 Reconocer la obligación del contribuyente de ob-
tener el Registro Único de Contribuyentes (RUC).
•	 Reconocer la obligación del contribuyente de im-
primir y emitir comprobantes de venta válidos.
•	 Reconocer la obligación del contribuyente de lle-
var un registro de ingresos y egresos.
•	 Reconocer la obligación del contribuyente de
presentar sus declaraciones.
•	 Conocer los casos y la manera de suspender
el RUC.
En actitudes y valores
•	 Ser honesto en las declaraciones de
impuestos como un indicador de éti-
ca y compromiso ciudadano.
•	 Apreciar la disciplina del contribu-
yente en la declaración y el pago de
impuestos como una muestra de ci-
vismo y madurez ciudadana.
44
Varios tipos de contribuyentes
En nuestro país son contribuyentes tanto
los individuos como las empresas, organiza-
ciones o instituciones. El nivel de ingresos
que obtiene anualmente cada contribu-
yente indica si deben o no llevar contabi-
lidad. Los tipos de contribuyentes son:
1.	 Personas naturales
	 Son todos los individuos nacionales y
extranjeros que realizan actividades
económicas en nuestro país. Aquellas
personas naturales obligadas a llevar
contabilidad, son todos los individuos
nacionales y extranjeros que realizan
actividades económicas en nuestro país
y cuyos ingresos son mayores a $ 100 000
al año, o su capital de trabajo sea mayor
a los $ 60 000, o cuyos costos y gas-
tos anuales hayan sido superiores a
$ 80 000.
2.	 Personas jurídicas
	 Son las sociedades; este grupo compren-
de a todas las instituciones del sector pú-
blico, a las personas jurídicas bajo control
de las Superintendencias de Compañías y
de Bancos, las organizaciones sin fines de
lucro, los fideicomisos mercantiles, las so-
ciedades de hecho y cualquier patrimonio
independiente del de sus miembros.
Resistencia a la tributación
Históricamente, los Estados han tenido que
enfrentar la resistencia a la tributación por
parte de los contribuyentes. En la antigüedad,
debido a la injusta carga impositiva la tribu-
tación fue constante y en algunos casos vio-
lenta. Hoy, pese a que la concepción de la tri-
butación ha cambiado y se basa en principios
de equidad y solidaridad, la resistencia sigue
siendo uno de los problemas con los que se
enfrenta la administración tributaria. ¡Muchas
personas no quieren pagar impuestos!
Para facilitar el cumplimiento voluntario de las
obligaciones, el SRI ha implementado varias
estrategias: ofrecer efectividad, eficiencia y
agilidad, servicios mejorados y estandarizados
con ayuda de herramientas digitales, una po-
lítica abierta de comunicación externa que
permita abrir nuevos espacios de relación con
los contribuyentes y la formulación y la aplica-
cion de programas para el fortalecimiento de
la cultura tributaria, dirigidos a los diferentes
sectores de la población —este libro es parte
de ellos—.
De esta manera, se procura que el descono-
cimiento no sea la causa de la resistencia a la
tributación para lograr un cambio en la ciuda-
danía: la aceptación y la interiorización de la
importanciadenuestraparticipaciónenlaeco-
nomía del país, a través del pago de tributos.
Capítulo 5 • Clasificación de los contribuyentes y sus obligaciones tributarias
Muchas personas no quieren
pagar impuestos.
Equidad y desarrollo 45
Nuestras responsabilidades
En el ámbito tributario, el principio
de igualdad establece que los im-
puestos obligan por igual a todos los
ciudadanos; es decir, que a la hora de
repartir la carga tributaria sobre los
contribuyentes no se pueden hacer
discriminaciones; sin embargo, exis-
ten diferentes tipos de contribuyentes.
Las obligaciones tributarias de los contribu-
yentes que establece la Ley son las siguientes:
1.	 Obtener su Registro Único
de Contribuyente (RUC).
	 Este registro acredita a la persona oficial-
mente para que pueda realizar una activi-
dad económica de manera legal.
	 ¿Cuándo se debe sacar el RUC?
	 Al iniciar una actividad económica, toda
persona tiene la obligación de acercarse a
las oficinas del SRI y obtener el RUC.
	 ¿Hay algún plazo para sacar el RUC?
	 Elplazomáximoesde30díashábilesdespués
de haber iniciado la actividad económica.
2.	 Impresión y emisión de comprobantes
de venta.
	 Por todo pago obtenido al realizar una
transacción comercial, es obligación de los
contribuyentes emitir un comprobante de
venta; este documento sirve de registro de
los bienes o servicios comprendidos en una
venta u otra operación de comercio para
llevar su cuenta detallada, con expresión
de número, peso o medida, calidad, valor o
precio y carga tributaria.
	 ¿Cómo obtengo el permiso de facturación?
	 El permiso de facturación lo otorga el SRI a
través de los establecimientos gráficos auto-
rizados (imprentas autorizadas), a los que el
contribuyentedeberáacercarseconsuRUCy
solicitar la impresión de sus comprobantes.
Diferentes contribuyentes
Formularios 102 y 102A
46 Capítulo 5 • Clasificación de los contribuyentes y sus obligaciones tributarias
	 Las personas jurídicas deben llevar contabi-
lidad desde el inicio de sus actividades.
	 ¿Se debe archivar esta información?
	 Sí, se debe llevar un archivo en orden cro-
nológico y secuencial por un período de
7 años que es el tiempo en el cual pres-
cribe o deja de estar vigente la obligación
tributaria.
4.	 Presentar sus declaraciones
	 En materia de tributación, una declaración
es la comunicación que se hace a la admi-
nistración tributaria detallando la natura-
leza y circunstancias de la actividad eco-
nómica. Es comunicar sobre estos hechos
económicos que se han realizado durante
un período determinado y por los que se
debe pagar impuestos.
	 ¿Qué declaraciones debo presentar?
	 Se debe declarar sobre el impuesto al valor
agregado (IVA) llenando el formulario 104 A
para personas naturales y 104 para perso-
nas jurídicas y naturales obligadas a llevar
contabilidad.
	 Se debe declarar sobre el impuesto a la ren-
ta llenando el formulario 102 A para perso-
nas naturales, 102 para personas naturales
obligadas a llevar contabilidad y 101 para
sociedades o personas jurídicas.
3.	 Registro de ingresos y egresos
	 Las personas naturales que no están obligadas a llevar contabilidad deben tener un registro de
ingresos y gastos de la siguiente manera:
FECHA No. COMPROBANTE DEVENTA CONCEPTO VALOR IVA
01/01/2011 001-001-000026 Compra a proveedores 150,00 18,00
02/01/2011 001-001-000027 Venta de mercadería 50,00 6,00
Equidad y desarrollo 47
	 ¿Puedo presentar mis declaraciones por
Internet?
	 El Servicio de Rentas Internas ha habilita-
do un sitio web para brindar servicios en
línea, de esta manera se pueden hacer de-
claraciones de manera rápida, fácil y sin for-
mularios. Cualquier día del año, durante las
24 horas.
¿Qué necesito para enviar mis declaraciones por
Internet?
•	 Obtener la clave de acceso al sistema en
cualquier oficina del SRI.
•	 El programa DIMM para la elaboración de las
declaraciones, disponible gratuitamente en
la página web o en cualquier oficina del SRI.
•	 Conectarse a www.sri.gob.ec.
¿Cuáles son las formas de pago de impuestos?
•	 A través de un convenio de débito automá-
tico con una institución bancaria.
•	 A través de cajeros automáticos, ventanillas
de atención, call center, tarjetas de crédito y
otros servicios de las instituciones bancarias.
•	 Mediante notas de crédito o compensaciones.
Otros Servicios por Internet:
Además del envío de declaraciones de impues-
tos y de Anexos con información al detalle de
las actividades del contribuyente, desde la pá-
gina web del SRI se podrá acceder a otro tipo
de información como:
•	 Inscripción a capacitaciones desde la pági-
na principal en la sección Capacitaciones
•	 La realización de consultas en línea a través
del link Consultas Tributarias.
•	 En la sección Servicios en Línea se podrá
obtener información sobre: RUC, valores a
pagar por matrícula vehicular, validez de
documentos autorizados, validez de tique-
tes de máquinas registradoras, consulta de
estado tributario, establecimientos gráfi-
cos autorizados entre otros, sin necesidad
de clave.
Uso de Internet
Capítulo 1 • Economía: para el desarrollo del Ecuador48
RÉGIMEN IMPOSITIVO SIMPLIFICADO ECUATORIANO
El RISE es un sistema impositivo cuyo ob-
jetivo es facilitar y simplificar el pago
de impuestos de un determinado sector de
contribuyentes.
Entre sus principales beneficios podemos
mencionar los siguientes:
•	 El contribuyente no necesita hacer declara-
ciones, por lo tanto se evita los costos por
compra de formularios y por la contrata-
ción de terceras personas, como tramitado-
res, para el llenado de los mismos.
•	 Se evita que le hagan retenciones de
impuestos.
•	 Se entregan comprobantes de venta simpli-
ficados en los cuales solo se llenará fecha y
monto de venta.
•	 No existe la obligación de llevar
contabilidad.
•	 Por cada nuevo trabajador que se incorpo-
re a la nómina y que sea afiliado en el IESS,
el empleador podrá descontar un 5% de su
cuota, hasta llegar a un máximo del 50% de
descuento.
Se pueden inscribir en el RISE las personas
naturales, cuyos ingresos no superen los USD
60,000 dentro de un período fiscal, es decir
entre el 1 de enero hasta el 31 de diciembre.
De igual forma, una persona que se encuentra
inscrita en el RUC, si puede incorporarse al
RISE siempre y cuando cumpla con los requi-
sitos establecidos por la Ley.
¿Cuáles son las condiciones y requisitos que
debe cumplir una persona que quiera acogerse
al RISE?
Condiciones:
•	 Ser persona natural.
•	 No tener ingresos mayores a USD 60,000 en
el año.
•	 No dedicarse a alguna de las actividades
restringidas.
•	 No haber sido agente de retención durante
los últimos 3 años.
Requisitos:
•	 Presentar Cédula de ciudadanía original y
entregar copia a color de la misma.
•	 Presentar último certificado de votación.
•	 Presentar la factura de agua, luz o teléfono,
o algún documento que certifique el domi-
cilio del local comercial o la vivienda.
No pueden ingresar al RISE:
•	 Agenciamiento de bolsa.
•	 Almacenamiento de productos de terceros.
•	 Agentes de aduana.
•	 Comercialización y distribución de
combustibles.
•	 Casinos, Bingos, Salas de juego.
•	 Publicidad y propaganda.
•	 Organización de espectáculos.
•	 Libre ejercicio profesional.
•	 Producción y comercialización de bienes
ICE.
•	 Imprentas autorizadas por el SRI.
•	 Corretaje de bienes raíces.
•	 De comisionistas.
•	 De arriendo de bienes inmuebles.
•	 De alquiler de bienes muebles.
El RISE establece el pago de una cuota que
sustituye la declaración y pago del Impuesto
a la Renta e IVA en un período mensual.
Equidad y desarrollo 49
La suspensión del Registro Único de Contribuyentes
El Registro Único de Contribuyentes se ob-
tiene para actividades económicas deter-
minadas. Cuando cesan dichas actividades
o cambia su naturaleza, el Registro Único de
Contribuyentes debe suspenderse.
¿Cuándo debo suspender mi RUC?
Se debe realizar el trámite de suspensión del
RUC cuando se dejan de realizar todas las acti-
vidades económicas que constan en él.
Con la emisión de la resolución de inactivi-
dad del RUC, ya no se generan obligaciones
tributarias.
¿Qué plazo tengo para suspender mi RUC?
Elplazomáximoesde30díashábilesdesdelafe-
cha de terminación de la actividad económica.
Estas cuotas están calculadas en función del
tipo de actividad que desarrolla y del nivel de
ingresos que tiene el contribuyente. 	
							
La tabla de actividades y sus respectivas cuo-
tas son las siguientes:
Las cuotas deben ser canceladas mensualmen-
te y en función del noveno dígito del RUC. Si la
fecha de vencimiento cae en fin de semana o fe-
riado, se podrá realizar el pago hasta el siguiente
día hábil disponible, siempre que la cuota no esté
vencida, puesto que corren nuevos intereses.
Adicionalmente, el SRI le da la facilidad de can-
celar todas sus cuotas una sola vez, es decir, que
puede cancelar por adelantado todas las cuotas
que restan del año en curso.
El pago de las cuotas se pueden realizar en las
instituciones financieras que mantengan con-
venio de recaudación con el SRI a través de
convenio de débito, o acercándose a las venta-
nillas de los bancos colaboradores de la recau-
dación con la cédula o RUC.
Si se producen atrasos en el pago de las cuo-
tas, se cargarán los intereses de Ley, mismos
que serán acumulados mensualmente hasta
que se realice el pago correspondiente.
IngresoAnual CuotamensualporActividad
0 5,000 1.17 3.50 1.17 3.50 5.84 1.17 1.17
5,001 10,000 3.50 18.67 5.84 12.84 22.17 2.33 2.33
10,001 20,000 7.00 37.34 11.67 26.84 44.35 3.50 3.50
20,001 30,000 12.84 70.02 21.01 50.18 77.02 4.67 5.84
30,001 40,000 17.51 106.20 29.18 71.19 122.54 15.17 9.34
40,001 50,000 23.34 152.88 37.34 110.87 168.05 31.51 14.00
50,001 60,000 30.34 210.06 52.52 157.55 212.40 57.18 17.51
Mínimo Máximo Comercio Servicios Manufactura Construcción
Hoteles y
restaurantes
Transportes
Agrícolas, MInas
y Canteras
50 Capítulo 5 • Clasificación de los contribuyentes y sus obligaciones tributarias
Hago y aprendo
1	 Escribe tres ejemplos de personería jurídica.
2	 Piensa y responde.
•	 ¿Cuál es la diferencia entre un registro de ingresos/egresos y llevar contabilidad? 
•	 ¿Por qué se debe archivar la información del registro de ingresos y egresos?
•	 Enumere 3 de los beneficios que tiene una persona natural que se inscriba en el RISE.
3	 Ingresa al sitio web del Servicio de Rentas Internas y descarga la animación interacti-
va sobre la funcionalidad del portal, luego escribe aquí tus impresiones.
4	 Escribe V si es verdadera y F si es falsa cada afirmación.
•	 El plazo para obtener el RUC es de 30 días a partir del inicio de las
actividades económicas.
•	 Se pueden pagar los impuestos a través de un débito directo de
una cuenta bancaria.
•	 Los formularios 104 y 104 A son para la declaración del impuesto
a la renta.
1.
2.
3.
1.
2.
3.
Equidad y desarrollo 51
¿De qué se trata?
Capítulo 6
Conceptualmente
•	 Identificar la funcionalidad y la importancia
del RUC.
•	 Señalar la composición del número del RUC.
•	 Reconocer a quiénes están obligados a ins-
cribirse en el RUC.
•	 Conocer los requisitos de inscripción,
así como los casos y requisitos de actua-
lización, suspensión y cancelación del
RUC, tanto para personas naturales como
para sociedades.
•	 Determinar los trámites a seguir en caso de
defunción del contribuyente.
UNA GRAN BASE DE DATOS
EL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES
Lo que voy a lograr
•	 Conocer los requisitos para la realiza-
ción de trámites sobre el RUC realizados
por terceros.
•	 Distinguir los estados en que puede encon-
trarse un contribuyente ante la administra-
ción tributaria.
•	 Conocer las multas que se imponen sobre
infracciones con el RUC.
En actitudes y valores
•	 Ser responsable en la oportuna obtención
del Registro Único de Contribuyentes.
•	 Ser responsable en el manejo y el buen uso
del RUC.
El Registro Único de Contribuyentes es el
instrumento base de la administración tri-
butaria, sirve para la determinación y la iden-
tificación de los contribuyentes. Conoceremos
su importancia, los requisitos para su obten-
ción, actualización, suspensión y realización
de algunos trámites especiales.
Abordaremos el tema de los estados en que
se puede encontrar un contribuyente ante
la administración tributaria, que se reflejan
en su inscripción en el Registro Único de
Contribuyentes y también hablaremos sobre
las sanciones pecuniarias que se reciben al co-
meter infracciones con respecto al RUC.
Registro único de contribuyentes
El Registro Único de Contribuyentes (RUC)
es el punto de partida en el funciona-
miento de la administración tributaria, es un
instrumento que sirve para registrar e identi-
ficar a los sujetos pasivos: personas naturales
y sociedades.
El Registro Único de Contribuyentes permite
a la administración tributaria configurar una
base de datos en donde se encuentra la infor-
mación necesaria sobre las personas naturales
o sociedades que ejercen actividades econó-
micas en el territorio ecuatoriano y son sujetos
de imposición.
El RUC establece el vector fiscal
A más de constituir la base de datos de todos
los contribuyentes y agentes de retención, el
RUC es importante porque a través de este cer-
tificado el contribuyente está en capacidad de
conocer adecuadamente cuáles son sus obli-
gaciones tributarias y el calendario de pagos
para facilitar su cumplimiento.
El detalle de las obligaciones tributarias a las
cuales está sujeto el contribuyente es una he-
rramienta  tributaria  que se denomina vector
fiscal. El vector fiscal se determina al obtener
el RUC en relación con las obligaciones tribu-
tarias que le corresponden a cada individuo
por el tipo de contribuyente que es y la ac-
tividad económica que registra. Las obliga-
ciones tributarias que componen un vector
fiscal pueden ser:
•	 Impuesto al valor agregado.
•	 Impuesto a los consumos especiales.
•	 Impuesto a la renta.
•	 Retenciones del IVA.
•	 Retenciones en la fuente del impuesto a
la renta.
•	 Presentar anexos.
El especialista superior en tributación conoce
sobre los distintos aspectos impositivos, inter-
preta y aplica las normas tributarias, asesora a
individuos y empresas e incluso está en capa-
cidad de intervenir en la fijación de la política
y el diseño del sistema tributario.
Este es un campo profesional nuevo, muy
cotizado en el mercado laboral. ¡Tómalo
en cuenta!
una opción de carrera profesional.
52
¿Qué es el RUC?
Especialista en tributación
Varias universidades e institutos de
educación superior, dentro y fuera del
país, cuentan con carreras de especia-
lización en tributación, con el objetivo
de formar profesionales de alto nivel
que intervengan en la resolución de
los problemas que plantea este tema.
Capítulo 6 • El Registro Único de Contribuyentes
su relación con la pobreza
Equidad y desarrollo 53
¿Quiénes están obligados a obtener el RUC?
Paraísos fiscales
El auge de la evasión fiscal ha motivado que
el número de paraísos fiscales haya pasado de
aproximadamente 25 a principios de los años
setenta a 72 paraísos fiscales reconocidos en la
actualidad. Estos se han convertido en meca-
nismos de transferencia de riqueza desde los
países más pobres hacia los más ricos. Se los
considera un factor de pobreza, por ser motivo
de fuga de capitales, pues cuando no es po-
sible, mediante impuestos, compensar el dé-
ficit producido por dicha fuga, los gobiernos
no suelen tener otra alternativa que recortar
el gasto público y privatizar servicios como la
sanidad o la educación. Es decir, si las personas
que tienen su patrimonio en paraísos fiscales
pagarán impuestos en los países donde re-
siden o donde obtienen sus riquezas, la re-
caudación tributaria adicional disponible sería
suficiente para la financiación de servicios pú-
blicos de calidad y para la inversión productiva
en todo el mundo.
¿De dónde sacar entonces el dinero necesario
paraacabarconlapobreza?Larespuestaessen-
cilla: de los impuestos que dejan de pagar las
empresas transnacionales y las personas ricas
que utilizan los paraísos fiscales para ocultar su
Todas las personas naturales o jurídicas y
los entes sin personalidad jurídica, nacio-
nales y extranjeros, que inicien o realicen ac-
tividades económicas en el país en forma per-
manente u ocasional, o quienes sean titulares
de bienes o derechos que generen ganancias,
beneficios, remuneraciones, honorarios y otras
rentas sujetas a tributación en el Ecuador,
están obligados a inscribirse, por una sola vez,
en el Registro Único de Contribuyentes.
También están obligados a inscribirse en él,
las entidades del sector público, las Fuerzas
Armadas, la Policía Nacional y toda entidad,
fundación, cooperativa, corporación o ente si-
milar, cualquiera sea su denominación, tengan
o no fines de lucro.
dinero. Queda claro que hay riqueza suficiente
para arreglar los problemas del mundo. Tan
solo son necesarias la actitud honesta y patrió-
tica de los contribuyentes, la voluntad política
de los países y la unidad internacional.
Se conoce como paraísos fiscales a los te-
rritorios o estados donde los impuestos
sonmuybajosonoexistenyporlotanto
atraen a los individuos o empresas ex-
tranjeras a domiciliar sus activos y llevar
su dinero a ellos. Los paraísos fiscales
pueden configurarse como una forma
de evasión tributaria, además la poco
estricta regulación que tienen en ma-
teria financiera se presta para que sean
destino de fondos provenientes de acti-
vidades ilegales.
54
El número de registro
¿En qué me afecta?
En el caso de las sociedades privadas, los
dos primeros dígitos señalan el lugar (pro-
vincia) donde se inscribió el contribuyente,
por ejemplo: 01 para Azuay, 02 para Bolívar,
17 para Pichincha, etc. El tercer dígito siempre
será el número 9, del cuarto al noveno son dí-
gitos que forman un número secuencial, el dé-
cimo dígito es un número verificador y los tres
últimos siempre serán 001.
En el caso de las sociedades públicas, los dos
primeros dígitos señalan el lugar (provincia)
donde se inscribió el contribuyente. El tercer
dígito siempre será el número 6; del cuarto al
octavo, un número secuencial; el noveno dí-
gito es el verificador, el décimo dígito es el 0 y
los tres últimos dígitos siempre serán 001.
En algún momento de tu vida que-
rrás que tus hijos, sobrinos o nietos
vayan a una escuela o una univer-
sidad aunque no puedas pagarla,
quizás tendrás que someterte a
una operación importante, de esas
que no cubren lo seguros privados
y necesitarás acudir a un hospital
público, te irás de viaje por carre-
teras sin pagar peaje…
Atodo contribuyente que se inscribe en
el RUC el Servicio de Rentas Internas le
asigna un número de registro, de acuerdo con
el tipo de contribuyente de quien se trata, es
decir, si son personas naturales o sociedades.
a)	 Si son personas naturales el número de RUC
es el mismo que el de la cédula de identi-
dad (10 dígitos), a los cuales se les añaden
tres dígitos (001).
	 Las personas naturales durante su existen-
cia solo tienen un número de RUC.
b)	Para las sociedades el número de RUC es
un número de 10 dígitos generados por la
administración tributaria a los cuales se les
añaden tres dígitos (001).
Capítulo 6 • El Registro Único de Contribuyentes
Todas las obras públicas cuestan dinero:
aunque no nos cobren nada al utilizarlos los
pagamos con nuestros impuestos. Los im-
puestos sirven para financiar los servicios
públicos. En consecuencia, la evasión fiscal
perjudica seriamente a los ciudadanos y ciuda-
danas de dos formas: en primer lugar, por las
medidas compensatorias que los gobiernos
deben adoptar para mantener el bienestar
social, trasladando la carga fiscal a quienes sí
cumplen con su responsabilidad, que asumen
la parte correspondiente de los evasores a
través de impuestos indirectos sobre el con-
sumo. En segundo lugar, por que el Estado
tiene que sacrificar los servicios públicos.
Como en todo, hay que empezar con uno
mismo y predicar con el ejemplo.
Infórmate. La evasión tributaria es solo uno
de los múltiples frentes que anuncian la lle-
gada de un nuevo orden mundial: una nueva
sociedad diseñada por y para una minoría
bien organizada, que pretende vivir mejor que
nadie a costa de los demás, como en los pa-
sados tiempos feudales.
Equidad y desarrollo 55
¿Qué necesito para inscribirme en el RUC como persona natural?
Verdad y puntualidad
Los requisitos para la inscripción de per-
sonas naturales en el Registro Único de
Contribuyentes varían de acuerdo con la ca-
lidad de relación política que tenga el contribu-
yente con el Estado, es decir, si es ecuatoriano o
extranjero con o sin residencia.
Cuando una persona natural se inscribe en el RUC
registra varios datos personales y laborales, toda
la información que se entrega debe ser verídica
y comprobable.
Una vez obtenido el número de registro, el contri-
buyente adquiere la obligación de declarar sus in-
gresos y gastos, además debe pagar los impuestos
respectivos. Un ciudadano responsable lo hace con
puntualidad respecto de los plazos determinados.
Al obtener el número de RUC se
adquiere la obligación de declarar.
Requisitos Ecuatorianos
Extranjeros
Residentes
Extranjeros
no Residentes
SI
SI
SI
-
-
- SI
Originalycopiaacolordelpasaporteytipode
visa, para extranjeros no residentes; u original
y copia a color de la credencial de refugiado
- -
Identificacióndelcontribuyente
Original y copia a color de la cédula de
identidad o de ciudadanía
Original del certificado de votación.
Original y copia de la planilla de servicios básicos (agua, luz o teléfono).
Original y copia de la factura por el servicio de televisión pagada o servicio de internet.
Original y copia de cualquier documento emitido por una Institución Pública que detalle la dirección exacta del
contribuyente.
Original y copia del contrato de arrendamiento.
Original y copia de la escritura de compra venta del inmueble; u, original y copia del certificado del Registrador de la
Propiedad.
Contrato de Concesión Comercial o Contrato en Comodato.
Original y copia de la Certificación de la Junta Parroquial más cercana al lugar del domicilio.
Original y copia del estado de cuenta bancario, de tarjeta de crédito o de telefonía celular.
Para la verificación del lugar donde realiza su actividad económica el contribuyente deberá presentar
el original y entregar una copia de cualquiera de los siguientes documentos (los mismos que deben
corresponder a uno de los últimos 3 meses).
Ubicacióndelamatrizyestablecimientosse
presentarácualquieradelossiguientes:
Sedebenregistrartodasycadaunadelas
actividades económicas que se realizan.
56
Actividad surtida
También existen requisitos especiales de acuerdo con la naturaleza de la actividad económica que
realice el contribuyente.
Contadores
•	 Original y copia del título o carné del colegio profesional respectivo; y, aquellos que traba-
jen en relación de dependencia deberán presentar adicionalmente una certificación suscri-
ta por el Representante Legal de la compañia.
Artesanos
•	 Original y copia de la calificación artesanal emitida por el organismo competente: Junta
Nacional del Artesano o MIPRO.
Diplomáticos •	 Original y copia de la credencial de agente diplomático.
Profesionales
•	 Original y copia del título universitario avaluado por la Secretaría Nacional de Educación
Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, o copia del carné otorgado por el respectivo
colegio profesional o copia de la cédula de identidad en la que conste la profesión.
Actividades educativas
•	 Original y copia del acuerdo ministerial para el funcionamiento de jardines de infantes,
escuelas, colegios y otros centros educativos.
Menores Emancipados
•	 Original y copia de la escritura pública en caso de  emancipación voluntaria; u, original y             
sentenciajudicialemitidaporelJuezcompetente;o,ActadeMatrimonioencasodequeen
la cédula no conste el estado civil.
Menores no Emancipados
•   Originalycopiaacolordeldocumentodeidentificacióndelrepresentantedelmenor(padre
o madre) quién solicitará el respectivo trámite.
Notarios y Registradores de la
Propiedad y Mercantiles
•     Original y copia del nombramiento otorgado por el organismo competente.
Capítulo 6 • El Registro Único de Contribuyentes
Requisitos adicionales para personas naturales que cumplen
actividades específicas
Regístreme como dibujante,
inventor, anatomista, es-
critor, compositor, escultor,
arquitecto, astrónomo,
físico, geólogo…
SOCIEDADES BAJO
CONTROL DE LA
SUPERINTENDENCIA
DE COMPAÑÍAS,
EMPRESASTENEDORAS
DE ACCIONES (HOLDING)
Y ESTABLECIMIENTOS
PERMANENTES
SOCIEDADES BAJO
CONTROL DE LA
SUPERINTENDENCIA
DE BANCOS
SOCIEDADES CIVILESY
COMERCIALES, EMPRESAS
UNIPERSONALES
SOCIEDADES CIVILES DE HECHO,
PATRIMONIOS INDEPENDIENTES O
AUTÓNOMOS CON O SIN PERSONERÍA
JURÍDICA, CONTRATO DE CUENTAS DE
PARTICIPACIÓN, CONSORCIO DE EMPRESAS
(JOINTVENTURES)
ORGANIZACIONES NO
GUBERNAMENTALES SIN FINES DE
LUCRO
Formulario RUC-01-A suscrito por el Representante Legal. El formulario RUC-01-B se presentará únicamente cuando la sociedad posea establecimientos adicionales a la
matriz; este formulario también deberá ser suscrito por el Representante Legal.
Original y copia, o copia certificada de la escritura
pública de constitución o domiciliación inscrita en
el Registro Mercantil, a excepción de Fideicomisos
Mercantiles, Fondos de Inversión y Fondos
Complementarios Provisionales.
Original y copia, o copia cer-
tificada de la escritura pú-
blicadeconstitucióninscrita
en el Registro Mercantil.
Original y copia, o copia certificada de la es-
critura pública o del contrato social otorgado
ante notario o juez.
Copia del acuerdo ministerial o resolu-
ción en el que se aprueba la creación de
la organización no gubernamental sin fin
de lucro.
Original y copia o copia certificada del nombramiento del representante legal, ins-
crito en el Registro Mercantil.
Original y copia o copia certificada del nom-
bramiento del representante legal, notariza-
do y con reconocimiento de firmas.
Original y copia del nombramiento del
representante legal avalado por el orga-
nismo ante el cual la organización no gu-
bernamental sin fin de lucro se encuentra
registrada:MinisteriooCNEoCPE.
Original y copia o copia
certificada de la hoja de
datos generales otorgadas
por la Superintendencia,
de Compañías.
_ _ _ _
Identificación del Representante Legal:
*	 Ecuatorianos: Original y copia a color de la cédula de identidad y original del certificado de votación del último proceso electoral.
*	 Extranjeros residentes: Original y copia a color de la cédula de identidad.
*	 Extranjeros no residentes: Original y copia a color del pasaporte con  hojas de identificación y tipo de visa vigente.
Equidad y desarrollo 57
Para la identificación y el registro de las sociedades o personas jurídicas del sector público, así
como de los entes contables independientes, se requiere de:
SOCIEDADES DEL SECTOR PÚBLICO
•	 FormularioRUC-01-AsuscritoporelRepresentanteLegal.ElformularioRUC-01-Bsepresentaráúnicamentecuandolasociedad
posea establecimientos adicionales a la matriz; este formulario también deberá ser suscrito por el Representante Legal.
•	 Originalycopiadelregistrooficialdondeseencuentrepublicadalacreacióndelaentidadoinstituciónpública;u,originaly  co-
pia del decreto, ordenanza o resolución que apruebe la creación de la institución; u, original y copia del documento que declara
como unidad o ente contable independientemente o desconcentrado.
•	 Original y copia del nombramiento del Representante Legal de dicha entidad o institución.
•	 Original y copia  a color de la cédula de identidad o ciudadanía o del pasaporte del Representante Legal.
Las personas jurídicas o sociedades de derecho privado, dependiendo de su naturaleza constitutiva,
necesitan de los siguientes documentos para su inscripción en el Registro Único de Contribuyentes:
Inscripción de sociedades en el RUC
58
¿Cómo se verifica la ubicación de las empresas?
La verificación de la ubicación de las socie-
dades, tanto privadas como públicas, se
realiza mediante los mismos documentos que
se piden para las personas naturales, pero a
nombre de la sociedad, representante legal,
socio o accionista: planillas de pago de ser-
vicios públicos y de servicios privados, como
televisión por cable, el comprobante de pago
del impuesto predial y el contrato de arrenda-
miento (de todos ellos se entregan fotocopias).
Si no se pueden presentar los documentos
antes señalados, se debe proceder a entregar
una comunicación al SRI indicando que se ha
cedido en forma gratuita el uso del inmueble
donde se ubica la sociedad.
La actualización del RUC
Si existe algún cambio en la información entre-
gada al hacer la inscripción, como la razón so-
cial o nombre del contribuyente, su ubicación,
su actividad económica u otro dato que deba
constar en el RUC, entonces es imprescindible
realizar una actualización.
El plazo máximo para realizar este trámite es
de 30 días hábiles después de ocurridos los
cambios en la información del RUC.
SRI cerca de ti
El SRI tiene oficinas en todas las
provincias, a las que el contribu-
yente podrá acercarse para realizar
consultas y trámites que le permi-
tirán cumplir con sus obligaciones
tributarias.
Capítulo 6 • El Registro Único de Contribuyentes
El Servicio de Rentas Internas cuenta con di-
recciones regionales y provinciales que se
encargan de la operación descentralizada
de todas las actividades de la administración
tributaria, informando constantemente a la
dirección nacional de la institución sobre los
procesos que se llevan a cabo, con fines de
evaluación y ajuste.
Los casos en los que es necesaria la actualiza-
ción de información son :
•	 Cambio de denominación o razón social.
•	 Cambio de dirección.
•	 Cambio o actualización de actividad
económica.
•	 Cambio de representante legal.
•	 Registro de la apertura o cierre de estableci-
mientos, sucursales o agencias en el país o
en el exterior.
•	 Reforma estatutaria o cualquier acto socie-
tario que modifique la escritura pública de
constitución de la sociedad.
•	 Transferencia de bienes o derechos a cual-
quier título.
•	 Aumento o disminución de capital.
•	 Establecimiento o supresión de sucursales,
agencias, depósitos u otro tipo de negocios.
Requisitos
•	 Presentar la cédula de identidad o ciudada-
nía o el pasaporte.
•	 Presentar el último certificado de votación.
•	 Presentar el original y entregar una copia del
documento que respalde el cambio de infor-
mación que va a realizar el contribuyente, en
relación con los requisitos de inscripción.
Equidad y desarrollo 59
La suspensión del RUC
Como contribuyentes somos únicos
Cuando un contribuyente termina de
ejercer la actividad económica por la cual
se registró, debe suspender su RUC, para rea-
lizar esta suspensión se necesita:
•	 Llenar el formato de solicitud de cese de ac-
tividades/cancelación del RUC para perso-
nas naturales, que se encuentra disponible
en las oficinas o en el sitio web del Servicio
de Rentas Internas.
•	 Presentar la cédula de identidad o ciudada-
nía del contribuyente.
•	 Presentar el último certificado de votación
—solo para ecuatorianos—.
Antes de la suspensión del RUC, el contribu-
yente debe efectuar el trámite para dar de baja
sus comprobantes de venta vigentes o autori-
zación de auto impresores.
¿Cuál es el plazo para suspender el RUC?
El plazo máximo es de 30 días hábiles desde la
fecha de la terminación de la actividad econó-
mica. Transcurrido este plazo se aplicará una
multa de USD 30 ,00 para personas naturales
no obligadas a llevar contabilidad y socieda-
des sin fines de lucro. (Visita www.sri.gob.ec,
sección Declaración de Impuestos / Multas).
El número de registro que obtiene
unapersonanaturalcorrespondeal
de su cédula de ciudadanía, de allí
que se diga que es único. En caso
de haberse realizado los trámites
de suspensión del RUC por cese de
las actividades económicas, este
número no se pierde, ni es usado
por otro contribuyente y podrá ser
habilitado nuevamente si hay un
reinicio de actividades, así fueran
diferentes.
El RUC es un número de identifica-
ción personal e intransferible.
60
Cancelación del RUC
Multas innecesarias y molestas
Por el incumplimiento de las
obligaciones tributarias o
por cometer infracciones tri-
butarias, la Ley establece va-
rios tipos de sanciones, una
de ellas son las multas. Estas
son cantidades pecuniarias,
es decir, de dinero, que se
deben pagar a la administra-
ción tributaria.
A nadie le gusta tener que
pagarlas, sin embargo,
las multas son fácilmente
evitables si nos acostum-
bramos a cumplir correc-
tamente y a tiempo nues-
tras obligaciones.
Está en nuestras manos
evitar ser multados como
contribuyentes.
Capítulo 6 • El Registro Único de Contribuyentes
La inscripción en el Registro Único de
Contribuyentes se cancela o extingue solo
cuando el contribuyente deja de realizar ac-
tividades económicas permanentemente, es
decir, en caso de muerte de las personas na-
turales, en caso de extranjeros no residentes
que concluyeron sus actividades económicas
temporales en el país o cuando una sociedad
es liquidada.
Pasos a realizar en caso de fallecimiento
del contribuyente
En este caso se procede a presentar por parte
de la persona que realice el trámite los si-
guientes documentos:
•	 Solicituddecesedeactividades/cancelación
del RUC para personas naturales disponible
en las oficinas o en el sitio web del SRI.
•	 Copia de la partida de defunción del
contribuyente.
•	 Copia de la cédula de identidad o pasapor-
te de la persona que presenta el trámite.
•	 El original del certificado de votación de la
persona que presenta el trámite.
El trámite puede ser presentado por cualquier
persona.
Pasos a realizar  para la cancelación del
RUC de extranjeros no residentes
El contribuyente extranjero no residente en el
Ecuador que termina su relación tributaria con
el Estado ecuatoriano deberá presentar los si-
guientes documentos:
•	 Solicituddecesedeactividades/cancelación
del RUC para personas naturales disponible
en las oficinas o en el sitio web del SRI.
•	 Original del pasaporte del contribuyente.
Previamente a la cancelación del RUC, el con-
tribuyente debe efectuar el trámite para dar
de baja sus comprobantes de venta vigentes o
autorización de auto impresores.
Toda infracción conlleva
una sanción.
Equidad y desarrollo 61
Estados del contribuyente ante la administración tributaria
Los contribuyentes inscritos en el RUC, pueden
tener con la administración tributaria los si-
guientes estados:
•	 Activo: es todo contribuyente que se en-
cuentra registrado en el Registro Único de
Contribuyentes y, por lo tanto, es sujeto
pasivo de obligaciones tributarias por estar
desarrollando alguna actividad económica.
•	 Suspensión definitiva: término aplicado a
las personas naturales que han terminado
sus actividades económicas temporalmente.
•	 Pasivo: término aplicado a las personas
naturales que han fallecido, extranjeros no
rersidentes y a las sociedades que han can-
celado su RUC.
Trámites realizados por terceros:
sí son posibles
Para facilidad de los contribuyentes, todos
los trámites que se realizan en el Servicio de
Rentas Internas pueden ser hechos por otras
personas, para ello deberán adjuntar a la do-
cumentación los siguientes requisitos:
•	 Para el contribuyente residente en el país,
una carta de autorización simple o poder
especial o general debidamente legalizado
y firmado por el contribuyente.
•	 Para el contribuyente residente en el exte-
rior, el poder especial o general deberá ser
debidamente legalizado por el cónsul ecua-
toriano o apostillado en el exterior o en el
Ecuador.
•	 Se entregará una copia a color de la cédula
de identidad o ciudadanía o pasaporte del
contribuyente y de la persona que realizará
el trámite.
•	 Presentar el original del certificado de vo-
tación, de la persona que realizará el trá-
mite y copia de la papeleta de votación del
contribuyente.
LO QUE CUESTA EL DESCUIDO
· No inscribirse en el RUC.
· No actualizar los datos del RUC.
· No cancelar oportunamente el RUC.
· Ocultar la existencia de sucursales.
· Utilizar el número de inscripción concedido a otro contribuyente.
· Seguir utilizando un número de RUC cancelado.
USD 30,00
USD 30,00
USD 30,00
USD 62,50
USD 62,50
USD 62,50
SonsancionablesconmultalassiguientesinfraccionesconrespectoalRUC,paraPNnoobligadas
a llevar contabilidad y sociedades sin fines de lucro.
Para mayor información visita: www.sri.gob.ec,secciónDeclaracióndeImpuestos/Multas.
62 Capítulo 6 • El Registro Único de Contribuyentes
Hago y aprendo
1	 Enumera tres utilidades del RUC.
2	 ¿Qué requisitos debe presentar una persona natural que se dedica a la venta de zapa-
tos para inscribirse en el RUC?
3	 Escribe el número que correspondería a tu RUC y señala su composición.
4	Responde:
¿Cuál es la diferencia entre la suspensión y la cancelación del RUC?
5	 Completa las oraciones.
•	 Un contribuyente .............................................. es aquel que se encuentra registrado en el
Registro Único de Contribuyentes y por lo tanto es sujeto ......................................... de obli-
gaciones tributarias por estar desarrollando alguna ......................................... económica.
•	 Previamente a la suspensión del RUC, el ............................................ debe efectuar el trámite
para dar de .................................. sus .................................. de venta vigentes.
•	 Si existe algún cambio en la ...................................... como: la razón social o ................................
del contribuyente, su ubicación, su actividad económica u otro dato que deba constar
en el .................................., debe ........................................
1.
2.
3.
Equidad y desarrollo 63
Capítulo 7
LOS DOCUMENTOS: RESPALDO LEGAL DE NUESTRAS
TRANSACCIONES
¿De qué se trata?
Lo que voy a lograr
COMPROBANTES DE VENTA Y DE RETENCIÓN
Aprenderemos que los contribuyentes es-
tamos obligados a emitir en toda trans-
ferencia de bienes o prestación de servicios
documentos como: comprobantes de venta,
retención y documentos complementarios.
Veremos cómo estos documentos tienen que
ser autorizados por el SRI, ya que ellos acre-
ditan la legitimidad de la adquisición de bienes
o la prestación de servicios o la realización de
otras transacciones gravadas con tributos, y
sirven para sustentar ingresos, costos y gastos
y para el reconocimiento del crédito tributario
a favor del contribuyente.
Conceptualmente
•	 Identificar los tipos y las características de
los comprobantes de venta, los documen-
tos complementarios y los comprobantes
de retención.
•	 Reconocer al SRI como institución autoriza-
da para definir los documentos que susten-
tan transacciones de transferencia de bienes
o prestación de servicios.
•	 Identificar quiénes son agentes de retención.
•	 Ejecutar los trámites pertinentes para ob-
tener la autorización para emitir compro-
bantes de venta, retención y documentos
complementarios.
•	 Usar los formularios indicados para los trá-
mites correspondientes.
En actitudes y valores
•	 Reconocer cómo las acciones responsa-
bles de los contribuyentes son ejemplo
para un correcto desenvolvimiento de
otros contribuyentes.
•	 Cumplir con la obligación de emitir y exigir
comprobantes de venta, retención y docu-
mentos complementarios al realizar activi-
dades económicas.
Boletines de facturas
64
¿Cuáles son los comprobantes de venta válidos?
Son comprobantes de venta válidos única-
mente los siguientes:
•	 Facturas.
•	 Notas de venta - RISE.
•	 Tiquetes de máquinas registradoras.
•	 Boletos o entradas a espectáculos públicos.
•	 Liquidación de compras de bienes y presta-
ción de servicios.
•	 Todos los documentos referidos en el
Art. 4 del Reglamento de Comprobantes
de Venta, Retención y Documentos
Complementarios:
1.	Los emitidos por bancos e instituciones fi-
nancieras crediticias que se encuentren bajo
el control de la Superintendencia de Bancos.
2.	Documento aduanero unificado y demás
documentos recibidos en las operaciones
de comercio exterior.
3.	 Boletos aéreos o tiquetes electrónicos y do-
cumentos de pago por sobrecargas por el
servicio de transporte aéreo de personas,
emitidos por las compañías de aviación,
siempre que cumplan con los requisitos se-
ñalados en el reglamento en mención.
Otrosdocumentoscomplementariosqueacre-
ditan transacciones para efectos tributarios
•	 Notas de crédito.
•	 Notas de débito.
•	 Guías de remisión.
¿Cuándo se emiten comprobantes?
Todos los contribuyentes,
al realizar transferencias de
bienes y prestaciones de ser-
vicios gravados con IVA de ta-
rifa 0 % o 12 %, deberán emitir
comprobantes de venta au-
torizados por el Servicio de
Rentas Internas.
Previamente deberán obtener
su número de RUC.
Recibir los comprobantes emi-
tidos también es una obliga-
ción ciudadana.
Capítulo 7 • Comprobantes de venta y de retención
Equidad y desarrollo 65
Comprobantes de retención
Los comprobantes de retención son do-
cumentos que acreditan que al contri-
buyente se le ha realizado una retención de
impuestos establecida en la Ley de Régimen
Tributario y en su reglamento de aplicación.
Las retenciones se refieren a transacciones
gravadas con el impuesto a la renta o con el
impuesto al valor agregado o por salida de
divisas.
Estos documentos deben ser emitidos por los
agentes de retención al pagar por la adquisi-
ción de bienes o por la prestación de servicios,
provenientes de sus proveedores, y en el caso
de salida de divisas cuando se efectúen trasfe-
rencias al exterior.
¿Quiénes son agentes de retención?
Un agente de retención es quien tiene la obli-
gaciónderecogerelvalordeciertosimpuestos
para hacerlo llegar mediante la declaración de
su contabilidad a la administración tributaria.
Los agentes de retención son:
•	 Las instituciones del sector público.
•	 Las sociedades
•	 Las personas naturales obligadas a llevar
contabilidad.
•	 Las personas naturales y sucesiones indivisas
no obligadas a llevar contabilidad, cuando
emiten liquidaciones.
•	 Las sucesiones indivisas obligadas a llevar
contabilidad.
•	 Empleadores.
•	 Exportadores.
Plazo para entregar el comprobante de
retención
Los agentes de retención en forma obligatoria
emitirán el comprobante de retención en el
momento que se realice el pago o se acredite
en cuenta, lo que ocurra primero, y estará dis-
ponible para la entrega al proveedor dentro
de los cinco días hábiles siguientes al de pre-
sentación del comprobante de venta.
Para el caso de salida de divisas estará dispo-
nible a los dos días.
Jefe, ya sé que hay recorte de
personal pero, ¿por qué justo el
contador?
Contabilidad
En el caso de una eventual participación en ferias, eventos o
exposiciones, se deberá contar con la respectiva autorización
temporal del SRI para emitir comprobantes de venta preim-
presos o emitidos por sistemas computarizados o tiquetes
de máquinas registradoras autorizadas. Este trámite se realiza
mediante el formulario 351 a través de la página web www.sri.
gob.ec o en las ventanillas de atención a nivel nacional.
66
¿Cuándo niega la autorización el SRI?
Las causas para negar la autorización son:
•	 Estar en trámite la suspensión del RUC.
•	 Falta de presentación y pago de declaracio-
nes y anexos por más de seis emeses.
•	 No corresponder la dirección declarada en
el RUC.
•	 Haber concedido la autorización por tres
meses.
Autorizacióntemporaldecomprobantes
preimpresos
Mediante el formulario 341, el Servicio de
Rentas Internas concederá una autorización
temporal de emisión de comprobantes para
contribuyentes que se encuentran en cual-
quiera de estos casos:
•	 Modificación del nombre comercial del con-
tribuyente, previa actualización del RUC.
•	 Modificación de apellidos y nombres o ra-
zón social del contribuyente, previa actuali-
zación del RUC.
•	 Cambio en la dirección de cualquier esta-
blecimiento, previa actualización del RUC.
•	 Cuando se detectan errores en la impresión
de los documentos preimpresos.
•	 Este trámite lo puede realizar por inter-
net o en las ventanillas de atención a nivel
nacional.
¡Viva la fiesta!
Comprobantes para
ferias o eventos.
Para obtener la autorización del Servicio de
Rentas Internas para la emisión de compro-
bantes de venta, retención y documentos
complementarios es necesario seguir estos
pasos:
1.	El contribuyente debe acercarse a uno de
los establecimientos gráficos autorizados
por el SRI y presentar su certificado del RUC,
original de su cédula de identidad o de su
representante legal.
2.	 La imprenta verificará y validará la informa-
ción del contribuyente a través de Internet.
3.	 El sistema de facturación automatizado del
SRI concede la autorización con base en el
cumplimiento tributario del contribuyente
y proporcionará al establecimiento gráfico
el número de autorización, la secuencia, la
fecha de caducidad y la información impre-
sa según el tipo de comprobante.
Plazos de vigencia de la autorización
Si el contribuyente se encuentra al día en el
cumplimiento de sus obligaciones, se conce-
derá la autorización por un año. Si tiene obli-
gaciones pendientes, por una sola vez, se con-
cede autorización por tres meses, plazo en el
cual el contribuyente deberá imprescindible-
mente regularizar el cumplimiento de las obli-
gaciones tributarias.
Autorización para emitir comprobantes de venta,
retención y documentos complementarios
Capítulo 7 • Comprobantes de venta y de retención
Equidad y desarrollo 67
Establecimientos gráficos autorizados
Tiquetes de máquinas registradoras
El contribuyente puede optar por emitir tiquetes
utilizando una máquina registradora. Para ello
debe verificar en el sitio web del SRI que la marca
y el modelo de su máquina consten en el listado
autorizado por el SRI, y solicitar autorización para
utilizarla mediante el formulario 331.
Son aquellos que tienen como actividad eco-
nómica la impresión de documentos y han
sido autorizados por el SRI para imprimir com-
probantes de venta, documentos complemen-
tarios y comprobantes de retención. A ellos
recurre el contribuyente para obtener la au-
torización de emitir documentos. El detalle de
establecimientos gráficos autorizados consta
en el sitio web: www.sri.gob.ec. Allí se puede
consultar si el establecimiento está o no auto-
rizado por el Servicio de Rentas Internas para
la impresión de documentos válidos.
Los establecimientos gráficos, los contribu-
yentes y el SRI se vinculan en varios momentos
a través de los documentos comprobantes de
venta y retención como lo demuestra el si-
guiente esquema:
Pasos para obtener la autorización de impresión de comprobantes de venta, retención y documentos complementarios
en el sistema de facturación
Contribuyentes Imprentas SRI
1 Escoger una imprenta autorizada por el SRI.
2
Solicitar la impresión de documentos
autorizados.
Validar que el contribuyente se encuentre
al día en sus obligaciones tributarias.
Autorizar la impresión de comprobantes de acuerdo
con el comportamiento tributario del contribuyente.
3
Imprimir comprobantes y entregarlos al
contribuyente.
4
Informar en el sistema de facturación
acerca de las impresiones realizadas.
5
Consultar la validez de los documentos autoriza-
dos por el SRI.
6
Informar a otras áreas sobre el comportamiento y las
actividades realizadas por el contribuyente.
7
Controlar a través de fedatarios las acciones del
contribuyente (aplicación de sanciones, clausuras e
incautaciones).
8 Presentar las respectivas declaraciones y anexos.
9
Cruzarinformación(auditoria,devoluciones,gestión)
y determinar diferencias de ser el caso.
Formulario 321
68
¿Qué se debe hacer en caso de que los comprobantes
fueran emitidos con errores?
En estos casos, los comprobantes de venta,
documentos complementarios y compro-
bantes de retención deben anularse escri-
biendo en ellos la palabra ANULADO. Los ori-
ginales y copias deben conservarse en forma
secuencial en los archivos del contribuyente,
ordenados cronológicamente por el lapso mí-
nimo de 7 años.
Baja de comprobantes de venta, reten-
ción y documentos complementarios.
Las causas para dar de baja éstos documentos
impresos son:
1.	 Vencimiento del plazo de vigencia.
2.	 Cierre del establecimiento.
3.	 Cierre del punto de emisión.
4.	 Cese de operaciones.
5.	 Existencia de fallas técnicas generalizadas
en los documentos.
6.	 Pérdida de la calidad de contribuyente es-
pecial o ser obligado a llevar contabilidad,
del emisor.
7.	 Por cambios de razón social, denomina-
ción, dirección u otras condiciones en el
RUC.
8.	 Deterioro de los documentos.
9.	 Robo, hurto o extravío de los documentos.
10.	 Suspensión por parte del SRI de la autori-
zación para emitir documentos.
11. Falta de retiro, por parte del contribuyente,
luego del plazo de tres meses de los traba-
jos de impresión solicitados.
12. Cambio de Régimen.
13. Impresión de documentos sin solicitud del
contribuyente.
14. No utilización de boletos o entradas en el
espectáculo público para el que fueron
autorizados.
El trámite a seguir es:
a)	 Gestión ante el SRI: La baja se dará a través
de la página web www.sri.gob.ec o en las
ventanillas de atención a nivel nacional. Si
la baja se solicita por robo de documen-
tos, se deberá contar con la denuncia que
especifique el tipo de documento extra-
viado, la secuencia, la serie y el número
de autorización.
b)	Destrucción de documentos: declarada la
baja de los documentos, los originales y co-
pias serán destruidos por el contribuyente.
c)	 Responsabilidad del contribuyente: la baja
de comprobantes no exime al contribuyen-
te de su responsabilidad por su circulación
posterior, salvo casos de robo o extravío,
declarados oportunamente.
Capítulo 7 • Comprobantes de venta y de retención
Equidad y desarrollo 69
La factura
Emisión: por parte del vendedor en la trans-
ferencia de bienes o en la prestación de ser-
vicios, incluidas las exportaciones; en ella se
identifica al comprador del bien o usuario del
servicioconsunombreorazónsocialynúmero
de RUC, excepto en casos de exportación.
Tarifa: del IVA/ICE, debe incluirse el des-
glose de los impuestos que intervienen en
la transacción.
Crédito tributario: permite sustentarlo a favor
del comprador del bien o usuario del servicio,
siempre y cuando se lo identifique.
Soporte para costos y gastos: es válida como
sustento de costos y gastos para fines conta-
bles y a efectos del impuesto a la renta.
Elementos impresos y requisitos de
llenado de las facturas.
70
La nota de venta (RISE)
Elementos impresos y requisitos de
llenado de las notas de venta
Emisión: emitirán y entregarán notas de venta
exclusivamente los contribuyentes inscritos
en el Régimen Simplificado.
Destino: se entrega a consumidores finales,
que son quienes no utilizan el bien o la presta-
ción de servicios para fines comerciales.
Crédito tributario: no sustenta crédito tribu-
tario para el comprador.
Tarifa: la del IVA de 12 %, está incluida en el
precio de venta; el vendedor debe pagar una
cuota mensual o global.
Sustento de costos y gastos: cuando la tran-
sacción se realice con contribuyentes que re-
quieran sustentar costos y gastos, para efectos
del Impuesto a la Renta, se deberá consignar
el número de RUC o cédula de identidad y el
nombre, denominación o razón social del com-
prador, por cualquier monto.
Capítulo 7 • Comprobantes de venta y de retención
Pastel de Chocolate 6,00 6,00
6,00
Equidad y desarrollo 71
Emisión: no identifica al comprador o usuario.
Destino: se emiten a consumidores finales
que son quienes no utilizan el bien o servicio
para fines comerciales.
Crédito tributario: no sustenta crédito.
Tarifa: la del IVA del 12 % puede estar desglo-
sada o incluida en el precio de venta, el ven-
dedor debe declarar y pagar mensualmente
este impuesto, en caso de que pertenezca al
Régimen General.
En caso de que se requiera sustentar crédito
tributario o gastos se deberá exigir la corres-
pondiente factura o nota de venta según el
caso.
El modelo y número de serie de las máquinas
que emiten los tiquetes de venta deben estar
previamente aprobados por el Servicio de
Rentas Internas.
El tiquete de máquina registradora
Elementos impresos de los tiquetes
de máquina registradora
Elementos impresos y requisitos de llenado de las liquidaciones
de compra de bienes y servicios
72
Emisión: las entregan exclusivamente las so-
ciedades y las personas naturales obligadas a
llevar contabilidad en caso de las siguientes
adquisiciones:
1.	Servicios prestados en el Ecuador o en el
exterior por personas naturales sin resi-
dencia en el país, las que serán identifica-
das con sus nombres, apellidos y número
de documento de identidad. En este caso,
los entes pagadores retendrán en la fuente,
tanto el impuesto al valor agregado como
el impuesto a la renta, de conformidad con
lo dispuesto en la Ley.
2.	Servicios prestados en el Ecuador o en el
exterior por sociedades extranjeras, que no
posean domicilio ni establecimiento per-
manente en el país, las que serán identifi-
cadas con su nombre o razón social. En este
caso, los entes pagadores retendrán en la
fuente tanto el impuesto al valor agregado
como el impuesto a la renta que correspon-
dan de conformidad con la Ley.
3.	 Bienesmueblesydeserviciosapersonasna-
turales no obligadas a llevar contabilidad, ni
inscritos en el RUC, que por su nivel cultural
orusticidadnoseencuentrenenposibilidad
de emitir comprobantes de venta; y, demás
especificadas en el Art. 13 del Reglamento
de Comprobantes de Venta, Retención y
Documentos Complemenetarios.
Liquidaciones de compra de bienes y prestación de servicios
Capítulo 7 • Comprobantes de venta y de retención
FECHA DE AUTORIZACIÓN: 01 - 08 - 2010
Carlos Ángel Bolívar Mora / Imprenta Bolívar
RUC: 1709876543001 / No. Autorización 1234
Original: Adquirente / Copia:Vendedor
R.U.C.
AUT. SRI: 1234567890
LIQUIDACIÓN DE COMPRAS DE
BIENESY PRESTACIÓN DE SERVICIOS
NO. 002- 001 - 123456789
1790182345001
Dirección Matriz: Páez N22-53 y Ramirez Dávalos
Dirección Sucursal: García Moreno y Sucre
01 / Agosto / 2010FECHA EMISIÓN:Sr (es): Carlos Enrique AVilés Carrasco
C.I. 170123456-7 DIRECCIÓN: Pichincha / Quito / Salinas y Santiago
CANTIDAD DESCRIPCIÓN P. UNITARIO V.TOTAL
SUBTOTAL 12%
SUBTOTAL 0%
SUBTOTAL
IVA 12%
VALORTOTALDOCUMENTO PARA USO EDUCATIVO (SINVALIDEZ COMERCIAL).
VÁLIDO PARA SU EMISIÓN HASTA 01 - 08 -2011
NOTAS:
En caso de ser designado como Especial incluir:
En caso de estar obligado a llevar contabilidad incluir:
CONTRIBUYENTEESPECIALNo.Resolución:1234
OBLIGADOALLEVARCONTABILIDAD
REQUISITOS DE LLENADO
REQUISITOS PREIMPRESOS
1 20,00 20,00Flash Memory
20,00
20,00
22,40
2,40
EQUIPOS DE COMPUTACIÓN ABC
COMPUVISIÓN abc
Valor gravado 12%
Precio Unitario
Valor gravado 0%
Valor subtotal (sin incluir impuestos)
Valor del IVA
Valor Total
Razón Social emisor
Datos de la imprenta
Destinatarios
Identificación del proveedor
Nombre Comercial
(si consta en el RUC)
Descripción del bien
o servicio
Fecha de caducidad
Dirección de la matriz y
establecimiento emisor
(cuando corresponda) Fecha de emisión
Dirección del proveedor
RUC emisor
Denominación
Numeración
Número de autorización
Fecha de autorización
Incluir en caso de encontrarse
designado como tal
Elementos impresos y requisitos
de llenado de comprobantes de
retención
Equidad y desarrollo 73
Emisión: el comprador —agente de reten-
ción— en la adquisición de bienes y servicios,
por retenciones del impuesto a la renta y/o del
impuesto al valor agregado y/o impuesto a la
salida de divisas.
Plazo de entrega del comprobante: estará a
disposición del proveedor dentro de los 5 días,
desde la fecha de recepción de la factura, o de
la emisión de la liquidación de compras y pres-
tación de servicios, y en dos días en caso de
salida de divisas.
Comprobante de retención
74
Guía de remisión
Emisión: deben emitirse por personas naturales o
sociedades dentro del territorio nacional por cual-
quier motivo de traslado, aún si este se realiza entre
establecimientos del mismo contribuyente.
Las guías de remisión son documentos que
sustentan el traslado físico de los bienes.
Elementosimpresosyrequisitosde
llenado de las guías de remisión
Capítulo 7 • Comprobantes de venta y de retención
Equidad y desarrollo 75
Hago y aprendo
1	 Identifica, entre los siguientes, a dos que no son comprobantes de venta válidos.
•	Facturas.
•	 Notas de venta - RISE.
•	 Tiquetes de máquinas registradoras.
•	Recibos.
•	 Boletos o entradas a espectáculos públicos.
•	 Liquidación de compra de bienes y prestación de servicios.
•	Contratos.
•	 Todos los documentos referidos en el Artículo 4 del Reglamento de Comprobantes de
Venta, Retención y Documentos Complementarios.
•	 Guías de remisión
•	 Notas de crédito
•	Facturas
•	 Tiquetes de máquinas registradoras
3	 Escribe tres casos en los que se debe dar de baja a comprobantes de venta o de reten-
ción impresos.
2 	Escribe un ejemplo de uso para cada uno de los siguientes documentos.
76 Capítulo 7 • Comprobantes de venta y de retención
Hago y aprendo
4	 Define crédito tributario.
5	 Diseña una factura con todos sus elementos impresos y requisitos de llenado.
6	 Establece las diferencias entre un comprobante de venta y uno de retención.
Comprobantes de venta Comprobantes de retención
Equidad y desarrollo 77
Antes de empezar conozcamos sobre el tema.
No solo desear, sino actuar
Todos los valores son un deber ser: es deseable
ser alegre, ser enérgico, ser útil, pero además
implican un deber hacer, son una prescripción
que tenemos que cumplir.
¿Cómo vivir los valores?
Hablar de los valores es una cosa, pero vivirlos
es otra historia. Requiere cierto esfuerzo, con-
ciencia y perseverancia, pero no es difícil. Con
algunos pasos simples podrás lograr que tu
vida, tus acciones y la sociedad tengan como
columna vertebral a los valores.
Paso 1. Conocer su importancia
¿Suena elemental? No lo es. El primer paso
para vivir los valores es la conciencia de lo im-
portantes que son, estar conciente de que son
vitales, y que son lo que puede cambiar ver-
daderamente a una persona, una familia o una
nación. El cumplimiento de las leyes no es su-
ficiente. En ellas se establece solo lo elemental
para asegurar una convivencia medianamente
decente, los valores van mucho más allá, van a
la raíz de las cosas. Por ejemplo, el reglamento
dice que no puedes pasar con la luz roja del
semáforo —bastante elemental para no ma-
tarse—, sin embargo, no dice que en un atasco
de tráfico cederle el paso a una persona es algo
amable, que hace que todos estemos mejor.
Paso 2. Analizar mi conjunto de valores
Una vez que se ha aceptado la importancia de
vivir los valores, hay que analizar claramente
cuáles de ellos son la base de tu vida. Aquí
podríamos establecer dos clases: los que ya
tienes y los que quieres construir. Es necesario
hacer un esfuerzo y meditar detenidamente
en cuáles son aquellos principios, normas y
comportamientos que te son fundamentales
para vivir mejor. ¿Cuáles te enseñaron en casa?
¿Cuáles has ido aprendiendo con la vida?
¿Cuáles sabes que existen, pero no los vives
mucho? ¿Cuáles son los que te gustaría tener?
Paso 3. El plan
Cuando conoces tus valores, tus debilidades y
lo que quieres llegar a ser, es el momento de
hacer una planificación de metas con respecto
a ellos, un plan concreto con lapsos determi-
nados. Establecer una meta concreta diaria
—pequeña, pero significativa— con respecto
a los valores que quieres vivir.
Paso 4. El examen diario
Durante una parte del día, date 10 minutos
para reflexionar. Debes pensar en si estás cum-
pliendo tu meta diaria, qué has hecho y qué
te falta por hacer. Si por cualquier motivo no
te fue muy bien, no te desanimes y vuelve a
ponerlo en tu plan diario, analiza por qué no
pudiste cumplirlo y establece medios para que
esto no ocurra de nuevo. Este examen es vital,
si no lo haces, todo el sistema para vivir los va-
lores va a irse perdiendo hasta que te olvides
de él. Lo fundamental es la constancia.
Los valores: un deber ser y un deber hacer
Proyecto de valores 2
78
¡Luces, cámara, actividades!
Guía para vivir mis valores
1.	 Analizar y establecer mis valores
•	 Siéntate en un lugar tranquilo, en una hoja
de papel escribe la fecha y traza dos líneas
verticales que dividan la página en tres co-
lumnas. En el lado izquierdo, en la primera
columna, escribe una lista con los valores
más importantes para ti, sin importar el or-
den o si los vives actualmente, simplemente
escribe aquellos principios que consideras
fundamentales.
•	 En la columna del centro haz una lista con
los valores que aprendiste desde niño en
casa, los que has aprendido con la vida y los
que has aprendido últimamente pero no
sueles vivirlos.
•	 En la columna de la derecha, dibuja un
triángulo y escribe en cada vértice: Mis for-
talezas, Mis debilidades, Lo que quiero ser.
En Mis fortalezas escribe aquellos valores
que ya existen en ti, que te definen como
una persona especial y que vives continua-
mente. En Mis debilidades escribe aquellos
defectos que crees que te impiden vivir me-
jor los valores. Por último, escribe aquellos
valores que desearías vivir en Lo que quiero
ser. Esta hoja debes guardarla.
2.	 Plantear mis metas
•	 Consigue una agenda. Cualquiera puede
ser útil una de escritorio, de bolsillo o elec-
trónica. Establece tres bases de tiempo:
anual, mensual y por día. En la base de tiem-
po anual escribirás lo que esperas lograr en
un año. Los valores concretos que quieres
alcanzar —incluye los que ya vives y los que
quieres vivir—.
•	 Divide la lista anterior en una base de tiem-
po mensual determinando un mes para
cada actividad.
•	 En la base de tiempo por día establecerás
una lista de pequeñas acciones para lograr
la meta mensual. Es mejor hacer una acción
pequeña todos los días, que grandes accio-
nes muy de vez en cuando.
•	 Tu guía es algo personal, sin embargo, no
dudes en compartirla con otros amigos,
para que alguien de confianza te ayude
a establecer qué valores te vendrían bien,
porque a veces uno pierde la perspectiva
de sí mismo o hay defectos que uno simple-
mente no ve.
•	 Pon en práctica tu guía por un mes reali-
zando tu examen diario y comparte la ex-
periencia con un ser querido.
Proyecto 2 • Un impuesto sobre los bienes de consumo y los servicios
Bienes gravados con IVA
Equidad y desarrollo 79
¿De qué se trata?
Capítulo 8
UN IMPUESTO SOBRE LOS BIENES DE CONSUMO Y LOS SERVICIOS
EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
El IVA es un impuesto que grava la transfe-
rencia de bienes y servicios entre las per-
sonas que están bajo el régimen tributario
ecuatoriano, es decir, se impone sobre todas
las etapas de comercialización de productos
y de prestación de servicios. Este impuesto,
como todos los demás, tiene una base sobre
la cual se calcula su valor, un hecho o actividad
que lo genera y, por supuesto, una tarifa.
En este capítulo hablaremos de cómo se rea-
liza la facturación, la liquidación, la retención,
la declaración y la devolución de este im-
puesto vía asignación y compensación presu-
puestaria, y de los sujetos que intervienen.
Abordaremos, así mismo, el tema del crédito
tributario con relación al IVA.
Conceptualmente
•	 Relacionar el impuesto al valor agregado
con la transferencia de dominio.
•	 Identificar la base imponible, el hecho ge-
nerador y los sujetos pasivo y activo que in-
tervienen en este impuesto.
•	 Reconocer bienes y servicios gravados con
tarifa 0 %.
•	 Llevar a cabo la facturación y la liquidación
del impuesto.
•	 Ejecutar el derecho al crédito tributario con
respecto al IVA.
•	 Ejecutar retenciones en la fuente e identi-
ficar agentes de retención y de percepción
del impuesto.
•	 Implementar varias formas de declaración
del IVA.
•	 Identificar los casos de devolución del im-
puesto al valor agregado vía asignación y
compensación presupuestaria.
En actitudes y valores
•	 Valorar la veracidad frente a la declaración
del IVA.
•	 Apreciar la orientación ética de la fijación
con tarifa 0 % de ciertos bienes y servicios
con función social.
•	 Concebir la no facturación del IVA como
defraudación.
Lo que voy a lograr
80
Venta, compra, intercambio e importación:
IVA, el impuesto del mercado de productos y servicios
Derechos del contribuyente
El SRI cuenta con un Departamento de Derechos del Contribuyente
que tiene como objetivo promover, difundir y salvaguardar los de-
rechos y garantías de los contribuyentes, analizando, canalizando y
atendiendo oportuna y eficientemente temas relacionados con las
actuaciones de la institución, así como proponiendo y coordinando
la adopción de mecanismos que permitan corregir deficiencias detec-
tadas en los procesos internos.
¿De qué se encarga este Departamento?
Se encarga de receptar y dar seguimiento a los trámites relacionados
con quejas, sugerencias, denuncias tributarias y denuncias de impli-
cancia administrativa.
¿Qué procedimiento y que información se re-
quieren para dar a conocer quejas, sugerencias o
denuncias?
Cada oficina del SRI cuenta con un funcionario encargado de atender
y guiar a las personas que deseen presentar una queja, sugerencia
o denuncia. En las Direcciones Regionales, son los delegados del
Departamento de Derechos del Contribuyente; en las Direcciones
Provinciales,sonlospropiosDirectoresProvinciales;y,enlasAgencias,
los Jefes de Agencia.
Todaqueja,sugerenciaodenunciadebeserpresentadaporescrito,en
los formularios diseñados para el efecto y que se entregan en forma
gratuita a nivel nacional. El interesado deberá proporcionar su infor-
maciónpersonal(nombre,númerodedocumentodeidentidadoRUC,
dirección y teléfono u otro medio de contacto), un detalle claro de la
queja, sugerencia o denuncia, así como los datos precisos del denun-
ciado (únicamente para denuncias tributarias y administrativas).
El interesado deberá adjuntar copia del documento de identificación,
o de ser el caso, copia del nombramiento del representante legal para
personas jurídicas, y la documentación de soporte que sustente la
queja o denuncia presentada. El trámite debe ser presentado en las
ventanillas de secretaría a nivel nacional, luego de haber sido aseso-
rado por el funcionario responsable.
El impuesto al valor agregado grava al valor
que tiene una transacción comercial:
•	 Al valor de la transferencia de dominio o a la
importación de bienes muebles de naturale-
za corporal en todas sus etapas de comercia-
lización, así como los derechos de autor, de
propiedad industrial y derechos conexos.
•	 Al valor de los servicios prestados.
Se considera una transferencia de dominio al
acto por el cual un bien que es propiedad de
alguien pasa a ser propiedad de una persona
distinta ya sea por la compra-venta o por la ce-
sión a título gratuito. También es una transfe-
rencia de dominio el uso y consumo personal
del bien por parte del productor o vendedor,
es decir, el autoconsumo.
Se consideran servicios los que una persona,
empresa o institución presta a terceras per-
sonas a cambio de una contraprestación, la cual
puede ser dinero, especies u otros servicios.
La base imponible del IVA
La Ley determina que para cada impuesto se
debe establecer una base imponible, es decir,
el impuesto se calcula aplicando un porcen-
taje o una tarifa a una magnitud denominada
base imponible, que coincidirá casi siempre
con el precio de los bienes y servicios objeto
de la actividad económica.
La base imponible del IVA es el valor total de
los bienes que se transfieren o de los servicios
que se prestan, calculándolos en base a los
precios de venta o de prestación, que incluyen
los impuestos, tasas por servicios y cualquier
otro gasto legalmente imputable al precio.
En las importaciones, la base imponible del
IVA es el resultado de la suma del valor CIF, los
impuestos, los aranceles, las tasas, los dere-
chos, las recargas y otros gastos que figuren en
la declaración de importación y en los demás
documentos pertinentes. En los casos de per-
muta, de autoconsumo de bienes y de dona-
ciones, la base imponible se determinará en
relación a los precios de mercado.
Capítulo 8 • El impuesto al valor agregado
Equidad y desarrollo 81
El IVA se causa u origina en las transferencias
locales de dominio de bienes, sean éstas al
contado o a crédito, en el momento del pago
total o parcial del precio o acreditación en
cuenta, lo que suceda primero, hecho por el
cual, se debe emitir obligatoriamente el respec-
tivo comprobante de venta. En las prestaciones
de servicios, en el momento en que se preste
efectivamente el servicio, o en el momento del
pago total o parcial del precio o acreditación
en cuenta, a elección del contribuyente, hecho
por el cual, se debe emitir obligatoriamente el
respectivo comprobante de venta.
Así mismo, en el caso de prestaciones de ser-
vicios por avance de obra o etapas, el hecho
generador del impuesto se verificará con la
entrega de cada certificado de avance de obra
o etapa, hecho por el cual se debe emitir obli-
gatoriamente el respectivo comprobante de
venta. En el caso de introducción de mercade-
rías al territorio nacional, el impuesto se causa
en el momento de su despacho por la Aduana.
Tarifas del impuesto
El IVA se agrega al precio de los productos o ser-
vicios y las tarifas establecidas son 12 % y 0 %.
Bienes gravados con tarifa 0 %
1.	 Productos alimenticios en estado natural o
que no hayan sido procesados.
2.	 Leches en estado natural, pasteurizadas,
homogenizadas o en polvo de producción
nacional, quesos, yogures, leches materni-
zadas; o proteicos infantiles.
3.	Alimentos de primera necesidad como:
pan; azúcar; panela; sal; manteca; marga-
rina; avena; maicena; fideos; harinas para
consumo humano; enlatados nacionales de
atún, macarela, sardina y trucha; y aceites
comestibles, excepto el de oliva.
4.	 Medicamentos y drogas de uso humano, de
acuerdo con las listas que mediante Decreto
establecerá anualmente el Presidente de la
República, así como la materia prima
e insumos importados o adquiridos en el
mercado interno para producirlas.
5.	 Envases y etiquetas utilizadas en la fabri-
cación de medicamentos de uso humano
o veterinario.
6.	 Papel bond, libros y material complementa-
rio a comercializar conjuntamente con los
libros.
7.	 Semillas certificadas, bulbos, plantas, es-
quejes y raíces vivas. Harina de pescado y
los alimentos balanceados, preparados fo-
rrajeros con adición de melaza o azúcar, y
otros preparados que se utilizan como co-
mida de animales que se críen para alimen-
tación humana. Fertilizantes, insecticidas,
pesticidas, fungicidas; herbicidas, aceite
agrícola utilizado contra la sigatoka negra,
antiparasitarios y productos veterinarios
así como la materia prima e insumos, im-
portados o adquiridos en el mercado in-
terno, para producirlas, de acuerdo con las
listas que mediante Decreto establezca el
Presidente de la República.
8.	 Tractores de llantas de hasta 200 hp inclu-
yendo los tipo canguro y los que se utiliza
en el cultivo del arroz; arados, rastras, sur-
cadores y vertedores; cosechadoras, sem-
bradoras, cortadoras de pasto, bombas de
fumigación portables, aspersores y rociado-
res para equipos de riego y demás elemen-
tos de uso agrícola, partes y piezas que se
establezca por parte del Presidente de la
República mediante Decreto.
9.	 Los que se exporten.
10.	Los que introduzcan al país, por ejemplo los
diplomáticos extranjeros y funcionarios de
organismos internacionales, en los casos
que se encuentren liberados de derechos e
impuestos.
11. Lámparas fluorescentes.
12.	Aviones, avionetas y helicópteros destina-
dos al transporte comercial de pasajeros,
carga y servicios.
13.	Vehículos híbridos o eléctricos de hasta
USD 35 000.
14.	Energía Eléctrica.
15.	Artículos introducidos al país, bajo régimen
de tráfico Postal Internacional y Correos rá-
pidos, de acuerdo a los lineamientos esta-
blecidos en la Ley.
El hecho generador del IVA y bienes gravados con tarifa 0 %
82
Servicios gravados con tarifa 0 %
1.	 De impresión de libros.
2. Servicios de salud incluyendo los de medicina
prepagada y los servicios de fabricación de
medicamentos.
3.	 De guarderías infantiles y hogares de ancianos.
4.	 De alquiler o arrendamiento de inmuebles des-
tinados exclusivamente para vivienda.
5.	 Los prestados personalmente por artesanos cali-
ficados por la Junta Nacional del Artesano.
6.	 De extracción por medios mecánicos o quími-
cos en la elaboración de aceites comestibles.
7.	 De refrigeración, enfriamiento y congelamien-
to para conservar alimentos en estado natural y
productos perecibles que se exporten.
8.	 De faenamiento, cortado, pilado y trituración.
9.	 Los de aerofumigación.
10.	Religiosos y funerarios.
11. Los administrativos prestados por el Estado y
las entidades del sector público por lo que se
deba pagar un precio o una tasa tales como los
servicios que presta el Registro Civil, otorga-
miento de licencias, permisos y otros.
12.	Los financieros y bursátiles prestados por las
entidades legalmente autorizadas para prestar
los mismos.
13.	Los sistemas de lotería de la Junta de
Beneficencia de Guayaquil y Fe y Alegría.
14.	 Los que se exporten de acuerdo a las
condiciones establecidas en la Ley.
15.	Transporte nacional terrestre y acuá-
tico de pasajeros y carga. Transporte
internacional de carga. Transporte de
carga nacional aérea desde, hacia y en
la provincia de Galápagos. Transporte
de petróleo crudo y de gas natural
por oleoductos y gaseoductos.
16.	 El peaje y pontazgo que se cobra por
la utilización de carreteras y puentes.
17.	 Espectáculos públicos.
18.	 Los de educación en todos los niveles.
19.	Los prestados por clubes sociales,
gremios profesionales, cámaras de
la producción, sindicatos y similares,
que cobren a sus miembros cánones,
alícuotas o cuotas que no excedan de
1 500 dólares en el año.
20.	Los seguros y reaseguros de salud y
vida individuales, en grupo, asistencia
médica y accidentes personales, así
como los obligatorios por accidentes
de tránsito terrestres.
21. Los paquetes de turismo receptivo,
facturados dentro o fuera del país, a
personas naturales o sociedades no
residentes en el Ecuador.
22. Los servicios públicos de energía eléc-
trica, agua potable, alcantarillado y
los de recolección de basura.
Entre otros.
Tarifa 0 % y su función social Todos los bienes y servicios gra-
vados con tarifa 0 % pueden ser
considerados exenciones tributa-
rias,debidoaquecumplenunpapel
importante para la satisfacción de
necesidades vitales y de desarrollo
social, incluidas entre estas las que
tienen que ver con la cultura.
Este mismo criterio se aplica de manera contraria
cuando se grava con impuestos especiales a los
artículos suntuarios, de lujo o aquellos que causan
problemas de salud pública como el cigarrillo y el
alcohol. La política tributaria de esta manera in-
tenta cumplir con su fin último de procurar el bien-
estar social.
Capítulo 8 • El impuesto al valor agregado
Equidad y desarrollo 83
No olvidar
El sujeto activo del impuesto al valor agre-
gado es el Estado. La Ley dispone que este
impuesto será recaudado por el SRI.
Son sujetos pasivos del IVA los siguientes en
distintas calidades:
A)	En calidad de contribuyentes:
	 Quienes realicen importaciones gravadas
	 con una tarifa , ya sea por cuenta propia o
	ajena.
	 a.1) En calidad de agentes de percepción:
	 1.	 Las personas naturales y las socieda-	
	 des que habitualmente efectúen 	
	 transferencias de bienes gravados con 	
	 una tarifa;
	 2.	 Laspersonasnaturalesylassocieda- 	
	 des que habitualmente presten servi-	
	 cios gravados con una tarifa.
B)	En calidad de agentes de retención:
•	 Sucesiones indivisas - personas natura-
les obligadas a llevar contabilidad.
•	 Las entidades y organismos del sector
público y, las empresas públicas y las
sociedades y sucesiones indivisas y per-
sonas naturales consideradas como con-
tribuyentes especiales por el Servicio de
Rentas Internas, ya que deben pagar IVA
por las adquisiciones que realicen.
•	 Las empresas emisoras de tarjetas de
crédito debido a los pagos que efectúen
por concepto de IVA a sus establecimien-
tos afiliados, en las mismas condiciones
en que se realizan las retenciones en la
fuente a proveedores.
•	 Las empresas de seguros y reaseguros
por los pagos que realicen por concepto
de compras y servicios gravados con IVA,
en las mismas condiciones señaladas en
el punto anterior.
•	 Los exportadores, sean personas natura-
les o sociedades por la totalidad del IVA
pagado en las adquisiciones locales o im-
portaciones de bienes que se exporten.
•	 Los Operadores de Turismo que facturen
paquetes de turismo receptivo dentro o
fuera del país, por la totalidad del IVA pa-
gado en las adquisiciones locales de los
bienes que pasen a formar parte de su
activo fijo; o de los bienes o insumos y
de los servicios que integren el paquete
de turismo receptivo facturado.
•	 Las personas naturales, sucesiones in-
divisas o sociedades, que importen ser-
vicios gravados, por la totalidad del IVA
generado en tales servicios; y
•	 Petrocomercial y las comercializadoras
de combustibles sobre el IVA presuntivo
en la comercialización de combustibles.
Facturación del impuesto al valor
agregado
Los sujetos pasivos del IVA tienen la obligación
de emitir y entregar al adquirente del bien o
al beneficiario del servicio, facturas, notas
de venta (RISE), según el caso, por las opera-
ciones que efectúan, aún cuando la venta o
la prestación de servicios se encuentren gra-
vadas con tarifa 0%. En los comprobantes de
venta deben constar por separado el valor de
las mercancías transferidas o el precio de los
servicios prestados, la tarifa del impuesto y el
IVA cobrado. El no otorgamiento de compro-
bantes de venta constituye una caso especial
de defraudación.
Los sujetos que intervienen en el IVA
Emitir y recibir el comprobante de venta es indispensable.
84
Para conocer los valores que se incluirán en
la declaración del IVA, debemos calcular la
diferencia entre el IVA cobrado (ventas) y el IVA
pagado (compras).
Si el IVA cobrado es mayor que el IVA pagado,
es esa diferencia el monto de impuesto que
se debe pagar al momento de presentar la
declaración.
Crédito tributario
No siempre el IVA en ventas es mayor que el
IVA en compras. Cuando esto sucede, la dife-
rencia que queda a favor puede constituirse
en crédito tributario o puede ser imputada al
costo o gasto.
Los sujetos pasivos del impuesto al valor agre-
gado, que se dedican a la producción, comer-
cialización o exportación de bienes o servicios
gravados con tarifa 12 %, tienen derecho al
crédito tributario por la totalidad del IVA pa-
gado en las adquisiciones locales o importa-
ciones de los bienes que pasen a formar parte
de su activo fijo, así mismo de los bienes, de las
materias primas o insumos y de los servicios
necesarios para la producción y comercializa-
ción de dichos bienes y servicios.
En el caso de que se dediquen a la produc-
ción o la comercialización de bienes o a la
prestación de servicios que estén gravados en
parte con tarifa 0 %, y en parte con tarifa 12 %,
tienen derecho a crédito tributario por la parte
proporcional del IVA pagado en la adquisición
local o importación de bienes que pasen a
formar parte del activo fijo, así como por la ad-
quisición de bienes, materias primas, insumos
y servicios utilizados para producir bienes o
prestar servicios gravados con tarifa 12 %.
Si el sujeto pasivo mantiene sistemas contables
que permiten diferenciar inequívocamente las
adquisiciones de materias primas, insumos y ser-
vicios gravados con tarifa 12 %, empleados exclu-
sivamente en la producción, comercialización de
bienes o en la prestación de servicios gravados
con tarifa 12 %, de aquellas compras de bienes
y de servicios gravados con tarifa 12 % pero em-
pleados en la producción, comercialización de
servicios gravados con tarifa 0 %; podrán utilizar
la totalidad del IVA pagado en las adquisiciones
de materias primas, insumos o servicios gravados
con tarifas 12 %, para la determinación del im-
puesto a pagar.
No existe el derecho a crédito tributario por el IVA
pagado cuando se producen o venden bienes o
se prestan servicios gravados en su totalidad con
tarifa 0 %; y se imputará al costo y/o gasto del
período fiscal.
IVA
Noveno
dígito
del RUC
Declaración mensual
Declaración semestral
1er
semestre 2o
semestre
1 10 del mes siguiente 10 de julio 10 de enero
2 12 del mes siguiente 12 de julio 12 de enero
3 14 del mes siguiente 14 de julio 14 de enero
4 16 del mes siguiente 16 de julio 16 de enero
5 18 del mes siguiente 18 de julio 18 de enero
6 20 del mes siguiente 20 de julio 20 de enero
7 22 del mes siguiente 22 de julio 22 de enero
8 24 del mes siguiente 24 de julio 24 de enero
9 26 del mes siguiente 26 de julio 26 de enero
0 28 del mes siguiente 28 de julio 28 de enero
Liquidación del impuesto al valor agregado
Capítulo 8 • El impuesto al valor agregado
Equidad y desarrollo 85
Los agentes de retención deben retener
el IVA en una proporción del 30 % del im-
puesto causado, cuando se origine en la trans-
ferencia de bienes muebles y del 70 % del
impuesto, cuando se origine en la prestación
de servicios gravados. En el caso de los pagos
que realizan las empresas emisoras de tarjetas
de crédito, la retención será del 70 % del IVA
facturado.
La retención en la fuente en los pagos a profe-
sionales y en el arrendamiento de inmuebles
de personas naturales no obligadas a llevar
contabilidad, debe realizarse por el 100 % del
IVA facturado.
En el caso de los contratos de construcción,
los agentes de retención contratantes deben
efectuar la retención del 30 % del IVA que
corresponda a cada factura, aunque el cons-
tructor haya sido calificado como contribu-
yente especial.
No se realizan retenciones:
•	 A las entidades   y organismos del sector
público.
•	 A las compañías de aviación.
•	 A las agencias de viaje en la venta de pasa-
jes aéreos.
•	 A contribuyentes especiales.
•	 A las empresas que se dedican a la comer-
cialización de combustibles.
•	 A los distribuidores o voceadores de perió-
dicos o revistas.
Revisión y reformas a la legislación tributaria: una misión patriótica
Retenciones en la fuente del IVA
La estructura jurídica tributaria actual se en-
cuentra conformada básicamente por las si-
guientes normas, en orden de prelación:
• CódigoTributario.
•LeydeCreacióndelServiciodeRentasInternas.
• Ley de RégimenTributario Interno.
• Ley de Registro Único de Contribuyentes.
• Reglamento a la Ley de Creación del Servicio
de Rentas Internas.
• Reglamento Orgánico Funcional del SRI.
• Reglamento para la Aplicación de la Ley de
RégimenTributario y sus Reformas.
• Reglamento de RUC.
• Reglamento de Comprobantes de Venta,
Retención y Documentos Complementarios.
Si bien es cierto, esta base jurídica ha permitido
mejorar las actividades propias de la adminis-
tración tributaria, aún existen grandes vacíos
que impiden la regulación de ciertas activi-
dades económicas, especialmente las relacio-
nadas con negocios internacionales, razón por
la cual se están ejecutando reformas integrales
de la normativa legal vigente.
Formularios 104 y 104 A
86
Todas las personas y sociedades que rea-
lizan actividades económicas están en la
obligación de presentar declaraciones de IVA
por las operaciones que realizan.
Si los productos que venden o los servicios
que prestan están gravados con tarifa 12 %,
la declaración se la debe presentar mensual-
mente con relación a las operaciones reali-
zadas dentro del mes calendario inmediata-
mente anterior, de igual manera si realizan
operaciones con tarifa 12 % y 0 %.
Si se actúa como agente de retención, obligato-
riamenteladeclaraciónesmensual.Losagentes
de retención del IVA deben presentar su decla-
ración mensual, aún cuando no hayan efec-
tuado retenciones en la fuente en ese período.
Quienes exclusivamente transfieren bienes
o prestan servicios gravados con tarifa 0 %,
deben presentar una declaración semestral,
de igual manera los sujetos pasivos no obli-
gados a llevar contabilidad que son sujetos de
retención en la fuente por la totalidad del im-
puesto al valor agregado facturado.
La declaración se realiza en el formulario 104;
para personas naturales obligadas a llevar
contabilidad y que realizan actividades de co-
mercio exterior, y en el 104A, para personas
naturales no obligadas a llevar contabilidad
y que no realizan actividades de comercio
exterior.
Los contribuyentes especiales, las personas
naturales obligadas a llevar contabilidad y
las sociedades deben declarar sus impuestos
por Internet, y el valor de los mismos son de-
bitados directamente de sus cuentas banca-
rias. Las personas naturales y las sociedades
pueden elegir su forma de pago (débito ban-
cario u otras formas de pago).
La declaración del impuesto al valor agregado
Capítulo 8 • El impuesto al valor agregado
Equidad y desarrollo 87
Los contribuyentes deben realizar una sola
declaración por cada período fiscal; sin
embargo, podrán realizar una declaración
sustitutiva para corregir errores en los que
hayan incurrido en su declaración presentada
previamente.
Así, se podrá sustituir la declaración original
por una nueva que contenga la información
correcta, identificando el número del formu-
lario de la declaración original y registrando
los valores pagados en la declaración anterior.
Si los datos a corregir corresponden a campos
de identificación de la declaración y del contri-
buyente (ruc, período fiscal e impuesto) deben
presentar en las ventanillas del SRI el formato
detallado para eso.
La presentación de la declaración sustitutiva
no requiere adjuntar la declaración original,
pero sí registrar en los campos 104 y 890 el nú-
mero de formulario de la declaración que sus-
tituye y el pago previo realizado.
Declaraciones anticipadas
Los contribuyentes que están obligados a pre-
sentar declaraciones semestrales del impuesto
al valor agregado que por cualquier motivo
suspenden actividades antes de las fechas
previstas para la presentación de sus declara-
ciones, pueden hacerlo en forma anticipada
en un plazo de 30 días a partir de la fecha de
suspensión de actividades.
Despuésdepresentarladeclaraciónanticipada
del impuesto al valor agregado, en el caso de
suspensión de actividades, el contribuyente
deberá realizar en el SRI, el trámite para la sus-
pensión temporal o definitiva del RUC.
Ladeclaraciónyelpagodeimpuestossepueden
realizar a través del sistema de declaraciones
por Internet y en las entidades financieras auto-
rizadas por el Servicio de Rentas Internas.
Las instituciones financieras deben recibir los
formularios de declaración y pagos de los con-
tribuyentes, sean o no clientes y tengan o no
un valor a pagar.
Errores en la declaración y declaraciones anticipadas
Las declaraciones son confidenciales
Con sentido de respeto a las relaciones
con el contribuyente y a partir de una
claradiferenciaciónentrelopúblicoylo
privado, el Servicio de Rentas Internas
garantiza la privacidad y la confiden-
cialidad de la información personal y
económica proporcionada por los con-
tribuyentes para fines tributarios.
88
Los contribuyentes también pueden realizar
sus declaraciones sin ningún costo, a través
del sitio web del Servicio de Rentas Internas:
www.sri.gob.ec, que está habilitado las 24
horas al día, 365 días al año.
Para acceder a esta forma de declarar, el contri-
buyente debe, previamente, firmar un acuerdo
de responsabilidad y obtener una clave de ga-
rantía de identidad del contribuyente, la cual se
entregabajolassiguientescondiciones,encual-
quiera de las oficinas del SRI a nivel nacional:
•	 Clave de seguridad para sociedades: se la en-
trega en un sobre cerrado al representante
legal, previa presentación del original de su
cédula de identidad o ciudadanía y papele-
ta de votación. Deberá también presentar el
acuerdo de responsabilidad debidamente
firmado.
•	 Clave de seguridad para personas naturales:
se la entrega en un sobre cerrado a quien
presente el original de su cédula de identi-
dad o ciudadanía, o pasaporte y papeleta
de votación, deberá también presentar el
acuerdo de responsabilidad.
•	 En caso de terceras personas, que realicen
los trámites, deberán presentar el original y
copia a color de su cédula de identidad o ciu-
dadanía, o pasaporte, presentar el original
de la papeleta de votación, adjuntar copia
a color de la cédula de identidad y nombra-
miento del representante legal (sociedades)
del sujeto pasivo, presentar el original de su
papeleta de votación y una carta de autori-
zación firmada por el sujeto pasivo. También
presentarán el acuerdo de responsabilidad
firmado. En caso de que un tercero firme el
acuerdo de responsabilidad, adjuntar poder
general o especial.
Una vez firmado el acuerdo de responsabilidad
—cuyo formato también se puede encontrar
en el sitio web del SRI— y obtenida la clave de
identidad, para que el contribuyente pueda ela-
borar sus declaraciones por Internet, el Servicio
de Rentas Internas pone a su disposición el
programa DIMM (Declaración de impuestos
en medio magnético), el mismo que puede ser
descargado gratuitamente del sitio web del SRI.
Cuando se realiza una declaración a través del
Internet, se recibe la confirmación del envío en
ladireccióndecorreoelectrónicoregistradapor
el contribuyente. El SRI cuenta con un módulo
de consultas, que permite al contribuyente ve-
rificar la información presentada a través de
Internet. Como toda declaración, aquella rea-
lizada por Internet debe estar dentro de los
plazos reglamentarios, considerando la fecha
de vencimiento.
Opciones para pagar los impuestos
El pago de impuestos se lo puede realizar por
varios medios:
1.	Mediante débito bancario, para el cual el
contribuyente suscribe un convenio y au-
toriza al banco al débito automático de
su cuenta.
2.	 A través de otras formas de pago ofrecidas
por el sistema financiero como servicios de
pago desde internet, cajeros automáticos,
call center, tarjetas de crédito, ventanilla de
extensión, etc.
3.	 En las ventanillas de las entidades banca-
rias autorizadas por el Servicio de Rentas
Internas para la recaudación de impuestos,
presentando los formularios físicos o el
comprobante electrónico de pago y el dine-
ro respectivo.
Una manera inteligente de declarar
El uso de medios informáticos y telemáticos para realizar trámites es cada vez más generali-
zado, la tendencia es a que este modo de operación reemplace casi totalmente a la realiza-
ción de trámites con presencia de las personas, sin embargo, existen todavía muchos que
prefierenlosmétodostradicionales,yparaelloslaspuertasdelSRIsiempreestaránabiertas.
Capítulo 8 • El impuesto al valor agregado
Tecnofobia
Equidad y desarrollo 89
•	 Sujetos de compensación y asignación
presupuestaria.
	 Tendrán derecho a compensación presu-
puestariadelvalorequivalentealIVApaga-
do en la adquisición local o importación de
bienes y demanda de servicios las siguien-
tes instituciones: Junta de Beneficencia de
Guayaquil, IESS, Fe y Alegría, SOLCA, Cruz
Roja Ecuatoriana, Fundación Oswaldo Loor
y las universidades, y escuelas politécnicas
privadas.
	 Además se podrá aplicar lo anterior a las
agencias especializadas internacionales,
organismos no gubernamentales y las per-
sonas jurídicas de derecho privado que ha-
yan sido designadas ejecutoras en conve-
nios internacionales, créditos de gobierno
a gobierno o de organismos multilaterales,
siempre que las importaciones o adquisi-
ciones locales de bienes o servicios se rea-
licen con cargo a los fondos provenientes
de tales convenios o créditos para cum-
plir los propósitos expresados en dichos
instrumentos.
	 Tendrán derecho a asignación presu-
puestaria de valores equivalentes al IVA
pagado en la adquisición local e impor-
tación de bienes y demanda de servicios
que efectúen los Gobiernos Autónomos
Descentralizados (municipios, consejos
provinciales, etc.) y las universidades y es-
cuelas politécnicas públicas.
•	 Sujetos de devolución
	 Devolución de IVA por crédito tributario:
De acuerdo a la normativa vigente, tienen
derecho a la devolución de IVA por crédito
tributario los contribuyentes: Exportadores,
Proveedores directos de exportadores,
Proveedores del Sector Público, Operadores
de turismo Receptivo, por el IVA que hayan
pagado en la adquisición local de bienes y
servicios. Adicionalmente, aquellos que tie-
nen como giro de su actividad económica
el transporte terrestre público de pasajeros
en buses de servicio urbano, quienes tienen
derecho a crédito tributario por el IVA que
hayan pagado en la adquisición local de
chasis y/o carrocerías; y las aerolíneas por
el combustible destinado al transporte de
carga aéreo al exterior.
	 En el caso de exportadores, una vez realiza-
da la exportación pueden solicitar al SRI la
devolución del IVA correspondiente a través
del Sistema Automático de Devoluciones
del IVA por internet, para lo cual los expor-
tadores deberán poseer la clave de acceso
para la presentación y pago de declaracio-
nes y anexos de las obligaciones tributarias;
y firmar el acuerdo sobre liquidación auto-
mática provisional previa a la resolución de
devolución de IVA.
	 Devolución de IVA por IVA Pagado en
adquisiciones:
	 La norma establece el derecho a la devolu-
ción del IVA pagado en sus adquisiciones
para: Personas con capacidades especiales,
Adultos Mayores, Misiones Diplomáticas, y
Turistas Extranjeros.
Devolución del IVA
Recordemos
Si durante un período determinado, el IVA cobrado (ventas) es mayor al IVA pagado (com-
pras),existeunimpuestocausadoquesedebepagaralfisco.SielIVApagado(compras)es
mayor al IVA cobrado (ventas) existe un saldo a favor del contribuyente que se considera
crédito tributario o se imputa al costo o gasto.
90 Capítulo 8 • El impuesto al valor agregado
Hago y aprendo
1	 Enumera dos bienes y dos servicios que crees que deberían estar gravados con tarifa
0 % de IVA y no lo estén. Argumenta tu respuesta.
2	 Escribe en orden los pasos que deben seguirse para poder realizar declaraciones por
Internet.
3	 Los siguientes contribuyentes piden devolución del IVA. Señala quiénes tienen dere-
cho a ello y quiénes no. Escribe la razón.
•	 Juana Sánchez, campeona mundial de atletismo especial
•	 Ministerio de Relaciones Exteriores
•	 Marcia Romero, periodista
•	 Hats, compañía exportadora de sombreros de paja toquilla
•	 Eduardo Peña, comerciante minorista de ropa
•	 Giovanni Carli, cónsul de Italia
4	 Completa la tabla con casos que correspondan.
Obligación de declaración mensual Obligación de declaración semestral
Bienes Servicios
1.
2.
3.
4.
Verificación informática de declaraciones
Equidad y desarrollo 91
¿De qué se trata?
Conceptualmente
•	 Definir el concepto de impuesto a la renta
global.
•	 Establecer diferencias entre renta de fuente
ecuatoriana y de fuente extranjera.
•	 Identificar los ingresos gravados y los casos
de exención del impuesto.
•	 Calcular el impuesto a la renta para perso-
nas naturales y para sociedades, tomando
en cuenta la base imponible.
•	 Identificar los porcentajes fijados para la re-
tención en la fuente del impuesto a la renta
y los plazos en los que se debe cancelar.
En actitudes y valores
•	 Apreciar la distribución solidaria de la re-
caudación del impuesto para instituciones
de beneficio social.
•	 Adquirir conciencia de la necesidad social
de relacionar proporcionalmente las ganan-
cias económicas con el aporte tributario.
Capítulo 9
El impuesto a la renta grava la ganancia que
obtienenenelpaíslaspersonasnaturaleso
las sociedades, nacionales o extranjeras, como
resultado de sus actividades económicas.
Hablaremos sobre quiénes están sujetos y
quiénes están exentos del pago de este im-
puesto, conoceremos qué ingresos están
gravados con él, sobre los anticipos, las reten-
ciones y el crédito tributario relacionados con
este impuesto y observaremos ejercicios prác-
ticos para calcularlo.
COMPARTIR LAS GANANCIAS
EL IMPUESTO A LA RENTA
Lo que voy a lograr
Análisis de declaraciones del impuesto a la renta
92
¿Qué es el Impuesto a la Renta?
Es el impuesto que se debe cancelar sobre
los ingresos o rentas, producto de activi-
dades personales, comerciales, industriales,
agrícolas, en general, actividades económicas
y aún sobre ingresos gratuitos, percibidos du-
rante un año, luego de descontar los costos y
gastos incurridos para obtener o conservar di-
chas rentas.
El impuesto a la renta es directo porque afecta
el ingreso económico de las personas, grava la
ganancia obtenida por las personas naturales,
las sucesiones indivisas y las sociedades nacio-
nales o extranjeras.
Al ser el impuesto a la renta relativo a los in-
gresos, lo pagan los contribuyentes según su
capacidad económica.
Para las personas naturales existe una can-
tidad de renta desgravada, fijada por la Ley
por considerarla indispensable para satisfacer
necesidades vitales.
Se considera renta a:
1.	 Los ingresos de fuente ecuatoriana obteni-
dos consistentes en dinero, especies o ser-
vicios, a título gratuito u oneroso, que pro-
vengan del trabajo, del capital o de ambas
fuentes.
2.	Los ingresos obtenidos en el exterior por
personas naturales domiciliadas en el país
o por sociedades nacionales.
La capacidad contributiva es la
medida en que los ciudadanos
pueden soportar la carga tribu-
taria teniendo en cuenta las si-
tuaciones personales.
Un régimen tributario racional implica, en
forma inexorable, el equilibrio entre la po-
testad tributaria o el poder para imponer tri-
butos y la capacidad contributiva de los con-
tribuyentes. Cuando se rompe ese equilibrio,
la tributación se vuelve ilegítima. La capacidad
contributiva constituye el límite infranqueable
para la potestad tributaria. Es en este criterio
que se fundamenta el impuesto a la renta.
La posesión de bienes no es suficiente ele-
mento a tener en cuenta para determinar
capacidad tributaria, esta se relaciona con
varios aspectos de la persona contribuyente,
su situación en la sociedad, el núcleo familiar
que integra, es decir, que en este concepto in-
tervienen tanto un elemento objetivo, la can-
tidad de riqueza, como uno subjetivo, las si-
tuaciones particulares o variables económicas;
es por esto que la capacidad contributiva debe
ser ubicada en el tiempo y el espacio, de no
hacerlo puede resultar ilusoria.
En el impuesto a la renta es más notable la re-
lación de la capacidad contributiva con la tri-
butación, debido a que el que más renta ob-
tiene es el que más paga.
Capítulo 9 • El impuesto a la renta
Equidad y desarrollo 93
La renta puede provenir de fuente ecuato-
riana o extranjera.
Se denomina fuente ecuatoriana a todos los in-
gresos que reciben las personas o sociedades
nacionales o extranjeras, residentes, domici-
liadas o con establecimiento permanente en
Ecuador. Son ingresos de fuente ecuatoriana
gravados:
•	 Los recibidos por actividades laborales, pro-
fesionales, comerciales, industriales, agro-
pecuarias, mineras, de servicios y otras de
carácter económico realizadas en territorio
ecuatoriano.
•	 Los recibidos por realizar en el exterior ac-
tividades que son pagadas por personas
naturales o sociedades nacionales o ex-
tranjeras, con domicilio en el Ecuador, o por
entidades y organismos del sector público
ecuatoriano.
•	 Las utilidades por venta de bienes muebles
o inmuebles ubicados en el país.
•	 Los beneficios o regalías provenientes de  
derechos de autor, así como los de propie-
dad industrial, como patentes, marcas, mo-
delos industriales, nombres comerciales y
transferencia de tecnología, entre otros.
•	 Las utilidades y dividendos que se distribu-
yen por sociedades constituidas o estable-
cidas en el país.
•	 Los recibidos por exportaciones, sea que se
efectúen directamente o mediante agentes
especiales, comisionistas, sucursales, filiales
o representantes.
•	 Los intereses y demás rendimientos finan-
cieros pagados o acreditados por personas
naturales, nacionales o extranjeras residen-
tes en el Ecuador o por entidades u organis-
mos del sector público.
•	 Los provenientes de loterías, rifas, apuestas
y similares promovidas en el Ecuador.
•	 Los provenientes de herencias, legados, do-
naciones y hallazgo de bienes situados en
el Ecuador.
•	 Los que perciban los ecuatorianos y extran-
jeros por actividades laborales, profesiona-
les, comerciales, industriales, agropecua-
rias, mineras, de servicios y otras de carácter
económico realizadas en territorio ecuato-
riano, salvo los percibidos por personas na-
turales no residentes en el país por servicios
ocasionales prestados en el Ecuador, cuan-
do su remuneración u honorarios son pa-
gados por sociedades extranjeras y forman
parte de los ingresos percibidos por ésta,
sujetos a retención en la fuente o exentos;
o cuando han sido pagados en el exterior
por dichas sociedades extranjeras sin cargo
al gasto de sociedades constituidas, domi-
ciliadas o con establecimiento permanente
en el Ecuador. Se entenderá por servicios
ocasionales cuando la permanencia en el
país sea inferior a seis meses consecutivos
o no en un mismo año calendario.
•	 Cualquier otro ingreso que perciban las so-
ciedades y personas naturales nacionales o
extranjeras residentes en el Ecuador.
Para estos fines se considera establecimiento
permanente de una empresa extranjera a todo
lugar o centro fijo ubicado dentro del territorio
nacional, en el que una sociedad extranjera
efectúa todas sus actividades o parte de ellas.
Fuentes de la renta e ingresos gravados
94
La renta se calcula de manera global
Para efectos tributarios, la renta es la suma
de todos los ingresos que recibe una per-
sona o sociedad, sean de fuente ecuatoriana
o extranjera o provenientes de distintas activi-
dades económicas.
Por ejemplo, la señora Patricia Moya trabajó
como enfermera en un hospital público du-
rante el último año, por su trabajo ganó $ 5 000
anuales; ella, además, tiene con su familia una
tienda que produjo ingresos anuales de $ 4 800
y varias veces durante el año cuidó enfermos
particulares, por lo cual recibió $ 6 000. Para
calcular su renta, sumamos todos los ingresos
obtenidos en el año:
En el hospital ganó 5 000 dólares
Su tienda produjo 4 800 dólares
Atendiendo enfermos ganó 6 000 dólares
Renta anual que percibió 15 800 dólares
Base imponible del impuesto a la renta
En general, la base imponible está constituida
por la totalidad de los ingresos ordinarios y
extraordinarios gravados con el impuesto a la
renta menos las devoluciones, los descuentos,
los costos, los gastos y las deducciones impu-
tables a tales ingresos, es decir, para establecer
la base imponible del impuesto a la renta, se
deben deducir de la totalidad de ingresos, los
gastos que se efectúen para obtener, man-
tener o mejorar los ingresos que se encuen-
tren gravados.
En caso de que el contribuyente realice varias
actividades económicas, se hacen cálculos in-
dependientes por cada una —renta menos
deducciones aplicables— y se suma el resul-
tado de cada uno; la base imponible para el
impuesto a la renta será igual a la suma de las
bases imponibles de cada actividad.
Porejemplo,unapersonanaturaltuvoingresos
anuales por:
Un negocio 1 000 dólares
Sueldos percibidos 6 000 dólares
Arriendos cobrados 2 000 dólares
Su renta global 9 000 dólares
Supondremos que esta persona tuvo 700 dó-
lares de gastos deducibles desglosados de la
siguiente manera tomando en cuenta las dife-
rentes actividades económicas:
De los arriendos, depreciación, man-
tenimiento e impuesto predial 300 dólares
Del negocio, compras de mercadería 300 dólares
De los sueldos, aportes personales
al IESS
100 dólares
Para determinar la base imponible para el im-
puesto a la renta de esta persona, debemos
restar de cada ingreso su correspondiente de-
ducción y sumar los resultados.
Renta global 9 000 dólares
Gastos deducibles -700 dólares
Base imponible 8 300 dólares
Capítulo 9 • El impuesto a la renta
Equidad y desarrollo 95
Consideraciones
importantes para calcular la base imponible
Para trabajadores asalariados y em-
pleados la base imponible de los in-
gresosdeltrabajoenrelacióndedepen-
dencia es igual al total de los ingresos
ordinarios y extraordinarios, menos el
valor de los aportes personales al IESS
y los gastos personales por concepto
de vivienda, alimentación, vestimenta,
educación y salud.
•	 De los ingresos percibidos por personas na-
turales y sucesiones indivisas provenientes
del arrendamiento de inmuebles, son de-
ducibles los gastos de intereses y de primas
de seguros, los costos de depreciación de 5
% del avalúo, los costos de mantenimiento
de 1% del avalúo de la propiedad en con-
cepto de gastos de mantenimiento. Si se
arrienda solo una parte del inmueble, las
deducciones se aplican sobre el porcentaje
del inmueble que está arrendado.
•	 Para el caso de las personas de la terce-
ra edad y discapacitados, el cálculo de la
base imponible debe tener en cuenta las
exenciones especiales: para tercera edad,
2 fracciones básicas exentas y gastos per-
sonales, y para discapacitados, 3 fracciones
básicas exentas y gastos personales.
•	 Para justificar los gastos deducibles de im-
puestos,correspondientesavivienda,alimen-
tación, vestimenta, educación y salud, es ne-
cesarioexigirfacturasalosarrendadores;alos
centros educativos, ya sean de nivel básico,
bachillerato o superior; y a los médicos, clíni-
cas,hospitalesyfarmaciasdondenosatende-
mos, etc. según corresponda. Son imputables
estos gastos básicos de todas las personas
que dependen del contribuyente económi-
camente, a excepción de los hijos mayores de
edad.Lasfacturasdebenserarchivadasenor-
den cronológico.
Capítulo 1 • Economía: para el desarrollo del Ecuador96
dos por la institución que otorgó el crédito;
o el débito respectivo reflejado en los esta-
dos de cuenta o libretas de ahorro.
•	 Impuestos prediales de un único bien in-
mueble en el cual habita y que sea de su
propiedad.
2. EDUCACIÓN
•	 Matrícula y pensión en todos los niveles del
sistema educativo, inicial, educación gene-
ral básica, bachillerato y superior, así como
la colegiatura, los cursos de actualización,
seminarios de formación profesional de-
bidamente aprobados por el Ministerio de
Educación o del Trabajo cuando correspon-
da o por el Consejo Nacional de Educación
Superior según el caso, realizados en el te-
rritorio ecuatoriano.
•	 Útiles y textos escolares, materiales didácti-
cos utilizados en la educación y, libros.
•	 Educación para discapacitados:   Servicios
de educación especial para personas dis-
capacitadas, brindados por centros y por
profesionales reconocidos por los órganos
competentes.
La deducción total por gastos personales no
podrá superar el 50% del total de los ingresos
gravados del contribuyente y en ningún caso
será mayor al equivalente a 1.3 veces la frac-
ción básica desgravada de Impuesto a la Renta
de personas naturales.
Para la deducibilidad de los gastos personales,
los comprobantes de venta deberán estar a
nombre del contribuyente, su cónyuge o con-
viviente, sus hijos menores de edad o con dis-
capacidad que no perciban ingresos gravados
y que dependan del contribuyente.1.
VIVIENDA
•	 Arriendo de un único inmueble usado para
vivienda.
•	 Los intereses de préstamos hipotecarios
otorgados por instituciones autorizadas,
destinados a la ampliación, remodelación,
restauración, adquisición o construcción,
de una única vivienda. En este caso, serán
pruebas suficientes los certificados conferi-
Gastos Personales
Equidad y desarrollo 97
•	 Cuidado Infantil:   Servicios prestados por
centros de cuidado infantil.
•	 Uniformes.
3. SALUD
•	 Honorariosprofesionaldesalud:Honorarios
de médicos y profesionales de la salud con
título profesional avalado por el Consejo
Nacional de Educación Superior.
•	 Servicios de salud prestados por clínicas,
hospitales, laboratorios clínicos y farma-
cias autorizadas por el Ministerio de Salud
Pública.
•	 Medicina y Otros: Medicamentos, insumos
médicos, lentes y prótesis.
•	 Medicina prepagada y prima de seguro
médico en contratos individuales y cor-
porativos. En los casos que estos valores
correspondan a una póliza corporativa
y los mismos sean descontados del rol
de pagos del contribuyente, este docu-
mento será válido para sustentar el gasto
correspondiente.
•	 Deducible del seguro: El deducible no re-
embolsado de la liquidación del seguro
privado.
4. ALIMENTACIÓN
•	 Alimentos: Compras de alimentos para con-
sumo humano.
•	 Pensiones alimenticias, debidamente sus-
tentadas en resolución judicial o actuación
de la autoridad correspondiente.
•	 Restaurantes:  Compra de alimentos en cen-
tros de expendio de alimentos preparados.
5. VESTIMENTA
•	 Ropa en general:  Se considerarán gastos de
vestimenta los realizados por cualquier tipo
de prenda de vestir.
98
Al aplicar a la base imponible la tarifa del impuesto, se obtiene el impuesto a la renta.
En general, la tarifa del impuesto para las so-
ciedades es del 25 %*. Para las personas na-
turales y las sucesiones indivisas varía con
relación a la base imponible, y para calcularla
se debe aplicar la información de la siguiente
tabla progresiva:
base imponible x tarifa del impuesto = impuesto a la renta causado
El ejercicio impositivo del impuesto a la renta
es un período anual que va desde el 1 de enero
al 31 de diciembre de cada año. Cuando la ac-
tividad generadora de la renta empieza en una
fecha posterior al 1 de enero, de igual manera el
ejercicio impositivo se debe cerrar obligatoria-
mente el 31 de diciembre de cada año.
Los valores de la tabla se actualizan anual-
mente, mediante una resolución de la Dirección
General del SRI, tomando en cuenta el ín-
dice de precios al consumidor en el área ur-
bana, dictada por el Instituto Nacional de
Estadísticas y Censos (INEC) en el mes de no-
viembre de cada año, con vigencia para el
año siguiente.
*Según la Disposición Transitoria primera del
Código Orgánico de la Producción, Comercio e
Inversiones, el Impuesto a la Renta de sociedades
se aplicará de la siguiente manera: para el ejercicio
económico del año 2011, el porcentaje será del
24%, para el 2012 será del 23% y a partir del 2013
se aplicará el 22%.
Cálculo del Impuesto a la Renta
Capítulo 9 • El impuesto a la renta
Impuesto a la renta año 2012
Fracción
básica
Exceso hasta
Impuesto
Fracción Básica
% Impuesto
Fracción
Excedente
0
9.720
12.380
15.480
18.580
37.160
55.730
74.320
99.080
9.720
12.380
15.480
18.580
37.160
55.730
74.320
99.080
En adelante
0
0
133
443
815
3.602
7.316
11.962
19.392
0%
5%
10%
12%
15%
20%
25%
30%
35%
Impuesto a la renta año 2011
Fracción
básica
Exceso hasta
Impuesto
fracción básica
% Impuesto
Fracción
Excedente
0
9.210
11.730
14.670
17.610
35.210
52.810
70.420
93.890
9.210
11.730
14.670
17.610
35.210
52.810
70.420
93.890
En adelante
0
0
126
420
773
3.413
6.933
11.335
18.376
0%
5%
10%
12%
15%
20%
25%
30%
35%
Equidad y desarrollo 99
Ejemplos de cálculo del impuesto a la renta de personas naturales
Ejemplo 1
Un contribuyente persona natural que realiza varias actividades económicas en el año
2011, presenta la siguiente información:
Actividad Ingreso Deducciones B. imponible
•	 Actividad empresarial de personas naturales obligadas a llevar contabili-
dad (resultado de la contabilidad)
65 000 40 000 25 000
•	 Actividad empresarial de personas naturales no obligadas a llevar conta-
bilidad (resultado de registro de Ingresos y Gastos)
10 000 8 000 2 000
•	 Renta bienes raíces y otros activos. 1 000 800 200
•	 Ingresos, trabajo personal 6 000 5 000 1 000
•	 Otros ingresos (Se asume para el ejemplo que por estos ingresos no existe deducción ) 100 ----- 100
82 100 53 800 28 300
La base imponible para el impuesto a la
renta será igual a la suma de todas las
bases imponibles: determinamos la base
imponible del contribuyente en $ 28 300.
De  acuerdo  con  la tabla anual del año
2011 de la pág. 98  ubicamos la base im-
ponible, en el rango correspondiente
de la tabla: entre $ 17 610 y $ 35 210.
Para calcular el impuesto a la renta cau-
sado en el año 2011, debemos sumar el
impuesto sobre la fracción básica y el im-
puesto a la fracción excedente.
El impuesto a la fracción excedente se obtiene
restando, de la base imponible, la fracción bá-
sica y multiplicando ese resultado por el por-
centaje indicado en la tabla.
El impuesto causado será la suma del impuesto
sobre la fracción básica más el impuesto sobre
la fracción excedente.
•	Impuesto sobre fracción básica 773
•	Fracción excedente 28300–17610=10690
•	Impuesto sobre excedente 10 690 x 15% = 1 603,50
	 TOTAL IMPUESTO A LA
RENTA CAUSADO
$ 2 376,50 dólares
No señora, lo que gastó en
el SPA no es deducible de impuestos,
aunque diga que es una contribución
a la sociedad.
100 Capítulo 9 • El impuesto a la renta
Ejemplo 2
Si la base imponible del año 2011 es de 13 300, el impuesto a la renta se obtiene de la
siguiente manera:
Ubicación de base imponible: entre $ 11 730 y $ 14 670.
•	 Impuesto sobre fracción básica     126
•	 Fracción excedente 13 300 – 11 730 = 1 570
•	 Impuesto sobre excedente 1 570 x 10% = 157,00
	 TOTAL IMPUESTO A LA RENTA CAUSADO $283,00 dólares
Ejemplo 3
Base imponible 2012: $ 42 400.
Ubicación de base imponible: entre $ 37 160 y $ 55 730.
•	 Impuesto sobre fracción básica: 3 602
•	 Fracción excedente: 42 400 –37 160 = 5 240
•	 Impuesto sobre excedente: 5 240 x 20% = 1 048
	 TOTAL IMPUESTO A LA RENTA CAUSADO $ 4 650,00 dólares
Deducciones
La Ley especifica cuáles son los gastos
deducibles de impuestos con criterios
de funcionalidad social.
Equidad y desarrollo 101
Anticipos y retenciones
Durante el ejercicio pudo ocurrir que al de-
clarante le retuvieran en la fuente, por con-
cepto de impuesto a la renta, una parte de sus
ingresos (por ventas, honorarios, comisiones,
etc.). También es posible que el contribuyente
haya pagado un anticipo del impuesto a la renta
del año próximo.
Los anticipos y retenciones se restan del im-
puesto a la renta causado, para obtener el im-
puesto a pagar. Si no existen anticipos ni re-
tenciones, el impuesto a pagar será igual al
impuesto causado.
En el caso de terminación de las actividades
económicas antes de la finalización del ejercicio
impositivo, el contribuyente debe presentar su
declaración anticipada del impuesto a la renta.
Una vez presentada, procederá el trámite para
la cancelación de la inscripción en el Registro
Único de Contribuyentes o el registro de la sus-
pensión de actividades económicas, según co-
rresponda. Esta norma podrá aplicarse también
para la persona natural que deba ausentarse del
Crédito tributario
a favor del contribuyente
país por un período que exceda a la finaliza-
ción del ejercicio fiscal.
Obligación de llevar contabilidad
Se está obligado a llevar contabilidad en los
siguientes casos:
•	 Todas las sociedades.
•	 Las personas naturales y sucesiones indi-
visas (herencias) que realicen actividades
empresariales en el Ecuador y que al 1ro de
enero de cada ejercicio impositivo operen
con un capital o cuyos ingresos brutos o
gastos anuales superen lo establecido por
el SRI en el ejercicio inmediato anterior, in-
cluyendo las personas naturales que desa-
rrollen actividades agrícolas, pecuarias, fo-
restales o similares.
Nota: Las personas naturales que realicen ac-
tividades empresariales y que operen con un
capital u obtengan ingresos o tengan gastos
inferiores a los previstos en el párrafo anterior,
así como los profesionales, comisionistas, arte-
sanos, agentes, representantes y demás traba-
jadores autónomos, no están obligados a llevar
contabilidad, pero sí deberán llevar una cuenta
de ingresos y egresos para determinar su renta
imponible.
La contabilidad debe llevarse por el sistema
de partida doble, en idioma castellano y en
dólares de los Estados Unidos de América,
tomando en consideración los principios
contables de general aceptación, para re-
gistrar el movimiento económico y deter-
minar el estado de situación financiera y
los resultados imputables al respectivo ejer-
cicio impositivo.
Los estados financieros sirven de base para
la presentación de las declaraciones de im-
puestos y otros trámites de control.
Cuando el contribuyente pagó an-
ticipos y retenciones mayores al im-
puesto causado, obtiene crédito tribu-
tario, que constituye un saldo a su favor,
que puede ser reintegrado, previa so-
licitud de reclamo, de acuerdo con las
normas previstas para estos casos.
También existen casos de pago inde-
bido y pago en exceso del impuesto a
la renta. Para solicitar la devolución de
los valores correspondientes, se hace
un reclamo.
102
Conciliación tributaria
Para establecer la base imponible sobre la
que se aplicará la tarifa del impuesto a la
renta, las sociedades y las personas naturales
obligadas a llevar contabilidad, procederán
a realizar los ajustes pertinentes para deter-
minar la conciliación tributaria, que, funda-
mentalmente, consistirán en la modificación
de la utilidad líquida - contable del ejercicio
con las siguientes operaciones:
•	 De la utilidad o pérdida líquida del ejercicio
se restará la participación laboral en las uti-
lidades de las empresas, que corresponda a
los trabajadores de conformidad con lo pre-
visto en el Código del Trabajo.
•	 Se restará el valor de los ingresos exentos o
no gravados.
•	 Se restará el incremento neto de emplea-
dos: empleados nuevos, incremento neto,
gasto de nómina.
•	 Se restará el pago a trabajadores
discapacitados.
•	 Se restarán los gastos personales (personas
naturales).
•	 Se sumarán los gastos no deducibles
de conformidad con la Ley de Régimen
Tributario Interno y su reglamento, tanto
aquellos efectuados en el país como en el
exterior.
•	 Se sumará el ajuste de los gastos incurridos
para la generación de ingresos exentos, en
la proporción prevista en el reglamento.
•	 Se sumará también el porcentaje de parti-
cipación laboral en las utilidades de las em-
presas, atribuibles a los ingresos exentos, es
decir; el 15 % de tales ingresos.
•	 Se restará la amortización de las pérdidas
establecidas en la conciliación tributaria
de años anteriores, de conformidad con lo
previsto en la Ley de Régimen Tributario
Interno y su reglamento. Las personas na-
turales, estén o no obligadas a llevar conta-
bilidad, no pueden restar pérdidas de años
anteriores. Las sociedades pueden com-
pensar las pérdidas sufridas en el ejercicio
impositivo, con las utilidades gravables que
obtuvieren dentro de los cinco períodos
impositivos siguientes, sin que se exceda
en cada período del 25 % de las utilidades
obtenidas.
•	 Se restará cualquier otra deducción esta-
blecida por la Ley a la que tenga derecho el
contribuyente, exclusivamente respecto de
los ingresos gravados.
El resultado que se obtenga luego de las ope-
raciones antes mencionadas, constituye la uti-
lidad gravable (base imponible).
Capítulo 9 • El impuesto a la renta
Equidad y desarrollo 103
Sectorpúblicoyotros
especiales
•	 LosobtenidosporlasinstitucionesdelEstadoyporlasempresasdelsectorpúblicasreguladasporlaLeyOrgánicadeEmpresasPúblicas.
•	 Aquellos exonerados en virtud de convenios internacionales
•	 Los de los Estados extranjeros y organismos internacionales, generados por los bienes que posean en el país.
•	 Los de instituciones de carácter privado sin fines de lucro legalmente constituidas, siempre que sus bienes e ingresos se des-
tinen para sus fines específicos.
•	 Los percibidos por los institutos de educación superior estatales, amparados por la Ley de Educación Superior.
Sociedades
•	 Los dividendos y utilidades, calculados después del pago del impuesto a la renta, distribuidos por sociedades nacionales o
extranjerasresidentesenelEcuador,afavordeotrassociedadesnacionalesoextranjeras,nodomiciliadasenparaísosfiscales.
•	 Los provenientes de inversiones no monetarias.
•	 Los generados por la enajenación ocasional de inmuebles, acciones o participaciones.
•	 Las ganancias de capital, utilidades, beneficios o rendimientos distribuidos por los fondos de inversión, fondos de cesantía y
fideicomisos mercantiles, si estas organizaciones han cumplido sus obligaciones tributarias respecto del impuesto a la renta.
•	 La compensación económica para salario digno.
Personasnaturalessinrelación
dedependencia
•	 Los obtenidos por discapacitados (triple de fracción básica) (Deducción).
•	 Los percibidos por personas mayores de 65 años (doble de fracción básica) (Deducción).
•	 Los generados por la enajenación ocasional de inmuebles, acciones o participaciones.
•	 Los intereses por depósitos de ahorro a la vista pagados por entidades del sistema bancario y financiero del país.
•	 Los provenientes de premios de loterías auspiciados por la Junta de Beneficencia de Guayaquil y Fe y Alegría.
•	 Lasgananciasdecapital,utilidades,beneficiosorendimientosdistribuidosporlosfondosdeinversión,fondosdecesantíayfideicomi-
sosmercantiles.
•	 Las indemnizaciones que se perciban por seguros, exceptuando los provenientes de lucro cesante.
•	 Los rendimientos por depósitos a plazo fijo, de un año o más, pagados por las instituciones financieras nacionales a personas
naturales y sociedades, excepto a instituciones del sistema financiero, así como los rendimientos obtenidos por personas na-
turales o sociedades por las inversiones en títulos de valores en renta fija, de plazo de un año o más, que se negocien a través
de las bolsas de valores del país.
Personasnaturalesenrelación
dedependencia
•	 LosviáticosqueseconcedenafuncionariosyempleadosdelasinstitucionesdelEstado.Losgastosdeviaje,hospedaje,alimen-
taciónquerecibanlosfuncionarios,empleadosytrabajadoresdelsectorprivado,porrazonesinherentesasufunciónycargo.
•	 Los que perciben los beneficiarios del IESS por toda clase de prestaciones, miembros de la fuerza pública del ISSFA y del
ISSPOL, y los pensionistas del Estado.
•	 Las décima tercera y décima cuarta remuneraciones.
•	 Las asignaciones o estipendios que, por concepto de becas para el financiamiento de estudios, especialización o capacitación
en instituciones de educación superior y entidades gubernamentales nacionales o extranjeras y en organismos internaciona-
les otorguen el Estado, los empleadores, organismos internacionales, gobiernos de países extranjeros y otros.
•	 Los obtenidos por los trabajadores por concepto de bonificación de desahucio e indemnización por despido intempestivo.
•	 Losinteresespagadosportrabajadoresporconceptodepréstamosrealizadosporlasociedadempleadoraparaqueeltrabaja-
dor adquiera acciones o participaciones de dicha empleadora, mientras el empleado conserve la propiedad de tales acciones.
Detalle de exenciones y deducciones aplicables al
Impuesto a la Renta
Exenciones (salvedad)
104
Detalle de costos y gastos deducibles
Costosygastos
•	 De adquisición de mercaderías y de producción de bienes y servicios vendidos en ejercicio.
•	 De administración de ventas y de promoción y publicidad.
•	 De viaje y estadía hasta por un máximo del 3 % del ingreso gravable anual. Las sociedades nuevas los dos
primeros años pueden deducir el total de gastos de viaje.
•    Los gastos indirectos asignados desde el exterior a sociedades domiciliadas en el Ecuador por sus partes
relacionadas, hasta un máximo del 5% de la base imponible del Impuesto a la Renta más el valor de dichos
gastos.Paraelcasodelassociedadesqueseencuentrenenelciclopreoperativodelnegocio,ésteporcentaje
corresponderá al 5% del total de los activos, sin perjuicio de la retención en la fuente correspondiente.
•	 Contratados, devengados y pendientes de pago al cierre del ejercicio (soportados con comprobantes
de venta).
•	 Intereses sobre préstamos obtenidos para el negocio o la actividad.
•	 Primas de seguros del personal y de los bienes de la actividad que genera ingresos gravados.
•	 Remuneraciones, bonificaciones, aportes patronales, aportes patronales al IESS, fondos de reserva, pensio-
nes jubilares, contribuciones para salud, educación, cultura, capacitación e indemnizaciones al personal.
•	 Reparaciones y mantenimiento de activos fijos.
•	 Suministros y materiales.
•	 Tributos y aportaciones a gremios, excepto el impuesto a la renta y aquellos sobre los cuales pueda obtener
crédito tributario.
•	 Amortizacionesporpagosdiferidosdelargoplazodestinadosa:organización,investigación,desarrollo,  ex-
ploraciones, etc. (Se amortizan en 5 años a razón del 20 % anual. En intangibles se considera el plazo del
contrato hasta un máximo de 20 años. Si el negocio o la actividad termina, a la fecha de cierre, se amortiza
la totalidad de la inversión).
Pérdidas
•	 Porbajadeinventarios,mediantedeclaracióntramitadaanteunjuezonotario,porpartedelrepresentante
legal, bodeguero y contador.
•	 En venta de activos fijos.
•	 Por caso fortuito, debidamente comprobado.
•	 Por diferencial cambiario.
•	 Por cuentas incobrables.
Depreciacionesdeactivosfijos,
segúnvidaútildeacuerdocon
lasiguientetabla
ACTIVOS FIJOS AÑOS DEVIDA ÚTIL
DEPRECIACIÓN
ANUAL
Edificios (locales, casas, apartamentos) 20 5 %
Maquinarias, equipos, muebles, enseres y equipos de oficina 10 10 %
Vehículos	 5 20 %
Equipos de computación y software 3 33 %
Eninmueblesdestinadosala
actividadempresarial
•	 Gastos de arrendamiento.
•	 Intereses por construcciones, mejoras o conservación de la propiedad, certificados por el IESS, Banco
Ecuatoriano de laVivienda, cooperativas o mutualistas de ahorro y crédito y entidades que conceden prés-
tamos hipotecarios.
•	 Primas de seguros sobre la propiedad.
•	 Depreciación anual sobre el avalúo municipal.
Capítulo 9 • El impuesto a la renta
Equidad y desarrollo 105
Eninmuebles
destinadosalaac-
tividadempresarial
•	 Gastos de mantenimiento hasta un máximo del 1 % del avalúo de la propiedad.
•	 Reparaciones por fuerza mayor, ordenanzas o hechos extraordinarios, previa autorización del SRI.
•	 Impuestos sobre la propiedad.
•	 Tasas de servicios públicos: aseo, alcantarillado, agua potable y electricidad.
Enpagosalexterior
•	 Son deducibles como gastos los valores que el sujeto pasivo reembolse al exterior por concepto de gastos incurri-
dos en el exterior, directamente relacionados con la actividad desarrollada en el Ecuador por el sujeto pasivo que
los reembolse, siempre que haya efectuado la retención en la fuente del Impuesto a la Renta.
•	 Serán deducibles los intereses pagados por créditos del exterior, adquiridos para el giro del negocio, hasta la tasa
autorizada por el Banco Central, siempre que éstos y sus pagos se encuetren registrados en dicha entidad.
•	 Comisiones por exportaciones que consten en el respectivo contrato y las pagadas para la promoción del turismo
receptivo, sin que excedan del 2 % del valor de las exportaciones o de los ingresos obtenidos en el giro de la acti-
vidad.Sielpagoserealizaafavordeunapersonaounasociedadrelacionadaconelexportadorosielbeneficiario
deestacomisiónseencuentradomiciliadoenunpaísenelcualnoexistaimpuestosobrelosbeneficios,utilidades
o renta, se deberá pagar el impuesto a la renta y realizar la retención en la fuente.
•	 Gastos realizados en el exterior por las empresas de transporte marítimo, o aéreo y pesqueras de alta mar, sea
por necesidad de la actividad desarrollada en el Ecuador o por su extensión en el extranjero, siempre que estén
certificados por auditores externos con representación en el Ecuador.
•	 El 96 % de las primas de cesión o reaseguros contratados por empresas que no tengan establecimiento o repre-
sentación permanente en el Ecuador.
•	 El 90 % de los pagos efectuados por las agencias internacionales de prensa registradas en la Secretaría de
Administración Pública del Estado.
•	 Los pagos por concepto de arrendamiento mercantil internacional de bienes de capital, siempre y cuando corres-
pondan a bienes adquiridos a precios de mercado y su financiamiento no contemple tasas superiores a la tasa
LIBOR BBA en dólares de un año plazo. Si el arrendatario no opta por la compra del bien y procede a reexpor-
tarlo, deberá pagar el impuesto a la renta como remesa al exterior calculado sobre el valor depreciado del bien
reexportado.
•	 Los pagos de intereses de créditos externos y líneas de crédito abiertas por instituciones financiera del exterior,
legalmente establecidas como tales; así como los intereses de créditos externos conferidos de gobierno a go-
bierno o por organismos multilaterales. En estos casos, los intereses no podrán exceder de las tasas de interés
máximas referenciales fijadas por el Directorio del Banco Central del Ecuador a la fecha del registro del crédito o
sunovación;y sidehecholasexcediera, se deberá efectuarlaretención correspondiente sobre elexceso paraque
dicho pago sea deducible.
106 Capítulo 9 • El impuesto a la renta
Tarifa del Impuesto a la Renta para sociedades
Las sociedades constituidas en el Ecuador,
las sucursales de sociedades extranjeras
domiciliadas en el país y los establecimientos
permanentes de sociedades extranjeras no
domiciliadas que obtengan ingresos grava-
bles están sujetos a la tarifa impositiva del
23 % sobre su base imponible, durante el año
2012.
Si reinvierten las utilidades en el país, podrán
obtener una reducción de 10 puntos porcen-
tuales a la tarifa del Impuesto a la Renta sobre
el monto reinvertido en activos productivos,
siempre y cuando se destine a la adquisición
de máquinas nuevas, equipos nuevos, bienes
para investigación y tecnología. Para ello, las
sociedades deberán efectuar el aumento de
capital por el valor de las utilidades reinver-
tidas, perfeccionándolo con la inscripción in-
mediata en el respectivo registro mercantil,
hasta el 31 de diciembre del ejercicio imposi-
tivo posterior a aquel en el que se generaron
las utilidades que se reinvierten.
Las instituciones que conforman el sistema fi-
nanciero nacional están sujetas a la tarifa del
Impuesto a la Renta para sociedades, siempre
que destinen fondos para el otorgamiento de
créditos para el sector productivo.
Las empresas de exploración y explotación
de hidrocarburos están sujetas a la tarifa del
Impuesto a la Renta para sociedades, sobre su
base imponible.
Otras tarifas del impuesto a la renta
Los ingresos obtenidos por personas naturales
extranjeras que no tengan residencia en el
país, por servicios ocasionalmente prestados
en el Ecuador, se gravarán con la tarifa del
Impuesto a la Renta para sociedades, sobre la
totalidad del ingreso percibido.
Los organizadores de loterías, rifas, apuestas y
similares con excepción de los organizados por
la Junta de Beneficencia de Guayaquil y Fe y
Alegría deben pagar la tarifa del Impuesto a la
Renta para sociedades sobre sus utilidades, los
beneficiarios pagarán el impuesto único del
15 % sobre el valor de cada premio recibido en
dinero o en especie que sobrepase una frac-
ción básica no gravada del impuesto a la renta
de personas naturales; los organizadores serán
agentes de retención de este impuesto.
Los beneficiarios de ingresos provenientes de
herencias y legados; así como los beneficiarios
de donaciones pagarán el impuesto aplicando
la siguiente tabla:
Impuesto Herencias, Legados y Donaciones año 2012
Fracción
básica
Exceso
hasta
Impuesto
fracción básica
% Fracción
excedente
-
61 931
123 874
247 737
371 610
495 484
619 358
743 221
61 931
123 874
247 737
371 610
495 484
619 358
743 221
En adelante
-
-
3 098
15 484
34 064
58 839
89 808
126 967
0%
5%
10%
15%
20%
25%
30%
35%
Cuando pagué los impuestos
compartí el premio con todo el país.
Impuesto a la suerte
Equidad y desarrollo 107
Cálculo del anticipo del Impuesto a la Renta
Apartir del 2010 las personas naturales y
sucesiones indivisas no obligadas a llevar
contabilidad, y las empresas que tengan sus-
critos o suscriban contratos de explotación
y exploración de hidrocarburos deberán de-
terminar en su declaración correspondiente
al ejercicio económico anterior, el anticipo a
pagarse con cargo al ejercicio fiscal corriente
por un valor equivalente al 50 % del impuesto
a la renta determinado en el ejercicio anterior,
menos las retenciones que le hayan sido prac-
ticadas; las personas naturales o sucesiones
indivisas obligadas a llevar contabilidad y so-
ciedades un valor equivalente a la suma de los
siguientes rubros: 0,2 % del patrimonio total,
0,2 % del total de costos y gastos deducibles,
el 0,4 % del activo total y el 0,4 % del total de
ingresos gravables.
En resumen, los contribuyentes deben pagar
anualmente un anticipo de impuesto a la renta
que se calcula de la siguiente manera:
ANTICIPO =
50 % del impuesto a la renta determinado en el ejercicio anterior– (menos) reten-
ciones en la fuente del impuesto a la renta que les hayan sido practicados a partir
del 2010 solo para personas naturales y sucesiones indivisas no obligadas a llevar
contabilidad.
Ejemplo de cálculo de anticipo del im-
puesto a la renta para personas natu-
rales y sucesiones indivisas no obligadas
a llevar contabilidad.
Impuesto a la renta causado
año 2011
1 500,00
Retenciones año 2011 350,00
Anticipo impuesto a la renta
año 2012
50% (1 500) - 350 = 400,00
El anticipo se tiene que pagar en dos cuotas
iguales, una en el mes de julio y otra en sep-
tiembre de acuerdo con el noveno digito del
RUC, en el formulario 106.
Pago del impuesto
La declaración y pago del impuesto a la renta
se debe realizar desde el primero de febrero
del año siguiente, hasta las fechas que se de-
tallan a continuación:
Impuesto a la Renta
Noveno
dígito del
RUC
Personas naturales Sociedades
1 10 de marzo 10 de abril
2 12 de marzo 12 de abril
3 14 de marzo 14 de abril
4 16 de marzo 16 de abril
5 18 de marzo 18 de abril
6 20 de marzo 20 de abril
7 22 de marzo 22 de abril
8 24 de marzo 24 de abril
9 26 de marzo 26 de abril
0 28 de marzo 28 de abril
ANTICIPO =
0,2% del Patrimonio Total + 0,2% Total de Costos y Gastos Deducibles + 0,4%
Activo Total + 0,4% Ingresos Gravables) a partir del 2010 para sociedades, perso-
nas naturales y sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad.
108
Toda persona jurídica, pública o privada,
las sociedades y las empresas o personas
naturales obligadas a llevar contabilidad que
paguen o acrediten en cuenta cualquier tipo
de ingresos que constituyan rentas gravadas
para quien los reciba actuará como agente de
retención del impuesto a la renta.
Por ingresos en relación de dependencia la re-
tención debe efectuarla el empleador.
Por rendimientos financieros, la retención debe
ser efectuada por las instituciones, entidades
bancarias,financieras,engenerallassociedades
que paguen o acrediten en cuentas intereses o
cualquier tipo de rendimientos financieros.
Porcentajes de retención
Sujetos al 1 % de retención
•	 Intereses y comisiones que se causen en las
operaciones de crédito entre las institucio-
nes del sistema financiero.
•	 Pagos realizados por transporte privado de
personas o de carga.
•	 Por seguros y reaseguros.
•	 Por pagos en actividades de construcción
de obra material inmueble, urbanización,
lotización o actividades similares.
•	 Por servicios de publicidad y comunicación
•	 Por compras locales de materia prima.
•	 Por suministros y materiales.
•	 Por repuestosy herramientas.
•	 Por lubricantes.
•	 Por activos fijos.
•	 Por arrendamiento mercantil local.
•	 Por compra de bienes muebles de naturale-
za corporal, excepto combustibles.
Sujetos al 2 % de retención
•	 Pagos o créditos en cuenta de las empresas
emisoras de tarjetas de crédito a sus esta-
blecimientos afiliados.
•	 Los rendimientos financieros (no aplica
para IFIs)
•	 Por regalías, marcas, patentes, derechos de
autor y similares de las sociedades.
•	 Servicios entre sociedades.
•	 Por otros servicios en los que predomina la
mano de obra.
•	 Remuneraciones a otros trabajadores
autónomos.
Sujetos al 8 % de retención
•	 Honorarios, comisiones y demás pagos rea-
lizados a personas naturales nacionales o
extranjeras residentes en el país por más de
6 meses, que presten servicios en los que
prevalezca el intelecto sobre la mano de
obra, siempre y cuando, dicho servicio no
esté relacionado con el título profesional
que ostente la persona que lo preste.
•	 Por cánones, regalías, marcas, patentes, de-
rechos de autor y similares de las personas
naturales.
Retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta
Capítulo 9 • El impuesto a la renta
Equidad y desarrollo 109
Fracción
básica
Exceso
hasta
Retención
fracción
básica
Porcentaje de
Retención sobre la
fracción excendente
- 100 000 0 1%
100 000 200 000 1 000 5%
200 000 En delante 6 000 10%
•	 Los pagos realizados a personas naturales  y
sociedades en concepto de arrendamiento
de bienes inmuebles, cualquiera que fuese
su denominación o modalidad contractual.
•	 Los pagos a notarios y registradores de la
propiedad y mercantiles por sus activida-
des notariales y de registro.
•	 Los pagos a deportistas, entrenadores, árbi-
tros y miembros del cuerpo técnico.
•	 Los pagos a artistas nacionales y artistas ex-
tranjeros residentes en el país por más de 6
meses.
•	 Honorarios y demás pagos realizados a per-
sonas naturales nacionales o extranjeras re-
sidentes en el país por más de 6 meses, que
presten servicios de docencia.
Sujetos al 10% de retención
•	 Honorarios,   comisiones y demás pagos
realizados a personas naturales profesio-
nales nacionales o extranjeras residentes
en el país por más de 6 meses, que presten
servicios en los que prevalezca el intelecto
sobre la mano de obra, siempre y cuando,
los mismos estén relacionados con su título
profesional.
Sujetos al 15% de retención
• 	 Por loterias, rifas, apuestas y similares.
Sujetos al 24 % de retención
•	 Los pagos a personas naturales no residen-
tes en el país, por servicios prestados oca-
sionalmente en el Ecuador.
•	 Por valores remesados al exterior, que cons-
tituyan renta de fuente ecuatoriana.
•	 Por pagos de dividendos anticipados.
•    Por arrendamiento mercantil internacional.
Otras retenciones
•	 Por otros conceptos sin convenio de doble
tributación (24%)
•	 Venta de combustibles a comercializadoras  
(0.2%).
•	 Venta de combustibles a distribuidores
(0.3%).
Dividendos o utilidades distribuidos
Los dividendos o utilidades distribuidos a
favor de personas naturales residentes en el
Ecuador constituyen ingresos gravados para
quien los percibe, debiendo por tanto efec-
tuarse la correspondiente retención en la
fuente por parte de quien los distribuye.
Los porcentajes de retención se aplicarán
progresivamente de acuerdo a los siguientes
porcentajes, en cada rango, de la siguiente
manera:
110 Capítulo 9 • El impuesto a la renta
Distribución de la recaudación del Impuesto a la Renta
Intereses y multas por declaraciones tardías
Los contribuyentes que presenten sus de-
claraciones después de los plazos previstos
por la Ley deben calcular e incluir e sus
declaraciones los intereses por mora y las
multas correspondientes.
El interés por mora, se calcula sobre el im-
puesto a pagar y su tarifa se determina con
base en la siguiente tabla.
TABLA PARA EL CÁLCULO DE INTERESESY MULTAS
Período AÑO MES ATRASO INTERÉS MENSUAL
INTERÉS ACUMULADO
% QUE SE APLICA
MULTA ACUMULADA
% QUE SE APLICA
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27
2012
2012
2012
2011
2011
2011
2011
2011
2011
2011
2011
2011
2011
2011
2011
2010
2010
2010
2010
2010
2010
2010
2010
2010
2010
2010
2010
MARZO
FEBRERO
ENERO
DICIEMBRE
NOVIEMBRE
OCTUBRE
SEPTIEMBRE
AGOSTO
JULIO
JUNIO
MAYO
ABRIL
MARZO
FEBRERO
ENERO
DICIEMBRE
NOVIEMBRE
OCTUBRE
SEPTIEMBRE
AGOSTO
JULIO
JUNIO
MAYO
ABRIL
MARZO
FEBRERO
ENERO
1,021
1,021
1,021
1,046
1,046
1,046
1,046
1,046
1,046
1,081
1,081
1,081
1,085
1,085
1,085
1,130
1,130
1,130
1,128
1,128
1,128
1,151
1,151
1,151
1,149
1,149
1,149
1,021
2,042
3,063
4,109
5,155
6,201
7,247
8,293
9,339
10,420
11,501
12,582
13,667
14,752
15,837
16,967
18,097
19,227
20,355
21,483
22,611
23,762
24,913
26,064
27,213
28,362
29,511
3
6
9
12
15
18
21
24
27
30
33
36
39
42
45
48
51
54
57
60
63
66
69
72
75
78
81
Equidad y desarrollo 111
Hago y aprendo
1	 Explica cuál es el criterio tributario que fundamenta el impuesto a la renta.
2	 Llena la tabla con datos y calcula el impuesto a la renta.
Actividad económica Ingreso Deducciones B. imponible
1
2
3
4
Otros ingresos
Total
3	 Supongamos que el contribuyente del caso anterior hizo tardíamente su declara-
ción, debía pagar sus impuestos en mayo del 2010. Calcula el interés y la multa que
debe pagar.
4
112 Capítulo 9 • El impuesto a la renta
Hago y aprendo
4	 Escribe cuatro ejemplos de ingresos gravados con el impuesto a la renta.
5	 Define los siguientes términos.
•	 Conciliación tributaria
•	 Ejercicio fiscal
•	 Capacidad contributiva
•	 Interés por mora
6	 Señala cuáles de los siguientes ingresos están exentos del impuesto a la renta.
•	 Los provenientes de loterías, rifas, apuestas y similares, promovidas en el
Ecuador.
•	 Los obtenidos por discapacitados.
•	 LosprovenientesdepremiosdeloteríasauspiciadasporlaJuntadedeBeneficencia
de Guayaquil y Fe y Alegría.
•	 Los percibidos por los institutos de educación superior estatales.
•	 Los de partidos políticos.
•	 Los provenientes de herencias, legados y donaciones de bienes situados en el
Ecuador.
•	 Las pensiones jubilares.
•	 Las utilidades por venta de bienes muebles o inmuebles ubicados en el país.
•	 Los percibidos por personas mayores de 65 años.
•	 Los beneficios o regalías provenientes de los derechos de autor.
1.
2.
3.
4.
Equidad y desarrollo 113
¿De qué se trata?
Capítulo 10
En este capítulo hablaremos sobre el im-
puesto a los consumos especiales (ICE), que
conforma una parte importante de los in-
gresos tributarios del presupuesto general
del Estado; veremos qué bienes y servicios
están gravados con este impuesto así como
las tarifas del pago, cuál es el destino de la
recaudaciones del ICE y las formas en las que
los contribuyentes deben declararlo.
RESPONSABILIDAD SOCIAL Y AMBIENTAL SOBRE EL CONSUMO
EL IMPUESTO A LOS CONSUMOS ESPECIALES (ICE)
Lo que voy a lograr
Conceptualmente
•	 Identificar todos los bienes y servicios que
están gravados con el ICE.
•	 Identificar sus tarifas.
•	 Entender cómo distribuye la administra-
ción tributaria las recaudaciones del ICE.
•	 Conocer las formas de declaración del
impuesto.
En actitudes y valores
•	 Apreciar el  principio de equidad en la re-
caudación tributaria.
•	 Reconocer los beneficios económicos que
proporciona el sistema de recaudación de
este impuesto.
•	 Valorar el criterio de justicia con que se ha
establecido este impuesto.
Bienes gravados con ICE
Productos gravados con ICE
114
Unimpuestosobrebienesyserviciosdelujo
El impuesto a los consumos especiales (ICE),
grava el consumo de determinados bienes
y servicios, con la finalidad de que quienes los
consuman sean conscientes de su responsa-
bilidad social y ambiental. En un primer mo-
mento gravó solo a vehículos, cigarrillos, cer-
veza, bebidas alcohólicas y gaseosas; luego se
amplió a otros bienes y servicios, algunos sun-
tuarios como yates, aviones, avionetas y otros;
hoy también grava a perfumes, videojuegos,
armas, juegos de azar, televisión pagada, focos
incandescentes y cuotas, membresías o afilia-
ciones a clubes sociales.
¿Somos más felices cuando compramos lo que queremos?
Cuando el consumo se convierte en la razón
misma para la existencia de las economías, no
nos preguntamos cuánto es suficiente, para
qué necesitamos todas estas cosas o si de
verdad somos un poco más felices cuando las
tenemos. La compra de un producto nuevo, es-
pecialmente uno de los caros, produce placer
y proporciona estatus y reconocimiento; pero,
a medida que la sensación de novedad se des-
vanece, el vacío amenaza de nuevo con volver,
entonces la solución del consumidor suele ser
centrar su ilusión en la próxima compra, que-
dando atrapado en algo parecido a una adic-
ción. Tener más cosas y más nuevas cada año,
se ha convertido, no en algo que queremos,
sino en algo que necesitamos, en el centro de
identidad y seguridad de nuestra sociedad.
En realidad casi todo lo que compramos no
es esencial para nuestra supervivencia, ni si-
quiera incluso para las comodidades humanas
básicas, sino que está basado en el impulso,
la novedad, un momentáneo deseo y la in-
fluencia externa con un costo demasiado alto
para el ambiente y nosotros mismos.
Al mirar desde esta perspectiva es adecuado
que se impongan impuestos especiales al con-
sumo suntuario y a productos que atenten
contra el medio ambiente.
Derivado de la palabra consumo,
el término consumismo describe
los efectos de ligar la felicidad
(bienestar) personal a la compra
de bienes.
Capítulo 10 • El impuesto a los consumos especiales
Equidad y desarrollo 115
Acada bien o servicio gravado con ICE se le otorga una tarifa diferente. Los siguientes bienes y
servicios pagan ICE, sean importados o producidos en el Ecuador.
Tarifas del ICE
GRUPO I (TARIFA ADVALOREM)
BIEN O SERVICIO TARIFA
Productosdeltabacoysucedáneosdeltabaco(abarcanlosproductospreparadostotalmenteoenparteutilizandocomo
materiaprimahojasdetabacoydestinadosaserfumados,chupados,inhalados,mascadosoutilizadoscomorapé)
150,00 %
Bebidas gaseosas 10,00 %
Perfumes y aguas de tocador 20,00 %
Videojuegos 35,00 %
Armas de fuego, armas deportivas y municiones, excepto aquellas adquiridas por la fuerza pública 300,00 %
Focos incandescentes excepto aquellos utilizados como insumos automotrices 100,00 %
GRUPO II (TARIFA ADVALOREM)
1.VEHÍCULOS MOTORIZADOS DETRANSPORTETERRESTRE DE HASTA 3.5TONELADAS DE CARGA, CONFORME EL SIGUIENTE DETALLE:
Vehículos motorizados cuyo precio de venta al público sea de hasta USD 20.000 5,00 %
Camionetas, furgonetas, camiones, y vehículos de rescate cuyo precio de venta al público sea de hasta USD 30.000 5,00 %
Vehículos motorizados, excepto camionetas, furgonetas, camiones y vehículos de rescate, cuyo precio de venta al
público sea superior a USD 20.000 y de hasta USD 30.000
10,00 %
Vehículos motorizados cuyo precio de venta al público sea superior a USD 30.000 y de hasta USD 40.000 15,00 %
Vehículos motorizados cuyo precio de venta al público sea superior a USD 40.000 y de hasta USD 50.000 20,00 %
Vehículos motorizados cuyo precio de venta al público sea superior a USD 50.000 y de hasta USD 60.000 25,00 %
Vehículos motorizados cuyo precio de venta al público sea superior a USD 60.000 y de hasta USD 70.000 30,00 %
Vehículos motorizados cuyo precio de venta al público sea superior a USD 70.000 35,00 %
2.VEHÍCULOS MOTIRIZADOS HÍBRIDOS O ELÉCTRICOS DETRANPORTETERRESTRE DE HASTA 3,5TONELADAS DE CARGA
AVIONES, AVIONETASY HELICÓPTEROS EXCEPTO AQUELLAS DESTINADAS ALTRANSPORTE COMERCIAL DE PASAJEROS,
CARGAY SERVICIOS; MOTOS ACUÁTICAS,TRICARES, CUADRONES,YATESY BARCOS DE RECREO
15,00 %
GRUPO III (TARIFA ADVALOREM)
Servicios de televisión pagada 15,00 %
Servicios de casinos, salas de juego (bingo - mecánicos) y otros juegos de azar 35,00 %
GRUPO IV (TARIFA ADVALOREM)
Las cuotas, membresías, afiliaciones, acciones y similares que cobren a sus miembros y usuarios los Clubes Sociales,
para prestar sus servicios, cuyo monto en su conjunto supere los US $ 1.500 anuales
35,00 %
GRUPOV (TARIFA ADVALOREM)
Cigarrillos 0,08 USD por unidad N/A
Bebidas alcohólicas, incluida la cerveza 6,20 USD por litro de alcohol puro 75,00 %
116
Deben pagar el ICE los fabricantes o im-
portadores de los bienes y servicios gra-
vados únicamente en su primera etapa de
producción.
Sin embargo, por tratarse de un impuesto in-
directo, su valor es trasladado al consumidor
final, a través del precio de venta al público fi-
jado por fabricantes o importadores de bienes
y prestadores de servicios. Es decir, que los
consumidores finales pagamos este impuesto
en el valor del bien o servicio que compramos,
porque el impuesto está incluido en el precio.
Para el caso de bienes sujetos al impuesto a
los consumos especiales, en forma obligatoria,
el precio de venta al público debe ser colo-
cado en un lugar visible del envase de cada
producto.
Cálculo del ICE sobre su base imponible
El impuesto a los consumos especiales se cal-
cula sobre la base imponible que resulta de
restar al PVP la tarifa de IVA e ICE que corres-
ponda. Esta base imponible no será del resul-
tado de incrementar un 25% de margen mí-
nimo de comercialización al valor ex fábrica
para bienes de producción nacional, o ex
aduana para bienes importados.
El precio ex fábrica es aquel que es aplicado por
las empresas productoras de bienes gravados
con ICE en la primera etapa de comercializa-
ción de los mismos. Este precio se refleja en las
facturas de venta de los productores e incluye
todos los costos y gastos de producción, venta,
administrativos, financieros y cualquier otro
costo o gasto, suma a la cual se deberá agregar
la utilidad marginada de la empresa.
El precio ex-aduana es aquel que se obtiene de
la suma de las tasas arancelarias, fondos y tasas
extraordinarias recaudadas por la SENAE al mo-
mento de desaduanizar los productos impor-
tados, al valor en aduana de los bienes.
Capítulo 10 • El impuesto a los consumos especiales
Exenciones del ICE
De los productos detallados en el cuadro pre-
cedente, están exentos de este impuesto, es
decir, no pagan el ICE los siguientes productos:
•	 El alcohol que se destina a la producción
farmacéutica, perfumes y aguas de tocador.
•	 El alcohol, residuos y subproductos resul-
tantes de la rectificación o destilación del
aguardiente y alcohol no aptos para el con-
sumo humano, destinados como materia
prima a la producción
•	 Los productos destinados a la exportación.
•	 Los vehículos ortopédicos y no ortopédicos
destinados al traslado y uso de personas
con discapacidad.
•	 El alcohol, los mostos, jarabes, esencias o
concentrados que se destinen a la produc-
ción de bebidas alcohólicas.
•	 Focos incandescentes utilizados como insu-
mos automotrices.
•	 Las armas de fuego deportivas y la municio-
nesqueenéstasseutilice,siempreycuando
su importación o adquisición local, se reali-
ce por parte de deportistas debidamente
inscritos y autorizados por el Ministerio del
Deporte, para su utilización exclusiva en ac-
tividades deportivas, y cuenten con la auto-
rización del Ministerio de Defensa, respecto
del tipo y cantidad de armas y municiones.
Quiénes deben pagar el ICE
Equidad y desarrollo 117
Por la salud nacional
Aquellos productos que se consideran perjudiciales
para la salud de los ciudadanos y ciudadanas, como son
los cigarrillos y el alcohol, son gravados con impuestos
especiales para evitar su uso, de esta manera en la polí-
tica tributaria se refleja claramente su finalidad de con-
tribución y compromiso con el bien de la sociedad.
El ICE sobre bienes y servicios nacionales se
debe declarar y pagar por períodos men-
suales, teniendo en cuenta que este corresponda
a un mes calendario. En el caso de productos
importados se pagará antes de desaduanizar
la mercadería detallada en la Declaración
Aduanera Única (DAU).
Si los productos son de fabricación nacional, el
ICE debe ser declarado y pagado por el fabri-
cante; si se trata de productos importados, el
impuesto es declarado, liquidado y pagado por
el importador.
Cómo declarar el ICE
Los plazos de vencimiento para presentar la de-
claración son los mismos que se han establecido
para declarar y pagar el IVA.
Las empresas que fabrican los bienes y prestan
los servicios gravados con ICE, deben declarar
este impuesto mediante el formulario 105.
118 Capítulo 10 • El impuesto a los consumos especiales
Hago y aprendo
1	Responde.
•	 ¿A cuál de los bienes y servicios gravados con el ICE es al que se le aplica la
mayor tarifa?
•	 ¿Por qué crees que se le aplica esa tarifa?
2	 Pon V si la afirmación es verdadera y F si es falsa.
•	 El valor del ICE se traslada al consumidor final.
•	 El ICE es un impuesto directo.
•	 El precio de venta al público lo fija el fabricante del bien.
•	 Los productos destinados para la exportación pagan ICE.
3	 Enumera tres artículos suntuarios que piensas que deberían estar gravados con el ICE
y no lo están.
4	 Escribe tu opinión sobre porque el alcohol y los cigarrillos se encuentran gravados
con ICE
1.
2.
3.
Acto de clausura de un establecimiento comercial
Conceptualmente
•	 Definir la infracción para el sistema
tributario.
•	 Conocer la clasificación de las distintas in-
fracciones tributarias.
•	 Identificar las sanciones respectivas a
las infracciones.
•	 Reconocer la gravedad legal de las
sanciones.
En actitudes y valores
•	 Entender la gravedad social que tiene el co-
meter infracciones tributarias para el país.
•	 Reconocer la importancia que tiene para
el país que las infracciones tributarias sean
sancionadas.
•	 Valorar la necesidad de una aplicación justa
y oportuna de las sanciones tributarias.
Equidad y desarrollo 119
Capítulo 11
¿De qué se trata?
Lo que voy a lograr
LAS CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO
INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS
Los contribuyentes pueden cometer faltas e
incorrecciones que perjudican la recauda-
ción y la administración tributaria, estas tiene
varias consecuencias: la merma de los ingresos
del Estado y, por lo tanto, el entorpecimiento
de la prestación de los servicios públicos, así
como perjuicios para el mismo contribuyente.
En este capítulo conoceremos qué acciones
son consideradas infracciones y delitos tribu-
tarios y cuáles son las respectivas sanciones
previstas por la Ley para los infractores. Notificación de clausura
120
¿Qué son las infracciones tributarias?
Pese a que la legislación tribu-
taria establece consecuencias
coercitivas para quien no paga
impuestos o para quien actúa
de mala fe con respecto a la ad-
ministración tributaria, la razón
principal para no tener este
tipo de conductas nunca debe
ser el temor a la sanción sino la
creencia cierta en que la tribu-
tación beneficia a la sociedad y,
por lo tanto, para nuestra propia
vida cotidiana. La valoración po-
sitivadelatributacióneslamejor
manera de evitar las infracciones
tributarias. El pago voluntario
de impuestos y el acatamiento
de las regulaciones tributarias
debe ser la consecuencia lógica
de la aplicación de valores éticos
a la tributación.
Constituye una infracción tributaria toda
acción u omisión que implique violación
de normas tributarias.
En general, podemos decir que todas las in-
fracciones tributarias son violaciones a leyes,
reglamentos y normas secundarias de cum-
plimiento obligatorio, siempre y cuando se
establezca para ellas una sanción (Art. 314 del
Código tributario).
¿Cuáles son las clases de infracciones
tributarias?
A las infracciones tributarias se las puede clasi-
ficar de acuerdo con la gravedad del hecho en:
•	 Faltas reglamentarias: Las faltas reglamen-
tarias serán sancionadas con una multa que
no sea inferior a $ 30 dólares ni que exceda
de $ 1.000.
•	 Contravenciones: A las contravenciones es-
tablecidas en el Código Tributario y en las
demás leyes tributarias, se aplicará como
pena pecuniaria una multa que no sea infe-
rior a $ 30 ni exceda de $ 1.500.
•	 Delitos: El delito es la infracción más grave
y con una sanción más severa, pues para
la configuración de un delito se requiere
la existencia de dolo o culpa que acarrean
consecuencias penales.
Contribuyente por convicción
no por temor
Capítulo 11 • Infracciones y sanciones tributarias
Equidad y desarrollo 121
Sanciones aplicables por infracciones
Toda infracción conlleva una sanción, que
no es otra cosa que una pena, establecida
en la Ley, que se aplica por el incumplimiento
de una norma.
Las penas se aplican según la gravedad de la
infracción y pueden ser, de la más leve a la
más grave:
1.	Multa;
2.	Clausura del establecimiento o negocio;
3.	 Suspensión de actividades;
4 	Decomiso;
5.	 Incautación definitiva;
6.	Suspensión o cancelación de inscripciones
en los registros públicos;
7.	Suspensión o cancelación de patentes y
autorizaciones;
8.	Suspensión o destitución del desempeño
de cargos públicos;
9.	 Prisión; y,
10. Reclusión Menor Ordinaria
La clausura: es el cierre del establecimiento
por el plazo mínimo de siete días y que se
mantiene hasta que la obligación sea cum-
plida, efectuado mediante la aplicación de se-
llos y avisos en un lugar visible del local san-
cionado. Si los contribuyentes reinciden en las
faltas que ocasionaron la clausura, serán san-
cionados con una nueva clausura por un plazo
de diez días.
El decomiso: es la pérdida del dominio sobre
los bienes materia del delito, a favor del
acreedor tributario.
Suspensión o cancelación de inscripciones
y patentes: es el retiro de las inscripciones y
patentes requeridas para el ejercicio del co-
mercio o de la industria.
Prisión: se aplica en casos de defraudación,
contrabando y de infracciones relacionadas
con la tenencia de libros y registros contables.
Las penas van de un mes a cinco años de cárcel
(Art. 330 del Código Tributario).
122
La defraudación
El código tributario define a la defraudación
como todo acto doloso de simulación,
ocultación, falsedad o engaño que induce a
error en la determinación de la obligación tri-
butaria, o por lo que se deja de pagar en todo
o en parte los tributos realmente debidos.
Se considera defraudación, entre otros, los
siguientes:
1.	La falsa declaración de mercaderías, cifras,
datos o antecedentes que influyan en la de-
terminación tributaria.
2.	 La omisión dolosa de ingresos, la inclusión
de costos, deducciones, rebajas o retencio-
nes, inexistentes o superiores a los que pro-
cedan legalmente y, en general, la utiliza-
ción en las declaraciones tributarias —o en
los informes que se suministren al SRI— de
datos falsos, incompletos o desfigurados,
de los cuales se derive un menor impuesto
causado.
3.	 La alteración dolosa en libros de contabili-
dad, de anotaciones, asientos u operacio-
nes relativas a la actividad económica.
4.	 Llevar doble contabilidad.
5.	La destrucción total o parcial de los libros
de contabilidad u otros exigidos por las
normas tributarias.
6.	 Destrucción, ocultación o alteración dolosa
de sellos de clausura o de incautación.
Consecuencias de la defraudación
La sanción para los casos 2, 3, 4 y 5 es prisión de
2 a 5 años y se la aplica independientemente
de las sanciones administrativas, tales como la
multa, el decomiso y la clausura.
La responsabilidad por estos delitos recaerá en
las personas que presenten sus obligaciones
por cuenta propia o en representación, es
decir, las personas que se desempeñen como
agentesderetenciónodepercepciónyquedo-
losamente hayan participado en la infracción.
Cuando por un hecho se configure más de un
delito o más de una contravención, se aplica la
sanción correspondiente al delito o contraven-
ción más grave.
La aplicación de una sanción no exime al in-
fractor del pago de los correspondientes tri-
butos y de los intereses en mora.
Capítulo 11 • Infracciones y sanciones tributarias
Equidad y desarrollo 123
Sanciones
TABLA DE MULTAS PARA DECLARACIONESTARDÍAS
Art. 100 Ley Orgánica de RégimenTributario InternoTercer Suplemento R.O. 242 del 29 - DIC - 2007
INFRACCIONES
IMPUESTO A LA
RENTA ANUAL
FORMULARIOS 101,
102Y 102A
RETENCIONES EN LA
FUENTE MENSUAL
FORMULARIO 103
IMPUESTO ALVALOR AGREGADO
RETENCIONES DE
IVA MENSUALES
FORMULARIO 104
IMPUESTO A
LOS CONSUMOS
ESPECIALES
Mensual
Formulario 104 ó
104A
Semestral
Formulario 104A
SICAUSAIMPUESTO
3 % del impuesto
causado por mes o
fracción, máximo
hasta el 100 % del
impuesto causado.
3 % del impuesto
causado por mes o
fracción, máximo
hasta el 100 % del
impuesto causado.
3 % del impuesto
a pagar, por mes o
fracción, máximo
hasta el 100 % del
impuesto a pagar.
no aplica
3 % del impuesto
causado (retenido),
por mes o fracción,
máximo hasta el
100 % del impuesto
causado.
3 % del impuesto
causado, por mes
o fracción, máximo
hasta el 100 % del
impuesto causado.
SILADECLARACIÓNNOCAUSAIMPUESTOS
SI SE HUBIEREN
GENERADO INGRESOS
SI NO SE HUBIEREN
PRODUCIDO
RETENCIONES
SI SE HUBIEREN PRODUCIDOVENTAS
SI NO SE HUBIEREN
PRODUCIDO
RETENCIONES
SI NO SE HUBIEREN
GENERADO INGRESOS
0,1 % por mes o o
fracción de mes, de
las ventas o ingresos
brutos percibidos en
el período al cual se
refiere la declaración
sin exceder el 5%
de dichas ventas o
ingresos
no aplica
0,1% por mes o fracción de mes, de las ventas
o ingresos brutos percibidos en el período al
cual se refiere la declaración sin exceder el
5% de dichas ventas o ingresos.
no aplica no aplica
Para mayor información visita: www.sri.gob.ec, sección Declaración de Impuestos / Multas.
124 Capítulo 11 • Infracciones y sanciones tributarias
Mucho se discute sobre si el endu-
recimientodelaspenasysanciones
disminuye el índice de infracciones
y delitos. ¿Qué piensas tú?
La necesidad de la sanción
El derecho y las leyes no son un fin sino un
medio, el cual se vale de la fuerza para lograr
conductas determinadas que se consideran
de interés social y evitar aquellas que se con-
sideran dañinas para la sociedad.
El aspecto característico de este método —del
derecho— consiste en sancionar con un acto
coactivo la conducta contraria a la deseada.
El autor de una norma jurídica supone eviden-
temente que los hombres cuya conducta es así
regulada considerarán tales actos como un mal
y se esforzarán por evitarlos. Su meta es, pues,
encauzarlos hacia una conducta determinada,
amenazándolos con un mal en caso de una con-
ducta contraria [...] Kelsen.
En este sentido se dice que al endurecer las
sanciones y las penas disminuirán los delitos,
sin embargo esto parece no suceder en la
realidad. El asunto es realmente complejo ya
que intervienen muchos factores: sicológicos
y emocionales, sociales y hasta económicos.
Muchos lo han dicho sabiamente antes, una
verdadera disminución de los delitos se logra
más con la educación que con el castigo. Los
índices de infracciones y delitos se encuen-
tran estrechamente relacionados con el nivel
de bienestar social, moral y económico de los
pueblos, donde hay más justicia hay menos
infracciones.
La necesidad de la sanción
Mucho se discute sobre si el endurecimiento
de las penas y sanciones disminuye el índice
de infracciones. ¿Qué piensas tú?
El derecho y las leyes no son un fin sino un
medio, el cual se vale de la fuerza para lograr
conductas determinadas que se consideran
de interés social y evitar aquellas que se con-
sideran dañinas para la sociedad.
El aspecto característico de éste método – del
derecho - consiste en sancionar con un acto
coactivo la conducta contraria a la deseada. El
autor de una norma jurídica supone evidente-
mente que los hombres cuya conducta es así
regulada considerarán tales actos como un
mal y se esforzarán por evitarlos. Su meta es,
pues, encauzarlos hacia una conducta deter-
minada, amenazándolos con un mal en caso
de una conducta contraria [...] Kelsen.
En este sentido se dice que al endurecer las
sanciones y las penas disminuirán los delitos,
sin embargo esto parece no suceder en la
realidad. El asunto es realmente complejo ya
que intervienen muchos factores: sicológicos
y emocionales, sociales y hasta económicos.
Muchos lo han dicho sabiamente antes, una
verdadera disminución de los delitos se logra
más con la educación que con el castigo. Los
índices de infracciones y delitos se encuen-
tran estrechamente relacionados con el nivel
de bienestar social, moral y económico de los
pueblos, donde hay más justicia hay menos
infracciones.
Equidad y desarrollo 125
Hago y aprendo
1	 Investiga y escribe un ejemplo de cada una de las siguientes infracciones tributarias.
•	 Faltas reglamentarias
•	 Contravenciones
•	Delitos
2	 Escribe el número que corresponde en la casilla para ordenar de la más grave a la más
leve las siguientes sanciones tributarias.  
1	 Suspensión o destitución del desempeño de cargos públicos.
2	 Clausura de un establecimiento o negocio.
3	Multa.
4	 Cancelación de patentes y autorizaciones.
5	Prisión.
6	 Cancelación de inscripciones en los registros públicos.
7	Decomiso.
3	 Explica con tus palabras lo que es llevar doble contabilidad.
4	 Pinta el término al que corresponde esta definición.
A todo acto de simulación, ocultación, falsedad o engaño que induce a error en la de-
terminación de la obligación tributaria o por el que se deja de pagar en todo o en parte
los tributos realmente debidos se conoce como:
	 	decomiso	 sanción 	 pena	 defraudación	 dolo	 censura
126 Capítulo 11 • Infracciones y sanciones tributarias
Hago y aprendo
5	 Describe la sanción para cada una de estas infracciones.
	 Por declaración tardía del ICE si no causa impuestos.
	 Por declaración tardía del IVA mensual si se hubieran producido ventas.
	 Por rectificación de datos de las retenciones en la fuente.
6	 Escribe un párrafo acerca de ser un contribuyente por convicción y no por temor.
7	 Describe las consecuencias legales y las consecuencias sociales de la defraudación.
Equidad y desarrollo 127
Antes de empezar, conozcamos sobre el tema.
¿De dónde obtenemos los valores?
Con mayor o menor dificultad, los conoci-
mientos conceptuales se enseñan y se ins-
truyen pero, ¿y los valores? No son conceptos
que se enseñan, sino que se aprenden y se
aprehenden. Tienen que haber, personas que
con su ejemplo o testimonio y no solo con su
discurso, los pongan ante nuestros ojos, en-
tonces somos cada uno de nosotros quienes
captamos o no un valor para desearlo y re-
producirlo. La aprehensión de los valores es
un acto subjetivo, íntimo, personal basado en
nuestras relaciones con todo lo que nos rodea,
en lo que vemos en lo que sentimos, es la con-
secuencia de nuestro ser social y de nuestro
ser emocional que se desenvuelve en una so-
ciedad compleja.
Nuestro actuar: responsabilidad educa-
tiva con el otro
Todo está interconectado. Si observamos con
atención podremos notar que nuestro mundo
es una complejísima red de interrelaciones, la
más mínima de nuestras acciones tiene reper-
cusión sobre uno o varios de los componentes
denuestroalrededor,loquedesataunacadena
de consecuencias y efectos interminables. Sin
embargo, el ser humano occidental parece
no notarlo y vive en una suerte de ilusión, de
aislamiento y soledad. De este fenómeno se
derivan todos los problemas sociales, ambien-
tales y los antivalores que nos están llevando
a la destrucción del planeta, a nuestra des-
trucción. Pero si tomamos en cuenta la forma
en que influimos y nos relacionamos con el
Proyecto 3
LOS VALORES SE PREDICAN CON EL EJEMPLO
mundo, consideraremos nuestra responsabi-
lidad y cambiaremos nuestros hábitos, empe-
zando con los más domésticos. Debemos estar
concientes de que nuestra forma de vida, así
no lo queramos, es pauta y modelo de valores
y antivalores para los otros.
Ética en la trasmisión de la ética
Las personas tenemos necesidad de transmitir
nuestro paquete de valores, pues los consi-
deramos un bien común, sin embargo, no se
trata de pensar en que los demás son arcilla
que vamos a modelar a nuestro antojo, ya sea
para un proyecto individual, ya sea para una
utopía colectiva. La realidad es plurisignifica-
tiva, es ambigua, inaprensible en todas sus
posibilidades de significación, entonces, en
cuanto a la transmisión de valores, se debe
favorecer la libertad y la apertura en su inter-
pretación. Se trata de una actitud de escucha
en el encuentro, de dejar un espacio abierto al
despliegue de todas las lecturas posibles en
el que, por supuesto, prime el respeto y todos
sus valores consecuentes.
Los medios para la transmisión de valores son
tan variados como posibilidades de actuación
y comunicación tenemos los seres humanos,
entre ellos juegan un papel muy importante la
tradición oral, expresada en refranes y relatos;
el arte en general y, en especial, la literatura.
128
¡Luces, cámara, actividades!
1	 A continuación constan refranes y frases célebres que se relacionan con valores.
Escoge una pareja para trabajar y analícenlos intentando obtener dos interpretacio-
nes diferentes.
La generosidad no consiste en dar mucho, sino en dar a tiempo. (anónimo)
Interpretación 1 Interpretación 2
Quien ama al mundo en su persona es digno de que se le confíe el reino. (LaoTsé)
Interpretación 1 Interpretación 2
Todo hombre prudente tolera un mal menor por miedo a impedir un bien mayor. (anónimo)
Interpretación 1 Interpretación 2
2	 Investiga obras de la literatura universal en las que encuentres reflejados los siguien-
tes valores y copia en tu cuaderno un fragmento que lo argumente. Exponlo a tus
compañeros.
•	 Búsqueda del sentido de la vida
•	 Respeto a las diferencias
•	Paz
•	 Igualdad de género
Proyecto 3 • Los valores se predican con el ejemplo
Sabías que...
...con cada dólar de impuesto entregado,
permites que el Estado genere obras para el
país, como hospitales, escuelas, carreteras,
parques, puentes, etc.
Como ecuatorianos responsables, paguemos
nuestros impuestos y seamos parte del
Ecuador que queremos construir...

Libro secundaria enero 2012-1

  • 1.
    EDUCACIÓN BÁSICAEDUCACIÓN BÁSICA EQUIDADY DESARROLLO Libro del futuro contribuyente - Bachillerato
  • 5.
    Libro del futurocontribuyente B a c h i l l e r a t o Equidad y desarrollo
  • 6.
    CRÉDITOS Equipo de trabajo Departamentode Servicios Tributarios Dirección Nacional - SRI Departamento de Comunicación - SRI Dirección general Mireya Brito Supervisión de proyecto Daniel Moreno Autoría y edición María Rosa Balseca Moscoso Departamento de Servicios Tributarios Dirección Nacional - SRI (reedición) Corrección de estilo Nicolás Jara Miranda Corrección técnica Freddy Lobato Estudio gráfico Sesos Creación Visual www.sesoscv.com Dirección de arte Ricardo Novillo Loaiza Diseño gráfico y diagramación Fernanda Salazar C. Víctor H. Jaramillo V. (reedición) Ilustración Mauricio Jácome (dibujo) Bladimir Trejo (línea) Marco Chamorro (color) Coordinación Fernanda Salazar C. Quinta edición Quito, 2012 www.sri.gob.ec
  • 7.
    República del Ecuador Conveniode cooperación interinstitucional Ministerio de Educación - Servicio de Rentas Internas Programa de Educación y Capacitación Tributaria TEXTO DE DISTRIBUCIÓN GRATUITA Prohibida su reproducción parcial o total sin autorización expresa del SRI. Debido a la naturaleza de Internet, las direcciones y/o los contenidos de los sitios web a los que se hace referencia en este libro pueden tener modificaciones o desaparecer. Impreso en 2012.
  • 9.
    Desde enero de2000, el Servicio de Rentas Internas y el Ministerio de Educación mantienen un convenio de cooperación interinstitucional, para educar y capacitar en cultura tributaria a los estudiantes del país. Este esfuerzo conjunto pone énfasis en la formación de hábitos y actitudes ciudadanas favorables a la sociedad, en el conocimiento de la Ley, los derechos y deberes de los ecuatorianos y ecuatorianas, con el fin de construir un país justo, equitativo y solidario. Dentro del marco del convenio se presenta el texto de Educación y Capacitación Tributaria Equidad y desarrollo dirigido a los estudiantes de bachillerato. Este libro ofrece contenidos fundamentales sobre administración tributaria, su normativa y su aplicación práctica. También incluye capacitación en el uso del sitio web del Servicio de Rentas Internas. Las dos instituciones buscan que ustedes, jóvenes ecuatorianos, conciban y practi- quen el pago de impuestos como una de las responsabilidades más importantes de los ciudadanos, en la medida que significa una fuente de ingresos para que el Estado pueda ejecutar los proyectos de desarrollo nacional, que el Ecuador necesita, como un justo administrador de los bienes de todos y de todas. Jóvenes ecuatorianos INTRODUCCIÓN
  • 10.
    ÍNDICE CAPÍTULO 1 INTRODUCCIÓN ALA TRIBUTACIÓN 1. Página introductoria 2. El gran objetivo de la Economía 3. Principales retos de la política económica 4. Instrumentos de acción 5. Evaluación CAPÍTULO 2 EL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO 1. Página introductoria 2. Presupuestar, la gran tarea 3. ¿Cómo se compone el presupuesto general del Estado? 4. El ingreso público: clasificaciones 5. El gasto público: clasificaciones 6. El resultado fiscal 7. Evaluación CAPÍTULO 3 TEORÍA GENERAL DE LA TRIBUTACIÓN Y LOS TRIBUTOS 1. Página introductoria 2. Orientación de la política tributaria 3. Principios fundamentales de la teoría de la tributación 4. ¿Qué son los tributos? 5. Varias maneras de tributar 6. Evaluación CAPÍTULO 4 LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA Y LA CONSTITUCIÓN DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS 1. Página introductoria 2. Una relación legal entre el Estado y la ciudadanía 3. La labor del Servicio de Rentas Internas 4. Lo que hacemos y a lo que aspiramos en el SRI 5. Evaluación PROYECTO DE VALORES 1 1. Lectura 2. Actividades 13 13 14 15 16 17 19 19 20 21 22 23 24 25 27 27 28 29 31 32 33 35 35 36 38 39 40 41 42
  • 11.
    ÍNDICE CAPÍTULO 5 CLASIFICACIÓN DELOS CONTRIBUYENTES Y SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS 1. Página introductoria 2. Varios tipos de contribuyentes 3. Nuestras responsabilidades 4. Uso de Internet 5. Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano 6. La suspensión del Registro Único de Contribuyentes 7. Evaluación CAPÍTULO 6 EL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES 1. Página introductoria 2. ¿Qué es el RUC? 3. ¿Quiénes están obligados a obtener el RUC? 4. El número de registro 5. ¿Qué necesito para inscribirme en el RUC como persona natural? 6. Requisitos adicionales para personas naturales que cumplen actividades específicas 7. Inscripción de sociedades en el RUC 8. ¿Cómo se verifica la ubicación de las empresas? 9. La suspensión del RUC 10. Cancelación del RUC 11. Estados del contribuyente ante la administración tributaria 12. Evaluación CAPÍTULO 7 COMPROBANTES DE VENTA Y DE RETENCIÓN 1. Página introductoria 2. ¿Cuáles son los comprobantes de venta válidos? 3. Comprobantes de retención 4. Autorización para emitir comprobantes de venta, retención y documentos complementarios 5. Establecimientos gráficos autorizados 6. ¿Qué se debe hacer en caso de que los comprobantes fueran emitidos con errores? 7. La factura 8. La nota de venta (RISE) 43 43 44 45 47 48 49 50 51 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 63 64 65 66 67 68 69 70
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    ÍNDICE 9. El tiquetede máquina registradora 10. Liquidaciones de compra de bienes y prestación de servicios 11. Comprobante de retención 12. Guía de remisión 13. Evaluación PROYECTO DE VALORES 2 1. Lectura 2. Actividades CAPÍTULO 8 EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO 1. Página introductoria 2. Venta, compra, intercambio e importación: IVA, el impuesto del mercado de productos y servicios 3. El hecho generador del IVA y bienes gravados con tarifa 0 % 4. Los sujetos que intervienen en el IVA 5. Liquidación del impuesto al valor agregado 6. Retenciones en la fuente del IVA 7. La declaración del impuesto al valor agregado 8. Errores en la declaración y declaraciones anticipadas 9. Una manera inteligente de declarar 10. Devolución del IVA 11. Evaluación CAPÍTULO 9 EL IMPUESTO A LA RENTA 1. Página introductoria 2. ¿Qué es el impuesto a la renta? 3. Fuentes de la renta e ingresos gravados 4. La renta se calcula de manera global 5. Gastos Personales 6. Cálculo del impuesto a la renta 7. Anticipos y retenciones 8. Conciliación 9. Detalle de exenciones y deducciones aplicables al impuesto a la renta 10. Detalle de costos y gastos deducibles 11. Tarifa del impuesto a la renta para sociedades 71 72 73 74 75 77 78 79 79 80 81 83 84 85 86 87 88 89 90 91 91 92 93 94 96 98 101 102 103 104 106
  • 13.
    ÍNDICE 12. Cálculo delanticipo del impuesto a la renta 13. Retenciones en la fuente del impuesto a la renta 14. Distribución de la recaudación del impuesto a la renta 15. Evaluación CAPÍTULO 10 EL IMPUESTO A LOS CONSUMOS ESPECIALES 1. Página introductoria 2. Un impuesto sobre bienes de lujo 3. Tarifas del ICE 4. Quiénes deben pagar el ICE 5. Cómo declarar el ICE 6. Evaluación CAPÍTULO 11 INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS 1. Página introductoria 2. ¿Qué son las infracciones tributarias? 3. Sanciones aplicables por infracciones 4. La defraudación 5. Sanciones 6. Evaluación PROYECTO DE VALORES 3 1. Lectura 2. Actividades 107 108 110 111 113 113 114 115 116 117 118 119 119 120 121 122 123 125 127 128
  • 14.
    La Cultura tributariaes un tema de grandes y chicos.
  • 15.
    Oficinas del SRI Funcionariadel SRI Capítulo 1 Equidad y desarrollo 13 ¿De qué se trata? Conceptualmente • Identificar el objetivo fundamental de la econo- mía estatal. • Reconocer las principales metas que deben orientar una política económica. • Nombrar los mecanismos utilizados para conse- guir los objetivos de una política económica. En actitudes y valores • Valorar la planificación para el sostenimiento de la economía nacional. • Reconocer y exigir el derecho a estar informado de las políticas económicas estatales y al rendi- miento de cuentas de las autoridades. Tributar es contribuir al Estado, como un compromiso y una obligación ciudadana, con el pago de impuestos en dinero, especies o servicios que servirán para financiar la satisfacción de necesidades so- ciales, es decir, para ayudar a la economía nacional. Antes de embarcarnos en el estudio de los aspectos es- pecíficos de la tributación, es necesario remitirnos a la fina- lidad general de la economía del Estado y a los principios y valores que deben enmarcar la actividad económica fiscal. Por ello, en este capítulo ha- blaremos sobre los objetivos de las políticas económicas es- tatales y los mecanismos con que dichas políticas accionan en la vida económica de todos las ciudadanas y ciudadanos ecuatorianos. • Apreciar el manejo responsable de las políticas económicas como clave para el cumplimiento de objetivos de desa- rrollo nacional. Lo que voy a lograr INTRODUCCIÓN A LA TRIBUTACIÓN ECONOMÍA PARA EL DESARROLLO DEL ECUADOR
  • 16.
    14 El gran objetivode la Economía La Economía es la ciencia que estudia los métodos más eficaces para satisfacer las necesidades humanas materiales, y adminis- trar razonablemente el conjunto de bienes y actividades que integran la riqueza de una co- lectividad o un individuo. La economía estatal tiene como objetivo re- solver los problemas de la comunidad y crear las condiciones necesarias para el desarrollo de la nación. Para ello, el Estado desarrolla po- líticas económicas. Una política es la forma en que se conduce un asunto o se emplean los medios para alcanzar un fin determinado, las orientaciones o direc- trices que rigen la actuación de una entidad en un asunto o un campo específico. En este caso, se trata del Estado respecto de la economía, es decir, de políticas económicas estatales. La formulación de la política económica de un Estado comprende dos procedimientos, de- pendientes el uno del otro: 1. La determinación de los objetivos que se quieren alcanzar. 2. La elección de los instrumentos que se utilizarán para conseguir los objetivos determinados. Art. 284.- La política económica tendrá los si- guientes objetivos: 1. Asegurar un adecuada distribución del ingreso y de la riqueza nacional. 2. Incentivar la producción nacional, la productividad y competitividad sistémicas, la acumulación del conocimiento científico y tecnológico, la inserción estratégica en la economía mundial y las activida- des productivas complementarias en la integración regional. 3. Asegurar la soberanía alimentaria energética. 4. Promocionarlaincorporacióndelvaloragregadocon máxima eficiencia, dentro de los límites biofísicos de la naturaleza y el respeto a la vida y a las culturas. 5. Lograr un desarrollo equilibrado del territorio nacio- nal, la integración entre regiones, en el campo, entre el campo y la ciudad, en lo económico, so- cial y cultural. 6. Impulsar el pleno empleo y valorar todas las formas de trabajo, con respeto a los de- rechos laborales. 7. Mantener la estabilidad económica, enten- dida como el máximo nivel de producción y empleo sostenibles en el tiempo. 8. Propiciar el intercambio justo y comple- mentario de bienes y servicios en merca- dos transparentes y eficientes. 9. Impulsar un consumo social y ambiental- mente responsable. La Constitución Política del Estado Ecuatoriano, como Ley máxima, garantiza y orienta las políticas económicas de los gobiernos. La Ley dice Capítulo 1 • Introducción a la tributación
  • 17.
    Equidad y desarrollo15 La política económica del Estado ecuato- riano tiene tres objetivos que responden a los principios de eficiencia, equidad, sustenta- bilidad y calidad: • Desarrollo económico Es la evolución progresiva de una econo- mía hacia mejores niveles de vida. La orga- nización y el funcionamiento de la política económica deben asegurar a los habitantes una vida digna e iguales derechos y oportu- nidades para acceder al trabajo, a los bienes y servicios y a la propiedad de los medios de producción, lo cual incidirá en el mejora- miento de su calidad de vida. • Estabilidad económica Es el sostenimiento o el incremento de los niveles de empleo, el mantenimiento esta- ble de los precios de los bienes y servicios y el equilibrio de la balanza de pagos. • Eficiencia distributiva Es lograr la equidad en la distribución del ingreso público entre unidades territoriales y unidades familiares, es decir, administrar adecuadamente el ingreso fiscal para de- volverlo equitativamente a la colectividad, en obras y servicios de calidad que benefi- cien a todos. Principales retos de la política económica El mundo está lleno de desigualdades. Las tres personas más ricas del mundo (Bill Gates, Carlos Slim y Warren Buffet) tienen activos que superan el ingreso pú- blico combinado de los 48 países menos adelantados del mundo. Los 225 perso- najes más ricos del mundo acumulan una riqueza equivalente a la que tienen los 2 500 millones de habitantes más pobres (el 47 % de la población del planeta). Siguiendo una política económica equita- tiva y justa, los impuestos que pagan estos multimillonarios deben ser proporcio- nales a su riqueza para que, con eficiencia distributiva, los ciudadanos de los Estados en los que tributan, sean altamente bene- ficiados gracias al principio de equidad. Es un hecho
  • 18.
    16 Instrumentos de acción Uninstrumento es aquello que sirve de medio para hacer algo o conseguir un fin; los mecanismos de los que se sirve la política económica para la consecución del desarrollo, la estabilidad y la eficiencia distributiva son: • Una política monetaria Es un conjunto de medidas diseñadas para controlar y regular el sistema financiero, la banca y el sistema monetario, con el fin de conseguir la estabilidad del valor del dine- ro, evitar una balanza de pagos adversa y garantizar la liquidez. • Una política fiscal Es un conjunto de medidas diseñadas para recaudar los ingresos necesarios para el funcionamiento del Estado y dar cumpli- miento a su fin social. La política fiscal tiene dos componentes: el gasto público y los ingresos públicos, ambos forman el presu- puesto general del Estado, que es progra- mado por cada gobierno. El propósito de la política fiscal es dar estabilidad al siste- ma económico mediante su planificación y programación. Se produce un cambio en la política fiscal cuando el gobierno altera sus programas de gasto o de ingreso. La tributación es parte de la política fis- cal como un componente de los ingresos públicos. Responsabilidad La elaboración de la política econó- mica exige que los servidores pú- blicos sean responsables. La irres- ponsabilidad del servidor público genera ilegalidad, inmoralidad social y corrupción; tampoco hay respon- sabilidad cuando no se puede exigir fácil, práctica y eficazmente el cum- plimiento de las obligaciones de los servidores públicos. La responsabilidad de los gobernantes es un tipo de responsabilidad legal o jurídica, sin embargo, la responsabilidad política también es evaluada por los ciudadanos cuando, asu- miendo el papel de electores, valoran el uso que los gobernantes han hecho del poder. El juicio de valor que un gobernado atribuye a los actos de poder constituye, en efecto, una manera de evaluar la responsabilidad política que es fundamental para la vida democrática. La política tiene una función social y, precisa- mente porque los políticos tienen una labor di- rectiva, de ellos ha de venir al país un ejemplo de moralidad privada y pública, de honradez, de sobriedad de vida, de trabajo y de consa- gración al bienestar nacional. Capítulo 1 • Introducción a la tributación
  • 19.
    17Equidad y desarrollo 1 A partir de las definiciones, encierra el término correcto. • Forma en que se conduce un asunto o se emplean los medios para alcanzar un fin de- terminado, las orientaciones o directrices que rigen la actuación de una entidad en un asunto o un campo específico. Desarrollo económico Política Objetivo de la economía estatal • Evolución progresiva de una economía hacia mejores niveles de vida. Desarrollo económico Política Objetivo de la economía estatal • Resolución de los problemas materiales de la comunidad y creación de las condiciones necesarias para el desarrollo de la nación. Desarrollo económico Política Objetivo de la economía estatal 2 Explica con un ejemplo las consecuencias de la irresponsabilidad en la planificación de la política económica de un gobierno. 3 Investiga los siguientes conceptos. • Balanza de pagos • Liquidez • Sustentabilidad Hago y aprendo
  • 20.
    18 Capítulo 1• Introducción a la tributación Hago y aprendo pago contribución necesidades sociales Estado obligación 4 Enumera los objetivos permanentes de la economía según el Art. 284 de la Constitu- ción Política del Estado. 5 Responde: ¿por qué la tributación es parte de la política fiscal? 6 Define el término tributación utilizando las palabras del recuadro: 7 Describe una situación práctica en que el Estado y los gobernantes rinden cuentas a los contribuyentes. 1. 2. 3. 4. 5.
  • 21.
    Documento del presupuestogeneral del Estado Funcionario público 19 ¿De qué se trata? El presupuesto general del Estado es el principal documento económico de la nación, es el resul- tado final de una estrategia económica elaborada por el gobierno y es el instrumento imprescindible de la política económica. Está conformado por dos com- ponentes: el ingreso público y el gasto público; del equilibrio de estos dos elementos depende el buen funcionamiento de la economía del Estado. En este capítulo hablaremos sobre su composición, los criterios que intervienen en su planificación y sobre los resultados de su aplicación. Capítulo 2 EQUILIBRIO EL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO Lo que voy a lograr Conceptualmente • Identificar los componentes del presupuesto general del Estado. • Diferenciar los tipos de ingresos que tiene el Estado. • Diferenciar las clasificaciones del gasto del Estado. • Reconocer los diferentes escenarios del resultado de la aplicación del presupuesto general del Estado o re- sultado fiscal: en el que son posibles tres escenarios. • Identificar los partícipes del ingre- so del Estado que no constan en el presupuesto general. • Nombrar los criterios económi- cos que deben tomarse en cuenta para la elaboración y el manejo del presupuesto general del Estado. En actitudes y valores • Valorar la prioridad de la inversión social en el presupuesto general del Estado. • Reconocer la importancia de la tri- butación para el presupuesto ge- neral del Estado. Equidad y desarrollo
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    1 2 3 4 5 6 7 8 9 Mi asignación idealdel presupuesto general del Estado 20 Un presupuesto es el cómputo anticipado de los egresos y las rentas de una entidad o una persona; en él se determina la cantidad necesaria de dinero para hacer frente a los gastos futuros, tomando en cuenta aquello de lo que se dispone como recurso. A nivel de país se elabora un presupuesto ge- neral del Estado, que es un instrumento básico para poner en práctica la política económica de un gobierno. Para su elaboración, se nece- sita un proceso de toma de decisiones sobre la asignación que ha de hacerse de los recursos disponibles, orientada por los objetivos de la política económica —que, en general, son de satisfacción de las necesidades de la so- ciedad—. La dificultad de la planificación de la asignación de los recursos se encuentra en priorizar las necesidades nacionales, es decir, en la determinación de su importancia de atención, esto es lo que cambia el presupuesto planificado por un gobierno del planificado por otro. El presupuesto general del Estado es elabo- radoyejecutadoporcadagobiernoparasupe- ríodo de ejercicio por lo que se proyecta para varios años. La Constitución señala que debe ser aprobado por la Asamblea Nacional con el fin de que sea el resultado de un acuerdo y una estrategia conjunta entre diversas fuerzas políticas y sociales del país. Presupuestar, la gran tarea Pongámonos en los zapatos del gobierno Entre las necesidades so- ciales están la vivienda, la salud, el cuidado del medio ambiente, la cultura, la obra pública, el transporte, la educación, la defensa nacional y la seguridad interna. Adjudica, según tu parecer, una parte del presupuesto que está re- presentado en el gráfico a cada necesidad y comenta el por qué de tus priori- dades a tus compañeros y compañeras. Capítulo 2 • El presupuesto general del Estado
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    Equidad y desarrollo21 El presupuesto general del Estado está compuesto por dos elementos; el ingreso público, que representa los activos de su eco- nomía y los bienes o valores que recibe el Estado en un período determinado —general- mente en un año— ; y el gasto público, que representa los pasivos de la economía o los ru- bros que se asignan para su funcionamiento y el sostenimiento de las necesidades colectivas. El ingreso público está conformado por: • Los ingresos petroleros: percibidos por la exportación de barriles de petróleo y la venta interna de sus derivados, como la ga- solina y el diesel. • Los ingresos no petroleros tributarios: consisten en los impuestos administrados por el Servicio de Rentas Internas: el impues- to a la renta, el impuesto al valor agregado (IVA), el impuesto a los consumos especiales (ICE), el impuesto a la herencia, el impuesto a la salida de divisas, el impuesto a los ac- tivos en el exterior, y el impuesto a los ve- hículos motorizados de transporte terrestre. También son ingresos tributarios los aran- celes o los impuestos a las importaciones que son administrados por la Corporación Aduanera Ecuatoriana (CAE). • Losingresosnopetrolerosnotributarios: son los percibidos por concepto de multas, e intereses y aquellos generados por la au- togestión de las entidades y empresas es- tatales, como el cobro por las cédulas en el Registro Civil, por las consultas en los hos- pitales públicos o por la venta de servicios como la electricidad. ¿Cómo se compone el presupuesto general del Estado? Participación de todos El pago de tributos puede parecer moles- toso, sin embargo, al cumplir con esa obli- gación estamos participando en la cons- trucción del Ecuador que queremos. Para cumplir puntualmente con nuestra res- ponsabilidad tributaria debemos fortalecer nuestra disciplina y conocer sobre nuestras obligaciones como contribuyentes. Todos los ecuatorianos debemos formarnos en cultura tributaria. Pagar los impuestos es nuestracontribuciónrealala economía del país, un deber ciudadano que conlleva el derecho a ser beneficiados por la acción del Estado.
  • 24.
    22 Capítulo 2• El presupuesto general del Estado Otras clasificaciones de los ingresos públicos se realizan de acuerdo con los siguientes criterios: Por la periodicidad • Ingresos ordinarios: son aquellos que el Estado percibe de manera constante o permanente. • Ingresos extraordinarios: son los que se reciben en circunstancias especiales, como por ejemplo, por una donación internacional. Por el origen • Ingresos originarios o de derecho pri- vado: son los que obtiene al participar de dividendos de empresas del sector priva- do o por arrendamientos de inmuebles de su propiedad. • Ingresos derivados o de derecho públi- co: son aquellos que recibe por la natura- leza de su potestad o poder, es decir, por su facultad de imponer tributos. Otra clasificación común • Ingresos patrimoniales: son los que se obtienen por concepto del usufruc- to de los bienes o pertenencias estatales, como los arrendamientos y dividendos de participación. • Ingresosempresariales: son los percibidos cuando el Estado realiza un trabajo o una gestión de tipo oneroso o cuando cobra un precio por un servicio prestado, al que se denomina tasa. • Ingresos tributarios: son los obtenidos por la recaudación de impuestos como el IVA o el impuesto a la renta. • Ingresos gratuitos: son los valores que se reciben sin esperar una retribución, es de- cir, las donaciones. • Ingresos por sanciones: son los recauda- dos por concepto de las multas o los inte- reses que la Ley determina que deben pa- gar las personas naturales o ciudadanos y las sociedades o empresas que han cometi- do infracciones. • Ingresos por préstamos: son ingresos per- cibidos por la devolución de valores que habían sido entregados a terceros por el Estado en calidad de créditos. • Ingresos por emisiones monetarias: son los valores obtenidos por la emisión de pa- peles fiduciarios. El ingreso público: clasificaciones
  • 25.
    Equidad y desarrollo23 El gasto público: clasificaciones El gasto público está conformado por: • El gasto corriente: es el principal rubro de egreso programable, lo constituyen las ero- gaciones o reparticiones que necesitan to- das las entidades estatales para funcionar; incluye el pago de sueldos y salarios de los funcionarios, la adquisición de insumos y el financiamiento de las tareas específicas de cada entidad como, por ejemplo, la or- ganización de elecciones realizada por el Tribunal Supremo Electoral o los operativos policiales. • El gasto de capital: son inversiones en obras públicas, sobre todo en cuanto a in- fraestructura, es decir, a la construcción de carreteras, escuelas, hospitales y puentes, entre otras. Estas obras son inversiones pues deben contribuir al crecimiento de la economía y la productividad. • El pago de deuda: es el rubro que se debe pagar por concepto de amortización o pago de intereses de capitales que el país ha reci- bido como préstamo. Otra clasificación del gasto público se hace de acuerdo con el destino que se asigna a los rubros: • Gasto en servicios públicos: todos los ru- bros destinados a la defensa nacional, la seguridad interna, el servicio exterior (em- bajadas y consulados), el cuidado del medio ambiente y la administración de justicia. • Gasto social: rubros para la educación, la salud, la infraestructura básica y el desarro- llo comunitario. • Gasto de administración del Estado: gas- tos generados por el funcionamiento de los ministerios y sus entidades adscritas, las asig- naciones a los gobiernos seccionales (munici- pios, gobernaciones y consejos provinciales) y las entidades autónomas del Estado, como el Banco Central del Ecuador, el Servicio de Rentas Internas y la Corporación Aduanera Ecuatoriana, entre otras. Beneficiarios directos o partícipes Con el rendimiento de los impuestos estable- cidos en la Ley, se realizan compensaciones con cargo al Presupuesto General del Estado o al Fondo de Desarrollo Seccional (FODESEC) en el caso de los Organismos Seccionales, Universidades y Escuelas Politécnicas; para lo cual el Ministerio de Economía y Finanzas toma en cuenta el aumento de las recaudaciones y el incremento de la base imponible de los impuestos.
  • 26.
    24 Todo presupuesto tieneque ser evaluado mediante un balance, una confrontación entre el dinero activo y el dinero pasivo, que determina el estado de la economía o el ne- gocio. En el caso del presupuesto general del Estado, este análisis arroja el resultado fiscal en el que son posibles tres escenarios: • Superávit: cuando los ingresos son mayo- res que los gastos. • Déficit: cuando los gastos son mayores que los ingresos. • Equilibrio: cuando los ingresos y los gastos son iguales. La política fiscal debe siempre orientarse a un equilibrio, en el que los gastos se limiten al nivel de ingresos. • Los ingresos del Estado deben ser- vir para financiar la satisfacción de las necesidades de la población. • El endeudamiento se ha dado porque los ingresos propios del Estado no fueron suficientes para cubrir el gasto público. • No se debe financiar el gasto corriente mediante el endeuda- miento público. Consideraciones importantes sobre el presupuesto El resultado fiscal Capítulo 2 • El presupuesto general del Estado
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    Equidad y desarrollo25 Hago y aprendo 1 Escribe un antónimo para cada término. gasto superávit público activo inversión 2 Responde las preguntas. • ¿Cuándo el Estado recurre al endeudamiento? • ¿Quién aprueba el presupuesto general del Estado? • ¿Qué se entiende por partícipes? 3 Describe cómo imaginas la situación económica de un país con déficit fiscal.
  • 28.
    26 Capítulo 2• El presupuesto general del Estado Hago y aprendo 4 Encierra las opciones correctas. Una donación al Estado se podría clasificar como un ingreso de tipo: patrimonial tributario gratuito derivado extraordinario 5 Escribe un ejemplo para cada tipo de gasto. • Gasto de administración • Gasto capital • Gasto social • Gasto corriente 6 Enumera cuatro tipos de ingresos no petroleros tributarios. 1 2 3 4 7 Responde con un porcentaje: ¿qué tan importante es la tributación para el presupuesto general del Estado? ¿Por qué?
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    Sistema computarizado deSRI Trámite tributario Equidad y desarrollo 27 ¿De qué se trata? Capítulo 3 TEORÍA GENERAL DE LA TRIBUTACIÓN Y LOS TRIBUTOS UNA CUESTIÓN DE PRINCIPIOS Lo que voy a lograr Latributaciónesunconceptoquesearticula alrededor de algunos principios básicos, que provienen de varios enfoques: económico, jurídico, administrativo, social, entre otros. En este capítulo abordaremos algunas de estas orientaciones de la teoría de la tributación. También hablaremos del concepto de tributo y de su clasificación hecha por la legislación de nuestro país. Conceptualmente • Identificar los principios que deben orientar los sistemas tributarios. • Reconocer el principal objetivo de la política tributaria. • Definir el término tributo. • Nombrar los tipos de tributos que establece el Código Tributario. En actitudes y valores • Valorar los principios modernos de la tributación como generadores de características deseables de la política tributaria. • Reconocer la necesidad de una orientación axio- lógica de la tributación. • Apreciar los valores relacionados con los princi- pios que deben orientar la política tributaria.
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    28 Orientación de lapolítica tributaria Un poco de historia Como un componente de la política fiscal, la tributación está principalmente destinada a producir ingresos, para el presupuesto pú- blico, que financien el gasto del Estado. Esta función de la política tributaria debe estar orientada por algunos principios fundamen- tales sobre la imposición que se han enunciado, evolucionado y probado a través del tiempo, estos sirven de pautas para el diseño de los sistemas tributarios. Mientras más apegada a ellos es una política tributaria, los resultados de su aplicación, son más deseables y favorables, tanto para el Estado como para los ciudadanos. Desde los tiempos más remotos han existido tributos, el modelo tributario indica, ineludible- mente, el modelo económico. Las formas de im- posición han evolucionado junto con la historia de la humanidad. En los sistemas imperiales, monárquicos y coloniales la tributación era in- justa y excesiva, por eso los asuntos tributarios son considerados por los historiadores como una de las principales causas de guerras, revo- luciones y decadencia de las civilizaciones. El deterioro de la antigua civilización egipcia fue consecuencia, en parte, de intolerables im- puestos que detuvieron el proceso productivo. La decadencia del imperio romano tuvo entre sus principales causas la excesiva carga fiscal a los habitantes del imperio. La Revolución francesa surgió también como consecuencia de un descontento ante los ele- vados impuestos. La lucha por la independencia de las colonias inglesasenAméricadelNortetuvocomocausa problemas tributarios y una de las causas de la lucha por la independencia de nuestros países hispanoamericanos fue precisamente la desigual carga tributaria que los indígenas y mestizos tenían que pagar al entonces go- bierno español. Hoy, el pago de tributos es con- siderado como un compromiso ético y solidario que tendrá retri- bución directa en el bienestar de la sociedad. Capítulo 3 • Teoría general de la tributación y los tributos
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    De cada unode los principios que guían la teoría de la tributación surgen impor- tantes características que debe reunir una po- lítica tributaria. A continuación se enumeran los principios y las características que cada uno aporta a la política fiscal. Principio de suficiencia: hace referencia a la capacidad del sistema tributario de re- caudar una cantidad de recursos adecuada o suficiente para solventar el gasto del Estado. Una política tributaria que cumple con este principio debe tener, además, como características: • Generalidad de los tributos, es decir, que sean para todos. • Determinación justa de las exenciones, es decir, de quienes no pagan ciertos tributos. • Amplitud de las bases económicas y de los sujetos alcanzados por los tributos. Principio de equidad: hace referencia a que la distribución de la carga tributaria debe estar en correspondencia y proporción con la capacidad contributiva de cada sujeto de tributación o contribuyente. Una política tri- butaria que cumple con este principio tiene como características: • Imposiciones graduadas de acuerdo con las manifestaciones de bienestar económico del contribuyente. • Creación de categorías o clasificaciones de contribuyentes. • Reconocimiento de que igualdad jurídica no significa indiferenciación tributaria. Equidad y desarrollo 29 Principios fundamentales de la teoría de la tributación Todo ordenamiento ju- rídico tributario debe estar en concordancia con los principios orien- tadores de la teoría tri- butaria, la mayoría de estos principios son parte de los derechos inalienables de las per- sonas que las constitu- ciones y los tratados in- ternacionales recogen. Recordemos
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    30 Capítulo 3• Teoría general de la tributación y los tributos volumen de recursos que justifique su implan- tación y sobre bases o sectores económicos que tengan una efectiva capacidad contribu- tiva. Una política tributaria que cumple con este principio tiene como características: • Costos no elevados y justificados de cum- plimiento por parte de los contribuyentes y de control por parte de la administración tributaria. • Transparencia en la administración tributaria. • Conocimiento de los contribuyentes sobre las obligaciones tributarias. Principio de neutralidad: hace referencia a que la aplicación de los tributos no debe al- terar el comportamiento económico de los contribuyentes, a la necesidad de atenuar el peso de consideraciones de materia tributaria en las decisiones de los agentes económicos. Una política tributaria que cumple con este principio tiene como características: • Poca interferencia de la tributación en el funcionamiento del mercado. • Evita que se generen distorsiones en la asignación de recursos para las actividades económicas de la población debido a la presencia de los tributos. Principio de simplicidad: hace referencia a que el sistema tributario debe contar con una estructura técnica que le sea funcional, que imponga solamente los tributos que capten el La concepción de la tributación varía de acuerdo con el modelo económico que la aplique, sin em- bargo, los principios orientadores de la teoría tributaria actualmente tienen carácter de universalidad. Monarquía
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    Equidad y desarrollo31 Los tributos son prestaciones en dinero, bienes o servicios, determinados por la Ley, que el Estado recibe como ingresos en función de la capacidad económica y contributiva del pueblo, los cuáles están encaminados a finan- ciar los servicios públicos y otros propósitos de interés general. Los tributos en nuestro país están dispuestos y regulados por la Ley en el Código Tributario. Son de varias clases y pueden gravar o impo- La participación ciudadana es una actitud que implica asumir compromisos y ponerlos en práctica para aportar al mejoramiento de la sociedad, se concreta en acciones tendientes a buscar el bien de la comunidad. Implica tomar conciencia respecto de las consecuen- cias sobre nosotros mismos y sobre los demás, de lo que hacemos o dejamos de hacer, con- siste en reconocer que somos dueños de nues- tros actos libremente realizados y, por lo tanto, aceptamos las consecuencias que se deriven de ellos. El pago de tributos es una forma de partici- pación ciudadana. Si cada ciudadano y ciuda- Todos sostenemos al país El pago de los tributos es la principal manera en que los ciudadanos y las ciudadanas participamos en el desa- rrollo del país: contribuimos al soste- nimiento del Estado. ¿Qué son los tributos? nerse sobre el consumo o el gasto de los con- tribuyentes, sobre sus fuentes de ingreso eco- nómicoyporconceptodeunservicioprestado por el Estado. Aunque se utiliza el término impuesto como sinónimo de tributo, la legislación ecuato- riana determina que los impuestos son uno de los tipos de tributos junto con las tasas y las contribuciones. dana, si cada empresa, participara mediante el pago de sus tributos, el desarrollo del país sería más acelerado. Cuando los que tienen la obligación de pagar tributos tardan en hacerlo o no lo hacen, están dejando de participar en su propio bienestar. El incumplimiento origina que las obras pú- blicas no se puedan realizar o no se concluyan; que los servicios esenciales para la sociedad, como educación, salud, seguridad, entre otros, sean deficientes e incompletos; que, injusta- mente, su costo lo lleven aquellos que sí par- ticipan con su aporte al sostenimiento de la vida en sociedad; y que para poder cubrir los gastos que generan sus funciones y objetivos el Estado se vea en la necesidad de obtener di- nero por otros medios —deuda externa—.
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    32 Varias maneras detributar Nuestro Código Tributario acoge una clasifica- ción tripartita de los tributos, y establece que se entiende por tributos a: 1. Los impuestos: son contribuciones que se pagan por vivir en sociedad, no constituyen una obligación contraída como pago de un bien o un servicio recibido, aunque su re- caudación pueda financiar determinados bienes o servicios para la comunidad. Los impuestos podrían ser considerados como los tributos de mayor importancia en cuan- to a su potencial recaudatorio y a diferencia de los otros tipos de tributos se apoyan en el principio de equidad o diferenciación de la capacidad contributiva. 2. Las tasas: son tributos exigibles por la pres- tación directa de un servicio individualiza- do al contribuyente por parte del Estado, esta prestación puede ser efectiva o poten- cial —en cuanto a que si el servicio está a disposición, el no uso no exime su pago—. Las tasas se diferencian de los precios por ser de carácter obligatorio por mandato de la Ley. 3. Las contribuciones especiales o de me- joras: son pagos a realizar por el beneficio obtenido por una obra pública u otra presta- ción social estatal individualizada, cuyo des- tino es la financiación de ésta. Contribuían con trabajo Los tributos eran pagados en especies o en trabajo personal público, periódico y rotativo, al que se denominaba mita. El tiempo de la mita era variable y podía extenderse por va- rios años. De este servicio, obligatorio entre los 18 y los 50 años, estaban exentos los ar- tistas y los artesanos. El sistema de la mita era utilizado para hacer trabajos en las minas, en el empedramiento de calles, en la excavación y la limpieza de canales, en la construcción de caminos y puentes, en la edificación de pala- cios y templos, en el transporte de bienes y en el levantamiento de silos. También para los mayas, aunque tenían una aproximación al dinero que era el grano del cacao, el tributo se pagaba en forma de trabajo gratuito. La construcción de edificios públicos representabauntipodepago.Muchaspersonas en la sociedad maya, estaban exentas de pagar tributo: la nobleza, el sacerdocio y los funciona- rios civiles y militares, que vivían de lo que pa- gaban los hombres de condición social inferior, ademásdequelasciudadespequeñaspagaban tributos a las ciudades estado mayores. Capítulo 3 • Teoría general de la tributación y los tributos El imperio inca basaba la mayor parte de su economía y funciona- miento en la tributación.
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    Equidad y desarrollo33 Principio de Hago y aprendo 1 Cada uno de los siguientes enunciados contradice un principio orientador de un buen sistema tributario. Escribe junto a él el principio al cual contradice: • Todos los contribuyentes deben pagar lo mismo. • El Estado emplea todo lo que recibe por impuestos en controlar que los contribuyentes lo paguen. • Solo ciertos ciudadanos deben pagar tributos. • Debemos subir el precio de ven- ta para poder cubrir el costo de los impuestos. 2 Escribe un ejemplo para cada clase de tributo: • Tasa: • Impuesto: • Contribución especial: 3 Investiga y responde: ¿Cuáles son los indicadores de capacidad económica y contributiva que se deberían tomar en cuenta para hacer una clasificación de contribuyentes? 4 Escribe el nombre del ordenamiento legal que regula los asuntos tributarios en el Ecuador: Principio de Principio de Principio de
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    34 Capítulo 3• Teoría general de la tributación y los tributos Hago y aprendo 5 Define el término impuesto: 6 Enumera cinco valores que deben intervenir en la tributación: 1. 2. 3. 4. 5. 7 Escribe tres diferencias entre la tributación en los tiempos prehispánicos y en la actualidad: 8 Observa a tu alrededor y escribe un párrafo sobre cómo te beneficias personalmente de la obra pública financiada con impuestos, tasas y contribuciones de mejoras: Tiempos prehispánicos Actualidad 1. 2. 3. 1. 2. 3.
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    Oficinas del SRI Funcionariosdel SRI visitando un establecimiento comercial Equidad y desarrollo 35 Capítulo 4 LA LEY Y EL SRI LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA Y LA CONSTITUCIÓN DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS ¿De qué se trata? Conceptualmente • Definir la obligación tributaria. • Conocer qué es la cultura tributaria. • Identificar qué elementos conforman la obligación tributaria. Lo que voy a lograr La imposición y el pago de tributos en el Ecuador es una obligación determinada por la Ley. La obligación tributaria tiene varios elementos que la conforman, en este capítulo abordaremos cada uno de ellos: la Ley en sí misma, los actores que en ella intervienen y el hecho que la genera. Hablaremos sobre la institución encargada de la ejecución de la política tributaria, es decir, la recaudación de los tributos: el Servicio de Rentas Internas (SRI). Conoceremos la visión y la misión que definen su labor. • Identificar las facultades, las atribuciones, la visión, la misión y las obligaciones del SRI. En actitudes y valores • Valorar la Ley como elemento imprescindi- ble de funcionamiento de toda sociedad. • Reconocer la mejora cualitativa de la recau- dación y la administración tributaria a partir de la creación del SRI. • Apreciar la orientación ética del Servicio de Rentas Internas.
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    36 Una relación legalentre el Estado y la ciudadanía Entre el Estado ecuatoriano y la ciudadanía existen varias relaciones jurídicas. Una de ellas es la obligación tributaria, esta relación personal convierte a los ciudadanos y ciuda- danas en contribuyentes, es decir, responsa- bles del pago de tributos, ya sea en efectivo, servicios o especies. La obligación tributaria es una exigencia legal con el Estado y las entidades acreedoras, un vínculo establecido por precepto de Ley que sujeta a las y los ecuatorianos a pagar tributos. Elementos de la obligación tributaria Conceptualmente la obligación tributaria está constituida por varios elementos: 1. La Ley: para establecer, modificar o extin- guir un tributo, el Estado tiene la potestad exclusiva de emitir leyes; todo tributo se determina a través de leyes, no hay tributo sin ley. Las leyes tributarias tienen como ob- jetivo financiar al Estado ecuatoriano. Estos fondos serán destinados a la producción y el desarrollo social procurando siempre la adecuada distribución de la riqueza. Las leyes tributarias determinarán los bie- nes o servicios gravados con impuestos, los sujetos activo y pasivo que intervienen en la tributación, la cuantía del tributo y la forma de establecerla, las exenciones, las deducciones y los reclamos o recursos que deban concederse. Capítulo 4 • La obligación tributaria y la constitución del Servicio de Rentas Internas Donde no hay justicia, no hay libertad; y donde no hay li- bertad, no hay justicia. Rene Le Senne Tributación justa
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    Equidad y desarrollo37 2. El hecho generador: es el momento o la actividad que la Ley establece para que se configure cada tributo. 3. El sujeto pasivo: es toda persona natu- ral o jurídica a quien la Ley exige tributos, es en quien reside la obligación tributaria. El sujeto pasivo puede ser contribuyente o responsable: • Contribuyente es quien, según la Ley, debe soportar la carga tributaria al darse el hecho generador, es decir, cuando re- úne las características establecidas en la legislación tributaria. • Responsable es la persona natural o ju- rídica que, sin tener la calificación de contribuyente, debe cumplir las obliga- ciones atribuidas a este por disposición expresa de la Ley; como en el caso de los responsables por representación y por sucesión. También son responsables los representantes legales. 4. El sujeto activo: es la contraparte del suje- to pasivo, el ente acreedor de los tributos, es el Estado, como gobierno nacional repre- sentado por el Servicio de Rentas Internas o como gobierno seccional —consejos pro- vinciales, municipios y otros acreedores fis- cales locales—. Los sitios de Internet, We The People Foundation for Constitutional Education y We the People Congress, explicaban a los contribuyentes de ese país que podían negarse a pagar tributos, ampa- rados en algunas frases de la Constitución o de la Ley estadounidense, por ejemplo en una en que se nombra la palabra voluntarios. En su decisión, tomada el 9 de agosto de 2007, el juez estimó que esos argumentos eran falsos y que incitar a no pagar impuestos es ilegal. ¿Qué opinas? Un juez de Nueva York, clausuró, dos sitios web que proporcionaban consejos seudo jurídicos para evitar pagar impuestos en Estados Unidos, por vender un sistema nacional de fraude fiscal. Según el dictamen judicial, los sitios fueron cerrados por alentar a realizar acciones ile- gales. Estos recibían veinte dólares por pro- porcionarsuguíadesupresióndelimpuesto,el juez exigió, los nombres y direcciones de las personas que pagaron por esos consejos. La organización WeThePeople, dijo que ape- lará la resolución judicial. Seguramente esta apelación pondrá nuevamente en discusión hasta qué punto interviene la voluntad en las cuestiones tributarias. ¿Qué opinas tú? Fuente: AFP
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    38 La labor delServicio de Rentas Internas El Servicio de Rentas Internas (SRI) es, en Ecuador,laentidadquetienelaresponsabi- lidad de recaudar los tributos internos estable- cidos por Ley. Su finalidad es la de consolidar la cultura tributaria en el país para incrementar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias de los contribuyentes. El SRI tiene a su cargo la ejecución de la polí- tica tributaria del país en lo que se refiere a los impuestos internos. Para ello cuenta con las siguientes facultades: • Determinar, recaudar y controlar los tribu- tos internos. • Difundir y capacitar al contribuyente res- pecto de sus obligaciones tributarias. • Preparar estudios de reforma a la legislación tributaria. • Aplicar sanciones. Los objetivos del SRI son: 1. Incrementar anualmente la recaudación de impuestos con relación al crecimiento de la economía. 2. Diseñar propuestas de política tributaria orientadas a obtener la mayor equidad, for- talecer la capacidad de gestión institucional y reducir el fraude fiscal. 3. Lograr altos niveles de satisfacción en los servicios al contribuyente. 4. Reducir los índices de evasión tributaria y procurar la disminución de mecanismos de elusión de impuestos. El SRI está en Internet Capítulo 4 • La obligación tributaria y la constitución del Servicio de Rentas Internas Toda la información sobre el Servicio de Rentas Internas que necesites conocer la puedes encontrar en el sitio web www.sri.gob. ec. En él se ofrece una animación interactiva, que en pocos y sencillos pasos, te enseñará cómo navegar en el portal.
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    Equidad y desarrollo39 Lo que hacemos y a lo que aspiramos en el SRI Másdeunadécadadeservicioefectivo El SRI ha logrado mejoras importantes en la recaudación y la administración tributaria. El 2 de diciembre de 1997 fue creado el Servicio de Rentas Internas, en un entorno económico com- plejo; era necesario transformar la administración tributaria en el Ecuador, enfocándose inicialmente en combatir nichos evidentes de evasión, mejorar la recaudación, sostener el presupuesto general del Estado y, al mismo tiempo, darle flexibilidad y eficiencia a la administración. A más de una década de su creación la re- caudación de impuestos en los últimos trece años, pasó de $ 1 423 millones, en 1997, a $ 9 556 millones, en 2011. Para fomentar la cultura tributaria en la so- ciedad ecuatoriana y prestar servicios de ca- lidad a los ciudadanos y las ciudadanas, a fin de lograr el correcto cumplimiento de sus obli- gaciones, el SRI orienta su acción así: Misión Promover y exigir el cumplimiento de las obli- gaciones tributarias, en el marco de principios éticos y legales, para asegurar una efectiva re- caudación que fomente la cohesión social. Visión Ser una institución que goce de confianza y re- conocimiento social por hacerle bien al país. Hacer bien al país por nuestra transparencia, modernidad, cercanía y respeto a los derechos de los ciudadanos y contribuyentes. Hacer bien al país porque contamos con fun- cionarios competentes, honestos, comprome- tidos y motivados. Hacer bien al país por cumplir a cabalidad la gestión tributaria, disminuyendo significativa- mente la evasión, la elusión y el fraude fiscal. 1998 Gestión y organización institucional enfocadas por proyectos. 2000 - 2002 Enfoque en el servicio al contribuyente. Ampliación de la cobertura regional y provincial. 2005 - 2006 Enfoque funcional. Generación de mayor flexibilidad y adaptabilidad. Dic-97 Creación del SRI. 1999-2000 Proceso de reingeniería organizacional. 2005 Dinamización y especialización del servicio y el control ejecutados por el SRI. 2007 Enfoque a la gestión tributaria, para fortalecer áreas de control tributario, controlar a los grandes contribuyentes y transparentar la estructura operativa. 2006 Reformas que brindan coherencia integral y facilitan la correcta aplicación de la gestión institucional. 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2007 Ley Reformatoria para la EquidadTributaria, donde los que más tienen pagan más, y los que menos tienen pagan menos. 2008 Fortalecimiento de los medios de interrelación con los contribuyentes para facilitar el acceso a la información de la AT e iniciativas relacionadas a mejorar los procedi- mientos de control e inteligencia tributaria. 2009 - 2011 Enfoque en la consoli- dación de una cultura tritutaria y generación de riesgo ante el incumplimiento. 2009 - 2011 Cumplimiento de los distintos programas de Asistencia, Control y Excelencia Operacional, e incremento de la efectividad de la AT a través del fortalecimiento de la cultura Tributaria. 2008 2009 - 2011 2008 Reestructuraciónaunsistema tributario más progresivo. La ley de EquidadTributaria incorporó incentivos a la pro- ducción y empleo y fortaleció la facultad de control de la AdministraciónTributaria.
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    40 Capítulo 4• La obligación tributaria y la constitución del Servicio de Rentas Internas Hago y aprendo 1 Explica en tus palabras este enunciado: Los contribuyentes deben satisfacer un tributo al verificarse el hecho generador previs- to por la Ley. 2 Establece la diferencia entre contribuyente y responsable. 3 Investiga los siguientes términos en materia de tributación. • Evasión: • Elusión: • Fraude fiscal: • Exención: 4 Escribe tu opinión personal sobre la visión del SRI. 5 Enumera los objetivos del SRI. 1. 2. 3. 4. Contribuyente Responsable
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    Equidad y desarrollo41 Antes de empezar, conozcamos sobre el tema. ¿Qué es un valor? La palabra valor tiene varios significados, es polisémica. Esta característica de las palabras es una de las peores trampas del lenguaje. Dos personas pronuncian o escriben la misma palabra, pero las ideas en sus cabezas son dis- tintas. Todas las palabras importantes en Ética son polisémicas, por eso para entendernos mejor, aquí definiremos la palabra valor, como lo que debe ser. Por ejemplo, la justicia es vista como un deber ser, aunque nunca estará aca- bada o completa en su realización, aun sí por momentos alguien actúa con justicia. ¿Por qué se considera valor a un valor? Los valores son considerados como tales por nuestra formación cultural, que hace que los percibamos como una obligación o un deber ser en nuestra conciencia. La mayoría se relaciona con nuestro desenvolvimiento en sociedad y por lo tanto se han generalizado. Incluso muchos de los valores reciben pro- tección jurídica. Su cumplimiento se refuerza mediante la coacción: leyes penales y civiles, tribunales, policías, cárceles, etc. La subjetividad y generalidad de los valores es uno de los temas más debatidos, la filosofía, la ética y la axiología abordan fundamental- mente esta cuestión, pues aunque muchos va- lores son considerados universales, estos han variado durante las distintas etapas de la his- toria y entre las distintas culturas. ¿Hay valores más importantes que otros? Un valor es más fuerte que otro, si se impone en nuestros juicios de preferencia. Esto esta- blece una jerarquía de valores. En occidente CONFLICTO DE VALORES fueron los romanos los que hicieron una lista, que no se ha enmendado nunca, para esta- blecer criterios de primacía de unos valores sobre otros: • Primero, no hacer daño a nadie, controlar nuestros instintos agresivos. Usamos la pa- labra respeto en este sentido. Una falta de respeto suena a poco, pero desde este pun- to de vista, denotaría lo más grave: la vio- lencia, física o moral. El respeto es el primer escalón. Si no se vive este valor, no existen los restantes. • Segundo, dar lo debido a cada uno: la justicia, que solo tiene sentido, si antes he- mos cumplido con los valores de respeto. Notemos que solemos llamar injusticias a muchas violencias, físicas o morales. • Tercero, controlar nuestros instintos cuando, espontáneamente, van hacia algún antivalor: autodominio, poner orden dentro de nosotros mismos. En la vida diaria muchos valores entran en conflicto entre sí, valernos de esta jerarquiza- ción nos permitirá conocer cuáles deben pre- valecer sobre otros. En este sentido, por ejemplo, podríamos juzgar que un evasor fiscal respeta la vida, aunque no la propiedad, —porque la evasión de impuestos es considerada una especie de robo— y podríamos repudiar que un asesino presuma de no haber robado la cartera de quien acaba de asesinar, ya que el respeto a la vida es más fuerte que el res- peto a la propiedad. Si no hay respeto a la vida, no hay respeto a nada, ni tampoco a la propiedad, aunque parezca que lo hay. Proyecto de valores 1
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    42 1 Realiza entretus conocidos la siguiente encuesta sobre juicios de preferencia entre dos valores. Escoja el valor que le parezca que deba prevalecer en cada uno de los siguientes casos. • Si una muchacha insiste en estar muy delgada, pone en peligro su salud. Si respeta su salud, ha de renunciar a su concepto de belleza. ¿Qué valor debe prevalecer, la salud o la belleza? • Una mujer cuyo marido e hijos han muerto en un acci- dente de tránsito pregunta al médico, que va a operarla de vida o muerte, ¿qué ha sido de mi marido e hijos? Si el médico dice la verdad, pone en peligro la vida de su paciente. ¿Qué es más importante decirle la verdad o mentirle para proteger su vida? • Un jefe es amabilísimo, pero no paga a fin de mes. Otro esmuyantipático,peropagaconpuntualidad.¿Quépre- fiere: amabilidad sin justicia o justicia sin amabilidad? • Un adolescente es atacado y tiene la posibilidad de de- fenderse a costa de la vida del agresor. Se dice a sí mis- mo: si respeto la vida de mi agresor, no respeto la mía, pues me va a matar. Si respeto mi propia vida, solo pue- do hacerlo no respetando la de mi agresor. ¿Qué haría usted? 2 Escribe dos situaciones de conflicto de valores y auméntalas a la encuesta. 3 Recoge las respuestas y realiza un cuadro estadístico que refleje la preferencia por los valores. Exponlo en clase. ¡Luces, cámara, actividades! Proyecto 1 • Conflicto de valores
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    Entrega de comprobantede venta Todos somos contribyentes Equidad y desarrollo 43 Capítulo 5 SER CONTRIBUYENTE CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES Y SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS ¿De qué se trata? Todas las ciudadanas y ciudadanos ecua- torianos que realicen actividades econó- micas son contribuyentes y tienen obliga- ciones tributarias. La legislación tributaria ecuatoriana establece dos tipos de contribuyentes. Conoceremos las característicasquelosdeterminanydiferencian, así como cada una de las obligaciones tributa- rias prácticas que se derivan de esta condición. Lo que voy a lograr Conceptualmente • Identificar los tipos de contribuyentes y recono- cer sus diferencias. • Reconocer la obligación del contribuyente de ob- tener el Registro Único de Contribuyentes (RUC). • Reconocer la obligación del contribuyente de im- primir y emitir comprobantes de venta válidos. • Reconocer la obligación del contribuyente de lle- var un registro de ingresos y egresos. • Reconocer la obligación del contribuyente de presentar sus declaraciones. • Conocer los casos y la manera de suspender el RUC. En actitudes y valores • Ser honesto en las declaraciones de impuestos como un indicador de éti- ca y compromiso ciudadano. • Apreciar la disciplina del contribu- yente en la declaración y el pago de impuestos como una muestra de ci- vismo y madurez ciudadana.
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    44 Varios tipos decontribuyentes En nuestro país son contribuyentes tanto los individuos como las empresas, organiza- ciones o instituciones. El nivel de ingresos que obtiene anualmente cada contribu- yente indica si deben o no llevar contabi- lidad. Los tipos de contribuyentes son: 1. Personas naturales Son todos los individuos nacionales y extranjeros que realizan actividades económicas en nuestro país. Aquellas personas naturales obligadas a llevar contabilidad, son todos los individuos nacionales y extranjeros que realizan actividades económicas en nuestro país y cuyos ingresos son mayores a $ 100 000 al año, o su capital de trabajo sea mayor a los $ 60 000, o cuyos costos y gas- tos anuales hayan sido superiores a $ 80 000. 2. Personas jurídicas Son las sociedades; este grupo compren- de a todas las instituciones del sector pú- blico, a las personas jurídicas bajo control de las Superintendencias de Compañías y de Bancos, las organizaciones sin fines de lucro, los fideicomisos mercantiles, las so- ciedades de hecho y cualquier patrimonio independiente del de sus miembros. Resistencia a la tributación Históricamente, los Estados han tenido que enfrentar la resistencia a la tributación por parte de los contribuyentes. En la antigüedad, debido a la injusta carga impositiva la tribu- tación fue constante y en algunos casos vio- lenta. Hoy, pese a que la concepción de la tri- butación ha cambiado y se basa en principios de equidad y solidaridad, la resistencia sigue siendo uno de los problemas con los que se enfrenta la administración tributaria. ¡Muchas personas no quieren pagar impuestos! Para facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones, el SRI ha implementado varias estrategias: ofrecer efectividad, eficiencia y agilidad, servicios mejorados y estandarizados con ayuda de herramientas digitales, una po- lítica abierta de comunicación externa que permita abrir nuevos espacios de relación con los contribuyentes y la formulación y la aplica- cion de programas para el fortalecimiento de la cultura tributaria, dirigidos a los diferentes sectores de la población —este libro es parte de ellos—. De esta manera, se procura que el descono- cimiento no sea la causa de la resistencia a la tributación para lograr un cambio en la ciuda- danía: la aceptación y la interiorización de la importanciadenuestraparticipaciónenlaeco- nomía del país, a través del pago de tributos. Capítulo 5 • Clasificación de los contribuyentes y sus obligaciones tributarias Muchas personas no quieren pagar impuestos.
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    Equidad y desarrollo45 Nuestras responsabilidades En el ámbito tributario, el principio de igualdad establece que los im- puestos obligan por igual a todos los ciudadanos; es decir, que a la hora de repartir la carga tributaria sobre los contribuyentes no se pueden hacer discriminaciones; sin embargo, exis- ten diferentes tipos de contribuyentes. Las obligaciones tributarias de los contribu- yentes que establece la Ley son las siguientes: 1. Obtener su Registro Único de Contribuyente (RUC). Este registro acredita a la persona oficial- mente para que pueda realizar una activi- dad económica de manera legal. ¿Cuándo se debe sacar el RUC? Al iniciar una actividad económica, toda persona tiene la obligación de acercarse a las oficinas del SRI y obtener el RUC. ¿Hay algún plazo para sacar el RUC? Elplazomáximoesde30díashábilesdespués de haber iniciado la actividad económica. 2. Impresión y emisión de comprobantes de venta. Por todo pago obtenido al realizar una transacción comercial, es obligación de los contribuyentes emitir un comprobante de venta; este documento sirve de registro de los bienes o servicios comprendidos en una venta u otra operación de comercio para llevar su cuenta detallada, con expresión de número, peso o medida, calidad, valor o precio y carga tributaria. ¿Cómo obtengo el permiso de facturación? El permiso de facturación lo otorga el SRI a través de los establecimientos gráficos auto- rizados (imprentas autorizadas), a los que el contribuyentedeberáacercarseconsuRUCy solicitar la impresión de sus comprobantes. Diferentes contribuyentes
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    Formularios 102 y102A 46 Capítulo 5 • Clasificación de los contribuyentes y sus obligaciones tributarias Las personas jurídicas deben llevar contabi- lidad desde el inicio de sus actividades. ¿Se debe archivar esta información? Sí, se debe llevar un archivo en orden cro- nológico y secuencial por un período de 7 años que es el tiempo en el cual pres- cribe o deja de estar vigente la obligación tributaria. 4. Presentar sus declaraciones En materia de tributación, una declaración es la comunicación que se hace a la admi- nistración tributaria detallando la natura- leza y circunstancias de la actividad eco- nómica. Es comunicar sobre estos hechos económicos que se han realizado durante un período determinado y por los que se debe pagar impuestos. ¿Qué declaraciones debo presentar? Se debe declarar sobre el impuesto al valor agregado (IVA) llenando el formulario 104 A para personas naturales y 104 para perso- nas jurídicas y naturales obligadas a llevar contabilidad. Se debe declarar sobre el impuesto a la ren- ta llenando el formulario 102 A para perso- nas naturales, 102 para personas naturales obligadas a llevar contabilidad y 101 para sociedades o personas jurídicas. 3. Registro de ingresos y egresos Las personas naturales que no están obligadas a llevar contabilidad deben tener un registro de ingresos y gastos de la siguiente manera: FECHA No. COMPROBANTE DEVENTA CONCEPTO VALOR IVA 01/01/2011 001-001-000026 Compra a proveedores 150,00 18,00 02/01/2011 001-001-000027 Venta de mercadería 50,00 6,00
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    Equidad y desarrollo47 ¿Puedo presentar mis declaraciones por Internet? El Servicio de Rentas Internas ha habilita- do un sitio web para brindar servicios en línea, de esta manera se pueden hacer de- claraciones de manera rápida, fácil y sin for- mularios. Cualquier día del año, durante las 24 horas. ¿Qué necesito para enviar mis declaraciones por Internet? • Obtener la clave de acceso al sistema en cualquier oficina del SRI. • El programa DIMM para la elaboración de las declaraciones, disponible gratuitamente en la página web o en cualquier oficina del SRI. • Conectarse a www.sri.gob.ec. ¿Cuáles son las formas de pago de impuestos? • A través de un convenio de débito automá- tico con una institución bancaria. • A través de cajeros automáticos, ventanillas de atención, call center, tarjetas de crédito y otros servicios de las instituciones bancarias. • Mediante notas de crédito o compensaciones. Otros Servicios por Internet: Además del envío de declaraciones de impues- tos y de Anexos con información al detalle de las actividades del contribuyente, desde la pá- gina web del SRI se podrá acceder a otro tipo de información como: • Inscripción a capacitaciones desde la pági- na principal en la sección Capacitaciones • La realización de consultas en línea a través del link Consultas Tributarias. • En la sección Servicios en Línea se podrá obtener información sobre: RUC, valores a pagar por matrícula vehicular, validez de documentos autorizados, validez de tique- tes de máquinas registradoras, consulta de estado tributario, establecimientos gráfi- cos autorizados entre otros, sin necesidad de clave. Uso de Internet
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    Capítulo 1 •Economía: para el desarrollo del Ecuador48 RÉGIMEN IMPOSITIVO SIMPLIFICADO ECUATORIANO El RISE es un sistema impositivo cuyo ob- jetivo es facilitar y simplificar el pago de impuestos de un determinado sector de contribuyentes. Entre sus principales beneficios podemos mencionar los siguientes: • El contribuyente no necesita hacer declara- ciones, por lo tanto se evita los costos por compra de formularios y por la contrata- ción de terceras personas, como tramitado- res, para el llenado de los mismos. • Se evita que le hagan retenciones de impuestos. • Se entregan comprobantes de venta simpli- ficados en los cuales solo se llenará fecha y monto de venta. • No existe la obligación de llevar contabilidad. • Por cada nuevo trabajador que se incorpo- re a la nómina y que sea afiliado en el IESS, el empleador podrá descontar un 5% de su cuota, hasta llegar a un máximo del 50% de descuento. Se pueden inscribir en el RISE las personas naturales, cuyos ingresos no superen los USD 60,000 dentro de un período fiscal, es decir entre el 1 de enero hasta el 31 de diciembre. De igual forma, una persona que se encuentra inscrita en el RUC, si puede incorporarse al RISE siempre y cuando cumpla con los requi- sitos establecidos por la Ley. ¿Cuáles son las condiciones y requisitos que debe cumplir una persona que quiera acogerse al RISE? Condiciones: • Ser persona natural. • No tener ingresos mayores a USD 60,000 en el año. • No dedicarse a alguna de las actividades restringidas. • No haber sido agente de retención durante los últimos 3 años. Requisitos: • Presentar Cédula de ciudadanía original y entregar copia a color de la misma. • Presentar último certificado de votación. • Presentar la factura de agua, luz o teléfono, o algún documento que certifique el domi- cilio del local comercial o la vivienda. No pueden ingresar al RISE: • Agenciamiento de bolsa. • Almacenamiento de productos de terceros. • Agentes de aduana. • Comercialización y distribución de combustibles. • Casinos, Bingos, Salas de juego. • Publicidad y propaganda. • Organización de espectáculos. • Libre ejercicio profesional. • Producción y comercialización de bienes ICE. • Imprentas autorizadas por el SRI. • Corretaje de bienes raíces. • De comisionistas. • De arriendo de bienes inmuebles. • De alquiler de bienes muebles. El RISE establece el pago de una cuota que sustituye la declaración y pago del Impuesto a la Renta e IVA en un período mensual.
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    Equidad y desarrollo49 La suspensión del Registro Único de Contribuyentes El Registro Único de Contribuyentes se ob- tiene para actividades económicas deter- minadas. Cuando cesan dichas actividades o cambia su naturaleza, el Registro Único de Contribuyentes debe suspenderse. ¿Cuándo debo suspender mi RUC? Se debe realizar el trámite de suspensión del RUC cuando se dejan de realizar todas las acti- vidades económicas que constan en él. Con la emisión de la resolución de inactivi- dad del RUC, ya no se generan obligaciones tributarias. ¿Qué plazo tengo para suspender mi RUC? Elplazomáximoesde30díashábilesdesdelafe- cha de terminación de la actividad económica. Estas cuotas están calculadas en función del tipo de actividad que desarrolla y del nivel de ingresos que tiene el contribuyente. La tabla de actividades y sus respectivas cuo- tas son las siguientes: Las cuotas deben ser canceladas mensualmen- te y en función del noveno dígito del RUC. Si la fecha de vencimiento cae en fin de semana o fe- riado, se podrá realizar el pago hasta el siguiente día hábil disponible, siempre que la cuota no esté vencida, puesto que corren nuevos intereses. Adicionalmente, el SRI le da la facilidad de can- celar todas sus cuotas una sola vez, es decir, que puede cancelar por adelantado todas las cuotas que restan del año en curso. El pago de las cuotas se pueden realizar en las instituciones financieras que mantengan con- venio de recaudación con el SRI a través de convenio de débito, o acercándose a las venta- nillas de los bancos colaboradores de la recau- dación con la cédula o RUC. Si se producen atrasos en el pago de las cuo- tas, se cargarán los intereses de Ley, mismos que serán acumulados mensualmente hasta que se realice el pago correspondiente. IngresoAnual CuotamensualporActividad 0 5,000 1.17 3.50 1.17 3.50 5.84 1.17 1.17 5,001 10,000 3.50 18.67 5.84 12.84 22.17 2.33 2.33 10,001 20,000 7.00 37.34 11.67 26.84 44.35 3.50 3.50 20,001 30,000 12.84 70.02 21.01 50.18 77.02 4.67 5.84 30,001 40,000 17.51 106.20 29.18 71.19 122.54 15.17 9.34 40,001 50,000 23.34 152.88 37.34 110.87 168.05 31.51 14.00 50,001 60,000 30.34 210.06 52.52 157.55 212.40 57.18 17.51 Mínimo Máximo Comercio Servicios Manufactura Construcción Hoteles y restaurantes Transportes Agrícolas, MInas y Canteras
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    50 Capítulo 5• Clasificación de los contribuyentes y sus obligaciones tributarias Hago y aprendo 1 Escribe tres ejemplos de personería jurídica. 2 Piensa y responde. • ¿Cuál es la diferencia entre un registro de ingresos/egresos y llevar contabilidad?  • ¿Por qué se debe archivar la información del registro de ingresos y egresos? • Enumere 3 de los beneficios que tiene una persona natural que se inscriba en el RISE. 3 Ingresa al sitio web del Servicio de Rentas Internas y descarga la animación interacti- va sobre la funcionalidad del portal, luego escribe aquí tus impresiones. 4 Escribe V si es verdadera y F si es falsa cada afirmación. • El plazo para obtener el RUC es de 30 días a partir del inicio de las actividades económicas. • Se pueden pagar los impuestos a través de un débito directo de una cuenta bancaria. • Los formularios 104 y 104 A son para la declaración del impuesto a la renta. 1. 2. 3. 1. 2. 3.
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    Equidad y desarrollo51 ¿De qué se trata? Capítulo 6 Conceptualmente • Identificar la funcionalidad y la importancia del RUC. • Señalar la composición del número del RUC. • Reconocer a quiénes están obligados a ins- cribirse en el RUC. • Conocer los requisitos de inscripción, así como los casos y requisitos de actua- lización, suspensión y cancelación del RUC, tanto para personas naturales como para sociedades. • Determinar los trámites a seguir en caso de defunción del contribuyente. UNA GRAN BASE DE DATOS EL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES Lo que voy a lograr • Conocer los requisitos para la realiza- ción de trámites sobre el RUC realizados por terceros. • Distinguir los estados en que puede encon- trarse un contribuyente ante la administra- ción tributaria. • Conocer las multas que se imponen sobre infracciones con el RUC. En actitudes y valores • Ser responsable en la oportuna obtención del Registro Único de Contribuyentes. • Ser responsable en el manejo y el buen uso del RUC. El Registro Único de Contribuyentes es el instrumento base de la administración tri- butaria, sirve para la determinación y la iden- tificación de los contribuyentes. Conoceremos su importancia, los requisitos para su obten- ción, actualización, suspensión y realización de algunos trámites especiales. Abordaremos el tema de los estados en que se puede encontrar un contribuyente ante la administración tributaria, que se reflejan en su inscripción en el Registro Único de Contribuyentes y también hablaremos sobre las sanciones pecuniarias que se reciben al co- meter infracciones con respecto al RUC. Registro único de contribuyentes
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    El Registro Únicode Contribuyentes (RUC) es el punto de partida en el funciona- miento de la administración tributaria, es un instrumento que sirve para registrar e identi- ficar a los sujetos pasivos: personas naturales y sociedades. El Registro Único de Contribuyentes permite a la administración tributaria configurar una base de datos en donde se encuentra la infor- mación necesaria sobre las personas naturales o sociedades que ejercen actividades econó- micas en el territorio ecuatoriano y son sujetos de imposición. El RUC establece el vector fiscal A más de constituir la base de datos de todos los contribuyentes y agentes de retención, el RUC es importante porque a través de este cer- tificado el contribuyente está en capacidad de conocer adecuadamente cuáles son sus obli- gaciones tributarias y el calendario de pagos para facilitar su cumplimiento. El detalle de las obligaciones tributarias a las cuales está sujeto el contribuyente es una he- rramienta  tributaria  que se denomina vector fiscal. El vector fiscal se determina al obtener el RUC en relación con las obligaciones tribu- tarias que le corresponden a cada individuo por el tipo de contribuyente que es y la ac- tividad económica que registra. Las obliga- ciones tributarias que componen un vector fiscal pueden ser: • Impuesto al valor agregado. • Impuesto a los consumos especiales. • Impuesto a la renta. • Retenciones del IVA. • Retenciones en la fuente del impuesto a la renta. • Presentar anexos. El especialista superior en tributación conoce sobre los distintos aspectos impositivos, inter- preta y aplica las normas tributarias, asesora a individuos y empresas e incluso está en capa- cidad de intervenir en la fijación de la política y el diseño del sistema tributario. Este es un campo profesional nuevo, muy cotizado en el mercado laboral. ¡Tómalo en cuenta! una opción de carrera profesional. 52 ¿Qué es el RUC? Especialista en tributación Varias universidades e institutos de educación superior, dentro y fuera del país, cuentan con carreras de especia- lización en tributación, con el objetivo de formar profesionales de alto nivel que intervengan en la resolución de los problemas que plantea este tema. Capítulo 6 • El Registro Único de Contribuyentes
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    su relación conla pobreza Equidad y desarrollo 53 ¿Quiénes están obligados a obtener el RUC? Paraísos fiscales El auge de la evasión fiscal ha motivado que el número de paraísos fiscales haya pasado de aproximadamente 25 a principios de los años setenta a 72 paraísos fiscales reconocidos en la actualidad. Estos se han convertido en meca- nismos de transferencia de riqueza desde los países más pobres hacia los más ricos. Se los considera un factor de pobreza, por ser motivo de fuga de capitales, pues cuando no es po- sible, mediante impuestos, compensar el dé- ficit producido por dicha fuga, los gobiernos no suelen tener otra alternativa que recortar el gasto público y privatizar servicios como la sanidad o la educación. Es decir, si las personas que tienen su patrimonio en paraísos fiscales pagarán impuestos en los países donde re- siden o donde obtienen sus riquezas, la re- caudación tributaria adicional disponible sería suficiente para la financiación de servicios pú- blicos de calidad y para la inversión productiva en todo el mundo. ¿De dónde sacar entonces el dinero necesario paraacabarconlapobreza?Larespuestaessen- cilla: de los impuestos que dejan de pagar las empresas transnacionales y las personas ricas que utilizan los paraísos fiscales para ocultar su Todas las personas naturales o jurídicas y los entes sin personalidad jurídica, nacio- nales y extranjeros, que inicien o realicen ac- tividades económicas en el país en forma per- manente u ocasional, o quienes sean titulares de bienes o derechos que generen ganancias, beneficios, remuneraciones, honorarios y otras rentas sujetas a tributación en el Ecuador, están obligados a inscribirse, por una sola vez, en el Registro Único de Contribuyentes. También están obligados a inscribirse en él, las entidades del sector público, las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y toda entidad, fundación, cooperativa, corporación o ente si- milar, cualquiera sea su denominación, tengan o no fines de lucro. dinero. Queda claro que hay riqueza suficiente para arreglar los problemas del mundo. Tan solo son necesarias la actitud honesta y patrió- tica de los contribuyentes, la voluntad política de los países y la unidad internacional. Se conoce como paraísos fiscales a los te- rritorios o estados donde los impuestos sonmuybajosonoexistenyporlotanto atraen a los individuos o empresas ex- tranjeras a domiciliar sus activos y llevar su dinero a ellos. Los paraísos fiscales pueden configurarse como una forma de evasión tributaria, además la poco estricta regulación que tienen en ma- teria financiera se presta para que sean destino de fondos provenientes de acti- vidades ilegales.
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    54 El número deregistro ¿En qué me afecta? En el caso de las sociedades privadas, los dos primeros dígitos señalan el lugar (pro- vincia) donde se inscribió el contribuyente, por ejemplo: 01 para Azuay, 02 para Bolívar, 17 para Pichincha, etc. El tercer dígito siempre será el número 9, del cuarto al noveno son dí- gitos que forman un número secuencial, el dé- cimo dígito es un número verificador y los tres últimos siempre serán 001. En el caso de las sociedades públicas, los dos primeros dígitos señalan el lugar (provincia) donde se inscribió el contribuyente. El tercer dígito siempre será el número 6; del cuarto al octavo, un número secuencial; el noveno dí- gito es el verificador, el décimo dígito es el 0 y los tres últimos dígitos siempre serán 001. En algún momento de tu vida que- rrás que tus hijos, sobrinos o nietos vayan a una escuela o una univer- sidad aunque no puedas pagarla, quizás tendrás que someterte a una operación importante, de esas que no cubren lo seguros privados y necesitarás acudir a un hospital público, te irás de viaje por carre- teras sin pagar peaje… Atodo contribuyente que se inscribe en el RUC el Servicio de Rentas Internas le asigna un número de registro, de acuerdo con el tipo de contribuyente de quien se trata, es decir, si son personas naturales o sociedades. a) Si son personas naturales el número de RUC es el mismo que el de la cédula de identi- dad (10 dígitos), a los cuales se les añaden tres dígitos (001). Las personas naturales durante su existen- cia solo tienen un número de RUC. b) Para las sociedades el número de RUC es un número de 10 dígitos generados por la administración tributaria a los cuales se les añaden tres dígitos (001). Capítulo 6 • El Registro Único de Contribuyentes Todas las obras públicas cuestan dinero: aunque no nos cobren nada al utilizarlos los pagamos con nuestros impuestos. Los im- puestos sirven para financiar los servicios públicos. En consecuencia, la evasión fiscal perjudica seriamente a los ciudadanos y ciuda- danas de dos formas: en primer lugar, por las medidas compensatorias que los gobiernos deben adoptar para mantener el bienestar social, trasladando la carga fiscal a quienes sí cumplen con su responsabilidad, que asumen la parte correspondiente de los evasores a través de impuestos indirectos sobre el con- sumo. En segundo lugar, por que el Estado tiene que sacrificar los servicios públicos. Como en todo, hay que empezar con uno mismo y predicar con el ejemplo. Infórmate. La evasión tributaria es solo uno de los múltiples frentes que anuncian la lle- gada de un nuevo orden mundial: una nueva sociedad diseñada por y para una minoría bien organizada, que pretende vivir mejor que nadie a costa de los demás, como en los pa- sados tiempos feudales.
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    Equidad y desarrollo55 ¿Qué necesito para inscribirme en el RUC como persona natural? Verdad y puntualidad Los requisitos para la inscripción de per- sonas naturales en el Registro Único de Contribuyentes varían de acuerdo con la ca- lidad de relación política que tenga el contribu- yente con el Estado, es decir, si es ecuatoriano o extranjero con o sin residencia. Cuando una persona natural se inscribe en el RUC registra varios datos personales y laborales, toda la información que se entrega debe ser verídica y comprobable. Una vez obtenido el número de registro, el contri- buyente adquiere la obligación de declarar sus in- gresos y gastos, además debe pagar los impuestos respectivos. Un ciudadano responsable lo hace con puntualidad respecto de los plazos determinados. Al obtener el número de RUC se adquiere la obligación de declarar. Requisitos Ecuatorianos Extranjeros Residentes Extranjeros no Residentes SI SI SI - - - SI Originalycopiaacolordelpasaporteytipode visa, para extranjeros no residentes; u original y copia a color de la credencial de refugiado - - Identificacióndelcontribuyente Original y copia a color de la cédula de identidad o de ciudadanía Original del certificado de votación. Original y copia de la planilla de servicios básicos (agua, luz o teléfono). Original y copia de la factura por el servicio de televisión pagada o servicio de internet. Original y copia de cualquier documento emitido por una Institución Pública que detalle la dirección exacta del contribuyente. Original y copia del contrato de arrendamiento. Original y copia de la escritura de compra venta del inmueble; u, original y copia del certificado del Registrador de la Propiedad. Contrato de Concesión Comercial o Contrato en Comodato. Original y copia de la Certificación de la Junta Parroquial más cercana al lugar del domicilio. Original y copia del estado de cuenta bancario, de tarjeta de crédito o de telefonía celular. Para la verificación del lugar donde realiza su actividad económica el contribuyente deberá presentar el original y entregar una copia de cualquiera de los siguientes documentos (los mismos que deben corresponder a uno de los últimos 3 meses). Ubicacióndelamatrizyestablecimientosse presentarácualquieradelossiguientes:
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    Sedebenregistrartodasycadaunadelas actividades económicas quese realizan. 56 Actividad surtida También existen requisitos especiales de acuerdo con la naturaleza de la actividad económica que realice el contribuyente. Contadores • Original y copia del título o carné del colegio profesional respectivo; y, aquellos que traba- jen en relación de dependencia deberán presentar adicionalmente una certificación suscri- ta por el Representante Legal de la compañia. Artesanos • Original y copia de la calificación artesanal emitida por el organismo competente: Junta Nacional del Artesano o MIPRO. Diplomáticos • Original y copia de la credencial de agente diplomático. Profesionales • Original y copia del título universitario avaluado por la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, o copia del carné otorgado por el respectivo colegio profesional o copia de la cédula de identidad en la que conste la profesión. Actividades educativas • Original y copia del acuerdo ministerial para el funcionamiento de jardines de infantes, escuelas, colegios y otros centros educativos. Menores Emancipados • Original y copia de la escritura pública en caso de emancipación voluntaria; u, original y sentenciajudicialemitidaporelJuezcompetente;o,ActadeMatrimonioencasodequeen la cédula no conste el estado civil. Menores no Emancipados • Originalycopiaacolordeldocumentodeidentificacióndelrepresentantedelmenor(padre o madre) quién solicitará el respectivo trámite. Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantiles • Original y copia del nombramiento otorgado por el organismo competente. Capítulo 6 • El Registro Único de Contribuyentes Requisitos adicionales para personas naturales que cumplen actividades específicas Regístreme como dibujante, inventor, anatomista, es- critor, compositor, escultor, arquitecto, astrónomo, físico, geólogo…
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    SOCIEDADES BAJO CONTROL DELA SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS, EMPRESASTENEDORAS DE ACCIONES (HOLDING) Y ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES SOCIEDADES BAJO CONTROL DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS SOCIEDADES CIVILESY COMERCIALES, EMPRESAS UNIPERSONALES SOCIEDADES CIVILES DE HECHO, PATRIMONIOS INDEPENDIENTES O AUTÓNOMOS CON O SIN PERSONERÍA JURÍDICA, CONTRATO DE CUENTAS DE PARTICIPACIÓN, CONSORCIO DE EMPRESAS (JOINTVENTURES) ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES SIN FINES DE LUCRO Formulario RUC-01-A suscrito por el Representante Legal. El formulario RUC-01-B se presentará únicamente cuando la sociedad posea establecimientos adicionales a la matriz; este formulario también deberá ser suscrito por el Representante Legal. Original y copia, o copia certificada de la escritura pública de constitución o domiciliación inscrita en el Registro Mercantil, a excepción de Fideicomisos Mercantiles, Fondos de Inversión y Fondos Complementarios Provisionales. Original y copia, o copia cer- tificada de la escritura pú- blicadeconstitucióninscrita en el Registro Mercantil. Original y copia, o copia certificada de la es- critura pública o del contrato social otorgado ante notario o juez. Copia del acuerdo ministerial o resolu- ción en el que se aprueba la creación de la organización no gubernamental sin fin de lucro. Original y copia o copia certificada del nombramiento del representante legal, ins- crito en el Registro Mercantil. Original y copia o copia certificada del nom- bramiento del representante legal, notariza- do y con reconocimiento de firmas. Original y copia del nombramiento del representante legal avalado por el orga- nismo ante el cual la organización no gu- bernamental sin fin de lucro se encuentra registrada:MinisteriooCNEoCPE. Original y copia o copia certificada de la hoja de datos generales otorgadas por la Superintendencia, de Compañías. _ _ _ _ Identificación del Representante Legal: * Ecuatorianos: Original y copia a color de la cédula de identidad y original del certificado de votación del último proceso electoral. * Extranjeros residentes: Original y copia a color de la cédula de identidad. * Extranjeros no residentes: Original y copia a color del pasaporte con hojas de identificación y tipo de visa vigente. Equidad y desarrollo 57 Para la identificación y el registro de las sociedades o personas jurídicas del sector público, así como de los entes contables independientes, se requiere de: SOCIEDADES DEL SECTOR PÚBLICO • FormularioRUC-01-AsuscritoporelRepresentanteLegal.ElformularioRUC-01-Bsepresentaráúnicamentecuandolasociedad posea establecimientos adicionales a la matriz; este formulario también deberá ser suscrito por el Representante Legal. • Originalycopiadelregistrooficialdondeseencuentrepublicadalacreacióndelaentidadoinstituciónpública;u,originaly co- pia del decreto, ordenanza o resolución que apruebe la creación de la institución; u, original y copia del documento que declara como unidad o ente contable independientemente o desconcentrado. • Original y copia del nombramiento del Representante Legal de dicha entidad o institución. • Original y copia a color de la cédula de identidad o ciudadanía o del pasaporte del Representante Legal. Las personas jurídicas o sociedades de derecho privado, dependiendo de su naturaleza constitutiva, necesitan de los siguientes documentos para su inscripción en el Registro Único de Contribuyentes: Inscripción de sociedades en el RUC
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    58 ¿Cómo se verificala ubicación de las empresas? La verificación de la ubicación de las socie- dades, tanto privadas como públicas, se realiza mediante los mismos documentos que se piden para las personas naturales, pero a nombre de la sociedad, representante legal, socio o accionista: planillas de pago de ser- vicios públicos y de servicios privados, como televisión por cable, el comprobante de pago del impuesto predial y el contrato de arrenda- miento (de todos ellos se entregan fotocopias). Si no se pueden presentar los documentos antes señalados, se debe proceder a entregar una comunicación al SRI indicando que se ha cedido en forma gratuita el uso del inmueble donde se ubica la sociedad. La actualización del RUC Si existe algún cambio en la información entre- gada al hacer la inscripción, como la razón so- cial o nombre del contribuyente, su ubicación, su actividad económica u otro dato que deba constar en el RUC, entonces es imprescindible realizar una actualización. El plazo máximo para realizar este trámite es de 30 días hábiles después de ocurridos los cambios en la información del RUC. SRI cerca de ti El SRI tiene oficinas en todas las provincias, a las que el contribu- yente podrá acercarse para realizar consultas y trámites que le permi- tirán cumplir con sus obligaciones tributarias. Capítulo 6 • El Registro Único de Contribuyentes El Servicio de Rentas Internas cuenta con di- recciones regionales y provinciales que se encargan de la operación descentralizada de todas las actividades de la administración tributaria, informando constantemente a la dirección nacional de la institución sobre los procesos que se llevan a cabo, con fines de evaluación y ajuste. Los casos en los que es necesaria la actualiza- ción de información son : • Cambio de denominación o razón social. • Cambio de dirección. • Cambio o actualización de actividad económica. • Cambio de representante legal. • Registro de la apertura o cierre de estableci- mientos, sucursales o agencias en el país o en el exterior. • Reforma estatutaria o cualquier acto socie- tario que modifique la escritura pública de constitución de la sociedad. • Transferencia de bienes o derechos a cual- quier título. • Aumento o disminución de capital. • Establecimiento o supresión de sucursales, agencias, depósitos u otro tipo de negocios. Requisitos • Presentar la cédula de identidad o ciudada- nía o el pasaporte. • Presentar el último certificado de votación. • Presentar el original y entregar una copia del documento que respalde el cambio de infor- mación que va a realizar el contribuyente, en relación con los requisitos de inscripción.
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    Equidad y desarrollo59 La suspensión del RUC Como contribuyentes somos únicos Cuando un contribuyente termina de ejercer la actividad económica por la cual se registró, debe suspender su RUC, para rea- lizar esta suspensión se necesita: • Llenar el formato de solicitud de cese de ac- tividades/cancelación del RUC para perso- nas naturales, que se encuentra disponible en las oficinas o en el sitio web del Servicio de Rentas Internas. • Presentar la cédula de identidad o ciudada- nía del contribuyente. • Presentar el último certificado de votación —solo para ecuatorianos—. Antes de la suspensión del RUC, el contribu- yente debe efectuar el trámite para dar de baja sus comprobantes de venta vigentes o autori- zación de auto impresores. ¿Cuál es el plazo para suspender el RUC? El plazo máximo es de 30 días hábiles desde la fecha de la terminación de la actividad econó- mica. Transcurrido este plazo se aplicará una multa de USD 30 ,00 para personas naturales no obligadas a llevar contabilidad y socieda- des sin fines de lucro. (Visita www.sri.gob.ec, sección Declaración de Impuestos / Multas). El número de registro que obtiene unapersonanaturalcorrespondeal de su cédula de ciudadanía, de allí que se diga que es único. En caso de haberse realizado los trámites de suspensión del RUC por cese de las actividades económicas, este número no se pierde, ni es usado por otro contribuyente y podrá ser habilitado nuevamente si hay un reinicio de actividades, así fueran diferentes. El RUC es un número de identifica- ción personal e intransferible.
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    60 Cancelación del RUC Multasinnecesarias y molestas Por el incumplimiento de las obligaciones tributarias o por cometer infracciones tri- butarias, la Ley establece va- rios tipos de sanciones, una de ellas son las multas. Estas son cantidades pecuniarias, es decir, de dinero, que se deben pagar a la administra- ción tributaria. A nadie le gusta tener que pagarlas, sin embargo, las multas son fácilmente evitables si nos acostum- bramos a cumplir correc- tamente y a tiempo nues- tras obligaciones. Está en nuestras manos evitar ser multados como contribuyentes. Capítulo 6 • El Registro Único de Contribuyentes La inscripción en el Registro Único de Contribuyentes se cancela o extingue solo cuando el contribuyente deja de realizar ac- tividades económicas permanentemente, es decir, en caso de muerte de las personas na- turales, en caso de extranjeros no residentes que concluyeron sus actividades económicas temporales en el país o cuando una sociedad es liquidada. Pasos a realizar en caso de fallecimiento del contribuyente En este caso se procede a presentar por parte de la persona que realice el trámite los si- guientes documentos: • Solicituddecesedeactividades/cancelación del RUC para personas naturales disponible en las oficinas o en el sitio web del SRI. • Copia de la partida de defunción del contribuyente. • Copia de la cédula de identidad o pasapor- te de la persona que presenta el trámite. • El original del certificado de votación de la persona que presenta el trámite. El trámite puede ser presentado por cualquier persona. Pasos a realizar para la cancelación del RUC de extranjeros no residentes El contribuyente extranjero no residente en el Ecuador que termina su relación tributaria con el Estado ecuatoriano deberá presentar los si- guientes documentos: • Solicituddecesedeactividades/cancelación del RUC para personas naturales disponible en las oficinas o en el sitio web del SRI. • Original del pasaporte del contribuyente. Previamente a la cancelación del RUC, el con- tribuyente debe efectuar el trámite para dar de baja sus comprobantes de venta vigentes o autorización de auto impresores. Toda infracción conlleva una sanción.
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    Equidad y desarrollo61 Estados del contribuyente ante la administración tributaria Los contribuyentes inscritos en el RUC, pueden tener con la administración tributaria los si- guientes estados: • Activo: es todo contribuyente que se en- cuentra registrado en el Registro Único de Contribuyentes y, por lo tanto, es sujeto pasivo de obligaciones tributarias por estar desarrollando alguna actividad económica. • Suspensión definitiva: término aplicado a las personas naturales que han terminado sus actividades económicas temporalmente. • Pasivo: término aplicado a las personas naturales que han fallecido, extranjeros no rersidentes y a las sociedades que han can- celado su RUC. Trámites realizados por terceros: sí son posibles Para facilidad de los contribuyentes, todos los trámites que se realizan en el Servicio de Rentas Internas pueden ser hechos por otras personas, para ello deberán adjuntar a la do- cumentación los siguientes requisitos: • Para el contribuyente residente en el país, una carta de autorización simple o poder especial o general debidamente legalizado y firmado por el contribuyente. • Para el contribuyente residente en el exte- rior, el poder especial o general deberá ser debidamente legalizado por el cónsul ecua- toriano o apostillado en el exterior o en el Ecuador. • Se entregará una copia a color de la cédula de identidad o ciudadanía o pasaporte del contribuyente y de la persona que realizará el trámite. • Presentar el original del certificado de vo- tación, de la persona que realizará el trá- mite y copia de la papeleta de votación del contribuyente. LO QUE CUESTA EL DESCUIDO · No inscribirse en el RUC. · No actualizar los datos del RUC. · No cancelar oportunamente el RUC. · Ocultar la existencia de sucursales. · Utilizar el número de inscripción concedido a otro contribuyente. · Seguir utilizando un número de RUC cancelado. USD 30,00 USD 30,00 USD 30,00 USD 62,50 USD 62,50 USD 62,50 SonsancionablesconmultalassiguientesinfraccionesconrespectoalRUC,paraPNnoobligadas a llevar contabilidad y sociedades sin fines de lucro. Para mayor información visita: www.sri.gob.ec,secciónDeclaracióndeImpuestos/Multas.
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    62 Capítulo 6• El Registro Único de Contribuyentes Hago y aprendo 1 Enumera tres utilidades del RUC. 2 ¿Qué requisitos debe presentar una persona natural que se dedica a la venta de zapa- tos para inscribirse en el RUC? 3 Escribe el número que correspondería a tu RUC y señala su composición. 4 Responde: ¿Cuál es la diferencia entre la suspensión y la cancelación del RUC? 5 Completa las oraciones. • Un contribuyente .............................................. es aquel que se encuentra registrado en el Registro Único de Contribuyentes y por lo tanto es sujeto ......................................... de obli- gaciones tributarias por estar desarrollando alguna ......................................... económica. • Previamente a la suspensión del RUC, el ............................................ debe efectuar el trámite para dar de .................................. sus .................................. de venta vigentes. • Si existe algún cambio en la ...................................... como: la razón social o ................................ del contribuyente, su ubicación, su actividad económica u otro dato que deba constar en el .................................., debe ........................................ 1. 2. 3.
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    Equidad y desarrollo63 Capítulo 7 LOS DOCUMENTOS: RESPALDO LEGAL DE NUESTRAS TRANSACCIONES ¿De qué se trata? Lo que voy a lograr COMPROBANTES DE VENTA Y DE RETENCIÓN Aprenderemos que los contribuyentes es- tamos obligados a emitir en toda trans- ferencia de bienes o prestación de servicios documentos como: comprobantes de venta, retención y documentos complementarios. Veremos cómo estos documentos tienen que ser autorizados por el SRI, ya que ellos acre- ditan la legitimidad de la adquisición de bienes o la prestación de servicios o la realización de otras transacciones gravadas con tributos, y sirven para sustentar ingresos, costos y gastos y para el reconocimiento del crédito tributario a favor del contribuyente. Conceptualmente • Identificar los tipos y las características de los comprobantes de venta, los documen- tos complementarios y los comprobantes de retención. • Reconocer al SRI como institución autoriza- da para definir los documentos que susten- tan transacciones de transferencia de bienes o prestación de servicios. • Identificar quiénes son agentes de retención. • Ejecutar los trámites pertinentes para ob- tener la autorización para emitir compro- bantes de venta, retención y documentos complementarios. • Usar los formularios indicados para los trá- mites correspondientes. En actitudes y valores • Reconocer cómo las acciones responsa- bles de los contribuyentes son ejemplo para un correcto desenvolvimiento de otros contribuyentes. • Cumplir con la obligación de emitir y exigir comprobantes de venta, retención y docu- mentos complementarios al realizar activi- dades económicas. Boletines de facturas
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    64 ¿Cuáles son loscomprobantes de venta válidos? Son comprobantes de venta válidos única- mente los siguientes: • Facturas. • Notas de venta - RISE. • Tiquetes de máquinas registradoras. • Boletos o entradas a espectáculos públicos. • Liquidación de compras de bienes y presta- ción de servicios. • Todos los documentos referidos en el Art. 4 del Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios: 1. Los emitidos por bancos e instituciones fi- nancieras crediticias que se encuentren bajo el control de la Superintendencia de Bancos. 2. Documento aduanero unificado y demás documentos recibidos en las operaciones de comercio exterior. 3. Boletos aéreos o tiquetes electrónicos y do- cumentos de pago por sobrecargas por el servicio de transporte aéreo de personas, emitidos por las compañías de aviación, siempre que cumplan con los requisitos se- ñalados en el reglamento en mención. Otrosdocumentoscomplementariosqueacre- ditan transacciones para efectos tributarios • Notas de crédito. • Notas de débito. • Guías de remisión. ¿Cuándo se emiten comprobantes? Todos los contribuyentes, al realizar transferencias de bienes y prestaciones de ser- vicios gravados con IVA de ta- rifa 0 % o 12 %, deberán emitir comprobantes de venta au- torizados por el Servicio de Rentas Internas. Previamente deberán obtener su número de RUC. Recibir los comprobantes emi- tidos también es una obliga- ción ciudadana. Capítulo 7 • Comprobantes de venta y de retención
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    Equidad y desarrollo65 Comprobantes de retención Los comprobantes de retención son do- cumentos que acreditan que al contri- buyente se le ha realizado una retención de impuestos establecida en la Ley de Régimen Tributario y en su reglamento de aplicación. Las retenciones se refieren a transacciones gravadas con el impuesto a la renta o con el impuesto al valor agregado o por salida de divisas. Estos documentos deben ser emitidos por los agentes de retención al pagar por la adquisi- ción de bienes o por la prestación de servicios, provenientes de sus proveedores, y en el caso de salida de divisas cuando se efectúen trasfe- rencias al exterior. ¿Quiénes son agentes de retención? Un agente de retención es quien tiene la obli- gaciónderecogerelvalordeciertosimpuestos para hacerlo llegar mediante la declaración de su contabilidad a la administración tributaria. Los agentes de retención son: • Las instituciones del sector público. • Las sociedades • Las personas naturales obligadas a llevar contabilidad. • Las personas naturales y sucesiones indivisas no obligadas a llevar contabilidad, cuando emiten liquidaciones. • Las sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad. • Empleadores. • Exportadores. Plazo para entregar el comprobante de retención Los agentes de retención en forma obligatoria emitirán el comprobante de retención en el momento que se realice el pago o se acredite en cuenta, lo que ocurra primero, y estará dis- ponible para la entrega al proveedor dentro de los cinco días hábiles siguientes al de pre- sentación del comprobante de venta. Para el caso de salida de divisas estará dispo- nible a los dos días. Jefe, ya sé que hay recorte de personal pero, ¿por qué justo el contador? Contabilidad
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    En el casode una eventual participación en ferias, eventos o exposiciones, se deberá contar con la respectiva autorización temporal del SRI para emitir comprobantes de venta preim- presos o emitidos por sistemas computarizados o tiquetes de máquinas registradoras autorizadas. Este trámite se realiza mediante el formulario 351 a través de la página web www.sri. gob.ec o en las ventanillas de atención a nivel nacional. 66 ¿Cuándo niega la autorización el SRI? Las causas para negar la autorización son: • Estar en trámite la suspensión del RUC. • Falta de presentación y pago de declaracio- nes y anexos por más de seis emeses. • No corresponder la dirección declarada en el RUC. • Haber concedido la autorización por tres meses. Autorizacióntemporaldecomprobantes preimpresos Mediante el formulario 341, el Servicio de Rentas Internas concederá una autorización temporal de emisión de comprobantes para contribuyentes que se encuentran en cual- quiera de estos casos: • Modificación del nombre comercial del con- tribuyente, previa actualización del RUC. • Modificación de apellidos y nombres o ra- zón social del contribuyente, previa actuali- zación del RUC. • Cambio en la dirección de cualquier esta- blecimiento, previa actualización del RUC. • Cuando se detectan errores en la impresión de los documentos preimpresos. • Este trámite lo puede realizar por inter- net o en las ventanillas de atención a nivel nacional. ¡Viva la fiesta! Comprobantes para ferias o eventos. Para obtener la autorización del Servicio de Rentas Internas para la emisión de compro- bantes de venta, retención y documentos complementarios es necesario seguir estos pasos: 1. El contribuyente debe acercarse a uno de los establecimientos gráficos autorizados por el SRI y presentar su certificado del RUC, original de su cédula de identidad o de su representante legal. 2. La imprenta verificará y validará la informa- ción del contribuyente a través de Internet. 3. El sistema de facturación automatizado del SRI concede la autorización con base en el cumplimiento tributario del contribuyente y proporcionará al establecimiento gráfico el número de autorización, la secuencia, la fecha de caducidad y la información impre- sa según el tipo de comprobante. Plazos de vigencia de la autorización Si el contribuyente se encuentra al día en el cumplimiento de sus obligaciones, se conce- derá la autorización por un año. Si tiene obli- gaciones pendientes, por una sola vez, se con- cede autorización por tres meses, plazo en el cual el contribuyente deberá imprescindible- mente regularizar el cumplimiento de las obli- gaciones tributarias. Autorización para emitir comprobantes de venta, retención y documentos complementarios Capítulo 7 • Comprobantes de venta y de retención
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    Equidad y desarrollo67 Establecimientos gráficos autorizados Tiquetes de máquinas registradoras El contribuyente puede optar por emitir tiquetes utilizando una máquina registradora. Para ello debe verificar en el sitio web del SRI que la marca y el modelo de su máquina consten en el listado autorizado por el SRI, y solicitar autorización para utilizarla mediante el formulario 331. Son aquellos que tienen como actividad eco- nómica la impresión de documentos y han sido autorizados por el SRI para imprimir com- probantes de venta, documentos complemen- tarios y comprobantes de retención. A ellos recurre el contribuyente para obtener la au- torización de emitir documentos. El detalle de establecimientos gráficos autorizados consta en el sitio web: www.sri.gob.ec. Allí se puede consultar si el establecimiento está o no auto- rizado por el Servicio de Rentas Internas para la impresión de documentos válidos. Los establecimientos gráficos, los contribu- yentes y el SRI se vinculan en varios momentos a través de los documentos comprobantes de venta y retención como lo demuestra el si- guiente esquema: Pasos para obtener la autorización de impresión de comprobantes de venta, retención y documentos complementarios en el sistema de facturación Contribuyentes Imprentas SRI 1 Escoger una imprenta autorizada por el SRI. 2 Solicitar la impresión de documentos autorizados. Validar que el contribuyente se encuentre al día en sus obligaciones tributarias. Autorizar la impresión de comprobantes de acuerdo con el comportamiento tributario del contribuyente. 3 Imprimir comprobantes y entregarlos al contribuyente. 4 Informar en el sistema de facturación acerca de las impresiones realizadas. 5 Consultar la validez de los documentos autoriza- dos por el SRI. 6 Informar a otras áreas sobre el comportamiento y las actividades realizadas por el contribuyente. 7 Controlar a través de fedatarios las acciones del contribuyente (aplicación de sanciones, clausuras e incautaciones). 8 Presentar las respectivas declaraciones y anexos. 9 Cruzarinformación(auditoria,devoluciones,gestión) y determinar diferencias de ser el caso.
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    Formulario 321 68 ¿Qué sedebe hacer en caso de que los comprobantes fueran emitidos con errores? En estos casos, los comprobantes de venta, documentos complementarios y compro- bantes de retención deben anularse escri- biendo en ellos la palabra ANULADO. Los ori- ginales y copias deben conservarse en forma secuencial en los archivos del contribuyente, ordenados cronológicamente por el lapso mí- nimo de 7 años. Baja de comprobantes de venta, reten- ción y documentos complementarios. Las causas para dar de baja éstos documentos impresos son: 1. Vencimiento del plazo de vigencia. 2. Cierre del establecimiento. 3. Cierre del punto de emisión. 4. Cese de operaciones. 5. Existencia de fallas técnicas generalizadas en los documentos. 6. Pérdida de la calidad de contribuyente es- pecial o ser obligado a llevar contabilidad, del emisor. 7. Por cambios de razón social, denomina- ción, dirección u otras condiciones en el RUC. 8. Deterioro de los documentos. 9. Robo, hurto o extravío de los documentos. 10. Suspensión por parte del SRI de la autori- zación para emitir documentos. 11. Falta de retiro, por parte del contribuyente, luego del plazo de tres meses de los traba- jos de impresión solicitados. 12. Cambio de Régimen. 13. Impresión de documentos sin solicitud del contribuyente. 14. No utilización de boletos o entradas en el espectáculo público para el que fueron autorizados. El trámite a seguir es: a) Gestión ante el SRI: La baja se dará a través de la página web www.sri.gob.ec o en las ventanillas de atención a nivel nacional. Si la baja se solicita por robo de documen- tos, se deberá contar con la denuncia que especifique el tipo de documento extra- viado, la secuencia, la serie y el número de autorización. b) Destrucción de documentos: declarada la baja de los documentos, los originales y co- pias serán destruidos por el contribuyente. c) Responsabilidad del contribuyente: la baja de comprobantes no exime al contribuyen- te de su responsabilidad por su circulación posterior, salvo casos de robo o extravío, declarados oportunamente. Capítulo 7 • Comprobantes de venta y de retención
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    Equidad y desarrollo69 La factura Emisión: por parte del vendedor en la trans- ferencia de bienes o en la prestación de ser- vicios, incluidas las exportaciones; en ella se identifica al comprador del bien o usuario del servicioconsunombreorazónsocialynúmero de RUC, excepto en casos de exportación. Tarifa: del IVA/ICE, debe incluirse el des- glose de los impuestos que intervienen en la transacción. Crédito tributario: permite sustentarlo a favor del comprador del bien o usuario del servicio, siempre y cuando se lo identifique. Soporte para costos y gastos: es válida como sustento de costos y gastos para fines conta- bles y a efectos del impuesto a la renta. Elementos impresos y requisitos de llenado de las facturas.
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    70 La nota deventa (RISE) Elementos impresos y requisitos de llenado de las notas de venta Emisión: emitirán y entregarán notas de venta exclusivamente los contribuyentes inscritos en el Régimen Simplificado. Destino: se entrega a consumidores finales, que son quienes no utilizan el bien o la presta- ción de servicios para fines comerciales. Crédito tributario: no sustenta crédito tribu- tario para el comprador. Tarifa: la del IVA de 12 %, está incluida en el precio de venta; el vendedor debe pagar una cuota mensual o global. Sustento de costos y gastos: cuando la tran- sacción se realice con contribuyentes que re- quieran sustentar costos y gastos, para efectos del Impuesto a la Renta, se deberá consignar el número de RUC o cédula de identidad y el nombre, denominación o razón social del com- prador, por cualquier monto. Capítulo 7 • Comprobantes de venta y de retención Pastel de Chocolate 6,00 6,00 6,00
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    Equidad y desarrollo71 Emisión: no identifica al comprador o usuario. Destino: se emiten a consumidores finales que son quienes no utilizan el bien o servicio para fines comerciales. Crédito tributario: no sustenta crédito. Tarifa: la del IVA del 12 % puede estar desglo- sada o incluida en el precio de venta, el ven- dedor debe declarar y pagar mensualmente este impuesto, en caso de que pertenezca al Régimen General. En caso de que se requiera sustentar crédito tributario o gastos se deberá exigir la corres- pondiente factura o nota de venta según el caso. El modelo y número de serie de las máquinas que emiten los tiquetes de venta deben estar previamente aprobados por el Servicio de Rentas Internas. El tiquete de máquina registradora Elementos impresos de los tiquetes de máquina registradora
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    Elementos impresos yrequisitos de llenado de las liquidaciones de compra de bienes y servicios 72 Emisión: las entregan exclusivamente las so- ciedades y las personas naturales obligadas a llevar contabilidad en caso de las siguientes adquisiciones: 1. Servicios prestados en el Ecuador o en el exterior por personas naturales sin resi- dencia en el país, las que serán identifica- das con sus nombres, apellidos y número de documento de identidad. En este caso, los entes pagadores retendrán en la fuente, tanto el impuesto al valor agregado como el impuesto a la renta, de conformidad con lo dispuesto en la Ley. 2. Servicios prestados en el Ecuador o en el exterior por sociedades extranjeras, que no posean domicilio ni establecimiento per- manente en el país, las que serán identifi- cadas con su nombre o razón social. En este caso, los entes pagadores retendrán en la fuente tanto el impuesto al valor agregado como el impuesto a la renta que correspon- dan de conformidad con la Ley. 3. Bienesmueblesydeserviciosapersonasna- turales no obligadas a llevar contabilidad, ni inscritos en el RUC, que por su nivel cultural orusticidadnoseencuentrenenposibilidad de emitir comprobantes de venta; y, demás especificadas en el Art. 13 del Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complemenetarios. Liquidaciones de compra de bienes y prestación de servicios Capítulo 7 • Comprobantes de venta y de retención FECHA DE AUTORIZACIÓN: 01 - 08 - 2010 Carlos Ángel Bolívar Mora / Imprenta Bolívar RUC: 1709876543001 / No. Autorización 1234 Original: Adquirente / Copia:Vendedor R.U.C. AUT. SRI: 1234567890 LIQUIDACIÓN DE COMPRAS DE BIENESY PRESTACIÓN DE SERVICIOS NO. 002- 001 - 123456789 1790182345001 Dirección Matriz: Páez N22-53 y Ramirez Dávalos Dirección Sucursal: García Moreno y Sucre 01 / Agosto / 2010FECHA EMISIÓN:Sr (es): Carlos Enrique AVilés Carrasco C.I. 170123456-7 DIRECCIÓN: Pichincha / Quito / Salinas y Santiago CANTIDAD DESCRIPCIÓN P. UNITARIO V.TOTAL SUBTOTAL 12% SUBTOTAL 0% SUBTOTAL IVA 12% VALORTOTALDOCUMENTO PARA USO EDUCATIVO (SINVALIDEZ COMERCIAL). VÁLIDO PARA SU EMISIÓN HASTA 01 - 08 -2011 NOTAS: En caso de ser designado como Especial incluir: En caso de estar obligado a llevar contabilidad incluir: CONTRIBUYENTEESPECIALNo.Resolución:1234 OBLIGADOALLEVARCONTABILIDAD REQUISITOS DE LLENADO REQUISITOS PREIMPRESOS 1 20,00 20,00Flash Memory 20,00 20,00 22,40 2,40 EQUIPOS DE COMPUTACIÓN ABC COMPUVISIÓN abc Valor gravado 12% Precio Unitario Valor gravado 0% Valor subtotal (sin incluir impuestos) Valor del IVA Valor Total Razón Social emisor Datos de la imprenta Destinatarios Identificación del proveedor Nombre Comercial (si consta en el RUC) Descripción del bien o servicio Fecha de caducidad Dirección de la matriz y establecimiento emisor (cuando corresponda) Fecha de emisión Dirección del proveedor RUC emisor Denominación Numeración Número de autorización Fecha de autorización Incluir en caso de encontrarse designado como tal
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    Elementos impresos yrequisitos de llenado de comprobantes de retención Equidad y desarrollo 73 Emisión: el comprador —agente de reten- ción— en la adquisición de bienes y servicios, por retenciones del impuesto a la renta y/o del impuesto al valor agregado y/o impuesto a la salida de divisas. Plazo de entrega del comprobante: estará a disposición del proveedor dentro de los 5 días, desde la fecha de recepción de la factura, o de la emisión de la liquidación de compras y pres- tación de servicios, y en dos días en caso de salida de divisas. Comprobante de retención
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    74 Guía de remisión Emisión:deben emitirse por personas naturales o sociedades dentro del territorio nacional por cual- quier motivo de traslado, aún si este se realiza entre establecimientos del mismo contribuyente. Las guías de remisión son documentos que sustentan el traslado físico de los bienes. Elementosimpresosyrequisitosde llenado de las guías de remisión Capítulo 7 • Comprobantes de venta y de retención
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    Equidad y desarrollo75 Hago y aprendo 1 Identifica, entre los siguientes, a dos que no son comprobantes de venta válidos. • Facturas. • Notas de venta - RISE. • Tiquetes de máquinas registradoras. • Recibos. • Boletos o entradas a espectáculos públicos. • Liquidación de compra de bienes y prestación de servicios. • Contratos. • Todos los documentos referidos en el Artículo 4 del Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios. • Guías de remisión • Notas de crédito • Facturas • Tiquetes de máquinas registradoras 3 Escribe tres casos en los que se debe dar de baja a comprobantes de venta o de reten- ción impresos. 2 Escribe un ejemplo de uso para cada uno de los siguientes documentos.
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    76 Capítulo 7• Comprobantes de venta y de retención Hago y aprendo 4 Define crédito tributario. 5 Diseña una factura con todos sus elementos impresos y requisitos de llenado. 6 Establece las diferencias entre un comprobante de venta y uno de retención. Comprobantes de venta Comprobantes de retención
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    Equidad y desarrollo77 Antes de empezar conozcamos sobre el tema. No solo desear, sino actuar Todos los valores son un deber ser: es deseable ser alegre, ser enérgico, ser útil, pero además implican un deber hacer, son una prescripción que tenemos que cumplir. ¿Cómo vivir los valores? Hablar de los valores es una cosa, pero vivirlos es otra historia. Requiere cierto esfuerzo, con- ciencia y perseverancia, pero no es difícil. Con algunos pasos simples podrás lograr que tu vida, tus acciones y la sociedad tengan como columna vertebral a los valores. Paso 1. Conocer su importancia ¿Suena elemental? No lo es. El primer paso para vivir los valores es la conciencia de lo im- portantes que son, estar conciente de que son vitales, y que son lo que puede cambiar ver- daderamente a una persona, una familia o una nación. El cumplimiento de las leyes no es su- ficiente. En ellas se establece solo lo elemental para asegurar una convivencia medianamente decente, los valores van mucho más allá, van a la raíz de las cosas. Por ejemplo, el reglamento dice que no puedes pasar con la luz roja del semáforo —bastante elemental para no ma- tarse—, sin embargo, no dice que en un atasco de tráfico cederle el paso a una persona es algo amable, que hace que todos estemos mejor. Paso 2. Analizar mi conjunto de valores Una vez que se ha aceptado la importancia de vivir los valores, hay que analizar claramente cuáles de ellos son la base de tu vida. Aquí podríamos establecer dos clases: los que ya tienes y los que quieres construir. Es necesario hacer un esfuerzo y meditar detenidamente en cuáles son aquellos principios, normas y comportamientos que te son fundamentales para vivir mejor. ¿Cuáles te enseñaron en casa? ¿Cuáles has ido aprendiendo con la vida? ¿Cuáles sabes que existen, pero no los vives mucho? ¿Cuáles son los que te gustaría tener? Paso 3. El plan Cuando conoces tus valores, tus debilidades y lo que quieres llegar a ser, es el momento de hacer una planificación de metas con respecto a ellos, un plan concreto con lapsos determi- nados. Establecer una meta concreta diaria —pequeña, pero significativa— con respecto a los valores que quieres vivir. Paso 4. El examen diario Durante una parte del día, date 10 minutos para reflexionar. Debes pensar en si estás cum- pliendo tu meta diaria, qué has hecho y qué te falta por hacer. Si por cualquier motivo no te fue muy bien, no te desanimes y vuelve a ponerlo en tu plan diario, analiza por qué no pudiste cumplirlo y establece medios para que esto no ocurra de nuevo. Este examen es vital, si no lo haces, todo el sistema para vivir los va- lores va a irse perdiendo hasta que te olvides de él. Lo fundamental es la constancia. Los valores: un deber ser y un deber hacer Proyecto de valores 2
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    78 ¡Luces, cámara, actividades! Guíapara vivir mis valores 1. Analizar y establecer mis valores • Siéntate en un lugar tranquilo, en una hoja de papel escribe la fecha y traza dos líneas verticales que dividan la página en tres co- lumnas. En el lado izquierdo, en la primera columna, escribe una lista con los valores más importantes para ti, sin importar el or- den o si los vives actualmente, simplemente escribe aquellos principios que consideras fundamentales. • En la columna del centro haz una lista con los valores que aprendiste desde niño en casa, los que has aprendido con la vida y los que has aprendido últimamente pero no sueles vivirlos. • En la columna de la derecha, dibuja un triángulo y escribe en cada vértice: Mis for- talezas, Mis debilidades, Lo que quiero ser. En Mis fortalezas escribe aquellos valores que ya existen en ti, que te definen como una persona especial y que vives continua- mente. En Mis debilidades escribe aquellos defectos que crees que te impiden vivir me- jor los valores. Por último, escribe aquellos valores que desearías vivir en Lo que quiero ser. Esta hoja debes guardarla. 2. Plantear mis metas • Consigue una agenda. Cualquiera puede ser útil una de escritorio, de bolsillo o elec- trónica. Establece tres bases de tiempo: anual, mensual y por día. En la base de tiem- po anual escribirás lo que esperas lograr en un año. Los valores concretos que quieres alcanzar —incluye los que ya vives y los que quieres vivir—. • Divide la lista anterior en una base de tiem- po mensual determinando un mes para cada actividad. • En la base de tiempo por día establecerás una lista de pequeñas acciones para lograr la meta mensual. Es mejor hacer una acción pequeña todos los días, que grandes accio- nes muy de vez en cuando. • Tu guía es algo personal, sin embargo, no dudes en compartirla con otros amigos, para que alguien de confianza te ayude a establecer qué valores te vendrían bien, porque a veces uno pierde la perspectiva de sí mismo o hay defectos que uno simple- mente no ve. • Pon en práctica tu guía por un mes reali- zando tu examen diario y comparte la ex- periencia con un ser querido. Proyecto 2 • Un impuesto sobre los bienes de consumo y los servicios
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    Bienes gravados conIVA Equidad y desarrollo 79 ¿De qué se trata? Capítulo 8 UN IMPUESTO SOBRE LOS BIENES DE CONSUMO Y LOS SERVICIOS EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO El IVA es un impuesto que grava la transfe- rencia de bienes y servicios entre las per- sonas que están bajo el régimen tributario ecuatoriano, es decir, se impone sobre todas las etapas de comercialización de productos y de prestación de servicios. Este impuesto, como todos los demás, tiene una base sobre la cual se calcula su valor, un hecho o actividad que lo genera y, por supuesto, una tarifa. En este capítulo hablaremos de cómo se rea- liza la facturación, la liquidación, la retención, la declaración y la devolución de este im- puesto vía asignación y compensación presu- puestaria, y de los sujetos que intervienen. Abordaremos, así mismo, el tema del crédito tributario con relación al IVA. Conceptualmente • Relacionar el impuesto al valor agregado con la transferencia de dominio. • Identificar la base imponible, el hecho ge- nerador y los sujetos pasivo y activo que in- tervienen en este impuesto. • Reconocer bienes y servicios gravados con tarifa 0 %. • Llevar a cabo la facturación y la liquidación del impuesto. • Ejecutar el derecho al crédito tributario con respecto al IVA. • Ejecutar retenciones en la fuente e identi- ficar agentes de retención y de percepción del impuesto. • Implementar varias formas de declaración del IVA. • Identificar los casos de devolución del im- puesto al valor agregado vía asignación y compensación presupuestaria. En actitudes y valores • Valorar la veracidad frente a la declaración del IVA. • Apreciar la orientación ética de la fijación con tarifa 0 % de ciertos bienes y servicios con función social. • Concebir la no facturación del IVA como defraudación. Lo que voy a lograr
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    80 Venta, compra, intercambioe importación: IVA, el impuesto del mercado de productos y servicios Derechos del contribuyente El SRI cuenta con un Departamento de Derechos del Contribuyente que tiene como objetivo promover, difundir y salvaguardar los de- rechos y garantías de los contribuyentes, analizando, canalizando y atendiendo oportuna y eficientemente temas relacionados con las actuaciones de la institución, así como proponiendo y coordinando la adopción de mecanismos que permitan corregir deficiencias detec- tadas en los procesos internos. ¿De qué se encarga este Departamento? Se encarga de receptar y dar seguimiento a los trámites relacionados con quejas, sugerencias, denuncias tributarias y denuncias de impli- cancia administrativa. ¿Qué procedimiento y que información se re- quieren para dar a conocer quejas, sugerencias o denuncias? Cada oficina del SRI cuenta con un funcionario encargado de atender y guiar a las personas que deseen presentar una queja, sugerencia o denuncia. En las Direcciones Regionales, son los delegados del Departamento de Derechos del Contribuyente; en las Direcciones Provinciales,sonlospropiosDirectoresProvinciales;y,enlasAgencias, los Jefes de Agencia. Todaqueja,sugerenciaodenunciadebeserpresentadaporescrito,en los formularios diseñados para el efecto y que se entregan en forma gratuita a nivel nacional. El interesado deberá proporcionar su infor- maciónpersonal(nombre,númerodedocumentodeidentidadoRUC, dirección y teléfono u otro medio de contacto), un detalle claro de la queja, sugerencia o denuncia, así como los datos precisos del denun- ciado (únicamente para denuncias tributarias y administrativas). El interesado deberá adjuntar copia del documento de identificación, o de ser el caso, copia del nombramiento del representante legal para personas jurídicas, y la documentación de soporte que sustente la queja o denuncia presentada. El trámite debe ser presentado en las ventanillas de secretaría a nivel nacional, luego de haber sido aseso- rado por el funcionario responsable. El impuesto al valor agregado grava al valor que tiene una transacción comercial: • Al valor de la transferencia de dominio o a la importación de bienes muebles de naturale- za corporal en todas sus etapas de comercia- lización, así como los derechos de autor, de propiedad industrial y derechos conexos. • Al valor de los servicios prestados. Se considera una transferencia de dominio al acto por el cual un bien que es propiedad de alguien pasa a ser propiedad de una persona distinta ya sea por la compra-venta o por la ce- sión a título gratuito. También es una transfe- rencia de dominio el uso y consumo personal del bien por parte del productor o vendedor, es decir, el autoconsumo. Se consideran servicios los que una persona, empresa o institución presta a terceras per- sonas a cambio de una contraprestación, la cual puede ser dinero, especies u otros servicios. La base imponible del IVA La Ley determina que para cada impuesto se debe establecer una base imponible, es decir, el impuesto se calcula aplicando un porcen- taje o una tarifa a una magnitud denominada base imponible, que coincidirá casi siempre con el precio de los bienes y servicios objeto de la actividad económica. La base imponible del IVA es el valor total de los bienes que se transfieren o de los servicios que se prestan, calculándolos en base a los precios de venta o de prestación, que incluyen los impuestos, tasas por servicios y cualquier otro gasto legalmente imputable al precio. En las importaciones, la base imponible del IVA es el resultado de la suma del valor CIF, los impuestos, los aranceles, las tasas, los dere- chos, las recargas y otros gastos que figuren en la declaración de importación y en los demás documentos pertinentes. En los casos de per- muta, de autoconsumo de bienes y de dona- ciones, la base imponible se determinará en relación a los precios de mercado. Capítulo 8 • El impuesto al valor agregado
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    Equidad y desarrollo81 El IVA se causa u origina en las transferencias locales de dominio de bienes, sean éstas al contado o a crédito, en el momento del pago total o parcial del precio o acreditación en cuenta, lo que suceda primero, hecho por el cual, se debe emitir obligatoriamente el respec- tivo comprobante de venta. En las prestaciones de servicios, en el momento en que se preste efectivamente el servicio, o en el momento del pago total o parcial del precio o acreditación en cuenta, a elección del contribuyente, hecho por el cual, se debe emitir obligatoriamente el respectivo comprobante de venta. Así mismo, en el caso de prestaciones de ser- vicios por avance de obra o etapas, el hecho generador del impuesto se verificará con la entrega de cada certificado de avance de obra o etapa, hecho por el cual se debe emitir obli- gatoriamente el respectivo comprobante de venta. En el caso de introducción de mercade- rías al territorio nacional, el impuesto se causa en el momento de su despacho por la Aduana. Tarifas del impuesto El IVA se agrega al precio de los productos o ser- vicios y las tarifas establecidas son 12 % y 0 %. Bienes gravados con tarifa 0 % 1. Productos alimenticios en estado natural o que no hayan sido procesados. 2. Leches en estado natural, pasteurizadas, homogenizadas o en polvo de producción nacional, quesos, yogures, leches materni- zadas; o proteicos infantiles. 3. Alimentos de primera necesidad como: pan; azúcar; panela; sal; manteca; marga- rina; avena; maicena; fideos; harinas para consumo humano; enlatados nacionales de atún, macarela, sardina y trucha; y aceites comestibles, excepto el de oliva. 4. Medicamentos y drogas de uso humano, de acuerdo con las listas que mediante Decreto establecerá anualmente el Presidente de la República, así como la materia prima e insumos importados o adquiridos en el mercado interno para producirlas. 5. Envases y etiquetas utilizadas en la fabri- cación de medicamentos de uso humano o veterinario. 6. Papel bond, libros y material complementa- rio a comercializar conjuntamente con los libros. 7. Semillas certificadas, bulbos, plantas, es- quejes y raíces vivas. Harina de pescado y los alimentos balanceados, preparados fo- rrajeros con adición de melaza o azúcar, y otros preparados que se utilizan como co- mida de animales que se críen para alimen- tación humana. Fertilizantes, insecticidas, pesticidas, fungicidas; herbicidas, aceite agrícola utilizado contra la sigatoka negra, antiparasitarios y productos veterinarios así como la materia prima e insumos, im- portados o adquiridos en el mercado in- terno, para producirlas, de acuerdo con las listas que mediante Decreto establezca el Presidente de la República. 8. Tractores de llantas de hasta 200 hp inclu- yendo los tipo canguro y los que se utiliza en el cultivo del arroz; arados, rastras, sur- cadores y vertedores; cosechadoras, sem- bradoras, cortadoras de pasto, bombas de fumigación portables, aspersores y rociado- res para equipos de riego y demás elemen- tos de uso agrícola, partes y piezas que se establezca por parte del Presidente de la República mediante Decreto. 9. Los que se exporten. 10. Los que introduzcan al país, por ejemplo los diplomáticos extranjeros y funcionarios de organismos internacionales, en los casos que se encuentren liberados de derechos e impuestos. 11. Lámparas fluorescentes. 12. Aviones, avionetas y helicópteros destina- dos al transporte comercial de pasajeros, carga y servicios. 13. Vehículos híbridos o eléctricos de hasta USD 35 000. 14. Energía Eléctrica. 15. Artículos introducidos al país, bajo régimen de tráfico Postal Internacional y Correos rá- pidos, de acuerdo a los lineamientos esta- blecidos en la Ley. El hecho generador del IVA y bienes gravados con tarifa 0 %
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    82 Servicios gravados contarifa 0 % 1. De impresión de libros. 2. Servicios de salud incluyendo los de medicina prepagada y los servicios de fabricación de medicamentos. 3. De guarderías infantiles y hogares de ancianos. 4. De alquiler o arrendamiento de inmuebles des- tinados exclusivamente para vivienda. 5. Los prestados personalmente por artesanos cali- ficados por la Junta Nacional del Artesano. 6. De extracción por medios mecánicos o quími- cos en la elaboración de aceites comestibles. 7. De refrigeración, enfriamiento y congelamien- to para conservar alimentos en estado natural y productos perecibles que se exporten. 8. De faenamiento, cortado, pilado y trituración. 9. Los de aerofumigación. 10. Religiosos y funerarios. 11. Los administrativos prestados por el Estado y las entidades del sector público por lo que se deba pagar un precio o una tasa tales como los servicios que presta el Registro Civil, otorga- miento de licencias, permisos y otros. 12. Los financieros y bursátiles prestados por las entidades legalmente autorizadas para prestar los mismos. 13. Los sistemas de lotería de la Junta de Beneficencia de Guayaquil y Fe y Alegría. 14. Los que se exporten de acuerdo a las condiciones establecidas en la Ley. 15. Transporte nacional terrestre y acuá- tico de pasajeros y carga. Transporte internacional de carga. Transporte de carga nacional aérea desde, hacia y en la provincia de Galápagos. Transporte de petróleo crudo y de gas natural por oleoductos y gaseoductos. 16. El peaje y pontazgo que se cobra por la utilización de carreteras y puentes. 17. Espectáculos públicos. 18. Los de educación en todos los niveles. 19. Los prestados por clubes sociales, gremios profesionales, cámaras de la producción, sindicatos y similares, que cobren a sus miembros cánones, alícuotas o cuotas que no excedan de 1 500 dólares en el año. 20. Los seguros y reaseguros de salud y vida individuales, en grupo, asistencia médica y accidentes personales, así como los obligatorios por accidentes de tránsito terrestres. 21. Los paquetes de turismo receptivo, facturados dentro o fuera del país, a personas naturales o sociedades no residentes en el Ecuador. 22. Los servicios públicos de energía eléc- trica, agua potable, alcantarillado y los de recolección de basura. Entre otros. Tarifa 0 % y su función social Todos los bienes y servicios gra- vados con tarifa 0 % pueden ser considerados exenciones tributa- rias,debidoaquecumplenunpapel importante para la satisfacción de necesidades vitales y de desarrollo social, incluidas entre estas las que tienen que ver con la cultura. Este mismo criterio se aplica de manera contraria cuando se grava con impuestos especiales a los artículos suntuarios, de lujo o aquellos que causan problemas de salud pública como el cigarrillo y el alcohol. La política tributaria de esta manera in- tenta cumplir con su fin último de procurar el bien- estar social. Capítulo 8 • El impuesto al valor agregado
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    Equidad y desarrollo83 No olvidar El sujeto activo del impuesto al valor agre- gado es el Estado. La Ley dispone que este impuesto será recaudado por el SRI. Son sujetos pasivos del IVA los siguientes en distintas calidades: A) En calidad de contribuyentes: Quienes realicen importaciones gravadas con una tarifa , ya sea por cuenta propia o ajena. a.1) En calidad de agentes de percepción: 1. Las personas naturales y las socieda- des que habitualmente efectúen transferencias de bienes gravados con una tarifa; 2. Laspersonasnaturalesylassocieda- des que habitualmente presten servi- cios gravados con una tarifa. B) En calidad de agentes de retención: • Sucesiones indivisas - personas natura- les obligadas a llevar contabilidad. • Las entidades y organismos del sector público y, las empresas públicas y las sociedades y sucesiones indivisas y per- sonas naturales consideradas como con- tribuyentes especiales por el Servicio de Rentas Internas, ya que deben pagar IVA por las adquisiciones que realicen. • Las empresas emisoras de tarjetas de crédito debido a los pagos que efectúen por concepto de IVA a sus establecimien- tos afiliados, en las mismas condiciones en que se realizan las retenciones en la fuente a proveedores. • Las empresas de seguros y reaseguros por los pagos que realicen por concepto de compras y servicios gravados con IVA, en las mismas condiciones señaladas en el punto anterior. • Los exportadores, sean personas natura- les o sociedades por la totalidad del IVA pagado en las adquisiciones locales o im- portaciones de bienes que se exporten. • Los Operadores de Turismo que facturen paquetes de turismo receptivo dentro o fuera del país, por la totalidad del IVA pa- gado en las adquisiciones locales de los bienes que pasen a formar parte de su activo fijo; o de los bienes o insumos y de los servicios que integren el paquete de turismo receptivo facturado. • Las personas naturales, sucesiones in- divisas o sociedades, que importen ser- vicios gravados, por la totalidad del IVA generado en tales servicios; y • Petrocomercial y las comercializadoras de combustibles sobre el IVA presuntivo en la comercialización de combustibles. Facturación del impuesto al valor agregado Los sujetos pasivos del IVA tienen la obligación de emitir y entregar al adquirente del bien o al beneficiario del servicio, facturas, notas de venta (RISE), según el caso, por las opera- ciones que efectúan, aún cuando la venta o la prestación de servicios se encuentren gra- vadas con tarifa 0%. En los comprobantes de venta deben constar por separado el valor de las mercancías transferidas o el precio de los servicios prestados, la tarifa del impuesto y el IVA cobrado. El no otorgamiento de compro- bantes de venta constituye una caso especial de defraudación. Los sujetos que intervienen en el IVA Emitir y recibir el comprobante de venta es indispensable.
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    84 Para conocer losvalores que se incluirán en la declaración del IVA, debemos calcular la diferencia entre el IVA cobrado (ventas) y el IVA pagado (compras). Si el IVA cobrado es mayor que el IVA pagado, es esa diferencia el monto de impuesto que se debe pagar al momento de presentar la declaración. Crédito tributario No siempre el IVA en ventas es mayor que el IVA en compras. Cuando esto sucede, la dife- rencia que queda a favor puede constituirse en crédito tributario o puede ser imputada al costo o gasto. Los sujetos pasivos del impuesto al valor agre- gado, que se dedican a la producción, comer- cialización o exportación de bienes o servicios gravados con tarifa 12 %, tienen derecho al crédito tributario por la totalidad del IVA pa- gado en las adquisiciones locales o importa- ciones de los bienes que pasen a formar parte de su activo fijo, así mismo de los bienes, de las materias primas o insumos y de los servicios necesarios para la producción y comercializa- ción de dichos bienes y servicios. En el caso de que se dediquen a la produc- ción o la comercialización de bienes o a la prestación de servicios que estén gravados en parte con tarifa 0 %, y en parte con tarifa 12 %, tienen derecho a crédito tributario por la parte proporcional del IVA pagado en la adquisición local o importación de bienes que pasen a formar parte del activo fijo, así como por la ad- quisición de bienes, materias primas, insumos y servicios utilizados para producir bienes o prestar servicios gravados con tarifa 12 %. Si el sujeto pasivo mantiene sistemas contables que permiten diferenciar inequívocamente las adquisiciones de materias primas, insumos y ser- vicios gravados con tarifa 12 %, empleados exclu- sivamente en la producción, comercialización de bienes o en la prestación de servicios gravados con tarifa 12 %, de aquellas compras de bienes y de servicios gravados con tarifa 12 % pero em- pleados en la producción, comercialización de servicios gravados con tarifa 0 %; podrán utilizar la totalidad del IVA pagado en las adquisiciones de materias primas, insumos o servicios gravados con tarifas 12 %, para la determinación del im- puesto a pagar. No existe el derecho a crédito tributario por el IVA pagado cuando se producen o venden bienes o se prestan servicios gravados en su totalidad con tarifa 0 %; y se imputará al costo y/o gasto del período fiscal. IVA Noveno dígito del RUC Declaración mensual Declaración semestral 1er semestre 2o semestre 1 10 del mes siguiente 10 de julio 10 de enero 2 12 del mes siguiente 12 de julio 12 de enero 3 14 del mes siguiente 14 de julio 14 de enero 4 16 del mes siguiente 16 de julio 16 de enero 5 18 del mes siguiente 18 de julio 18 de enero 6 20 del mes siguiente 20 de julio 20 de enero 7 22 del mes siguiente 22 de julio 22 de enero 8 24 del mes siguiente 24 de julio 24 de enero 9 26 del mes siguiente 26 de julio 26 de enero 0 28 del mes siguiente 28 de julio 28 de enero Liquidación del impuesto al valor agregado Capítulo 8 • El impuesto al valor agregado
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    Equidad y desarrollo85 Los agentes de retención deben retener el IVA en una proporción del 30 % del im- puesto causado, cuando se origine en la trans- ferencia de bienes muebles y del 70 % del impuesto, cuando se origine en la prestación de servicios gravados. En el caso de los pagos que realizan las empresas emisoras de tarjetas de crédito, la retención será del 70 % del IVA facturado. La retención en la fuente en los pagos a profe- sionales y en el arrendamiento de inmuebles de personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, debe realizarse por el 100 % del IVA facturado. En el caso de los contratos de construcción, los agentes de retención contratantes deben efectuar la retención del 30 % del IVA que corresponda a cada factura, aunque el cons- tructor haya sido calificado como contribu- yente especial. No se realizan retenciones: • A las entidades y organismos del sector público. • A las compañías de aviación. • A las agencias de viaje en la venta de pasa- jes aéreos. • A contribuyentes especiales. • A las empresas que se dedican a la comer- cialización de combustibles. • A los distribuidores o voceadores de perió- dicos o revistas. Revisión y reformas a la legislación tributaria: una misión patriótica Retenciones en la fuente del IVA La estructura jurídica tributaria actual se en- cuentra conformada básicamente por las si- guientes normas, en orden de prelación: • CódigoTributario. •LeydeCreacióndelServiciodeRentasInternas. • Ley de RégimenTributario Interno. • Ley de Registro Único de Contribuyentes. • Reglamento a la Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas. • Reglamento Orgánico Funcional del SRI. • Reglamento para la Aplicación de la Ley de RégimenTributario y sus Reformas. • Reglamento de RUC. • Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios. Si bien es cierto, esta base jurídica ha permitido mejorar las actividades propias de la adminis- tración tributaria, aún existen grandes vacíos que impiden la regulación de ciertas activi- dades económicas, especialmente las relacio- nadas con negocios internacionales, razón por la cual se están ejecutando reformas integrales de la normativa legal vigente.
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    Formularios 104 y104 A 86 Todas las personas y sociedades que rea- lizan actividades económicas están en la obligación de presentar declaraciones de IVA por las operaciones que realizan. Si los productos que venden o los servicios que prestan están gravados con tarifa 12 %, la declaración se la debe presentar mensual- mente con relación a las operaciones reali- zadas dentro del mes calendario inmediata- mente anterior, de igual manera si realizan operaciones con tarifa 12 % y 0 %. Si se actúa como agente de retención, obligato- riamenteladeclaraciónesmensual.Losagentes de retención del IVA deben presentar su decla- ración mensual, aún cuando no hayan efec- tuado retenciones en la fuente en ese período. Quienes exclusivamente transfieren bienes o prestan servicios gravados con tarifa 0 %, deben presentar una declaración semestral, de igual manera los sujetos pasivos no obli- gados a llevar contabilidad que son sujetos de retención en la fuente por la totalidad del im- puesto al valor agregado facturado. La declaración se realiza en el formulario 104; para personas naturales obligadas a llevar contabilidad y que realizan actividades de co- mercio exterior, y en el 104A, para personas naturales no obligadas a llevar contabilidad y que no realizan actividades de comercio exterior. Los contribuyentes especiales, las personas naturales obligadas a llevar contabilidad y las sociedades deben declarar sus impuestos por Internet, y el valor de los mismos son de- bitados directamente de sus cuentas banca- rias. Las personas naturales y las sociedades pueden elegir su forma de pago (débito ban- cario u otras formas de pago). La declaración del impuesto al valor agregado Capítulo 8 • El impuesto al valor agregado
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    Equidad y desarrollo87 Los contribuyentes deben realizar una sola declaración por cada período fiscal; sin embargo, podrán realizar una declaración sustitutiva para corregir errores en los que hayan incurrido en su declaración presentada previamente. Así, se podrá sustituir la declaración original por una nueva que contenga la información correcta, identificando el número del formu- lario de la declaración original y registrando los valores pagados en la declaración anterior. Si los datos a corregir corresponden a campos de identificación de la declaración y del contri- buyente (ruc, período fiscal e impuesto) deben presentar en las ventanillas del SRI el formato detallado para eso. La presentación de la declaración sustitutiva no requiere adjuntar la declaración original, pero sí registrar en los campos 104 y 890 el nú- mero de formulario de la declaración que sus- tituye y el pago previo realizado. Declaraciones anticipadas Los contribuyentes que están obligados a pre- sentar declaraciones semestrales del impuesto al valor agregado que por cualquier motivo suspenden actividades antes de las fechas previstas para la presentación de sus declara- ciones, pueden hacerlo en forma anticipada en un plazo de 30 días a partir de la fecha de suspensión de actividades. Despuésdepresentarladeclaraciónanticipada del impuesto al valor agregado, en el caso de suspensión de actividades, el contribuyente deberá realizar en el SRI, el trámite para la sus- pensión temporal o definitiva del RUC. Ladeclaraciónyelpagodeimpuestossepueden realizar a través del sistema de declaraciones por Internet y en las entidades financieras auto- rizadas por el Servicio de Rentas Internas. Las instituciones financieras deben recibir los formularios de declaración y pagos de los con- tribuyentes, sean o no clientes y tengan o no un valor a pagar. Errores en la declaración y declaraciones anticipadas Las declaraciones son confidenciales Con sentido de respeto a las relaciones con el contribuyente y a partir de una claradiferenciaciónentrelopúblicoylo privado, el Servicio de Rentas Internas garantiza la privacidad y la confiden- cialidad de la información personal y económica proporcionada por los con- tribuyentes para fines tributarios.
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    88 Los contribuyentes tambiénpueden realizar sus declaraciones sin ningún costo, a través del sitio web del Servicio de Rentas Internas: www.sri.gob.ec, que está habilitado las 24 horas al día, 365 días al año. Para acceder a esta forma de declarar, el contri- buyente debe, previamente, firmar un acuerdo de responsabilidad y obtener una clave de ga- rantía de identidad del contribuyente, la cual se entregabajolassiguientescondiciones,encual- quiera de las oficinas del SRI a nivel nacional: • Clave de seguridad para sociedades: se la en- trega en un sobre cerrado al representante legal, previa presentación del original de su cédula de identidad o ciudadanía y papele- ta de votación. Deberá también presentar el acuerdo de responsabilidad debidamente firmado. • Clave de seguridad para personas naturales: se la entrega en un sobre cerrado a quien presente el original de su cédula de identi- dad o ciudadanía, o pasaporte y papeleta de votación, deberá también presentar el acuerdo de responsabilidad. • En caso de terceras personas, que realicen los trámites, deberán presentar el original y copia a color de su cédula de identidad o ciu- dadanía, o pasaporte, presentar el original de la papeleta de votación, adjuntar copia a color de la cédula de identidad y nombra- miento del representante legal (sociedades) del sujeto pasivo, presentar el original de su papeleta de votación y una carta de autori- zación firmada por el sujeto pasivo. También presentarán el acuerdo de responsabilidad firmado. En caso de que un tercero firme el acuerdo de responsabilidad, adjuntar poder general o especial. Una vez firmado el acuerdo de responsabilidad —cuyo formato también se puede encontrar en el sitio web del SRI— y obtenida la clave de identidad, para que el contribuyente pueda ela- borar sus declaraciones por Internet, el Servicio de Rentas Internas pone a su disposición el programa DIMM (Declaración de impuestos en medio magnético), el mismo que puede ser descargado gratuitamente del sitio web del SRI. Cuando se realiza una declaración a través del Internet, se recibe la confirmación del envío en ladireccióndecorreoelectrónicoregistradapor el contribuyente. El SRI cuenta con un módulo de consultas, que permite al contribuyente ve- rificar la información presentada a través de Internet. Como toda declaración, aquella rea- lizada por Internet debe estar dentro de los plazos reglamentarios, considerando la fecha de vencimiento. Opciones para pagar los impuestos El pago de impuestos se lo puede realizar por varios medios: 1. Mediante débito bancario, para el cual el contribuyente suscribe un convenio y au- toriza al banco al débito automático de su cuenta. 2. A través de otras formas de pago ofrecidas por el sistema financiero como servicios de pago desde internet, cajeros automáticos, call center, tarjetas de crédito, ventanilla de extensión, etc. 3. En las ventanillas de las entidades banca- rias autorizadas por el Servicio de Rentas Internas para la recaudación de impuestos, presentando los formularios físicos o el comprobante electrónico de pago y el dine- ro respectivo. Una manera inteligente de declarar El uso de medios informáticos y telemáticos para realizar trámites es cada vez más generali- zado, la tendencia es a que este modo de operación reemplace casi totalmente a la realiza- ción de trámites con presencia de las personas, sin embargo, existen todavía muchos que prefierenlosmétodostradicionales,yparaelloslaspuertasdelSRIsiempreestaránabiertas. Capítulo 8 • El impuesto al valor agregado Tecnofobia
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    Equidad y desarrollo89 • Sujetos de compensación y asignación presupuestaria. Tendrán derecho a compensación presu- puestariadelvalorequivalentealIVApaga- do en la adquisición local o importación de bienes y demanda de servicios las siguien- tes instituciones: Junta de Beneficencia de Guayaquil, IESS, Fe y Alegría, SOLCA, Cruz Roja Ecuatoriana, Fundación Oswaldo Loor y las universidades, y escuelas politécnicas privadas. Además se podrá aplicar lo anterior a las agencias especializadas internacionales, organismos no gubernamentales y las per- sonas jurídicas de derecho privado que ha- yan sido designadas ejecutoras en conve- nios internacionales, créditos de gobierno a gobierno o de organismos multilaterales, siempre que las importaciones o adquisi- ciones locales de bienes o servicios se rea- licen con cargo a los fondos provenientes de tales convenios o créditos para cum- plir los propósitos expresados en dichos instrumentos. Tendrán derecho a asignación presu- puestaria de valores equivalentes al IVA pagado en la adquisición local e impor- tación de bienes y demanda de servicios que efectúen los Gobiernos Autónomos Descentralizados (municipios, consejos provinciales, etc.) y las universidades y es- cuelas politécnicas públicas. • Sujetos de devolución Devolución de IVA por crédito tributario: De acuerdo a la normativa vigente, tienen derecho a la devolución de IVA por crédito tributario los contribuyentes: Exportadores, Proveedores directos de exportadores, Proveedores del Sector Público, Operadores de turismo Receptivo, por el IVA que hayan pagado en la adquisición local de bienes y servicios. Adicionalmente, aquellos que tie- nen como giro de su actividad económica el transporte terrestre público de pasajeros en buses de servicio urbano, quienes tienen derecho a crédito tributario por el IVA que hayan pagado en la adquisición local de chasis y/o carrocerías; y las aerolíneas por el combustible destinado al transporte de carga aéreo al exterior. En el caso de exportadores, una vez realiza- da la exportación pueden solicitar al SRI la devolución del IVA correspondiente a través del Sistema Automático de Devoluciones del IVA por internet, para lo cual los expor- tadores deberán poseer la clave de acceso para la presentación y pago de declaracio- nes y anexos de las obligaciones tributarias; y firmar el acuerdo sobre liquidación auto- mática provisional previa a la resolución de devolución de IVA. Devolución de IVA por IVA Pagado en adquisiciones: La norma establece el derecho a la devolu- ción del IVA pagado en sus adquisiciones para: Personas con capacidades especiales, Adultos Mayores, Misiones Diplomáticas, y Turistas Extranjeros. Devolución del IVA Recordemos Si durante un período determinado, el IVA cobrado (ventas) es mayor al IVA pagado (com- pras),existeunimpuestocausadoquesedebepagaralfisco.SielIVApagado(compras)es mayor al IVA cobrado (ventas) existe un saldo a favor del contribuyente que se considera crédito tributario o se imputa al costo o gasto.
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    90 Capítulo 8• El impuesto al valor agregado Hago y aprendo 1 Enumera dos bienes y dos servicios que crees que deberían estar gravados con tarifa 0 % de IVA y no lo estén. Argumenta tu respuesta. 2 Escribe en orden los pasos que deben seguirse para poder realizar declaraciones por Internet. 3 Los siguientes contribuyentes piden devolución del IVA. Señala quiénes tienen dere- cho a ello y quiénes no. Escribe la razón. • Juana Sánchez, campeona mundial de atletismo especial • Ministerio de Relaciones Exteriores • Marcia Romero, periodista • Hats, compañía exportadora de sombreros de paja toquilla • Eduardo Peña, comerciante minorista de ropa • Giovanni Carli, cónsul de Italia 4 Completa la tabla con casos que correspondan. Obligación de declaración mensual Obligación de declaración semestral Bienes Servicios 1. 2. 3. 4.
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    Verificación informática dedeclaraciones Equidad y desarrollo 91 ¿De qué se trata? Conceptualmente • Definir el concepto de impuesto a la renta global. • Establecer diferencias entre renta de fuente ecuatoriana y de fuente extranjera. • Identificar los ingresos gravados y los casos de exención del impuesto. • Calcular el impuesto a la renta para perso- nas naturales y para sociedades, tomando en cuenta la base imponible. • Identificar los porcentajes fijados para la re- tención en la fuente del impuesto a la renta y los plazos en los que se debe cancelar. En actitudes y valores • Apreciar la distribución solidaria de la re- caudación del impuesto para instituciones de beneficio social. • Adquirir conciencia de la necesidad social de relacionar proporcionalmente las ganan- cias económicas con el aporte tributario. Capítulo 9 El impuesto a la renta grava la ganancia que obtienenenelpaíslaspersonasnaturaleso las sociedades, nacionales o extranjeras, como resultado de sus actividades económicas. Hablaremos sobre quiénes están sujetos y quiénes están exentos del pago de este im- puesto, conoceremos qué ingresos están gravados con él, sobre los anticipos, las reten- ciones y el crédito tributario relacionados con este impuesto y observaremos ejercicios prác- ticos para calcularlo. COMPARTIR LAS GANANCIAS EL IMPUESTO A LA RENTA Lo que voy a lograr Análisis de declaraciones del impuesto a la renta
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    92 ¿Qué es elImpuesto a la Renta? Es el impuesto que se debe cancelar sobre los ingresos o rentas, producto de activi- dades personales, comerciales, industriales, agrícolas, en general, actividades económicas y aún sobre ingresos gratuitos, percibidos du- rante un año, luego de descontar los costos y gastos incurridos para obtener o conservar di- chas rentas. El impuesto a la renta es directo porque afecta el ingreso económico de las personas, grava la ganancia obtenida por las personas naturales, las sucesiones indivisas y las sociedades nacio- nales o extranjeras. Al ser el impuesto a la renta relativo a los in- gresos, lo pagan los contribuyentes según su capacidad económica. Para las personas naturales existe una can- tidad de renta desgravada, fijada por la Ley por considerarla indispensable para satisfacer necesidades vitales. Se considera renta a: 1. Los ingresos de fuente ecuatoriana obteni- dos consistentes en dinero, especies o ser- vicios, a título gratuito u oneroso, que pro- vengan del trabajo, del capital o de ambas fuentes. 2. Los ingresos obtenidos en el exterior por personas naturales domiciliadas en el país o por sociedades nacionales. La capacidad contributiva es la medida en que los ciudadanos pueden soportar la carga tribu- taria teniendo en cuenta las si- tuaciones personales. Un régimen tributario racional implica, en forma inexorable, el equilibrio entre la po- testad tributaria o el poder para imponer tri- butos y la capacidad contributiva de los con- tribuyentes. Cuando se rompe ese equilibrio, la tributación se vuelve ilegítima. La capacidad contributiva constituye el límite infranqueable para la potestad tributaria. Es en este criterio que se fundamenta el impuesto a la renta. La posesión de bienes no es suficiente ele- mento a tener en cuenta para determinar capacidad tributaria, esta se relaciona con varios aspectos de la persona contribuyente, su situación en la sociedad, el núcleo familiar que integra, es decir, que en este concepto in- tervienen tanto un elemento objetivo, la can- tidad de riqueza, como uno subjetivo, las si- tuaciones particulares o variables económicas; es por esto que la capacidad contributiva debe ser ubicada en el tiempo y el espacio, de no hacerlo puede resultar ilusoria. En el impuesto a la renta es más notable la re- lación de la capacidad contributiva con la tri- butación, debido a que el que más renta ob- tiene es el que más paga. Capítulo 9 • El impuesto a la renta
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    Equidad y desarrollo93 La renta puede provenir de fuente ecuato- riana o extranjera. Se denomina fuente ecuatoriana a todos los in- gresos que reciben las personas o sociedades nacionales o extranjeras, residentes, domici- liadas o con establecimiento permanente en Ecuador. Son ingresos de fuente ecuatoriana gravados: • Los recibidos por actividades laborales, pro- fesionales, comerciales, industriales, agro- pecuarias, mineras, de servicios y otras de carácter económico realizadas en territorio ecuatoriano. • Los recibidos por realizar en el exterior ac- tividades que son pagadas por personas naturales o sociedades nacionales o ex- tranjeras, con domicilio en el Ecuador, o por entidades y organismos del sector público ecuatoriano. • Las utilidades por venta de bienes muebles o inmuebles ubicados en el país. • Los beneficios o regalías provenientes de derechos de autor, así como los de propie- dad industrial, como patentes, marcas, mo- delos industriales, nombres comerciales y transferencia de tecnología, entre otros. • Las utilidades y dividendos que se distribu- yen por sociedades constituidas o estable- cidas en el país. • Los recibidos por exportaciones, sea que se efectúen directamente o mediante agentes especiales, comisionistas, sucursales, filiales o representantes. • Los intereses y demás rendimientos finan- cieros pagados o acreditados por personas naturales, nacionales o extranjeras residen- tes en el Ecuador o por entidades u organis- mos del sector público. • Los provenientes de loterías, rifas, apuestas y similares promovidas en el Ecuador. • Los provenientes de herencias, legados, do- naciones y hallazgo de bienes situados en el Ecuador. • Los que perciban los ecuatorianos y extran- jeros por actividades laborales, profesiona- les, comerciales, industriales, agropecua- rias, mineras, de servicios y otras de carácter económico realizadas en territorio ecuato- riano, salvo los percibidos por personas na- turales no residentes en el país por servicios ocasionales prestados en el Ecuador, cuan- do su remuneración u honorarios son pa- gados por sociedades extranjeras y forman parte de los ingresos percibidos por ésta, sujetos a retención en la fuente o exentos; o cuando han sido pagados en el exterior por dichas sociedades extranjeras sin cargo al gasto de sociedades constituidas, domi- ciliadas o con establecimiento permanente en el Ecuador. Se entenderá por servicios ocasionales cuando la permanencia en el país sea inferior a seis meses consecutivos o no en un mismo año calendario. • Cualquier otro ingreso que perciban las so- ciedades y personas naturales nacionales o extranjeras residentes en el Ecuador. Para estos fines se considera establecimiento permanente de una empresa extranjera a todo lugar o centro fijo ubicado dentro del territorio nacional, en el que una sociedad extranjera efectúa todas sus actividades o parte de ellas. Fuentes de la renta e ingresos gravados
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    94 La renta secalcula de manera global Para efectos tributarios, la renta es la suma de todos los ingresos que recibe una per- sona o sociedad, sean de fuente ecuatoriana o extranjera o provenientes de distintas activi- dades económicas. Por ejemplo, la señora Patricia Moya trabajó como enfermera en un hospital público du- rante el último año, por su trabajo ganó $ 5 000 anuales; ella, además, tiene con su familia una tienda que produjo ingresos anuales de $ 4 800 y varias veces durante el año cuidó enfermos particulares, por lo cual recibió $ 6 000. Para calcular su renta, sumamos todos los ingresos obtenidos en el año: En el hospital ganó 5 000 dólares Su tienda produjo 4 800 dólares Atendiendo enfermos ganó 6 000 dólares Renta anual que percibió 15 800 dólares Base imponible del impuesto a la renta En general, la base imponible está constituida por la totalidad de los ingresos ordinarios y extraordinarios gravados con el impuesto a la renta menos las devoluciones, los descuentos, los costos, los gastos y las deducciones impu- tables a tales ingresos, es decir, para establecer la base imponible del impuesto a la renta, se deben deducir de la totalidad de ingresos, los gastos que se efectúen para obtener, man- tener o mejorar los ingresos que se encuen- tren gravados. En caso de que el contribuyente realice varias actividades económicas, se hacen cálculos in- dependientes por cada una —renta menos deducciones aplicables— y se suma el resul- tado de cada uno; la base imponible para el impuesto a la renta será igual a la suma de las bases imponibles de cada actividad. Porejemplo,unapersonanaturaltuvoingresos anuales por: Un negocio 1 000 dólares Sueldos percibidos 6 000 dólares Arriendos cobrados 2 000 dólares Su renta global 9 000 dólares Supondremos que esta persona tuvo 700 dó- lares de gastos deducibles desglosados de la siguiente manera tomando en cuenta las dife- rentes actividades económicas: De los arriendos, depreciación, man- tenimiento e impuesto predial 300 dólares Del negocio, compras de mercadería 300 dólares De los sueldos, aportes personales al IESS 100 dólares Para determinar la base imponible para el im- puesto a la renta de esta persona, debemos restar de cada ingreso su correspondiente de- ducción y sumar los resultados. Renta global 9 000 dólares Gastos deducibles -700 dólares Base imponible 8 300 dólares Capítulo 9 • El impuesto a la renta
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    Equidad y desarrollo95 Consideraciones importantes para calcular la base imponible Para trabajadores asalariados y em- pleados la base imponible de los in- gresosdeltrabajoenrelacióndedepen- dencia es igual al total de los ingresos ordinarios y extraordinarios, menos el valor de los aportes personales al IESS y los gastos personales por concepto de vivienda, alimentación, vestimenta, educación y salud. • De los ingresos percibidos por personas na- turales y sucesiones indivisas provenientes del arrendamiento de inmuebles, son de- ducibles los gastos de intereses y de primas de seguros, los costos de depreciación de 5 % del avalúo, los costos de mantenimiento de 1% del avalúo de la propiedad en con- cepto de gastos de mantenimiento. Si se arrienda solo una parte del inmueble, las deducciones se aplican sobre el porcentaje del inmueble que está arrendado. • Para el caso de las personas de la terce- ra edad y discapacitados, el cálculo de la base imponible debe tener en cuenta las exenciones especiales: para tercera edad, 2 fracciones básicas exentas y gastos per- sonales, y para discapacitados, 3 fracciones básicas exentas y gastos personales. • Para justificar los gastos deducibles de im- puestos,correspondientesavivienda,alimen- tación, vestimenta, educación y salud, es ne- cesarioexigirfacturasalosarrendadores;alos centros educativos, ya sean de nivel básico, bachillerato o superior; y a los médicos, clíni- cas,hospitalesyfarmaciasdondenosatende- mos, etc. según corresponda. Son imputables estos gastos básicos de todas las personas que dependen del contribuyente económi- camente, a excepción de los hijos mayores de edad.Lasfacturasdebenserarchivadasenor- den cronológico.
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    Capítulo 1 •Economía: para el desarrollo del Ecuador96 dos por la institución que otorgó el crédito; o el débito respectivo reflejado en los esta- dos de cuenta o libretas de ahorro. • Impuestos prediales de un único bien in- mueble en el cual habita y que sea de su propiedad. 2. EDUCACIÓN • Matrícula y pensión en todos los niveles del sistema educativo, inicial, educación gene- ral básica, bachillerato y superior, así como la colegiatura, los cursos de actualización, seminarios de formación profesional de- bidamente aprobados por el Ministerio de Educación o del Trabajo cuando correspon- da o por el Consejo Nacional de Educación Superior según el caso, realizados en el te- rritorio ecuatoriano. • Útiles y textos escolares, materiales didácti- cos utilizados en la educación y, libros. • Educación para discapacitados: Servicios de educación especial para personas dis- capacitadas, brindados por centros y por profesionales reconocidos por los órganos competentes. La deducción total por gastos personales no podrá superar el 50% del total de los ingresos gravados del contribuyente y en ningún caso será mayor al equivalente a 1.3 veces la frac- ción básica desgravada de Impuesto a la Renta de personas naturales. Para la deducibilidad de los gastos personales, los comprobantes de venta deberán estar a nombre del contribuyente, su cónyuge o con- viviente, sus hijos menores de edad o con dis- capacidad que no perciban ingresos gravados y que dependan del contribuyente.1. VIVIENDA • Arriendo de un único inmueble usado para vivienda. • Los intereses de préstamos hipotecarios otorgados por instituciones autorizadas, destinados a la ampliación, remodelación, restauración, adquisición o construcción, de una única vivienda. En este caso, serán pruebas suficientes los certificados conferi- Gastos Personales
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    Equidad y desarrollo97 • Cuidado Infantil: Servicios prestados por centros de cuidado infantil. • Uniformes. 3. SALUD • Honorariosprofesionaldesalud:Honorarios de médicos y profesionales de la salud con título profesional avalado por el Consejo Nacional de Educación Superior. • Servicios de salud prestados por clínicas, hospitales, laboratorios clínicos y farma- cias autorizadas por el Ministerio de Salud Pública. • Medicina y Otros: Medicamentos, insumos médicos, lentes y prótesis. • Medicina prepagada y prima de seguro médico en contratos individuales y cor- porativos. En los casos que estos valores correspondan a una póliza corporativa y los mismos sean descontados del rol de pagos del contribuyente, este docu- mento será válido para sustentar el gasto correspondiente. • Deducible del seguro: El deducible no re- embolsado de la liquidación del seguro privado. 4. ALIMENTACIÓN • Alimentos: Compras de alimentos para con- sumo humano. • Pensiones alimenticias, debidamente sus- tentadas en resolución judicial o actuación de la autoridad correspondiente. • Restaurantes: Compra de alimentos en cen- tros de expendio de alimentos preparados. 5. VESTIMENTA • Ropa en general: Se considerarán gastos de vestimenta los realizados por cualquier tipo de prenda de vestir.
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    98 Al aplicar ala base imponible la tarifa del impuesto, se obtiene el impuesto a la renta. En general, la tarifa del impuesto para las so- ciedades es del 25 %*. Para las personas na- turales y las sucesiones indivisas varía con relación a la base imponible, y para calcularla se debe aplicar la información de la siguiente tabla progresiva: base imponible x tarifa del impuesto = impuesto a la renta causado El ejercicio impositivo del impuesto a la renta es un período anual que va desde el 1 de enero al 31 de diciembre de cada año. Cuando la ac- tividad generadora de la renta empieza en una fecha posterior al 1 de enero, de igual manera el ejercicio impositivo se debe cerrar obligatoria- mente el 31 de diciembre de cada año. Los valores de la tabla se actualizan anual- mente, mediante una resolución de la Dirección General del SRI, tomando en cuenta el ín- dice de precios al consumidor en el área ur- bana, dictada por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC) en el mes de no- viembre de cada año, con vigencia para el año siguiente. *Según la Disposición Transitoria primera del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, el Impuesto a la Renta de sociedades se aplicará de la siguiente manera: para el ejercicio económico del año 2011, el porcentaje será del 24%, para el 2012 será del 23% y a partir del 2013 se aplicará el 22%. Cálculo del Impuesto a la Renta Capítulo 9 • El impuesto a la renta Impuesto a la renta año 2012 Fracción básica Exceso hasta Impuesto Fracción Básica % Impuesto Fracción Excedente 0 9.720 12.380 15.480 18.580 37.160 55.730 74.320 99.080 9.720 12.380 15.480 18.580 37.160 55.730 74.320 99.080 En adelante 0 0 133 443 815 3.602 7.316 11.962 19.392 0% 5% 10% 12% 15% 20% 25% 30% 35% Impuesto a la renta año 2011 Fracción básica Exceso hasta Impuesto fracción básica % Impuesto Fracción Excedente 0 9.210 11.730 14.670 17.610 35.210 52.810 70.420 93.890 9.210 11.730 14.670 17.610 35.210 52.810 70.420 93.890 En adelante 0 0 126 420 773 3.413 6.933 11.335 18.376 0% 5% 10% 12% 15% 20% 25% 30% 35%
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    Equidad y desarrollo99 Ejemplos de cálculo del impuesto a la renta de personas naturales Ejemplo 1 Un contribuyente persona natural que realiza varias actividades económicas en el año 2011, presenta la siguiente información: Actividad Ingreso Deducciones B. imponible • Actividad empresarial de personas naturales obligadas a llevar contabili- dad (resultado de la contabilidad) 65 000 40 000 25 000 • Actividad empresarial de personas naturales no obligadas a llevar conta- bilidad (resultado de registro de Ingresos y Gastos) 10 000 8 000 2 000 • Renta bienes raíces y otros activos. 1 000 800 200 • Ingresos, trabajo personal 6 000 5 000 1 000 • Otros ingresos (Se asume para el ejemplo que por estos ingresos no existe deducción ) 100 ----- 100 82 100 53 800 28 300 La base imponible para el impuesto a la renta será igual a la suma de todas las bases imponibles: determinamos la base imponible del contribuyente en $ 28 300. De  acuerdo  con  la tabla anual del año 2011 de la pág. 98  ubicamos la base im- ponible, en el rango correspondiente de la tabla: entre $ 17 610 y $ 35 210. Para calcular el impuesto a la renta cau- sado en el año 2011, debemos sumar el impuesto sobre la fracción básica y el im- puesto a la fracción excedente. El impuesto a la fracción excedente se obtiene restando, de la base imponible, la fracción bá- sica y multiplicando ese resultado por el por- centaje indicado en la tabla. El impuesto causado será la suma del impuesto sobre la fracción básica más el impuesto sobre la fracción excedente. • Impuesto sobre fracción básica 773 • Fracción excedente 28300–17610=10690 • Impuesto sobre excedente 10 690 x 15% = 1 603,50 TOTAL IMPUESTO A LA RENTA CAUSADO $ 2 376,50 dólares
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    No señora, loque gastó en el SPA no es deducible de impuestos, aunque diga que es una contribución a la sociedad. 100 Capítulo 9 • El impuesto a la renta Ejemplo 2 Si la base imponible del año 2011 es de 13 300, el impuesto a la renta se obtiene de la siguiente manera: Ubicación de base imponible: entre $ 11 730 y $ 14 670. • Impuesto sobre fracción básica 126 • Fracción excedente 13 300 – 11 730 = 1 570 • Impuesto sobre excedente 1 570 x 10% = 157,00 TOTAL IMPUESTO A LA RENTA CAUSADO $283,00 dólares Ejemplo 3 Base imponible 2012: $ 42 400. Ubicación de base imponible: entre $ 37 160 y $ 55 730. • Impuesto sobre fracción básica: 3 602 • Fracción excedente: 42 400 –37 160 = 5 240 • Impuesto sobre excedente: 5 240 x 20% = 1 048 TOTAL IMPUESTO A LA RENTA CAUSADO $ 4 650,00 dólares Deducciones La Ley especifica cuáles son los gastos deducibles de impuestos con criterios de funcionalidad social.
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    Equidad y desarrollo101 Anticipos y retenciones Durante el ejercicio pudo ocurrir que al de- clarante le retuvieran en la fuente, por con- cepto de impuesto a la renta, una parte de sus ingresos (por ventas, honorarios, comisiones, etc.). También es posible que el contribuyente haya pagado un anticipo del impuesto a la renta del año próximo. Los anticipos y retenciones se restan del im- puesto a la renta causado, para obtener el im- puesto a pagar. Si no existen anticipos ni re- tenciones, el impuesto a pagar será igual al impuesto causado. En el caso de terminación de las actividades económicas antes de la finalización del ejercicio impositivo, el contribuyente debe presentar su declaración anticipada del impuesto a la renta. Una vez presentada, procederá el trámite para la cancelación de la inscripción en el Registro Único de Contribuyentes o el registro de la sus- pensión de actividades económicas, según co- rresponda. Esta norma podrá aplicarse también para la persona natural que deba ausentarse del Crédito tributario a favor del contribuyente país por un período que exceda a la finaliza- ción del ejercicio fiscal. Obligación de llevar contabilidad Se está obligado a llevar contabilidad en los siguientes casos: • Todas las sociedades. • Las personas naturales y sucesiones indi- visas (herencias) que realicen actividades empresariales en el Ecuador y que al 1ro de enero de cada ejercicio impositivo operen con un capital o cuyos ingresos brutos o gastos anuales superen lo establecido por el SRI en el ejercicio inmediato anterior, in- cluyendo las personas naturales que desa- rrollen actividades agrícolas, pecuarias, fo- restales o similares. Nota: Las personas naturales que realicen ac- tividades empresariales y que operen con un capital u obtengan ingresos o tengan gastos inferiores a los previstos en el párrafo anterior, así como los profesionales, comisionistas, arte- sanos, agentes, representantes y demás traba- jadores autónomos, no están obligados a llevar contabilidad, pero sí deberán llevar una cuenta de ingresos y egresos para determinar su renta imponible. La contabilidad debe llevarse por el sistema de partida doble, en idioma castellano y en dólares de los Estados Unidos de América, tomando en consideración los principios contables de general aceptación, para re- gistrar el movimiento económico y deter- minar el estado de situación financiera y los resultados imputables al respectivo ejer- cicio impositivo. Los estados financieros sirven de base para la presentación de las declaraciones de im- puestos y otros trámites de control. Cuando el contribuyente pagó an- ticipos y retenciones mayores al im- puesto causado, obtiene crédito tribu- tario, que constituye un saldo a su favor, que puede ser reintegrado, previa so- licitud de reclamo, de acuerdo con las normas previstas para estos casos. También existen casos de pago inde- bido y pago en exceso del impuesto a la renta. Para solicitar la devolución de los valores correspondientes, se hace un reclamo.
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    102 Conciliación tributaria Para establecerla base imponible sobre la que se aplicará la tarifa del impuesto a la renta, las sociedades y las personas naturales obligadas a llevar contabilidad, procederán a realizar los ajustes pertinentes para deter- minar la conciliación tributaria, que, funda- mentalmente, consistirán en la modificación de la utilidad líquida - contable del ejercicio con las siguientes operaciones: • De la utilidad o pérdida líquida del ejercicio se restará la participación laboral en las uti- lidades de las empresas, que corresponda a los trabajadores de conformidad con lo pre- visto en el Código del Trabajo. • Se restará el valor de los ingresos exentos o no gravados. • Se restará el incremento neto de emplea- dos: empleados nuevos, incremento neto, gasto de nómina. • Se restará el pago a trabajadores discapacitados. • Se restarán los gastos personales (personas naturales). • Se sumarán los gastos no deducibles de conformidad con la Ley de Régimen Tributario Interno y su reglamento, tanto aquellos efectuados en el país como en el exterior. • Se sumará el ajuste de los gastos incurridos para la generación de ingresos exentos, en la proporción prevista en el reglamento. • Se sumará también el porcentaje de parti- cipación laboral en las utilidades de las em- presas, atribuibles a los ingresos exentos, es decir; el 15 % de tales ingresos. • Se restará la amortización de las pérdidas establecidas en la conciliación tributaria de años anteriores, de conformidad con lo previsto en la Ley de Régimen Tributario Interno y su reglamento. Las personas na- turales, estén o no obligadas a llevar conta- bilidad, no pueden restar pérdidas de años anteriores. Las sociedades pueden com- pensar las pérdidas sufridas en el ejercicio impositivo, con las utilidades gravables que obtuvieren dentro de los cinco períodos impositivos siguientes, sin que se exceda en cada período del 25 % de las utilidades obtenidas. • Se restará cualquier otra deducción esta- blecida por la Ley a la que tenga derecho el contribuyente, exclusivamente respecto de los ingresos gravados. El resultado que se obtenga luego de las ope- raciones antes mencionadas, constituye la uti- lidad gravable (base imponible). Capítulo 9 • El impuesto a la renta
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    Equidad y desarrollo103 Sectorpúblicoyotros especiales • LosobtenidosporlasinstitucionesdelEstadoyporlasempresasdelsectorpúblicasreguladasporlaLeyOrgánicadeEmpresasPúblicas. • Aquellos exonerados en virtud de convenios internacionales • Los de los Estados extranjeros y organismos internacionales, generados por los bienes que posean en el país. • Los de instituciones de carácter privado sin fines de lucro legalmente constituidas, siempre que sus bienes e ingresos se des- tinen para sus fines específicos. • Los percibidos por los institutos de educación superior estatales, amparados por la Ley de Educación Superior. Sociedades • Los dividendos y utilidades, calculados después del pago del impuesto a la renta, distribuidos por sociedades nacionales o extranjerasresidentesenelEcuador,afavordeotrassociedadesnacionalesoextranjeras,nodomiciliadasenparaísosfiscales. • Los provenientes de inversiones no monetarias. • Los generados por la enajenación ocasional de inmuebles, acciones o participaciones. • Las ganancias de capital, utilidades, beneficios o rendimientos distribuidos por los fondos de inversión, fondos de cesantía y fideicomisos mercantiles, si estas organizaciones han cumplido sus obligaciones tributarias respecto del impuesto a la renta. • La compensación económica para salario digno. Personasnaturalessinrelación dedependencia • Los obtenidos por discapacitados (triple de fracción básica) (Deducción). • Los percibidos por personas mayores de 65 años (doble de fracción básica) (Deducción). • Los generados por la enajenación ocasional de inmuebles, acciones o participaciones. • Los intereses por depósitos de ahorro a la vista pagados por entidades del sistema bancario y financiero del país. • Los provenientes de premios de loterías auspiciados por la Junta de Beneficencia de Guayaquil y Fe y Alegría. • Lasgananciasdecapital,utilidades,beneficiosorendimientosdistribuidosporlosfondosdeinversión,fondosdecesantíayfideicomi- sosmercantiles. • Las indemnizaciones que se perciban por seguros, exceptuando los provenientes de lucro cesante. • Los rendimientos por depósitos a plazo fijo, de un año o más, pagados por las instituciones financieras nacionales a personas naturales y sociedades, excepto a instituciones del sistema financiero, así como los rendimientos obtenidos por personas na- turales o sociedades por las inversiones en títulos de valores en renta fija, de plazo de un año o más, que se negocien a través de las bolsas de valores del país. Personasnaturalesenrelación dedependencia • LosviáticosqueseconcedenafuncionariosyempleadosdelasinstitucionesdelEstado.Losgastosdeviaje,hospedaje,alimen- taciónquerecibanlosfuncionarios,empleadosytrabajadoresdelsectorprivado,porrazonesinherentesasufunciónycargo. • Los que perciben los beneficiarios del IESS por toda clase de prestaciones, miembros de la fuerza pública del ISSFA y del ISSPOL, y los pensionistas del Estado. • Las décima tercera y décima cuarta remuneraciones. • Las asignaciones o estipendios que, por concepto de becas para el financiamiento de estudios, especialización o capacitación en instituciones de educación superior y entidades gubernamentales nacionales o extranjeras y en organismos internaciona- les otorguen el Estado, los empleadores, organismos internacionales, gobiernos de países extranjeros y otros. • Los obtenidos por los trabajadores por concepto de bonificación de desahucio e indemnización por despido intempestivo. • Losinteresespagadosportrabajadoresporconceptodepréstamosrealizadosporlasociedadempleadoraparaqueeltrabaja- dor adquiera acciones o participaciones de dicha empleadora, mientras el empleado conserve la propiedad de tales acciones. Detalle de exenciones y deducciones aplicables al Impuesto a la Renta Exenciones (salvedad)
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    104 Detalle de costosy gastos deducibles Costosygastos • De adquisición de mercaderías y de producción de bienes y servicios vendidos en ejercicio. • De administración de ventas y de promoción y publicidad. • De viaje y estadía hasta por un máximo del 3 % del ingreso gravable anual. Las sociedades nuevas los dos primeros años pueden deducir el total de gastos de viaje. • Los gastos indirectos asignados desde el exterior a sociedades domiciliadas en el Ecuador por sus partes relacionadas, hasta un máximo del 5% de la base imponible del Impuesto a la Renta más el valor de dichos gastos.Paraelcasodelassociedadesqueseencuentrenenelciclopreoperativodelnegocio,ésteporcentaje corresponderá al 5% del total de los activos, sin perjuicio de la retención en la fuente correspondiente. • Contratados, devengados y pendientes de pago al cierre del ejercicio (soportados con comprobantes de venta). • Intereses sobre préstamos obtenidos para el negocio o la actividad. • Primas de seguros del personal y de los bienes de la actividad que genera ingresos gravados. • Remuneraciones, bonificaciones, aportes patronales, aportes patronales al IESS, fondos de reserva, pensio- nes jubilares, contribuciones para salud, educación, cultura, capacitación e indemnizaciones al personal. • Reparaciones y mantenimiento de activos fijos. • Suministros y materiales. • Tributos y aportaciones a gremios, excepto el impuesto a la renta y aquellos sobre los cuales pueda obtener crédito tributario. • Amortizacionesporpagosdiferidosdelargoplazodestinadosa:organización,investigación,desarrollo, ex- ploraciones, etc. (Se amortizan en 5 años a razón del 20 % anual. En intangibles se considera el plazo del contrato hasta un máximo de 20 años. Si el negocio o la actividad termina, a la fecha de cierre, se amortiza la totalidad de la inversión). Pérdidas • Porbajadeinventarios,mediantedeclaracióntramitadaanteunjuezonotario,porpartedelrepresentante legal, bodeguero y contador. • En venta de activos fijos. • Por caso fortuito, debidamente comprobado. • Por diferencial cambiario. • Por cuentas incobrables. Depreciacionesdeactivosfijos, segúnvidaútildeacuerdocon lasiguientetabla ACTIVOS FIJOS AÑOS DEVIDA ÚTIL DEPRECIACIÓN ANUAL Edificios (locales, casas, apartamentos) 20 5 % Maquinarias, equipos, muebles, enseres y equipos de oficina 10 10 % Vehículos 5 20 % Equipos de computación y software 3 33 % Eninmueblesdestinadosala actividadempresarial • Gastos de arrendamiento. • Intereses por construcciones, mejoras o conservación de la propiedad, certificados por el IESS, Banco Ecuatoriano de laVivienda, cooperativas o mutualistas de ahorro y crédito y entidades que conceden prés- tamos hipotecarios. • Primas de seguros sobre la propiedad. • Depreciación anual sobre el avalúo municipal. Capítulo 9 • El impuesto a la renta
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    Equidad y desarrollo105 Eninmuebles destinadosalaac- tividadempresarial • Gastos de mantenimiento hasta un máximo del 1 % del avalúo de la propiedad. • Reparaciones por fuerza mayor, ordenanzas o hechos extraordinarios, previa autorización del SRI. • Impuestos sobre la propiedad. • Tasas de servicios públicos: aseo, alcantarillado, agua potable y electricidad. Enpagosalexterior • Son deducibles como gastos los valores que el sujeto pasivo reembolse al exterior por concepto de gastos incurri- dos en el exterior, directamente relacionados con la actividad desarrollada en el Ecuador por el sujeto pasivo que los reembolse, siempre que haya efectuado la retención en la fuente del Impuesto a la Renta. • Serán deducibles los intereses pagados por créditos del exterior, adquiridos para el giro del negocio, hasta la tasa autorizada por el Banco Central, siempre que éstos y sus pagos se encuetren registrados en dicha entidad. • Comisiones por exportaciones que consten en el respectivo contrato y las pagadas para la promoción del turismo receptivo, sin que excedan del 2 % del valor de las exportaciones o de los ingresos obtenidos en el giro de la acti- vidad.Sielpagoserealizaafavordeunapersonaounasociedadrelacionadaconelexportadorosielbeneficiario deestacomisiónseencuentradomiciliadoenunpaísenelcualnoexistaimpuestosobrelosbeneficios,utilidades o renta, se deberá pagar el impuesto a la renta y realizar la retención en la fuente. • Gastos realizados en el exterior por las empresas de transporte marítimo, o aéreo y pesqueras de alta mar, sea por necesidad de la actividad desarrollada en el Ecuador o por su extensión en el extranjero, siempre que estén certificados por auditores externos con representación en el Ecuador. • El 96 % de las primas de cesión o reaseguros contratados por empresas que no tengan establecimiento o repre- sentación permanente en el Ecuador. • El 90 % de los pagos efectuados por las agencias internacionales de prensa registradas en la Secretaría de Administración Pública del Estado. • Los pagos por concepto de arrendamiento mercantil internacional de bienes de capital, siempre y cuando corres- pondan a bienes adquiridos a precios de mercado y su financiamiento no contemple tasas superiores a la tasa LIBOR BBA en dólares de un año plazo. Si el arrendatario no opta por la compra del bien y procede a reexpor- tarlo, deberá pagar el impuesto a la renta como remesa al exterior calculado sobre el valor depreciado del bien reexportado. • Los pagos de intereses de créditos externos y líneas de crédito abiertas por instituciones financiera del exterior, legalmente establecidas como tales; así como los intereses de créditos externos conferidos de gobierno a go- bierno o por organismos multilaterales. En estos casos, los intereses no podrán exceder de las tasas de interés máximas referenciales fijadas por el Directorio del Banco Central del Ecuador a la fecha del registro del crédito o sunovación;y sidehecholasexcediera, se deberá efectuarlaretención correspondiente sobre elexceso paraque dicho pago sea deducible.
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    106 Capítulo 9• El impuesto a la renta Tarifa del Impuesto a la Renta para sociedades Las sociedades constituidas en el Ecuador, las sucursales de sociedades extranjeras domiciliadas en el país y los establecimientos permanentes de sociedades extranjeras no domiciliadas que obtengan ingresos grava- bles están sujetos a la tarifa impositiva del 23 % sobre su base imponible, durante el año 2012. Si reinvierten las utilidades en el país, podrán obtener una reducción de 10 puntos porcen- tuales a la tarifa del Impuesto a la Renta sobre el monto reinvertido en activos productivos, siempre y cuando se destine a la adquisición de máquinas nuevas, equipos nuevos, bienes para investigación y tecnología. Para ello, las sociedades deberán efectuar el aumento de capital por el valor de las utilidades reinver- tidas, perfeccionándolo con la inscripción in- mediata en el respectivo registro mercantil, hasta el 31 de diciembre del ejercicio imposi- tivo posterior a aquel en el que se generaron las utilidades que se reinvierten. Las instituciones que conforman el sistema fi- nanciero nacional están sujetas a la tarifa del Impuesto a la Renta para sociedades, siempre que destinen fondos para el otorgamiento de créditos para el sector productivo. Las empresas de exploración y explotación de hidrocarburos están sujetas a la tarifa del Impuesto a la Renta para sociedades, sobre su base imponible. Otras tarifas del impuesto a la renta Los ingresos obtenidos por personas naturales extranjeras que no tengan residencia en el país, por servicios ocasionalmente prestados en el Ecuador, se gravarán con la tarifa del Impuesto a la Renta para sociedades, sobre la totalidad del ingreso percibido. Los organizadores de loterías, rifas, apuestas y similares con excepción de los organizados por la Junta de Beneficencia de Guayaquil y Fe y Alegría deben pagar la tarifa del Impuesto a la Renta para sociedades sobre sus utilidades, los beneficiarios pagarán el impuesto único del 15 % sobre el valor de cada premio recibido en dinero o en especie que sobrepase una frac- ción básica no gravada del impuesto a la renta de personas naturales; los organizadores serán agentes de retención de este impuesto. Los beneficiarios de ingresos provenientes de herencias y legados; así como los beneficiarios de donaciones pagarán el impuesto aplicando la siguiente tabla: Impuesto Herencias, Legados y Donaciones año 2012 Fracción básica Exceso hasta Impuesto fracción básica % Fracción excedente - 61 931 123 874 247 737 371 610 495 484 619 358 743 221 61 931 123 874 247 737 371 610 495 484 619 358 743 221 En adelante - - 3 098 15 484 34 064 58 839 89 808 126 967 0% 5% 10% 15% 20% 25% 30% 35% Cuando pagué los impuestos compartí el premio con todo el país. Impuesto a la suerte
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    Equidad y desarrollo107 Cálculo del anticipo del Impuesto a la Renta Apartir del 2010 las personas naturales y sucesiones indivisas no obligadas a llevar contabilidad, y las empresas que tengan sus- critos o suscriban contratos de explotación y exploración de hidrocarburos deberán de- terminar en su declaración correspondiente al ejercicio económico anterior, el anticipo a pagarse con cargo al ejercicio fiscal corriente por un valor equivalente al 50 % del impuesto a la renta determinado en el ejercicio anterior, menos las retenciones que le hayan sido prac- ticadas; las personas naturales o sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad y so- ciedades un valor equivalente a la suma de los siguientes rubros: 0,2 % del patrimonio total, 0,2 % del total de costos y gastos deducibles, el 0,4 % del activo total y el 0,4 % del total de ingresos gravables. En resumen, los contribuyentes deben pagar anualmente un anticipo de impuesto a la renta que se calcula de la siguiente manera: ANTICIPO = 50 % del impuesto a la renta determinado en el ejercicio anterior– (menos) reten- ciones en la fuente del impuesto a la renta que les hayan sido practicados a partir del 2010 solo para personas naturales y sucesiones indivisas no obligadas a llevar contabilidad. Ejemplo de cálculo de anticipo del im- puesto a la renta para personas natu- rales y sucesiones indivisas no obligadas a llevar contabilidad. Impuesto a la renta causado año 2011 1 500,00 Retenciones año 2011 350,00 Anticipo impuesto a la renta año 2012 50% (1 500) - 350 = 400,00 El anticipo se tiene que pagar en dos cuotas iguales, una en el mes de julio y otra en sep- tiembre de acuerdo con el noveno digito del RUC, en el formulario 106. Pago del impuesto La declaración y pago del impuesto a la renta se debe realizar desde el primero de febrero del año siguiente, hasta las fechas que se de- tallan a continuación: Impuesto a la Renta Noveno dígito del RUC Personas naturales Sociedades 1 10 de marzo 10 de abril 2 12 de marzo 12 de abril 3 14 de marzo 14 de abril 4 16 de marzo 16 de abril 5 18 de marzo 18 de abril 6 20 de marzo 20 de abril 7 22 de marzo 22 de abril 8 24 de marzo 24 de abril 9 26 de marzo 26 de abril 0 28 de marzo 28 de abril ANTICIPO = 0,2% del Patrimonio Total + 0,2% Total de Costos y Gastos Deducibles + 0,4% Activo Total + 0,4% Ingresos Gravables) a partir del 2010 para sociedades, perso- nas naturales y sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad.
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    108 Toda persona jurídica,pública o privada, las sociedades y las empresas o personas naturales obligadas a llevar contabilidad que paguen o acrediten en cuenta cualquier tipo de ingresos que constituyan rentas gravadas para quien los reciba actuará como agente de retención del impuesto a la renta. Por ingresos en relación de dependencia la re- tención debe efectuarla el empleador. Por rendimientos financieros, la retención debe ser efectuada por las instituciones, entidades bancarias,financieras,engenerallassociedades que paguen o acrediten en cuentas intereses o cualquier tipo de rendimientos financieros. Porcentajes de retención Sujetos al 1 % de retención • Intereses y comisiones que se causen en las operaciones de crédito entre las institucio- nes del sistema financiero. • Pagos realizados por transporte privado de personas o de carga. • Por seguros y reaseguros. • Por pagos en actividades de construcción de obra material inmueble, urbanización, lotización o actividades similares. • Por servicios de publicidad y comunicación • Por compras locales de materia prima. • Por suministros y materiales. • Por repuestosy herramientas. • Por lubricantes. • Por activos fijos. • Por arrendamiento mercantil local. • Por compra de bienes muebles de naturale- za corporal, excepto combustibles. Sujetos al 2 % de retención • Pagos o créditos en cuenta de las empresas emisoras de tarjetas de crédito a sus esta- blecimientos afiliados. • Los rendimientos financieros (no aplica para IFIs) • Por regalías, marcas, patentes, derechos de autor y similares de las sociedades. • Servicios entre sociedades. • Por otros servicios en los que predomina la mano de obra. • Remuneraciones a otros trabajadores autónomos. Sujetos al 8 % de retención • Honorarios, comisiones y demás pagos rea- lizados a personas naturales nacionales o extranjeras residentes en el país por más de 6 meses, que presten servicios en los que prevalezca el intelecto sobre la mano de obra, siempre y cuando, dicho servicio no esté relacionado con el título profesional que ostente la persona que lo preste. • Por cánones, regalías, marcas, patentes, de- rechos de autor y similares de las personas naturales. Retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta Capítulo 9 • El impuesto a la renta
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    Equidad y desarrollo109 Fracción básica Exceso hasta Retención fracción básica Porcentaje de Retención sobre la fracción excendente - 100 000 0 1% 100 000 200 000 1 000 5% 200 000 En delante 6 000 10% • Los pagos realizados a personas naturales y sociedades en concepto de arrendamiento de bienes inmuebles, cualquiera que fuese su denominación o modalidad contractual. • Los pagos a notarios y registradores de la propiedad y mercantiles por sus activida- des notariales y de registro. • Los pagos a deportistas, entrenadores, árbi- tros y miembros del cuerpo técnico. • Los pagos a artistas nacionales y artistas ex- tranjeros residentes en el país por más de 6 meses. • Honorarios y demás pagos realizados a per- sonas naturales nacionales o extranjeras re- sidentes en el país por más de 6 meses, que presten servicios de docencia. Sujetos al 10% de retención • Honorarios, comisiones y demás pagos realizados a personas naturales profesio- nales nacionales o extranjeras residentes en el país por más de 6 meses, que presten servicios en los que prevalezca el intelecto sobre la mano de obra, siempre y cuando, los mismos estén relacionados con su título profesional. Sujetos al 15% de retención • Por loterias, rifas, apuestas y similares. Sujetos al 24 % de retención • Los pagos a personas naturales no residen- tes en el país, por servicios prestados oca- sionalmente en el Ecuador. • Por valores remesados al exterior, que cons- tituyan renta de fuente ecuatoriana. • Por pagos de dividendos anticipados. • Por arrendamiento mercantil internacional. Otras retenciones • Por otros conceptos sin convenio de doble tributación (24%) • Venta de combustibles a comercializadoras (0.2%). • Venta de combustibles a distribuidores (0.3%). Dividendos o utilidades distribuidos Los dividendos o utilidades distribuidos a favor de personas naturales residentes en el Ecuador constituyen ingresos gravados para quien los percibe, debiendo por tanto efec- tuarse la correspondiente retención en la fuente por parte de quien los distribuye. Los porcentajes de retención se aplicarán progresivamente de acuerdo a los siguientes porcentajes, en cada rango, de la siguiente manera:
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    110 Capítulo 9• El impuesto a la renta Distribución de la recaudación del Impuesto a la Renta Intereses y multas por declaraciones tardías Los contribuyentes que presenten sus de- claraciones después de los plazos previstos por la Ley deben calcular e incluir e sus declaraciones los intereses por mora y las multas correspondientes. El interés por mora, se calcula sobre el im- puesto a pagar y su tarifa se determina con base en la siguiente tabla. TABLA PARA EL CÁLCULO DE INTERESESY MULTAS Período AÑO MES ATRASO INTERÉS MENSUAL INTERÉS ACUMULADO % QUE SE APLICA MULTA ACUMULADA % QUE SE APLICA 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 2012 2012 2012 2011 2011 2011 2011 2011 2011 2011 2011 2011 2011 2011 2011 2010 2010 2010 2010 2010 2010 2010 2010 2010 2010 2010 2010 MARZO FEBRERO ENERO DICIEMBRE NOVIEMBRE OCTUBRE SEPTIEMBRE AGOSTO JULIO JUNIO MAYO ABRIL MARZO FEBRERO ENERO DICIEMBRE NOVIEMBRE OCTUBRE SEPTIEMBRE AGOSTO JULIO JUNIO MAYO ABRIL MARZO FEBRERO ENERO 1,021 1,021 1,021 1,046 1,046 1,046 1,046 1,046 1,046 1,081 1,081 1,081 1,085 1,085 1,085 1,130 1,130 1,130 1,128 1,128 1,128 1,151 1,151 1,151 1,149 1,149 1,149 1,021 2,042 3,063 4,109 5,155 6,201 7,247 8,293 9,339 10,420 11,501 12,582 13,667 14,752 15,837 16,967 18,097 19,227 20,355 21,483 22,611 23,762 24,913 26,064 27,213 28,362 29,511 3 6 9 12 15 18 21 24 27 30 33 36 39 42 45 48 51 54 57 60 63 66 69 72 75 78 81
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    Equidad y desarrollo111 Hago y aprendo 1 Explica cuál es el criterio tributario que fundamenta el impuesto a la renta. 2 Llena la tabla con datos y calcula el impuesto a la renta. Actividad económica Ingreso Deducciones B. imponible 1 2 3 4 Otros ingresos Total 3 Supongamos que el contribuyente del caso anterior hizo tardíamente su declara- ción, debía pagar sus impuestos en mayo del 2010. Calcula el interés y la multa que debe pagar. 4
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    112 Capítulo 9• El impuesto a la renta Hago y aprendo 4 Escribe cuatro ejemplos de ingresos gravados con el impuesto a la renta. 5 Define los siguientes términos. • Conciliación tributaria • Ejercicio fiscal • Capacidad contributiva • Interés por mora 6 Señala cuáles de los siguientes ingresos están exentos del impuesto a la renta. • Los provenientes de loterías, rifas, apuestas y similares, promovidas en el Ecuador. • Los obtenidos por discapacitados. • LosprovenientesdepremiosdeloteríasauspiciadasporlaJuntadedeBeneficencia de Guayaquil y Fe y Alegría. • Los percibidos por los institutos de educación superior estatales. • Los de partidos políticos. • Los provenientes de herencias, legados y donaciones de bienes situados en el Ecuador. • Las pensiones jubilares. • Las utilidades por venta de bienes muebles o inmuebles ubicados en el país. • Los percibidos por personas mayores de 65 años. • Los beneficios o regalías provenientes de los derechos de autor. 1. 2. 3. 4.
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    Equidad y desarrollo113 ¿De qué se trata? Capítulo 10 En este capítulo hablaremos sobre el im- puesto a los consumos especiales (ICE), que conforma una parte importante de los in- gresos tributarios del presupuesto general del Estado; veremos qué bienes y servicios están gravados con este impuesto así como las tarifas del pago, cuál es el destino de la recaudaciones del ICE y las formas en las que los contribuyentes deben declararlo. RESPONSABILIDAD SOCIAL Y AMBIENTAL SOBRE EL CONSUMO EL IMPUESTO A LOS CONSUMOS ESPECIALES (ICE) Lo que voy a lograr Conceptualmente • Identificar todos los bienes y servicios que están gravados con el ICE. • Identificar sus tarifas. • Entender cómo distribuye la administra- ción tributaria las recaudaciones del ICE. • Conocer las formas de declaración del impuesto. En actitudes y valores • Apreciar el principio de equidad en la re- caudación tributaria. • Reconocer los beneficios económicos que proporciona el sistema de recaudación de este impuesto. • Valorar el criterio de justicia con que se ha establecido este impuesto. Bienes gravados con ICE Productos gravados con ICE
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    114 Unimpuestosobrebienesyserviciosdelujo El impuesto alos consumos especiales (ICE), grava el consumo de determinados bienes y servicios, con la finalidad de que quienes los consuman sean conscientes de su responsa- bilidad social y ambiental. En un primer mo- mento gravó solo a vehículos, cigarrillos, cer- veza, bebidas alcohólicas y gaseosas; luego se amplió a otros bienes y servicios, algunos sun- tuarios como yates, aviones, avionetas y otros; hoy también grava a perfumes, videojuegos, armas, juegos de azar, televisión pagada, focos incandescentes y cuotas, membresías o afilia- ciones a clubes sociales. ¿Somos más felices cuando compramos lo que queremos? Cuando el consumo se convierte en la razón misma para la existencia de las economías, no nos preguntamos cuánto es suficiente, para qué necesitamos todas estas cosas o si de verdad somos un poco más felices cuando las tenemos. La compra de un producto nuevo, es- pecialmente uno de los caros, produce placer y proporciona estatus y reconocimiento; pero, a medida que la sensación de novedad se des- vanece, el vacío amenaza de nuevo con volver, entonces la solución del consumidor suele ser centrar su ilusión en la próxima compra, que- dando atrapado en algo parecido a una adic- ción. Tener más cosas y más nuevas cada año, se ha convertido, no en algo que queremos, sino en algo que necesitamos, en el centro de identidad y seguridad de nuestra sociedad. En realidad casi todo lo que compramos no es esencial para nuestra supervivencia, ni si- quiera incluso para las comodidades humanas básicas, sino que está basado en el impulso, la novedad, un momentáneo deseo y la in- fluencia externa con un costo demasiado alto para el ambiente y nosotros mismos. Al mirar desde esta perspectiva es adecuado que se impongan impuestos especiales al con- sumo suntuario y a productos que atenten contra el medio ambiente. Derivado de la palabra consumo, el término consumismo describe los efectos de ligar la felicidad (bienestar) personal a la compra de bienes. Capítulo 10 • El impuesto a los consumos especiales
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    Equidad y desarrollo115 Acada bien o servicio gravado con ICE se le otorga una tarifa diferente. Los siguientes bienes y servicios pagan ICE, sean importados o producidos en el Ecuador. Tarifas del ICE GRUPO I (TARIFA ADVALOREM) BIEN O SERVICIO TARIFA Productosdeltabacoysucedáneosdeltabaco(abarcanlosproductospreparadostotalmenteoenparteutilizandocomo materiaprimahojasdetabacoydestinadosaserfumados,chupados,inhalados,mascadosoutilizadoscomorapé) 150,00 % Bebidas gaseosas 10,00 % Perfumes y aguas de tocador 20,00 % Videojuegos 35,00 % Armas de fuego, armas deportivas y municiones, excepto aquellas adquiridas por la fuerza pública 300,00 % Focos incandescentes excepto aquellos utilizados como insumos automotrices 100,00 % GRUPO II (TARIFA ADVALOREM) 1.VEHÍCULOS MOTORIZADOS DETRANSPORTETERRESTRE DE HASTA 3.5TONELADAS DE CARGA, CONFORME EL SIGUIENTE DETALLE: Vehículos motorizados cuyo precio de venta al público sea de hasta USD 20.000 5,00 % Camionetas, furgonetas, camiones, y vehículos de rescate cuyo precio de venta al público sea de hasta USD 30.000 5,00 % Vehículos motorizados, excepto camionetas, furgonetas, camiones y vehículos de rescate, cuyo precio de venta al público sea superior a USD 20.000 y de hasta USD 30.000 10,00 % Vehículos motorizados cuyo precio de venta al público sea superior a USD 30.000 y de hasta USD 40.000 15,00 % Vehículos motorizados cuyo precio de venta al público sea superior a USD 40.000 y de hasta USD 50.000 20,00 % Vehículos motorizados cuyo precio de venta al público sea superior a USD 50.000 y de hasta USD 60.000 25,00 % Vehículos motorizados cuyo precio de venta al público sea superior a USD 60.000 y de hasta USD 70.000 30,00 % Vehículos motorizados cuyo precio de venta al público sea superior a USD 70.000 35,00 % 2.VEHÍCULOS MOTIRIZADOS HÍBRIDOS O ELÉCTRICOS DETRANPORTETERRESTRE DE HASTA 3,5TONELADAS DE CARGA AVIONES, AVIONETASY HELICÓPTEROS EXCEPTO AQUELLAS DESTINADAS ALTRANSPORTE COMERCIAL DE PASAJEROS, CARGAY SERVICIOS; MOTOS ACUÁTICAS,TRICARES, CUADRONES,YATESY BARCOS DE RECREO 15,00 % GRUPO III (TARIFA ADVALOREM) Servicios de televisión pagada 15,00 % Servicios de casinos, salas de juego (bingo - mecánicos) y otros juegos de azar 35,00 % GRUPO IV (TARIFA ADVALOREM) Las cuotas, membresías, afiliaciones, acciones y similares que cobren a sus miembros y usuarios los Clubes Sociales, para prestar sus servicios, cuyo monto en su conjunto supere los US $ 1.500 anuales 35,00 % GRUPOV (TARIFA ADVALOREM) Cigarrillos 0,08 USD por unidad N/A Bebidas alcohólicas, incluida la cerveza 6,20 USD por litro de alcohol puro 75,00 %
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    116 Deben pagar elICE los fabricantes o im- portadores de los bienes y servicios gra- vados únicamente en su primera etapa de producción. Sin embargo, por tratarse de un impuesto in- directo, su valor es trasladado al consumidor final, a través del precio de venta al público fi- jado por fabricantes o importadores de bienes y prestadores de servicios. Es decir, que los consumidores finales pagamos este impuesto en el valor del bien o servicio que compramos, porque el impuesto está incluido en el precio. Para el caso de bienes sujetos al impuesto a los consumos especiales, en forma obligatoria, el precio de venta al público debe ser colo- cado en un lugar visible del envase de cada producto. Cálculo del ICE sobre su base imponible El impuesto a los consumos especiales se cal- cula sobre la base imponible que resulta de restar al PVP la tarifa de IVA e ICE que corres- ponda. Esta base imponible no será del resul- tado de incrementar un 25% de margen mí- nimo de comercialización al valor ex fábrica para bienes de producción nacional, o ex aduana para bienes importados. El precio ex fábrica es aquel que es aplicado por las empresas productoras de bienes gravados con ICE en la primera etapa de comercializa- ción de los mismos. Este precio se refleja en las facturas de venta de los productores e incluye todos los costos y gastos de producción, venta, administrativos, financieros y cualquier otro costo o gasto, suma a la cual se deberá agregar la utilidad marginada de la empresa. El precio ex-aduana es aquel que se obtiene de la suma de las tasas arancelarias, fondos y tasas extraordinarias recaudadas por la SENAE al mo- mento de desaduanizar los productos impor- tados, al valor en aduana de los bienes. Capítulo 10 • El impuesto a los consumos especiales Exenciones del ICE De los productos detallados en el cuadro pre- cedente, están exentos de este impuesto, es decir, no pagan el ICE los siguientes productos: • El alcohol que se destina a la producción farmacéutica, perfumes y aguas de tocador. • El alcohol, residuos y subproductos resul- tantes de la rectificación o destilación del aguardiente y alcohol no aptos para el con- sumo humano, destinados como materia prima a la producción • Los productos destinados a la exportación. • Los vehículos ortopédicos y no ortopédicos destinados al traslado y uso de personas con discapacidad. • El alcohol, los mostos, jarabes, esencias o concentrados que se destinen a la produc- ción de bebidas alcohólicas. • Focos incandescentes utilizados como insu- mos automotrices. • Las armas de fuego deportivas y la municio- nesqueenéstasseutilice,siempreycuando su importación o adquisición local, se reali- ce por parte de deportistas debidamente inscritos y autorizados por el Ministerio del Deporte, para su utilización exclusiva en ac- tividades deportivas, y cuenten con la auto- rización del Ministerio de Defensa, respecto del tipo y cantidad de armas y municiones. Quiénes deben pagar el ICE
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    Equidad y desarrollo117 Por la salud nacional Aquellos productos que se consideran perjudiciales para la salud de los ciudadanos y ciudadanas, como son los cigarrillos y el alcohol, son gravados con impuestos especiales para evitar su uso, de esta manera en la polí- tica tributaria se refleja claramente su finalidad de con- tribución y compromiso con el bien de la sociedad. El ICE sobre bienes y servicios nacionales se debe declarar y pagar por períodos men- suales, teniendo en cuenta que este corresponda a un mes calendario. En el caso de productos importados se pagará antes de desaduanizar la mercadería detallada en la Declaración Aduanera Única (DAU). Si los productos son de fabricación nacional, el ICE debe ser declarado y pagado por el fabri- cante; si se trata de productos importados, el impuesto es declarado, liquidado y pagado por el importador. Cómo declarar el ICE Los plazos de vencimiento para presentar la de- claración son los mismos que se han establecido para declarar y pagar el IVA. Las empresas que fabrican los bienes y prestan los servicios gravados con ICE, deben declarar este impuesto mediante el formulario 105.
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    118 Capítulo 10• El impuesto a los consumos especiales Hago y aprendo 1 Responde. • ¿A cuál de los bienes y servicios gravados con el ICE es al que se le aplica la mayor tarifa? • ¿Por qué crees que se le aplica esa tarifa? 2 Pon V si la afirmación es verdadera y F si es falsa. • El valor del ICE se traslada al consumidor final. • El ICE es un impuesto directo. • El precio de venta al público lo fija el fabricante del bien. • Los productos destinados para la exportación pagan ICE. 3 Enumera tres artículos suntuarios que piensas que deberían estar gravados con el ICE y no lo están. 4 Escribe tu opinión sobre porque el alcohol y los cigarrillos se encuentran gravados con ICE 1. 2. 3.
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    Acto de clausurade un establecimiento comercial Conceptualmente • Definir la infracción para el sistema tributario. • Conocer la clasificación de las distintas in- fracciones tributarias. • Identificar las sanciones respectivas a las infracciones. • Reconocer la gravedad legal de las sanciones. En actitudes y valores • Entender la gravedad social que tiene el co- meter infracciones tributarias para el país. • Reconocer la importancia que tiene para el país que las infracciones tributarias sean sancionadas. • Valorar la necesidad de una aplicación justa y oportuna de las sanciones tributarias. Equidad y desarrollo 119 Capítulo 11 ¿De qué se trata? Lo que voy a lograr LAS CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS Los contribuyentes pueden cometer faltas e incorrecciones que perjudican la recauda- ción y la administración tributaria, estas tiene varias consecuencias: la merma de los ingresos del Estado y, por lo tanto, el entorpecimiento de la prestación de los servicios públicos, así como perjuicios para el mismo contribuyente. En este capítulo conoceremos qué acciones son consideradas infracciones y delitos tribu- tarios y cuáles son las respectivas sanciones previstas por la Ley para los infractores. Notificación de clausura
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    120 ¿Qué son lasinfracciones tributarias? Pese a que la legislación tribu- taria establece consecuencias coercitivas para quien no paga impuestos o para quien actúa de mala fe con respecto a la ad- ministración tributaria, la razón principal para no tener este tipo de conductas nunca debe ser el temor a la sanción sino la creencia cierta en que la tribu- tación beneficia a la sociedad y, por lo tanto, para nuestra propia vida cotidiana. La valoración po- sitivadelatributacióneslamejor manera de evitar las infracciones tributarias. El pago voluntario de impuestos y el acatamiento de las regulaciones tributarias debe ser la consecuencia lógica de la aplicación de valores éticos a la tributación. Constituye una infracción tributaria toda acción u omisión que implique violación de normas tributarias. En general, podemos decir que todas las in- fracciones tributarias son violaciones a leyes, reglamentos y normas secundarias de cum- plimiento obligatorio, siempre y cuando se establezca para ellas una sanción (Art. 314 del Código tributario). ¿Cuáles son las clases de infracciones tributarias? A las infracciones tributarias se las puede clasi- ficar de acuerdo con la gravedad del hecho en: • Faltas reglamentarias: Las faltas reglamen- tarias serán sancionadas con una multa que no sea inferior a $ 30 dólares ni que exceda de $ 1.000. • Contravenciones: A las contravenciones es- tablecidas en el Código Tributario y en las demás leyes tributarias, se aplicará como pena pecuniaria una multa que no sea infe- rior a $ 30 ni exceda de $ 1.500. • Delitos: El delito es la infracción más grave y con una sanción más severa, pues para la configuración de un delito se requiere la existencia de dolo o culpa que acarrean consecuencias penales. Contribuyente por convicción no por temor Capítulo 11 • Infracciones y sanciones tributarias
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    Equidad y desarrollo121 Sanciones aplicables por infracciones Toda infracción conlleva una sanción, que no es otra cosa que una pena, establecida en la Ley, que se aplica por el incumplimiento de una norma. Las penas se aplican según la gravedad de la infracción y pueden ser, de la más leve a la más grave: 1. Multa; 2. Clausura del establecimiento o negocio; 3. Suspensión de actividades; 4 Decomiso; 5. Incautación definitiva; 6. Suspensión o cancelación de inscripciones en los registros públicos; 7. Suspensión o cancelación de patentes y autorizaciones; 8. Suspensión o destitución del desempeño de cargos públicos; 9. Prisión; y, 10. Reclusión Menor Ordinaria La clausura: es el cierre del establecimiento por el plazo mínimo de siete días y que se mantiene hasta que la obligación sea cum- plida, efectuado mediante la aplicación de se- llos y avisos en un lugar visible del local san- cionado. Si los contribuyentes reinciden en las faltas que ocasionaron la clausura, serán san- cionados con una nueva clausura por un plazo de diez días. El decomiso: es la pérdida del dominio sobre los bienes materia del delito, a favor del acreedor tributario. Suspensión o cancelación de inscripciones y patentes: es el retiro de las inscripciones y patentes requeridas para el ejercicio del co- mercio o de la industria. Prisión: se aplica en casos de defraudación, contrabando y de infracciones relacionadas con la tenencia de libros y registros contables. Las penas van de un mes a cinco años de cárcel (Art. 330 del Código Tributario).
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    122 La defraudación El códigotributario define a la defraudación como todo acto doloso de simulación, ocultación, falsedad o engaño que induce a error en la determinación de la obligación tri- butaria, o por lo que se deja de pagar en todo o en parte los tributos realmente debidos. Se considera defraudación, entre otros, los siguientes: 1. La falsa declaración de mercaderías, cifras, datos o antecedentes que influyan en la de- terminación tributaria. 2. La omisión dolosa de ingresos, la inclusión de costos, deducciones, rebajas o retencio- nes, inexistentes o superiores a los que pro- cedan legalmente y, en general, la utiliza- ción en las declaraciones tributarias —o en los informes que se suministren al SRI— de datos falsos, incompletos o desfigurados, de los cuales se derive un menor impuesto causado. 3. La alteración dolosa en libros de contabili- dad, de anotaciones, asientos u operacio- nes relativas a la actividad económica. 4. Llevar doble contabilidad. 5. La destrucción total o parcial de los libros de contabilidad u otros exigidos por las normas tributarias. 6. Destrucción, ocultación o alteración dolosa de sellos de clausura o de incautación. Consecuencias de la defraudación La sanción para los casos 2, 3, 4 y 5 es prisión de 2 a 5 años y se la aplica independientemente de las sanciones administrativas, tales como la multa, el decomiso y la clausura. La responsabilidad por estos delitos recaerá en las personas que presenten sus obligaciones por cuenta propia o en representación, es decir, las personas que se desempeñen como agentesderetenciónodepercepciónyquedo- losamente hayan participado en la infracción. Cuando por un hecho se configure más de un delito o más de una contravención, se aplica la sanción correspondiente al delito o contraven- ción más grave. La aplicación de una sanción no exime al in- fractor del pago de los correspondientes tri- butos y de los intereses en mora. Capítulo 11 • Infracciones y sanciones tributarias
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    Equidad y desarrollo123 Sanciones TABLA DE MULTAS PARA DECLARACIONESTARDÍAS Art. 100 Ley Orgánica de RégimenTributario InternoTercer Suplemento R.O. 242 del 29 - DIC - 2007 INFRACCIONES IMPUESTO A LA RENTA ANUAL FORMULARIOS 101, 102Y 102A RETENCIONES EN LA FUENTE MENSUAL FORMULARIO 103 IMPUESTO ALVALOR AGREGADO RETENCIONES DE IVA MENSUALES FORMULARIO 104 IMPUESTO A LOS CONSUMOS ESPECIALES Mensual Formulario 104 ó 104A Semestral Formulario 104A SICAUSAIMPUESTO 3 % del impuesto causado por mes o fracción, máximo hasta el 100 % del impuesto causado. 3 % del impuesto causado por mes o fracción, máximo hasta el 100 % del impuesto causado. 3 % del impuesto a pagar, por mes o fracción, máximo hasta el 100 % del impuesto a pagar. no aplica 3 % del impuesto causado (retenido), por mes o fracción, máximo hasta el 100 % del impuesto causado. 3 % del impuesto causado, por mes o fracción, máximo hasta el 100 % del impuesto causado. SILADECLARACIÓNNOCAUSAIMPUESTOS SI SE HUBIEREN GENERADO INGRESOS SI NO SE HUBIEREN PRODUCIDO RETENCIONES SI SE HUBIEREN PRODUCIDOVENTAS SI NO SE HUBIEREN PRODUCIDO RETENCIONES SI NO SE HUBIEREN GENERADO INGRESOS 0,1 % por mes o o fracción de mes, de las ventas o ingresos brutos percibidos en el período al cual se refiere la declaración sin exceder el 5% de dichas ventas o ingresos no aplica 0,1% por mes o fracción de mes, de las ventas o ingresos brutos percibidos en el período al cual se refiere la declaración sin exceder el 5% de dichas ventas o ingresos. no aplica no aplica Para mayor información visita: www.sri.gob.ec, sección Declaración de Impuestos / Multas.
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    124 Capítulo 11• Infracciones y sanciones tributarias Mucho se discute sobre si el endu- recimientodelaspenasysanciones disminuye el índice de infracciones y delitos. ¿Qué piensas tú? La necesidad de la sanción El derecho y las leyes no son un fin sino un medio, el cual se vale de la fuerza para lograr conductas determinadas que se consideran de interés social y evitar aquellas que se con- sideran dañinas para la sociedad. El aspecto característico de este método —del derecho— consiste en sancionar con un acto coactivo la conducta contraria a la deseada. El autor de una norma jurídica supone eviden- temente que los hombres cuya conducta es así regulada considerarán tales actos como un mal y se esforzarán por evitarlos. Su meta es, pues, encauzarlos hacia una conducta determinada, amenazándolos con un mal en caso de una con- ducta contraria [...] Kelsen. En este sentido se dice que al endurecer las sanciones y las penas disminuirán los delitos, sin embargo esto parece no suceder en la realidad. El asunto es realmente complejo ya que intervienen muchos factores: sicológicos y emocionales, sociales y hasta económicos. Muchos lo han dicho sabiamente antes, una verdadera disminución de los delitos se logra más con la educación que con el castigo. Los índices de infracciones y delitos se encuen- tran estrechamente relacionados con el nivel de bienestar social, moral y económico de los pueblos, donde hay más justicia hay menos infracciones. La necesidad de la sanción Mucho se discute sobre si el endurecimiento de las penas y sanciones disminuye el índice de infracciones. ¿Qué piensas tú? El derecho y las leyes no son un fin sino un medio, el cual se vale de la fuerza para lograr conductas determinadas que se consideran de interés social y evitar aquellas que se con- sideran dañinas para la sociedad. El aspecto característico de éste método – del derecho - consiste en sancionar con un acto coactivo la conducta contraria a la deseada. El autor de una norma jurídica supone evidente- mente que los hombres cuya conducta es así regulada considerarán tales actos como un mal y se esforzarán por evitarlos. Su meta es, pues, encauzarlos hacia una conducta deter- minada, amenazándolos con un mal en caso de una conducta contraria [...] Kelsen. En este sentido se dice que al endurecer las sanciones y las penas disminuirán los delitos, sin embargo esto parece no suceder en la realidad. El asunto es realmente complejo ya que intervienen muchos factores: sicológicos y emocionales, sociales y hasta económicos. Muchos lo han dicho sabiamente antes, una verdadera disminución de los delitos se logra más con la educación que con el castigo. Los índices de infracciones y delitos se encuen- tran estrechamente relacionados con el nivel de bienestar social, moral y económico de los pueblos, donde hay más justicia hay menos infracciones.
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    Equidad y desarrollo125 Hago y aprendo 1 Investiga y escribe un ejemplo de cada una de las siguientes infracciones tributarias. • Faltas reglamentarias • Contravenciones • Delitos 2 Escribe el número que corresponde en la casilla para ordenar de la más grave a la más leve las siguientes sanciones tributarias. 1 Suspensión o destitución del desempeño de cargos públicos. 2 Clausura de un establecimiento o negocio. 3 Multa. 4 Cancelación de patentes y autorizaciones. 5 Prisión. 6 Cancelación de inscripciones en los registros públicos. 7 Decomiso. 3 Explica con tus palabras lo que es llevar doble contabilidad. 4 Pinta el término al que corresponde esta definición. A todo acto de simulación, ocultación, falsedad o engaño que induce a error en la de- terminación de la obligación tributaria o por el que se deja de pagar en todo o en parte los tributos realmente debidos se conoce como: decomiso sanción pena defraudación dolo censura
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    126 Capítulo 11• Infracciones y sanciones tributarias Hago y aprendo 5 Describe la sanción para cada una de estas infracciones. Por declaración tardía del ICE si no causa impuestos. Por declaración tardía del IVA mensual si se hubieran producido ventas. Por rectificación de datos de las retenciones en la fuente. 6 Escribe un párrafo acerca de ser un contribuyente por convicción y no por temor. 7 Describe las consecuencias legales y las consecuencias sociales de la defraudación.
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    Equidad y desarrollo127 Antes de empezar, conozcamos sobre el tema. ¿De dónde obtenemos los valores? Con mayor o menor dificultad, los conoci- mientos conceptuales se enseñan y se ins- truyen pero, ¿y los valores? No son conceptos que se enseñan, sino que se aprenden y se aprehenden. Tienen que haber, personas que con su ejemplo o testimonio y no solo con su discurso, los pongan ante nuestros ojos, en- tonces somos cada uno de nosotros quienes captamos o no un valor para desearlo y re- producirlo. La aprehensión de los valores es un acto subjetivo, íntimo, personal basado en nuestras relaciones con todo lo que nos rodea, en lo que vemos en lo que sentimos, es la con- secuencia de nuestro ser social y de nuestro ser emocional que se desenvuelve en una so- ciedad compleja. Nuestro actuar: responsabilidad educa- tiva con el otro Todo está interconectado. Si observamos con atención podremos notar que nuestro mundo es una complejísima red de interrelaciones, la más mínima de nuestras acciones tiene reper- cusión sobre uno o varios de los componentes denuestroalrededor,loquedesataunacadena de consecuencias y efectos interminables. Sin embargo, el ser humano occidental parece no notarlo y vive en una suerte de ilusión, de aislamiento y soledad. De este fenómeno se derivan todos los problemas sociales, ambien- tales y los antivalores que nos están llevando a la destrucción del planeta, a nuestra des- trucción. Pero si tomamos en cuenta la forma en que influimos y nos relacionamos con el Proyecto 3 LOS VALORES SE PREDICAN CON EL EJEMPLO mundo, consideraremos nuestra responsabi- lidad y cambiaremos nuestros hábitos, empe- zando con los más domésticos. Debemos estar concientes de que nuestra forma de vida, así no lo queramos, es pauta y modelo de valores y antivalores para los otros. Ética en la trasmisión de la ética Las personas tenemos necesidad de transmitir nuestro paquete de valores, pues los consi- deramos un bien común, sin embargo, no se trata de pensar en que los demás son arcilla que vamos a modelar a nuestro antojo, ya sea para un proyecto individual, ya sea para una utopía colectiva. La realidad es plurisignifica- tiva, es ambigua, inaprensible en todas sus posibilidades de significación, entonces, en cuanto a la transmisión de valores, se debe favorecer la libertad y la apertura en su inter- pretación. Se trata de una actitud de escucha en el encuentro, de dejar un espacio abierto al despliegue de todas las lecturas posibles en el que, por supuesto, prime el respeto y todos sus valores consecuentes. Los medios para la transmisión de valores son tan variados como posibilidades de actuación y comunicación tenemos los seres humanos, entre ellos juegan un papel muy importante la tradición oral, expresada en refranes y relatos; el arte en general y, en especial, la literatura.
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    128 ¡Luces, cámara, actividades! 1 A continuación constan refranes y frases célebres que se relacionan con valores. Escoge una pareja para trabajar y analícenlos intentando obtener dos interpretacio- nes diferentes. La generosidad no consiste en dar mucho, sino en dar a tiempo. (anónimo) Interpretación 1 Interpretación 2 Quien ama al mundo en su persona es digno de que se le confíe el reino. (LaoTsé) Interpretación 1 Interpretación 2 Todo hombre prudente tolera un mal menor por miedo a impedir un bien mayor. (anónimo) Interpretación 1 Interpretación 2 2 Investiga obras de la literatura universal en las que encuentres reflejados los siguien- tes valores y copia en tu cuaderno un fragmento que lo argumente. Exponlo a tus compañeros. • Búsqueda del sentido de la vida • Respeto a las diferencias • Paz • Igualdad de género Proyecto 3 • Los valores se predican con el ejemplo
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    Sabías que... ...con cadadólar de impuesto entregado, permites que el Estado genere obras para el país, como hospitales, escuelas, carreteras, parques, puentes, etc. Como ecuatorianos responsables, paguemos nuestros impuestos y seamos parte del Ecuador que queremos construir...