EEDDUUCCAACCIÓIÓNN B BÁÁSSICICAA 
EQUIDAD Y DESARROLLO 
Libro del futuro contribuyente - Bachillerato
Equidad y desarrollo 
Libro del futuro contribuyente 
B a c h i l l e r a t o
CRÉDITOS 
Equipo de trabajo 
Departamento de Servicios Tributarios Dirección Nacional - SRI 
Departamento de Comunicación - SRI 
Dirección general 
Mireya Brito 
Supervisión de proyecto 
Daniel Moreno 
Autoría y edición 
María Rosa Balseca Moscoso 
Departamento de Servicios Tributarios Dirección Nacional - SRI (reedición) 
Corrección de estilo 
Nicolás Jara Miranda 
Corrección técnica 
Freddy Lobato 
Estudio gráfico 
Sesos Creación Visual 
www.sesoscv.com 
Dirección de arte 
Ricardo Novillo Loaiza 
Diseño gráfico y diagramación 
Fernanda Salazar C. 
Víctor H. Jaramillo V. (reedición) 
Ilustración 
Mauricio Jácome (dibujo) 
Bladimir Trejo (línea) 
Marco Chamorro (color) 
Coordinación 
Fernanda Salazar C. 
Quinta edición 
Quito, 2012 
www.sri.gob.ec
República del Ecuador 
Convenio de cooperación interinstitucional 
Ministerio de Educación - Servicio de Rentas Internas 
Programa de Educación y Capacitación Tributaria 
TEXTO DE DISTRIBUCIÓN GRATUITA 
Prohibida su reproducción parcial o total sin autorización expresa del SRI. 
Debido a la naturaleza de Internet, las direcciones y/o los contenidos de los sitios web 
a los que se hace referencia en este libro pueden tener modificaciones o desaparecer. 
Impreso en 2012.
INTRODUCCIÓN 
Jóvenes ecuatorianos 
Desde enero de 2000, el Servicio de Rentas 
Internas y el Ministerio de Educación 
mantienen un convenio de cooperación 
interinstitucional, para educar y capacitar 
en cultura tributaria a los estudiantes del 
país. 
Este esfuerzo conjunto pone énfasis en la 
formación de hábitos y actitudes ciudadanas 
favorables a la sociedad, en el conocimiento 
de la Ley, los derechos y deberes de los 
ecuatorianos y ecuatorianas, con el fin de 
construir un país justo, equitativo y solidario. 
Dentro del marco del convenio se presenta el 
texto de Educación y Capacitación Tributaria 
Equidad y desarrollo dirigido a los estudiantes 
de bachillerato. Este libro ofrece contenidos 
fundamentales sobre administración 
tributaria, su normativa y su aplicación 
práctica. También incluye capacitación en 
el uso del sitio web del Servicio de Rentas 
Internas. 
Las dos instituciones buscan que ustedes, 
jóvenes ecuatorianos, conciban y practi-quen 
el pago de impuestos como una de las 
responsabilidades más importantes de los 
ciudadanos, en la medida que significa una 
fuente de ingresos para que el Estado pueda 
ejecutar los proyectos de desarrollo nacional, 
que el Ecuador necesita, como un justo 
administrador de los bienes de todos y de 
todas.
ÍNDICE 
CAPÍTULO 1 
INTRODUCCIÓN A LA TRIBUTACIÓN 
1. Página introductoria 
2. El gran objetivo de la Economía 
3. Principales retos de la política económica 
4. Instrumentos de acción 
5. Evaluación 
CAPÍTULO 2 
EL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO 
1. Página introductoria 
2. Presupuestar, la gran tarea 
3. ¿Cómo se compone el presupuesto general del Estado? 
4. El ingreso público: clasificaciones 
5. El gasto público: clasificaciones 
6. El resultado fiscal 
7. Evaluación 
CAPÍTULO 3 
TEORÍA GENERAL DE LA TRIBUTACIÓN Y LOS TRIBUTOS 
1. Página introductoria 
2. Orientación de la política tributaria 
3. Principios fundamentales de la teoría de la tributación 
4. ¿Qué son los tributos? 
5. Varias maneras de tributar 
6. Evaluación 
CAPÍTULO 4 
LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA Y LA CONSTITUCIÓN DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS 
1. Página introductoria 
2. Una relación legal entre el Estado y la ciudadanía 
3. La labor del Servicio de Rentas Internas 
4. Lo que hacemos y a lo que aspiramos en el SRI 
5. Evaluación 
PROYECTO DE VALORES 1 
1. Lectura 
2. Actividades 
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ÍNDICE 
CAPÍTULO 5 
CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES Y SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS 
1. Página introductoria 
2. Varios tipos de contribuyentes 
3. Nuestras responsabilidades 
4. Uso de Internet 
5. Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano 
6. La suspensión del Registro Único de Contribuyentes 
7. Evaluación 
CAPÍTULO 6 
EL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES 
1. Página introductoria 
2. ¿Qué es el RUC? 
3. ¿Quiénes están obligados a obtener el RUC? 
4. El número de registro 
5. ¿Qué necesito para inscribirme en el RUC como persona natural? 
6. Requisitos adicionales para personas naturales que cumplen 
actividades específicas 
7. Inscripción de sociedades en el RUC 
8. ¿Cómo se verifica la ubicación de las empresas? 
9. La suspensión del RUC 
10. Cancelación del RUC 
11. Estados del contribuyente ante la administración tributaria 
12. Evaluación 
CAPÍTULO 7 
COMPROBANTES DE VENTA Y DE RETENCIÓN 
1. Página introductoria 
2. ¿Cuáles son los comprobantes de venta válidos? 
3. Comprobantes de retención 
4. Autorización para emitir comprobantes de venta, retención 
y documentos complementarios 
5. Establecimientos gráficos autorizados 
6. ¿Qué se debe hacer en caso de que los comprobantes 
fueran emitidos con errores? 
7. La factura 
8. La nota de venta (RISE) 
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43 
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ÍNDICE 
9. El tiquete de máquina registradora 
10. Liquidaciones de compra de bienes y prestación de servicios 
11. Comprobante de retención 
12. Guía de remisión 
13. Evaluación 
PROYECTO DE VALORES 2 
1. Lectura 
2. Actividades 
CAPÍTULO 8 
EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO 
1. Página introductoria 
2. Venta, compra, intercambio e importación: IVA, el impuesto 
del mercado de productos y servicios 
3. El hecho generador del IVA y bienes gravados con tarifa 0 % 
4. Los sujetos que intervienen en el IVA 
5. Liquidación del impuesto al valor agregado 
6. Retenciones en la fuente del IVA 
7. La declaración del impuesto al valor agregado 
8. Errores en la declaración y declaraciones anticipadas 
9. Una manera inteligente de declarar 
10. Devolución del IVA 
11. Evaluación 
CAPÍTULO 9 
EL IMPUESTO A LA RENTA 
1. Página introductoria 
2. ¿Qué es el impuesto a la renta? 
3. Fuentes de la renta e ingresos gravados 
4. La renta se calcula de manera global 
5. Gastos Personales 
6. Cálculo del impuesto a la renta 
7. Anticipos y retenciones 
8. Conciliación 
9. Detalle de exenciones y deducciones aplicables al impuesto a la renta 
10. Detalle de costos y gastos deducibles 
11. Tarifa del impuesto a la renta para sociedades 
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ÍNDICE 
12. Cálculo del anticipo del impuesto a la renta 
13. Retenciones en la fuente del impuesto a la renta 
14. Distribución de la recaudación del impuesto a la renta 
15. Evaluación 
CAPÍTULO 10 
EL IMPUESTO A LOS CONSUMOS ESPECIALES 
1. Página introductoria 
2. Un impuesto sobre bienes de lujo 
3. Tarifas del ICE 
4. Quiénes deben pagar el ICE 
5. Cómo declarar el ICE 
6. Evaluación 
CAPÍTULO 11 
INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS 
1. Página introductoria 
2. ¿Qué son las infracciones tributarias? 
3. Sanciones aplicables por infracciones 
4. La defraudación 
5. Sanciones 
6. Evaluación 
PROYECTO DE VALORES 3 
1. Lectura 
2. Actividades 
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128
La Cultura tributaria es un tema 
de grandes y chicos.
ECONOMÍA PARA EL DESARROLLO DEL ECUADOR 
Oficinas del SRI 
Funcionaria del SRI 
Capítulo 1 
INTRODUCCIÓN A LA TRIBUTACIÓN 
Equidad y desarrollo 13 
¿De qué se trata? 
Tributar es contribuir al 
Estado, como un compromiso 
y una obligación ciudadana, 
con el pago de impuestos en 
dinero, especies o servicios 
que servirán para financiar la 
satisfacción de necesidades so-ciales, 
es decir, para ayudar a la 
economía nacional. 
Antes de embarcarnos en el 
estudio de los aspectos es-pecíficos 
de la tributación, es 
Conceptualmente 
• Identificar el objetivo fundamental de la econo-mía 
estatal. 
• Reconocer las principales metas que deben 
orientar una política económica. 
• Nombrar los mecanismos utilizados para conse-guir 
los objetivos de una política económica. 
En actitudes y valores 
• Valorar la planificación para el sostenimiento de 
la economía nacional. 
• Reconocer y exigir el derecho a estar informado 
de las políticas económicas estatales y al rendi-miento 
de cuentas de las autoridades. 
necesario remitirnos a la fina-lidad 
general de la economía 
del Estado y a los principios y 
valores que deben enmarcar 
la actividad económica fiscal. 
Por ello, en este capítulo ha-blaremos 
sobre los objetivos 
de las políticas económicas es-tatales 
y los mecanismos con 
que dichas políticas accionan 
en la vida económica de todos 
las ciudadanas y ciudadanos 
ecuatorianos. 
• Apreciar el manejo responsable de las 
políticas económicas como clave para 
el cumplimiento de objetivos de desa-rrollo 
nacional. 
Lo que voy a lograr
14 
El gran objetivo de la Economía 
La Economía es la ciencia que estudia los 
métodos más eficaces para satisfacer las 
necesidades humanas materiales, y adminis-trar 
razonablemente el conjunto de bienes y 
actividades que integran la riqueza de una co-lectividad 
o un individuo. 
La economía estatal tiene como objetivo re-solver 
los problemas de la comunidad y crear 
las condiciones necesarias para el desarrollo 
de la nación. Para ello, el Estado desarrolla po-líticas 
económicas. 
Una política es la forma en que se conduce un 
asunto o se emplean los medios para alcanzar 
un fin determinado, las orientaciones o direc-trices 
que rigen la actuación de una entidad en 
un asunto o un campo específico. En este caso, 
se trata del Estado respecto de la economía, es 
decir, de políticas económicas estatales. 
La formulación de la política económica de un 
Estado comprende dos procedimientos, de-pendientes 
el uno del otro: 
1. La determinación de los objetivos que se 
quieren alcanzar. 
2. La elección de los instrumentos que se 
utilizarán para conseguir los objetivos 
determinados. 
Art. 284.- La política económica tendrá los si-guientes 
objetivos: 
1. Asegurar un adecuada distribución del ingreso y de 
la riqueza nacional. 
2. Incentivar la producción nacional, la productividad 
y competitividad sistémicas, la acumulación del 
conocimiento científico y tecnológico, la inserción 
estratégica en la economía mundial y las activida-des 
productivas complementarias en la integración 
regional. 
3. Asegurar la soberanía alimentaria energética. 
4. Promocionar la incorporación del valor agregado con 
máxima eficiencia, dentro de los límites biofísicos de 
la naturaleza y el respeto a la vida y a las culturas. 
5. Lograr un desarrollo equilibrado del territorio nacio-nal, 
la integración entre regiones, en el campo, entre 
La Constitución Política del Estado 
Ecuatoriano, como Ley máxima, 
garantiza y orienta las políticas 
económicas de los gobiernos. 
el campo y la ciudad, en lo económico, so-cial 
y cultural. 
6. Impulsar el pleno empleo y valorar todas 
las formas de trabajo, con respeto a los de-rechos 
laborales. 
7. Mantener la estabilidad económica, enten-dida 
como el máximo nivel de producción 
y empleo sostenibles en el tiempo. 
8. Propiciar el intercambio justo y comple-mentario 
de bienes y servicios en merca-dos 
transparentes y eficientes. 
9. Impulsar un consumo social y ambiental-mente 
responsable. 
La Ley dice 
Capítulo 1 • Introducción a la tributación
Principales retos de la política económica 
Equidad y desarrollo 15 
La política económica del Estado ecuato-riano 
tiene tres objetivos que responden a 
los principios de eficiencia, equidad, sustenta-bilidad 
y calidad: 
• Desarrollo económico 
Es la evolución progresiva de una econo-mía 
hacia mejores niveles de vida. La orga-nización 
y el funcionamiento de la política 
económica deben asegurar a los habitantes 
una vida digna e iguales derechos y oportu-nidades 
para acceder al trabajo, a los bienes 
y servicios y a la propiedad de los medios 
de producción, lo cual incidirá en el mejora-miento 
de su calidad de vida. 
• Estabilidad económica 
Es el sostenimiento o el incremento de los 
niveles de empleo, el mantenimiento esta-ble 
de los precios de los bienes y servicios y 
el equilibrio de la balanza de pagos. 
• Eficiencia distributiva 
Es lograr la equidad en la distribución del 
ingreso público entre unidades territoriales 
y unidades familiares, es decir, administrar 
adecuadamente el ingreso fiscal para de-volverlo 
equitativamente a la colectividad, 
en obras y servicios de calidad que benefi-cien 
a todos. 
Es un hecho 
El mundo está lleno de desigualdades. 
Las tres personas más ricas del mundo 
(Bill Gates, Carlos Slim y Warren Buffet) 
tienen activos que superan el ingreso pú-blico 
combinado de los 48 países menos 
adelantados del mundo. Los 225 perso-najes 
más ricos del mundo acumulan una 
riqueza equivalente a la que tienen los 
2 500 millones de habitantes más pobres 
(el 47 % de la población del planeta). 
Siguiendo una política económica equita-tiva 
y justa, los impuestos que pagan estos 
multimillonarios deben ser proporcio-nales 
a su riqueza para que, con eficiencia 
distributiva, los ciudadanos de los Estados 
en los que tributan, sean altamente bene-ficiados 
gracias al principio de equidad.
16 
Instrumentos de acción 
Un instrumento es aquello que sirve de 
medio para hacer algo o conseguir un fin; 
los mecanismos de los que se sirve la política 
económica para la consecución del desarrollo, 
la estabilidad y la eficiencia distributiva son: 
• Una política monetaria 
Es un conjunto de medidas diseñadas para 
controlar y regular el sistema financiero, la 
banca y el sistema monetario, con el fin de 
conseguir la estabilidad del valor del dine-ro, 
evitar una balanza de pagos adversa y 
garantizar la liquidez. 
• Una política fiscal 
Es un conjunto de medidas diseñadas para 
recaudar los ingresos necesarios para el 
funcionamiento del Estado y dar cumpli-miento 
a su fin social. La política fiscal tiene 
dos componentes: el gasto público y los 
ingresos públicos, ambos forman el presu-puesto 
general del Estado, que es progra-mado 
por cada gobierno. El propósito de 
la política fiscal es dar estabilidad al siste-ma 
económico mediante su planificación y 
programación. Se produce un cambio en la 
política fiscal cuando el gobierno altera sus 
programas de gasto o de ingreso. 
La tributación es parte de la política fis-cal 
como un componente de los ingresos 
públicos. 
Responsabilidad 
La elaboración de la política econó-mica 
exige que los servidores pú-blicos 
sean responsables. La irres-ponsabilidad 
del servidor público 
genera ilegalidad, inmoralidad social 
y corrupción; tampoco hay respon-sabilidad 
cuando no se puede exigir 
fácil, práctica y eficazmente el cum-plimiento 
de las obligaciones de los 
servidores públicos. 
La responsabilidad de los gobernantes es un 
tipo de responsabilidad legal o jurídica, sin 
embargo, la responsabilidad política también 
es evaluada por los ciudadanos cuando, asu-miendo 
el papel de electores, valoran el uso 
que los gobernantes han hecho del poder. El 
juicio de valor que un gobernado atribuye a 
los actos de poder constituye, en efecto, una 
manera de evaluar la responsabilidad política 
que es fundamental para la vida democrática. 
La política tiene una función social y, precisa-mente 
porque los políticos tienen una labor di-rectiva, 
de ellos ha de venir al país un ejemplo 
de moralidad privada y pública, de honradez, 
de sobriedad de vida, de trabajo y de consa-gración 
al bienestar nacional. 
Capítulo 1 • Introducción a la tributación
Equidad y desarrollo 17 
1 A partir de las definiciones, encierra el término correcto. 
• Forma en que se conduce un asunto o se emplean los medios para alcanzar un fin de-terminado, 
las orientaciones o directrices que rigen la actuación de una entidad en un 
asunto o un campo específico. 
Desarrollo económico Política Objetivo de la economía estatal 
• Evolución progresiva de una economía hacia mejores niveles de vida. 
Desarrollo económico Política Objetivo de la economía estatal 
• Resolución de los problemas materiales de la comunidad y creación de las condiciones 
necesarias para el desarrollo de la nación. 
Desarrollo económico Política Objetivo de la economía estatal 
2 Explica con un ejemplo las consecuencias de la irresponsabilidad en la planificación 
de la política económica de un gobierno. 
3 Investiga los siguientes conceptos. 
• Balanza de pagos 
• Liquidez 
• Sustentabilidad 
Hago y aprendo
Hago y aprendo 
4 Enumera los objetivos permanentes de la economía según el Art. 284 de la Constitu-ción 
Política del Estado. 
1. 2. 3. 
4. 5. 
5 Responde: ¿por qué la tributación es parte de la política fiscal? 
6 Define el término tributación utilizando las palabras del recuadro: 
pago contribución necesidades sociales Estado obligación 
7 Describe una situación práctica en que el Estado y los gobernantes rinden cuentas a 
los contribuyentes. 
18 Capítulo 1 • Introducción a la tributación
Documento del presupuesto general del Estado 
Funcionario público 
19 
¿De qué se trata? 
El presupuesto general del Estado es el principal 
documento económico de la nación, es el resul-tado 
final de una estrategia económica elaborada por 
el gobierno y es el instrumento imprescindible de la 
política económica. Está conformado por dos com-ponentes: 
el ingreso público y el gasto público; del 
equilibrio de estos dos elementos depende el buen 
funcionamiento de la economía del Estado. 
En este capítulo hablaremos sobre su composición, 
los criterios que intervienen en su planificación y 
sobre los resultados de su aplicación. 
Capítulo 2 
EQUILIBRIO 
EL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO 
Lo que voy a lograr 
Conceptualmente 
• Identificar los componentes del presupuesto general 
del Estado. 
• Diferenciar los tipos de ingresos que tiene el Estado. 
• Diferenciar las clasificaciones del gasto del Estado. 
• Reconocer los diferentes escenarios del resultado de 
la aplicación del presupuesto general del Estado o re-sultado 
fiscal: en el que son posibles tres escenarios. 
• Identificar los partícipes del ingre-so 
del Estado que no constan en el 
presupuesto general. 
• Nombrar los criterios económi-cos 
que deben tomarse en cuenta 
para la elaboración y el manejo del 
presupuesto general del Estado. 
En actitudes y valores 
• Valorar la prioridad de la inversión 
social en el presupuesto general 
del Estado. 
• Reconocer la importancia de la tri-butación 
para el presupuesto ge-neral 
del Estado. 
Equidad y desarrollo
1 
2 
3 
4 
5 
Mi asignación ideal del presupuesto 
general del Estado 
6 
7 
8 
9 
20 
Un presupuesto es el cómputo anticipado 
de los egresos y las rentas de una entidad 
o una persona; en él se determina la cantidad 
necesaria de dinero para hacer frente a los 
gastos futuros, tomando en cuenta aquello de 
lo que se dispone como recurso. 
A nivel de país se elabora un presupuesto ge-neral 
del Estado, que es un instrumento básico 
para poner en práctica la política económica 
de un gobierno. Para su elaboración, se nece-sita 
un proceso de toma de decisiones sobre la 
asignación que ha de hacerse de los recursos 
disponibles, orientada por los objetivos de 
la política económica —que, en general, son 
de satisfacción de las necesidades de la so-ciedad—. 
La dificultad de la planificación de 
la asignación de los recursos se encuentra en 
priorizar las necesidades nacionales, es decir, 
en la determinación de su importancia de 
atención, esto es lo que cambia el presupuesto 
planificado por un gobierno del planificado 
por otro. 
El presupuesto general del Estado es elabo-rado 
y ejecutado por cada gobierno para su pe-ríodo 
de ejercicio por lo que se proyecta para 
varios años. La Constitución señala que debe 
ser aprobado por la Asamblea Nacional con 
el fin de que sea el resultado de un acuerdo y 
una estrategia conjunta entre diversas fuerzas 
políticas y sociales del país. 
Presupuestar, la gran tarea 
Pongámonos en los zapatos del gobierno 
Entre las necesidades so-ciales 
están la vivienda, la 
salud, el cuidado del medio 
ambiente, la cultura, la 
obra pública, el transporte, 
la educación, la defensa 
nacional y la seguridad 
interna. Adjudica, según 
tu parecer, una parte del 
presupuesto que está re-presentado 
en el gráfico a 
cada necesidad y comenta 
el por qué de tus priori-dades 
a tus compañeros y 
compañeras. 
Capítulo 2 • El presupuesto general del Estado
¿Cómo se compone el presupuesto general del Estado? 
Pagar los impuestos es 
nuestra contribución real a la 
economía del país, un deber 
ciudadano que conlleva el 
derecho a ser beneficiados 
por la acción del Estado. 
Equidad y desarrollo 21 
El presupuesto general del Estado está 
compuesto por dos elementos; el ingreso 
público, que representa los activos de su eco-nomía 
y los bienes o valores que recibe el 
Estado en un período determinado —general-mente 
en un año— ; y el gasto público, que 
representa los pasivos de la economía o los ru-bros 
que se asignan para su funcionamiento y 
el sostenimiento de las necesidades colectivas. 
El ingreso público está conformado por: 
• Los ingresos petroleros: percibidos por 
la exportación de barriles de petróleo y la 
venta interna de sus derivados, como la ga-solina 
y el diesel. 
• Los ingresos no petroleros tributarios: 
consisten en los impuestos administrados 
por el Servicio de Rentas Internas: el impues-to 
a la renta, el impuesto al valor agregado 
(IVA), el impuesto a los consumos especiales 
(ICE), el impuesto a la herencia, el impuesto 
a la salida de divisas, el impuesto a los ac-tivos 
en el exterior, y el impuesto a los ve-hículos 
motorizados de transporte terrestre. 
También son ingresos tributarios los aran-celes 
o los impuestos a las importaciones 
que son administrados por la Corporación 
Aduanera Ecuatoriana (CAE). 
• Los ingresos no petroleros no tributarios: 
son los percibidos por concepto de multas, 
e intereses y aquellos generados por la au-togestión 
de las entidades y empresas es-tatales, 
como el cobro por las cédulas en el 
Registro Civil, por las consultas en los hos-pitales 
públicos o por la venta de servicios 
como la electricidad. 
Participación de todos 
El pago de tributos puede parecer moles-toso, 
sin embargo, al cumplir con esa obli-gación 
estamos participando en la cons-trucción 
del Ecuador que queremos. 
Para cumplir puntualmente con nuestra res-ponsabilidad 
tributaria debemos fortalecer 
nuestra disciplina y conocer sobre nuestras 
obligaciones como contribuyentes. Todos 
los ecuatorianos debemos formarnos en 
cultura tributaria.
Otras clasificaciones de los ingresos públicos se 
realizan de acuerdo con los siguientes criterios: 
Por la periodicidad 
• Ingresos ordinarios: son aquellos que 
el Estado percibe de manera constante 
o permanente. 
• Ingresos extraordinarios: son los que 
se reciben en circunstancias especiales, 
como por ejemplo, por una donación 
internacional. 
Por el origen 
• Ingresos originarios o de derecho pri-vado: 
son los que obtiene al participar de 
dividendos de empresas del sector priva-do 
o por arrendamientos de inmuebles de 
su propiedad. 
• Ingresos derivados o de derecho públi-co: 
son aquellos que recibe por la natura-leza 
de su potestad o poder, es decir, por su 
facultad de imponer tributos. 
Otra clasificación común 
• Ingresos patrimoniales: son los que 
se obtienen por concepto del usufruc-to 
de los bienes o pertenencias estatales, 
como los arrendamientos y dividendos 
de participación. 
22 Capítulo 2 • El presupuesto general del Estado 
• Ingresos empresariales: son los percibidos 
cuando el Estado realiza un trabajo o una 
gestión de tipo oneroso o cuando cobra un 
precio por un servicio prestado, al que se 
denomina tasa. 
• Ingresos tributarios: son los obtenidos por 
la recaudación de impuestos como el IVA o 
el impuesto a la renta. 
• Ingresos gratuitos: son los valores que se 
reciben sin esperar una retribución, es de-cir, 
las donaciones. 
• Ingresos por sanciones: son los recauda-dos 
por concepto de las multas o los inte-reses 
que la Ley determina que deben pa-gar 
las personas naturales o ciudadanos y 
las sociedades o empresas que han cometi-do 
infracciones. 
• Ingresos por préstamos: son ingresos per-cibidos 
por la devolución de valores que 
habían sido entregados a terceros por el 
Estado en calidad de créditos. 
• Ingresos por emisiones monetarias: son 
los valores obtenidos por la emisión de pa-peles 
fiduciarios. 
El ingreso público: clasificaciones
El gasto público: clasificaciones 
Equidad y desarrollo 23 
El gasto público está conformado por: 
• El gasto corriente: es el principal rubro de 
egreso programable, lo constituyen las ero-gaciones 
o reparticiones que necesitan to-das 
las entidades estatales para funcionar; 
incluye el pago de sueldos y salarios de los 
funcionarios, la adquisición de insumos y 
el financiamiento de las tareas específicas 
de cada entidad como, por ejemplo, la or-ganización 
de elecciones realizada por el 
Tribunal Supremo Electoral o los operativos 
policiales. 
• El gasto de capital: son inversiones en 
obras públicas, sobre todo en cuanto a in-fraestructura, 
es decir, a la construcción de 
carreteras, escuelas, hospitales y puentes, 
entre otras. Estas obras son inversiones 
pues deben contribuir al crecimiento de la 
economía y la productividad. 
• El pago de deuda: es el rubro que se debe 
pagar por concepto de amortización o pago 
de intereses de capitales que el país ha reci-bido 
como préstamo. 
Otra clasificación del gasto público se hace 
de acuerdo con el destino que se asigna a 
los rubros: 
• Gasto en servicios públicos: todos los ru-bros 
destinados a la defensa nacional, la 
seguridad interna, el servicio exterior (em-bajadas 
y consulados), el cuidado del medio 
ambiente y la administración de justicia. 
• Gasto social: rubros para la educación, la 
salud, la infraestructura básica y el desarro-llo 
comunitario. 
• Gasto de administración del Estado: gas-tos 
generados por el funcionamiento de los 
ministerios y sus entidades adscritas, las asig-naciones 
a los gobiernos seccionales (munici-pios, 
gobernaciones y consejos provinciales) 
y las entidades autónomas del Estado, como 
el Banco Central del Ecuador, el Servicio de 
Rentas Internas y la Corporación Aduanera 
Ecuatoriana, entre otras. 
Beneficiarios 
directos o partícipes 
Con el rendimiento de los impuestos estable-cidos 
en la Ley, se realizan compensaciones 
con cargo al Presupuesto General del Estado 
o al Fondo de Desarrollo Seccional (FODESEC) 
en el caso de los Organismos Seccionales, 
Universidades y Escuelas Politécnicas; para lo 
cual el Ministerio de Economía y Finanzas toma 
en cuenta el aumento de las recaudaciones 
y el incremento de la base imponible de los 
impuestos.
24 
El resultado fiscal 
Todo presupuesto tiene que ser evaluado 
mediante un balance, una confrontación 
entre el dinero activo y el dinero pasivo, que 
determina el estado de la economía o el ne-gocio. 
En el caso del presupuesto general del 
Estado, este análisis arroja el resultado fiscal 
en el que son posibles tres escenarios: 
• Superávit: cuando los ingresos son mayo-res 
que los gastos. 
• Déficit: cuando los gastos son mayores que 
los ingresos. 
• Equilibrio: cuando los ingresos y los gastos 
son iguales. 
La política fiscal debe siempre orientarse a un 
equilibrio, en el que los gastos se limiten al 
nivel de ingresos. 
• Los ingresos del Estado deben ser-vir 
para financiar la satisfacción de 
las necesidades de la población. 
• El endeudamiento se ha dado 
porque los ingresos propios del 
Estado no fueron suficientes para 
cubrir el gasto público. 
• No se debe financiar el gasto 
corriente mediante el endeuda-miento 
público. 
Consideraciones importantes 
sobre el presupuesto 
Capítulo 2 • El presupuesto general del Estado
Hago y aprendo 
Equidad y desarrollo 25 
1 Escribe un antónimo para cada término. 
gasto 
superávit 
público 
activo 
inversión 
2 Responde las preguntas. 
• ¿Cuándo el Estado recurre al endeudamiento? 
• ¿Quién aprueba el presupuesto general del Estado? 
• ¿Qué se entiende por partícipes? 
3 Describe cómo imaginas la situación económica de un país con déficit fiscal.
Hago y aprendo 
4 Encierra las opciones correctas. 
Una donación al Estado se podría clasificar como un ingreso de tipo: 
patrimonial tributario gratuito derivado extraordinario 
5 Escribe un ejemplo para cada tipo de gasto. 
• Gasto de administración 
• Gasto capital 
• Gasto social 
• Gasto corriente 
6 Enumera cuatro tipos de ingresos no petroleros tributarios. 
1 
2 
3 
4 
7 Responde con un porcentaje: 
¿qué tan importante es la tributación para el presupuesto general del Estado? 
¿Por qué? 
26 Capítulo 2 • El presupuesto general del Estado
Sistema computarizado de SRI 
Trámite tributario 
Equidad y desarrollo 27 
UNA CUESTIÓN DE PRINCIPIOS 
¿De qué se trata? 
Capítulo 3 
TEORÍA GENERAL DE LA TRIBUTACIÓN Y LOS TRIBUTOS 
Lo que voy a lograr 
La tributación es un concepto que se articula 
alrededor de algunos principios básicos, 
que provienen de varios enfoques: económico, 
jurídico, administrativo, social, entre otros. En 
este capítulo abordaremos algunas de estas 
orientaciones de la teoría de la tributación. 
También hablaremos del concepto de tributo 
y de su clasificación hecha por la legislación de 
nuestro país. 
Conceptualmente 
• Identificar los principios que deben orientar los 
sistemas tributarios. 
• Reconocer el principal objetivo de la política 
tributaria. 
• Definir el término tributo. 
• Nombrar los tipos de tributos que establece el 
Código Tributario. 
En actitudes y valores 
• Valorar los principios modernos de la tributación 
como generadores de características deseables 
de la política tributaria. 
• Reconocer la necesidad de una orientación axio-lógica 
de la tributación. 
• Apreciar los valores relacionados con los princi-pios 
que deben orientar la política tributaria.
28 
Orientación de la política tributaria 
Como un componente de la política fiscal, la 
tributación está principalmente destinada 
a producir ingresos, para el presupuesto pú-blico, 
que financien el gasto del Estado. 
Esta función de la política tributaria debe estar 
orientada por algunos principios fundamen-tales 
Un poco de historia 
sobre la imposición que se han enunciado, 
evolucionado y probado a través del tiempo, 
estos sirven de pautas para el diseño de los 
sistemas tributarios. Mientras más apegada a 
ellos es una política tributaria, los resultados de 
su aplicación, son más deseables y favorables, 
tanto para el Estado como para los ciudadanos. 
Desde los tiempos más remotos han existido 
tributos, el modelo tributario indica, ineludible-mente, 
el modelo económico. Las formas de im-posición 
han evolucionado junto con la historia 
de la humanidad. En los sistemas imperiales, 
monárquicos y coloniales la tributación era in-justa 
y excesiva, por eso los asuntos tributarios 
son considerados por los historiadores como 
una de las principales causas de guerras, revo-luciones 
y decadencia de las civilizaciones. 
El deterioro de la antigua civilización egipcia 
fue consecuencia, en parte, de intolerables im-puestos 
que detuvieron el proceso productivo. 
La decadencia del imperio romano tuvo entre 
sus principales causas la excesiva carga fiscal a 
los habitantes del imperio. 
Hoy, el pago de tributos es con-siderado 
La Revolución francesa surgió también como 
consecuencia de un descontento ante los ele-vados 
impuestos. 
La lucha por la independencia de las colonias 
inglesas en América del Norte tuvo como causa 
problemas tributarios y una de las causas de 
la lucha por la independencia de nuestros 
países hispanoamericanos fue precisamente 
la desigual carga tributaria que los indígenas 
y mestizos tenían que pagar al entonces go-bierno 
español. 
como un compromiso 
ético y solidario que tendrá retri-bución 
directa en el bienestar de 
la sociedad. 
Capítulo 3 • Teoría general de la tributación y los tributos
Principios fundamentales de la teoría de la tributación 
De cada uno de los principios que guían 
la teoría de la tributación surgen impor-tantes 
características que debe reunir una po-lítica 
tributaria. A continuación se enumeran 
los principios y las características que cada 
uno aporta a la política fiscal. 
Principio de suficiencia: hace referencia 
a la capacidad del sistema tributario de re-caudar 
una cantidad de recursos adecuada 
o suficiente para solventar el gasto del 
Estado. Una política tributaria que cumple 
con este principio debe tener, además, 
como características: 
• Generalidad de los tributos, es decir, que 
sean para todos. 
• Determinación justa de las exenciones, es 
decir, de quienes no pagan ciertos tributos. 
• Amplitud de las bases económicas y de los 
sujetos alcanzados por los tributos. 
Principio de equidad: hace referencia a que 
la distribución de la carga tributaria debe 
estar en correspondencia y proporción con 
la capacidad contributiva de cada sujeto de 
tributación o contribuyente. Una política tri-butaria 
que cumple con este principio tiene 
como características: 
• Imposiciones graduadas de acuerdo con las 
manifestaciones de bienestar económico 
del contribuyente. 
• Creación de categorías o clasificaciones de 
contribuyentes. 
• Reconocimiento de que igualdad jurídica 
no significa indiferenciación tributaria. 
Equidad y desarrollo 29 
Recordemos 
Todo ordenamiento ju-rídico 
tributario debe 
estar en concordancia 
con los principios orien-tadores 
de la teoría tri-butaria, 
la mayoría de 
estos principios son 
parte de los derechos 
inalienables de las per-sonas 
que las constitu-ciones 
y los tratados in-ternacionales 
recogen.
30 Capítulo 3 • Teoría general de la tributación y los tributos 
volumen de recursos que justifique su implan-tación 
y sobre bases o sectores económicos 
que tengan una efectiva capacidad contribu-tiva. 
Una política tributaria que cumple con 
este principio tiene como características: 
• Costos no elevados y justificados de cum-plimiento 
por parte de los contribuyentes 
y de control por parte de la administración 
tributaria. 
• Transparencia en la administración tributaria. 
• Conocimiento de los contribuyentes sobre 
las obligaciones tributarias. 
Principio de neutralidad: hace referencia a 
que la aplicación de los tributos no debe al-terar 
el comportamiento económico de los 
contribuyentes, a la necesidad de atenuar el 
peso de consideraciones de materia tributaria 
en las decisiones de los agentes económicos. 
Una política tributaria que cumple con este 
principio tiene como características: 
• Poca interferencia de la tributación en el 
funcionamiento del mercado. 
• Evita que se generen distorsiones en la 
asignación de recursos para las actividades 
económicas de la población debido a la 
presencia de los tributos. 
Principio de simplicidad: hace referencia a 
que el sistema tributario debe contar con una 
estructura técnica que le sea funcional, que 
imponga solamente los tributos que capten el 
La concepción de la tributación 
varía de acuerdo con el modelo 
económico que la aplique, sin em-bargo, 
los principios orientadores 
de la teoría tributaria actualmente 
tienen carácter de universalidad. Monarquía
¿Qué son los tributos? 
nerse sobre el consumo o el gasto de los con-tribuyentes, 
sobre sus fuentes de ingreso eco-nómico 
y por concepto de un servicio prestado 
por el Estado. 
Aunque se utiliza el término impuesto como 
sinónimo de tributo, la legislación ecuato-riana 
determina que los impuestos son uno 
de los tipos de tributos junto con las tasas y 
las contribuciones. 
Equidad y desarrollo 31 
Los tributos son prestaciones en dinero, 
bienes o servicios, determinados por la Ley, 
que el Estado recibe como ingresos en función 
de la capacidad económica y contributiva del 
pueblo, los cuáles están encaminados a finan-ciar 
los servicios públicos y otros propósitos de 
interés general. 
Los tributos en nuestro país están dispuestos 
y regulados por la Ley en el Código Tributario. 
Son de varias clases y pueden gravar o impo- 
Todos sostenemos al país 
La participación ciudadana es una actitud que 
implica asumir compromisos y ponerlos en 
práctica para aportar al mejoramiento de la 
sociedad, se concreta en acciones tendientes 
a buscar el bien de la comunidad. Implica 
tomar conciencia respecto de las consecuen-cias 
sobre nosotros mismos y sobre los demás, 
de lo que hacemos o dejamos de hacer, con-siste 
en reconocer que somos dueños de nues-tros 
actos libremente realizados y, por lo tanto, 
aceptamos las consecuencias que se deriven 
de ellos. 
El pago de tributos es una forma de partici-pación 
ciudadana. Si cada ciudadano y ciuda- 
El pago de los tributos es la principal 
manera en que los ciudadanos y las 
ciudadanas participamos en el desa-rrollo 
del país: contribuimos al soste-nimiento 
del Estado. 
dana, si cada empresa, participara mediante 
el pago de sus tributos, el desarrollo del país 
sería más acelerado. 
Cuando los que tienen la obligación de pagar 
tributos tardan en hacerlo o no lo hacen, están 
dejando de participar en su propio bienestar. 
El incumplimiento origina que las obras pú-blicas 
no se puedan realizar o no se concluyan; 
que los servicios esenciales para la sociedad, 
como educación, salud, seguridad, entre otros, 
sean deficientes e incompletos; que, injusta-mente, 
su costo lo lleven aquellos que sí par-ticipan 
con su aporte al sostenimiento de la 
vida en sociedad; y que para poder cubrir los 
gastos que generan sus funciones y objetivos 
el Estado se vea en la necesidad de obtener di-nero 
por otros medios —deuda externa—.
32 
Varias maneras de tributar 
Nuestro Código Tributario acoge una clasifica-ción 
tripartita de los tributos, y establece que 
se entiende por tributos a: 
1. Los impuestos: son contribuciones que se 
pagan por vivir en sociedad, no constituyen 
una obligación contraída como pago de un 
bien o un servicio recibido, aunque su re-caudación 
pueda financiar determinados 
bienes o servicios para la comunidad. Los 
impuestos podrían ser considerados como 
los tributos de mayor importancia en cuan-to 
a su potencial recaudatorio y a diferencia 
de los otros tipos de tributos se apoyan en 
el principio de equidad o diferenciación de 
la capacidad contributiva. 
2. Las tasas: son tributos exigibles por la pres-tación 
directa de un servicio individualiza-do 
al contribuyente por parte del Estado, 
esta prestación puede ser efectiva o poten-cial 
—en cuanto a que si el servicio está a 
disposición, el no uso no exime su pago—. 
Las tasas se diferencian de los precios por 
ser de carácter obligatorio por mandato de 
la Ley. 
3. Las contribuciones especiales o de me-joras: 
son pagos a realizar por el beneficio 
obtenido por una obra pública u otra presta-ción 
social estatal individualizada, cuyo des-tino 
es la financiación de ésta. 
Contribuían con trabajo 
Los tributos eran pagados en especies o en 
trabajo personal público, periódico y rotativo, 
al que se denominaba mita. El tiempo de la 
mita era variable y podía extenderse por va-rios 
años. De este servicio, obligatorio entre 
los 18 y los 50 años, estaban exentos los ar-tistas 
y los artesanos. El sistema de la mita era 
utilizado para hacer trabajos en las minas, en 
el empedramiento de calles, en la excavación 
y la limpieza de canales, en la construcción de 
caminos y puentes, en la edificación de pala-cios 
y templos, en el transporte de bienes y en 
el levantamiento de silos. 
También para los mayas, aunque tenían una 
aproximación al dinero que era el grano del 
cacao, el tributo se pagaba en forma de trabajo 
gratuito. La construcción de edificios públicos 
representaba un tipo de pago. Muchas personas 
en la sociedad maya, estaban exentas de pagar 
tributo: la nobleza, el sacerdocio y los funciona-rios 
civiles y militares, que vivían de lo que pa-gaban 
los hombres de condición social inferior, 
además de que las ciudades pequeñas pagaban 
tributos a las ciudades estado mayores. 
Capítulo 3 • Teoría general de la tributación y los tributos 
El imperio inca basaba la mayor 
parte de su economía y funciona-miento 
en la tributación.
Hago y aprendo 
1 Cada uno de los siguientes enunciados contradice un principio orientador de un buen 
sistema tributario. Escribe junto a él el principio al cual contradice: 
• Todos los contribuyentes deben pagar 
Equidad y desarrollo 33 
Principio de 
lo mismo. 
• El Estado emplea todo lo que recibe 
por impuestos en controlar que los 
contribuyentes lo paguen. 
• Solo ciertos ciudadanos deben pagar 
tributos. 
• Debemos subir el precio de ven-ta 
para poder cubrir el costo de los 
impuestos. 
2 Escribe un ejemplo para cada clase de tributo: 
• Tasa: 
• Impuesto: 
• Contribución especial: 
3 Investiga y responde: 
¿Cuáles son los indicadores de capacidad económica y contributiva que se deberían tomar 
en cuenta para hacer una clasificación de contribuyentes? 
4 Escribe el nombre del ordenamiento legal que regula los asuntos tributarios en 
el Ecuador: 
Principio de 
Principio de 
Principio de
Hago y aprendo 
5 Define el término impuesto: 
6 Enumera cinco valores que deben intervenir en la tributación: 
1. 
2. 
3. 
4. 
5. 
7 Escribe tres diferencias entre la tributación en los tiempos prehispánicos y en la 
actualidad: 
Tiempos prehispánicos Actualidad 
1. 
2. 
3. 
8 Observa a tu alrededor y escribe un párrafo sobre cómo te beneficias personalmente 
de la obra pública financiada con impuestos, tasas y contribuciones de mejoras: 
34 Capítulo 3 • Teoría general de la tributación y los tributos 
1. 
2. 
3.
Capítulo 4 
Oficinas del SRI 
La imposición y el pago de tributos en el 
Ecuador es una obligación determinada 
por la Ley. La obligación tributaria tiene varios 
elementos que la conforman, en este capítulo 
abordaremos cada uno de ellos: la Ley en sí 
misma, los actores que en ella intervienen y el 
hecho que la genera. 
Hablaremos sobre la institución encargada de 
la ejecución de la política tributaria, es decir, 
la recaudación de los tributos: el Servicio de 
Lo que voy a lograr 
Funcionarios del SRI visitando un establecimiento comercial 
Equidad y desarrollo 35 
LA LEY Y EL SRI 
LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA Y LA CONSTITUCIÓN 
DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS 
¿De qué se trata? 
Conceptualmente 
• Definir la obligación tributaria. 
• Conocer qué es la cultura tributaria. 
• Identificar qué elementos conforman la 
obligación tributaria. 
Rentas Internas (SRI). Conoceremos la visión y 
la misión que definen su labor. 
• Identificar las facultades, las atribuciones, la 
visión, la misión y las obligaciones del SRI. 
En actitudes y valores 
• Valorar la Ley como elemento imprescindi-ble 
de funcionamiento de toda sociedad. 
• Reconocer la mejora cualitativa de la recau-dación 
y la administración tributaria a partir 
de la creación del SRI. 
• Apreciar la orientación ética del Servicio de 
Rentas Internas.
36 
Una relación legal entre el Estado y la ciudadanía 
Entre el Estado ecuatoriano y la ciudadanía 
existen varias relaciones jurídicas. Una de 
ellas es la obligación tributaria, esta relación 
personal convierte a los ciudadanos y ciuda-danas 
en contribuyentes, es decir, responsa-bles 
del pago de tributos, ya sea en efectivo, 
servicios o especies. 
La obligación tributaria es una exigencia legal 
con el Estado y las entidades acreedoras, un 
vínculo establecido por precepto de Ley que 
sujeta a las y los ecuatorianos a pagar tributos. 
Elementos de la obligación tributaria 
Conceptualmente la obligación tributaria está 
constituida por varios elementos: 
1. La Ley: para establecer, modificar o extin-guir 
un tributo, el Estado tiene la potestad 
exclusiva de emitir leyes; todo tributo se 
determina a través de leyes, no hay tributo 
sin ley. Las leyes tributarias tienen como ob-jetivo 
financiar al Estado ecuatoriano. Estos 
fondos serán destinados a la producción y 
el desarrollo social procurando siempre la 
adecuada distribución de la riqueza. 
Las leyes tributarias determinarán los bie-nes 
o servicios gravados con impuestos, 
los sujetos activo y pasivo que intervienen 
en la tributación, la cuantía del tributo y la 
forma de establecerla, las exenciones, las 
deducciones y los reclamos o recursos que 
deban concederse. 
Donde no hay justicia, no hay 
libertad; y donde no hay li-bertad, 
no hay justicia. 
Rene Le Senne 
Tributación justa 
Capítulo 4 • La obligación tributaria y la constitución del Servicio de Rentas Internas
Equidad y desarrollo 37 
2. El hecho generador: es el momento o la 
actividad que la Ley establece para que se 
configure cada tributo. 
3. El sujeto pasivo: es toda persona natu-ral 
o jurídica a quien la Ley exige tributos, 
es en quien reside la obligación tributaria. 
El sujeto pasivo puede ser contribuyente 
o responsable: 
• Contribuyente es quien, según la Ley, 
debe soportar la carga tributaria al darse 
el hecho generador, es decir, cuando re-úne 
las características establecidas en la 
legislación tributaria. 
• Responsable es la persona natural o ju-rídica 
que, sin tener la calificación de 
contribuyente, debe cumplir las obliga-ciones 
atribuidas a este por disposición 
expresa de la Ley; como en el caso de los 
responsables por representación y por 
sucesión. También son responsables los 
representantes legales. 
4. El sujeto activo: es la contraparte del suje-to 
pasivo, el ente acreedor de los tributos, 
es el Estado, como gobierno nacional repre-sentado 
por el Servicio de Rentas Internas 
o como gobierno seccional —consejos pro-vinciales, 
municipios y otros acreedores fis-cales 
locales—. 
¿Qué opinas? 
Un juez de Nueva York, clausuró, 
dos sitios web que proporcionaban 
consejos seudo jurídicos para evitar 
pagar impuestos en Estados Unidos, 
por vender un sistema nacional de 
fraude fiscal. 
Los sitios de Internet, We The People Foundation 
for Constitutional Education y We the People 
Congress, explicaban a los contribuyentes de ese 
país que podían negarse a pagar tributos, ampa-rados 
en algunas frases de la Constitución o de la 
Ley estadounidense, por ejemplo en una en que 
se nombra la palabra voluntarios. 
En su decisión, tomada el 9 de agosto de 2007, 
el juez estimó que esos argumentos eran falsos y 
que incitar a no pagar impuestos es ilegal. 
Según el dictamen judicial, los sitios fueron 
cerrados por alentar a realizar acciones ile-gales. 
Estos recibían veinte dólares por pro-porcionar 
su guía de supresión del impuesto, el 
juez exigió, los nombres y direcciones de las 
personas que pagaron por esos consejos. 
La organización We The People, dijo que ape-lará 
la resolución judicial. Seguramente esta 
apelación pondrá nuevamente en discusión 
hasta qué punto interviene la voluntad en 
las cuestiones tributarias. ¿Qué opinas tú? 
Fuente: AFP
38 
La labor del Servicio de Rentas Internas 
El Servicio de Rentas Internas (SRI) es, en 
Ecuador, la entidad que tiene la responsabi-lidad 
de recaudar los tributos internos estable-cidos 
por Ley. Su finalidad es la de consolidar 
la cultura tributaria en el país para incrementar 
el cumplimiento voluntario de las obligaciones 
tributarias de los contribuyentes. 
El SRI tiene a su cargo la ejecución de la polí-tica 
tributaria del país en lo que se refiere a los 
impuestos internos. Para ello cuenta con las 
siguientes facultades: 
• Determinar, recaudar y controlar los tribu-tos 
internos. 
• Difundir y capacitar al contribuyente res-pecto 
de sus obligaciones tributarias. 
• Preparar estudios de reforma a la legislación 
tributaria. 
• Aplicar sanciones. 
Los objetivos del SRI son: 
1. Incrementar anualmente la recaudación de 
impuestos con relación al crecimiento de la 
economía. 
2. Diseñar propuestas de política tributaria 
orientadas a obtener la mayor equidad, for-talecer 
la capacidad de gestión institucional 
y reducir el fraude fiscal. 
3. Lograr altos niveles de satisfacción en los 
servicios al contribuyente. 
4. Reducir los índices de evasión tributaria y 
procurar la disminución de mecanismos de 
elusión de impuestos. 
El SRI está en Internet 
Capítulo 4 • La obligación tributaria y la constitución del Servicio de Rentas Internas 
Toda la información 
sobre el Servicio de 
Rentas Internas que 
necesites conocer la 
puedes encontrar en el 
sitio web www.sri.gob. 
ec. En él se ofrece una 
animación interactiva, 
que en pocos y sencillos 
pasos, te enseñará cómo 
navegar en el portal.
Lo que hacemos y a lo que aspiramos en el SRI 
Más de una década de servicio efectivo 
2008 2009 - 2011 
Equidad y desarrollo 39 
El SRI ha logrado mejoras 
importantes en la recaudación 
y la administración tributaria. 
1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 
El 2 de diciembre de 1997 fue creado el Servicio de 
Rentas Internas, en un entorno económico com-plejo; 
era necesario transformar la administración 
tributaria en el Ecuador, enfocándose inicialmente 
en combatir nichos evidentes de evasión, mejorar 
la recaudación, sostener el presupuesto general 
del Estado y, al mismo tiempo, darle flexibilidad y 
eficiencia a la administración. 
A más de una década de su creación la re-caudación 
de impuestos en los últimos 
trece años, pasó de $ 1 423 millones, en 
1997, a $ 9 556 millones, en 2011. 
Para fomentar la cultura tributaria en la so-ciedad 
ecuatoriana y prestar servicios de ca-lidad 
a los ciudadanos y las ciudadanas, a fin 
de lograr el correcto cumplimiento de sus obli-gaciones, 
el SRI orienta su acción así: 
Misión 
Promover y exigir el cumplimiento de las obli-gaciones 
tributarias, en el marco de principios 
éticos y legales, para asegurar una efectiva re-caudación 
que fomente la cohesión social. 
Visión 
Ser una institución que goce de confianza y re-conocimiento 
social por hacerle bien al país. 
Hacer bien al país por nuestra transparencia, 
modernidad, cercanía y respeto a los derechos 
de los ciudadanos y contribuyentes. 
Hacer bien al país porque contamos con fun-cionarios 
competentes, honestos, comprome-tidos 
y motivados. 
Hacer bien al país por cumplir a cabalidad la 
gestión tributaria, disminuyendo significativa-mente 
la evasión, la elusión y el fraude fiscal. 
1998 
Gestión y organización 
institucional enfocadas 
por proyectos. 
2000 - 2002 
Enfoque en el servicio 
al contribuyente. 
Ampliación de la 
cobertura regional y 
provincial. 
2005 - 2006 
Enfoque funcional. 
Generación de mayor 
flexibilidad 
y adaptabilidad. 
Dic-97 
Creación del SRI. 
1999-2000 
Proceso de 
reingeniería 
organizacional. 
2005 
Dinamización y 
especialización del 
servicio y el control 
ejecutados por 
el SRI. 
2007 
Enfoque a la gestión 
tributaria, para fortalecer 
áreas de control 
tributario, controlar a los 
grandes contribuyentes 
y transparentar la 
estructura operativa. 
2006 
Reformas que 
brindan coherencia 
integral y facilitan la 
correcta aplicación 
de la gestión 
institucional. 
2007 
Ley Reformatoria para la 
Equidad Tributaria, donde 
los que más tienen pagan 
más, y los que menos 
tienen pagan menos. 
2008 
Fortalecimiento de los 
medios de interrelación 
con los contribuyentes 
para facilitar el acceso a 
la información de la AT e 
iniciativas relacionadas 
a mejorar los procedi-mientos 
de control e 
inteligencia tributaria. 
2009 - 2011 
Enfoque en la consoli-dación 
de una cultura 
tritutaria y generación 
de riesgo ante el 
incumplimiento. 
2009 - 2011 
Cumplimiento de los distintos 
programas de Asistencia, 
Control y Excelencia 
Operacional, e incremento de 
la efectividad de la AT a través 
del fortalecimiento de la 
cultura Tributaria. 
2008 
Reestructuración a un sistema 
tributario más progresivo. 
La ley de Equidad Tributaria 
incorporó incentivos a la pro-ducción 
y empleo y fortaleció 
la facultad de control de la 
Administración Tributaria.
Hago y aprendo 
1 Explica en tus palabras este enunciado: 
Los contribuyentes deben satisfacer un tributo al verificarse el hecho generador previs-to 
por la Ley. 
2 Establece la diferencia entre contribuyente y responsable. 
Contribuyente Responsable 
3 Investiga los siguientes términos en materia de tributación. 
• Evasión: 
• Elusión: 
• Fraude fiscal: 
• Exención: 
4 Escribe tu opinión personal sobre la visión del SRI. 
5 Enumera los objetivos del SRI. 
1. 
2. 
3. 
4. 
40 Capítulo 4 • La obligación tributaria y la constitución del Servicio de Rentas Internas
Proyecto de valores 1 
Equidad y desarrollo 41 
CONFLICTO DE VALORES 
Antes de empezar, conozcamos sobre el tema. 
¿Qué es un valor? 
La palabra valor tiene varios significados, es 
polisémica. Esta característica de las palabras 
es una de las peores trampas del lenguaje. 
Dos personas pronuncian o escriben la misma 
palabra, pero las ideas en sus cabezas son dis-tintas. 
Todas las palabras importantes en Ética 
son polisémicas, por eso para entendernos 
mejor, aquí definiremos la palabra valor, como 
lo que debe ser. Por ejemplo, la justicia es vista 
como un deber ser, aunque nunca estará aca-bada 
o completa en su realización, aun sí por 
momentos alguien actúa con justicia. 
¿Por qué se considera valor a un valor? 
Los valores son considerados como tales por 
nuestra formación cultural, que hace que 
los percibamos como una obligación o un 
deber ser en nuestra conciencia. La mayoría se 
relaciona con nuestro desenvolvimiento en 
sociedad y por lo tanto se han generalizado. 
Incluso muchos de los valores reciben pro-tección 
jurídica. Su cumplimiento se refuerza 
mediante la coacción: leyes penales y civiles, 
tribunales, policías, cárceles, etc. 
La subjetividad y generalidad de los valores es 
uno de los temas más debatidos, la filosofía, 
la ética y la axiología abordan fundamental-mente 
esta cuestión, pues aunque muchos va-lores 
son considerados universales, estos han 
variado durante las distintas etapas de la his-toria 
y entre las distintas culturas. 
¿Hay valores más importantes que otros? 
Un valor es más fuerte que otro, si se impone 
en nuestros juicios de preferencia. Esto esta-blece 
una jerarquía de valores. En occidente 
fueron los romanos los que hicieron una lista, 
que no se ha enmendado nunca, para esta-blecer 
criterios de primacía de unos valores 
sobre otros: 
• Primero, no hacer daño a nadie, controlar 
nuestros instintos agresivos. Usamos la pa-labra 
respeto en este sentido. Una falta de 
respeto suena a poco, pero desde este pun-to 
de vista, denotaría lo más grave: la vio-lencia, 
física o moral. El respeto es el primer 
escalón. Si no se vive este valor, no existen 
los restantes. 
• Segundo, dar lo debido a cada uno: la 
justicia, que solo tiene sentido, si antes he-mos 
cumplido con los valores de respeto. 
Notemos que solemos llamar injusticias a 
muchas violencias, físicas o morales. 
• Tercero, controlar nuestros instintos 
cuando, espontáneamente, van hacia algún 
antivalor: autodominio, poner orden dentro 
de nosotros mismos. 
En la vida diaria muchos valores entran en 
conflicto entre sí, valernos de esta jerarquiza-ción 
nos permitirá conocer cuáles deben pre-valecer 
sobre otros. 
En este sentido, por ejemplo, podríamos juzgar 
que un evasor fiscal respeta la vida, aunque no la 
propiedad, —porque la evasión de impuestos es 
considerada una especie de robo— y podríamos 
repudiar que un asesino presuma de no haber 
robado la cartera de quien acaba de asesinar, ya 
que el respeto a la vida es más fuerte que el res-peto 
a la propiedad. Si no hay respeto a la vida, 
no hay respeto a nada, ni tampoco a la propiedad, 
aunque parezca que lo hay.
42 
¡Luces, cámara, actividades! 
1 Realiza entre tus conocidos la siguiente encuesta sobre juicios de preferencia entre 
dos valores. 
Escoja el valor que le parezca que deba prevalecer en cada 
uno de los siguientes casos. 
• Si una muchacha insiste en estar muy delgada, pone en 
peligro su salud. Si respeta su salud, ha de renunciar a 
su concepto de belleza. ¿Qué valor debe prevalecer, la 
salud o la belleza? 
• Una mujer cuyo marido e hijos han muerto en un acci-dente 
de tránsito pregunta al médico, que va a operarla 
de vida o muerte, ¿qué ha sido de mi marido e hijos? 
Si el médico dice la verdad, pone en peligro la vida de 
su paciente. ¿Qué es más importante decirle la verdad o 
mentirle para proteger su vida? 
• Un jefe es amabilísimo, pero no paga a fin de mes. Otro 
es muy antipático, pero paga con puntualidad. ¿Qué pre-fiere: 
amabilidad sin justicia o justicia sin amabilidad? 
• Un adolescente es atacado y tiene la posibilidad de de-fenderse 
a costa de la vida del agresor. Se dice a sí mis-mo: 
si respeto la vida de mi agresor, no respeto la mía, 
pues me va a matar. Si respeto mi propia vida, solo pue-do 
hacerlo no respetando la de mi agresor. ¿Qué haría 
usted? 
2 Escribe dos situaciones de conflicto de valores y auméntalas a la encuesta. 
3 Recoge las respuestas y realiza un cuadro estadístico que refleje la preferencia por los 
valores. Exponlo en clase. 
Proyecto 1 • Conflicto de valores
Capítulo 5 
Entrega de comprobante de venta 
Todos somos contribyentes 
Equidad y desarrollo 43 
SER CONTRIBUYENTE 
CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES Y SUS 
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS 
¿De qué se trata? 
Todas las ciudadanas y ciudadanos ecua-torianos 
que realicen actividades econó-micas 
son contribuyentes y tienen obliga-ciones 
tributarias. 
La legislación tributaria ecuatoriana establece 
dos tipos de contribuyentes. Conoceremos las 
características que los determinan y diferencian, 
así como cada una de las obligaciones tributa-rias 
prácticas que se derivan de esta condición. 
Lo que voy a lograr 
Conceptualmente 
• Identificar los tipos de contribuyentes y recono-cer 
sus diferencias. 
• Reconocer la obligación del contribuyente de ob-tener 
el Registro Único de Contribuyentes (RUC). 
• Reconocer la obligación del contribuyente de im-primir 
y emitir comprobantes de venta válidos. 
• Reconocer la obligación del contribuyente de lle-var 
un registro de ingresos y egresos. 
• Reconocer la obligación del contribuyente de 
presentar sus declaraciones. 
• Conocer los casos y la manera de suspender 
el RUC. 
En actitudes y valores 
• Ser honesto en las declaraciones de 
impuestos como un indicador de éti-ca 
y compromiso ciudadano. 
• Apreciar la disciplina del contribu-yente 
en la declaración y el pago de 
impuestos como una muestra de ci-vismo 
y madurez ciudadana.
44 
Varios tipos de contribuyentes 
En nuestro país son contribuyentes tanto 
los individuos como las empresas, organiza-ciones 
o instituciones. El nivel de ingresos 
que obtiene anualmente cada contribu-yente 
indica si deben o no llevar contabi-lidad. 
Los tipos de contribuyentes son: 
1. Personas naturales 
Son todos los individuos nacionales y 
extranjeros que realizan actividades 
económicas en nuestro país. Aquellas 
personas naturales obligadas a llevar 
contabilidad, son todos los individuos 
nacionales y extranjeros que realizan 
actividades económicas en nuestro país 
y cuyos ingresos son mayores a $ 100 000 
al año, o su capital de trabajo sea mayor 
a los $ 60 000, o cuyos costos y gas-tos 
anuales hayan sido superiores a 
$ 80 000. 
2. Personas jurídicas 
Son las sociedades; este grupo compren-de 
a todas las instituciones del sector pú-blico, 
a las personas jurídicas bajo control 
de las Superintendencias de Compañías y 
de Bancos, las organizaciones sin fines de 
lucro, los fideicomisos mercantiles, las so-ciedades 
de hecho y cualquier patrimonio 
independiente del de sus miembros. 
Resistencia a la tributación 
Históricamente, los Estados han tenido que 
enfrentar la resistencia a la tributación por 
parte de los contribuyentes. En la antigüedad, 
debido a la injusta carga impositiva la tribu-tación 
fue constante y en algunos casos vio-lenta. 
Hoy, pese a que la concepción de la tri-butación 
ha cambiado y se basa en principios 
de equidad y solidaridad, la resistencia sigue 
siendo uno de los problemas con los que se 
enfrenta la administración tributaria. ¡Muchas 
personas no quieren pagar impuestos! 
Para facilitar el cumplimiento voluntario de las 
obligaciones, el SRI ha implementado varias 
estrategias: ofrecer efectividad, eficiencia y 
agilidad, servicios mejorados y estandarizados 
con ayuda de herramientas digitales, una po-lítica 
abierta de comunicación externa que 
permita abrir nuevos espacios de relación con 
los contribuyentes y la formulación y la aplica-cion 
de programas para el fortalecimiento de 
la cultura tributaria, dirigidos a los diferentes 
sectores de la población —este libro es parte 
de ellos—. 
De esta manera, se procura que el descono-cimiento 
no sea la causa de la resistencia a la 
tributación para lograr un cambio en la ciuda-danía: 
la aceptación y la interiorización de la 
importancia de nuestra participación en la eco-nomía 
del país, a través del pago de tributos. 
Capítulo 5 • Clasificación de los contribuyentes y sus obligaciones tributarias 
Muchas personas no quieren 
pagar impuestos.
Nuestras responsabilidades 
Equidad y desarrollo 45 
Las obligaciones tributarias de los contribu-yentes 
que establece la Ley son las siguientes: 
1. Obtener su Registro Único 
de Contribuyente (RUC). 
Este registro acredita a la persona oficial-mente 
para que pueda realizar una activi-dad 
económica de manera legal. 
¿Cuándo se debe sacar el RUC? 
Al iniciar una actividad económica, toda 
persona tiene la obligación de acercarse a 
las oficinas del SRI y obtener el RUC. 
¿Hay algún plazo para sacar el RUC? 
El plazo máximo es de 30 días hábiles después 
de haber iniciado la actividad económica. 
En el ámbito tributario, el principio 
de igualdad establece que los im-puestos 
obligan por igual a todos los 
ciudadanos; es decir, que a la hora de 
repartir la carga tributaria sobre los 
contribuyentes no se pueden hacer 
discriminaciones; sin embargo, exis-ten 
diferentes tipos de contribuyentes. 
2. Impresión y emisión de comprobantes 
de venta. 
Por todo pago obtenido al realizar una 
transacción comercial, es obligación de los 
contribuyentes emitir un comprobante de 
venta; este documento sirve de registro de 
los bienes o servicios comprendidos en una 
venta u otra operación de comercio para 
llevar su cuenta detallada, con expresión 
de número, peso o medida, calidad, valor o 
precio y carga tributaria. 
¿Cómo obtengo el permiso de facturación? 
El permiso de facturación lo otorga el SRI a 
través de los establecimientos gráficos auto-rizados 
(imprentas autorizadas), a los que el 
contribuyente deberá acercarse con su RUC y 
solicitar la impresión de sus comprobantes. 
Diferentes contribuyentes
3. Registro de ingresos y egresos 
Las personas naturales que no están obligadas a llevar contabilidad deben tener un registro de 
ingresos y gastos de la siguiente manera: 
FECHA No. COMPROBANTE DE VENTA CONCEPTO VALOR IVA 
01/01/2011 001-001-000026 Compra a proveedores 150,00 18,00 
02/01/2011 001-001-000027 Venta de mercadería 50,00 6,00 
Formularios 102 y 102A 
Las personas jurídicas deben llevar contabi-lidad 
desde el inicio de sus actividades. 
¿Se debe archivar esta información? 
Sí, se debe llevar un archivo en orden cro-nológico 
y secuencial por un período de 
7 años que es el tiempo en el cual pres-cribe 
o deja de estar vigente la obligación 
tributaria. 
4. Presentar sus declaraciones 
En materia de tributación, una declaración 
es la comunicación que se hace a la admi-nistración 
tributaria detallando la natura-leza 
y circunstancias de la actividad eco-nómica. 
Es comunicar sobre estos hechos 
económicos que se han realizado durante 
un período determinado y por los que se 
debe pagar impuestos. 
¿Qué declaraciones debo presentar? 
Se debe declarar sobre el impuesto al valor 
agregado (IVA) llenando el formulario 104 A 
para personas naturales y 104 para perso-nas 
jurídicas y naturales obligadas a llevar 
contabilidad. 
Se debe declarar sobre el impuesto a la ren-ta 
llenando el formulario 102 A para perso-nas 
naturales, 102 para personas naturales 
obligadas a llevar contabilidad y 101 para 
sociedades o personas jurídicas. 
46 Capítulo 5 • Clasificación de los contribuyentes y sus obligaciones tributarias
Equidad y desarrollo 47 
¿Puedo presentar mis declaraciones por 
Internet? 
El Servicio de Rentas Internas ha habilita-do 
un sitio web para brindar servicios en 
línea, de esta manera se pueden hacer de-claraciones 
de manera rápida, fácil y sin for-mularios. 
Cualquier día del año, durante las 
24 horas. 
¿Qué necesito para enviar mis declaraciones por 
Internet? 
• Obtener la clave de acceso al sistema en 
cualquier oficina del SRI. 
• El programa DIMM para la elaboración de las 
declaraciones, disponible gratuitamente en 
la página web o en cualquier oficina del SRI. 
• Conectarse a www.sri.gob.ec. 
¿Cuáles son las formas de pago de impuestos? 
• A través de un convenio de débito automá-tico 
con una institución bancaria. 
• A través de cajeros automáticos, ventanillas 
de atención, call center, tarjetas de crédito y 
otros servicios de las instituciones bancarias. 
• Mediante notas de crédito o compensaciones. 
Otros Servicios por Internet: 
Además del envío de declaraciones de impues-tos 
y de Anexos con información al detalle de 
las actividades del contribuyente, desde la pá-gina 
web del SRI se podrá acceder a otro tipo 
de información como: 
• Inscripción a capacitaciones desde la pági-na 
principal en la sección Capacitaciones 
• La realización de consultas en línea a través 
del link Consultas Tributarias. 
• En la sección Servicios en Línea se podrá 
obtener información sobre: RUC, valores a 
pagar por matrícula vehicular, validez de 
documentos autorizados, validez de tique-tes 
de máquinas registradoras, consulta de 
estado tributario, establecimientos gráfi-cos 
autorizados entre otros, sin necesidad 
de clave. 
Uso de Internet
RÉGIMEN IMPOSITIVO SIMPLIFICADO ECUATORIANO 
El RISE es un sistema impositivo cuyo ob-jetivo 
es facilitar y simplificar el pago 
de impuestos de un determinado sector de 
contribuyentes. 
Entre sus principales beneficios podemos 
mencionar los siguientes: 
• El contribuyente no necesita hacer declara-ciones, 
por lo tanto se evita los costos por 
compra de formularios y por la contrata-ción 
de terceras personas, como tramitado-res, 
para el llenado de los mismos. 
• Se evita que le hagan retenciones de 
impuestos. 
• Se entregan comprobantes de venta simpli-ficados 
en los cuales solo se llenará fecha y 
monto de venta. 
• No existe la obligación de llevar 
contabilidad. 
• Por cada nuevo trabajador que se incorpo-re 
a la nómina y que sea afiliado en el IESS, 
el empleador podrá descontar un 5% de su 
cuota, hasta llegar a un máximo del 50% de 
descuento. 
Se pueden inscribir en el RISE las personas 
naturales, cuyos ingresos no superen los USD 
60,000 dentro de un período fiscal, es decir 
entre el 1 de enero hasta el 31 de diciembre. 
De igual forma, una persona que se encuentra 
inscrita en el RUC, si puede incorporarse al 
RISE siempre y cuando cumpla con los requi-sitos 
establecidos por la Ley. 
48 Capítulo 1 • Economía: para el desarrollo del Ecuador 
¿Cuáles son las condiciones y requisitos que 
debe cumplir una persona que quiera acogerse 
al RISE? 
Condiciones: 
• Ser persona natural. 
• No tener ingresos mayores a USD 60,000 en 
el año. 
• No dedicarse a alguna de las actividades 
restringidas. 
• No haber sido agente de retención durante 
los últimos 3 años. 
Requisitos: 
• Presentar Cédula de ciudadanía original y 
entregar copia a color de la misma. 
• Presentar último certificado de votación. 
• Presentar la factura de agua, luz o teléfono, 
o algún documento que certifique el domi-cilio 
del local comercial o la vivienda. 
No pueden ingresar al RISE: 
• Agenciamiento de bolsa. 
• Almacenamiento de productos de terceros. 
• Agentes de aduana. 
• Comercialización y distribución de 
combustibles. 
• Casinos, Bingos, Salas de juego. 
• Publicidad y propaganda. 
• Organización de espectáculos. 
• Libre ejercicio profesional. 
• Producción y comercialización de bienes 
ICE. 
• Imprentas autorizadas por el SRI. 
• Corretaje de bienes raíces. 
• De comisionistas. 
• De arriendo de bienes inmuebles. 
• De alquiler de bienes muebles. 
El RISE establece el pago de una cuota que 
sustituye la declaración y pago del Impuesto 
a la Renta e IVA en un período mensual.
Ingreso Anual Cuota mensual por Actividad 
Mínimo Máximo Comercio Servicios Manufactura Construcción 
Hoteles y 
restaurantes 
Transportes 
Agrícolas, MInas 
y Canteras 
0 5,000 1.17 3.50 1.17 3.50 5.84 1.17 1.17 
5,001 10,000 3.50 18.67 5.84 12.84 22.17 2.33 2.33 
10,001 20,000 7.00 37.34 11.67 26.84 44.35 3.50 3.50 
20,001 30,000 12.84 70.02 21.01 50.18 77.02 4.67 5.84 
30,001 40,000 17.51 106.20 29.18 71.19 122.54 15.17 9.34 
40,001 50,000 23.34 152.88 37.34 110.87 168.05 31.51 14.00 
50,001 60,000 30.34 210.06 52.52 157.55 212.40 57.18 17.51 
La suspensión del Registro Único de Contribuyentes 
Equidad y desarrollo 49 
El Registro Único de Contribuyentes se ob-tiene 
para actividades económicas deter-minadas. 
Cuando cesan dichas actividades 
o cambia su naturaleza, el Registro Único de 
Contribuyentes debe suspenderse. 
¿Cuándo debo suspender mi RUC? 
Se debe realizar el trámite de suspensión del 
RUC cuando se dejan de realizar todas las acti-vidades 
económicas que constan en él. 
Con la emisión de la resolución de inactivi-dad 
del RUC, ya no se generan obligaciones 
tributarias. 
¿Qué plazo tengo para suspender mi RUC? 
El plazo máximo es de 30 días hábiles desde la fe-cha 
de terminación de la actividad económica. 
Estas cuotas están calculadas en función del 
tipo de actividad que desarrolla y del nivel de 
ingresos que tiene el contribuyente. 
La tabla de actividades y sus respectivas cuo-tas 
son las siguientes: 
Las cuotas deben ser canceladas mensualmen-te 
y en función del noveno dígito del RUC. Si la 
fecha de vencimiento cae en fin de semana o fe-riado, 
se podrá realizar el pago hasta el siguiente 
día hábil disponible, siempre que la cuota no esté 
vencida, puesto que corren nuevos intereses. 
Adicionalmente, el SRI le da la facilidad de can-celar 
todas sus cuotas una sola vez, es decir, que 
puede cancelar por adelantado todas las cuotas 
que restan del año en curso. 
El pago de las cuotas se pueden realizar en las 
instituciones financieras que mantengan con-venio 
de recaudación con el SRI a través de 
convenio de débito, o acercándose a las venta-nillas 
de los bancos colaboradores de la recau-dación 
con la cédula o RUC. 
Si se producen atrasos en el pago de las cuo-tas, 
se cargarán los intereses de Ley, mismos 
que serán acumulados mensualmente hasta 
que se realice el pago correspondiente.
Hago y aprendo 
1 Escribe tres ejemplos de personería jurídica. 
1. 
2. 
3. 
2 Piensa y responde. 
• ¿Cuál es la diferencia entre un registro de ingresos/egresos y llevar contabilidad? 
• ¿Por qué se debe archivar la información del registro de ingresos y egresos? 
• Enumere 3 de los beneficios que tiene una persona natural que se inscriba en el RISE. 
1. 
2. 
3. 
3 Ingresa al sitio web del Servicio de Rentas Internas y descarga la animación interacti-va 
sobre la funcionalidad del portal, luego escribe aquí tus impresiones. 
4 Escribe V si es verdadera y F si es falsa cada afirmación. 
• El plazo para obtener el RUC es de 30 días a partir del inicio de las 
actividades económicas. 
• Se pueden pagar los impuestos a través de un débito directo de 
una cuenta bancaria. 
• Los formularios 104 y 104 A son para la declaración del impuesto 
a la renta. 
50 Capítulo 5 • Clasificación de los contribuyentes y sus obligaciones tributarias
EL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES 
Equidad y desarrollo 51 
UNA GRAN BASE DE DATOS 
¿De qué se trata? 
Capítulo 6 
Lo que voy a lograr 
Conceptualmente 
• Identificar la funcionalidad y la importancia 
del RUC. 
• Señalar la composición del número del RUC. 
• Reconocer a quiénes están obligados a ins-cribirse 
en el RUC. 
• Conocer los requisitos de inscripción, 
así como los casos y requisitos de actua-lización, 
suspensión y cancelación del 
RUC, tanto para personas naturales como 
para sociedades. 
• Determinar los trámites a seguir en caso de 
defunción del contribuyente. 
• Conocer los requisitos para la realiza-ción 
de trámites sobre el RUC realizados 
por terceros. 
• Distinguir los estados en que puede encon-trarse 
un contribuyente ante la administra-ción 
tributaria. 
• Conocer las multas que se imponen sobre 
infracciones con el RUC. 
En actitudes y valores 
• Ser responsable en la oportuna obtención 
del Registro Único de Contribuyentes. 
• Ser responsable en el manejo y el buen uso 
del RUC. 
El Registro Único de Contribuyentes es el 
instrumento base de la administración tri-butaria, 
sirve para la determinación y la iden-tificación 
de los contribuyentes. Conoceremos 
su importancia, los requisitos para su obten-ción, 
actualización, suspensión y realización 
de algunos trámites especiales. 
Abordaremos el tema de los estados en que 
se puede encontrar un contribuyente ante 
la administración tributaria, que se reflejan 
en su inscripción en el Registro Único de 
Contribuyentes y también hablaremos sobre 
las sanciones pecuniarias que se reciben al co-meter 
infracciones con respecto al RUC. 
Registro único de contribuyentes
El Registro Único de Contribuyentes (RUC) 
es el punto de partida en el funciona-miento 
de la administración tributaria, es un 
instrumento que sirve para registrar e identi-ficar 
a los sujetos pasivos: personas naturales 
y sociedades. 
El Registro Único de Contribuyentes permite 
a la administración tributaria configurar una 
base de datos en donde se encuentra la infor-mación 
necesaria sobre las personas naturales 
o sociedades que ejercen actividades econó-micas 
en el territorio ecuatoriano y son sujetos 
de imposición. 
El RUC establece el vector fiscal 
A más de constituir la base de datos de todos 
los contribuyentes y agentes de retención, el 
RUC es importante porque a través de este cer-tificado 
el contribuyente está en capacidad de 
conocer adecuadamente cuáles son sus obli-gaciones 
tributarias y el calendario de pagos 
para facilitar su cumplimiento. 
El detalle de las obligaciones tributarias a las 
cuales está sujeto el contribuyente es una he-rramienta 
tributaria que se denomina vector 
fiscal. El vector fiscal se determina al obtener 
el RUC en relación con las obligaciones tribu-tarias 
que le corresponden a cada individuo 
por el tipo de contribuyente que es y la ac-tividad 
económica que registra. Las obliga-ciones 
tributarias que componen un vector 
fiscal pueden ser: 
• Impuesto al valor agregado. 
• Impuesto a los consumos especiales. 
• Impuesto a la renta. 
• Retenciones del IVA. 
• Retenciones en la fuente del impuesto a 
la renta. 
• Presentar anexos. 
El especialista superior en tributación conoce 
sobre los distintos aspectos impositivos, inter-preta 
y aplica las normas tributarias, asesora a 
individuos y empresas e incluso está en capa-cidad 
de intervenir en la fijación de la política 
y el diseño del sistema tributario. 
Este es un campo profesional nuevo, muy 
cotizado en el mercado laboral. ¡Tómalo 
en cuenta! 
una opción de carrera profesional. 
52 
¿Qué es el RUC? 
Especialista en tributación 
Varias universidades e institutos de 
educación superior, dentro y fuera del 
país, cuentan con carreras de especia-lización 
en tributación, con el objetivo 
de formar profesionales de alto nivel 
que intervengan en la resolución de 
los problemas que plantea este tema. 
Capítulo 6 • El Registro Único de Contribuyentes
¿Quiénes están obligados a obtener el RUC? 
Todas las personas naturales o jurídicas y 
los entes sin personalidad jurídica, nacio-nales 
y extranjeros, que inicien o realicen ac-tividades 
económicas en el país en forma per-manente 
u ocasional, o quienes sean titulares 
de bienes o derechos que generen ganancias, 
beneficios, remuneraciones, honorarios y otras 
rentas sujetas a tributación en el Ecuador, 
su relación con la pobreza 
Se conoce como paraísos fiscales a los te-rritorios 
o estados donde los impuestos 
son muy bajos o no existen y por lo tanto 
atraen a los individuos o empresas ex-tranjeras 
a domiciliar sus activos y llevar 
su dinero a ellos. Los paraísos fiscales 
pueden configurarse como una forma 
de evasión tributaria, además la poco 
estricta regulación que tienen en ma-teria 
financiera se presta para que sean 
destino de fondos provenientes de acti-vidades 
Equidad y desarrollo 53 
Paraísos fiscales 
El auge de la evasión fiscal ha motivado que 
el número de paraísos fiscales haya pasado de 
aproximadamente 25 a principios de los años 
setenta a 72 paraísos fiscales reconocidos en la 
actualidad. Estos se han convertido en meca-nismos 
de transferencia de riqueza desde los 
países más pobres hacia los más ricos. Se los 
considera un factor de pobreza, por ser motivo 
de fuga de capitales, pues cuando no es po-sible, 
mediante impuestos, compensar el dé-ficit 
producido por dicha fuga, los gobiernos 
no suelen tener otra alternativa que recortar 
el gasto público y privatizar servicios como la 
sanidad o la educación. Es decir, si las personas 
que tienen su patrimonio en paraísos fiscales 
pagarán impuestos en los países donde re-siden 
o donde obtienen sus riquezas, la re-caudación 
tributaria adicional disponible sería 
suficiente para la financiación de servicios pú-blicos 
de calidad y para la inversión productiva 
en todo el mundo. 
¿De dónde sacar entonces el dinero necesario 
para acabar con la pobreza? La respuesta es sen-cilla: 
de los impuestos que dejan de pagar las 
empresas transnacionales y las personas ricas 
que utilizan los paraísos fiscales para ocultar su 
están obligados a inscribirse, por una sola vez, 
en el Registro Único de Contribuyentes. 
También están obligados a inscribirse en él, 
las entidades del sector público, las Fuerzas 
Armadas, la Policía Nacional y toda entidad, 
fundación, cooperativa, corporación o ente si-milar, 
cualquiera sea su denominación, tengan 
o no fines de lucro. 
ilegales. 
dinero. Queda claro que hay riqueza suficiente 
para arreglar los problemas del mundo. Tan 
solo son necesarias la actitud honesta y patrió-tica 
de los contribuyentes, la voluntad política 
de los países y la unidad internacional.
54 
El número de registro 
En el caso de las sociedades privadas, los 
dos primeros dígitos señalan el lugar (pro-vincia) 
donde se inscribió el contribuyente, 
por ejemplo: 01 para Azuay, 02 para Bolívar, 
17 para Pichincha, etc. El tercer dígito siempre 
será el número 9, del cuarto al noveno son dí-gitos 
que forman un número secuencial, el dé-cimo 
dígito es un número verificador y los tres 
últimos siempre serán 001. 
En el caso de las sociedades públicas, los dos 
primeros dígitos señalan el lugar (provincia) 
donde se inscribió el contribuyente. El tercer 
dígito siempre será el número 6; del cuarto al 
octavo, un número secuencial; el noveno dí-gito 
es el verificador, el décimo dígito es el 0 y 
los tres últimos dígitos siempre serán 001. 
¿En qué me afecta? 
A todo contribuyente que se inscribe en 
el RUC el Servicio de Rentas Internas le 
asigna un número de registro, de acuerdo con 
el tipo de contribuyente de quien se trata, es 
decir, si son personas naturales o sociedades. 
a) Si son personas naturales el número de RUC 
es el mismo que el de la cédula de identi-dad 
(10 dígitos), a los cuales se les añaden 
tres dígitos (001). 
Las personas naturales durante su existen-cia 
solo tienen un número de RUC. 
b) Para las sociedades el número de RUC es 
un número de 10 dígitos generados por la 
administración tributaria a los cuales se les 
añaden tres dígitos (001). 
En algún momento de tu vida que-rrás 
que tus hijos, sobrinos o nietos 
vayan a una escuela o una univer-sidad 
aunque no puedas pagarla, 
quizás tendrás que someterte a 
una operación importante, de esas 
que no cubren lo seguros privados 
y necesitarás acudir a un hospital 
público, te irás de viaje por carre-teras 
sin pagar peaje… 
Todas las obras públicas cuestan dinero: 
aunque no nos cobren nada al utilizarlos los 
pagamos con nuestros impuestos. Los im-puestos 
sirven para financiar los servicios 
públicos. En consecuencia, la evasión fiscal 
perjudica seriamente a los ciudadanos y ciuda-danas 
de dos formas: en primer lugar, por las 
Capítulo 6 • El Registro Único de Contribuyentes 
medidas compensatorias que los gobiernos 
deben adoptar para mantener el bienestar 
social, trasladando la carga fiscal a quienes sí 
cumplen con su responsabilidad, que asumen 
la parte correspondiente de los evasores a 
través de impuestos indirectos sobre el con-sumo. 
En segundo lugar, por que el Estado 
tiene que sacrificar los servicios públicos. 
Como en todo, hay que empezar con uno 
mismo y predicar con el ejemplo. 
Infórmate. La evasión tributaria es solo uno 
de los múltiples frentes que anuncian la lle-gada 
de un nuevo orden mundial: una nueva 
sociedad diseñada por y para una minoría 
bien organizada, que pretende vivir mejor que 
nadie a costa de los demás, como en los pa-sados 
tiempos feudales.
¿Qué necesito para inscribirme en el RUC como persona natural? 
Requisitos Ecuatorianos Extranjeros 
Para la vericación del lugar donde realiza su actividad económica el contribuyente deberá presentar 
el original y entregar una copia de cualquiera de los siguientes documentos (los mismos que deben 
corresponder a uno de los últimos 3 meses). 
Original y copia del estado de cuenta bancario, de tarjeta de crédito o de telefonía celular. 
Verdad y puntualidad 
Equidad y desarrollo 55 
Los requisitos para la inscripción de per-sonas 
naturales en el Registro Único de 
Contribuyentes varían de acuerdo con la ca-lidad 
de relación política que tenga el contribu-yente 
con el Estado, es decir, si es ecuatoriano o 
extranjero con o sin residencia. 
Al obtener el número de RUC se 
adquiere la obligación de declarar. 
Cuando una persona natural se inscribe en el RUC 
registra varios datos personales y laborales, toda 
la información que se entrega debe ser verídica 
y comprobable. 
Una vez obtenido el número de registro, el contri-buyente 
adquiere la obligación de declarar sus in-gresos 
y gastos, además debe pagar los impuestos 
respectivos. Un ciudadano responsable lo hace con 
puntualidad respecto de los plazos determinados. 
Residentes 
Extranjeros 
no Residentes 
SI 
SI 
SI 
- 
- 
- SI 
Original y copia a color del pasaporte y tipo de 
visa, para extranjeros no residentes; u original 
y copia a color de la credencial de refugiado 
- - 
Identicación del contribuyente 
Original y copia a color de la cédula de 
identidad o de ciudadanía 
Original del certicado de votación. 
Original y copia de la planilla de servicios básicos (agua, luz o teléfono). 
Original y copia de la factura por el servicio de televisión pagada o servicio de internet. 
Original y copia de cualquier documento emitido por una Institución Pública que detalle la dirección exacta del 
contribuyente. 
Original y copia del contrato de arrendamiento. 
Original y copia de la escritura de compra venta del inmueble; u, original y copia del certicado del Registrador de la 
Propiedad. 
Contrato de Concesión Comercial o Contrato en Comodato. 
Original y copia de la Certicación de la Junta Parroquial más cercana al lugar del domicilio. 
Ubicación de la matriz y establecimientos se 
presentará cualquiera de los siguientes:
Requisitos adicionales para personas naturales que cumplen 
actividades específicas 
También existen requisitos especiales de acuerdo con la naturaleza de la actividad económica que 
realice el contribuyente. 
• Original y copia del título o carné del colegio profesional respectivo; y, aquellos que traba-jen 
en relación de dependencia deberán presentar adicionalmente una certificación suscri-ta 
por el Representante Legal de la compañia. 
Artesanos • Original y copia de la calificación artesanal emitida por el organismo competente: Junta 
Nacional del Artesano o MIPRO. 
Diplomáticos • Original y copia de la credencial de agente diplomático. 
• Original y copia del título universitario avaluado por la Secretaría Nacional de Educación 
Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, o copia del carné otorgado por el respectivo 
colegio profesional o copia de la cédula de identidad en la que conste la profesión. 
Actividades educativas • Original y copia del acuerdo ministerial para el funcionamiento de jardines de infantes, 
escuelas, colegios y otros centros educativos. 
• Original y copia de la escritura pública en caso de emancipación voluntaria; u, original y 
sentencia judicial emitida por el Juez competente; o, Acta de Matrimonio en caso de que en 
la cédula no conste el estado civil. 
Menores no Emancipados • Original y copia a color del documento de identificación del representante del menor (padre 
o madre) quién solicitará el respectivo trámite. 
• Original y copia del nombramiento otorgado por el organismo competente. 
Se deben registrar todas y cada una de las 
actividades económicas que se realizan. 
56 
Contadores 
Profesionales 
Menores Emancipados 
Notarios y Registradores de la 
Propiedad y Mercantiles 
Actividad surtida 
Regístreme como dibujante, 
inventor, anatomista, es-critor, 
compositor, escultor, 
arquitecto, astrónomo, 
físico, geólogo… 
Capítulo 6 • El Registro Único de Contribuyentes
Inscripción de sociedades en el RUC 
Para la identificación y el registro de las sociedades o personas jurídicas del sector público, así 
como de los entes contables independientes, se requiere de: 
SOCIEDADES BAJO 
CONTROL DE LA 
SUPERINTENDENCIA 
DE COMPAÑÍAS, 
EMPRESAS TENEDORAS 
DE ACCIONES (HOLDING) 
Y ESTABLECIMIENTOS 
PERMANENTES 
SOCIEDADES BAJO 
CONTROL DE LA 
SUPERINTENDENCIA 
DE BANCOS 
SOCIEDADES CIVILES Y 
COMERCIALES, EMPRESAS 
UNIPERSONALES 
SOCIEDADES CIVILES DE HECHO, 
PATRIMONIOS INDEPENDIENTES O 
AUTÓNOMOS CON O SIN PERSONERÍA 
JURÍDICA, CONTRATO DE CUENTAS DE 
PARTICIPACIÓN, CONSORCIO DE EMPRESAS 
(JOINT VENTURES) 
ORGANIZACIONES NO 
GUBERNAMENTALES SIN FINES DE 
LUCRO 
Formulario RUC-01-A suscrito por el Representante Legal. El formulario RUC-01-B se presentará únicamente cuando la sociedad posea establecimientos adicionales a la 
matriz; este formulario también deberá ser suscrito por el Representante Legal. 
Original y copia, o copia certificada de la escritura 
pública de constitución o domiciliación inscrita en 
el Registro Mercantil, a excepción de Fideicomisos 
Mercantiles, Fondos de Inversión y Fondos 
Complementarios Provisionales. 
Original y copia, o copia cer-tificada 
de la escritura pú-blica 
de constitución inscrita 
en el Registro Mercantil. 
Original y copia, o copia certificada de la es-critura 
pública o del contrato social otorgado 
ante notario o juez. 
Copia del acuerdo ministerial o resolu-ción 
en el que se aprueba la creación de 
la organización no gubernamental sin fin 
de lucro. 
Original y copia o copia certificada del nombramiento del representante legal, ins-crito 
en el Registro Mercantil. 
Original y copia o copia certificada del nom-bramiento 
del representante legal, notariza-do 
y con reconocimiento de firmas. 
Original y copia del nombramiento del 
representante legal avalado por el orga-nismo 
ante el cual la organización no gu-bernamental 
sin fin de lucro se encuentra 
registrada: Ministerio o CNE o CPE. 
Original y copia o copia 
certificada de la hoja de 
datos generales otorgadas 
por la Superintendencia, 
de Compañías. 
_ _ _ _ 
Identificación del Representante Legal: 
* Ecuatorianos: Original y copia a color de la cédula de identidad y original del certificado de votación del último proceso electoral. 
* Extranjeros residentes: Original y copia a color de la cédula de identidad. 
* Extranjeros no residentes: Original y copia a color del pasaporte con hojas de identificación y tipo de visa vigente. 
Equidad y desarrollo 57 
SOCIEDADES DEL SECTOR PÚBLICO 
• Formulario RUC-01-A suscrito por el Representante Legal. El formulario RUC-01-B se presentará únicamente cuando la sociedad 
posea establecimientos adicionales a la matriz; este formulario también deberá ser suscrito por el Representante Legal. 
• Original y copia del registro oficial donde se encuentre publicada la creación de la entidad o institución pública; u, original y co-pia 
del decreto, ordenanza o resolución que apruebe la creación de la institución; u, original y copia del documento que declara 
como unidad o ente contable independientemente o desconcentrado. 
• Original y copia del nombramiento del Representante Legal de dicha entidad o institución. 
• Original y copia a color de la cédula de identidad o ciudadanía o del pasaporte del Representante Legal. 
Las personas jurídicas o sociedades de derecho privado, dependiendo de su naturaleza constitutiva, 
necesitan de los siguientes documentos para su inscripción en el Registro Único de Contribuyentes:
58 
¿Cómo se verifica la ubicación de las empresas? 
La verificación de la ubicación de las socie-dades, 
tanto privadas como públicas, se 
realiza mediante los mismos documentos que 
se piden para las personas naturales, pero a 
nombre de la sociedad, representante legal, 
socio o accionista: planillas de pago de ser-vicios 
públicos y de servicios privados, como 
televisión por cable, el comprobante de pago 
del impuesto predial y el contrato de arrenda-miento 
(de todos ellos se entregan fotocopias). 
Si no se pueden presentar los documentos 
antes señalados, se debe proceder a entregar 
una comunicación al SRI indicando que se ha 
cedido en forma gratuita el uso del inmueble 
donde se ubica la sociedad. 
La actualización del RUC 
Si existe algún cambio en la información entre-gada 
al hacer la inscripción, como la razón so-cial 
o nombre del contribuyente, su ubicación, 
su actividad económica u otro dato que deba 
constar en el RUC, entonces es imprescindible 
realizar una actualización. 
El plazo máximo para realizar este trámite es 
de 30 días hábiles después de ocurridos los 
cambios en la información del RUC. 
SRI cerca de ti 
El SRI tiene oficinas en todas las 
provincias, a las que el contribu-yente 
podrá acercarse para realizar 
consultas y trámites que le permi-tirán 
cumplir con sus obligaciones 
tributarias. 
El Servicio de Rentas Internas cuenta con di-recciones 
regionales y provinciales que se 
encargan de la operación descentralizada 
de todas las actividades de la administración 
tributaria, informando constantemente a la 
dirección nacional de la institución sobre los 
procesos que se llevan a cabo, con fines de 
evaluación y ajuste. 
Capítulo 6 • El Registro Único de Contribuyentes 
Los casos en los que es necesaria la actualiza-ción 
de información son : 
• Cambio de denominación o razón social. 
• Cambio de dirección. 
• Cambio o actualización de actividad 
económica. 
• Cambio de representante legal. 
• Registro de la apertura o cierre de estableci-mientos, 
sucursales o agencias en el país o 
en el exterior. 
• Reforma estatutaria o cualquier acto socie-tario 
que modifique la escritura pública de 
constitución de la sociedad. 
• Transferencia de bienes o derechos a cual-quier 
título. 
• Aumento o disminución de capital. 
• Establecimiento o supresión de sucursales, 
agencias, depósitos u otro tipo de negocios. 
Requisitos 
• Presentar la cédula de identidad o ciudada-nía 
o el pasaporte. 
• Presentar el último certificado de votación. 
• Presentar el original y entregar una copia del 
documento que respalde el cambio de infor-mación 
que va a realizar el contribuyente, en 
relación con los requisitos de inscripción.
La suspensión del RUC 
Como contribuyentes somos únicos 
Equidad y desarrollo 59 
Cuando un contribuyente termina de 
ejercer la actividad económica por la cual 
se registró, debe suspender su RUC, para rea-lizar 
esta suspensión se necesita: 
• Llenar el formato de solicitud de cese de ac-tividades/ 
cancelación del RUC para perso-nas 
naturales, que se encuentra disponible 
en las oficinas o en el sitio web del Servicio 
de Rentas Internas. 
• Presentar la cédula de identidad o ciudada-nía 
del contribuyente. 
• Presentar el último certificado de votación 
—solo para ecuatorianos—. 
Antes de la suspensión del RUC, el contribu-yente 
debe efectuar el trámite para dar de baja 
sus comprobantes de venta vigentes o autori-zación 
de auto impresores. 
¿Cuál es el plazo para suspender el RUC? 
El plazo máximo es de 30 días hábiles desde la 
fecha de la terminación de la actividad econó-mica. 
Transcurrido este plazo se aplicará una 
multa de USD 30 ,00 para personas naturales 
no obligadas a llevar contabilidad y socieda-des 
sin fines de lucro. (Visita www.sri.gob.ec, 
sección Declaración de Impuestos / Multas). 
El número de registro que obtiene 
una persona natural corresponde al 
de su cédula de ciudadanía, de allí 
que se diga que es único. En caso 
de haberse realizado los trámites 
de suspensión del RUC por cese de 
las actividades económicas, este 
número no se pierde, ni es usado 
por otro contribuyente y podrá ser 
habilitado nuevamente si hay un 
reinicio de actividades, así fueran 
diferentes. 
El RUC es un número de identifica-ción 
personal e intransferible.
60 
Cancelación del RUC 
La inscripción en el Registro Único de 
Contribuyentes se cancela o extingue solo 
cuando el contribuyente deja de realizar ac-tividades 
económicas permanentemente, es 
decir, en caso de muerte de las personas na-turales, 
en caso de extranjeros no residentes 
que concluyeron sus actividades económicas 
temporales en el país o cuando una sociedad 
es liquidada. 
Pasos a realizar en caso de fallecimiento 
del contribuyente 
En este caso se procede a presentar por parte 
de la persona que realice el trámite los si-guientes 
documentos: 
• Solicitud de cese de actividades/cancelación 
del RUC para personas naturales disponible 
en las oficinas o en el sitio web del SRI. 
• Copia de la partida de defunción del 
contribuyente. 
Multas innecesarias y molestas 
Por el incumplimiento de las 
obligaciones tributarias o 
por cometer infracciones tri-butarias, 
la Ley establece va-rios 
tipos de sanciones, una 
de ellas son las multas. Estas 
son cantidades pecuniarias, 
es decir, de dinero, que se 
deben pagar a la administra-ción 
tributaria. 
A nadie le gusta tener que 
pagarlas, sin embargo, 
las multas son fácilmente 
evitables si nos acostum-bramos 
a cumplir correc-tamente 
y a tiempo nues-tras 
obligaciones. 
Está en nuestras manos 
evitar ser multados como 
contribuyentes. 
Capítulo 6 • El Registro Único de Contribuyentes 
• Copia de la cédula de identidad o pasapor-te 
de la persona que presenta el trámite. 
• El original del certificado de votación de la 
persona que presenta el trámite. 
El trámite puede ser presentado por cualquier 
persona. 
Pasos a realizar para la cancelación del 
RUC de extranjeros no residentes 
El contribuyente extranjero no residente en el 
Ecuador que termina su relación tributaria con 
el Estado ecuatoriano deberá presentar los si-guientes 
documentos: 
• Solicitud de cese de actividades/cancelación 
del RUC para personas naturales disponible 
en las oficinas o en el sitio web del SRI. 
• Original del pasaporte del contribuyente. 
Previamente a la cancelación del RUC, el con-tribuyente 
debe efectuar el trámite para dar 
de baja sus comprobantes de venta vigentes o 
autorización de auto impresores. 
Toda infracción conlleva 
una sanción.
Estados del contribuyente ante la administración tributaria 
Son sancionables con multa las siguientes infracciones con respecto al RUC, para PN no obligadas 
a llevar contabilidad y sociedades sin nes de lucro. 
Equidad y desarrollo 61 
Los contribuyentes inscritos en el RUC, pueden 
tener con la administración tributaria los si-guientes 
estados: 
• Activo: es todo contribuyente que se en-cuentra 
registrado en el Registro Único de 
Contribuyentes y, por lo tanto, es sujeto 
pasivo de obligaciones tributarias por estar 
desarrollando alguna actividad económica. 
• Suspensión definitiva: término aplicado a 
las personas naturales que han terminado 
sus actividades económicas temporalmente. 
• Pasivo: término aplicado a las personas 
naturales que han fallecido, extranjeros no 
rersidentes y a las sociedades que han can-celado 
su RUC. 
Trámites realizados por terceros: 
sí son posibles 
Para facilidad de los contribuyentes, todos 
los trámites que se realizan en el Servicio de 
Rentas Internas pueden ser hechos por otras 
personas, para ello deberán adjuntar a la do-cumentación 
los siguientes requisitos: 
• Para el contribuyente residente en el país, 
una carta de autorización simple o poder 
especial o general debidamente legalizado 
y firmado por el contribuyente. 
• Para el contribuyente residente en el exte-rior, 
el poder especial o general deberá ser 
debidamente legalizado por el cónsul ecua-toriano 
o apostillado en el exterior o en el 
Ecuador. 
• Se entregará una copia a color de la cédula 
de identidad o ciudadanía o pasaporte del 
contribuyente y de la persona que realizará 
el trámite. 
• Presentar el original del certificado de vo-tación, 
de la persona que realizará el trá-mite 
y copia de la papeleta de votación del 
contribuyente. 
LO QUE CUESTA EL DESCUIDO 
· No inscribirse en el RUC. 
· No actualizar los datos del RUC. 
· No cancelar oportunamente el RUC. 
· Ocultar la existencia de sucursales. 
· Utilizar el número de inscripción concedido a otro contribuyente. 
· Seguir utilizando un número de RUC cancelado. 
USD 30,00 
USD 30,00 
USD 30,00 
USD 62,50 
USD 62,50 
USD 62,50 
Para mayor información visita: www.sri.gob.ec, sección Declaración de Impuestos / Multas.
Hago y aprendo 
1 Enumera tres utilidades del RUC. 
1. 
2. 
3. 
2 ¿Qué requisitos debe presentar una persona natural que se dedica a la venta de zapa-tos 
para inscribirse en el RUC? 
3 Escribe el número que correspondería a tu RUC y señala su composición. 
4 Responde: 
¿Cuál es la diferencia entre la suspensión y la cancelación del RUC? 
5 Completa las oraciones. 
• Un contribuyente .............................................. es aquel que se encuentra registrado en el 
Registro Único de Contribuyentes y por lo tanto es sujeto ......................................... de obli-gaciones 
tributarias por estar desarrollando alguna ......................................... económica. 
• Previamente a la suspensión del RUC, el ............................................ debe efectuar el trámite 
para dar de .................................. sus .................................. de venta vigentes. 
• Si existe algún cambio en la ...................................... como: la razón social o ................................ 
del contribuyente, su ubicación, su actividad económica u otro dato que deba constar 
en el .................................., debe ........................................ 
62 Capítulo 6 • El Registro Único de Contribuyentes
Capítulo 7 
LOS DOCUMENTOS: RESPALDO LEGAL DE NUESTRAS 
COMPROBANTES DE VENTA Y DE RETENCIÓN 
Aprenderemos que los contribuyentes es-tamos 
Boletines de facturas 
Equidad y desarrollo 63 
TRANSACCIONES 
¿De qué se trata? 
obligados a emitir en toda trans-ferencia 
de bienes o prestación de servicios 
documentos como: comprobantes de venta, 
retención y documentos complementarios. 
Veremos cómo estos documentos tienen que 
ser autorizados por el SRI, ya que ellos acre-ditan 
la legitimidad de la adquisición de bienes 
o la prestación de servicios o la realización de 
otras transacciones gravadas con tributos, y 
sirven para sustentar ingresos, costos y gastos 
y para el reconocimiento del crédito tributario 
a favor del contribuyente. 
Lo que voy a lograr 
Conceptualmente 
• Identificar los tipos y las características de 
los comprobantes de venta, los documen-tos 
complementarios y los comprobantes 
de retención. 
• Reconocer al SRI como institución autoriza-da 
para definir los documentos que susten-tan 
transacciones de transferencia de bienes 
o prestación de servicios. 
• Identificar quiénes son agentes de retención. 
• Ejecutar los trámites pertinentes para ob-tener 
la autorización para emitir compro-bantes 
de venta, retención y documentos 
complementarios. 
• Usar los formularios indicados para los trá-mites 
correspondientes. 
En actitudes y valores 
• Reconocer cómo las acciones responsa-bles 
de los contribuyentes son ejemplo 
para un correcto desenvolvimiento de 
otros contribuyentes. 
• Cumplir con la obligación de emitir y exigir 
comprobantes de venta, retención y docu-mentos 
complementarios al realizar activi-dades 
económicas.
64 
¿Cuáles son los comprobantes de venta válidos? 
Son comprobantes de venta válidos única-mente 
los siguientes: 
• Facturas. 
• Notas de venta - RISE. 
• Tiquetes de máquinas registradoras. 
• Boletos o entradas a espectáculos públicos. 
• Liquidación de compras de bienes y presta-ción 
de servicios. 
• Todos los documentos referidos en el 
Art. 4 del Reglamento de Comprobantes 
de Venta, Retención y Documentos 
Complementarios: 
1. Los emitidos por bancos e instituciones fi-nancieras 
crediticias que se encuentren bajo 
el control de la Superintendencia de Bancos. 
2. Documento aduanero unificado y demás 
documentos recibidos en las operaciones 
de comercio exterior. 
3. Boletos aéreos o tiquetes electrónicos y do-cumentos 
de pago por sobrecargas por el 
servicio de transporte aéreo de personas, 
emitidos por las compañías de aviación, 
siempre que cumplan con los requisitos se-ñalados 
en el reglamento en mención. 
Otros documentos complementarios que acre-ditan 
transacciones para efectos tributarios 
• Notas de crédito. 
• Notas de débito. 
• Guías de remisión. 
¿Cuándo se emiten comprobantes? 
Todos los contribuyentes, 
al realizar transferencias de 
bienes y prestaciones de ser-vicios 
gravados con IVA de ta-rifa 
0 % o 12 %, deberán emitir 
comprobantes de venta au-torizados 
por el Servicio de 
Rentas Internas. 
Previamente deberán obtener 
su número de RUC. 
Recibir los comprobantes emi-tidos 
también es una obliga-ción 
ciudadana. 
Capítulo 7 • Comprobantes de venta y de retención
Comprobantes de retención 
Equidad y desarrollo 65 
Los comprobantes de retención son do-cumentos 
que acreditan que al contri-buyente 
se le ha realizado una retención de 
impuestos establecida en la Ley de Régimen 
Tributario y en su reglamento de aplicación. 
Las retenciones se refieren a transacciones 
gravadas con el impuesto a la renta o con el 
impuesto al valor agregado o por salida de 
divisas. 
Estos documentos deben ser emitidos por los 
agentes de retención al pagar por la adquisi-ción 
de bienes o por la prestación de servicios, 
provenientes de sus proveedores, y en el caso 
de salida de divisas cuando se efectúen trasfe-rencias 
al exterior. 
¿Quiénes son agentes de retención? 
Un agente de retención es quien tiene la obli-gación 
de recoger el valor de ciertos impuestos 
para hacerlo llegar mediante la declaración de 
su contabilidad a la administración tributaria. 
Los agentes de retención son: 
• Las instituciones del sector público. 
• Las sociedades 
• Las personas naturales obligadas a llevar 
contabilidad. 
• Las personas naturales y sucesiones indivisas 
no obligadas a llevar contabilidad, cuando 
emiten liquidaciones. 
• Las sucesiones indivisas obligadas a llevar 
contabilidad. 
• Empleadores. 
• Exportadores. 
Plazo para entregar el comprobante de 
retención 
Los agentes de retención en forma obligatoria 
emitirán el comprobante de retención en el 
momento que se realice el pago o se acredite 
en cuenta, lo que ocurra primero, y estará dis-ponible 
para la entrega al proveedor dentro 
de los cinco días hábiles siguientes al de pre-sentación 
del comprobante de venta. 
Para el caso de salida de divisas estará dispo-nible 
a los dos días. 
Jefe, ya sé que hay recorte de 
personal pero, ¿por qué justo el 
contador? 
Contabilidad
Autorización para emitir comprobantes de venta, 
retención y documentos complementarios 
Para obtener la autorización del Servicio de 
Rentas Internas para la emisión de compro-bantes 
de venta, retención y documentos 
complementarios es necesario seguir estos 
pasos: 
1. El contribuyente debe acercarse a uno de 
los establecimientos gráficos autorizados 
por el SRI y presentar su certificado del RUC, 
original de su cédula de identidad o de su 
representante legal. 
2. La imprenta verificará y validará la informa-ción 
del contribuyente a través de Internet. 
3. El sistema de facturación automatizado del 
SRI concede la autorización con base en el 
cumplimiento tributario del contribuyente 
y proporcionará al establecimiento gráfico 
el número de autorización, la secuencia, la 
fecha de caducidad y la información impre-sa 
Plazos de vigencia de la autorización 
Si el contribuyente se encuentra al día en el 
cumplimiento de sus obligaciones, se conce-derá 
la autorización por un año. Si tiene obli-gaciones 
pendientes, por una sola vez, se con-cede 
autorización por tres meses, plazo en el 
cual el contribuyente deberá imprescindible-mente 
regularizar el cumplimiento de las obli-gaciones 
tributarias. 
En el caso de una eventual participación en ferias, eventos o 
exposiciones, se deberá contar con la respectiva autorización 
temporal del SRI para emitir comprobantes de venta preim-presos 
o emitidos por sistemas computarizados o tiquetes 
de máquinas registradoras autorizadas. Este trámite se realiza 
mediante el formulario 351 a través de la página web www.sri. 
gob.ec o en las ventanillas de atención a nivel nacional. 
66 
¿Cuándo niega la autorización el SRI? 
Las causas para negar la autorización son: 
• Estar en trámite la suspensión del RUC. 
• Falta de presentación y pago de declaracio-nes 
y anexos por más de seis emeses. 
• No corresponder la dirección declarada en 
el RUC. 
• Haber concedido la autorización por tres 
meses. 
Autorización temporal de comprobantes 
preimpresos 
Mediante el formulario 341, el Servicio de 
Rentas Internas concederá una autorización 
temporal de emisión de comprobantes para 
contribuyentes que se encuentran en cual-quiera 
de estos casos: 
• Modificación del nombre comercial del con-tribuyente, 
previa actualización del RUC. 
• Modificación de apellidos y nombres o ra-zón 
social del contribuyente, previa actuali-zación 
del RUC. 
• Cambio en la dirección de cualquier esta-blecimiento, 
previa actualización del RUC. 
• Cuando se detectan errores en la impresión 
de los documentos preimpresos. 
• Este trámite lo puede realizar por inter-net 
o en las ventanillas de atención a nivel 
nacional. 
según el tipo de comprobante. 
¡Viva la fiesta! 
Comprobantes para 
ferias o eventos. 
Capítulo 7 • Comprobantes de venta y de retención
Establecimientos gráficos autorizados 
consultar si el establecimiento está o no auto-rizado 
por el Servicio de Rentas Internas para 
la impresión de documentos válidos. 
Los establecimientos gráficos, los contribu-yentes 
y el SRI se vinculan en varios momentos 
a través de los documentos comprobantes de 
venta y retención como lo demuestra el si-guiente 
Pasos para obtener la autorización de impresión de comprobantes de venta, retención y documentos complementarios 
Contribuyentes Imprentas SRI 
Equidad y desarrollo 67 
Son aquellos que tienen como actividad eco-nómica 
la impresión de documentos y han 
sido autorizados por el SRI para imprimir com-probantes 
de venta, documentos complemen-tarios 
y comprobantes de retención. A ellos 
recurre el contribuyente para obtener la au-torización 
de emitir documentos. El detalle de 
establecimientos gráficos autorizados consta 
en el sitio web: www.sri.gob.ec. Allí se puede 
esquema: 
en el sistema de facturación 
Tiquetes de máquinas registradoras 
El contribuyente puede optar por emitir tiquetes 
utilizando una máquina registradora. Para ello 
debe verificar en el sitio web del SRI que la marca 
y el modelo de su máquina consten en el listado 
autorizado por el SRI, y solicitar autorización para 
utilizarla mediante el formulario 331. 
1 Escoger una imprenta autorizada por el SRI. 
2 
Solicitar la impresión de documentos 
autorizados. 
Validar que el contribuyente se encuentre 
al día en sus obligaciones tributarias. 
Autorizar la impresión de comprobantes de acuerdo 
con el comportamiento tributario del contribuyente. 
3 
Imprimir comprobantes y entregarlos al 
contribuyente. 
4 
Informar en el sistema de facturación 
acerca de las impresiones realizadas. 
5 
Consultar la validez de los documentos autoriza-dos 
por el SRI. 
6 
Informar a otras áreas sobre el comportamiento y las 
actividades realizadas por el contribuyente. 
7 
Controlar a través de fedatarios las acciones del 
contribuyente (aplicación de sanciones, clausuras e 
incautaciones). 
8 Presentar las respectivas declaraciones y anexos. 
9 
Cruzar información (auditoria, devoluciones, gestión) 
y determinar diferencias de ser el caso.
Formulario 321 
68 
¿Qué se debe hacer en caso de que los comprobantes 
fueran emitidos con errores? 
En estos casos, los comprobantes de venta, 
documentos complementarios y compro-bantes 
de retención deben anularse escri-biendo 
en ellos la palabra ANULADO. Los ori-ginales 
y copias deben conservarse en forma 
secuencial en los archivos del contribuyente, 
ordenados cronológicamente por el lapso mí-nimo 
de 7 años. 
Baja de comprobantes de venta, reten-ción 
y documentos complementarios. 
Las causas para dar de baja éstos documentos 
impresos son: 
1. Vencimiento del plazo de vigencia. 
2. Cierre del establecimiento. 
3. Cierre del punto de emisión. 
4. Cese de operaciones. 
5. Existencia de fallas técnicas generalizadas 
en los documentos. 
6. Pérdida de la calidad de contribuyente es-pecial 
o ser obligado a llevar contabilidad, 
del emisor. 
7. Por cambios de razón social, denomina-ción, 
dirección u otras condiciones en el 
RUC. 
8. Deterioro de los documentos. 
9. Robo, hurto o extravío de los documentos. 
10. Suspensión por parte del SRI de la autori-zación 
para emitir documentos. 
11. Falta de retiro, por parte del contribuyente, 
luego del plazo de tres meses de los traba-jos 
de impresión solicitados. 
12. Cambio de Régimen. 
13. Impresión de documentos sin solicitud del 
contribuyente. 
14. No utilización de boletos o entradas en el 
espectáculo público para el que fueron 
autorizados. 
El trámite a seguir es: 
a) Gestión ante el SRI: La baja se dará a través 
de la página web www.sri.gob.ec o en las 
ventanillas de atención a nivel nacional. Si 
la baja se solicita por robo de documen-tos, 
se deberá contar con la denuncia que 
especifique el tipo de documento extra-viado, 
la secuencia, la serie y el número 
de autorización. 
b) Destrucción de documentos: declarada la 
baja de los documentos, los originales y co-pias 
serán destruidos por el contribuyente. 
c) Responsabilidad del contribuyente: la baja 
de comprobantes no exime al contribuyen-te 
de su responsabilidad por su circulación 
posterior, salvo casos de robo o extravío, 
declarados oportunamente. 
Capítulo 7 • Comprobantes de venta y de retención
La factura 
Equidad y desarrollo 69 
Emisión: por parte del vendedor en la trans-ferencia 
de bienes o en la prestación de ser-vicios, 
incluidas las exportaciones; en ella se 
identifica al comprador del bien o usuario del 
servicio con su nombre o razón social y número 
de RUC, excepto en casos de exportación. 
Tarifa: del IVA/ICE, debe incluirse el des-glose 
de los impuestos que intervienen en 
la transacción. 
Crédito tributario: permite sustentarlo a favor 
del comprador del bien o usuario del servicio, 
siempre y cuando se lo identifique. 
Soporte para costos y gastos: es válida como 
sustento de costos y gastos para fines conta-bles 
y a efectos del impuesto a la renta. 
Elementos impresos y requisitos de 
llenado de las facturas.
70 
La nota de venta (RISE) 
Elementos impresos y requisitos de 
llenado de las notas de venta 
Emisión: emitirán y entregarán notas de venta 
exclusivamente los contribuyentes inscritos 
en el Régimen Simplificado. 
Destino: se entrega a consumidores finales, 
que son quienes no utilizan el bien o la presta-ción 
de servicios para fines comerciales. 
Crédito tributario: no sustenta crédito tribu-tario 
para el comprador. 
Tarifa: la del IVA de 12 %, está incluida en el 
precio de venta; el vendedor debe pagar una 
cuota mensual o global. 
Sustento de costos y gastos: cuando la tran-sacción 
se realice con contribuyentes que re-quieran 
sustentar costos y gastos, para efectos 
del Impuesto a la Renta, se deberá consignar 
el número de RUC o cédula de identidad y el 
nombre, denominación o razón social del com-prador, 
por cualquier monto. 
Capítulo 7 • Comprobantes de venta y de retención 
Pastel de Chocolate 6,00 6,00 
6,00
El tiquete de máquina registradora 
Equidad y desarrollo 71 
Emisión: no identifica al comprador o usuario. 
Destino: se emiten a consumidores finales 
que son quienes no utilizan el bien o servicio 
para fines comerciales. 
Crédito tributario: no sustenta crédito. 
Tarifa: la del IVA del 12 % puede estar desglo-sada 
o incluida en el precio de venta, el ven-dedor 
debe declarar y pagar mensualmente 
este impuesto, en caso de que pertenezca al 
Régimen General. 
En caso de que se requiera sustentar crédito 
tributario o gastos se deberá exigir la corres-pondiente 
factura o nota de venta según el 
caso. 
El modelo y número de serie de las máquinas 
que emiten los tiquetes de venta deben estar 
previamente aprobados por el Servicio de 
Rentas Internas. 
Elementos impresos de los tiquetes 
de máquina registradora
Liquidaciones de compra de bienes y prestación de servicios 
Elementos impresos y requisitos de llenado de las liquidaciones 
de compra de bienes y servicios 
Nombre Comercial 
(si consta en el RUC) 
RUC emisor 
Denominación 
Numeración 
Número de autorización 
Fecha de autorización 
Dirección de la matriz y 
establecimiento emisor 
(cuando corresponda) Fecha de emisión 
Identicación del proveedor 
Descripción del bien 
o servicio 
Fecha de caducidad 
72 
Emisión: las entregan exclusivamente las so-ciedades 
y las personas naturales obligadas a 
llevar contabilidad en caso de las siguientes 
adquisiciones: 
1. Servicios prestados en el Ecuador o en el 
exterior por personas naturales sin resi-dencia 
en el país, las que serán identifica-das 
con sus nombres, apellidos y número 
de documento de identidad. En este caso, 
los entes pagadores retendrán en la fuente, 
tanto el impuesto al valor agregado como 
el impuesto a la renta, de conformidad con 
lo dispuesto en la Ley. 
2. Servicios prestados en el Ecuador o en el 
exterior por sociedades extranjeras, que no 
posean domicilio ni establecimiento per-manente 
en el país, las que serán identifi-cadas 
con su nombre o razón social. En este 
caso, los entes pagadores retendrán en la 
fuente tanto el impuesto al valor agregado 
como el impuesto a la renta que correspon-dan 
de conformidad con la Ley. 
3. Bienes muebles y de servicios a personas na-turales 
no obligadas a llevar contabilidad, ni 
inscritos en el RUC, que por su nivel cultural 
o rusticidad no se encuentren en posibilidad 
de emitir comprobantes de venta; y, demás 
especificadas en el Art. 13 del Reglamento 
de Comprobantes de Venta, Retención y 
Documentos Complemenetarios. 
COMPUVISIÓN abc 
1 Flash Memory 20,00 20,00 
VÁLIDO PARA SU EMISIÓN HASTA 01 - 08 -2011 
Capítulo 7 • Comprobantes de venta y de retención 
1790182345001 
LIQUIDACIÓN DE COMPRAS DE 
BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS 
NO. 002- 001 - 123456789 
FECHA DE AUTORIZACIÓN: 01 - 08 - 2010 
Carlos Ángel Bolívar Mora / Imprenta Bolívar 
RUC: 1709876543001 / No. Autorización 1234 
Original: Adquirente / Copia: Vendedor 
R.U.C. 
AUT. SRI: 1234567890 
Dirección Matriz: Páez N22-53 y Ramirez Dávalos 
Dirección Sucursal: García Moreno y Sucre 
Sr (es): Carlos Enrique AVilés Carrasco FECHA EMISIÓN: 01 / Agosto / 2010 
C.I. 170123456-7 DIRECCIÓN: Pichincha / Quito / Salinas y Santiago 
CANTIDAD DESCRIPCIÓN P. UNITARIO V. TOTAL 
SUB TOTAL 12% 
SUB TOTAL 0% 
SUB TOTAL 
IVA 12% 
DOCUMENTO PARA USO EDUCATIVO (SIN VALIDEZ COMERCIAL). VALOR TOTAL 
NOTAS: En caso de ser designado como Especial incluir: 
CONTRIBUYENTE ESPECIAL No. Resolución: 1234 
En caso de estar obligado a llevar contabilidad incluir: 
OBLIGADO A LLEVAR CONTABILIDAD 
REQUISITOS DE LLENADO 
REQUISITOS PREIMPRESOS 
20,00 
20,00 
2,40 
22,40 
EQUIPOS DE COMPUTACIÓN ABC 
Precio Unitario 
Valor gravado 12% 
Valor gravado 0% 
Valor subtotal (sin incluir impuestos) 
Valor del IVA 
Valor Total 
Razón Social emisor 
Datos de la imprenta 
Destinatarios 
Dirección del proveedor 
Incluir en caso de encontrarse 
designado como tal
Elementos impresos y requisitos 
de llenado de comprobantes de 
retención 
Comprobante de retención 
Equidad y desarrollo 73 
Emisión: el comprador —agente de reten-ción— 
en la adquisición de bienes y servicios, 
por retenciones del impuesto a la renta y/o del 
impuesto al valor agregado y/o impuesto a la 
salida de divisas. 
Plazo de entrega del comprobante: estará a 
disposición del proveedor dentro de los 5 días, 
desde la fecha de recepción de la factura, o de 
la emisión de la liquidación de compras y pres-tación 
de servicios, y en dos días en caso de 
salida de divisas.
74 
Guía de remisión 
Emisión: deben emitirse por personas naturales o 
sociedades dentro del territorio nacional por cual-quier 
motivo de traslado, aún si este se realiza entre 
establecimientos del mismo contribuyente. 
Las guías de remisión son documentos que 
sustentan el traslado físico de los bienes. 
Elementos impresos y requisitos de 
llenado de las guías de remisión 
Capítulo 7 • Comprobantes de venta y de retención
Hago y aprendo 
1 Identifica, entre los siguientes, a dos que no son comprobantes de venta válidos. 
• Facturas. 
• Notas de venta - RISE. 
• Tiquetes de máquinas registradoras. 
• Recibos. 
• Boletos o entradas a espectáculos públicos. 
• Liquidación de compra de bienes y prestación de servicios. 
• Contratos. 
• Todos los documentos referidos en el Artículo 4 del Reglamento de Comprobantes de 
2 Escribe un ejemplo de uso para cada uno de los siguientes documentos. 
Equidad y desarrollo 75 
Venta, Retención y Documentos Complementarios. 
• Guías de remisión 
• Notas de crédito 
• Facturas 
• Tiquetes de máquinas registradoras 
3 Escribe reten-ción 
tres casos en los que se debe dar de baja a comprobantes de venta o de impresos.
Hago y aprendo 
4 Define crédito tributario. 
5 Diseña una factura con todos sus elementos impresos y requisitos de llenado. 
6 Establece las diferencias entre un comprobante de venta y uno de retención. 
Comprobantes de venta Comprobantes de retención 
76 Capítulo 7 • Comprobantes de venta y de retención
Proyecto de valores 2 
Los valores: un deber ser y un deber hacer 
Equidad y desarrollo 77 
Antes de empezar conozcamos sobre el tema. 
No solo desear, sino actuar 
Todos los valores son un deber ser: es deseable 
ser alegre, ser enérgico, ser útil, pero además 
implican un deber hacer, son una prescripción 
que tenemos que cumplir. 
¿Cómo vivir los valores? 
Hablar de los valores es una cosa, pero vivirlos 
es otra historia. Requiere cierto esfuerzo, con-ciencia 
y perseverancia, pero no es difícil. Con 
algunos pasos simples podrás lograr que tu 
vida, tus acciones y la sociedad tengan como 
columna vertebral a los valores. 
Paso 1. Conocer su importancia 
¿Suena elemental? No lo es. El primer paso 
para vivir los valores es la conciencia de lo im-portantes 
que son, estar conciente de que son 
vitales, y que son lo que puede cambiar ver-daderamente 
a una persona, una familia o una 
nación. El cumplimiento de las leyes no es su-ficiente. 
En ellas se establece solo lo elemental 
para asegurar una convivencia medianamente 
decente, los valores van mucho más allá, van a 
la raíz de las cosas. Por ejemplo, el reglamento 
dice que no puedes pasar con la luz roja del 
semáforo —bastante elemental para no ma-tarse—, 
sin embargo, no dice que en un atasco 
de tráfico cederle el paso a una persona es algo 
amable, que hace que todos estemos mejor. 
Paso 2. Analizar mi conjunto de valores 
Una vez que se ha aceptado la importancia de 
vivir los valores, hay que analizar claramente 
cuáles de ellos son la base de tu vida. Aquí 
podríamos establecer dos clases: los que ya 
tienes y los que quieres construir. Es necesario 
hacer un esfuerzo y meditar detenidamente 
en cuáles son aquellos principios, normas y 
comportamientos que te son fundamentales 
para vivir mejor. ¿Cuáles te enseñaron en casa? 
¿Cuáles has ido aprendiendo con la vida? 
¿Cuáles sabes que existen, pero no los vives 
mucho? ¿Cuáles son los que te gustaría tener? 
Paso 3. El plan 
Cuando conoces tus valores, tus debilidades y 
lo que quieres llegar a ser, es el momento de 
hacer una planificación de metas con respecto 
a ellos, un plan concreto con lapsos determi-nados. 
Establecer una meta concreta diaria 
—pequeña, pero significativa— con respecto 
a los valores que quieres vivir. 
Paso 4. El examen diario 
Durante una parte del día, date 10 minutos 
para reflexionar. Debes pensar en si estás cum-pliendo 
tu meta diaria, qué has hecho y qué 
te falta por hacer. Si por cualquier motivo no 
te fue muy bien, no te desanimes y vuelve a 
ponerlo en tu plan diario, analiza por qué no 
pudiste cumplirlo y establece medios para que 
esto no ocurra de nuevo. Este examen es vital, 
si no lo haces, todo el sistema para vivir los va-lores 
va a irse perdiendo hasta que te olvides 
de él. Lo fundamental es la constancia.
78 
¡Luces, cámara, actividades! 
Guía para vivir mis valores 
1. Analizar y establecer mis valores 
• Siéntate en un lugar tranquilo, en una hoja 
de papel escribe la fecha y traza dos líneas 
verticales que dividan la página en tres co-lumnas. 
En el lado izquierdo, en la primera 
columna, escribe una lista con los valores 
más importantes para ti, sin importar el or-den 
o si los vives actualmente, simplemente 
escribe aquellos principios que consideras 
fundamentales. 
• En la columna del centro haz una lista con 
los valores que aprendiste desde niño en 
casa, los que has aprendido con la vida y los 
que has aprendido últimamente pero no 
sueles vivirlos. 
• En la columna de la derecha, dibuja un 
triángulo y escribe en cada vértice: Mis for-talezas, 
Mis debilidades, Lo que quiero ser. 
En Mis fortalezas escribe aquellos valores 
que ya existen en ti, que te definen como 
una persona especial y que vives continua-mente. 
En Mis debilidades escribe aquellos 
defectos que crees que te impiden vivir me-jor 
los valores. Por último, escribe aquellos 
valores que desearías vivir en Lo que quiero 
ser. Esta hoja debes guardarla. 
2. Plantear mis metas 
• Consigue una agenda. Cualquiera puede 
ser útil una de escritorio, de bolsillo o elec-trónica. 
Establece tres bases de tiempo: 
anual, mensual y por día. En la base de tiem-po 
anual escribirás lo que esperas lograr en 
un año. Los valores concretos que quieres 
alcanzar —incluye los que ya vives y los que 
quieres vivir—. 
• Divide la lista anterior en una base de tiem-po 
mensual determinando un mes para 
cada actividad. 
• En la base de tiempo por día establecerás 
una lista de pequeñas acciones para lograr 
la meta mensual. Es mejor hacer una acción 
pequeña todos los días, que grandes accio-nes 
muy de vez en cuando. 
• Tu guía es algo personal, sin embargo, no 
dudes en compartirla con otros amigos, 
para que alguien de confianza te ayude 
a establecer qué valores te vendrían bien, 
porque a veces uno pierde la perspectiva 
de sí mismo o hay defectos que uno simple-mente 
no ve. 
• Pon en práctica tu guía por un mes reali-zando 
tu examen diario y comparte la ex-periencia 
con un ser querido. 
Proyecto 2 • Un impuesto sobre los bienes de consumo y los servicios
Bienes gravados con IVA 
Equidad y desarrollo 79 
¿De qué se trata? 
Capítulo 8 
UN IMPUESTO SOBRE LOS BIENES DE CONSUMO Y LOS SERVICIOS 
EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO 
El IVA es un impuesto que grava la transfe-rencia 
de bienes y servicios entre las per-sonas 
que están bajo el régimen tributario 
ecuatoriano, es decir, se impone sobre todas 
las etapas de comercialización de productos 
y de prestación de servicios. Este impuesto, 
como todos los demás, tiene una base sobre 
la cual se calcula su valor, un hecho o actividad 
que lo genera y, por supuesto, una tarifa. 
En este capítulo hablaremos de cómo se rea-liza 
la facturación, la liquidación, la retención, 
la declaración y la devolución de este im-puesto 
vía asignación y compensación presu-puestaria, 
y de los sujetos que intervienen. 
Abordaremos, así mismo, el tema del crédito 
tributario con relación al IVA. 
Conceptualmente 
• Relacionar el impuesto al valor agregado 
con la transferencia de dominio. 
• Identificar la base imponible, el hecho ge-nerador 
y los sujetos pasivo y activo que in-tervienen 
en este impuesto. 
• Reconocer bienes y servicios gravados con 
tarifa 0 %. 
• Llevar a cabo la facturación y la liquidación 
del impuesto. 
• Ejecutar el derecho al crédito tributario con 
respecto al IVA. 
• Ejecutar retenciones en la fuente e identi-ficar 
agentes de retención y de percepción 
del impuesto. 
• Implementar varias formas de declaración 
del IVA. 
• Identificar los casos de devolución del im-puesto 
al valor agregado vía asignación y 
compensación presupuestaria. 
En actitudes y valores 
• Valorar la veracidad frente a la declaración 
del IVA. 
• Apreciar la orientación ética de la fijación 
con tarifa 0 % de ciertos bienes y servicios 
con función social. 
• Concebir la no facturación del IVA como 
defraudación. 
Lo que voy a lograr
80 
Venta, compra, intercambio e importación: 
IVA, el impuesto del mercado de productos y servicios 
Derechos del contribuyente 
El SRI cuenta con un Departamento de Derechos del Contribuyente 
que tiene como objetivo promover, difundir y salvaguardar los de-rechos 
y garantías de los contribuyentes, analizando, canalizando y 
atendiendo oportuna y eficientemente temas relacionados con las 
actuaciones de la institución, así como proponiendo y coordinando 
la adopción de mecanismos que permitan corregir deficiencias detec-tadas 
en los procesos internos. 
¿De qué se encarga este Departamento? 
Se encarga de receptar y dar seguimiento a los trámites relacionados 
con quejas, sugerencias, denuncias tributarias y denuncias de impli-cancia 
administrativa. 
¿Qué procedimiento y que información se re-quieren 
para dar a conocer quejas, sugerencias o 
denuncias? 
Cada oficina del SRI cuenta con un funcionario encargado de atender 
y guiar a las personas que deseen presentar una queja, sugerencia 
o denuncia. En las Direcciones Regionales, son los delegados del 
Departamento de Derechos del Contribuyente; en las Direcciones 
Provinciales, son los propios Directores Provinciales; y, en las Agencias, 
los Jefes de Agencia. 
Toda queja, sugerencia o denuncia debe ser presentada por escrito, en 
los formularios diseñados para el efecto y que se entregan en forma 
gratuita a nivel nacional. El interesado deberá proporcionar su infor-mación 
personal (nombre, número de documento de identidad o RUC, 
dirección y teléfono u otro medio de contacto), un detalle claro de la 
queja, sugerencia o denuncia, así como los datos precisos del denun-ciado 
(únicamente para denuncias tributarias y administrativas). 
El interesado deberá adjuntar copia del documento de identificación, 
o de ser el caso, copia del nombramiento del representante legal para 
personas jurídicas, y la documentación de soporte que sustente la 
queja o denuncia presentada. El trámite debe ser presentado en las 
ventanillas de secretaría a nivel nacional, luego de haber sido aseso-rado 
por el funcionario responsable. 
El impuesto al valor agregado grava al valor 
que tiene una transacción comercial: 
• Al valor de la transferencia de dominio o a la 
importación de bienes muebles de naturale-za 
corporal en todas sus etapas de comercia-lización, 
así como los derechos de autor, de 
propiedad industrial y derechos conexos. 
• Al valor de los servicios prestados. 
Se considera una transferencia de dominio al 
acto por el cual un bien que es propiedad de 
alguien pasa a ser propiedad de una persona 
distinta ya sea por la compra-venta o por la ce-sión 
a título gratuito. También es una transfe-rencia 
de dominio el uso y consumo personal 
del bien por parte del productor o vendedor, 
es decir, el autoconsumo. 
Se consideran servicios los que una persona, 
empresa o institución presta a terceras per-sonas 
a cambio de una contraprestación, la cual 
puede ser dinero, especies u otros servicios. 
La base imponible del IVA 
La Ley determina que para cada impuesto se 
debe establecer una base imponible, es decir, 
el impuesto se calcula aplicando un porcen-taje 
o una tarifa a una magnitud denominada 
base imponible, que coincidirá casi siempre 
con el precio de los bienes y servicios objeto 
de la actividad económica. 
La base imponible del IVA es el valor total de 
los bienes que se transfieren o de los servicios 
que se prestan, calculándolos en base a los 
precios de venta o de prestación, que incluyen 
los impuestos, tasas por servicios y cualquier 
otro gasto legalmente imputable al precio. 
En las importaciones, la base imponible del 
IVA es el resultado de la suma del valor CIF, los 
impuestos, los aranceles, las tasas, los dere-chos, 
las recargas y otros gastos que figuren en 
la declaración de importación y en los demás 
documentos pertinentes. En los casos de per-muta, 
de autoconsumo de bienes y de dona-ciones, 
la base imponible se determinará en 
relación a los precios de mercado. 
Capítulo 8 • El impuesto al valor agregado
El hecho generador del IVA y bienes gravados con tarifa 0 % 
Equidad y desarrollo 81 
El IVA se causa u origina en las transferencias 
locales de dominio de bienes, sean éstas al 
contado o a crédito, en el momento del pago 
total o parcial del precio o acreditación en 
cuenta, lo que suceda primero, hecho por el 
cual, se debe emitir obligatoriamente el respec-tivo 
comprobante de venta. En las prestaciones 
de servicios, en el momento en que se preste 
efectivamente el servicio, o en el momento del 
pago total o parcial del precio o acreditación 
en cuenta, a elección del contribuyente, hecho 
por el cual, se debe emitir obligatoriamente el 
respectivo comprobante de venta. 
Así mismo, en el caso de prestaciones de ser-vicios 
por avance de obra o etapas, el hecho 
generador del impuesto se verificará con la 
entrega de cada certificado de avance de obra 
o etapa, hecho por el cual se debe emitir obli-gatoriamente 
el respectivo comprobante de 
venta. En el caso de introducción de mercade-rías 
al territorio nacional, el impuesto se causa 
en el momento de su despacho por la Aduana. 
Tarifas del impuesto 
El IVA se agrega al precio de los productos o ser-vicios 
y las tarifas establecidas son 12 % y 0 %. 
Bienes gravados con tarifa 0 % 
1. Productos alimenticios en estado natural o 
que no hayan sido procesados. 
2. Leches en estado natural, pasteurizadas, 
homogenizadas o en polvo de producción 
nacional, quesos, yogures, leches materni-zadas; 
o proteicos infantiles. 
3. Alimentos de primera necesidad como: 
pan; azúcar; panela; sal; manteca; marga-rina; 
avena; maicena; fideos; harinas para 
consumo humano; enlatados nacionales de 
atún, macarela, sardina y trucha; y aceites 
comestibles, excepto el de oliva. 
4. Medicamentos y drogas de uso humano, de 
acuerdo con las listas que mediante Decreto 
establecerá anualmente el Presidente de la 
República, así como la materia prima 
e insumos importados o adquiridos en el 
mercado interno para producirlas. 
5. Envases y etiquetas utilizadas en la fabri-cación 
de medicamentos de uso humano 
o veterinario. 
6. Papel bond, libros y material complementa-rio 
a comercializar conjuntamente con los 
libros. 
7. Semillas certificadas, bulbos, plantas, es-quejes 
y raíces vivas. Harina de pescado y 
los alimentos balanceados, preparados fo-rrajeros 
con adición de melaza o azúcar, y 
otros preparados que se utilizan como co-mida 
de animales que se críen para alimen-tación 
humana. Fertilizantes, insecticidas, 
pesticidas, fungicidas; herbicidas, aceite 
agrícola utilizado contra la sigatoka negra, 
antiparasitarios y productos veterinarios 
así como la materia prima e insumos, im-portados 
o adquiridos en el mercado in-terno, 
para producirlas, de acuerdo con las 
listas que mediante Decreto establezca el 
Presidente de la República. 
8. Tractores de llantas de hasta 200 hp inclu-yendo 
los tipo canguro y los que se utiliza 
en el cultivo del arroz; arados, rastras, sur-cadores 
y vertedores; cosechadoras, sem-bradoras, 
cortadoras de pasto, bombas de 
fumigación portables, aspersores y rociado-res 
para equipos de riego y demás elemen-tos 
de uso agrícola, partes y piezas que se 
establezca por parte del Presidente de la 
República mediante Decreto. 
9. Los que se exporten. 
10. Los que introduzcan al país, por ejemplo los 
diplomáticos extranjeros y funcionarios de 
organismos internacionales, en los casos 
que se encuentren liberados de derechos e 
impuestos. 
11. Lámparas fluorescentes. 
12. Aviones, avionetas y helicópteros destina-dos 
al transporte comercial de pasajeros, 
carga y servicios. 
13. Vehículos híbridos o eléctricos de hasta 
USD 35 000. 
14. Energía Eléctrica. 
15. Artículos introducidos al país, bajo régimen 
de tráfico Postal Internacional y Correos rá-pidos, 
de acuerdo a los lineamientos esta-blecidos 
en la Ley.
82 
Servicios gravados con tarifa 0 % 
1. De impresión de libros. 
2. Servicios de salud incluyendo los de medicina 
prepagada y los servicios de fabricación de 
medicamentos. 
3. De guarderías infantiles y hogares de ancianos. 
4. De alquiler o arrendamiento de inmuebles des-tinados 
exclusivamente para vivienda. 
5. Los prestados personalmente por artesanos cali-ficados 
por la Junta Nacional del Artesano. 
6. De extracción por medios mecánicos o quími-cos 
en la elaboración de aceites comestibles. 
7. De refrigeración, enfriamiento y congelamien-to 
para conservar alimentos en estado natural y 
productos perecibles que se exporten. 
8. De faenamiento, cortado, pilado y trituración. 
9. Los de aerofumigación. 
10. Religiosos y funerarios. 
11. Los administrativos prestados por el Estado y 
las entidades del sector público por lo que se 
deba pagar un precio o una tasa tales como los 
servicios que presta el Registro Civil, otorga-miento 
de licencias, permisos y otros. 
12. Los financieros y bursátiles prestados por las 
entidades legalmente autorizadas para prestar 
los mismos. 
13. Los sistemas de lotería de la Junta de 
Beneficencia de Guayaquil y Fe y Alegría. 
14. Los que se exporten de acuerdo a las 
condiciones establecidas en la Ley. 
15. Transporte nacional terrestre y acuá-tico 
de pasajeros y carga. Transporte 
internacional de carga. Transporte de 
carga nacional aérea desde, hacia y en 
la provincia de Galápagos. Transporte 
de petróleo crudo y de gas natural 
por oleoductos y gaseoductos. 
16. El peaje y pontazgo que se cobra por 
la utilización de carreteras y puentes. 
17. Espectáculos públicos. 
18. Los de educación en todos los niveles. 
19. Los prestados por clubes sociales, 
gremios profesionales, cámaras de 
la producción, sindicatos y similares, 
que cobren a sus miembros cánones, 
alícuotas o cuotas que no excedan de 
1 500 dólares en el año. 
20. Los seguros y reaseguros de salud y 
vida individuales, en grupo, asistencia 
médica y accidentes personales, así 
como los obligatorios por accidentes 
de tránsito terrestres. 
21. Los paquetes de turismo receptivo, 
facturados dentro o fuera del país, a 
personas naturales o sociedades no 
residentes en el Ecuador. 
22. Los servicios públicos de energía eléc-trica, 
agua potable, alcantarillado y 
los de recolección de basura. 
Tarifa 0 % y su función social Entre otros. Todos los bienes y servicios gra-vados 
con tarifa 0 % pueden ser 
considerados exenciones tributa-rias, 
debido a que cumplen un papel 
importante para la satisfacción de 
necesidades vitales y de desarrollo 
social, incluidas entre estas las que 
tienen que ver con la cultura. 
Este mismo criterio se aplica de manera contraria 
cuando se grava con impuestos especiales a los 
artículos suntuarios, de lujo o aquellos que causan 
problemas de salud pública como el cigarrillo y el 
alcohol. La política tributaria de esta manera in-tenta 
cumplir con su fin último de procurar el bien-estar 
social. 
Capítulo 8 • El impuesto al valor agregado
Los sujetos que intervienen en el IVA 
Equidad y desarrollo 83 
El sujeto activo del impuesto al valor agre-gado 
es el Estado. La Ley dispone que este 
impuesto será recaudado por el SRI. 
Son sujetos pasivos del IVA los siguientes en 
distintas calidades: 
A) En calidad de contribuyentes: 
Quienes realicen importaciones gravadas 
con una tarifa , ya sea por cuenta propia o 
ajena. 
a.1) En calidad de agentes de percepción: 
1. Las personas naturales y las socieda-des 
que habitualmente efectúen 
transferencias de bienes gravados con 
una tarifa; 
2. Las personas naturales y las socieda-des 
que habitualmente presten servi-cios 
gravados con una tarifa. 
B) En calidad de agentes de retención: 
• Sucesiones indivisas - personas natura-les 
obligadas a llevar contabilidad. 
• Las entidades y organismos del sector 
público y, las empresas públicas y las 
sociedades y sucesiones indivisas y per-sonas 
naturales consideradas como con-tribuyentes 
especiales por el Servicio de 
Rentas Internas, ya que deben pagar IVA 
por las adquisiciones que realicen. 
• Las empresas emisoras de tarjetas de 
crédito debido a los pagos que efectúen 
por concepto de IVA a sus establecimien-tos 
afiliados, en las mismas condiciones 
en que se realizan las retenciones en la 
fuente a proveedores. 
• Las empresas de seguros y reaseguros 
por los pagos que realicen por concepto 
de compras y servicios gravados con IVA, 
No olvidar 
en las mismas condiciones señaladas en 
el punto anterior. 
• Los exportadores, sean personas natura-les 
o sociedades por la totalidad del IVA 
pagado en las adquisiciones locales o im-portaciones 
de bienes que se exporten. 
• Los Operadores de Turismo que facturen 
paquetes de turismo receptivo dentro o 
fuera del país, por la totalidad del IVA pa-gado 
en las adquisiciones locales de los 
bienes que pasen a formar parte de su 
activo fijo; o de los bienes o insumos y 
de los servicios que integren el paquete 
de turismo receptivo facturado. 
• Las personas naturales, sucesiones in-divisas 
o sociedades, que importen ser-vicios 
gravados, por la totalidad del IVA 
generado en tales servicios; y 
• Petrocomercial y las comercializadoras 
de combustibles sobre el IVA presuntivo 
en la comercialización de combustibles. 
Facturación del impuesto al valor 
agregado 
Los sujetos pasivos del IVA tienen la obligación 
de emitir y entregar al adquirente del bien o 
al beneficiario del servicio, facturas, notas 
de venta (RISE), según el caso, por las opera-ciones 
que efectúan, aún cuando la venta o 
la prestación de servicios se encuentren gra-vadas 
con tarifa 0%. En los comprobantes de 
venta deben constar por separado el valor de 
las mercancías transferidas o el precio de los 
servicios prestados, la tarifa del impuesto y el 
IVA cobrado. El no otorgamiento de compro-bantes 
de venta constituye una caso especial 
de defraudación. 
Emitir y recibir el comprobante de venta es indispensable.
84 
Liquidación del impuesto al valor agregado 
Para conocer los valores que se incluirán en 
la declaración del IVA, debemos calcular la 
diferencia entre el IVA cobrado (ventas) y el IVA 
pagado (compras). 
Si el IVA cobrado es mayor que el IVA pagado, 
es esa diferencia el monto de impuesto que 
se debe pagar al momento de presentar la 
declaración. 
Crédito tributario 
No siempre el IVA en ventas es mayor que el 
IVA en compras. Cuando esto sucede, la dife-rencia 
que queda a favor puede constituirse 
en crédito tributario o puede ser imputada al 
costo o gasto. 
Los sujetos pasivos del impuesto al valor agre-gado, 
que se dedican a la producción, comer-cialización 
o exportación de bienes o servicios 
gravados con tarifa 12 %, tienen derecho al 
crédito tributario por la totalidad del IVA pa-gado 
en las adquisiciones locales o importa-ciones 
de los bienes que pasen a formar parte 
de su activo fijo, así mismo de los bienes, de las 
materias primas o insumos y de los servicios 
necesarios para la producción y comercializa-ción 
de dichos bienes y servicios. 
En el caso de que se dediquen a la produc-ción 
o la comercialización de bienes o a la 
prestación de servicios que estén gravados en 
parte con tarifa 0 %, y en parte con tarifa 12 %, 
tienen derecho a crédito tributario por la parte 
proporcional del IVA pagado en la adquisición 
local o importación de bienes que pasen a 
formar parte del activo fijo, así como por la ad-quisición 
de bienes, materias primas, insumos 
y servicios utilizados para producir bienes o 
prestar servicios gravados con tarifa 12 %. 
Si el sujeto pasivo mantiene sistemas contables 
que permiten diferenciar inequívocamente las 
adquisiciones de materias primas, insumos y ser-vicios 
gravados con tarifa 12 %, empleados exclu-sivamente 
en la producción, comercialización de 
bienes o en la prestación de servicios gravados 
con tarifa 12 %, de aquellas compras de bienes 
y de servicios gravados con tarifa 12 % pero em-pleados 
en la producción, comercialización de 
servicios gravados con tarifa 0 %; podrán utilizar 
la totalidad del IVA pagado en las adquisiciones 
de materias primas, insumos o servicios gravados 
con tarifas 12 %, para la determinación del im-puesto 
a pagar. 
No existe el derecho a crédito tributario por el IVA 
pagado cuando se producen o venden bienes o 
se prestan servicios gravados en su totalidad con 
tarifa 0 %; y se imputará al costo y/o gasto del 
período fiscal. 
IVA 
Noveno 
dígito 
del RUC 
Declaración mensual 
Declaración semestral 
1er semestre 2o semestre 
1 10 del mes siguiente 10 de julio 10 de enero 
2 12 del mes siguiente 12 de julio 12 de enero 
3 14 del mes siguiente 14 de julio 14 de enero 
4 16 del mes siguiente 16 de julio 16 de enero 
5 18 del mes siguiente 18 de julio 18 de enero 
6 20 del mes siguiente 20 de julio 20 de enero 
7 22 del mes siguiente 22 de julio 22 de enero 
8 24 del mes siguiente 24 de julio 24 de enero 
9 26 del mes siguiente 26 de julio 26 de enero 
0 28 del mes siguiente 28 de julio 28 de enero 
Capítulo 8 • El impuesto al valor agregado
Retenciones en la fuente del IVA 
Equidad y desarrollo 85 
Los agentes de retención deben retener 
el IVA en una proporción del 30 % del im-puesto 
causado, cuando se origine en la trans-ferencia 
de bienes muebles y del 70 % del 
impuesto, cuando se origine en la prestación 
de servicios gravados. En el caso de los pagos 
que realizan las empresas emisoras de tarjetas 
de crédito, la retención será del 70 % del IVA 
facturado. 
La retención en la fuente en los pagos a profe-sionales 
y en el arrendamiento de inmuebles 
de personas naturales no obligadas a llevar 
contabilidad, debe realizarse por el 100 % del 
IVA facturado. 
En el caso de los contratos de construcción, 
los agentes de retención contratantes deben 
efectuar la retención del 30 % del IVA que 
corresponda a cada factura, aunque el cons-tructor 
haya sido calificado como contribu-yente 
especial. 
No se realizan retenciones: 
• A las entidades y organismos del sector 
público. 
• A las compañías de aviación. 
• A las agencias de viaje en la venta de pasa-jes 
aéreos. 
• A contribuyentes especiales. 
• A las empresas que se dedican a la comer-cialización 
de combustibles. 
• A los distribuidores o voceadores de perió-dicos 
o revistas. 
Revisión y reformas a la legislación tributaria: una misión patriótica 
La estructura jurídica tributaria actual se en-cuentra 
conformada básicamente por las si-guientes 
normas, en orden de prelación: 
• Código Tributario. 
• Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas. 
• Ley de Régimen Tributario Interno. 
• Ley de Registro Único de Contribuyentes. 
• Reglamento a la Ley de Creación del Servicio 
de Rentas Internas. 
• Reglamento Orgánico Funcional del SRI. 
• Reglamento para la Aplicación de la Ley de 
Régimen Tributario y sus Reformas. 
• Reglamento de RUC. 
• Reglamento de Comprobantes de Venta, 
Retención y Documentos Complementarios. 
Si bien es cierto, esta base jurídica ha permitido 
mejorar las actividades propias de la adminis-tración 
tributaria, aún existen grandes vacíos 
que impiden la regulación de ciertas activi-dades 
económicas, especialmente las relacio-nadas 
con negocios internacionales, razón por 
la cual se están ejecutando reformas integrales 
de la normativa legal vigente.
Formularios 104 y 104 A 
86 
La declaración del impuesto al valor agregado 
Todas las personas y sociedades que rea-lizan 
actividades económicas están en la 
obligación de presentar declaraciones de IVA 
por las operaciones que realizan. 
Si los productos que venden o los servicios 
que prestan están gravados con tarifa 12 %, 
la declaración se la debe presentar mensual-mente 
con relación a las operaciones reali-zadas 
dentro del mes calendario inmediata-mente 
anterior, de igual manera si realizan 
operaciones con tarifa 12 % y 0 %. 
Si se actúa como agente de retención, obligato-riamente 
la declaración es mensual. Los agentes 
de retención del IVA deben presentar su decla-ración 
mensual, aún cuando no hayan efec-tuado 
retenciones en la fuente en ese período. 
Quienes exclusivamente transfieren bienes 
o prestan servicios gravados con tarifa 0 %, 
deben presentar una declaración semestral, 
de igual manera los sujetos pasivos no obli-gados 
a llevar contabilidad que son sujetos de 
retención en la fuente por la totalidad del im-puesto 
al valor agregado facturado. 
La declaración se realiza en el formulario 104; 
para personas naturales obligadas a llevar 
contabilidad y que realizan actividades de co-mercio 
exterior, y en el 104A, para personas 
naturales no obligadas a llevar contabilidad 
y que no realizan actividades de comercio 
exterior. 
Los contribuyentes especiales, las personas 
naturales obligadas a llevar contabilidad y 
las sociedades deben declarar sus impuestos 
por Internet, y el valor de los mismos son de-bitados 
directamente de sus cuentas banca-rias. 
Las personas naturales y las sociedades 
pueden elegir su forma de pago (débito ban-cario 
u otras formas de pago). 
Capítulo 8 • El impuesto al valor agregado
Errores en la declaración y declaraciones anticipadas 
Equidad y desarrollo 87 
Los contribuyentes deben realizar una sola 
declaración por cada período fiscal; sin 
embargo, podrán realizar una declaración 
sustitutiva para corregir errores en los que 
hayan incurrido en su declaración presentada 
previamente. 
Así, se podrá sustituir la declaración original 
por una nueva que contenga la información 
correcta, identificando el número del formu-lario 
de la declaración original y registrando 
los valores pagados en la declaración anterior. 
Si los datos a corregir corresponden a campos 
de identificación de la declaración y del contri-buyente 
(ruc, período fiscal e impuesto) deben 
presentar en las ventanillas del SRI el formato 
detallado para eso. 
La presentación de la declaración sustitutiva 
no requiere adjuntar la declaración original, 
pero sí registrar en los campos 104 y 890 el nú-mero 
de formulario de la declaración que sus-tituye 
y el pago previo realizado. 
Declaraciones anticipadas 
Los contribuyentes que están obligados a pre-sentar 
declaraciones semestrales del impuesto 
al valor agregado que por cualquier motivo 
suspenden actividades antes de las fechas 
previstas para la presentación de sus declara-ciones, 
pueden hacerlo en forma anticipada 
en un plazo de 30 días a partir de la fecha de 
suspensión de actividades. 
Después de presentar la declaración anticipada 
del impuesto al valor agregado, en el caso de 
suspensión de actividades, el contribuyente 
deberá realizar en el SRI, el trámite para la sus-pensión 
temporal o definitiva del RUC. 
La declaración y el pago de impuestos se pueden 
realizar a través del sistema de declaraciones 
por Internet y en las entidades financieras auto-rizadas 
por el Servicio de Rentas Internas. 
Las instituciones financieras deben recibir los 
formularios de declaración y pagos de los con-tribuyentes, 
sean o no clientes y tengan o no 
un valor a pagar. 
Las declaraciones son confidenciales 
Con sentido de respeto a las relaciones 
con el contribuyente y a partir de una 
clara diferenciación entre lo público y lo 
privado, el Servicio de Rentas Internas 
garantiza la privacidad y la confiden-cialidad 
de la información personal y 
económica proporcionada por los con-tribuyentes 
para fines tributarios.
88 
Una manera inteligente de declarar 
Los contribuyentes también pueden realizar 
sus declaraciones sin ningún costo, a través 
del sitio web del Servicio de Rentas Internas: 
www.sri.gob.ec, que está habilitado las 24 
horas al día, 365 días al año. 
Para acceder a esta forma de declarar, el contri-buyente 
debe, previamente, firmar un acuerdo 
de responsabilidad y obtener una clave de ga-rantía 
de identidad del contribuyente, la cual se 
entrega bajo las siguientes condiciones, en cual-quiera 
de las oficinas del SRI a nivel nacional: 
• Clave de seguridad para sociedades: se la en-trega 
en un sobre cerrado al representante 
legal, previa presentación del original de su 
cédula de identidad o ciudadanía y papele-ta 
de votación. Deberá también presentar el 
acuerdo de responsabilidad debidamente 
firmado. 
• Clave de seguridad para personas naturales: 
se la entrega en un sobre cerrado a quien 
presente el original de su cédula de identi-dad 
o ciudadanía, o pasaporte y papeleta 
de votación, deberá también presentar el 
acuerdo de responsabilidad. 
• En caso de terceras personas, que realicen 
los trámites, deberán presentar el original y 
copia a color de su cédula de identidad o ciu-dadanía, 
o pasaporte, presentar el original 
de la papeleta de votación, adjuntar copia 
a color de la cédula de identidad y nombra-miento 
del representante legal (sociedades) 
del sujeto pasivo, presentar el original de su 
papeleta de votación y una carta de autori-zación 
firmada por el sujeto pasivo. También 
presentarán el acuerdo de responsabilidad 
firmado. En caso de que un tercero firme el 
acuerdo de responsabilidad, adjuntar poder 
general o especial. 
Una vez firmado el acuerdo de responsabilidad 
—cuyo formato también se puede encontrar 
en el sitio web del SRI— y obtenida la clave de 
identidad, para que el contribuyente pueda ela-borar 
sus declaraciones por Internet, el Servicio 
de Rentas Internas pone a su disposición el 
programa DIMM (Declaración de impuestos 
en medio magnético), el mismo que puede ser 
descargado gratuitamente del sitio web del SRI. 
Cuando se realiza una declaración a través del 
Internet, se recibe la confirmación del envío en 
la dirección de correo electrónico registrada por 
el contribuyente. El SRI cuenta con un módulo 
de consultas, que permite al contribuyente ve-rificar 
la información presentada a través de 
Internet. Como toda declaración, aquella rea-lizada 
por Internet debe estar dentro de los 
plazos reglamentarios, considerando la fecha 
de vencimiento. 
Opciones para pagar los impuestos 
El pago de impuestos se lo puede realizar por 
varios medios: 
1. Mediante débito bancario, para el cual el 
contribuyente suscribe un convenio y au-toriza 
al banco al débito automático de 
su cuenta. 
2. A través de otras formas de pago ofrecidas 
por el sistema financiero como servicios de 
pago desde internet, cajeros automáticos, 
call center, tarjetas de crédito, ventanilla de 
extensión, etc. 
3. En las ventanillas de las entidades banca-rias 
autorizadas por el Servicio de Rentas 
Internas para la recaudación de impuestos, 
presentando los formularios físicos o el 
comprobante electrónico de pago y el dine-ro 
respectivo. 
Tecnofobia 
El uso de medios informáticos y telemáticos para realizar trámites es cada vez más generali-zado, 
la tendencia es a que este modo de operación reemplace casi totalmente a la realiza-ción 
de trámites con presencia de las personas, sin embargo, existen todavía muchos que 
prefieren los métodos tradicionales, y para ellos las puertas del SRI siempre estarán abiertas. 
Capítulo 8 • El impuesto al valor agregado
Devolución del IVA 
Equidad y desarrollo 89 
• Sujetos de compensación y asignación 
presupuestaria. 
Tendrán derecho a compensación presu-puestaria 
del valor equivalente al IVA paga-do 
en la adquisición local o importación de 
bienes y demanda de servicios las siguien-tes 
instituciones: Junta de Beneficencia de 
Guayaquil, IESS, Fe y Alegría, SOLCA, Cruz 
Roja Ecuatoriana, Fundación Oswaldo Loor 
y las universidades, y escuelas politécnicas 
privadas. 
Además se podrá aplicar lo anterior a las 
agencias especializadas internacionales, 
organismos no gubernamentales y las per-sonas 
jurídicas de derecho privado que ha-yan 
sido designadas ejecutoras en conve-nios 
internacionales, créditos de gobierno 
a gobierno o de organismos multilaterales, 
siempre que las importaciones o adquisi-ciones 
locales de bienes o servicios se rea-licen 
con cargo a los fondos provenientes 
de tales convenios o créditos para cum-plir 
los propósitos expresados en dichos 
instrumentos. 
Tendrán derecho a asignación presu-puestaria 
de valores equivalentes al IVA 
pagado en la adquisición local e impor-tación 
de bienes y demanda de servicios 
que efectúen los Gobiernos Autónomos 
Descentralizados (municipios, consejos 
provinciales, etc.) y las universidades y es-cuelas 
politécnicas públicas. 
• Sujetos de devolución 
Devolución de IVA por crédito tributario: 
De acuerdo a la normativa vigente, tienen 
derecho a la devolución de IVA por crédito 
tributario los contribuyentes: Exportadores, 
Proveedores directos de exportadores, 
Proveedores del Sector Público, Operadores 
de turismo Receptivo, por el IVA que hayan 
pagado en la adquisición local de bienes y 
servicios. Adicionalmente, aquellos que tie-nen 
como giro de su actividad económica 
el transporte terrestre público de pasajeros 
en buses de servicio urbano, quienes tienen 
derecho a crédito tributario por el IVA que 
hayan pagado en la adquisición local de 
chasis y/o carrocerías; y las aerolíneas por 
el combustible destinado al transporte de 
carga aéreo al exterior. 
En el caso de exportadores, una vez realiza-da 
la exportación pueden solicitar al SRI la 
devolución del IVA correspondiente a través 
del Sistema Automático de Devoluciones 
del IVA por internet, para lo cual los expor-tadores 
deberán poseer la clave de acceso 
para la presentación y pago de declaracio-nes 
y anexos de las obligaciones tributarias; 
y firmar el acuerdo sobre liquidación auto-mática 
provisional previa a la resolución de 
devolución de IVA. 
Devolución de IVA por IVA Pagado en 
adquisiciones: 
La norma establece el derecho a la devolu-ción 
del IVA pagado en sus adquisiciones 
para: Personas con capacidades especiales, 
Adultos Mayores, Misiones Diplomáticas, y 
Turistas Extranjeros. 
Recordemos 
Si durante un período determinado, el IVA cobrado (ventas) es mayor al IVA pagado (com-pras), 
existe un impuesto causado que se debe pagar al fisco. Si el IVA pagado (compras) es 
mayor al IVA cobrado (ventas) existe un saldo a favor del contribuyente que se considera 
crédito tributario o se imputa al costo o gasto.
Hago y aprendo 
1 Enumera dos bienes y dos servicios que crees que deberían estar gravados con tarifa 
0 % de IVA y no lo estén. Argumenta tu respuesta. 
Bienes Servicios 
2 Escribe en orden los pasos que deben seguirse para poder realizar declaraciones por 
Internet. 
1. 
2. 
3 Los siguientes contribuyentes piden devolución del IVA. Señala quiénes tienen dere-cho 
a ello y quiénes no. Escribe la razón. 
• Juana Sánchez, campeona mundial de atletismo especial 
• Ministerio de Relaciones Exteriores 
• Marcia Romero, periodista 
• Hats, compañía exportadora de sombreros de paja toquilla 
• Eduardo Peña, comerciante minorista de ropa 
• Giovanni Carli, cónsul de Italia 
4 Completa la tabla con casos que correspondan. 
Obligación de declaración mensual Obligación de declaración semestral 
90 Capítulo 8 • El impuesto al valor agregado 
3. 
4.
Capítulo 9 
Verificación informática de declaraciones 
Equidad y desarrollo 91 
¿De qué se trata? 
Conceptualmente 
• Definir el concepto de impuesto a la renta 
global. 
• Establecer diferencias entre renta de fuente 
ecuatoriana y de fuente extranjera. 
• Identificar los ingresos gravados y los casos 
de exención del impuesto. 
• Calcular el impuesto a la renta para perso-nas 
naturales y para sociedades, tomando 
en cuenta la base imponible. 
• Identificar los porcentajes fijados para la re-tención 
en la fuente del impuesto a la renta 
y los plazos en los que se debe cancelar. 
En actitudes y valores 
• Apreciar la distribución solidaria de la re-caudación 
del impuesto para instituciones 
de beneficio social. 
• Adquirir conciencia de la necesidad social 
de relacionar proporcionalmente las ganan-cias 
económicas con el aporte tributario. 
El impuesto a la renta grava la ganancia que 
obtienen en el país las personas naturales o 
las sociedades, nacionales o extranjeras, como 
resultado de sus actividades económicas. 
Hablaremos sobre quiénes están sujetos y 
quiénes están exentos del pago de este im-puesto, 
conoceremos qué ingresos están 
gravados con él, sobre los anticipos, las reten-ciones 
y el crédito tributario relacionados con 
este impuesto y observaremos ejercicios prác-ticos 
para calcularlo. 
COMPARTIR LAS GANANCIAS 
EL IMPUESTO A LA RENTA 
Lo que voy a lograr 
Análisis de declaraciones del impuesto a la renta
92 
¿Qué es el Impuesto a la Renta? 
Es el impuesto que se debe cancelar sobre 
los ingresos o rentas, producto de activi-dades 
personales, comerciales, industriales, 
agrícolas, en general, actividades económicas 
y aún sobre ingresos gratuitos, percibidos du-rante 
un año, luego de descontar los costos y 
gastos incurridos para obtener o conservar di-chas 
rentas. 
El impuesto a la renta es directo porque afecta 
el ingreso económico de las personas, grava la 
ganancia obtenida por las personas naturales, 
las sucesiones indivisas y las sociedades nacio-nales 
o extranjeras. 
Al ser el impuesto a la renta relativo a los in-gresos, 
lo pagan los contribuyentes según su 
capacidad económica. 
Para las personas naturales existe una can-tidad 
de renta desgravada, fijada por la Ley 
por considerarla indispensable para satisfacer 
necesidades vitales. 
Se considera renta a: 
1. Los ingresos de fuente ecuatoriana obteni-dos 
consistentes en dinero, especies o ser-vicios, 
a título gratuito u oneroso, que pro-vengan 
del trabajo, del capital o de ambas 
fuentes. 
2. Los ingresos obtenidos en el exterior por 
personas naturales domiciliadas en el país 
o por sociedades nacionales. 
La capacidad contributiva es la 
medida en que los ciudadanos 
pueden soportar la carga tribu-taria 
teniendo en cuenta las si-tuaciones 
personales. 
Un régimen tributario racional implica, en 
forma inexorable, el equilibrio entre la po-testad 
tributaria o el poder para imponer tri-butos 
y la capacidad contributiva de los con-tribuyentes. 
Cuando se rompe ese equilibrio, 
la tributación se vuelve ilegítima. La capacidad 
contributiva constituye el límite infranqueable 
para la potestad tributaria. Es en este criterio 
que se fundamenta el impuesto a la renta. 
La posesión de bienes no es suficiente ele-mento 
a tener en cuenta para determinar 
capacidad tributaria, esta se relaciona con 
varios aspectos de la persona contribuyente, 
su situación en la sociedad, el núcleo familiar 
que integra, es decir, que en este concepto in-tervienen 
tanto un elemento objetivo, la can-tidad 
de riqueza, como uno subjetivo, las si-tuaciones 
particulares o variables económicas; 
es por esto que la capacidad contributiva debe 
ser ubicada en el tiempo y el espacio, de no 
hacerlo puede resultar ilusoria. 
En el impuesto a la renta es más notable la re-lación 
de la capacidad contributiva con la tri-butación, 
debido a que el que más renta ob-tiene 
es el que más paga. 
Capítulo 9 • El impuesto a la renta
Fuentes de la renta e ingresos gravados 
Equidad y desarrollo 93 
La renta puede provenir de fuente ecuato-riana 
o extranjera. 
Se denomina fuente ecuatoriana a todos los in-gresos 
que reciben las personas o sociedades 
nacionales o extranjeras, residentes, domici-liadas 
o con establecimiento permanente en 
Ecuador. Son ingresos de fuente ecuatoriana 
gravados: 
• Los recibidos por actividades laborales, pro-fesionales, 
comerciales, industriales, agro-pecuarias, 
mineras, de servicios y otras de 
carácter económico realizadas en territorio 
ecuatoriano. 
• Los recibidos por realizar en el exterior ac-tividades 
que son pagadas por personas 
naturales o sociedades nacionales o ex-tranjeras, 
con domicilio en el Ecuador, o por 
entidades y organismos del sector público 
ecuatoriano. 
• Las utilidades por venta de bienes muebles 
o inmuebles ubicados en el país. 
• Los beneficios o regalías provenientes de 
derechos de autor, así como los de propie-dad 
industrial, como patentes, marcas, mo-delos 
industriales, nombres comerciales y 
transferencia de tecnología, entre otros. 
• Las utilidades y dividendos que se distribu-yen 
por sociedades constituidas o estable-cidas 
en el país. 
• Los recibidos por exportaciones, sea que se 
efectúen directamente o mediante agentes 
especiales, comisionistas, sucursales, filiales 
o representantes. 
• Los intereses y demás rendimientos finan-cieros 
pagados o acreditados por personas 
naturales, nacionales o extranjeras residen-tes 
en el Ecuador o por entidades u organis-mos 
del sector público. 
• Los provenientes de loterías, rifas, apuestas 
y similares promovidas en el Ecuador. 
• Los provenientes de herencias, legados, do-naciones 
y hallazgo de bienes situados en 
el Ecuador. 
• Los que perciban los ecuatorianos y extran-jeros 
por actividades laborales, profesiona-les, 
comerciales, industriales, agropecua-rias, 
mineras, de servicios y otras de carácter 
económico realizadas en territorio ecuato-riano, 
salvo los percibidos por personas na-turales 
no residentes en el país por servicios 
ocasionales prestados en el Ecuador, cuan-do 
su remuneración u honorarios son pa-gados 
por sociedades extranjeras y forman 
parte de los ingresos percibidos por ésta, 
sujetos a retención en la fuente o exentos; 
o cuando han sido pagados en el exterior 
por dichas sociedades extranjeras sin cargo 
al gasto de sociedades constituidas, domi-ciliadas 
o con establecimiento permanente 
en el Ecuador. Se entenderá por servicios 
ocasionales cuando la permanencia en el 
país sea inferior a seis meses consecutivos 
o no en un mismo año calendario. 
• Cualquier otro ingreso que perciban las so-ciedades 
y personas naturales nacionales o 
extranjeras residentes en el Ecuador. 
Para estos fines se considera establecimiento 
permanente de una empresa extranjera a todo 
lugar o centro fijo ubicado dentro del territorio 
nacional, en el que una sociedad extranjera 
efectúa todas sus actividades o parte de ellas.
94 
La renta se calcula de manera global 
Para efectos tributarios, la renta es la suma 
de todos los ingresos que recibe una per-sona 
o sociedad, sean de fuente ecuatoriana 
o extranjera o provenientes de distintas activi-dades 
económicas. 
Por ejemplo, la señora Patricia Moya trabajó 
como enfermera en un hospital público du-rante 
el último año, por su trabajo ganó $ 5 000 
anuales; ella, además, tiene con su familia una 
tienda que produjo ingresos anuales de $ 4 800 
y varias veces durante el año cuidó enfermos 
particulares, por lo cual recibió $ 6 000. Para 
calcular su renta, sumamos todos los ingresos 
obtenidos en el año: 
En el hospital ganó 5 000 dólares 
Su tienda produjo 4 800 dólares 
Atendiendo enfermos ganó 6 000 dólares 
Renta anual que percibió 15 800 dólares 
Base imponible del impuesto a la renta 
En general, la base imponible está constituida 
por la totalidad de los ingresos ordinarios y 
extraordinarios gravados con el impuesto a la 
renta menos las devoluciones, los descuentos, 
los costos, los gastos y las deducciones impu-tables 
a tales ingresos, es decir, para establecer 
la base imponible del impuesto a la renta, se 
deben deducir de la totalidad de ingresos, los 
gastos que se efectúen para obtener, man-tener 
o mejorar los ingresos que se encuen-tren 
gravados. 
En caso de que el contribuyente realice varias 
actividades económicas, se hacen cálculos in-dependientes 
por cada una —renta menos 
deducciones aplicables— y se suma el resul-tado 
de cada uno; la base imponible para el 
impuesto a la renta será igual a la suma de las 
bases imponibles de cada actividad. 
Por ejemplo, una persona natural tuvo ingresos 
anuales por: 
Un negocio 1 000 dólares 
Sueldos percibidos 6 000 dólares 
Arriendos cobrados 2 000 dólares 
Su renta global 9 000 dólares 
Supondremos que esta persona tuvo 700 dó-lares 
de gastos deducibles desglosados de la 
siguiente manera tomando en cuenta las dife-rentes 
actividades económicas: 
De los arriendos, depreciación, man-tenimiento 
e impuesto predial 300 dólares 
Del negocio, compras de mercadería 300 dólares 
De los sueldos, aportes personales 
100 dólares 
al IESS 
Para determinar la base imponible para el im-puesto 
a la renta de esta persona, debemos 
restar de cada ingreso su correspondiente de-ducción 
y sumar los resultados. 
Renta global 9 000 dólares 
Gastos deducibles -700 dólares 
Base imponible 8 300 dólares 
Capítulo 9 • El impuesto a la renta
Equidad y desarrollo 95 
Consideraciones 
importantes para calcular la base imponible 
Para trabajadores asalariados y em-pleados 
la base imponible de los in-gresos 
del trabajo en relación de depen-dencia 
es igual al total de los ingresos 
ordinarios y extraordinarios, menos el 
valor de los aportes personales al IESS 
y los gastos personales por concepto 
de vivienda, alimentación, vestimenta, 
educación y salud. 
• De los ingresos percibidos por personas na-turales 
y sucesiones indivisas provenientes 
del arrendamiento de inmuebles, son de-ducibles 
los gastos de intereses y de primas 
de seguros, los costos de depreciación de 5 
% del avalúo, los costos de mantenimiento 
de 1% del avalúo de la propiedad en con-cepto 
de gastos de mantenimiento. Si se 
arrienda solo una parte del inmueble, las 
deducciones se aplican sobre el porcentaje 
del inmueble que está arrendado. 
• Para el caso de las personas de la terce-ra 
edad y discapacitados, el cálculo de la 
base imponible debe tener en cuenta las 
exenciones especiales: para tercera edad, 
2 fracciones básicas exentas y gastos per-sonales, 
y para discapacitados, 3 fracciones 
básicas exentas y gastos personales. 
• Para justificar los gastos deducibles de im-puestos, 
correspondientes a vivienda, alimen-tación, 
vestimenta, educación y salud, es ne-cesario 
exigir facturas a los arrendadores; a los 
centros educativos, ya sean de nivel básico, 
bachillerato o superior; y a los médicos, clíni-cas, 
hospitales y farmacias donde nos atende-mos, 
etc. según corresponda. Son imputables 
estos gastos básicos de todas las personas 
que dependen del contribuyente económi-camente, 
a excepción de los hijos mayores de 
edad. Las facturas deben ser archivadas en or-den 
cronológico.
Gastos Personales 
96 Capítulo 1 • Economía: para el desarrollo del Ecuador 
dos por la institución que otorgó el crédito; 
o el débito respectivo reflejado en los esta-dos 
de cuenta o libretas de ahorro. 
• Impuestos prediales de un único bien in-mueble 
en el cual habita y que sea de su 
propiedad. 
2. EDUCACIÓN 
• Matrícula y pensión en todos los niveles del 
sistema educativo, inicial, educación gene-ral 
básica, bachillerato y superior, así como 
la colegiatura, los cursos de actualización, 
seminarios de formación profesional de-bidamente 
aprobados por el Ministerio de 
Educación o del Trabajo cuando correspon-da 
o por el Consejo Nacional de Educación 
Superior según el caso, realizados en el te-rritorio 
ecuatoriano. 
• Útiles y textos escolares, materiales didácti-cos 
utilizados en la educación y, libros. 
• Educación para discapacitados: Servicios 
de educación especial para personas dis-capacitadas, 
brindados por centros y por 
profesionales reconocidos por los órganos 
competentes. 
La deducción total por gastos personales no 
podrá superar el 50% del total de los ingresos 
gravados del contribuyente y en ningún caso 
será mayor al equivalente a 1.3 veces la frac-ción 
básica desgravada de Impuesto a la Renta 
de personas naturales. 
Para la deducibilidad de los gastos personales, 
los comprobantes de venta deberán estar a 
nombre del contribuyente, su cónyuge o con-viviente, 
sus hijos menores de edad o con dis-capacidad 
que no perciban ingresos gravados 
y que dependan del contribuyente.1. 
VIVIENDA 
• Arriendo de un único inmueble usado para 
vivienda. 
• Los intereses de préstamos hipotecarios 
otorgados por instituciones autorizadas, 
destinados a la ampliación, remodelación, 
restauración, adquisición o construcción, 
de una única vivienda. En este caso, serán 
pruebas suficientes los certificados conferi-
Equidad y desarrollo 97 
• Cuidado Infantil: Servicios prestados por 
centros de cuidado infantil. 
• Uniformes. 
3. SALUD 
• Honorarios profesional de salud: Honorarios 
de médicos y profesionales de la salud con 
título profesional avalado por el Consejo 
Nacional de Educación Superior. 
• Servicios de salud prestados por clínicas, 
hospitales, laboratorios clínicos y farma-cias 
autorizadas por el Ministerio de Salud 
Pública. 
• Medicina y Otros: Medicamentos, insumos 
médicos, lentes y prótesis. 
• Medicina prepagada y prima de seguro 
médico en contratos individuales y cor-porativos. 
En los casos que estos valores 
correspondan a una póliza corporativa 
y los mismos sean descontados del rol 
de pagos del contribuyente, este docu-mento 
será válido para sustentar el gasto 
correspondiente. 
• Deducible del seguro: El deducible no re-embolsado 
de la liquidación del seguro 
privado. 
4. ALIMENTACIÓN 
• Alimentos: Compras de alimentos para con-sumo 
humano. 
• Pensiones alimenticias, debidamente sus-tentadas 
en resolución judicial o actuación 
de la autoridad correspondiente. 
• Restaurantes: Compra de alimentos en cen-tros 
de expendio de alimentos preparados. 
5. VESTIMENTA 
• Ropa en general: Se considerarán gastos de 
vestimenta los realizados por cualquier tipo 
de prenda de vestir.
98 
Cálculo del Impuesto a la Renta 
Al aplicar a la base imponible la tarifa del impuesto, se obtiene el impuesto a la renta. 
base imponible x tarifa del impuesto = impuesto a la renta causado 
En general, la tarifa del impuesto para las so-ciedades 
es del 25 %*. Para las personas na-turales 
y las sucesiones indivisas varía con 
relación a la base imponible, y para calcularla 
se debe aplicar la información de la siguiente 
tabla progresiva: 
El ejercicio impositivo del impuesto a la renta 
es un período anual que va desde el 1 de enero 
al 31 de diciembre de cada año. Cuando la ac-tividad 
generadora de la renta empieza en una 
fecha posterior al 1 de enero, de igual manera el 
ejercicio impositivo se debe cerrar obligatoria-mente 
el 31 de diciembre de cada año. 
Los valores de la tabla se actualizan anual-mente, 
mediante una resolución de la Dirección 
General del SRI, tomando en cuenta el ín-dice 
de precios al consumidor en el área ur-bana, 
dictada por el Instituto Nacional de 
Estadísticas y Censos (INEC) en el mes de no-viembre 
de cada año, con vigencia para el 
año siguiente. 
*Según la Disposición Transitoria primera del 
Código Orgánico de la Producción, Comercio e 
Inversiones, el Impuesto a la Renta de sociedades 
se aplicará de la siguiente manera: para el ejercicio 
económico del año 2011, el porcentaje será del 
24%, para el 2012 será del 23% y a partir del 2013 
se aplicará el 22%. 
Impuesto a la renta año 2012 
Fracción 
básica 
Exceso hasta 
Impuesto 
Fracción Básica 
Capítulo 9 • El impuesto a la renta 
% Impuesto 
Fracción 
Excedente 
0 
9.720 
12.380 
15.480 
18.580 
37.160 
55.730 
74.320 
99.080 
9.720 
12.380 
15.480 
18.580 
37.160 
55.730 
74.320 
99.080 
En adelante 
0 
0 
133 
443 
815 
3.602 
7.316 
11.962 
19.392 
0% 
5% 
10% 
12% 
15% 
20% 
25% 
30% 
35% 
Impuesto a la renta año 2011 
Fracción 
básica 
Exceso hasta 
Impuesto 
fracción básica 
% Impuesto 
Fracción 
Excedente 
0 
9.210 
11.730 
14.670 
17.610 
35.210 
52.810 
70.420 
93.890 
9.210 
11.730 
14.670 
17.610 
35.210 
52.810 
70.420 
93.890 
En adelante 
0 
0 
126 
420 
773 
3.413 
6.933 
11.335 
18.376 
0% 
5% 
10% 
12% 
15% 
20% 
25% 
30% 
35%
Ejemplos de cálculo del impuesto a la renta de personas naturales 
Ejemplo 1 
Un contribuyente persona natural que realiza varias actividades económicas en el año 
2011, presenta la siguiente información: 
Actividad Ingreso Deducciones B. imponible 
Equidad y desarrollo 99 
• Actividad empresarial de personas naturales obligadas a llevar contabili-dad 
(resultado de la contabilidad) 
65 000 40 000 25 000 
• Actividad empresarial de personas naturales no obligadas a llevar conta-bilidad 
(resultado de registro de Ingresos y Gastos) 
10 000 8 000 2 000 
• Renta bienes raíces y otros activos. 1 000 800 200 
• Ingresos, trabajo personal 6 000 5 000 1 000 
• Otros ingresos (Se asume para el ejemplo que por estos ingresos no existe deducción ) 100 ----- 100 
82 100 53 800 28 300 
La base imponible para el impuesto a la 
renta será igual a la suma de todas las 
bases imponibles: determinamos la base 
imponible del contribuyente en $ 28 300. 
De acuerdo con la tabla anual del año 
2011 de la pág. 98 ubicamos la base im-ponible, 
en el rango correspondiente 
de la tabla: entre $ 17 610 y $ 35 210. 
Para calcular el impuesto a la renta cau-sado 
en el año 2011, debemos sumar el 
impuesto sobre la fracción básica y el im-puesto 
a la fracción excedente. 
El impuesto a la fracción excedente se obtiene 
restando, de la base imponible, la fracción bá-sica 
y multiplicando ese resultado por el por-centaje 
indicado en la tabla. 
El impuesto causado será la suma del impuesto 
sobre la fracción básica más el impuesto sobre 
la fracción excedente. 
• Impuesto sobre fracción básica 773 
• Fracción excedente 28 300 – 17 610 = 1 0 690 
• Impuesto sobre excedente 10 690 x 15% = 1 603,50 
TOTAL IMPUESTO A LA 
$ 2 376,50 dólares 
RENTA CAUSADO
Ejemplo 2 
Si la base imponible del año 2011 es de 13 300, el impuesto a la renta se obtiene de la 
siguiente manera: 
Ubicación de base imponible: entre $ 11 730 y $ 14 670. 
• Impuesto sobre fracción básica 126 
• Fracción excedente 13 300 – 11 730 = 1 570 
• Impuesto sobre excedente 1 570 x 10% = 157,00 
TOTAL IMPUESTO A LA RENTA CAUSADO $283,00 dólares 
Ejemplo 3 
Base imponible 2012: $ 42 400. 
Ubicación de base imponible: entre $ 37 160 y $ 55 730. 
• Impuesto sobre fracción básica: 3 602 
• Fracción excedente: 42 400 –37 160 = 5 240 
• Impuesto sobre excedente: 5 240 x 20% = 1 048 
TOTAL IMPUESTO A LA RENTA CAUSADO $ 4 650,00 dólares 
No señora, lo que gastó en 
Deducciones 
el SPA no es deducible de impuestos, 
aunque diga que es una contribución 
a la sociedad. 
100 Capítulo 9 • El impuesto a la renta 
La Ley especifica cuáles son los gastos 
deducibles de impuestos con criterios 
de funcionalidad social.
Anticipos y retenciones 
Equidad y desarrollo 101 
Durante el ejercicio pudo ocurrir que al de-clarante 
le retuvieran en la fuente, por con-cepto 
de impuesto a la renta, una parte de sus 
ingresos (por ventas, honorarios, comisiones, 
etc.). También es posible que el contribuyente 
haya pagado un anticipo del impuesto a la renta 
del año próximo. 
Los anticipos y retenciones se restan del im-puesto 
a la renta causado, para obtener el im-puesto 
a pagar. Si no existen anticipos ni re-tenciones, 
el impuesto a pagar será igual al 
impuesto causado. 
En el caso de terminación de las actividades 
económicas antes de la finalización del ejercicio 
impositivo, el contribuyente debe presentar su 
declaración anticipada del impuesto a la renta. 
Una vez presentada, procederá el trámite para 
la cancelación de la inscripción en el Registro 
Único de Contribuyentes o el registro de la sus-pensión 
de actividades económicas, según co-rresponda. 
Esta norma podrá aplicarse también 
para la persona natural que deba ausentarse del 
Crédito tributario 
a favor del contribuyente 
país por un período que exceda a la finaliza-ción 
del ejercicio fiscal. 
Obligación de llevar contabilidad 
Se está obligado a llevar contabilidad en los 
siguientes casos: 
• Todas las sociedades. 
• Las personas naturales y sucesiones indi-visas 
(herencias) que realicen actividades 
empresariales en el Ecuador y que al 1ro de 
enero de cada ejercicio impositivo operen 
con un capital o cuyos ingresos brutos o 
gastos anuales superen lo establecido por 
el SRI en el ejercicio inmediato anterior, in-cluyendo 
las personas naturales que desa-rrollen 
actividades agrícolas, pecuarias, fo-restales 
o similares. 
Nota: Las personas naturales que realicen ac-tividades 
empresariales y que operen con un 
capital u obtengan ingresos o tengan gastos 
inferiores a los previstos en el párrafo anterior, 
así como los profesionales, comisionistas, arte-sanos, 
agentes, representantes y demás traba-jadores 
autónomos, no están obligados a llevar 
contabilidad, pero sí deberán llevar una cuenta 
de ingresos y egresos para determinar su renta 
imponible. 
La contabilidad debe llevarse por el sistema 
de partida doble, en idioma castellano y en 
dólares de los Estados Unidos de América, 
tomando en consideración los principios 
contables de general aceptación, para re-gistrar 
el movimiento económico y deter-minar 
el estado de situación financiera y 
los resultados imputables al respectivo ejer-cicio 
impositivo. 
Los estados financieros sirven de base para 
la presentación de las declaraciones de im-puestos 
y otros trámites de control. 
Cuando el contribuyente pagó an-ticipos 
y retenciones mayores al im-puesto 
causado, obtiene crédito tribu-tario, 
que constituye un saldo a su favor, 
que puede ser reintegrado, previa so-licitud 
de reclamo, de acuerdo con las 
normas previstas para estos casos. 
También existen casos de pago inde-bido 
y pago en exceso del impuesto a 
la renta. Para solicitar la devolución de 
los valores correspondientes, se hace 
un reclamo.
102 
Conciliación tributaria 
Para establecer la base imponible sobre la 
que se aplicará la tarifa del impuesto a la 
renta, las sociedades y las personas naturales 
obligadas a llevar contabilidad, procederán 
a realizar los ajustes pertinentes para deter-minar 
la conciliación tributaria, que, funda-mentalmente, 
consistirán en la modificación 
de la utilidad líquida - contable del ejercicio 
con las siguientes operaciones: 
• De la utilidad o pérdida líquida del ejercicio 
se restará la participación laboral en las uti-lidades 
de las empresas, que corresponda a 
los trabajadores de conformidad con lo pre-visto 
en el Código del Trabajo. 
• Se restará el valor de los ingresos exentos o 
no gravados. 
• Se restará el incremento neto de emplea-dos: 
empleados nuevos, incremento neto, 
gasto de nómina. 
• Se restará el pago a trabajadores 
discapacitados. 
• Se restarán los gastos personales (personas 
naturales). 
• Se sumarán los gastos no deducibles 
de conformidad con la Ley de Régimen 
Tributario Interno y su reglamento, tanto 
aquellos efectuados en el país como en el 
exterior. 
• Se sumará el ajuste de los gastos incurridos 
para la generación de ingresos exentos, en 
la proporción prevista en el reglamento. 
• Se sumará también el porcentaje de parti-cipación 
laboral en las utilidades de las em-presas, 
atribuibles a los ingresos exentos, es 
decir; el 15 % de tales ingresos. 
• Se restará la amortización de las pérdidas 
establecidas en la conciliación tributaria 
de años anteriores, de conformidad con lo 
previsto en la Ley de Régimen Tributario 
Interno y su reglamento. Las personas na-turales, 
estén o no obligadas a llevar conta-bilidad, 
no pueden restar pérdidas de años 
anteriores. Las sociedades pueden com-pensar 
las pérdidas sufridas en el ejercicio 
impositivo, con las utilidades gravables que 
obtuvieren dentro de los cinco períodos 
impositivos siguientes, sin que se exceda 
en cada período del 25 % de las utilidades 
obtenidas. 
• Se restará cualquier otra deducción esta-blecida 
por la Ley a la que tenga derecho el 
contribuyente, exclusivamente respecto de 
los ingresos gravados. 
El resultado que se obtenga luego de las ope-raciones 
antes mencionadas, constituye la uti-lidad 
gravable (base imponible). 
Capítulo 9 • El impuesto a la renta
Detalle de exenciones y deducciones aplicables al 
Impuesto a la Renta 
Equidad y desarrollo 103 
Exenciones (salvedad) 
Sector público y otros 
especiales 
• Los obtenidos por las instituciones del Estado y por las empresas del sector públicas reguladas por la Ley Orgánica de Empresas Públicas. 
• Aquellos exonerados en virtud de convenios internacionales 
• Los de los Estados extranjeros y organismos internacionales, generados por los bienes que posean en el país. 
• Los de instituciones de carácter privado sin fines de lucro legalmente constituidas, siempre que sus bienes e ingresos se des-tinen 
para sus fines específicos. 
• Los percibidos por los institutos de educación superior estatales, amparados por la Ley de Educación Superior. 
Sociedades 
• Los dividendos y utilidades, calculados después del pago del impuesto a la renta, distribuidos por sociedades nacionales o 
extranjeras residentes en el Ecuador, a favor de otras sociedades nacionales o extranjeras, no domiciliadas en paraísos fiscales. 
• Los provenientes de inversiones no monetarias. 
• Los generados por la enajenación ocasional de inmuebles, acciones o participaciones. 
• Las ganancias de capital, utilidades, beneficios o rendimientos distribuidos por los fondos de inversión, fondos de cesantía y 
fideicomisos mercantiles, si estas organizaciones han cumplido sus obligaciones tributarias respecto del impuesto a la renta. 
• La compensación económica para salario digno. 
Personas naturales sin relación 
de dependencia 
• Los obtenidos por discapacitados (triple de fracción básica) (Deducción). 
• Los percibidos por personas mayores de 65 años (doble de fracción básica) (Deducción). 
• Los generados por la enajenación ocasional de inmuebles, acciones o participaciones. 
• Los intereses por depósitos de ahorro a la vista pagados por entidades del sistema bancario y financiero del país. 
• Los provenientes de premios de loterías auspiciados por la Junta de Beneficencia de Guayaquil y Fe y Alegría. 
• Las ganancias de capital, utilidades, beneficios o rendimientos distribuidos por los fondos de inversión, fondos de cesantía y fideicomi-sos 
mercantiles. 
• Las indemnizaciones que se perciban por seguros, exceptuando los provenientes de lucro cesante. 
• Los rendimientos por depósitos a plazo fijo, de un año o más, pagados por las instituciones financieras nacionales a personas 
naturales y sociedades, excepto a instituciones del sistema financiero, así como los rendimientos obtenidos por personas na-turales 
o sociedades por las inversiones en títulos de valores en renta fija, de plazo de un año o más, que se negocien a través 
de las bolsas de valores del país. 
Personas naturales en relación 
de dependencia 
• Los viáticos que se conceden a funcionarios y empleados de las instituciones del Estado. Los gastos de viaje, hospedaje, alimen-tación 
que reciban los funcionarios, empleados y trabajadores del sector privado, por razones inherentes a su función y cargo. 
• Los que perciben los beneficiarios del IESS por toda clase de prestaciones, miembros de la fuerza pública del ISSFA y del 
ISSPOL, y los pensionistas del Estado. 
• Las décima tercera y décima cuarta remuneraciones. 
• Las asignaciones o estipendios que, por concepto de becas para el financiamiento de estudios, especialización o capacitación 
en instituciones de educación superior y entidades gubernamentales nacionales o extranjeras y en organismos internaciona-les 
otorguen el Estado, los empleadores, organismos internacionales, gobiernos de países extranjeros y otros. 
• Los obtenidos por los trabajadores por concepto de bonificación de desahucio e indemnización por despido intempestivo. 
• Los intereses pagados por trabajadores por concepto de préstamos realizados por la sociedad empleadora para que el trabaja-dor 
adquiera acciones o participaciones de dicha empleadora, mientras el empleado conserve la propiedad de tales acciones.
104 
Detalle de costos y gastos deducibles 
Costos y gastos 
• De adquisición de mercaderías y de producción de bienes y servicios vendidos en ejercicio. 
• De administración de ventas y de promoción y publicidad. 
• De viaje y estadía hasta por un máximo del 3 % del ingreso gravable anual. Las sociedades nuevas los dos 
primeros años pueden deducir el total de gastos de viaje. 
• Los gastos indirectos asignados desde el exterior a sociedades domiciliadas en el Ecuador por sus partes 
relacionadas, hasta un máximo del 5% de la base imponible del Impuesto a la Renta más el valor de dichos 
gastos. Para el caso de las sociedades que se encuentren en el ciclo preoperativo del negocio, éste porcentaje 
corresponderá al 5% del total de los activos, sin perjuicio de la retención en la fuente correspondiente. 
• Contratados, devengados y pendientes de pago al cierre del ejercicio (soportados con comprobantes 
de venta). 
• Intereses sobre préstamos obtenidos para el negocio o la actividad. 
• Primas de seguros del personal y de los bienes de la actividad que genera ingresos gravados. 
• Remuneraciones, bonificaciones, aportes patronales, aportes patronales al IESS, fondos de reserva, pensio-nes 
jubilares, contribuciones para salud, educación, cultura, capacitación e indemnizaciones al personal. 
• Reparaciones y mantenimiento de activos fijos. 
• Suministros y materiales. 
• Tributos y aportaciones a gremios, excepto el impuesto a la renta y aquellos sobre los cuales pueda obtener 
crédito tributario. 
• Amortizaciones por pagos diferidos de largo plazo destinados a: organización, investigación, desarrollo, ex-ploraciones, 
etc. (Se amortizan en 5 años a razón del 20 % anual. En intangibles se considera el plazo del 
contrato hasta un máximo de 20 años. Si el negocio o la actividad termina, a la fecha de cierre, se amortiza 
la totalidad de la inversión). 
Pérdidas 
• Por baja de inventarios, mediante declaración tramitada ante un juez o notario, por parte del representante 
legal, bodeguero y contador. 
• En venta de activos fijos. 
• Por caso fortuito, debidamente comprobado. 
• Por diferencial cambiario. 
• Por cuentas incobrables. 
Depreciaciones de activos fijos, 
según vida útil de acuerdo con 
la siguiente tabla 
ACTIVOS FIJOS AÑOS DE VIDA ÚTIL 
DEPRECIACIÓN 
ANUAL 
Edificios (locales, casas, apartamentos) 20 5 % 
Maquinarias, equipos, muebles, enseres y equipos de oficina 10 10 % 
Vehículos 5 20 % 
Equipos de computación y software 3 33 % 
En inmuebles destinados a la 
actividad empresarial 
• Gastos de arrendamiento. 
• Intereses por construcciones, mejoras o conservación de la propiedad, certificados por el IESS, Banco 
Ecuatoriano de la Vivienda, cooperativas o mutualistas de ahorro y crédito y entidades que conceden prés-tamos 
hipotecarios. 
• Primas de seguros sobre la propiedad. 
• Depreciación anual sobre el avalúo municipal. 
Capítulo 9 • El impuesto a la renta
Equidad y desarrollo 105 
En inmuebles 
destinados a la ac-tividad 
empresarial 
• Gastos de mantenimiento hasta un máximo del 1 % del avalúo de la propiedad. 
• Reparaciones por fuerza mayor, ordenanzas o hechos extraordinarios, previa autorización del SRI. 
• Impuestos sobre la propiedad. 
• Tasas de servicios públicos: aseo, alcantarillado, agua potable y electricidad. 
En pagos al exterior 
• Son deducibles como gastos los valores que el sujeto pasivo reembolse al exterior por concepto de gastos incurri-dos 
en el exterior, directamente relacionados con la actividad desarrollada en el Ecuador por el sujeto pasivo que 
los reembolse, siempre que haya efectuado la retención en la fuente del Impuesto a la Renta. 
• Serán deducibles los intereses pagados por créditos del exterior, adquiridos para el giro del negocio, hasta la tasa 
autorizada por el Banco Central, siempre que éstos y sus pagos se encuetren registrados en dicha entidad. 
• Comisiones por exportaciones que consten en el respectivo contrato y las pagadas para la promoción del turismo 
receptivo, sin que excedan del 2 % del valor de las exportaciones o de los ingresos obtenidos en el giro de la acti-vidad. 
Si el pago se realiza a favor de una persona o una sociedad relacionada con el exportador o si el beneficiario 
de esta comisión se encuentra domiciliado en un país en el cual no exista impuesto sobre los beneficios, utilidades 
o renta, se deberá pagar el impuesto a la renta y realizar la retención en la fuente. 
• Gastos realizados en el exterior por las empresas de transporte marítimo, o aéreo y pesqueras de alta mar, sea 
por necesidad de la actividad desarrollada en el Ecuador o por su extensión en el extranjero, siempre que estén 
certificados por auditores externos con representación en el Ecuador. 
• El 96 % de las primas de cesión o reaseguros contratados por empresas que no tengan establecimiento o repre-sentación 
permanente en el Ecuador. 
• El 90 % de los pagos efectuados por las agencias internacionales de prensa registradas en la Secretaría de 
Administración Pública del Estado. 
• Los pagos por concepto de arrendamiento mercantil internacional de bienes de capital, siempre y cuando corres-pondan 
a bienes adquiridos a precios de mercado y su financiamiento no contemple tasas superiores a la tasa 
LIBOR BBA en dólares de un año plazo. Si el arrendatario no opta por la compra del bien y procede a reexpor-tarlo, 
deberá pagar el impuesto a la renta como remesa al exterior calculado sobre el valor depreciado del bien 
reexportado. 
• Los pagos de intereses de créditos externos y líneas de crédito abiertas por instituciones financiera del exterior, 
legalmente establecidas como tales; así como los intereses de créditos externos conferidos de gobierno a go-bierno 
o por organismos multilaterales. En estos casos, los intereses no podrán exceder de las tasas de interés 
máximas referenciales fijadas por el Directorio del Banco Central del Ecuador a la fecha del registro del crédito o 
su novación; y si de hecho las excediera, se deberá efectuar la retención correspondiente sobre el exceso para que 
dicho pago sea deducible.
Tarifa del Impuesto a la Renta para sociedades 
Las sociedades constituidas en el Ecuador, 
las sucursales de sociedades extranjeras 
domiciliadas en el país y los establecimientos 
permanentes de sociedades extranjeras no 
domiciliadas que obtengan ingresos grava-bles 
están sujetos a la tarifa impositiva del 
23 % sobre su base imponible, durante el año 
2012. 
Si reinvierten las utilidades en el país, podrán 
obtener una reducción de 10 puntos porcen-tuales 
a la tarifa del Impuesto a la Renta sobre 
el monto reinvertido en activos productivos, 
siempre y cuando se destine a la adquisición 
de máquinas nuevas, equipos nuevos, bienes 
para investigación y tecnología. Para ello, las 
sociedades deberán efectuar el aumento de 
capital por el valor de las utilidades reinver-tidas, 
perfeccionándolo con la inscripción in-mediata 
en el respectivo registro mercantil, 
hasta el 31 de diciembre del ejercicio imposi-tivo 
posterior a aquel en el que se generaron 
las utilidades que se reinvierten. 
Las instituciones que conforman el sistema fi-nanciero 
nacional están sujetas a la tarifa del 
Impuesto a la Renta para sociedades, siempre 
que destinen fondos para el otorgamiento de 
créditos para el sector productivo. 
Las empresas de exploración y explotación 
de hidrocarburos están sujetas a la tarifa del 
Impuesto a la Renta para sociedades, sobre su 
base imponible. 
Otras tarifas del impuesto a la renta 
Los ingresos obtenidos por personas naturales 
extranjeras que no tengan residencia en el 
país, por servicios ocasionalmente prestados 
en el Ecuador, se gravarán con la tarifa del 
Impuesto a la Renta para sociedades, sobre la 
totalidad del ingreso percibido. 
Los organizadores de loterías, rifas, apuestas y 
similares con excepción de los organizados por 
106 Capítulo 9 • El impuesto a la renta 
la Junta de Beneficencia de Guayaquil y Fe y 
Alegría deben pagar la tarifa del Impuesto a la 
Renta para sociedades sobre sus utilidades, los 
beneficiarios pagarán el impuesto único del 
15 % sobre el valor de cada premio recibido en 
dinero o en especie que sobrepase una frac-ción 
básica no gravada del impuesto a la renta 
de personas naturales; los organizadores serán 
agentes de retención de este impuesto. 
Los beneficiarios de ingresos provenientes de 
herencias y legados; así como los beneficiarios 
de donaciones pagarán el impuesto aplicando 
la siguiente tabla: 
Impuesto Herencias, Legados y Donaciones año 2012 
Fracción 
Exceso 
Impuesto 
básica 
hasta 
fracción básica 
% Fracción 
excedente 
- 
61 931 
123 874 
247 737 
371 610 
495 484 
619 358 
743 221 
61 931 
123 874 
247 737 
371 610 
495 484 
619 358 
743 221 
En adelante 
- 
- 
3 098 
15 484 
34 064 
58 839 
89 808 
126 967 
0% 
5% 
10% 
15% 
20% 
25% 
30% 
35% 
Impuesto a la suerte 
Cuando pagué los impuestos 
compartí el premio con todo el país.
Cálculo del anticipo del Impuesto a la Renta 
Equidad y desarrollo 107 
Apartir del 2010 las personas naturales y 
sucesiones indivisas no obligadas a llevar 
contabilidad, y las empresas que tengan sus-critos 
o suscriban contratos de explotación 
y exploración de hidrocarburos deberán de-terminar 
en su declaración correspondiente 
al ejercicio económico anterior, el anticipo a 
pagarse con cargo al ejercicio fiscal corriente 
por un valor equivalente al 50 % del impuesto 
a la renta determinado en el ejercicio anterior, 
menos las retenciones que le hayan sido prac-ticadas; 
las personas naturales o sucesiones 
indivisas obligadas a llevar contabilidad y so-ciedades 
un valor equivalente a la suma de los 
siguientes rubros: 0,2 % del patrimonio total, 
0,2 % del total de costos y gastos deducibles, 
el 0,4 % del activo total y el 0,4 % del total de 
ingresos gravables. 
En resumen, los contribuyentes deben pagar 
anualmente un anticipo de impuesto a la renta 
que se calcula de la siguiente manera: 
ANTICIPO = 
50 % del impuesto a la renta determinado en el ejercicio anterior – (menos) reten-ciones 
en la fuente del impuesto a la renta que les hayan sido practicados a partir 
del 2010 solo para personas naturales y sucesiones indivisas no obligadas a llevar 
contabilidad. 
Ejemplo de cálculo de anticipo del im-puesto 
a la renta para personas natu-rales 
y sucesiones indivisas no obligadas 
a llevar contabilidad. 
Impuesto a la renta causado 
año 2011 
1 500,00 
Retenciones año 2011 350,00 
Anticipo impuesto a la renta 
50% (1 500) - 350 = 400,00 
año 2012 
El anticipo se tiene que pagar en dos cuotas 
iguales, una en el mes de julio y otra en sep-tiembre 
de acuerdo con el noveno digito del 
RUC, en el formulario 106. 
Pago del impuesto 
La declaración y pago del impuesto a la renta 
se debe realizar desde el primero de febrero 
del año siguiente, hasta las fechas que se de-tallan 
a continuación: 
Impuesto a la Renta 
Noveno 
dígito del 
RUC 
Personas naturales Sociedades 
1 10 de marzo 10 de abril 
2 12 de marzo 12 de abril 
3 14 de marzo 14 de abril 
4 16 de marzo 16 de abril 
5 18 de marzo 18 de abril 
6 20 de marzo 20 de abril 
7 22 de marzo 22 de abril 
8 24 de marzo 24 de abril 
9 26 de marzo 26 de abril 
0 28 de marzo 28 de abril 
ANTICIPO = 
0,2% del Patrimonio Total + 0,2% Total de Costos y Gastos Deducibles + 0,4% 
Activo Total + 0,4% Ingresos Gravables) a partir del 2010 para sociedades, perso-nas 
naturales y sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad.
108 
Retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta 
Toda persona jurídica, pública o privada, 
las sociedades y las empresas o personas 
naturales obligadas a llevar contabilidad que 
paguen o acrediten en cuenta cualquier tipo 
de ingresos que constituyan rentas gravadas 
para quien los reciba actuará como agente de 
retención del impuesto a la renta. 
Por ingresos en relación de dependencia la re-tención 
debe efectuarla el empleador. 
Por rendimientos financieros, la retención debe 
ser efectuada por las instituciones, entidades 
bancarias, financieras, en general las sociedades 
que paguen o acrediten en cuentas intereses o 
cualquier tipo de rendimientos financieros. 
Porcentajes de retención 
Sujetos al 1 % de retención 
• Intereses y comisiones que se causen en las 
operaciones de crédito entre las institucio-nes 
del sistema financiero. 
• Pagos realizados por transporte privado de 
personas o de carga. 
• Por seguros y reaseguros. 
• Por pagos en actividades de construcción 
de obra material inmueble, urbanización, 
lotización o actividades similares. 
• Por servicios de publicidad y comunicación 
• Por compras locales de materia prima. 
• Por suministros y materiales. 
• Por repuestosy herramientas. 
• Por lubricantes. 
• Por activos fijos. 
• Por arrendamiento mercantil local. 
• Por compra de bienes muebles de naturale-za 
corporal, excepto combustibles. 
Sujetos al 2 % de retención 
• Pagos o créditos en cuenta de las empresas 
emisoras de tarjetas de crédito a sus esta-blecimientos 
afiliados. 
• Los rendimientos financieros (no aplica 
para IFIs) 
• Por regalías, marcas, patentes, derechos de 
autor y similares de las sociedades. 
• Servicios entre sociedades. 
• Por otros servicios en los que predomina la 
mano de obra. 
• Remuneraciones a otros trabajadores 
autónomos. 
Sujetos al 8 % de retención 
• Honorarios, comisiones y demás pagos rea-lizados 
a personas naturales nacionales o 
extranjeras residentes en el país por más de 
6 meses, que presten servicios en los que 
prevalezca el intelecto sobre la mano de 
obra, siempre y cuando, dicho servicio no 
esté relacionado con el título profesional 
que ostente la persona que lo preste. 
• Por cánones, regalías, marcas, patentes, de-rechos 
de autor y similares de las personas 
naturales. 
Capítulo 9 • El impuesto a la renta
Equidad y desarrollo 109 
Fracción 
básica 
Exceso 
hasta 
Retención 
fracción 
básica 
Porcentaje de 
Retención sobre la 
fracción excendente 
- 100 000 0 1% 
100 000 200 000 1 000 5% 
200 000 En delante 6 000 10% 
• Los pagos realizados a personas naturales y 
sociedades en concepto de arrendamiento 
de bienes inmuebles, cualquiera que fuese 
su denominación o modalidad contractual. 
• Los pagos a notarios y registradores de la 
propiedad y mercantiles por sus activida-des 
notariales y de registro. 
• Los pagos a deportistas, entrenadores, árbi-tros 
y miembros del cuerpo técnico. 
• Los pagos a artistas nacionales y artistas ex-tranjeros 
residentes en el país por más de 6 
meses. 
• Honorarios y demás pagos realizados a per-sonas 
naturales nacionales o extranjeras re-sidentes 
en el país por más de 6 meses, que 
presten servicios de docencia. 
Sujetos al 10% de retención 
• Honorarios, comisiones y demás pagos 
realizados a personas naturales profesio-nales 
nacionales o extranjeras residentes 
en el país por más de 6 meses, que presten 
servicios en los que prevalezca el intelecto 
sobre la mano de obra, siempre y cuando, 
los mismos estén relacionados con su título 
profesional. 
Sujetos al 15% de retención 
• Por loterias, rifas, apuestas y similares. 
Sujetos al 24 % de retención 
• Los pagos a personas naturales no residen-tes 
en el país, por servicios prestados oca-sionalmente 
en el Ecuador. 
• Por valores remesados al exterior, que cons-tituyan 
renta de fuente ecuatoriana. 
• Por pagos de dividendos anticipados. 
• Por arrendamiento mercantil internacional. 
Otras retenciones 
• Por otros conceptos sin convenio de doble 
tributación (24%) 
• Venta de combustibles a comercializadoras 
(0.2%). 
• Venta de combustibles a distribuidores 
(0.3%). 
Dividendos o utilidades distribuidos 
Los dividendos o utilidades distribuidos a 
favor de personas naturales residentes en el 
Ecuador constituyen ingresos gravados para 
quien los percibe, debiendo por tanto efec-tuarse 
la correspondiente retención en la 
fuente por parte de quien los distribuye. 
Los porcentajes de retención se aplicarán 
progresivamente de acuerdo a los siguientes 
porcentajes, en cada rango, de la siguiente 
manera:
Distribución de la recaudación del Impuesto a la Renta 
Intereses y multas por declaraciones tardías 
Los contribuyentes que presenten sus de-claraciones 
después de los plazos previstos 
por la Ley deben calcular e incluir e sus 
declaraciones los intereses por mora y las 
110 Capítulo 9 • El impuesto a la renta 
multas correspondientes. 
El interés por mora, se calcula sobre el im-puesto 
a pagar y su tarifa se determina con 
base en la siguiente tabla. 
TABLA PARA EL CÁLCULO DE INTERESES Y MULTAS 
Período AÑO MES ATRASO INTERÉS MENSUAL 
INTERÉS ACUMULADO 
% QUE SE APLICA 
MULTA ACUMULADA 
% QUE SE APLICA 
1 
2 
3 
4 
5 
6 
7 
8 
9 
10 
11 
12 
13 
14 
15 
16 
17 
18 
19 
20 
21 
22 
23 
24 
25 
26 
27 
2012 
2012 
2012 
2011 
2011 
2011 
2011 
2011 
2011 
2011 
2011 
2011 
2011 
2011 
2011 
2010 
2010 
2010 
2010 
2010 
2010 
2010 
2010 
2010 
2010 
2010 
2010 
MARZO 
FEBRERO 
ENERO 
DICIEMBRE 
NOVIEMBRE 
OCTUBRE 
SEPTIEMBRE 
AGOSTO 
JULIO 
JUNIO 
MAYO 
ABRIL 
MARZO 
FEBRERO 
ENERO 
DICIEMBRE 
NOVIEMBRE 
OCTUBRE 
SEPTIEMBRE 
AGOSTO 
JULIO 
JUNIO 
MAYO 
ABRIL 
MARZO 
FEBRERO 
ENERO 
1,021 
1,021 
1,021 
1,046 
1,046 
1,046 
1,046 
1,046 
1,046 
1,081 
1,081 
1,081 
1,085 
1,085 
1,085 
1,130 
1,130 
1,130 
1,128 
1,128 
1,128 
1,151 
1,151 
1,151 
1,149 
1,149 
1,149 
1,021 
2,042 
3,063 
4,109 
5,155 
6,201 
7,247 
8,293 
9,339 
10,420 
11,501 
12,582 
13,667 
14,752 
15,837 
16,967 
18,097 
19,227 
20,355 
21,483 
22,611 
23,762 
24,913 
26,064 
27,213 
28,362 
29,511 
3 
6 
9 
12 
15 
18 
21 
24 
27 
30 
33 
36 
39 
42 
45 
48 
51 
54 
57 
60 
63 
66 
69 
72 
75 
78 
81
Hago y aprendo 
1 Explica cuál es el criterio tributario que fundamenta el impuesto a la renta. 
Equidad y desarrollo 111 
2 Llena la tabla con datos y calcula el impuesto a la renta. 
Actividad económica Ingreso Deducciones B. imponible 
1 
2 
3 
4 
Otros ingresos 
Total 
3 Supongamos que el contribuyente del caso anterior hizo tardíamente su declara-ción, 
debía pagar sus impuestos en mayo del 2010. Calcula el interés y la multa que 
debe pagar. 
4
Hago y aprendo 
4 Escribe cuatro ejemplos de ingresos gravados con el impuesto a la renta. 
1. 
2. 
3. 
4. 
5 Define los siguientes términos. 
• Conciliación tributaria 
• Ejercicio fiscal 
• Capacidad contributiva 
• Interés por mora 
6 Señala cuáles de los siguientes ingresos están exentos del impuesto a la renta. 
• Los provenientes de loterías, rifas, apuestas y similares, promovidas en el 
Ecuador. 
• Los obtenidos por discapacitados. 
• Los provenientes de premios de loterías auspiciadas por la Junta de de Beneficencia 
de Guayaquil y Fe y Alegría. 
• Los percibidos por los institutos de educación superior estatales. 
• Los de partidos políticos. 
• Los provenientes de herencias, legados y donaciones de bienes situados en el 
Ecuador. 
• Las pensiones jubilares. 
• Las utilidades por venta de bienes muebles o inmuebles ubicados en el país. 
• Los percibidos por personas mayores de 65 años. 
• Los beneficios o regalías provenientes de los derechos de autor. 
112 Capítulo 9 • El impuesto a la renta
RESPONSABILIDAD SOCIAL Y AMBIENTAL SOBRE EL CONSUMO 
EL IMPUESTO A LOS CONSUMOS ESPECIALES (ICE) 
Equidad y desarrollo 113 
¿De qué se trata? 
Capítulo 10 
En este capítulo hablaremos sobre el im-puesto 
a los consumos especiales (ICE), que 
conforma una parte importante de los in-gresos 
tributarios del presupuesto general 
del Estado; veremos qué bienes y servicios 
están gravados con este impuesto así como 
las tarifas del pago, cuál es el destino de la 
recaudaciones del ICE y las formas en las que 
los contribuyentes deben declararlo. 
Lo que voy a lograr 
Conceptualmente 
• Identificar todos los bienes y servicios que 
están gravados con el ICE. 
• Identificar sus tarifas. 
• Entender cómo distribuye la administra-ción 
tributaria las recaudaciones del ICE. 
• Conocer las formas de declaración del 
impuesto. 
En actitudes y valores 
• Apreciar el principio de equidad en la re-caudación 
tributaria. 
• Reconocer los beneficios económicos que 
proporciona el sistema de recaudación de 
este impuesto. 
• Valorar el criterio de justicia con que se ha 
establecido este impuesto. 
Bienes gravados con ICE 
Productos gravados con ICE
114 
Un impuesto sobre bienes y servicios de lujo 
El impuesto a los consumos especiales (ICE), 
grava el consumo de determinados bienes 
y servicios, con la finalidad de que quienes los 
consuman sean conscientes de su responsa-bilidad 
social y ambiental. En un primer mo-mento 
gravó solo a vehículos, cigarrillos, cer-veza, 
bebidas alcohólicas y gaseosas; luego se 
amplió a otros bienes y servicios, algunos sun-tuarios 
como yates, aviones, avionetas y otros; 
hoy también grava a perfumes, videojuegos, 
armas, juegos de azar, televisión pagada, focos 
incandescentes y cuotas, membresías o afilia-ciones 
a clubes sociales. 
¿Somos más felices cuando compramos lo que queremos? 
Cuando el consumo se convierte en la razón 
misma para la existencia de las economías, no 
nos preguntamos cuánto es suficiente, para 
qué necesitamos todas estas cosas o si de 
verdad somos un poco más felices cuando las 
tenemos. La compra de un producto nuevo, es-pecialmente 
uno de los caros, produce placer 
y proporciona estatus y reconocimiento; pero, 
a medida que la sensación de novedad se des-vanece, 
el vacío amenaza de nuevo con volver, 
entonces la solución del consumidor suele ser 
centrar su ilusión en la próxima compra, que-dando 
atrapado en algo parecido a una adic-ción. 
Tener más cosas y más nuevas cada año, 
se ha convertido, no en algo que queremos, 
sino en algo que necesitamos, en el centro de 
identidad y seguridad de nuestra sociedad. 
En realidad casi todo lo que compramos no 
es esencial para nuestra supervivencia, ni si-quiera 
incluso para las comodidades humanas 
básicas, sino que está basado en el impulso, 
la novedad, un momentáneo deseo y la in-fluencia 
externa con un costo demasiado alto 
para el ambiente y nosotros mismos. 
Al mirar desde esta perspectiva es adecuado 
que se impongan impuestos especiales al con-sumo 
suntuario y a productos que atenten 
contra el medio ambiente. 
Derivado de la palabra consumo, 
el término consumismo describe 
los efectos de ligar la felicidad 
(bienestar) personal a la compra 
de bienes. 
Capítulo 10 • El impuesto a los consumos especiales
Tarifas del ICE 
A cada bien o servicio gravado con ICE se le otorga una tarifa diferente. Los siguientes bienes y 
Equidad y desarrollo 115 
servicios pagan ICE, sean importados o producidos en el Ecuador. 
GRUPO I (TARIFA AD VALOREM) 
BIEN O SERVICIO TARIFA 
Productos del tabaco y sucedáneos del tabaco (abarcan los productos preparados totalmente o en parte utilizando como 
materia prima hojas de tabaco y destinados a ser fumados, chupados, inhalados, mascados o utilizados como rapé) 
150,00 % 
Bebidas gaseosas 10,00 % 
Perfumes y aguas de tocador 20,00 % 
Videojuegos 35,00 % 
Armas de fuego, armas deportivas y municiones, excepto aquellas adquiridas por la fuerza pública 300,00 % 
Focos incandescentes excepto aquellos utilizados como insumos automotrices 100,00 % 
GRUPO II (TARIFA AD VALOREM) 
1. VEHÍCULOS MOTORIZADOS DE TRANSPORTE TERRESTRE DE HASTA 3.5 TONELADAS DE CARGA, CONFORME EL SIGUIENTE DETALLE: 
Vehículos motorizados cuyo precio de venta al público sea de hasta USD 20.000 5,00 % 
Camionetas, furgonetas, camiones, y vehículos de rescate cuyo precio de venta al público sea de hasta USD 30.000 5,00 % 
Vehículos motorizados, excepto camionetas, furgonetas, camiones y vehículos de rescate, cuyo precio de venta al 
10,00 % 
público sea superior a USD 20.000 y de hasta USD 30.000 
Vehículos motorizados cuyo precio de venta al público sea superior a USD 30.000 y de hasta USD 40.000 15,00 % 
Vehículos motorizados cuyo precio de venta al público sea superior a USD 40.000 y de hasta USD 50.000 20,00 % 
Vehículos motorizados cuyo precio de venta al público sea superior a USD 50.000 y de hasta USD 60.000 25,00 % 
Vehículos motorizados cuyo precio de venta al público sea superior a USD 60.000 y de hasta USD 70.000 30,00 % 
Vehículos motorizados cuyo precio de venta al público sea superior a USD 70.000 35,00 % 
2. VEHÍCULOS MOTIRIZADOS HÍBRIDOS O ELÉCTRICOS DE TRANPORTE TERRESTRE DE HASTA 3,5 TONELADAS DE CARGA 
AVIONES, AVIONETAS Y HELICÓPTEROS EXCEPTO AQUELLAS DESTINADAS AL TRANSPORTE COMERCIAL DE PASAJEROS, 
CARGA Y SERVICIOS; MOTOS ACUÁTICAS, TRICARES, CUADRONES, YATES Y BARCOS DE RECREO 
15,00 % 
GRUPO III (TARIFA AD VALOREM) 
Servicios de televisión pagada 15,00 % 
Servicios de casinos, salas de juego (bingo - mecánicos) y otros juegos de azar 35,00 % 
GRUPO IV (TARIFA AD VALOREM) 
Las cuotas, membresías, aliaciones, acciones y similares que cobren a sus miembros y usuarios los Clubes Sociales, 
para prestar sus servicios, cuyo monto en su conjunto supere los US $ 1.500 anuales 
35,00 % 
GRUPO V (TARIFA AD VALOREM) 
Cigarrillos 0,08 USD por unidad N/A 
Bebidas alcohólicas, incluida la cerveza 6,20 USD por litro de alcohol puro 75,00 %
116 
Exenciones del ICE 
De los productos detallados en el cuadro pre-cedente, 
están exentos de este impuesto, es 
decir, no pagan el ICE los siguientes productos: 
• El alcohol que se destina a la producción 
farmacéutica, perfumes y aguas de tocador. 
• El alcohol, residuos y subproductos resul-tantes 
de la rectificación o destilación del 
aguardiente y alcohol no aptos para el con-sumo 
humano, destinados como materia 
prima a la producción 
• Los productos destinados a la exportación. 
• Los vehículos ortopédicos y no ortopédicos 
destinados al traslado y uso de personas 
con discapacidad. 
Deben pagar el ICE los fabricantes o im-portadores 
de los bienes y servicios gra-vados 
únicamente en su primera etapa de 
producción. 
Sin embargo, por tratarse de un impuesto in-directo, 
su valor es trasladado al consumidor 
final, a través del precio de venta al público fi-jado 
por fabricantes o importadores de bienes 
y prestadores de servicios. Es decir, que los 
consumidores finales pagamos este impuesto 
en el valor del bien o servicio que compramos, 
porque el impuesto está incluido en el precio. 
Para el caso de bienes sujetos al impuesto a 
los consumos especiales, en forma obligatoria, 
el precio de venta al público debe ser colo-cado 
en un lugar visible del envase de cada 
producto. 
Cálculo del ICE sobre su base imponible 
El impuesto a los consumos especiales se cal-cula 
sobre la base imponible que resulta de 
restar al PVP la tarifa de IVA e ICE que corres-ponda. 
Esta base imponible no será del resul-tado 
de incrementar un 25% de margen mí-nimo 
de comercialización al valor ex fábrica 
para bienes de producción nacional, o ex 
aduana para bienes importados. 
El precio ex fábrica es aquel que es aplicado por 
las empresas productoras de bienes gravados 
con ICE en la primera etapa de comercializa-ción 
de los mismos. Este precio se refleja en las 
facturas de venta de los productores e incluye 
todos los costos y gastos de producción, venta, 
administrativos, financieros y cualquier otro 
costo o gasto, suma a la cual se deberá agregar 
la utilidad marginada de la empresa. 
El precio ex-aduana es aquel que se obtiene de 
la suma de las tasas arancelarias, fondos y tasas 
extraordinarias recaudadas por la SENAE al mo-mento 
de desaduanizar los productos impor-tados, 
al valor en aduana de los bienes. 
Capítulo 10 • El impuesto a los consumos especiales 
• El alcohol, los mostos, jarabes, esencias o 
concentrados que se destinen a la produc-ción 
de bebidas alcohólicas. 
• Focos incandescentes utilizados como insu-mos 
automotrices. 
• Las armas de fuego deportivas y la municio-nes 
que en éstas se utilice, siempre y cuando 
su importación o adquisición local, se reali-ce 
por parte de deportistas debidamente 
inscritos y autorizados por el Ministerio del 
Deporte, para su utilización exclusiva en ac-tividades 
deportivas, y cuenten con la auto-rización 
del Ministerio de Defensa, respecto 
del tipo y cantidad de armas y municiones. 
Quiénes deben pagar el ICE
Equidad y desarrollo 117 
Por la salud nacional 
Aquellos productos que se consideran perjudiciales 
para la salud de los ciudadanos y ciudadanas, como son 
los cigarrillos y el alcohol, son gravados con impuestos 
especiales para evitar su uso, de esta manera en la polí-tica 
tributaria se refleja claramente su finalidad de con-tribución 
y compromiso con el bien de la sociedad. 
Cómo declarar el ICE 
El ICE sobre bienes y servicios nacionales se 
debe declarar y pagar por períodos men-suales, 
teniendo en cuenta que este corresponda 
a un mes calendario. En el caso de productos 
importados se pagará antes de desaduanizar 
la mercadería detallada en la Declaración 
Aduanera Única (DAU). 
Si los productos son de fabricación nacional, el 
ICE debe ser declarado y pagado por el fabri-cante; 
si se trata de productos importados, el 
impuesto es declarado, liquidado y pagado por 
el importador. 
Los plazos de vencimiento para presentar la de-claración 
son los mismos que se han establecido 
para declarar y pagar el IVA. 
Las empresas que fabrican los bienes y prestan 
los servicios gravados con ICE, deben declarar 
este impuesto mediante el formulario 105.
Hago y aprendo 
1 Responde. 
• ¿A cuál de los bienes y servicios gravados con el ICE es al que se le aplica la 
mayor tarifa? 
• ¿Por qué crees que se le aplica esa tarifa? 
2 Pon V si la afirmación es verdadera y F si es falsa. 
• El valor del ICE se traslada al consumidor final. 
• El ICE es un impuesto directo. 
• El precio de venta al público lo fija el fabricante del bien. 
• Los productos destinados para la exportación pagan ICE. 
3 Enumera tres artículos suntuarios que piensas que deberían estar gravados con el ICE 
y no lo están. 
1. 
2. 
3. 
4 Escribe tu opinión sobre porque el alcohol y los cigarrillos se encuentran gravados 
con ICE 
118 Capítulo 10 • El impuesto a los consumos especiales
Capítulo 11 
LAS CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO 
INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS 
previstas por la Ley para los infractores. Notificación de clausura 
Acto de clausura de un establecimiento comercial 
Los contribuyentes pueden cometer faltas e 
incorrecciones que perjudican la recauda-ción 
y la administración tributaria, estas tiene 
varias consecuencias: la merma de los ingresos 
del Estado y, por lo tanto, el entorpecimiento 
de la prestación de los servicios públicos, así 
como perjuicios para el mismo contribuyente. 
En este capítulo conoceremos qué acciones 
son consideradas infracciones y delitos tribu-tarios 
y cuáles son las respectivas sanciones 
Conceptualmente 
• Definir la infracción para el sistema 
tributario. 
• Conocer la clasificación de las distintas in-fracciones 
tributarias. 
• Identificar las sanciones respectivas a 
las infracciones. 
• Reconocer la gravedad legal de las 
sanciones. 
En actitudes y valores 
• Entender la gravedad social que tiene el co-meter 
infracciones tributarias para el país. 
• Reconocer la importancia que tiene para 
el país que las infracciones tributarias sean 
sancionadas. 
• Valorar la necesidad de una aplicación justa 
y oportuna de las sanciones tributarias. 
Equidad y desarrollo 119 
¿De qué se trata? 
Lo que voy a lograr
120 
¿Qué son las infracciones tributarias? 
Constituye una infracción tributaria toda 
acción u omisión que implique violación 
de normas tributarias. 
En general, podemos decir que todas las in-fracciones 
tributarias son violaciones a leyes, 
reglamentos y normas secundarias de cum-plimiento 
obligatorio, siempre y cuando se 
establezca para ellas una sanción (Art. 314 del 
Código tributario). 
Pese a que la legislación tribu-taria 
establece consecuencias 
coercitivas para quien no paga 
impuestos o para quien actúa 
de mala fe con respecto a la ad-ministración 
tributaria, la razón 
principal para no tener este 
tipo de conductas nunca debe 
ser el temor a la sanción sino la 
creencia cierta en que la tribu-tación 
beneficia a la sociedad y, 
por lo tanto, para nuestra propia 
vida cotidiana. La valoración po-sitiva 
de la tributación es la mejor 
manera de evitar las infracciones 
tributarias. El pago voluntario 
de impuestos y el acatamiento 
de las regulaciones tributarias 
debe ser la consecuencia lógica 
de la aplicación de valores éticos 
a la tributación. 
¿Cuáles son las clases de infracciones 
tributarias? 
A las infracciones tributarias se las puede clasi-ficar 
de acuerdo con la gravedad del hecho en: 
• Faltas reglamentarias: Las faltas reglamen-tarias 
serán sancionadas con una multa que 
no sea inferior a $ 30 dólares ni que exceda 
de $ 1.000. 
• Contravenciones: A las contravenciones es-tablecidas 
en el Código Tributario y en las 
demás leyes tributarias, se aplicará como 
pena pecuniaria una multa que no sea infe-rior 
a $ 30 ni exceda de $ 1.500. 
• Delitos: El delito es la infracción más grave 
y con una sanción más severa, pues para 
la configuración de un delito se requiere 
la existencia de dolo o culpa que acarrean 
consecuencias penales. 
Contribuyente por convicción 
no por temor 
Capítulo 11 • Infracciones y sanciones tributarias
Sanciones aplicables por infracciones 
Equidad y desarrollo 121 
Toda infracción conlleva una sanción, que 
no es otra cosa que una pena, establecida 
en la Ley, que se aplica por el incumplimiento 
de una norma. 
Las penas se aplican según la gravedad de la 
infracción y pueden ser, de la más leve a la 
más grave: 
1. Multa; 
2. Clausura del establecimiento o negocio; 
3. Suspensión de actividades; 
4 Decomiso; 
5. Incautación definitiva; 
6. Suspensión o cancelación de inscripciones 
en los registros públicos; 
7. Suspensión o cancelación de patentes y 
autorizaciones; 
8. Suspensión o destitución del desempeño 
de cargos públicos; 
9. Prisión; y, 
10. Reclusión Menor Ordinaria 
La clausura: es el cierre del establecimiento 
por el plazo mínimo de siete días y que se 
mantiene hasta que la obligación sea cum-plida, 
efectuado mediante la aplicación de se-llos 
y avisos en un lugar visible del local san-cionado. 
Si los contribuyentes reinciden en las 
faltas que ocasionaron la clausura, serán san-cionados 
con una nueva clausura por un plazo 
de diez días. 
El decomiso: es la pérdida del dominio sobre 
los bienes materia del delito, a favor del 
acreedor tributario. 
Suspensión o cancelación de inscripciones 
y patentes: es el retiro de las inscripciones y 
patentes requeridas para el ejercicio del co-mercio 
o de la industria. 
Prisión: se aplica en casos de defraudación, 
contrabando y de infracciones relacionadas 
con la tenencia de libros y registros contables. 
Las penas van de un mes a cinco años de cárcel 
(Art. 330 del Código Tributario).
122 
La defraudación 
El código tributario define a la defraudación 
como todo acto doloso de simulación, 
ocultación, falsedad o engaño que induce a 
error en la determinación de la obligación tri-butaria, 
o por lo que se deja de pagar en todo 
o en parte los tributos realmente debidos. 
Se considera defraudación, entre otros, los 
siguientes: 
1. La falsa declaración de mercaderías, cifras, 
datos o antecedentes que influyan en la de-terminación 
tributaria. 
2. La omisión dolosa de ingresos, la inclusión 
de costos, deducciones, rebajas o retencio-nes, 
inexistentes o superiores a los que pro-cedan 
legalmente y, en general, la utiliza-ción 
en las declaraciones tributarias —o en 
los informes que se suministren al SRI— de 
datos falsos, incompletos o desfigurados, 
de los cuales se derive un menor impuesto 
causado. 
3. La alteración dolosa en libros de contabili-dad, 
de anotaciones, asientos u operacio-nes 
relativas a la actividad económica. 
4. Llevar doble contabilidad. 
5. La destrucción total o parcial de los libros 
de contabilidad u otros exigidos por las 
normas tributarias. 
6. Destrucción, ocultación o alteración dolosa 
de sellos de clausura o de incautación. 
Consecuencias de la defraudación 
La sanción para los casos 2, 3, 4 y 5 es prisión de 
2 a 5 años y se la aplica independientemente 
de las sanciones administrativas, tales como la 
multa, el decomiso y la clausura. 
La responsabilidad por estos delitos recaerá en 
las personas que presenten sus obligaciones 
por cuenta propia o en representación, es 
decir, las personas que se desempeñen como 
agentes de retención o de percepción y que do-losamente 
hayan participado en la infracción. 
Cuando por un hecho se configure más de un 
delito o más de una contravención, se aplica la 
sanción correspondiente al delito o contraven-ción 
más grave. 
La aplicación de una sanción no exime al in-fractor 
del pago de los correspondientes tri-butos 
y de los intereses en mora. 
Capítulo 11 • Infracciones y sanciones tributarias
Sanciones 
Equidad y desarrollo 123 
TABLA DE MULTAS PARA DECLARACIONES TARDÍAS 
Art. 100 Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno Tercer Suplemento R.O. 242 del 29 - DIC - 2007 
INFRACCIONES 
IMPUESTO A LA 
RENTA ANUAL 
FORMULARIOS 101, 
102 Y 102A 
RETENCIONES EN LA 
FUENTE MENSUAL 
FORMULARIO 103 
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO 
RETENCIONES DE 
IVA MENSUALES 
FORMULARIO 104 
IMPUESTO A 
LOS CONSUMOS 
ESPECIALES 
Mensual 
Formulario 104 ó 
104A 
Semestral 
Formulario 104A 
SI CAUSA IMPUESTO 
3 % del impuesto 
causado por mes o 
fracción, máximo 
hasta el 100 % del 
impuesto causado. 
3 % del impuesto 
causado por mes o 
fracción, máximo 
hasta el 100 % del 
impuesto causado. 
3 % del impuesto 
a pagar, por mes o 
fracción, máximo 
hasta el 100 % del 
impuesto a pagar. 
no aplica 
3 % del impuesto 
causado (retenido), 
por mes o fracción, 
máximo hasta el 
100 % del impuesto 
causado. 
3 % del impuesto 
causado, por mes 
o fracción, máximo 
hasta el 100 % del 
impuesto causado. 
SI LA DECLARACIÓN NO CAUSA IMPUESTOS 
SI SE HUBIEREN 
GENERADO INGRESOS 
SI NO SE HUBIEREN 
PRODUCIDO 
RETENCIONES 
SI SE HUBIEREN PRODUCIDO VENTAS 
SI NO SE HUBIEREN 
PRODUCIDO 
RETENCIONES 
SI NO SE HUBIEREN 
GENERADO INGRESOS 
0,1 % por mes o o 
fracción de mes, de 
las ventas o ingresos 
brutos percibidos en 
el período al cual se 
refiere la declaración 
sin exceder el 5% 
de dichas ventas o 
ingresos 
no aplica 
0,1% por mes o fracción de mes, de las ventas 
o ingresos brutos percibidos en el período al 
cual se refiere la declaración sin exceder el 
5% de dichas ventas o ingresos. 
no aplica no aplica 
Para mayor información visita: www.sri.gob.ec, sección Declaración de Impuestos / Multas.
124 Capítulo 11 • Infracciones y sanciones tributarias 
Mucho se discute sobre si el endu-recimiento 
de las penas y sanciones 
disminuye el índice de infracciones 
y delitos. ¿Qué piensas tú? 
La necesidad de la sanción 
El derecho y las leyes no son un fin sino un 
medio, el cual se vale de la fuerza para lograr 
conductas determinadas que se consideran 
de interés social y evitar aquellas que se con-sideran 
dañinas para la sociedad. 
El aspecto característico de este método —del 
derecho— consiste en sancionar con un acto 
coactivo la conducta contraria a la deseada. 
El autor de una norma jurídica supone eviden-temente 
que los hombres cuya conducta es así 
regulada considerarán tales actos como un mal 
y se esforzarán por evitarlos. Su meta es, pues, 
encauzarlos hacia una conducta determinada, 
amenazándolos con un mal en caso de una con-ducta 
contraria [...] Kelsen. 
En este sentido se dice que al endurecer las 
sanciones y las penas disminuirán los delitos, 
sin embargo esto parece no suceder en la 
realidad. El asunto es realmente complejo ya 
que intervienen muchos factores: sicológicos 
y emocionales, sociales y hasta económicos. 
Muchos lo han dicho sabiamente antes, una 
verdadera disminución de los delitos se logra 
más con la educación que con el castigo. Los 
índices de infracciones y delitos se encuen-tran 
estrechamente relacionados con el nivel 
de bienestar social, moral y económico de los 
pueblos, donde hay más justicia hay menos 
infracciones. 
La necesidad de la sanción 
Mucho se discute sobre si el endurecimiento 
de las penas y sanciones disminuye el índice 
de infracciones. ¿Qué piensas tú? 
El derecho y las leyes no son un fin sino un 
medio, el cual se vale de la fuerza para lograr 
conductas determinadas que se consideran 
de interés social y evitar aquellas que se con-sideran 
dañinas para la sociedad. 
El aspecto característico de éste método – del 
derecho - consiste en sancionar con un acto 
coactivo la conducta contraria a la deseada. El 
autor de una norma jurídica supone evidente-mente 
que los hombres cuya conducta es así 
regulada considerarán tales actos como un 
mal y se esforzarán por evitarlos. Su meta es, 
pues, encauzarlos hacia una conducta deter-minada, 
amenazándolos con un mal en caso 
de una conducta contraria [...] Kelsen. 
En este sentido se dice que al endurecer las 
sanciones y las penas disminuirán los delitos, 
sin embargo esto parece no suceder en la 
realidad. El asunto es realmente complejo ya 
que intervienen muchos factores: sicológicos 
y emocionales, sociales y hasta económicos. 
Muchos lo han dicho sabiamente antes, una 
verdadera disminución de los delitos se logra 
más con la educación que con el castigo. Los 
índices de infracciones y delitos se encuen-tran 
estrechamente relacionados con el nivel 
de bienestar social, moral y económico de los 
pueblos, donde hay más justicia hay menos 
infracciones.
Hago y aprendo 
1 Investiga y escribe un ejemplo de cada una de las siguientes infracciones tributarias. 
Equidad y desarrollo 125 
• Faltas reglamentarias 
• Contravenciones 
• Delitos 
2 Escribe el número que corresponde en la casilla para ordenar de la más grave a la más 
leve las siguientes sanciones tributarias. 
1 Suspensión o destitución del desempeño de cargos públicos. 
2 Clausura de un establecimiento o negocio. 
3 Multa. 
4 Cancelación de patentes y autorizaciones. 
5 Prisión. 
6 Cancelación de inscripciones en los registros públicos. 
7 Decomiso. 
3 Explica con tus palabras lo que es llevar doble contabilidad. 
4 Pinta el término al que corresponde esta definición. 
A todo acto de simulación, ocultación, falsedad o engaño que induce a error en la de-terminación 
de la obligación tributaria o por el que se deja de pagar en todo o en parte 
los tributos realmente debidos se conoce como: 
decomiso sanción pena defraudación dolo censura
Hago y aprendo 
5 Describe la sanción para cada una de estas infracciones. 
Por declaración tardía del ICE si no causa impuestos. 
Por declaración tardía del IVA mensual si se hubieran producido ventas. 
Por rectificación de datos de las retenciones en la fuente. 
6 Escribe un párrafo acerca de ser un contribuyente por convicción y no por temor. 
7 Describe las consecuencias legales y las consecuencias sociales de la defraudación. 
126 Capítulo 11 • Infracciones y sanciones tributarias
Equidad y desarrollo 127 
Antes de empezar, conozcamos sobre el tema. 
¿De dónde obtenemos los valores? 
Con mayor o menor dificultad, los conoci-mientos 
conceptuales se enseñan y se ins-truyen 
pero, ¿y los valores? No son conceptos 
que se enseñan, sino que se aprenden y se 
aprehenden. Tienen que haber, personas que 
con su ejemplo o testimonio y no solo con su 
discurso, los pongan ante nuestros ojos, en-tonces 
somos cada uno de nosotros quienes 
captamos o no un valor para desearlo y re-producirlo. 
La aprehensión de los valores es 
un acto subjetivo, íntimo, personal basado en 
nuestras relaciones con todo lo que nos rodea, 
en lo que vemos en lo que sentimos, es la con-secuencia 
de nuestro ser social y de nuestro 
ser emocional que se desenvuelve en una so-ciedad 
compleja. 
Nuestro actuar: responsabilidad educa-tiva 
con el otro 
Todo está interconectado. Si observamos con 
atención podremos notar que nuestro mundo 
es una complejísima red de interrelaciones, la 
más mínima de nuestras acciones tiene reper-cusión 
sobre uno o varios de los componentes 
de nuestro alrededor, lo que desata una cadena 
de consecuencias y efectos interminables. Sin 
embargo, el ser humano occidental parece 
no notarlo y vive en una suerte de ilusión, de 
aislamiento y soledad. De este fenómeno se 
derivan todos los problemas sociales, ambien-tales 
y los antivalores que nos están llevando 
a la destrucción del planeta, a nuestra des-trucción. 
Pero si tomamos en cuenta la forma 
en que influimos y nos relacionamos con el 
Proyecto 3 
LOS VALORES SE PREDICAN CON EL EJEMPLO 
mundo, consideraremos nuestra responsabi-lidad 
y cambiaremos nuestros hábitos, empe-zando 
con los más domésticos. Debemos estar 
concientes de que nuestra forma de vida, así 
no lo queramos, es pauta y modelo de valores 
y antivalores para los otros. 
Ética en la trasmisión de la ética 
Las personas tenemos necesidad de transmitir 
nuestro paquete de valores, pues los consi-deramos 
un bien común, sin embargo, no se 
trata de pensar en que los demás son arcilla 
que vamos a modelar a nuestro antojo, ya sea 
para un proyecto individual, ya sea para una 
utopía colectiva. La realidad es plurisignifica-tiva, 
es ambigua, inaprensible en todas sus 
posibilidades de significación, entonces, en 
cuanto a la transmisión de valores, se debe 
favorecer la libertad y la apertura en su inter-pretación. 
Se trata de una actitud de escucha 
en el encuentro, de dejar un espacio abierto al 
despliegue de todas las lecturas posibles en 
el que, por supuesto, prime el respeto y todos 
sus valores consecuentes. 
Los medios para la transmisión de valores son 
tan variados como posibilidades de actuación 
y comunicación tenemos los seres humanos, 
entre ellos juegan un papel muy importante la 
tradición oral, expresada en refranes y relatos; 
el arte en general y, en especial, la literatura.
128 
¡Luces, cámara, actividades! 
1 A continuación constan refranes y frases célebres que se relacionan con valores. 
Escoge una pareja para trabajar y analícenlos intentando obtener dos interpretacio-nes 
diferentes. 
La generosidad no consiste en dar mucho, sino en dar a tiempo. (anónimo) 
Interpretación 1 Interpretación 2 
Quien ama al mundo en su persona es digno de que se le confíe el reino. (Lao Tsé) 
Interpretación 1 Interpretación 2 
Todo hombre prudente tolera un mal menor por miedo a impedir un bien mayor. (anónimo) 
Interpretación 1 Interpretación 2 
2 Investiga obras de la literatura universal en las que encuentres reflejados los siguien-tes 
valores y copia en tu cuaderno un fragmento que lo argumente. Exponlo a tus 
compañeros. 
• Búsqueda del sentido de la vida 
• Respeto a las diferencias 
• Paz 
• Igualdad de género 
Proyecto 3 • Los valores se predican con el ejemplo
Sabías que... 
...con cada dólar de impuesto entregado, 
permites que el Estado genere obras para el 
país, como hospitales, escuelas, carreteras, 
parques, puentes, etc. 
Como ecuatorianos responsables, paguemos 
nuestros impuestos y seamos parte del 
Ecuador que queremos construir...

Libro del SRI

  • 1.
    EEDDUUCCAACCIÓIÓNN B BÁÁSSICICAA EQUIDAD Y DESARROLLO Libro del futuro contribuyente - Bachillerato
  • 5.
    Equidad y desarrollo Libro del futuro contribuyente B a c h i l l e r a t o
  • 6.
    CRÉDITOS Equipo detrabajo Departamento de Servicios Tributarios Dirección Nacional - SRI Departamento de Comunicación - SRI Dirección general Mireya Brito Supervisión de proyecto Daniel Moreno Autoría y edición María Rosa Balseca Moscoso Departamento de Servicios Tributarios Dirección Nacional - SRI (reedición) Corrección de estilo Nicolás Jara Miranda Corrección técnica Freddy Lobato Estudio gráfico Sesos Creación Visual www.sesoscv.com Dirección de arte Ricardo Novillo Loaiza Diseño gráfico y diagramación Fernanda Salazar C. Víctor H. Jaramillo V. (reedición) Ilustración Mauricio Jácome (dibujo) Bladimir Trejo (línea) Marco Chamorro (color) Coordinación Fernanda Salazar C. Quinta edición Quito, 2012 www.sri.gob.ec
  • 7.
    República del Ecuador Convenio de cooperación interinstitucional Ministerio de Educación - Servicio de Rentas Internas Programa de Educación y Capacitación Tributaria TEXTO DE DISTRIBUCIÓN GRATUITA Prohibida su reproducción parcial o total sin autorización expresa del SRI. Debido a la naturaleza de Internet, las direcciones y/o los contenidos de los sitios web a los que se hace referencia en este libro pueden tener modificaciones o desaparecer. Impreso en 2012.
  • 9.
    INTRODUCCIÓN Jóvenes ecuatorianos Desde enero de 2000, el Servicio de Rentas Internas y el Ministerio de Educación mantienen un convenio de cooperación interinstitucional, para educar y capacitar en cultura tributaria a los estudiantes del país. Este esfuerzo conjunto pone énfasis en la formación de hábitos y actitudes ciudadanas favorables a la sociedad, en el conocimiento de la Ley, los derechos y deberes de los ecuatorianos y ecuatorianas, con el fin de construir un país justo, equitativo y solidario. Dentro del marco del convenio se presenta el texto de Educación y Capacitación Tributaria Equidad y desarrollo dirigido a los estudiantes de bachillerato. Este libro ofrece contenidos fundamentales sobre administración tributaria, su normativa y su aplicación práctica. También incluye capacitación en el uso del sitio web del Servicio de Rentas Internas. Las dos instituciones buscan que ustedes, jóvenes ecuatorianos, conciban y practi-quen el pago de impuestos como una de las responsabilidades más importantes de los ciudadanos, en la medida que significa una fuente de ingresos para que el Estado pueda ejecutar los proyectos de desarrollo nacional, que el Ecuador necesita, como un justo administrador de los bienes de todos y de todas.
  • 10.
    ÍNDICE CAPÍTULO 1 INTRODUCCIÓN A LA TRIBUTACIÓN 1. Página introductoria 2. El gran objetivo de la Economía 3. Principales retos de la política económica 4. Instrumentos de acción 5. Evaluación CAPÍTULO 2 EL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO 1. Página introductoria 2. Presupuestar, la gran tarea 3. ¿Cómo se compone el presupuesto general del Estado? 4. El ingreso público: clasificaciones 5. El gasto público: clasificaciones 6. El resultado fiscal 7. Evaluación CAPÍTULO 3 TEORÍA GENERAL DE LA TRIBUTACIÓN Y LOS TRIBUTOS 1. Página introductoria 2. Orientación de la política tributaria 3. Principios fundamentales de la teoría de la tributación 4. ¿Qué son los tributos? 5. Varias maneras de tributar 6. Evaluación CAPÍTULO 4 LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA Y LA CONSTITUCIÓN DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS 1. Página introductoria 2. Una relación legal entre el Estado y la ciudadanía 3. La labor del Servicio de Rentas Internas 4. Lo que hacemos y a lo que aspiramos en el SRI 5. Evaluación PROYECTO DE VALORES 1 1. Lectura 2. Actividades 13 13 14 15 16 17 19 19 20 21 22 23 24 25 27 27 28 29 31 32 33 35 35 36 38 39 40 41 42
  • 11.
    ÍNDICE CAPÍTULO 5 CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES Y SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS 1. Página introductoria 2. Varios tipos de contribuyentes 3. Nuestras responsabilidades 4. Uso de Internet 5. Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano 6. La suspensión del Registro Único de Contribuyentes 7. Evaluación CAPÍTULO 6 EL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES 1. Página introductoria 2. ¿Qué es el RUC? 3. ¿Quiénes están obligados a obtener el RUC? 4. El número de registro 5. ¿Qué necesito para inscribirme en el RUC como persona natural? 6. Requisitos adicionales para personas naturales que cumplen actividades específicas 7. Inscripción de sociedades en el RUC 8. ¿Cómo se verifica la ubicación de las empresas? 9. La suspensión del RUC 10. Cancelación del RUC 11. Estados del contribuyente ante la administración tributaria 12. Evaluación CAPÍTULO 7 COMPROBANTES DE VENTA Y DE RETENCIÓN 1. Página introductoria 2. ¿Cuáles son los comprobantes de venta válidos? 3. Comprobantes de retención 4. Autorización para emitir comprobantes de venta, retención y documentos complementarios 5. Establecimientos gráficos autorizados 6. ¿Qué se debe hacer en caso de que los comprobantes fueran emitidos con errores? 7. La factura 8. La nota de venta (RISE) 43 43 44 45 47 48 49 50 51 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 63 64 65 66 67 68 69 70
  • 12.
    ÍNDICE 9. Eltiquete de máquina registradora 10. Liquidaciones de compra de bienes y prestación de servicios 11. Comprobante de retención 12. Guía de remisión 13. Evaluación PROYECTO DE VALORES 2 1. Lectura 2. Actividades CAPÍTULO 8 EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO 1. Página introductoria 2. Venta, compra, intercambio e importación: IVA, el impuesto del mercado de productos y servicios 3. El hecho generador del IVA y bienes gravados con tarifa 0 % 4. Los sujetos que intervienen en el IVA 5. Liquidación del impuesto al valor agregado 6. Retenciones en la fuente del IVA 7. La declaración del impuesto al valor agregado 8. Errores en la declaración y declaraciones anticipadas 9. Una manera inteligente de declarar 10. Devolución del IVA 11. Evaluación CAPÍTULO 9 EL IMPUESTO A LA RENTA 1. Página introductoria 2. ¿Qué es el impuesto a la renta? 3. Fuentes de la renta e ingresos gravados 4. La renta se calcula de manera global 5. Gastos Personales 6. Cálculo del impuesto a la renta 7. Anticipos y retenciones 8. Conciliación 9. Detalle de exenciones y deducciones aplicables al impuesto a la renta 10. Detalle de costos y gastos deducibles 11. Tarifa del impuesto a la renta para sociedades 71 72 73 74 75 77 78 79 79 80 81 83 84 85 86 87 88 89 90 91 91 92 93 94 96 98 101 102 103 104 106
  • 13.
    ÍNDICE 12. Cálculodel anticipo del impuesto a la renta 13. Retenciones en la fuente del impuesto a la renta 14. Distribución de la recaudación del impuesto a la renta 15. Evaluación CAPÍTULO 10 EL IMPUESTO A LOS CONSUMOS ESPECIALES 1. Página introductoria 2. Un impuesto sobre bienes de lujo 3. Tarifas del ICE 4. Quiénes deben pagar el ICE 5. Cómo declarar el ICE 6. Evaluación CAPÍTULO 11 INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS 1. Página introductoria 2. ¿Qué son las infracciones tributarias? 3. Sanciones aplicables por infracciones 4. La defraudación 5. Sanciones 6. Evaluación PROYECTO DE VALORES 3 1. Lectura 2. Actividades 107 108 110 111 113 113 114 115 116 117 118 119 119 120 121 122 123 125 127 128
  • 14.
    La Cultura tributariaes un tema de grandes y chicos.
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    ECONOMÍA PARA ELDESARROLLO DEL ECUADOR Oficinas del SRI Funcionaria del SRI Capítulo 1 INTRODUCCIÓN A LA TRIBUTACIÓN Equidad y desarrollo 13 ¿De qué se trata? Tributar es contribuir al Estado, como un compromiso y una obligación ciudadana, con el pago de impuestos en dinero, especies o servicios que servirán para financiar la satisfacción de necesidades so-ciales, es decir, para ayudar a la economía nacional. Antes de embarcarnos en el estudio de los aspectos es-pecíficos de la tributación, es Conceptualmente • Identificar el objetivo fundamental de la econo-mía estatal. • Reconocer las principales metas que deben orientar una política económica. • Nombrar los mecanismos utilizados para conse-guir los objetivos de una política económica. En actitudes y valores • Valorar la planificación para el sostenimiento de la economía nacional. • Reconocer y exigir el derecho a estar informado de las políticas económicas estatales y al rendi-miento de cuentas de las autoridades. necesario remitirnos a la fina-lidad general de la economía del Estado y a los principios y valores que deben enmarcar la actividad económica fiscal. Por ello, en este capítulo ha-blaremos sobre los objetivos de las políticas económicas es-tatales y los mecanismos con que dichas políticas accionan en la vida económica de todos las ciudadanas y ciudadanos ecuatorianos. • Apreciar el manejo responsable de las políticas económicas como clave para el cumplimiento de objetivos de desa-rrollo nacional. Lo que voy a lograr
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    14 El granobjetivo de la Economía La Economía es la ciencia que estudia los métodos más eficaces para satisfacer las necesidades humanas materiales, y adminis-trar razonablemente el conjunto de bienes y actividades que integran la riqueza de una co-lectividad o un individuo. La economía estatal tiene como objetivo re-solver los problemas de la comunidad y crear las condiciones necesarias para el desarrollo de la nación. Para ello, el Estado desarrolla po-líticas económicas. Una política es la forma en que se conduce un asunto o se emplean los medios para alcanzar un fin determinado, las orientaciones o direc-trices que rigen la actuación de una entidad en un asunto o un campo específico. En este caso, se trata del Estado respecto de la economía, es decir, de políticas económicas estatales. La formulación de la política económica de un Estado comprende dos procedimientos, de-pendientes el uno del otro: 1. La determinación de los objetivos que se quieren alcanzar. 2. La elección de los instrumentos que se utilizarán para conseguir los objetivos determinados. Art. 284.- La política económica tendrá los si-guientes objetivos: 1. Asegurar un adecuada distribución del ingreso y de la riqueza nacional. 2. Incentivar la producción nacional, la productividad y competitividad sistémicas, la acumulación del conocimiento científico y tecnológico, la inserción estratégica en la economía mundial y las activida-des productivas complementarias en la integración regional. 3. Asegurar la soberanía alimentaria energética. 4. Promocionar la incorporación del valor agregado con máxima eficiencia, dentro de los límites biofísicos de la naturaleza y el respeto a la vida y a las culturas. 5. Lograr un desarrollo equilibrado del territorio nacio-nal, la integración entre regiones, en el campo, entre La Constitución Política del Estado Ecuatoriano, como Ley máxima, garantiza y orienta las políticas económicas de los gobiernos. el campo y la ciudad, en lo económico, so-cial y cultural. 6. Impulsar el pleno empleo y valorar todas las formas de trabajo, con respeto a los de-rechos laborales. 7. Mantener la estabilidad económica, enten-dida como el máximo nivel de producción y empleo sostenibles en el tiempo. 8. Propiciar el intercambio justo y comple-mentario de bienes y servicios en merca-dos transparentes y eficientes. 9. Impulsar un consumo social y ambiental-mente responsable. La Ley dice Capítulo 1 • Introducción a la tributación
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    Principales retos dela política económica Equidad y desarrollo 15 La política económica del Estado ecuato-riano tiene tres objetivos que responden a los principios de eficiencia, equidad, sustenta-bilidad y calidad: • Desarrollo económico Es la evolución progresiva de una econo-mía hacia mejores niveles de vida. La orga-nización y el funcionamiento de la política económica deben asegurar a los habitantes una vida digna e iguales derechos y oportu-nidades para acceder al trabajo, a los bienes y servicios y a la propiedad de los medios de producción, lo cual incidirá en el mejora-miento de su calidad de vida. • Estabilidad económica Es el sostenimiento o el incremento de los niveles de empleo, el mantenimiento esta-ble de los precios de los bienes y servicios y el equilibrio de la balanza de pagos. • Eficiencia distributiva Es lograr la equidad en la distribución del ingreso público entre unidades territoriales y unidades familiares, es decir, administrar adecuadamente el ingreso fiscal para de-volverlo equitativamente a la colectividad, en obras y servicios de calidad que benefi-cien a todos. Es un hecho El mundo está lleno de desigualdades. Las tres personas más ricas del mundo (Bill Gates, Carlos Slim y Warren Buffet) tienen activos que superan el ingreso pú-blico combinado de los 48 países menos adelantados del mundo. Los 225 perso-najes más ricos del mundo acumulan una riqueza equivalente a la que tienen los 2 500 millones de habitantes más pobres (el 47 % de la población del planeta). Siguiendo una política económica equita-tiva y justa, los impuestos que pagan estos multimillonarios deben ser proporcio-nales a su riqueza para que, con eficiencia distributiva, los ciudadanos de los Estados en los que tributan, sean altamente bene-ficiados gracias al principio de equidad.
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    16 Instrumentos deacción Un instrumento es aquello que sirve de medio para hacer algo o conseguir un fin; los mecanismos de los que se sirve la política económica para la consecución del desarrollo, la estabilidad y la eficiencia distributiva son: • Una política monetaria Es un conjunto de medidas diseñadas para controlar y regular el sistema financiero, la banca y el sistema monetario, con el fin de conseguir la estabilidad del valor del dine-ro, evitar una balanza de pagos adversa y garantizar la liquidez. • Una política fiscal Es un conjunto de medidas diseñadas para recaudar los ingresos necesarios para el funcionamiento del Estado y dar cumpli-miento a su fin social. La política fiscal tiene dos componentes: el gasto público y los ingresos públicos, ambos forman el presu-puesto general del Estado, que es progra-mado por cada gobierno. El propósito de la política fiscal es dar estabilidad al siste-ma económico mediante su planificación y programación. Se produce un cambio en la política fiscal cuando el gobierno altera sus programas de gasto o de ingreso. La tributación es parte de la política fis-cal como un componente de los ingresos públicos. Responsabilidad La elaboración de la política econó-mica exige que los servidores pú-blicos sean responsables. La irres-ponsabilidad del servidor público genera ilegalidad, inmoralidad social y corrupción; tampoco hay respon-sabilidad cuando no se puede exigir fácil, práctica y eficazmente el cum-plimiento de las obligaciones de los servidores públicos. La responsabilidad de los gobernantes es un tipo de responsabilidad legal o jurídica, sin embargo, la responsabilidad política también es evaluada por los ciudadanos cuando, asu-miendo el papel de electores, valoran el uso que los gobernantes han hecho del poder. El juicio de valor que un gobernado atribuye a los actos de poder constituye, en efecto, una manera de evaluar la responsabilidad política que es fundamental para la vida democrática. La política tiene una función social y, precisa-mente porque los políticos tienen una labor di-rectiva, de ellos ha de venir al país un ejemplo de moralidad privada y pública, de honradez, de sobriedad de vida, de trabajo y de consa-gración al bienestar nacional. Capítulo 1 • Introducción a la tributación
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    Equidad y desarrollo17 1 A partir de las definiciones, encierra el término correcto. • Forma en que se conduce un asunto o se emplean los medios para alcanzar un fin de-terminado, las orientaciones o directrices que rigen la actuación de una entidad en un asunto o un campo específico. Desarrollo económico Política Objetivo de la economía estatal • Evolución progresiva de una economía hacia mejores niveles de vida. Desarrollo económico Política Objetivo de la economía estatal • Resolución de los problemas materiales de la comunidad y creación de las condiciones necesarias para el desarrollo de la nación. Desarrollo económico Política Objetivo de la economía estatal 2 Explica con un ejemplo las consecuencias de la irresponsabilidad en la planificación de la política económica de un gobierno. 3 Investiga los siguientes conceptos. • Balanza de pagos • Liquidez • Sustentabilidad Hago y aprendo
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    Hago y aprendo 4 Enumera los objetivos permanentes de la economía según el Art. 284 de la Constitu-ción Política del Estado. 1. 2. 3. 4. 5. 5 Responde: ¿por qué la tributación es parte de la política fiscal? 6 Define el término tributación utilizando las palabras del recuadro: pago contribución necesidades sociales Estado obligación 7 Describe una situación práctica en que el Estado y los gobernantes rinden cuentas a los contribuyentes. 18 Capítulo 1 • Introducción a la tributación
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    Documento del presupuestogeneral del Estado Funcionario público 19 ¿De qué se trata? El presupuesto general del Estado es el principal documento económico de la nación, es el resul-tado final de una estrategia económica elaborada por el gobierno y es el instrumento imprescindible de la política económica. Está conformado por dos com-ponentes: el ingreso público y el gasto público; del equilibrio de estos dos elementos depende el buen funcionamiento de la economía del Estado. En este capítulo hablaremos sobre su composición, los criterios que intervienen en su planificación y sobre los resultados de su aplicación. Capítulo 2 EQUILIBRIO EL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO Lo que voy a lograr Conceptualmente • Identificar los componentes del presupuesto general del Estado. • Diferenciar los tipos de ingresos que tiene el Estado. • Diferenciar las clasificaciones del gasto del Estado. • Reconocer los diferentes escenarios del resultado de la aplicación del presupuesto general del Estado o re-sultado fiscal: en el que son posibles tres escenarios. • Identificar los partícipes del ingre-so del Estado que no constan en el presupuesto general. • Nombrar los criterios económi-cos que deben tomarse en cuenta para la elaboración y el manejo del presupuesto general del Estado. En actitudes y valores • Valorar la prioridad de la inversión social en el presupuesto general del Estado. • Reconocer la importancia de la tri-butación para el presupuesto ge-neral del Estado. Equidad y desarrollo
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    1 2 3 4 5 Mi asignación ideal del presupuesto general del Estado 6 7 8 9 20 Un presupuesto es el cómputo anticipado de los egresos y las rentas de una entidad o una persona; en él se determina la cantidad necesaria de dinero para hacer frente a los gastos futuros, tomando en cuenta aquello de lo que se dispone como recurso. A nivel de país se elabora un presupuesto ge-neral del Estado, que es un instrumento básico para poner en práctica la política económica de un gobierno. Para su elaboración, se nece-sita un proceso de toma de decisiones sobre la asignación que ha de hacerse de los recursos disponibles, orientada por los objetivos de la política económica —que, en general, son de satisfacción de las necesidades de la so-ciedad—. La dificultad de la planificación de la asignación de los recursos se encuentra en priorizar las necesidades nacionales, es decir, en la determinación de su importancia de atención, esto es lo que cambia el presupuesto planificado por un gobierno del planificado por otro. El presupuesto general del Estado es elabo-rado y ejecutado por cada gobierno para su pe-ríodo de ejercicio por lo que se proyecta para varios años. La Constitución señala que debe ser aprobado por la Asamblea Nacional con el fin de que sea el resultado de un acuerdo y una estrategia conjunta entre diversas fuerzas políticas y sociales del país. Presupuestar, la gran tarea Pongámonos en los zapatos del gobierno Entre las necesidades so-ciales están la vivienda, la salud, el cuidado del medio ambiente, la cultura, la obra pública, el transporte, la educación, la defensa nacional y la seguridad interna. Adjudica, según tu parecer, una parte del presupuesto que está re-presentado en el gráfico a cada necesidad y comenta el por qué de tus priori-dades a tus compañeros y compañeras. Capítulo 2 • El presupuesto general del Estado
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    ¿Cómo se componeel presupuesto general del Estado? Pagar los impuestos es nuestra contribución real a la economía del país, un deber ciudadano que conlleva el derecho a ser beneficiados por la acción del Estado. Equidad y desarrollo 21 El presupuesto general del Estado está compuesto por dos elementos; el ingreso público, que representa los activos de su eco-nomía y los bienes o valores que recibe el Estado en un período determinado —general-mente en un año— ; y el gasto público, que representa los pasivos de la economía o los ru-bros que se asignan para su funcionamiento y el sostenimiento de las necesidades colectivas. El ingreso público está conformado por: • Los ingresos petroleros: percibidos por la exportación de barriles de petróleo y la venta interna de sus derivados, como la ga-solina y el diesel. • Los ingresos no petroleros tributarios: consisten en los impuestos administrados por el Servicio de Rentas Internas: el impues-to a la renta, el impuesto al valor agregado (IVA), el impuesto a los consumos especiales (ICE), el impuesto a la herencia, el impuesto a la salida de divisas, el impuesto a los ac-tivos en el exterior, y el impuesto a los ve-hículos motorizados de transporte terrestre. También son ingresos tributarios los aran-celes o los impuestos a las importaciones que son administrados por la Corporación Aduanera Ecuatoriana (CAE). • Los ingresos no petroleros no tributarios: son los percibidos por concepto de multas, e intereses y aquellos generados por la au-togestión de las entidades y empresas es-tatales, como el cobro por las cédulas en el Registro Civil, por las consultas en los hos-pitales públicos o por la venta de servicios como la electricidad. Participación de todos El pago de tributos puede parecer moles-toso, sin embargo, al cumplir con esa obli-gación estamos participando en la cons-trucción del Ecuador que queremos. Para cumplir puntualmente con nuestra res-ponsabilidad tributaria debemos fortalecer nuestra disciplina y conocer sobre nuestras obligaciones como contribuyentes. Todos los ecuatorianos debemos formarnos en cultura tributaria.
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    Otras clasificaciones delos ingresos públicos se realizan de acuerdo con los siguientes criterios: Por la periodicidad • Ingresos ordinarios: son aquellos que el Estado percibe de manera constante o permanente. • Ingresos extraordinarios: son los que se reciben en circunstancias especiales, como por ejemplo, por una donación internacional. Por el origen • Ingresos originarios o de derecho pri-vado: son los que obtiene al participar de dividendos de empresas del sector priva-do o por arrendamientos de inmuebles de su propiedad. • Ingresos derivados o de derecho públi-co: son aquellos que recibe por la natura-leza de su potestad o poder, es decir, por su facultad de imponer tributos. Otra clasificación común • Ingresos patrimoniales: son los que se obtienen por concepto del usufruc-to de los bienes o pertenencias estatales, como los arrendamientos y dividendos de participación. 22 Capítulo 2 • El presupuesto general del Estado • Ingresos empresariales: son los percibidos cuando el Estado realiza un trabajo o una gestión de tipo oneroso o cuando cobra un precio por un servicio prestado, al que se denomina tasa. • Ingresos tributarios: son los obtenidos por la recaudación de impuestos como el IVA o el impuesto a la renta. • Ingresos gratuitos: son los valores que se reciben sin esperar una retribución, es de-cir, las donaciones. • Ingresos por sanciones: son los recauda-dos por concepto de las multas o los inte-reses que la Ley determina que deben pa-gar las personas naturales o ciudadanos y las sociedades o empresas que han cometi-do infracciones. • Ingresos por préstamos: son ingresos per-cibidos por la devolución de valores que habían sido entregados a terceros por el Estado en calidad de créditos. • Ingresos por emisiones monetarias: son los valores obtenidos por la emisión de pa-peles fiduciarios. El ingreso público: clasificaciones
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    El gasto público:clasificaciones Equidad y desarrollo 23 El gasto público está conformado por: • El gasto corriente: es el principal rubro de egreso programable, lo constituyen las ero-gaciones o reparticiones que necesitan to-das las entidades estatales para funcionar; incluye el pago de sueldos y salarios de los funcionarios, la adquisición de insumos y el financiamiento de las tareas específicas de cada entidad como, por ejemplo, la or-ganización de elecciones realizada por el Tribunal Supremo Electoral o los operativos policiales. • El gasto de capital: son inversiones en obras públicas, sobre todo en cuanto a in-fraestructura, es decir, a la construcción de carreteras, escuelas, hospitales y puentes, entre otras. Estas obras son inversiones pues deben contribuir al crecimiento de la economía y la productividad. • El pago de deuda: es el rubro que se debe pagar por concepto de amortización o pago de intereses de capitales que el país ha reci-bido como préstamo. Otra clasificación del gasto público se hace de acuerdo con el destino que se asigna a los rubros: • Gasto en servicios públicos: todos los ru-bros destinados a la defensa nacional, la seguridad interna, el servicio exterior (em-bajadas y consulados), el cuidado del medio ambiente y la administración de justicia. • Gasto social: rubros para la educación, la salud, la infraestructura básica y el desarro-llo comunitario. • Gasto de administración del Estado: gas-tos generados por el funcionamiento de los ministerios y sus entidades adscritas, las asig-naciones a los gobiernos seccionales (munici-pios, gobernaciones y consejos provinciales) y las entidades autónomas del Estado, como el Banco Central del Ecuador, el Servicio de Rentas Internas y la Corporación Aduanera Ecuatoriana, entre otras. Beneficiarios directos o partícipes Con el rendimiento de los impuestos estable-cidos en la Ley, se realizan compensaciones con cargo al Presupuesto General del Estado o al Fondo de Desarrollo Seccional (FODESEC) en el caso de los Organismos Seccionales, Universidades y Escuelas Politécnicas; para lo cual el Ministerio de Economía y Finanzas toma en cuenta el aumento de las recaudaciones y el incremento de la base imponible de los impuestos.
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    24 El resultadofiscal Todo presupuesto tiene que ser evaluado mediante un balance, una confrontación entre el dinero activo y el dinero pasivo, que determina el estado de la economía o el ne-gocio. En el caso del presupuesto general del Estado, este análisis arroja el resultado fiscal en el que son posibles tres escenarios: • Superávit: cuando los ingresos son mayo-res que los gastos. • Déficit: cuando los gastos son mayores que los ingresos. • Equilibrio: cuando los ingresos y los gastos son iguales. La política fiscal debe siempre orientarse a un equilibrio, en el que los gastos se limiten al nivel de ingresos. • Los ingresos del Estado deben ser-vir para financiar la satisfacción de las necesidades de la población. • El endeudamiento se ha dado porque los ingresos propios del Estado no fueron suficientes para cubrir el gasto público. • No se debe financiar el gasto corriente mediante el endeuda-miento público. Consideraciones importantes sobre el presupuesto Capítulo 2 • El presupuesto general del Estado
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    Hago y aprendo Equidad y desarrollo 25 1 Escribe un antónimo para cada término. gasto superávit público activo inversión 2 Responde las preguntas. • ¿Cuándo el Estado recurre al endeudamiento? • ¿Quién aprueba el presupuesto general del Estado? • ¿Qué se entiende por partícipes? 3 Describe cómo imaginas la situación económica de un país con déficit fiscal.
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    Hago y aprendo 4 Encierra las opciones correctas. Una donación al Estado se podría clasificar como un ingreso de tipo: patrimonial tributario gratuito derivado extraordinario 5 Escribe un ejemplo para cada tipo de gasto. • Gasto de administración • Gasto capital • Gasto social • Gasto corriente 6 Enumera cuatro tipos de ingresos no petroleros tributarios. 1 2 3 4 7 Responde con un porcentaje: ¿qué tan importante es la tributación para el presupuesto general del Estado? ¿Por qué? 26 Capítulo 2 • El presupuesto general del Estado
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    Sistema computarizado deSRI Trámite tributario Equidad y desarrollo 27 UNA CUESTIÓN DE PRINCIPIOS ¿De qué se trata? Capítulo 3 TEORÍA GENERAL DE LA TRIBUTACIÓN Y LOS TRIBUTOS Lo que voy a lograr La tributación es un concepto que se articula alrededor de algunos principios básicos, que provienen de varios enfoques: económico, jurídico, administrativo, social, entre otros. En este capítulo abordaremos algunas de estas orientaciones de la teoría de la tributación. También hablaremos del concepto de tributo y de su clasificación hecha por la legislación de nuestro país. Conceptualmente • Identificar los principios que deben orientar los sistemas tributarios. • Reconocer el principal objetivo de la política tributaria. • Definir el término tributo. • Nombrar los tipos de tributos que establece el Código Tributario. En actitudes y valores • Valorar los principios modernos de la tributación como generadores de características deseables de la política tributaria. • Reconocer la necesidad de una orientación axio-lógica de la tributación. • Apreciar los valores relacionados con los princi-pios que deben orientar la política tributaria.
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    28 Orientación dela política tributaria Como un componente de la política fiscal, la tributación está principalmente destinada a producir ingresos, para el presupuesto pú-blico, que financien el gasto del Estado. Esta función de la política tributaria debe estar orientada por algunos principios fundamen-tales Un poco de historia sobre la imposición que se han enunciado, evolucionado y probado a través del tiempo, estos sirven de pautas para el diseño de los sistemas tributarios. Mientras más apegada a ellos es una política tributaria, los resultados de su aplicación, son más deseables y favorables, tanto para el Estado como para los ciudadanos. Desde los tiempos más remotos han existido tributos, el modelo tributario indica, ineludible-mente, el modelo económico. Las formas de im-posición han evolucionado junto con la historia de la humanidad. En los sistemas imperiales, monárquicos y coloniales la tributación era in-justa y excesiva, por eso los asuntos tributarios son considerados por los historiadores como una de las principales causas de guerras, revo-luciones y decadencia de las civilizaciones. El deterioro de la antigua civilización egipcia fue consecuencia, en parte, de intolerables im-puestos que detuvieron el proceso productivo. La decadencia del imperio romano tuvo entre sus principales causas la excesiva carga fiscal a los habitantes del imperio. Hoy, el pago de tributos es con-siderado La Revolución francesa surgió también como consecuencia de un descontento ante los ele-vados impuestos. La lucha por la independencia de las colonias inglesas en América del Norte tuvo como causa problemas tributarios y una de las causas de la lucha por la independencia de nuestros países hispanoamericanos fue precisamente la desigual carga tributaria que los indígenas y mestizos tenían que pagar al entonces go-bierno español. como un compromiso ético y solidario que tendrá retri-bución directa en el bienestar de la sociedad. Capítulo 3 • Teoría general de la tributación y los tributos
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    Principios fundamentales dela teoría de la tributación De cada uno de los principios que guían la teoría de la tributación surgen impor-tantes características que debe reunir una po-lítica tributaria. A continuación se enumeran los principios y las características que cada uno aporta a la política fiscal. Principio de suficiencia: hace referencia a la capacidad del sistema tributario de re-caudar una cantidad de recursos adecuada o suficiente para solventar el gasto del Estado. Una política tributaria que cumple con este principio debe tener, además, como características: • Generalidad de los tributos, es decir, que sean para todos. • Determinación justa de las exenciones, es decir, de quienes no pagan ciertos tributos. • Amplitud de las bases económicas y de los sujetos alcanzados por los tributos. Principio de equidad: hace referencia a que la distribución de la carga tributaria debe estar en correspondencia y proporción con la capacidad contributiva de cada sujeto de tributación o contribuyente. Una política tri-butaria que cumple con este principio tiene como características: • Imposiciones graduadas de acuerdo con las manifestaciones de bienestar económico del contribuyente. • Creación de categorías o clasificaciones de contribuyentes. • Reconocimiento de que igualdad jurídica no significa indiferenciación tributaria. Equidad y desarrollo 29 Recordemos Todo ordenamiento ju-rídico tributario debe estar en concordancia con los principios orien-tadores de la teoría tri-butaria, la mayoría de estos principios son parte de los derechos inalienables de las per-sonas que las constitu-ciones y los tratados in-ternacionales recogen.
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    30 Capítulo 3• Teoría general de la tributación y los tributos volumen de recursos que justifique su implan-tación y sobre bases o sectores económicos que tengan una efectiva capacidad contribu-tiva. Una política tributaria que cumple con este principio tiene como características: • Costos no elevados y justificados de cum-plimiento por parte de los contribuyentes y de control por parte de la administración tributaria. • Transparencia en la administración tributaria. • Conocimiento de los contribuyentes sobre las obligaciones tributarias. Principio de neutralidad: hace referencia a que la aplicación de los tributos no debe al-terar el comportamiento económico de los contribuyentes, a la necesidad de atenuar el peso de consideraciones de materia tributaria en las decisiones de los agentes económicos. Una política tributaria que cumple con este principio tiene como características: • Poca interferencia de la tributación en el funcionamiento del mercado. • Evita que se generen distorsiones en la asignación de recursos para las actividades económicas de la población debido a la presencia de los tributos. Principio de simplicidad: hace referencia a que el sistema tributario debe contar con una estructura técnica que le sea funcional, que imponga solamente los tributos que capten el La concepción de la tributación varía de acuerdo con el modelo económico que la aplique, sin em-bargo, los principios orientadores de la teoría tributaria actualmente tienen carácter de universalidad. Monarquía
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    ¿Qué son lostributos? nerse sobre el consumo o el gasto de los con-tribuyentes, sobre sus fuentes de ingreso eco-nómico y por concepto de un servicio prestado por el Estado. Aunque se utiliza el término impuesto como sinónimo de tributo, la legislación ecuato-riana determina que los impuestos son uno de los tipos de tributos junto con las tasas y las contribuciones. Equidad y desarrollo 31 Los tributos son prestaciones en dinero, bienes o servicios, determinados por la Ley, que el Estado recibe como ingresos en función de la capacidad económica y contributiva del pueblo, los cuáles están encaminados a finan-ciar los servicios públicos y otros propósitos de interés general. Los tributos en nuestro país están dispuestos y regulados por la Ley en el Código Tributario. Son de varias clases y pueden gravar o impo- Todos sostenemos al país La participación ciudadana es una actitud que implica asumir compromisos y ponerlos en práctica para aportar al mejoramiento de la sociedad, se concreta en acciones tendientes a buscar el bien de la comunidad. Implica tomar conciencia respecto de las consecuen-cias sobre nosotros mismos y sobre los demás, de lo que hacemos o dejamos de hacer, con-siste en reconocer que somos dueños de nues-tros actos libremente realizados y, por lo tanto, aceptamos las consecuencias que se deriven de ellos. El pago de tributos es una forma de partici-pación ciudadana. Si cada ciudadano y ciuda- El pago de los tributos es la principal manera en que los ciudadanos y las ciudadanas participamos en el desa-rrollo del país: contribuimos al soste-nimiento del Estado. dana, si cada empresa, participara mediante el pago de sus tributos, el desarrollo del país sería más acelerado. Cuando los que tienen la obligación de pagar tributos tardan en hacerlo o no lo hacen, están dejando de participar en su propio bienestar. El incumplimiento origina que las obras pú-blicas no se puedan realizar o no se concluyan; que los servicios esenciales para la sociedad, como educación, salud, seguridad, entre otros, sean deficientes e incompletos; que, injusta-mente, su costo lo lleven aquellos que sí par-ticipan con su aporte al sostenimiento de la vida en sociedad; y que para poder cubrir los gastos que generan sus funciones y objetivos el Estado se vea en la necesidad de obtener di-nero por otros medios —deuda externa—.
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    32 Varias manerasde tributar Nuestro Código Tributario acoge una clasifica-ción tripartita de los tributos, y establece que se entiende por tributos a: 1. Los impuestos: son contribuciones que se pagan por vivir en sociedad, no constituyen una obligación contraída como pago de un bien o un servicio recibido, aunque su re-caudación pueda financiar determinados bienes o servicios para la comunidad. Los impuestos podrían ser considerados como los tributos de mayor importancia en cuan-to a su potencial recaudatorio y a diferencia de los otros tipos de tributos se apoyan en el principio de equidad o diferenciación de la capacidad contributiva. 2. Las tasas: son tributos exigibles por la pres-tación directa de un servicio individualiza-do al contribuyente por parte del Estado, esta prestación puede ser efectiva o poten-cial —en cuanto a que si el servicio está a disposición, el no uso no exime su pago—. Las tasas se diferencian de los precios por ser de carácter obligatorio por mandato de la Ley. 3. Las contribuciones especiales o de me-joras: son pagos a realizar por el beneficio obtenido por una obra pública u otra presta-ción social estatal individualizada, cuyo des-tino es la financiación de ésta. Contribuían con trabajo Los tributos eran pagados en especies o en trabajo personal público, periódico y rotativo, al que se denominaba mita. El tiempo de la mita era variable y podía extenderse por va-rios años. De este servicio, obligatorio entre los 18 y los 50 años, estaban exentos los ar-tistas y los artesanos. El sistema de la mita era utilizado para hacer trabajos en las minas, en el empedramiento de calles, en la excavación y la limpieza de canales, en la construcción de caminos y puentes, en la edificación de pala-cios y templos, en el transporte de bienes y en el levantamiento de silos. También para los mayas, aunque tenían una aproximación al dinero que era el grano del cacao, el tributo se pagaba en forma de trabajo gratuito. La construcción de edificios públicos representaba un tipo de pago. Muchas personas en la sociedad maya, estaban exentas de pagar tributo: la nobleza, el sacerdocio y los funciona-rios civiles y militares, que vivían de lo que pa-gaban los hombres de condición social inferior, además de que las ciudades pequeñas pagaban tributos a las ciudades estado mayores. Capítulo 3 • Teoría general de la tributación y los tributos El imperio inca basaba la mayor parte de su economía y funciona-miento en la tributación.
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    Hago y aprendo 1 Cada uno de los siguientes enunciados contradice un principio orientador de un buen sistema tributario. Escribe junto a él el principio al cual contradice: • Todos los contribuyentes deben pagar Equidad y desarrollo 33 Principio de lo mismo. • El Estado emplea todo lo que recibe por impuestos en controlar que los contribuyentes lo paguen. • Solo ciertos ciudadanos deben pagar tributos. • Debemos subir el precio de ven-ta para poder cubrir el costo de los impuestos. 2 Escribe un ejemplo para cada clase de tributo: • Tasa: • Impuesto: • Contribución especial: 3 Investiga y responde: ¿Cuáles son los indicadores de capacidad económica y contributiva que se deberían tomar en cuenta para hacer una clasificación de contribuyentes? 4 Escribe el nombre del ordenamiento legal que regula los asuntos tributarios en el Ecuador: Principio de Principio de Principio de
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    Hago y aprendo 5 Define el término impuesto: 6 Enumera cinco valores que deben intervenir en la tributación: 1. 2. 3. 4. 5. 7 Escribe tres diferencias entre la tributación en los tiempos prehispánicos y en la actualidad: Tiempos prehispánicos Actualidad 1. 2. 3. 8 Observa a tu alrededor y escribe un párrafo sobre cómo te beneficias personalmente de la obra pública financiada con impuestos, tasas y contribuciones de mejoras: 34 Capítulo 3 • Teoría general de la tributación y los tributos 1. 2. 3.
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    Capítulo 4 Oficinasdel SRI La imposición y el pago de tributos en el Ecuador es una obligación determinada por la Ley. La obligación tributaria tiene varios elementos que la conforman, en este capítulo abordaremos cada uno de ellos: la Ley en sí misma, los actores que en ella intervienen y el hecho que la genera. Hablaremos sobre la institución encargada de la ejecución de la política tributaria, es decir, la recaudación de los tributos: el Servicio de Lo que voy a lograr Funcionarios del SRI visitando un establecimiento comercial Equidad y desarrollo 35 LA LEY Y EL SRI LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA Y LA CONSTITUCIÓN DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS ¿De qué se trata? Conceptualmente • Definir la obligación tributaria. • Conocer qué es la cultura tributaria. • Identificar qué elementos conforman la obligación tributaria. Rentas Internas (SRI). Conoceremos la visión y la misión que definen su labor. • Identificar las facultades, las atribuciones, la visión, la misión y las obligaciones del SRI. En actitudes y valores • Valorar la Ley como elemento imprescindi-ble de funcionamiento de toda sociedad. • Reconocer la mejora cualitativa de la recau-dación y la administración tributaria a partir de la creación del SRI. • Apreciar la orientación ética del Servicio de Rentas Internas.
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    36 Una relaciónlegal entre el Estado y la ciudadanía Entre el Estado ecuatoriano y la ciudadanía existen varias relaciones jurídicas. Una de ellas es la obligación tributaria, esta relación personal convierte a los ciudadanos y ciuda-danas en contribuyentes, es decir, responsa-bles del pago de tributos, ya sea en efectivo, servicios o especies. La obligación tributaria es una exigencia legal con el Estado y las entidades acreedoras, un vínculo establecido por precepto de Ley que sujeta a las y los ecuatorianos a pagar tributos. Elementos de la obligación tributaria Conceptualmente la obligación tributaria está constituida por varios elementos: 1. La Ley: para establecer, modificar o extin-guir un tributo, el Estado tiene la potestad exclusiva de emitir leyes; todo tributo se determina a través de leyes, no hay tributo sin ley. Las leyes tributarias tienen como ob-jetivo financiar al Estado ecuatoriano. Estos fondos serán destinados a la producción y el desarrollo social procurando siempre la adecuada distribución de la riqueza. Las leyes tributarias determinarán los bie-nes o servicios gravados con impuestos, los sujetos activo y pasivo que intervienen en la tributación, la cuantía del tributo y la forma de establecerla, las exenciones, las deducciones y los reclamos o recursos que deban concederse. Donde no hay justicia, no hay libertad; y donde no hay li-bertad, no hay justicia. Rene Le Senne Tributación justa Capítulo 4 • La obligación tributaria y la constitución del Servicio de Rentas Internas
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    Equidad y desarrollo37 2. El hecho generador: es el momento o la actividad que la Ley establece para que se configure cada tributo. 3. El sujeto pasivo: es toda persona natu-ral o jurídica a quien la Ley exige tributos, es en quien reside la obligación tributaria. El sujeto pasivo puede ser contribuyente o responsable: • Contribuyente es quien, según la Ley, debe soportar la carga tributaria al darse el hecho generador, es decir, cuando re-úne las características establecidas en la legislación tributaria. • Responsable es la persona natural o ju-rídica que, sin tener la calificación de contribuyente, debe cumplir las obliga-ciones atribuidas a este por disposición expresa de la Ley; como en el caso de los responsables por representación y por sucesión. También son responsables los representantes legales. 4. El sujeto activo: es la contraparte del suje-to pasivo, el ente acreedor de los tributos, es el Estado, como gobierno nacional repre-sentado por el Servicio de Rentas Internas o como gobierno seccional —consejos pro-vinciales, municipios y otros acreedores fis-cales locales—. ¿Qué opinas? Un juez de Nueva York, clausuró, dos sitios web que proporcionaban consejos seudo jurídicos para evitar pagar impuestos en Estados Unidos, por vender un sistema nacional de fraude fiscal. Los sitios de Internet, We The People Foundation for Constitutional Education y We the People Congress, explicaban a los contribuyentes de ese país que podían negarse a pagar tributos, ampa-rados en algunas frases de la Constitución o de la Ley estadounidense, por ejemplo en una en que se nombra la palabra voluntarios. En su decisión, tomada el 9 de agosto de 2007, el juez estimó que esos argumentos eran falsos y que incitar a no pagar impuestos es ilegal. Según el dictamen judicial, los sitios fueron cerrados por alentar a realizar acciones ile-gales. Estos recibían veinte dólares por pro-porcionar su guía de supresión del impuesto, el juez exigió, los nombres y direcciones de las personas que pagaron por esos consejos. La organización We The People, dijo que ape-lará la resolución judicial. Seguramente esta apelación pondrá nuevamente en discusión hasta qué punto interviene la voluntad en las cuestiones tributarias. ¿Qué opinas tú? Fuente: AFP
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    38 La labordel Servicio de Rentas Internas El Servicio de Rentas Internas (SRI) es, en Ecuador, la entidad que tiene la responsabi-lidad de recaudar los tributos internos estable-cidos por Ley. Su finalidad es la de consolidar la cultura tributaria en el país para incrementar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias de los contribuyentes. El SRI tiene a su cargo la ejecución de la polí-tica tributaria del país en lo que se refiere a los impuestos internos. Para ello cuenta con las siguientes facultades: • Determinar, recaudar y controlar los tribu-tos internos. • Difundir y capacitar al contribuyente res-pecto de sus obligaciones tributarias. • Preparar estudios de reforma a la legislación tributaria. • Aplicar sanciones. Los objetivos del SRI son: 1. Incrementar anualmente la recaudación de impuestos con relación al crecimiento de la economía. 2. Diseñar propuestas de política tributaria orientadas a obtener la mayor equidad, for-talecer la capacidad de gestión institucional y reducir el fraude fiscal. 3. Lograr altos niveles de satisfacción en los servicios al contribuyente. 4. Reducir los índices de evasión tributaria y procurar la disminución de mecanismos de elusión de impuestos. El SRI está en Internet Capítulo 4 • La obligación tributaria y la constitución del Servicio de Rentas Internas Toda la información sobre el Servicio de Rentas Internas que necesites conocer la puedes encontrar en el sitio web www.sri.gob. ec. En él se ofrece una animación interactiva, que en pocos y sencillos pasos, te enseñará cómo navegar en el portal.
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    Lo que hacemosy a lo que aspiramos en el SRI Más de una década de servicio efectivo 2008 2009 - 2011 Equidad y desarrollo 39 El SRI ha logrado mejoras importantes en la recaudación y la administración tributaria. 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 El 2 de diciembre de 1997 fue creado el Servicio de Rentas Internas, en un entorno económico com-plejo; era necesario transformar la administración tributaria en el Ecuador, enfocándose inicialmente en combatir nichos evidentes de evasión, mejorar la recaudación, sostener el presupuesto general del Estado y, al mismo tiempo, darle flexibilidad y eficiencia a la administración. A más de una década de su creación la re-caudación de impuestos en los últimos trece años, pasó de $ 1 423 millones, en 1997, a $ 9 556 millones, en 2011. Para fomentar la cultura tributaria en la so-ciedad ecuatoriana y prestar servicios de ca-lidad a los ciudadanos y las ciudadanas, a fin de lograr el correcto cumplimiento de sus obli-gaciones, el SRI orienta su acción así: Misión Promover y exigir el cumplimiento de las obli-gaciones tributarias, en el marco de principios éticos y legales, para asegurar una efectiva re-caudación que fomente la cohesión social. Visión Ser una institución que goce de confianza y re-conocimiento social por hacerle bien al país. Hacer bien al país por nuestra transparencia, modernidad, cercanía y respeto a los derechos de los ciudadanos y contribuyentes. Hacer bien al país porque contamos con fun-cionarios competentes, honestos, comprome-tidos y motivados. Hacer bien al país por cumplir a cabalidad la gestión tributaria, disminuyendo significativa-mente la evasión, la elusión y el fraude fiscal. 1998 Gestión y organización institucional enfocadas por proyectos. 2000 - 2002 Enfoque en el servicio al contribuyente. Ampliación de la cobertura regional y provincial. 2005 - 2006 Enfoque funcional. Generación de mayor flexibilidad y adaptabilidad. Dic-97 Creación del SRI. 1999-2000 Proceso de reingeniería organizacional. 2005 Dinamización y especialización del servicio y el control ejecutados por el SRI. 2007 Enfoque a la gestión tributaria, para fortalecer áreas de control tributario, controlar a los grandes contribuyentes y transparentar la estructura operativa. 2006 Reformas que brindan coherencia integral y facilitan la correcta aplicación de la gestión institucional. 2007 Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria, donde los que más tienen pagan más, y los que menos tienen pagan menos. 2008 Fortalecimiento de los medios de interrelación con los contribuyentes para facilitar el acceso a la información de la AT e iniciativas relacionadas a mejorar los procedi-mientos de control e inteligencia tributaria. 2009 - 2011 Enfoque en la consoli-dación de una cultura tritutaria y generación de riesgo ante el incumplimiento. 2009 - 2011 Cumplimiento de los distintos programas de Asistencia, Control y Excelencia Operacional, e incremento de la efectividad de la AT a través del fortalecimiento de la cultura Tributaria. 2008 Reestructuración a un sistema tributario más progresivo. La ley de Equidad Tributaria incorporó incentivos a la pro-ducción y empleo y fortaleció la facultad de control de la Administración Tributaria.
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    Hago y aprendo 1 Explica en tus palabras este enunciado: Los contribuyentes deben satisfacer un tributo al verificarse el hecho generador previs-to por la Ley. 2 Establece la diferencia entre contribuyente y responsable. Contribuyente Responsable 3 Investiga los siguientes términos en materia de tributación. • Evasión: • Elusión: • Fraude fiscal: • Exención: 4 Escribe tu opinión personal sobre la visión del SRI. 5 Enumera los objetivos del SRI. 1. 2. 3. 4. 40 Capítulo 4 • La obligación tributaria y la constitución del Servicio de Rentas Internas
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    Proyecto de valores1 Equidad y desarrollo 41 CONFLICTO DE VALORES Antes de empezar, conozcamos sobre el tema. ¿Qué es un valor? La palabra valor tiene varios significados, es polisémica. Esta característica de las palabras es una de las peores trampas del lenguaje. Dos personas pronuncian o escriben la misma palabra, pero las ideas en sus cabezas son dis-tintas. Todas las palabras importantes en Ética son polisémicas, por eso para entendernos mejor, aquí definiremos la palabra valor, como lo que debe ser. Por ejemplo, la justicia es vista como un deber ser, aunque nunca estará aca-bada o completa en su realización, aun sí por momentos alguien actúa con justicia. ¿Por qué se considera valor a un valor? Los valores son considerados como tales por nuestra formación cultural, que hace que los percibamos como una obligación o un deber ser en nuestra conciencia. La mayoría se relaciona con nuestro desenvolvimiento en sociedad y por lo tanto se han generalizado. Incluso muchos de los valores reciben pro-tección jurídica. Su cumplimiento se refuerza mediante la coacción: leyes penales y civiles, tribunales, policías, cárceles, etc. La subjetividad y generalidad de los valores es uno de los temas más debatidos, la filosofía, la ética y la axiología abordan fundamental-mente esta cuestión, pues aunque muchos va-lores son considerados universales, estos han variado durante las distintas etapas de la his-toria y entre las distintas culturas. ¿Hay valores más importantes que otros? Un valor es más fuerte que otro, si se impone en nuestros juicios de preferencia. Esto esta-blece una jerarquía de valores. En occidente fueron los romanos los que hicieron una lista, que no se ha enmendado nunca, para esta-blecer criterios de primacía de unos valores sobre otros: • Primero, no hacer daño a nadie, controlar nuestros instintos agresivos. Usamos la pa-labra respeto en este sentido. Una falta de respeto suena a poco, pero desde este pun-to de vista, denotaría lo más grave: la vio-lencia, física o moral. El respeto es el primer escalón. Si no se vive este valor, no existen los restantes. • Segundo, dar lo debido a cada uno: la justicia, que solo tiene sentido, si antes he-mos cumplido con los valores de respeto. Notemos que solemos llamar injusticias a muchas violencias, físicas o morales. • Tercero, controlar nuestros instintos cuando, espontáneamente, van hacia algún antivalor: autodominio, poner orden dentro de nosotros mismos. En la vida diaria muchos valores entran en conflicto entre sí, valernos de esta jerarquiza-ción nos permitirá conocer cuáles deben pre-valecer sobre otros. En este sentido, por ejemplo, podríamos juzgar que un evasor fiscal respeta la vida, aunque no la propiedad, —porque la evasión de impuestos es considerada una especie de robo— y podríamos repudiar que un asesino presuma de no haber robado la cartera de quien acaba de asesinar, ya que el respeto a la vida es más fuerte que el res-peto a la propiedad. Si no hay respeto a la vida, no hay respeto a nada, ni tampoco a la propiedad, aunque parezca que lo hay.
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    42 ¡Luces, cámara,actividades! 1 Realiza entre tus conocidos la siguiente encuesta sobre juicios de preferencia entre dos valores. Escoja el valor que le parezca que deba prevalecer en cada uno de los siguientes casos. • Si una muchacha insiste en estar muy delgada, pone en peligro su salud. Si respeta su salud, ha de renunciar a su concepto de belleza. ¿Qué valor debe prevalecer, la salud o la belleza? • Una mujer cuyo marido e hijos han muerto en un acci-dente de tránsito pregunta al médico, que va a operarla de vida o muerte, ¿qué ha sido de mi marido e hijos? Si el médico dice la verdad, pone en peligro la vida de su paciente. ¿Qué es más importante decirle la verdad o mentirle para proteger su vida? • Un jefe es amabilísimo, pero no paga a fin de mes. Otro es muy antipático, pero paga con puntualidad. ¿Qué pre-fiere: amabilidad sin justicia o justicia sin amabilidad? • Un adolescente es atacado y tiene la posibilidad de de-fenderse a costa de la vida del agresor. Se dice a sí mis-mo: si respeto la vida de mi agresor, no respeto la mía, pues me va a matar. Si respeto mi propia vida, solo pue-do hacerlo no respetando la de mi agresor. ¿Qué haría usted? 2 Escribe dos situaciones de conflicto de valores y auméntalas a la encuesta. 3 Recoge las respuestas y realiza un cuadro estadístico que refleje la preferencia por los valores. Exponlo en clase. Proyecto 1 • Conflicto de valores
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    Capítulo 5 Entregade comprobante de venta Todos somos contribyentes Equidad y desarrollo 43 SER CONTRIBUYENTE CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES Y SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS ¿De qué se trata? Todas las ciudadanas y ciudadanos ecua-torianos que realicen actividades econó-micas son contribuyentes y tienen obliga-ciones tributarias. La legislación tributaria ecuatoriana establece dos tipos de contribuyentes. Conoceremos las características que los determinan y diferencian, así como cada una de las obligaciones tributa-rias prácticas que se derivan de esta condición. Lo que voy a lograr Conceptualmente • Identificar los tipos de contribuyentes y recono-cer sus diferencias. • Reconocer la obligación del contribuyente de ob-tener el Registro Único de Contribuyentes (RUC). • Reconocer la obligación del contribuyente de im-primir y emitir comprobantes de venta válidos. • Reconocer la obligación del contribuyente de lle-var un registro de ingresos y egresos. • Reconocer la obligación del contribuyente de presentar sus declaraciones. • Conocer los casos y la manera de suspender el RUC. En actitudes y valores • Ser honesto en las declaraciones de impuestos como un indicador de éti-ca y compromiso ciudadano. • Apreciar la disciplina del contribu-yente en la declaración y el pago de impuestos como una muestra de ci-vismo y madurez ciudadana.
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    44 Varios tiposde contribuyentes En nuestro país son contribuyentes tanto los individuos como las empresas, organiza-ciones o instituciones. El nivel de ingresos que obtiene anualmente cada contribu-yente indica si deben o no llevar contabi-lidad. Los tipos de contribuyentes son: 1. Personas naturales Son todos los individuos nacionales y extranjeros que realizan actividades económicas en nuestro país. Aquellas personas naturales obligadas a llevar contabilidad, son todos los individuos nacionales y extranjeros que realizan actividades económicas en nuestro país y cuyos ingresos son mayores a $ 100 000 al año, o su capital de trabajo sea mayor a los $ 60 000, o cuyos costos y gas-tos anuales hayan sido superiores a $ 80 000. 2. Personas jurídicas Son las sociedades; este grupo compren-de a todas las instituciones del sector pú-blico, a las personas jurídicas bajo control de las Superintendencias de Compañías y de Bancos, las organizaciones sin fines de lucro, los fideicomisos mercantiles, las so-ciedades de hecho y cualquier patrimonio independiente del de sus miembros. Resistencia a la tributación Históricamente, los Estados han tenido que enfrentar la resistencia a la tributación por parte de los contribuyentes. En la antigüedad, debido a la injusta carga impositiva la tribu-tación fue constante y en algunos casos vio-lenta. Hoy, pese a que la concepción de la tri-butación ha cambiado y se basa en principios de equidad y solidaridad, la resistencia sigue siendo uno de los problemas con los que se enfrenta la administración tributaria. ¡Muchas personas no quieren pagar impuestos! Para facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones, el SRI ha implementado varias estrategias: ofrecer efectividad, eficiencia y agilidad, servicios mejorados y estandarizados con ayuda de herramientas digitales, una po-lítica abierta de comunicación externa que permita abrir nuevos espacios de relación con los contribuyentes y la formulación y la aplica-cion de programas para el fortalecimiento de la cultura tributaria, dirigidos a los diferentes sectores de la población —este libro es parte de ellos—. De esta manera, se procura que el descono-cimiento no sea la causa de la resistencia a la tributación para lograr un cambio en la ciuda-danía: la aceptación y la interiorización de la importancia de nuestra participación en la eco-nomía del país, a través del pago de tributos. Capítulo 5 • Clasificación de los contribuyentes y sus obligaciones tributarias Muchas personas no quieren pagar impuestos.
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    Nuestras responsabilidades Equidady desarrollo 45 Las obligaciones tributarias de los contribu-yentes que establece la Ley son las siguientes: 1. Obtener su Registro Único de Contribuyente (RUC). Este registro acredita a la persona oficial-mente para que pueda realizar una activi-dad económica de manera legal. ¿Cuándo se debe sacar el RUC? Al iniciar una actividad económica, toda persona tiene la obligación de acercarse a las oficinas del SRI y obtener el RUC. ¿Hay algún plazo para sacar el RUC? El plazo máximo es de 30 días hábiles después de haber iniciado la actividad económica. En el ámbito tributario, el principio de igualdad establece que los im-puestos obligan por igual a todos los ciudadanos; es decir, que a la hora de repartir la carga tributaria sobre los contribuyentes no se pueden hacer discriminaciones; sin embargo, exis-ten diferentes tipos de contribuyentes. 2. Impresión y emisión de comprobantes de venta. Por todo pago obtenido al realizar una transacción comercial, es obligación de los contribuyentes emitir un comprobante de venta; este documento sirve de registro de los bienes o servicios comprendidos en una venta u otra operación de comercio para llevar su cuenta detallada, con expresión de número, peso o medida, calidad, valor o precio y carga tributaria. ¿Cómo obtengo el permiso de facturación? El permiso de facturación lo otorga el SRI a través de los establecimientos gráficos auto-rizados (imprentas autorizadas), a los que el contribuyente deberá acercarse con su RUC y solicitar la impresión de sus comprobantes. Diferentes contribuyentes
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    3. Registro deingresos y egresos Las personas naturales que no están obligadas a llevar contabilidad deben tener un registro de ingresos y gastos de la siguiente manera: FECHA No. COMPROBANTE DE VENTA CONCEPTO VALOR IVA 01/01/2011 001-001-000026 Compra a proveedores 150,00 18,00 02/01/2011 001-001-000027 Venta de mercadería 50,00 6,00 Formularios 102 y 102A Las personas jurídicas deben llevar contabi-lidad desde el inicio de sus actividades. ¿Se debe archivar esta información? Sí, se debe llevar un archivo en orden cro-nológico y secuencial por un período de 7 años que es el tiempo en el cual pres-cribe o deja de estar vigente la obligación tributaria. 4. Presentar sus declaraciones En materia de tributación, una declaración es la comunicación que se hace a la admi-nistración tributaria detallando la natura-leza y circunstancias de la actividad eco-nómica. Es comunicar sobre estos hechos económicos que se han realizado durante un período determinado y por los que se debe pagar impuestos. ¿Qué declaraciones debo presentar? Se debe declarar sobre el impuesto al valor agregado (IVA) llenando el formulario 104 A para personas naturales y 104 para perso-nas jurídicas y naturales obligadas a llevar contabilidad. Se debe declarar sobre el impuesto a la ren-ta llenando el formulario 102 A para perso-nas naturales, 102 para personas naturales obligadas a llevar contabilidad y 101 para sociedades o personas jurídicas. 46 Capítulo 5 • Clasificación de los contribuyentes y sus obligaciones tributarias
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    Equidad y desarrollo47 ¿Puedo presentar mis declaraciones por Internet? El Servicio de Rentas Internas ha habilita-do un sitio web para brindar servicios en línea, de esta manera se pueden hacer de-claraciones de manera rápida, fácil y sin for-mularios. Cualquier día del año, durante las 24 horas. ¿Qué necesito para enviar mis declaraciones por Internet? • Obtener la clave de acceso al sistema en cualquier oficina del SRI. • El programa DIMM para la elaboración de las declaraciones, disponible gratuitamente en la página web o en cualquier oficina del SRI. • Conectarse a www.sri.gob.ec. ¿Cuáles son las formas de pago de impuestos? • A través de un convenio de débito automá-tico con una institución bancaria. • A través de cajeros automáticos, ventanillas de atención, call center, tarjetas de crédito y otros servicios de las instituciones bancarias. • Mediante notas de crédito o compensaciones. Otros Servicios por Internet: Además del envío de declaraciones de impues-tos y de Anexos con información al detalle de las actividades del contribuyente, desde la pá-gina web del SRI se podrá acceder a otro tipo de información como: • Inscripción a capacitaciones desde la pági-na principal en la sección Capacitaciones • La realización de consultas en línea a través del link Consultas Tributarias. • En la sección Servicios en Línea se podrá obtener información sobre: RUC, valores a pagar por matrícula vehicular, validez de documentos autorizados, validez de tique-tes de máquinas registradoras, consulta de estado tributario, establecimientos gráfi-cos autorizados entre otros, sin necesidad de clave. Uso de Internet
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    RÉGIMEN IMPOSITIVO SIMPLIFICADOECUATORIANO El RISE es un sistema impositivo cuyo ob-jetivo es facilitar y simplificar el pago de impuestos de un determinado sector de contribuyentes. Entre sus principales beneficios podemos mencionar los siguientes: • El contribuyente no necesita hacer declara-ciones, por lo tanto se evita los costos por compra de formularios y por la contrata-ción de terceras personas, como tramitado-res, para el llenado de los mismos. • Se evita que le hagan retenciones de impuestos. • Se entregan comprobantes de venta simpli-ficados en los cuales solo se llenará fecha y monto de venta. • No existe la obligación de llevar contabilidad. • Por cada nuevo trabajador que se incorpo-re a la nómina y que sea afiliado en el IESS, el empleador podrá descontar un 5% de su cuota, hasta llegar a un máximo del 50% de descuento. Se pueden inscribir en el RISE las personas naturales, cuyos ingresos no superen los USD 60,000 dentro de un período fiscal, es decir entre el 1 de enero hasta el 31 de diciembre. De igual forma, una persona que se encuentra inscrita en el RUC, si puede incorporarse al RISE siempre y cuando cumpla con los requi-sitos establecidos por la Ley. 48 Capítulo 1 • Economía: para el desarrollo del Ecuador ¿Cuáles son las condiciones y requisitos que debe cumplir una persona que quiera acogerse al RISE? Condiciones: • Ser persona natural. • No tener ingresos mayores a USD 60,000 en el año. • No dedicarse a alguna de las actividades restringidas. • No haber sido agente de retención durante los últimos 3 años. Requisitos: • Presentar Cédula de ciudadanía original y entregar copia a color de la misma. • Presentar último certificado de votación. • Presentar la factura de agua, luz o teléfono, o algún documento que certifique el domi-cilio del local comercial o la vivienda. No pueden ingresar al RISE: • Agenciamiento de bolsa. • Almacenamiento de productos de terceros. • Agentes de aduana. • Comercialización y distribución de combustibles. • Casinos, Bingos, Salas de juego. • Publicidad y propaganda. • Organización de espectáculos. • Libre ejercicio profesional. • Producción y comercialización de bienes ICE. • Imprentas autorizadas por el SRI. • Corretaje de bienes raíces. • De comisionistas. • De arriendo de bienes inmuebles. • De alquiler de bienes muebles. El RISE establece el pago de una cuota que sustituye la declaración y pago del Impuesto a la Renta e IVA en un período mensual.
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    Ingreso Anual Cuotamensual por Actividad Mínimo Máximo Comercio Servicios Manufactura Construcción Hoteles y restaurantes Transportes Agrícolas, MInas y Canteras 0 5,000 1.17 3.50 1.17 3.50 5.84 1.17 1.17 5,001 10,000 3.50 18.67 5.84 12.84 22.17 2.33 2.33 10,001 20,000 7.00 37.34 11.67 26.84 44.35 3.50 3.50 20,001 30,000 12.84 70.02 21.01 50.18 77.02 4.67 5.84 30,001 40,000 17.51 106.20 29.18 71.19 122.54 15.17 9.34 40,001 50,000 23.34 152.88 37.34 110.87 168.05 31.51 14.00 50,001 60,000 30.34 210.06 52.52 157.55 212.40 57.18 17.51 La suspensión del Registro Único de Contribuyentes Equidad y desarrollo 49 El Registro Único de Contribuyentes se ob-tiene para actividades económicas deter-minadas. Cuando cesan dichas actividades o cambia su naturaleza, el Registro Único de Contribuyentes debe suspenderse. ¿Cuándo debo suspender mi RUC? Se debe realizar el trámite de suspensión del RUC cuando se dejan de realizar todas las acti-vidades económicas que constan en él. Con la emisión de la resolución de inactivi-dad del RUC, ya no se generan obligaciones tributarias. ¿Qué plazo tengo para suspender mi RUC? El plazo máximo es de 30 días hábiles desde la fe-cha de terminación de la actividad económica. Estas cuotas están calculadas en función del tipo de actividad que desarrolla y del nivel de ingresos que tiene el contribuyente. La tabla de actividades y sus respectivas cuo-tas son las siguientes: Las cuotas deben ser canceladas mensualmen-te y en función del noveno dígito del RUC. Si la fecha de vencimiento cae en fin de semana o fe-riado, se podrá realizar el pago hasta el siguiente día hábil disponible, siempre que la cuota no esté vencida, puesto que corren nuevos intereses. Adicionalmente, el SRI le da la facilidad de can-celar todas sus cuotas una sola vez, es decir, que puede cancelar por adelantado todas las cuotas que restan del año en curso. El pago de las cuotas se pueden realizar en las instituciones financieras que mantengan con-venio de recaudación con el SRI a través de convenio de débito, o acercándose a las venta-nillas de los bancos colaboradores de la recau-dación con la cédula o RUC. Si se producen atrasos en el pago de las cuo-tas, se cargarán los intereses de Ley, mismos que serán acumulados mensualmente hasta que se realice el pago correspondiente.
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    Hago y aprendo 1 Escribe tres ejemplos de personería jurídica. 1. 2. 3. 2 Piensa y responde. • ¿Cuál es la diferencia entre un registro de ingresos/egresos y llevar contabilidad? • ¿Por qué se debe archivar la información del registro de ingresos y egresos? • Enumere 3 de los beneficios que tiene una persona natural que se inscriba en el RISE. 1. 2. 3. 3 Ingresa al sitio web del Servicio de Rentas Internas y descarga la animación interacti-va sobre la funcionalidad del portal, luego escribe aquí tus impresiones. 4 Escribe V si es verdadera y F si es falsa cada afirmación. • El plazo para obtener el RUC es de 30 días a partir del inicio de las actividades económicas. • Se pueden pagar los impuestos a través de un débito directo de una cuenta bancaria. • Los formularios 104 y 104 A son para la declaración del impuesto a la renta. 50 Capítulo 5 • Clasificación de los contribuyentes y sus obligaciones tributarias
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    EL REGISTRO ÚNICODE CONTRIBUYENTES Equidad y desarrollo 51 UNA GRAN BASE DE DATOS ¿De qué se trata? Capítulo 6 Lo que voy a lograr Conceptualmente • Identificar la funcionalidad y la importancia del RUC. • Señalar la composición del número del RUC. • Reconocer a quiénes están obligados a ins-cribirse en el RUC. • Conocer los requisitos de inscripción, así como los casos y requisitos de actua-lización, suspensión y cancelación del RUC, tanto para personas naturales como para sociedades. • Determinar los trámites a seguir en caso de defunción del contribuyente. • Conocer los requisitos para la realiza-ción de trámites sobre el RUC realizados por terceros. • Distinguir los estados en que puede encon-trarse un contribuyente ante la administra-ción tributaria. • Conocer las multas que se imponen sobre infracciones con el RUC. En actitudes y valores • Ser responsable en la oportuna obtención del Registro Único de Contribuyentes. • Ser responsable en el manejo y el buen uso del RUC. El Registro Único de Contribuyentes es el instrumento base de la administración tri-butaria, sirve para la determinación y la iden-tificación de los contribuyentes. Conoceremos su importancia, los requisitos para su obten-ción, actualización, suspensión y realización de algunos trámites especiales. Abordaremos el tema de los estados en que se puede encontrar un contribuyente ante la administración tributaria, que se reflejan en su inscripción en el Registro Único de Contribuyentes y también hablaremos sobre las sanciones pecuniarias que se reciben al co-meter infracciones con respecto al RUC. Registro único de contribuyentes
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    El Registro Únicode Contribuyentes (RUC) es el punto de partida en el funciona-miento de la administración tributaria, es un instrumento que sirve para registrar e identi-ficar a los sujetos pasivos: personas naturales y sociedades. El Registro Único de Contribuyentes permite a la administración tributaria configurar una base de datos en donde se encuentra la infor-mación necesaria sobre las personas naturales o sociedades que ejercen actividades econó-micas en el territorio ecuatoriano y son sujetos de imposición. El RUC establece el vector fiscal A más de constituir la base de datos de todos los contribuyentes y agentes de retención, el RUC es importante porque a través de este cer-tificado el contribuyente está en capacidad de conocer adecuadamente cuáles son sus obli-gaciones tributarias y el calendario de pagos para facilitar su cumplimiento. El detalle de las obligaciones tributarias a las cuales está sujeto el contribuyente es una he-rramienta tributaria que se denomina vector fiscal. El vector fiscal se determina al obtener el RUC en relación con las obligaciones tribu-tarias que le corresponden a cada individuo por el tipo de contribuyente que es y la ac-tividad económica que registra. Las obliga-ciones tributarias que componen un vector fiscal pueden ser: • Impuesto al valor agregado. • Impuesto a los consumos especiales. • Impuesto a la renta. • Retenciones del IVA. • Retenciones en la fuente del impuesto a la renta. • Presentar anexos. El especialista superior en tributación conoce sobre los distintos aspectos impositivos, inter-preta y aplica las normas tributarias, asesora a individuos y empresas e incluso está en capa-cidad de intervenir en la fijación de la política y el diseño del sistema tributario. Este es un campo profesional nuevo, muy cotizado en el mercado laboral. ¡Tómalo en cuenta! una opción de carrera profesional. 52 ¿Qué es el RUC? Especialista en tributación Varias universidades e institutos de educación superior, dentro y fuera del país, cuentan con carreras de especia-lización en tributación, con el objetivo de formar profesionales de alto nivel que intervengan en la resolución de los problemas que plantea este tema. Capítulo 6 • El Registro Único de Contribuyentes
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    ¿Quiénes están obligadosa obtener el RUC? Todas las personas naturales o jurídicas y los entes sin personalidad jurídica, nacio-nales y extranjeros, que inicien o realicen ac-tividades económicas en el país en forma per-manente u ocasional, o quienes sean titulares de bienes o derechos que generen ganancias, beneficios, remuneraciones, honorarios y otras rentas sujetas a tributación en el Ecuador, su relación con la pobreza Se conoce como paraísos fiscales a los te-rritorios o estados donde los impuestos son muy bajos o no existen y por lo tanto atraen a los individuos o empresas ex-tranjeras a domiciliar sus activos y llevar su dinero a ellos. Los paraísos fiscales pueden configurarse como una forma de evasión tributaria, además la poco estricta regulación que tienen en ma-teria financiera se presta para que sean destino de fondos provenientes de acti-vidades Equidad y desarrollo 53 Paraísos fiscales El auge de la evasión fiscal ha motivado que el número de paraísos fiscales haya pasado de aproximadamente 25 a principios de los años setenta a 72 paraísos fiscales reconocidos en la actualidad. Estos se han convertido en meca-nismos de transferencia de riqueza desde los países más pobres hacia los más ricos. Se los considera un factor de pobreza, por ser motivo de fuga de capitales, pues cuando no es po-sible, mediante impuestos, compensar el dé-ficit producido por dicha fuga, los gobiernos no suelen tener otra alternativa que recortar el gasto público y privatizar servicios como la sanidad o la educación. Es decir, si las personas que tienen su patrimonio en paraísos fiscales pagarán impuestos en los países donde re-siden o donde obtienen sus riquezas, la re-caudación tributaria adicional disponible sería suficiente para la financiación de servicios pú-blicos de calidad y para la inversión productiva en todo el mundo. ¿De dónde sacar entonces el dinero necesario para acabar con la pobreza? La respuesta es sen-cilla: de los impuestos que dejan de pagar las empresas transnacionales y las personas ricas que utilizan los paraísos fiscales para ocultar su están obligados a inscribirse, por una sola vez, en el Registro Único de Contribuyentes. También están obligados a inscribirse en él, las entidades del sector público, las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y toda entidad, fundación, cooperativa, corporación o ente si-milar, cualquiera sea su denominación, tengan o no fines de lucro. ilegales. dinero. Queda claro que hay riqueza suficiente para arreglar los problemas del mundo. Tan solo son necesarias la actitud honesta y patrió-tica de los contribuyentes, la voluntad política de los países y la unidad internacional.
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    54 El númerode registro En el caso de las sociedades privadas, los dos primeros dígitos señalan el lugar (pro-vincia) donde se inscribió el contribuyente, por ejemplo: 01 para Azuay, 02 para Bolívar, 17 para Pichincha, etc. El tercer dígito siempre será el número 9, del cuarto al noveno son dí-gitos que forman un número secuencial, el dé-cimo dígito es un número verificador y los tres últimos siempre serán 001. En el caso de las sociedades públicas, los dos primeros dígitos señalan el lugar (provincia) donde se inscribió el contribuyente. El tercer dígito siempre será el número 6; del cuarto al octavo, un número secuencial; el noveno dí-gito es el verificador, el décimo dígito es el 0 y los tres últimos dígitos siempre serán 001. ¿En qué me afecta? A todo contribuyente que se inscribe en el RUC el Servicio de Rentas Internas le asigna un número de registro, de acuerdo con el tipo de contribuyente de quien se trata, es decir, si son personas naturales o sociedades. a) Si son personas naturales el número de RUC es el mismo que el de la cédula de identi-dad (10 dígitos), a los cuales se les añaden tres dígitos (001). Las personas naturales durante su existen-cia solo tienen un número de RUC. b) Para las sociedades el número de RUC es un número de 10 dígitos generados por la administración tributaria a los cuales se les añaden tres dígitos (001). En algún momento de tu vida que-rrás que tus hijos, sobrinos o nietos vayan a una escuela o una univer-sidad aunque no puedas pagarla, quizás tendrás que someterte a una operación importante, de esas que no cubren lo seguros privados y necesitarás acudir a un hospital público, te irás de viaje por carre-teras sin pagar peaje… Todas las obras públicas cuestan dinero: aunque no nos cobren nada al utilizarlos los pagamos con nuestros impuestos. Los im-puestos sirven para financiar los servicios públicos. En consecuencia, la evasión fiscal perjudica seriamente a los ciudadanos y ciuda-danas de dos formas: en primer lugar, por las Capítulo 6 • El Registro Único de Contribuyentes medidas compensatorias que los gobiernos deben adoptar para mantener el bienestar social, trasladando la carga fiscal a quienes sí cumplen con su responsabilidad, que asumen la parte correspondiente de los evasores a través de impuestos indirectos sobre el con-sumo. En segundo lugar, por que el Estado tiene que sacrificar los servicios públicos. Como en todo, hay que empezar con uno mismo y predicar con el ejemplo. Infórmate. La evasión tributaria es solo uno de los múltiples frentes que anuncian la lle-gada de un nuevo orden mundial: una nueva sociedad diseñada por y para una minoría bien organizada, que pretende vivir mejor que nadie a costa de los demás, como en los pa-sados tiempos feudales.
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    ¿Qué necesito parainscribirme en el RUC como persona natural? Requisitos Ecuatorianos Extranjeros Para la vericación del lugar donde realiza su actividad económica el contribuyente deberá presentar el original y entregar una copia de cualquiera de los siguientes documentos (los mismos que deben corresponder a uno de los últimos 3 meses). Original y copia del estado de cuenta bancario, de tarjeta de crédito o de telefonía celular. Verdad y puntualidad Equidad y desarrollo 55 Los requisitos para la inscripción de per-sonas naturales en el Registro Único de Contribuyentes varían de acuerdo con la ca-lidad de relación política que tenga el contribu-yente con el Estado, es decir, si es ecuatoriano o extranjero con o sin residencia. Al obtener el número de RUC se adquiere la obligación de declarar. Cuando una persona natural se inscribe en el RUC registra varios datos personales y laborales, toda la información que se entrega debe ser verídica y comprobable. Una vez obtenido el número de registro, el contri-buyente adquiere la obligación de declarar sus in-gresos y gastos, además debe pagar los impuestos respectivos. Un ciudadano responsable lo hace con puntualidad respecto de los plazos determinados. Residentes Extranjeros no Residentes SI SI SI - - - SI Original y copia a color del pasaporte y tipo de visa, para extranjeros no residentes; u original y copia a color de la credencial de refugiado - - Identicación del contribuyente Original y copia a color de la cédula de identidad o de ciudadanía Original del certicado de votación. Original y copia de la planilla de servicios básicos (agua, luz o teléfono). Original y copia de la factura por el servicio de televisión pagada o servicio de internet. Original y copia de cualquier documento emitido por una Institución Pública que detalle la dirección exacta del contribuyente. Original y copia del contrato de arrendamiento. Original y copia de la escritura de compra venta del inmueble; u, original y copia del certicado del Registrador de la Propiedad. Contrato de Concesión Comercial o Contrato en Comodato. Original y copia de la Certicación de la Junta Parroquial más cercana al lugar del domicilio. Ubicación de la matriz y establecimientos se presentará cualquiera de los siguientes:
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    Requisitos adicionales parapersonas naturales que cumplen actividades específicas También existen requisitos especiales de acuerdo con la naturaleza de la actividad económica que realice el contribuyente. • Original y copia del título o carné del colegio profesional respectivo; y, aquellos que traba-jen en relación de dependencia deberán presentar adicionalmente una certificación suscri-ta por el Representante Legal de la compañia. Artesanos • Original y copia de la calificación artesanal emitida por el organismo competente: Junta Nacional del Artesano o MIPRO. Diplomáticos • Original y copia de la credencial de agente diplomático. • Original y copia del título universitario avaluado por la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, o copia del carné otorgado por el respectivo colegio profesional o copia de la cédula de identidad en la que conste la profesión. Actividades educativas • Original y copia del acuerdo ministerial para el funcionamiento de jardines de infantes, escuelas, colegios y otros centros educativos. • Original y copia de la escritura pública en caso de emancipación voluntaria; u, original y sentencia judicial emitida por el Juez competente; o, Acta de Matrimonio en caso de que en la cédula no conste el estado civil. Menores no Emancipados • Original y copia a color del documento de identificación del representante del menor (padre o madre) quién solicitará el respectivo trámite. • Original y copia del nombramiento otorgado por el organismo competente. Se deben registrar todas y cada una de las actividades económicas que se realizan. 56 Contadores Profesionales Menores Emancipados Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantiles Actividad surtida Regístreme como dibujante, inventor, anatomista, es-critor, compositor, escultor, arquitecto, astrónomo, físico, geólogo… Capítulo 6 • El Registro Único de Contribuyentes
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    Inscripción de sociedadesen el RUC Para la identificación y el registro de las sociedades o personas jurídicas del sector público, así como de los entes contables independientes, se requiere de: SOCIEDADES BAJO CONTROL DE LA SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS, EMPRESAS TENEDORAS DE ACCIONES (HOLDING) Y ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES SOCIEDADES BAJO CONTROL DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS SOCIEDADES CIVILES Y COMERCIALES, EMPRESAS UNIPERSONALES SOCIEDADES CIVILES DE HECHO, PATRIMONIOS INDEPENDIENTES O AUTÓNOMOS CON O SIN PERSONERÍA JURÍDICA, CONTRATO DE CUENTAS DE PARTICIPACIÓN, CONSORCIO DE EMPRESAS (JOINT VENTURES) ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES SIN FINES DE LUCRO Formulario RUC-01-A suscrito por el Representante Legal. El formulario RUC-01-B se presentará únicamente cuando la sociedad posea establecimientos adicionales a la matriz; este formulario también deberá ser suscrito por el Representante Legal. Original y copia, o copia certificada de la escritura pública de constitución o domiciliación inscrita en el Registro Mercantil, a excepción de Fideicomisos Mercantiles, Fondos de Inversión y Fondos Complementarios Provisionales. Original y copia, o copia cer-tificada de la escritura pú-blica de constitución inscrita en el Registro Mercantil. Original y copia, o copia certificada de la es-critura pública o del contrato social otorgado ante notario o juez. Copia del acuerdo ministerial o resolu-ción en el que se aprueba la creación de la organización no gubernamental sin fin de lucro. Original y copia o copia certificada del nombramiento del representante legal, ins-crito en el Registro Mercantil. Original y copia o copia certificada del nom-bramiento del representante legal, notariza-do y con reconocimiento de firmas. Original y copia del nombramiento del representante legal avalado por el orga-nismo ante el cual la organización no gu-bernamental sin fin de lucro se encuentra registrada: Ministerio o CNE o CPE. Original y copia o copia certificada de la hoja de datos generales otorgadas por la Superintendencia, de Compañías. _ _ _ _ Identificación del Representante Legal: * Ecuatorianos: Original y copia a color de la cédula de identidad y original del certificado de votación del último proceso electoral. * Extranjeros residentes: Original y copia a color de la cédula de identidad. * Extranjeros no residentes: Original y copia a color del pasaporte con hojas de identificación y tipo de visa vigente. Equidad y desarrollo 57 SOCIEDADES DEL SECTOR PÚBLICO • Formulario RUC-01-A suscrito por el Representante Legal. El formulario RUC-01-B se presentará únicamente cuando la sociedad posea establecimientos adicionales a la matriz; este formulario también deberá ser suscrito por el Representante Legal. • Original y copia del registro oficial donde se encuentre publicada la creación de la entidad o institución pública; u, original y co-pia del decreto, ordenanza o resolución que apruebe la creación de la institución; u, original y copia del documento que declara como unidad o ente contable independientemente o desconcentrado. • Original y copia del nombramiento del Representante Legal de dicha entidad o institución. • Original y copia a color de la cédula de identidad o ciudadanía o del pasaporte del Representante Legal. Las personas jurídicas o sociedades de derecho privado, dependiendo de su naturaleza constitutiva, necesitan de los siguientes documentos para su inscripción en el Registro Único de Contribuyentes:
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    58 ¿Cómo severifica la ubicación de las empresas? La verificación de la ubicación de las socie-dades, tanto privadas como públicas, se realiza mediante los mismos documentos que se piden para las personas naturales, pero a nombre de la sociedad, representante legal, socio o accionista: planillas de pago de ser-vicios públicos y de servicios privados, como televisión por cable, el comprobante de pago del impuesto predial y el contrato de arrenda-miento (de todos ellos se entregan fotocopias). Si no se pueden presentar los documentos antes señalados, se debe proceder a entregar una comunicación al SRI indicando que se ha cedido en forma gratuita el uso del inmueble donde se ubica la sociedad. La actualización del RUC Si existe algún cambio en la información entre-gada al hacer la inscripción, como la razón so-cial o nombre del contribuyente, su ubicación, su actividad económica u otro dato que deba constar en el RUC, entonces es imprescindible realizar una actualización. El plazo máximo para realizar este trámite es de 30 días hábiles después de ocurridos los cambios en la información del RUC. SRI cerca de ti El SRI tiene oficinas en todas las provincias, a las que el contribu-yente podrá acercarse para realizar consultas y trámites que le permi-tirán cumplir con sus obligaciones tributarias. El Servicio de Rentas Internas cuenta con di-recciones regionales y provinciales que se encargan de la operación descentralizada de todas las actividades de la administración tributaria, informando constantemente a la dirección nacional de la institución sobre los procesos que se llevan a cabo, con fines de evaluación y ajuste. Capítulo 6 • El Registro Único de Contribuyentes Los casos en los que es necesaria la actualiza-ción de información son : • Cambio de denominación o razón social. • Cambio de dirección. • Cambio o actualización de actividad económica. • Cambio de representante legal. • Registro de la apertura o cierre de estableci-mientos, sucursales o agencias en el país o en el exterior. • Reforma estatutaria o cualquier acto socie-tario que modifique la escritura pública de constitución de la sociedad. • Transferencia de bienes o derechos a cual-quier título. • Aumento o disminución de capital. • Establecimiento o supresión de sucursales, agencias, depósitos u otro tipo de negocios. Requisitos • Presentar la cédula de identidad o ciudada-nía o el pasaporte. • Presentar el último certificado de votación. • Presentar el original y entregar una copia del documento que respalde el cambio de infor-mación que va a realizar el contribuyente, en relación con los requisitos de inscripción.
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    La suspensión delRUC Como contribuyentes somos únicos Equidad y desarrollo 59 Cuando un contribuyente termina de ejercer la actividad económica por la cual se registró, debe suspender su RUC, para rea-lizar esta suspensión se necesita: • Llenar el formato de solicitud de cese de ac-tividades/ cancelación del RUC para perso-nas naturales, que se encuentra disponible en las oficinas o en el sitio web del Servicio de Rentas Internas. • Presentar la cédula de identidad o ciudada-nía del contribuyente. • Presentar el último certificado de votación —solo para ecuatorianos—. Antes de la suspensión del RUC, el contribu-yente debe efectuar el trámite para dar de baja sus comprobantes de venta vigentes o autori-zación de auto impresores. ¿Cuál es el plazo para suspender el RUC? El plazo máximo es de 30 días hábiles desde la fecha de la terminación de la actividad econó-mica. Transcurrido este plazo se aplicará una multa de USD 30 ,00 para personas naturales no obligadas a llevar contabilidad y socieda-des sin fines de lucro. (Visita www.sri.gob.ec, sección Declaración de Impuestos / Multas). El número de registro que obtiene una persona natural corresponde al de su cédula de ciudadanía, de allí que se diga que es único. En caso de haberse realizado los trámites de suspensión del RUC por cese de las actividades económicas, este número no se pierde, ni es usado por otro contribuyente y podrá ser habilitado nuevamente si hay un reinicio de actividades, así fueran diferentes. El RUC es un número de identifica-ción personal e intransferible.
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    60 Cancelación delRUC La inscripción en el Registro Único de Contribuyentes se cancela o extingue solo cuando el contribuyente deja de realizar ac-tividades económicas permanentemente, es decir, en caso de muerte de las personas na-turales, en caso de extranjeros no residentes que concluyeron sus actividades económicas temporales en el país o cuando una sociedad es liquidada. Pasos a realizar en caso de fallecimiento del contribuyente En este caso se procede a presentar por parte de la persona que realice el trámite los si-guientes documentos: • Solicitud de cese de actividades/cancelación del RUC para personas naturales disponible en las oficinas o en el sitio web del SRI. • Copia de la partida de defunción del contribuyente. Multas innecesarias y molestas Por el incumplimiento de las obligaciones tributarias o por cometer infracciones tri-butarias, la Ley establece va-rios tipos de sanciones, una de ellas son las multas. Estas son cantidades pecuniarias, es decir, de dinero, que se deben pagar a la administra-ción tributaria. A nadie le gusta tener que pagarlas, sin embargo, las multas son fácilmente evitables si nos acostum-bramos a cumplir correc-tamente y a tiempo nues-tras obligaciones. Está en nuestras manos evitar ser multados como contribuyentes. Capítulo 6 • El Registro Único de Contribuyentes • Copia de la cédula de identidad o pasapor-te de la persona que presenta el trámite. • El original del certificado de votación de la persona que presenta el trámite. El trámite puede ser presentado por cualquier persona. Pasos a realizar para la cancelación del RUC de extranjeros no residentes El contribuyente extranjero no residente en el Ecuador que termina su relación tributaria con el Estado ecuatoriano deberá presentar los si-guientes documentos: • Solicitud de cese de actividades/cancelación del RUC para personas naturales disponible en las oficinas o en el sitio web del SRI. • Original del pasaporte del contribuyente. Previamente a la cancelación del RUC, el con-tribuyente debe efectuar el trámite para dar de baja sus comprobantes de venta vigentes o autorización de auto impresores. Toda infracción conlleva una sanción.
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    Estados del contribuyenteante la administración tributaria Son sancionables con multa las siguientes infracciones con respecto al RUC, para PN no obligadas a llevar contabilidad y sociedades sin nes de lucro. Equidad y desarrollo 61 Los contribuyentes inscritos en el RUC, pueden tener con la administración tributaria los si-guientes estados: • Activo: es todo contribuyente que se en-cuentra registrado en el Registro Único de Contribuyentes y, por lo tanto, es sujeto pasivo de obligaciones tributarias por estar desarrollando alguna actividad económica. • Suspensión definitiva: término aplicado a las personas naturales que han terminado sus actividades económicas temporalmente. • Pasivo: término aplicado a las personas naturales que han fallecido, extranjeros no rersidentes y a las sociedades que han can-celado su RUC. Trámites realizados por terceros: sí son posibles Para facilidad de los contribuyentes, todos los trámites que se realizan en el Servicio de Rentas Internas pueden ser hechos por otras personas, para ello deberán adjuntar a la do-cumentación los siguientes requisitos: • Para el contribuyente residente en el país, una carta de autorización simple o poder especial o general debidamente legalizado y firmado por el contribuyente. • Para el contribuyente residente en el exte-rior, el poder especial o general deberá ser debidamente legalizado por el cónsul ecua-toriano o apostillado en el exterior o en el Ecuador. • Se entregará una copia a color de la cédula de identidad o ciudadanía o pasaporte del contribuyente y de la persona que realizará el trámite. • Presentar el original del certificado de vo-tación, de la persona que realizará el trá-mite y copia de la papeleta de votación del contribuyente. LO QUE CUESTA EL DESCUIDO · No inscribirse en el RUC. · No actualizar los datos del RUC. · No cancelar oportunamente el RUC. · Ocultar la existencia de sucursales. · Utilizar el número de inscripción concedido a otro contribuyente. · Seguir utilizando un número de RUC cancelado. USD 30,00 USD 30,00 USD 30,00 USD 62,50 USD 62,50 USD 62,50 Para mayor información visita: www.sri.gob.ec, sección Declaración de Impuestos / Multas.
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    Hago y aprendo 1 Enumera tres utilidades del RUC. 1. 2. 3. 2 ¿Qué requisitos debe presentar una persona natural que se dedica a la venta de zapa-tos para inscribirse en el RUC? 3 Escribe el número que correspondería a tu RUC y señala su composición. 4 Responde: ¿Cuál es la diferencia entre la suspensión y la cancelación del RUC? 5 Completa las oraciones. • Un contribuyente .............................................. es aquel que se encuentra registrado en el Registro Único de Contribuyentes y por lo tanto es sujeto ......................................... de obli-gaciones tributarias por estar desarrollando alguna ......................................... económica. • Previamente a la suspensión del RUC, el ............................................ debe efectuar el trámite para dar de .................................. sus .................................. de venta vigentes. • Si existe algún cambio en la ...................................... como: la razón social o ................................ del contribuyente, su ubicación, su actividad económica u otro dato que deba constar en el .................................., debe ........................................ 62 Capítulo 6 • El Registro Único de Contribuyentes
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    Capítulo 7 LOSDOCUMENTOS: RESPALDO LEGAL DE NUESTRAS COMPROBANTES DE VENTA Y DE RETENCIÓN Aprenderemos que los contribuyentes es-tamos Boletines de facturas Equidad y desarrollo 63 TRANSACCIONES ¿De qué se trata? obligados a emitir en toda trans-ferencia de bienes o prestación de servicios documentos como: comprobantes de venta, retención y documentos complementarios. Veremos cómo estos documentos tienen que ser autorizados por el SRI, ya que ellos acre-ditan la legitimidad de la adquisición de bienes o la prestación de servicios o la realización de otras transacciones gravadas con tributos, y sirven para sustentar ingresos, costos y gastos y para el reconocimiento del crédito tributario a favor del contribuyente. Lo que voy a lograr Conceptualmente • Identificar los tipos y las características de los comprobantes de venta, los documen-tos complementarios y los comprobantes de retención. • Reconocer al SRI como institución autoriza-da para definir los documentos que susten-tan transacciones de transferencia de bienes o prestación de servicios. • Identificar quiénes son agentes de retención. • Ejecutar los trámites pertinentes para ob-tener la autorización para emitir compro-bantes de venta, retención y documentos complementarios. • Usar los formularios indicados para los trá-mites correspondientes. En actitudes y valores • Reconocer cómo las acciones responsa-bles de los contribuyentes son ejemplo para un correcto desenvolvimiento de otros contribuyentes. • Cumplir con la obligación de emitir y exigir comprobantes de venta, retención y docu-mentos complementarios al realizar activi-dades económicas.
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    64 ¿Cuáles sonlos comprobantes de venta válidos? Son comprobantes de venta válidos única-mente los siguientes: • Facturas. • Notas de venta - RISE. • Tiquetes de máquinas registradoras. • Boletos o entradas a espectáculos públicos. • Liquidación de compras de bienes y presta-ción de servicios. • Todos los documentos referidos en el Art. 4 del Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios: 1. Los emitidos por bancos e instituciones fi-nancieras crediticias que se encuentren bajo el control de la Superintendencia de Bancos. 2. Documento aduanero unificado y demás documentos recibidos en las operaciones de comercio exterior. 3. Boletos aéreos o tiquetes electrónicos y do-cumentos de pago por sobrecargas por el servicio de transporte aéreo de personas, emitidos por las compañías de aviación, siempre que cumplan con los requisitos se-ñalados en el reglamento en mención. Otros documentos complementarios que acre-ditan transacciones para efectos tributarios • Notas de crédito. • Notas de débito. • Guías de remisión. ¿Cuándo se emiten comprobantes? Todos los contribuyentes, al realizar transferencias de bienes y prestaciones de ser-vicios gravados con IVA de ta-rifa 0 % o 12 %, deberán emitir comprobantes de venta au-torizados por el Servicio de Rentas Internas. Previamente deberán obtener su número de RUC. Recibir los comprobantes emi-tidos también es una obliga-ción ciudadana. Capítulo 7 • Comprobantes de venta y de retención
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    Comprobantes de retención Equidad y desarrollo 65 Los comprobantes de retención son do-cumentos que acreditan que al contri-buyente se le ha realizado una retención de impuestos establecida en la Ley de Régimen Tributario y en su reglamento de aplicación. Las retenciones se refieren a transacciones gravadas con el impuesto a la renta o con el impuesto al valor agregado o por salida de divisas. Estos documentos deben ser emitidos por los agentes de retención al pagar por la adquisi-ción de bienes o por la prestación de servicios, provenientes de sus proveedores, y en el caso de salida de divisas cuando se efectúen trasfe-rencias al exterior. ¿Quiénes son agentes de retención? Un agente de retención es quien tiene la obli-gación de recoger el valor de ciertos impuestos para hacerlo llegar mediante la declaración de su contabilidad a la administración tributaria. Los agentes de retención son: • Las instituciones del sector público. • Las sociedades • Las personas naturales obligadas a llevar contabilidad. • Las personas naturales y sucesiones indivisas no obligadas a llevar contabilidad, cuando emiten liquidaciones. • Las sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad. • Empleadores. • Exportadores. Plazo para entregar el comprobante de retención Los agentes de retención en forma obligatoria emitirán el comprobante de retención en el momento que se realice el pago o se acredite en cuenta, lo que ocurra primero, y estará dis-ponible para la entrega al proveedor dentro de los cinco días hábiles siguientes al de pre-sentación del comprobante de venta. Para el caso de salida de divisas estará dispo-nible a los dos días. Jefe, ya sé que hay recorte de personal pero, ¿por qué justo el contador? Contabilidad
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    Autorización para emitircomprobantes de venta, retención y documentos complementarios Para obtener la autorización del Servicio de Rentas Internas para la emisión de compro-bantes de venta, retención y documentos complementarios es necesario seguir estos pasos: 1. El contribuyente debe acercarse a uno de los establecimientos gráficos autorizados por el SRI y presentar su certificado del RUC, original de su cédula de identidad o de su representante legal. 2. La imprenta verificará y validará la informa-ción del contribuyente a través de Internet. 3. El sistema de facturación automatizado del SRI concede la autorización con base en el cumplimiento tributario del contribuyente y proporcionará al establecimiento gráfico el número de autorización, la secuencia, la fecha de caducidad y la información impre-sa Plazos de vigencia de la autorización Si el contribuyente se encuentra al día en el cumplimiento de sus obligaciones, se conce-derá la autorización por un año. Si tiene obli-gaciones pendientes, por una sola vez, se con-cede autorización por tres meses, plazo en el cual el contribuyente deberá imprescindible-mente regularizar el cumplimiento de las obli-gaciones tributarias. En el caso de una eventual participación en ferias, eventos o exposiciones, se deberá contar con la respectiva autorización temporal del SRI para emitir comprobantes de venta preim-presos o emitidos por sistemas computarizados o tiquetes de máquinas registradoras autorizadas. Este trámite se realiza mediante el formulario 351 a través de la página web www.sri. gob.ec o en las ventanillas de atención a nivel nacional. 66 ¿Cuándo niega la autorización el SRI? Las causas para negar la autorización son: • Estar en trámite la suspensión del RUC. • Falta de presentación y pago de declaracio-nes y anexos por más de seis emeses. • No corresponder la dirección declarada en el RUC. • Haber concedido la autorización por tres meses. Autorización temporal de comprobantes preimpresos Mediante el formulario 341, el Servicio de Rentas Internas concederá una autorización temporal de emisión de comprobantes para contribuyentes que se encuentran en cual-quiera de estos casos: • Modificación del nombre comercial del con-tribuyente, previa actualización del RUC. • Modificación de apellidos y nombres o ra-zón social del contribuyente, previa actuali-zación del RUC. • Cambio en la dirección de cualquier esta-blecimiento, previa actualización del RUC. • Cuando se detectan errores en la impresión de los documentos preimpresos. • Este trámite lo puede realizar por inter-net o en las ventanillas de atención a nivel nacional. según el tipo de comprobante. ¡Viva la fiesta! Comprobantes para ferias o eventos. Capítulo 7 • Comprobantes de venta y de retención
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    Establecimientos gráficos autorizados consultar si el establecimiento está o no auto-rizado por el Servicio de Rentas Internas para la impresión de documentos válidos. Los establecimientos gráficos, los contribu-yentes y el SRI se vinculan en varios momentos a través de los documentos comprobantes de venta y retención como lo demuestra el si-guiente Pasos para obtener la autorización de impresión de comprobantes de venta, retención y documentos complementarios Contribuyentes Imprentas SRI Equidad y desarrollo 67 Son aquellos que tienen como actividad eco-nómica la impresión de documentos y han sido autorizados por el SRI para imprimir com-probantes de venta, documentos complemen-tarios y comprobantes de retención. A ellos recurre el contribuyente para obtener la au-torización de emitir documentos. El detalle de establecimientos gráficos autorizados consta en el sitio web: www.sri.gob.ec. Allí se puede esquema: en el sistema de facturación Tiquetes de máquinas registradoras El contribuyente puede optar por emitir tiquetes utilizando una máquina registradora. Para ello debe verificar en el sitio web del SRI que la marca y el modelo de su máquina consten en el listado autorizado por el SRI, y solicitar autorización para utilizarla mediante el formulario 331. 1 Escoger una imprenta autorizada por el SRI. 2 Solicitar la impresión de documentos autorizados. Validar que el contribuyente se encuentre al día en sus obligaciones tributarias. Autorizar la impresión de comprobantes de acuerdo con el comportamiento tributario del contribuyente. 3 Imprimir comprobantes y entregarlos al contribuyente. 4 Informar en el sistema de facturación acerca de las impresiones realizadas. 5 Consultar la validez de los documentos autoriza-dos por el SRI. 6 Informar a otras áreas sobre el comportamiento y las actividades realizadas por el contribuyente. 7 Controlar a través de fedatarios las acciones del contribuyente (aplicación de sanciones, clausuras e incautaciones). 8 Presentar las respectivas declaraciones y anexos. 9 Cruzar información (auditoria, devoluciones, gestión) y determinar diferencias de ser el caso.
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    Formulario 321 68 ¿Qué se debe hacer en caso de que los comprobantes fueran emitidos con errores? En estos casos, los comprobantes de venta, documentos complementarios y compro-bantes de retención deben anularse escri-biendo en ellos la palabra ANULADO. Los ori-ginales y copias deben conservarse en forma secuencial en los archivos del contribuyente, ordenados cronológicamente por el lapso mí-nimo de 7 años. Baja de comprobantes de venta, reten-ción y documentos complementarios. Las causas para dar de baja éstos documentos impresos son: 1. Vencimiento del plazo de vigencia. 2. Cierre del establecimiento. 3. Cierre del punto de emisión. 4. Cese de operaciones. 5. Existencia de fallas técnicas generalizadas en los documentos. 6. Pérdida de la calidad de contribuyente es-pecial o ser obligado a llevar contabilidad, del emisor. 7. Por cambios de razón social, denomina-ción, dirección u otras condiciones en el RUC. 8. Deterioro de los documentos. 9. Robo, hurto o extravío de los documentos. 10. Suspensión por parte del SRI de la autori-zación para emitir documentos. 11. Falta de retiro, por parte del contribuyente, luego del plazo de tres meses de los traba-jos de impresión solicitados. 12. Cambio de Régimen. 13. Impresión de documentos sin solicitud del contribuyente. 14. No utilización de boletos o entradas en el espectáculo público para el que fueron autorizados. El trámite a seguir es: a) Gestión ante el SRI: La baja se dará a través de la página web www.sri.gob.ec o en las ventanillas de atención a nivel nacional. Si la baja se solicita por robo de documen-tos, se deberá contar con la denuncia que especifique el tipo de documento extra-viado, la secuencia, la serie y el número de autorización. b) Destrucción de documentos: declarada la baja de los documentos, los originales y co-pias serán destruidos por el contribuyente. c) Responsabilidad del contribuyente: la baja de comprobantes no exime al contribuyen-te de su responsabilidad por su circulación posterior, salvo casos de robo o extravío, declarados oportunamente. Capítulo 7 • Comprobantes de venta y de retención
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    La factura Equidady desarrollo 69 Emisión: por parte del vendedor en la trans-ferencia de bienes o en la prestación de ser-vicios, incluidas las exportaciones; en ella se identifica al comprador del bien o usuario del servicio con su nombre o razón social y número de RUC, excepto en casos de exportación. Tarifa: del IVA/ICE, debe incluirse el des-glose de los impuestos que intervienen en la transacción. Crédito tributario: permite sustentarlo a favor del comprador del bien o usuario del servicio, siempre y cuando se lo identifique. Soporte para costos y gastos: es válida como sustento de costos y gastos para fines conta-bles y a efectos del impuesto a la renta. Elementos impresos y requisitos de llenado de las facturas.
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    70 La notade venta (RISE) Elementos impresos y requisitos de llenado de las notas de venta Emisión: emitirán y entregarán notas de venta exclusivamente los contribuyentes inscritos en el Régimen Simplificado. Destino: se entrega a consumidores finales, que son quienes no utilizan el bien o la presta-ción de servicios para fines comerciales. Crédito tributario: no sustenta crédito tribu-tario para el comprador. Tarifa: la del IVA de 12 %, está incluida en el precio de venta; el vendedor debe pagar una cuota mensual o global. Sustento de costos y gastos: cuando la tran-sacción se realice con contribuyentes que re-quieran sustentar costos y gastos, para efectos del Impuesto a la Renta, se deberá consignar el número de RUC o cédula de identidad y el nombre, denominación o razón social del com-prador, por cualquier monto. Capítulo 7 • Comprobantes de venta y de retención Pastel de Chocolate 6,00 6,00 6,00
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    El tiquete demáquina registradora Equidad y desarrollo 71 Emisión: no identifica al comprador o usuario. Destino: se emiten a consumidores finales que son quienes no utilizan el bien o servicio para fines comerciales. Crédito tributario: no sustenta crédito. Tarifa: la del IVA del 12 % puede estar desglo-sada o incluida en el precio de venta, el ven-dedor debe declarar y pagar mensualmente este impuesto, en caso de que pertenezca al Régimen General. En caso de que se requiera sustentar crédito tributario o gastos se deberá exigir la corres-pondiente factura o nota de venta según el caso. El modelo y número de serie de las máquinas que emiten los tiquetes de venta deben estar previamente aprobados por el Servicio de Rentas Internas. Elementos impresos de los tiquetes de máquina registradora
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    Liquidaciones de comprade bienes y prestación de servicios Elementos impresos y requisitos de llenado de las liquidaciones de compra de bienes y servicios Nombre Comercial (si consta en el RUC) RUC emisor Denominación Numeración Número de autorización Fecha de autorización Dirección de la matriz y establecimiento emisor (cuando corresponda) Fecha de emisión Identicación del proveedor Descripción del bien o servicio Fecha de caducidad 72 Emisión: las entregan exclusivamente las so-ciedades y las personas naturales obligadas a llevar contabilidad en caso de las siguientes adquisiciones: 1. Servicios prestados en el Ecuador o en el exterior por personas naturales sin resi-dencia en el país, las que serán identifica-das con sus nombres, apellidos y número de documento de identidad. En este caso, los entes pagadores retendrán en la fuente, tanto el impuesto al valor agregado como el impuesto a la renta, de conformidad con lo dispuesto en la Ley. 2. Servicios prestados en el Ecuador o en el exterior por sociedades extranjeras, que no posean domicilio ni establecimiento per-manente en el país, las que serán identifi-cadas con su nombre o razón social. En este caso, los entes pagadores retendrán en la fuente tanto el impuesto al valor agregado como el impuesto a la renta que correspon-dan de conformidad con la Ley. 3. Bienes muebles y de servicios a personas na-turales no obligadas a llevar contabilidad, ni inscritos en el RUC, que por su nivel cultural o rusticidad no se encuentren en posibilidad de emitir comprobantes de venta; y, demás especificadas en el Art. 13 del Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complemenetarios. COMPUVISIÓN abc 1 Flash Memory 20,00 20,00 VÁLIDO PARA SU EMISIÓN HASTA 01 - 08 -2011 Capítulo 7 • Comprobantes de venta y de retención 1790182345001 LIQUIDACIÓN DE COMPRAS DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS NO. 002- 001 - 123456789 FECHA DE AUTORIZACIÓN: 01 - 08 - 2010 Carlos Ángel Bolívar Mora / Imprenta Bolívar RUC: 1709876543001 / No. Autorización 1234 Original: Adquirente / Copia: Vendedor R.U.C. AUT. SRI: 1234567890 Dirección Matriz: Páez N22-53 y Ramirez Dávalos Dirección Sucursal: García Moreno y Sucre Sr (es): Carlos Enrique AVilés Carrasco FECHA EMISIÓN: 01 / Agosto / 2010 C.I. 170123456-7 DIRECCIÓN: Pichincha / Quito / Salinas y Santiago CANTIDAD DESCRIPCIÓN P. UNITARIO V. TOTAL SUB TOTAL 12% SUB TOTAL 0% SUB TOTAL IVA 12% DOCUMENTO PARA USO EDUCATIVO (SIN VALIDEZ COMERCIAL). VALOR TOTAL NOTAS: En caso de ser designado como Especial incluir: CONTRIBUYENTE ESPECIAL No. Resolución: 1234 En caso de estar obligado a llevar contabilidad incluir: OBLIGADO A LLEVAR CONTABILIDAD REQUISITOS DE LLENADO REQUISITOS PREIMPRESOS 20,00 20,00 2,40 22,40 EQUIPOS DE COMPUTACIÓN ABC Precio Unitario Valor gravado 12% Valor gravado 0% Valor subtotal (sin incluir impuestos) Valor del IVA Valor Total Razón Social emisor Datos de la imprenta Destinatarios Dirección del proveedor Incluir en caso de encontrarse designado como tal
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    Elementos impresos yrequisitos de llenado de comprobantes de retención Comprobante de retención Equidad y desarrollo 73 Emisión: el comprador —agente de reten-ción— en la adquisición de bienes y servicios, por retenciones del impuesto a la renta y/o del impuesto al valor agregado y/o impuesto a la salida de divisas. Plazo de entrega del comprobante: estará a disposición del proveedor dentro de los 5 días, desde la fecha de recepción de la factura, o de la emisión de la liquidación de compras y pres-tación de servicios, y en dos días en caso de salida de divisas.
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    74 Guía deremisión Emisión: deben emitirse por personas naturales o sociedades dentro del territorio nacional por cual-quier motivo de traslado, aún si este se realiza entre establecimientos del mismo contribuyente. Las guías de remisión son documentos que sustentan el traslado físico de los bienes. Elementos impresos y requisitos de llenado de las guías de remisión Capítulo 7 • Comprobantes de venta y de retención
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    Hago y aprendo 1 Identifica, entre los siguientes, a dos que no son comprobantes de venta válidos. • Facturas. • Notas de venta - RISE. • Tiquetes de máquinas registradoras. • Recibos. • Boletos o entradas a espectáculos públicos. • Liquidación de compra de bienes y prestación de servicios. • Contratos. • Todos los documentos referidos en el Artículo 4 del Reglamento de Comprobantes de 2 Escribe un ejemplo de uso para cada uno de los siguientes documentos. Equidad y desarrollo 75 Venta, Retención y Documentos Complementarios. • Guías de remisión • Notas de crédito • Facturas • Tiquetes de máquinas registradoras 3 Escribe reten-ción tres casos en los que se debe dar de baja a comprobantes de venta o de impresos.
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    Hago y aprendo 4 Define crédito tributario. 5 Diseña una factura con todos sus elementos impresos y requisitos de llenado. 6 Establece las diferencias entre un comprobante de venta y uno de retención. Comprobantes de venta Comprobantes de retención 76 Capítulo 7 • Comprobantes de venta y de retención
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    Proyecto de valores2 Los valores: un deber ser y un deber hacer Equidad y desarrollo 77 Antes de empezar conozcamos sobre el tema. No solo desear, sino actuar Todos los valores son un deber ser: es deseable ser alegre, ser enérgico, ser útil, pero además implican un deber hacer, son una prescripción que tenemos que cumplir. ¿Cómo vivir los valores? Hablar de los valores es una cosa, pero vivirlos es otra historia. Requiere cierto esfuerzo, con-ciencia y perseverancia, pero no es difícil. Con algunos pasos simples podrás lograr que tu vida, tus acciones y la sociedad tengan como columna vertebral a los valores. Paso 1. Conocer su importancia ¿Suena elemental? No lo es. El primer paso para vivir los valores es la conciencia de lo im-portantes que son, estar conciente de que son vitales, y que son lo que puede cambiar ver-daderamente a una persona, una familia o una nación. El cumplimiento de las leyes no es su-ficiente. En ellas se establece solo lo elemental para asegurar una convivencia medianamente decente, los valores van mucho más allá, van a la raíz de las cosas. Por ejemplo, el reglamento dice que no puedes pasar con la luz roja del semáforo —bastante elemental para no ma-tarse—, sin embargo, no dice que en un atasco de tráfico cederle el paso a una persona es algo amable, que hace que todos estemos mejor. Paso 2. Analizar mi conjunto de valores Una vez que se ha aceptado la importancia de vivir los valores, hay que analizar claramente cuáles de ellos son la base de tu vida. Aquí podríamos establecer dos clases: los que ya tienes y los que quieres construir. Es necesario hacer un esfuerzo y meditar detenidamente en cuáles son aquellos principios, normas y comportamientos que te son fundamentales para vivir mejor. ¿Cuáles te enseñaron en casa? ¿Cuáles has ido aprendiendo con la vida? ¿Cuáles sabes que existen, pero no los vives mucho? ¿Cuáles son los que te gustaría tener? Paso 3. El plan Cuando conoces tus valores, tus debilidades y lo que quieres llegar a ser, es el momento de hacer una planificación de metas con respecto a ellos, un plan concreto con lapsos determi-nados. Establecer una meta concreta diaria —pequeña, pero significativa— con respecto a los valores que quieres vivir. Paso 4. El examen diario Durante una parte del día, date 10 minutos para reflexionar. Debes pensar en si estás cum-pliendo tu meta diaria, qué has hecho y qué te falta por hacer. Si por cualquier motivo no te fue muy bien, no te desanimes y vuelve a ponerlo en tu plan diario, analiza por qué no pudiste cumplirlo y establece medios para que esto no ocurra de nuevo. Este examen es vital, si no lo haces, todo el sistema para vivir los va-lores va a irse perdiendo hasta que te olvides de él. Lo fundamental es la constancia.
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    78 ¡Luces, cámara,actividades! Guía para vivir mis valores 1. Analizar y establecer mis valores • Siéntate en un lugar tranquilo, en una hoja de papel escribe la fecha y traza dos líneas verticales que dividan la página en tres co-lumnas. En el lado izquierdo, en la primera columna, escribe una lista con los valores más importantes para ti, sin importar el or-den o si los vives actualmente, simplemente escribe aquellos principios que consideras fundamentales. • En la columna del centro haz una lista con los valores que aprendiste desde niño en casa, los que has aprendido con la vida y los que has aprendido últimamente pero no sueles vivirlos. • En la columna de la derecha, dibuja un triángulo y escribe en cada vértice: Mis for-talezas, Mis debilidades, Lo que quiero ser. En Mis fortalezas escribe aquellos valores que ya existen en ti, que te definen como una persona especial y que vives continua-mente. En Mis debilidades escribe aquellos defectos que crees que te impiden vivir me-jor los valores. Por último, escribe aquellos valores que desearías vivir en Lo que quiero ser. Esta hoja debes guardarla. 2. Plantear mis metas • Consigue una agenda. Cualquiera puede ser útil una de escritorio, de bolsillo o elec-trónica. Establece tres bases de tiempo: anual, mensual y por día. En la base de tiem-po anual escribirás lo que esperas lograr en un año. Los valores concretos que quieres alcanzar —incluye los que ya vives y los que quieres vivir—. • Divide la lista anterior en una base de tiem-po mensual determinando un mes para cada actividad. • En la base de tiempo por día establecerás una lista de pequeñas acciones para lograr la meta mensual. Es mejor hacer una acción pequeña todos los días, que grandes accio-nes muy de vez en cuando. • Tu guía es algo personal, sin embargo, no dudes en compartirla con otros amigos, para que alguien de confianza te ayude a establecer qué valores te vendrían bien, porque a veces uno pierde la perspectiva de sí mismo o hay defectos que uno simple-mente no ve. • Pon en práctica tu guía por un mes reali-zando tu examen diario y comparte la ex-periencia con un ser querido. Proyecto 2 • Un impuesto sobre los bienes de consumo y los servicios
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    Bienes gravados conIVA Equidad y desarrollo 79 ¿De qué se trata? Capítulo 8 UN IMPUESTO SOBRE LOS BIENES DE CONSUMO Y LOS SERVICIOS EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO El IVA es un impuesto que grava la transfe-rencia de bienes y servicios entre las per-sonas que están bajo el régimen tributario ecuatoriano, es decir, se impone sobre todas las etapas de comercialización de productos y de prestación de servicios. Este impuesto, como todos los demás, tiene una base sobre la cual se calcula su valor, un hecho o actividad que lo genera y, por supuesto, una tarifa. En este capítulo hablaremos de cómo se rea-liza la facturación, la liquidación, la retención, la declaración y la devolución de este im-puesto vía asignación y compensación presu-puestaria, y de los sujetos que intervienen. Abordaremos, así mismo, el tema del crédito tributario con relación al IVA. Conceptualmente • Relacionar el impuesto al valor agregado con la transferencia de dominio. • Identificar la base imponible, el hecho ge-nerador y los sujetos pasivo y activo que in-tervienen en este impuesto. • Reconocer bienes y servicios gravados con tarifa 0 %. • Llevar a cabo la facturación y la liquidación del impuesto. • Ejecutar el derecho al crédito tributario con respecto al IVA. • Ejecutar retenciones en la fuente e identi-ficar agentes de retención y de percepción del impuesto. • Implementar varias formas de declaración del IVA. • Identificar los casos de devolución del im-puesto al valor agregado vía asignación y compensación presupuestaria. En actitudes y valores • Valorar la veracidad frente a la declaración del IVA. • Apreciar la orientación ética de la fijación con tarifa 0 % de ciertos bienes y servicios con función social. • Concebir la no facturación del IVA como defraudación. Lo que voy a lograr
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    80 Venta, compra,intercambio e importación: IVA, el impuesto del mercado de productos y servicios Derechos del contribuyente El SRI cuenta con un Departamento de Derechos del Contribuyente que tiene como objetivo promover, difundir y salvaguardar los de-rechos y garantías de los contribuyentes, analizando, canalizando y atendiendo oportuna y eficientemente temas relacionados con las actuaciones de la institución, así como proponiendo y coordinando la adopción de mecanismos que permitan corregir deficiencias detec-tadas en los procesos internos. ¿De qué se encarga este Departamento? Se encarga de receptar y dar seguimiento a los trámites relacionados con quejas, sugerencias, denuncias tributarias y denuncias de impli-cancia administrativa. ¿Qué procedimiento y que información se re-quieren para dar a conocer quejas, sugerencias o denuncias? Cada oficina del SRI cuenta con un funcionario encargado de atender y guiar a las personas que deseen presentar una queja, sugerencia o denuncia. En las Direcciones Regionales, son los delegados del Departamento de Derechos del Contribuyente; en las Direcciones Provinciales, son los propios Directores Provinciales; y, en las Agencias, los Jefes de Agencia. Toda queja, sugerencia o denuncia debe ser presentada por escrito, en los formularios diseñados para el efecto y que se entregan en forma gratuita a nivel nacional. El interesado deberá proporcionar su infor-mación personal (nombre, número de documento de identidad o RUC, dirección y teléfono u otro medio de contacto), un detalle claro de la queja, sugerencia o denuncia, así como los datos precisos del denun-ciado (únicamente para denuncias tributarias y administrativas). El interesado deberá adjuntar copia del documento de identificación, o de ser el caso, copia del nombramiento del representante legal para personas jurídicas, y la documentación de soporte que sustente la queja o denuncia presentada. El trámite debe ser presentado en las ventanillas de secretaría a nivel nacional, luego de haber sido aseso-rado por el funcionario responsable. El impuesto al valor agregado grava al valor que tiene una transacción comercial: • Al valor de la transferencia de dominio o a la importación de bienes muebles de naturale-za corporal en todas sus etapas de comercia-lización, así como los derechos de autor, de propiedad industrial y derechos conexos. • Al valor de los servicios prestados. Se considera una transferencia de dominio al acto por el cual un bien que es propiedad de alguien pasa a ser propiedad de una persona distinta ya sea por la compra-venta o por la ce-sión a título gratuito. También es una transfe-rencia de dominio el uso y consumo personal del bien por parte del productor o vendedor, es decir, el autoconsumo. Se consideran servicios los que una persona, empresa o institución presta a terceras per-sonas a cambio de una contraprestación, la cual puede ser dinero, especies u otros servicios. La base imponible del IVA La Ley determina que para cada impuesto se debe establecer una base imponible, es decir, el impuesto se calcula aplicando un porcen-taje o una tarifa a una magnitud denominada base imponible, que coincidirá casi siempre con el precio de los bienes y servicios objeto de la actividad económica. La base imponible del IVA es el valor total de los bienes que se transfieren o de los servicios que se prestan, calculándolos en base a los precios de venta o de prestación, que incluyen los impuestos, tasas por servicios y cualquier otro gasto legalmente imputable al precio. En las importaciones, la base imponible del IVA es el resultado de la suma del valor CIF, los impuestos, los aranceles, las tasas, los dere-chos, las recargas y otros gastos que figuren en la declaración de importación y en los demás documentos pertinentes. En los casos de per-muta, de autoconsumo de bienes y de dona-ciones, la base imponible se determinará en relación a los precios de mercado. Capítulo 8 • El impuesto al valor agregado
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    El hecho generadordel IVA y bienes gravados con tarifa 0 % Equidad y desarrollo 81 El IVA se causa u origina en las transferencias locales de dominio de bienes, sean éstas al contado o a crédito, en el momento del pago total o parcial del precio o acreditación en cuenta, lo que suceda primero, hecho por el cual, se debe emitir obligatoriamente el respec-tivo comprobante de venta. En las prestaciones de servicios, en el momento en que se preste efectivamente el servicio, o en el momento del pago total o parcial del precio o acreditación en cuenta, a elección del contribuyente, hecho por el cual, se debe emitir obligatoriamente el respectivo comprobante de venta. Así mismo, en el caso de prestaciones de ser-vicios por avance de obra o etapas, el hecho generador del impuesto se verificará con la entrega de cada certificado de avance de obra o etapa, hecho por el cual se debe emitir obli-gatoriamente el respectivo comprobante de venta. En el caso de introducción de mercade-rías al territorio nacional, el impuesto se causa en el momento de su despacho por la Aduana. Tarifas del impuesto El IVA se agrega al precio de los productos o ser-vicios y las tarifas establecidas son 12 % y 0 %. Bienes gravados con tarifa 0 % 1. Productos alimenticios en estado natural o que no hayan sido procesados. 2. Leches en estado natural, pasteurizadas, homogenizadas o en polvo de producción nacional, quesos, yogures, leches materni-zadas; o proteicos infantiles. 3. Alimentos de primera necesidad como: pan; azúcar; panela; sal; manteca; marga-rina; avena; maicena; fideos; harinas para consumo humano; enlatados nacionales de atún, macarela, sardina y trucha; y aceites comestibles, excepto el de oliva. 4. Medicamentos y drogas de uso humano, de acuerdo con las listas que mediante Decreto establecerá anualmente el Presidente de la República, así como la materia prima e insumos importados o adquiridos en el mercado interno para producirlas. 5. Envases y etiquetas utilizadas en la fabri-cación de medicamentos de uso humano o veterinario. 6. Papel bond, libros y material complementa-rio a comercializar conjuntamente con los libros. 7. Semillas certificadas, bulbos, plantas, es-quejes y raíces vivas. Harina de pescado y los alimentos balanceados, preparados fo-rrajeros con adición de melaza o azúcar, y otros preparados que se utilizan como co-mida de animales que se críen para alimen-tación humana. Fertilizantes, insecticidas, pesticidas, fungicidas; herbicidas, aceite agrícola utilizado contra la sigatoka negra, antiparasitarios y productos veterinarios así como la materia prima e insumos, im-portados o adquiridos en el mercado in-terno, para producirlas, de acuerdo con las listas que mediante Decreto establezca el Presidente de la República. 8. Tractores de llantas de hasta 200 hp inclu-yendo los tipo canguro y los que se utiliza en el cultivo del arroz; arados, rastras, sur-cadores y vertedores; cosechadoras, sem-bradoras, cortadoras de pasto, bombas de fumigación portables, aspersores y rociado-res para equipos de riego y demás elemen-tos de uso agrícola, partes y piezas que se establezca por parte del Presidente de la República mediante Decreto. 9. Los que se exporten. 10. Los que introduzcan al país, por ejemplo los diplomáticos extranjeros y funcionarios de organismos internacionales, en los casos que se encuentren liberados de derechos e impuestos. 11. Lámparas fluorescentes. 12. Aviones, avionetas y helicópteros destina-dos al transporte comercial de pasajeros, carga y servicios. 13. Vehículos híbridos o eléctricos de hasta USD 35 000. 14. Energía Eléctrica. 15. Artículos introducidos al país, bajo régimen de tráfico Postal Internacional y Correos rá-pidos, de acuerdo a los lineamientos esta-blecidos en la Ley.
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    82 Servicios gravadoscon tarifa 0 % 1. De impresión de libros. 2. Servicios de salud incluyendo los de medicina prepagada y los servicios de fabricación de medicamentos. 3. De guarderías infantiles y hogares de ancianos. 4. De alquiler o arrendamiento de inmuebles des-tinados exclusivamente para vivienda. 5. Los prestados personalmente por artesanos cali-ficados por la Junta Nacional del Artesano. 6. De extracción por medios mecánicos o quími-cos en la elaboración de aceites comestibles. 7. De refrigeración, enfriamiento y congelamien-to para conservar alimentos en estado natural y productos perecibles que se exporten. 8. De faenamiento, cortado, pilado y trituración. 9. Los de aerofumigación. 10. Religiosos y funerarios. 11. Los administrativos prestados por el Estado y las entidades del sector público por lo que se deba pagar un precio o una tasa tales como los servicios que presta el Registro Civil, otorga-miento de licencias, permisos y otros. 12. Los financieros y bursátiles prestados por las entidades legalmente autorizadas para prestar los mismos. 13. Los sistemas de lotería de la Junta de Beneficencia de Guayaquil y Fe y Alegría. 14. Los que se exporten de acuerdo a las condiciones establecidas en la Ley. 15. Transporte nacional terrestre y acuá-tico de pasajeros y carga. Transporte internacional de carga. Transporte de carga nacional aérea desde, hacia y en la provincia de Galápagos. Transporte de petróleo crudo y de gas natural por oleoductos y gaseoductos. 16. El peaje y pontazgo que se cobra por la utilización de carreteras y puentes. 17. Espectáculos públicos. 18. Los de educación en todos los niveles. 19. Los prestados por clubes sociales, gremios profesionales, cámaras de la producción, sindicatos y similares, que cobren a sus miembros cánones, alícuotas o cuotas que no excedan de 1 500 dólares en el año. 20. Los seguros y reaseguros de salud y vida individuales, en grupo, asistencia médica y accidentes personales, así como los obligatorios por accidentes de tránsito terrestres. 21. Los paquetes de turismo receptivo, facturados dentro o fuera del país, a personas naturales o sociedades no residentes en el Ecuador. 22. Los servicios públicos de energía eléc-trica, agua potable, alcantarillado y los de recolección de basura. Tarifa 0 % y su función social Entre otros. Todos los bienes y servicios gra-vados con tarifa 0 % pueden ser considerados exenciones tributa-rias, debido a que cumplen un papel importante para la satisfacción de necesidades vitales y de desarrollo social, incluidas entre estas las que tienen que ver con la cultura. Este mismo criterio se aplica de manera contraria cuando se grava con impuestos especiales a los artículos suntuarios, de lujo o aquellos que causan problemas de salud pública como el cigarrillo y el alcohol. La política tributaria de esta manera in-tenta cumplir con su fin último de procurar el bien-estar social. Capítulo 8 • El impuesto al valor agregado
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    Los sujetos queintervienen en el IVA Equidad y desarrollo 83 El sujeto activo del impuesto al valor agre-gado es el Estado. La Ley dispone que este impuesto será recaudado por el SRI. Son sujetos pasivos del IVA los siguientes en distintas calidades: A) En calidad de contribuyentes: Quienes realicen importaciones gravadas con una tarifa , ya sea por cuenta propia o ajena. a.1) En calidad de agentes de percepción: 1. Las personas naturales y las socieda-des que habitualmente efectúen transferencias de bienes gravados con una tarifa; 2. Las personas naturales y las socieda-des que habitualmente presten servi-cios gravados con una tarifa. B) En calidad de agentes de retención: • Sucesiones indivisas - personas natura-les obligadas a llevar contabilidad. • Las entidades y organismos del sector público y, las empresas públicas y las sociedades y sucesiones indivisas y per-sonas naturales consideradas como con-tribuyentes especiales por el Servicio de Rentas Internas, ya que deben pagar IVA por las adquisiciones que realicen. • Las empresas emisoras de tarjetas de crédito debido a los pagos que efectúen por concepto de IVA a sus establecimien-tos afiliados, en las mismas condiciones en que se realizan las retenciones en la fuente a proveedores. • Las empresas de seguros y reaseguros por los pagos que realicen por concepto de compras y servicios gravados con IVA, No olvidar en las mismas condiciones señaladas en el punto anterior. • Los exportadores, sean personas natura-les o sociedades por la totalidad del IVA pagado en las adquisiciones locales o im-portaciones de bienes que se exporten. • Los Operadores de Turismo que facturen paquetes de turismo receptivo dentro o fuera del país, por la totalidad del IVA pa-gado en las adquisiciones locales de los bienes que pasen a formar parte de su activo fijo; o de los bienes o insumos y de los servicios que integren el paquete de turismo receptivo facturado. • Las personas naturales, sucesiones in-divisas o sociedades, que importen ser-vicios gravados, por la totalidad del IVA generado en tales servicios; y • Petrocomercial y las comercializadoras de combustibles sobre el IVA presuntivo en la comercialización de combustibles. Facturación del impuesto al valor agregado Los sujetos pasivos del IVA tienen la obligación de emitir y entregar al adquirente del bien o al beneficiario del servicio, facturas, notas de venta (RISE), según el caso, por las opera-ciones que efectúan, aún cuando la venta o la prestación de servicios se encuentren gra-vadas con tarifa 0%. En los comprobantes de venta deben constar por separado el valor de las mercancías transferidas o el precio de los servicios prestados, la tarifa del impuesto y el IVA cobrado. El no otorgamiento de compro-bantes de venta constituye una caso especial de defraudación. Emitir y recibir el comprobante de venta es indispensable.
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    84 Liquidación delimpuesto al valor agregado Para conocer los valores que se incluirán en la declaración del IVA, debemos calcular la diferencia entre el IVA cobrado (ventas) y el IVA pagado (compras). Si el IVA cobrado es mayor que el IVA pagado, es esa diferencia el monto de impuesto que se debe pagar al momento de presentar la declaración. Crédito tributario No siempre el IVA en ventas es mayor que el IVA en compras. Cuando esto sucede, la dife-rencia que queda a favor puede constituirse en crédito tributario o puede ser imputada al costo o gasto. Los sujetos pasivos del impuesto al valor agre-gado, que se dedican a la producción, comer-cialización o exportación de bienes o servicios gravados con tarifa 12 %, tienen derecho al crédito tributario por la totalidad del IVA pa-gado en las adquisiciones locales o importa-ciones de los bienes que pasen a formar parte de su activo fijo, así mismo de los bienes, de las materias primas o insumos y de los servicios necesarios para la producción y comercializa-ción de dichos bienes y servicios. En el caso de que se dediquen a la produc-ción o la comercialización de bienes o a la prestación de servicios que estén gravados en parte con tarifa 0 %, y en parte con tarifa 12 %, tienen derecho a crédito tributario por la parte proporcional del IVA pagado en la adquisición local o importación de bienes que pasen a formar parte del activo fijo, así como por la ad-quisición de bienes, materias primas, insumos y servicios utilizados para producir bienes o prestar servicios gravados con tarifa 12 %. Si el sujeto pasivo mantiene sistemas contables que permiten diferenciar inequívocamente las adquisiciones de materias primas, insumos y ser-vicios gravados con tarifa 12 %, empleados exclu-sivamente en la producción, comercialización de bienes o en la prestación de servicios gravados con tarifa 12 %, de aquellas compras de bienes y de servicios gravados con tarifa 12 % pero em-pleados en la producción, comercialización de servicios gravados con tarifa 0 %; podrán utilizar la totalidad del IVA pagado en las adquisiciones de materias primas, insumos o servicios gravados con tarifas 12 %, para la determinación del im-puesto a pagar. No existe el derecho a crédito tributario por el IVA pagado cuando se producen o venden bienes o se prestan servicios gravados en su totalidad con tarifa 0 %; y se imputará al costo y/o gasto del período fiscal. IVA Noveno dígito del RUC Declaración mensual Declaración semestral 1er semestre 2o semestre 1 10 del mes siguiente 10 de julio 10 de enero 2 12 del mes siguiente 12 de julio 12 de enero 3 14 del mes siguiente 14 de julio 14 de enero 4 16 del mes siguiente 16 de julio 16 de enero 5 18 del mes siguiente 18 de julio 18 de enero 6 20 del mes siguiente 20 de julio 20 de enero 7 22 del mes siguiente 22 de julio 22 de enero 8 24 del mes siguiente 24 de julio 24 de enero 9 26 del mes siguiente 26 de julio 26 de enero 0 28 del mes siguiente 28 de julio 28 de enero Capítulo 8 • El impuesto al valor agregado
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    Retenciones en lafuente del IVA Equidad y desarrollo 85 Los agentes de retención deben retener el IVA en una proporción del 30 % del im-puesto causado, cuando se origine en la trans-ferencia de bienes muebles y del 70 % del impuesto, cuando se origine en la prestación de servicios gravados. En el caso de los pagos que realizan las empresas emisoras de tarjetas de crédito, la retención será del 70 % del IVA facturado. La retención en la fuente en los pagos a profe-sionales y en el arrendamiento de inmuebles de personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, debe realizarse por el 100 % del IVA facturado. En el caso de los contratos de construcción, los agentes de retención contratantes deben efectuar la retención del 30 % del IVA que corresponda a cada factura, aunque el cons-tructor haya sido calificado como contribu-yente especial. No se realizan retenciones: • A las entidades y organismos del sector público. • A las compañías de aviación. • A las agencias de viaje en la venta de pasa-jes aéreos. • A contribuyentes especiales. • A las empresas que se dedican a la comer-cialización de combustibles. • A los distribuidores o voceadores de perió-dicos o revistas. Revisión y reformas a la legislación tributaria: una misión patriótica La estructura jurídica tributaria actual se en-cuentra conformada básicamente por las si-guientes normas, en orden de prelación: • Código Tributario. • Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas. • Ley de Régimen Tributario Interno. • Ley de Registro Único de Contribuyentes. • Reglamento a la Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas. • Reglamento Orgánico Funcional del SRI. • Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario y sus Reformas. • Reglamento de RUC. • Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios. Si bien es cierto, esta base jurídica ha permitido mejorar las actividades propias de la adminis-tración tributaria, aún existen grandes vacíos que impiden la regulación de ciertas activi-dades económicas, especialmente las relacio-nadas con negocios internacionales, razón por la cual se están ejecutando reformas integrales de la normativa legal vigente.
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    Formularios 104 y104 A 86 La declaración del impuesto al valor agregado Todas las personas y sociedades que rea-lizan actividades económicas están en la obligación de presentar declaraciones de IVA por las operaciones que realizan. Si los productos que venden o los servicios que prestan están gravados con tarifa 12 %, la declaración se la debe presentar mensual-mente con relación a las operaciones reali-zadas dentro del mes calendario inmediata-mente anterior, de igual manera si realizan operaciones con tarifa 12 % y 0 %. Si se actúa como agente de retención, obligato-riamente la declaración es mensual. Los agentes de retención del IVA deben presentar su decla-ración mensual, aún cuando no hayan efec-tuado retenciones en la fuente en ese período. Quienes exclusivamente transfieren bienes o prestan servicios gravados con tarifa 0 %, deben presentar una declaración semestral, de igual manera los sujetos pasivos no obli-gados a llevar contabilidad que son sujetos de retención en la fuente por la totalidad del im-puesto al valor agregado facturado. La declaración se realiza en el formulario 104; para personas naturales obligadas a llevar contabilidad y que realizan actividades de co-mercio exterior, y en el 104A, para personas naturales no obligadas a llevar contabilidad y que no realizan actividades de comercio exterior. Los contribuyentes especiales, las personas naturales obligadas a llevar contabilidad y las sociedades deben declarar sus impuestos por Internet, y el valor de los mismos son de-bitados directamente de sus cuentas banca-rias. Las personas naturales y las sociedades pueden elegir su forma de pago (débito ban-cario u otras formas de pago). Capítulo 8 • El impuesto al valor agregado
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    Errores en ladeclaración y declaraciones anticipadas Equidad y desarrollo 87 Los contribuyentes deben realizar una sola declaración por cada período fiscal; sin embargo, podrán realizar una declaración sustitutiva para corregir errores en los que hayan incurrido en su declaración presentada previamente. Así, se podrá sustituir la declaración original por una nueva que contenga la información correcta, identificando el número del formu-lario de la declaración original y registrando los valores pagados en la declaración anterior. Si los datos a corregir corresponden a campos de identificación de la declaración y del contri-buyente (ruc, período fiscal e impuesto) deben presentar en las ventanillas del SRI el formato detallado para eso. La presentación de la declaración sustitutiva no requiere adjuntar la declaración original, pero sí registrar en los campos 104 y 890 el nú-mero de formulario de la declaración que sus-tituye y el pago previo realizado. Declaraciones anticipadas Los contribuyentes que están obligados a pre-sentar declaraciones semestrales del impuesto al valor agregado que por cualquier motivo suspenden actividades antes de las fechas previstas para la presentación de sus declara-ciones, pueden hacerlo en forma anticipada en un plazo de 30 días a partir de la fecha de suspensión de actividades. Después de presentar la declaración anticipada del impuesto al valor agregado, en el caso de suspensión de actividades, el contribuyente deberá realizar en el SRI, el trámite para la sus-pensión temporal o definitiva del RUC. La declaración y el pago de impuestos se pueden realizar a través del sistema de declaraciones por Internet y en las entidades financieras auto-rizadas por el Servicio de Rentas Internas. Las instituciones financieras deben recibir los formularios de declaración y pagos de los con-tribuyentes, sean o no clientes y tengan o no un valor a pagar. Las declaraciones son confidenciales Con sentido de respeto a las relaciones con el contribuyente y a partir de una clara diferenciación entre lo público y lo privado, el Servicio de Rentas Internas garantiza la privacidad y la confiden-cialidad de la información personal y económica proporcionada por los con-tribuyentes para fines tributarios.
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    88 Una manerainteligente de declarar Los contribuyentes también pueden realizar sus declaraciones sin ningún costo, a través del sitio web del Servicio de Rentas Internas: www.sri.gob.ec, que está habilitado las 24 horas al día, 365 días al año. Para acceder a esta forma de declarar, el contri-buyente debe, previamente, firmar un acuerdo de responsabilidad y obtener una clave de ga-rantía de identidad del contribuyente, la cual se entrega bajo las siguientes condiciones, en cual-quiera de las oficinas del SRI a nivel nacional: • Clave de seguridad para sociedades: se la en-trega en un sobre cerrado al representante legal, previa presentación del original de su cédula de identidad o ciudadanía y papele-ta de votación. Deberá también presentar el acuerdo de responsabilidad debidamente firmado. • Clave de seguridad para personas naturales: se la entrega en un sobre cerrado a quien presente el original de su cédula de identi-dad o ciudadanía, o pasaporte y papeleta de votación, deberá también presentar el acuerdo de responsabilidad. • En caso de terceras personas, que realicen los trámites, deberán presentar el original y copia a color de su cédula de identidad o ciu-dadanía, o pasaporte, presentar el original de la papeleta de votación, adjuntar copia a color de la cédula de identidad y nombra-miento del representante legal (sociedades) del sujeto pasivo, presentar el original de su papeleta de votación y una carta de autori-zación firmada por el sujeto pasivo. También presentarán el acuerdo de responsabilidad firmado. En caso de que un tercero firme el acuerdo de responsabilidad, adjuntar poder general o especial. Una vez firmado el acuerdo de responsabilidad —cuyo formato también se puede encontrar en el sitio web del SRI— y obtenida la clave de identidad, para que el contribuyente pueda ela-borar sus declaraciones por Internet, el Servicio de Rentas Internas pone a su disposición el programa DIMM (Declaración de impuestos en medio magnético), el mismo que puede ser descargado gratuitamente del sitio web del SRI. Cuando se realiza una declaración a través del Internet, se recibe la confirmación del envío en la dirección de correo electrónico registrada por el contribuyente. El SRI cuenta con un módulo de consultas, que permite al contribuyente ve-rificar la información presentada a través de Internet. Como toda declaración, aquella rea-lizada por Internet debe estar dentro de los plazos reglamentarios, considerando la fecha de vencimiento. Opciones para pagar los impuestos El pago de impuestos se lo puede realizar por varios medios: 1. Mediante débito bancario, para el cual el contribuyente suscribe un convenio y au-toriza al banco al débito automático de su cuenta. 2. A través de otras formas de pago ofrecidas por el sistema financiero como servicios de pago desde internet, cajeros automáticos, call center, tarjetas de crédito, ventanilla de extensión, etc. 3. En las ventanillas de las entidades banca-rias autorizadas por el Servicio de Rentas Internas para la recaudación de impuestos, presentando los formularios físicos o el comprobante electrónico de pago y el dine-ro respectivo. Tecnofobia El uso de medios informáticos y telemáticos para realizar trámites es cada vez más generali-zado, la tendencia es a que este modo de operación reemplace casi totalmente a la realiza-ción de trámites con presencia de las personas, sin embargo, existen todavía muchos que prefieren los métodos tradicionales, y para ellos las puertas del SRI siempre estarán abiertas. Capítulo 8 • El impuesto al valor agregado
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    Devolución del IVA Equidad y desarrollo 89 • Sujetos de compensación y asignación presupuestaria. Tendrán derecho a compensación presu-puestaria del valor equivalente al IVA paga-do en la adquisición local o importación de bienes y demanda de servicios las siguien-tes instituciones: Junta de Beneficencia de Guayaquil, IESS, Fe y Alegría, SOLCA, Cruz Roja Ecuatoriana, Fundación Oswaldo Loor y las universidades, y escuelas politécnicas privadas. Además se podrá aplicar lo anterior a las agencias especializadas internacionales, organismos no gubernamentales y las per-sonas jurídicas de derecho privado que ha-yan sido designadas ejecutoras en conve-nios internacionales, créditos de gobierno a gobierno o de organismos multilaterales, siempre que las importaciones o adquisi-ciones locales de bienes o servicios se rea-licen con cargo a los fondos provenientes de tales convenios o créditos para cum-plir los propósitos expresados en dichos instrumentos. Tendrán derecho a asignación presu-puestaria de valores equivalentes al IVA pagado en la adquisición local e impor-tación de bienes y demanda de servicios que efectúen los Gobiernos Autónomos Descentralizados (municipios, consejos provinciales, etc.) y las universidades y es-cuelas politécnicas públicas. • Sujetos de devolución Devolución de IVA por crédito tributario: De acuerdo a la normativa vigente, tienen derecho a la devolución de IVA por crédito tributario los contribuyentes: Exportadores, Proveedores directos de exportadores, Proveedores del Sector Público, Operadores de turismo Receptivo, por el IVA que hayan pagado en la adquisición local de bienes y servicios. Adicionalmente, aquellos que tie-nen como giro de su actividad económica el transporte terrestre público de pasajeros en buses de servicio urbano, quienes tienen derecho a crédito tributario por el IVA que hayan pagado en la adquisición local de chasis y/o carrocerías; y las aerolíneas por el combustible destinado al transporte de carga aéreo al exterior. En el caso de exportadores, una vez realiza-da la exportación pueden solicitar al SRI la devolución del IVA correspondiente a través del Sistema Automático de Devoluciones del IVA por internet, para lo cual los expor-tadores deberán poseer la clave de acceso para la presentación y pago de declaracio-nes y anexos de las obligaciones tributarias; y firmar el acuerdo sobre liquidación auto-mática provisional previa a la resolución de devolución de IVA. Devolución de IVA por IVA Pagado en adquisiciones: La norma establece el derecho a la devolu-ción del IVA pagado en sus adquisiciones para: Personas con capacidades especiales, Adultos Mayores, Misiones Diplomáticas, y Turistas Extranjeros. Recordemos Si durante un período determinado, el IVA cobrado (ventas) es mayor al IVA pagado (com-pras), existe un impuesto causado que se debe pagar al fisco. Si el IVA pagado (compras) es mayor al IVA cobrado (ventas) existe un saldo a favor del contribuyente que se considera crédito tributario o se imputa al costo o gasto.
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    Hago y aprendo 1 Enumera dos bienes y dos servicios que crees que deberían estar gravados con tarifa 0 % de IVA y no lo estén. Argumenta tu respuesta. Bienes Servicios 2 Escribe en orden los pasos que deben seguirse para poder realizar declaraciones por Internet. 1. 2. 3 Los siguientes contribuyentes piden devolución del IVA. Señala quiénes tienen dere-cho a ello y quiénes no. Escribe la razón. • Juana Sánchez, campeona mundial de atletismo especial • Ministerio de Relaciones Exteriores • Marcia Romero, periodista • Hats, compañía exportadora de sombreros de paja toquilla • Eduardo Peña, comerciante minorista de ropa • Giovanni Carli, cónsul de Italia 4 Completa la tabla con casos que correspondan. Obligación de declaración mensual Obligación de declaración semestral 90 Capítulo 8 • El impuesto al valor agregado 3. 4.
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    Capítulo 9 Verificacióninformática de declaraciones Equidad y desarrollo 91 ¿De qué se trata? Conceptualmente • Definir el concepto de impuesto a la renta global. • Establecer diferencias entre renta de fuente ecuatoriana y de fuente extranjera. • Identificar los ingresos gravados y los casos de exención del impuesto. • Calcular el impuesto a la renta para perso-nas naturales y para sociedades, tomando en cuenta la base imponible. • Identificar los porcentajes fijados para la re-tención en la fuente del impuesto a la renta y los plazos en los que se debe cancelar. En actitudes y valores • Apreciar la distribución solidaria de la re-caudación del impuesto para instituciones de beneficio social. • Adquirir conciencia de la necesidad social de relacionar proporcionalmente las ganan-cias económicas con el aporte tributario. El impuesto a la renta grava la ganancia que obtienen en el país las personas naturales o las sociedades, nacionales o extranjeras, como resultado de sus actividades económicas. Hablaremos sobre quiénes están sujetos y quiénes están exentos del pago de este im-puesto, conoceremos qué ingresos están gravados con él, sobre los anticipos, las reten-ciones y el crédito tributario relacionados con este impuesto y observaremos ejercicios prác-ticos para calcularlo. COMPARTIR LAS GANANCIAS EL IMPUESTO A LA RENTA Lo que voy a lograr Análisis de declaraciones del impuesto a la renta
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    92 ¿Qué esel Impuesto a la Renta? Es el impuesto que se debe cancelar sobre los ingresos o rentas, producto de activi-dades personales, comerciales, industriales, agrícolas, en general, actividades económicas y aún sobre ingresos gratuitos, percibidos du-rante un año, luego de descontar los costos y gastos incurridos para obtener o conservar di-chas rentas. El impuesto a la renta es directo porque afecta el ingreso económico de las personas, grava la ganancia obtenida por las personas naturales, las sucesiones indivisas y las sociedades nacio-nales o extranjeras. Al ser el impuesto a la renta relativo a los in-gresos, lo pagan los contribuyentes según su capacidad económica. Para las personas naturales existe una can-tidad de renta desgravada, fijada por la Ley por considerarla indispensable para satisfacer necesidades vitales. Se considera renta a: 1. Los ingresos de fuente ecuatoriana obteni-dos consistentes en dinero, especies o ser-vicios, a título gratuito u oneroso, que pro-vengan del trabajo, del capital o de ambas fuentes. 2. Los ingresos obtenidos en el exterior por personas naturales domiciliadas en el país o por sociedades nacionales. La capacidad contributiva es la medida en que los ciudadanos pueden soportar la carga tribu-taria teniendo en cuenta las si-tuaciones personales. Un régimen tributario racional implica, en forma inexorable, el equilibrio entre la po-testad tributaria o el poder para imponer tri-butos y la capacidad contributiva de los con-tribuyentes. Cuando se rompe ese equilibrio, la tributación se vuelve ilegítima. La capacidad contributiva constituye el límite infranqueable para la potestad tributaria. Es en este criterio que se fundamenta el impuesto a la renta. La posesión de bienes no es suficiente ele-mento a tener en cuenta para determinar capacidad tributaria, esta se relaciona con varios aspectos de la persona contribuyente, su situación en la sociedad, el núcleo familiar que integra, es decir, que en este concepto in-tervienen tanto un elemento objetivo, la can-tidad de riqueza, como uno subjetivo, las si-tuaciones particulares o variables económicas; es por esto que la capacidad contributiva debe ser ubicada en el tiempo y el espacio, de no hacerlo puede resultar ilusoria. En el impuesto a la renta es más notable la re-lación de la capacidad contributiva con la tri-butación, debido a que el que más renta ob-tiene es el que más paga. Capítulo 9 • El impuesto a la renta
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    Fuentes de larenta e ingresos gravados Equidad y desarrollo 93 La renta puede provenir de fuente ecuato-riana o extranjera. Se denomina fuente ecuatoriana a todos los in-gresos que reciben las personas o sociedades nacionales o extranjeras, residentes, domici-liadas o con establecimiento permanente en Ecuador. Son ingresos de fuente ecuatoriana gravados: • Los recibidos por actividades laborales, pro-fesionales, comerciales, industriales, agro-pecuarias, mineras, de servicios y otras de carácter económico realizadas en territorio ecuatoriano. • Los recibidos por realizar en el exterior ac-tividades que son pagadas por personas naturales o sociedades nacionales o ex-tranjeras, con domicilio en el Ecuador, o por entidades y organismos del sector público ecuatoriano. • Las utilidades por venta de bienes muebles o inmuebles ubicados en el país. • Los beneficios o regalías provenientes de derechos de autor, así como los de propie-dad industrial, como patentes, marcas, mo-delos industriales, nombres comerciales y transferencia de tecnología, entre otros. • Las utilidades y dividendos que se distribu-yen por sociedades constituidas o estable-cidas en el país. • Los recibidos por exportaciones, sea que se efectúen directamente o mediante agentes especiales, comisionistas, sucursales, filiales o representantes. • Los intereses y demás rendimientos finan-cieros pagados o acreditados por personas naturales, nacionales o extranjeras residen-tes en el Ecuador o por entidades u organis-mos del sector público. • Los provenientes de loterías, rifas, apuestas y similares promovidas en el Ecuador. • Los provenientes de herencias, legados, do-naciones y hallazgo de bienes situados en el Ecuador. • Los que perciban los ecuatorianos y extran-jeros por actividades laborales, profesiona-les, comerciales, industriales, agropecua-rias, mineras, de servicios y otras de carácter económico realizadas en territorio ecuato-riano, salvo los percibidos por personas na-turales no residentes en el país por servicios ocasionales prestados en el Ecuador, cuan-do su remuneración u honorarios son pa-gados por sociedades extranjeras y forman parte de los ingresos percibidos por ésta, sujetos a retención en la fuente o exentos; o cuando han sido pagados en el exterior por dichas sociedades extranjeras sin cargo al gasto de sociedades constituidas, domi-ciliadas o con establecimiento permanente en el Ecuador. Se entenderá por servicios ocasionales cuando la permanencia en el país sea inferior a seis meses consecutivos o no en un mismo año calendario. • Cualquier otro ingreso que perciban las so-ciedades y personas naturales nacionales o extranjeras residentes en el Ecuador. Para estos fines se considera establecimiento permanente de una empresa extranjera a todo lugar o centro fijo ubicado dentro del territorio nacional, en el que una sociedad extranjera efectúa todas sus actividades o parte de ellas.
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    94 La rentase calcula de manera global Para efectos tributarios, la renta es la suma de todos los ingresos que recibe una per-sona o sociedad, sean de fuente ecuatoriana o extranjera o provenientes de distintas activi-dades económicas. Por ejemplo, la señora Patricia Moya trabajó como enfermera en un hospital público du-rante el último año, por su trabajo ganó $ 5 000 anuales; ella, además, tiene con su familia una tienda que produjo ingresos anuales de $ 4 800 y varias veces durante el año cuidó enfermos particulares, por lo cual recibió $ 6 000. Para calcular su renta, sumamos todos los ingresos obtenidos en el año: En el hospital ganó 5 000 dólares Su tienda produjo 4 800 dólares Atendiendo enfermos ganó 6 000 dólares Renta anual que percibió 15 800 dólares Base imponible del impuesto a la renta En general, la base imponible está constituida por la totalidad de los ingresos ordinarios y extraordinarios gravados con el impuesto a la renta menos las devoluciones, los descuentos, los costos, los gastos y las deducciones impu-tables a tales ingresos, es decir, para establecer la base imponible del impuesto a la renta, se deben deducir de la totalidad de ingresos, los gastos que se efectúen para obtener, man-tener o mejorar los ingresos que se encuen-tren gravados. En caso de que el contribuyente realice varias actividades económicas, se hacen cálculos in-dependientes por cada una —renta menos deducciones aplicables— y se suma el resul-tado de cada uno; la base imponible para el impuesto a la renta será igual a la suma de las bases imponibles de cada actividad. Por ejemplo, una persona natural tuvo ingresos anuales por: Un negocio 1 000 dólares Sueldos percibidos 6 000 dólares Arriendos cobrados 2 000 dólares Su renta global 9 000 dólares Supondremos que esta persona tuvo 700 dó-lares de gastos deducibles desglosados de la siguiente manera tomando en cuenta las dife-rentes actividades económicas: De los arriendos, depreciación, man-tenimiento e impuesto predial 300 dólares Del negocio, compras de mercadería 300 dólares De los sueldos, aportes personales 100 dólares al IESS Para determinar la base imponible para el im-puesto a la renta de esta persona, debemos restar de cada ingreso su correspondiente de-ducción y sumar los resultados. Renta global 9 000 dólares Gastos deducibles -700 dólares Base imponible 8 300 dólares Capítulo 9 • El impuesto a la renta
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    Equidad y desarrollo95 Consideraciones importantes para calcular la base imponible Para trabajadores asalariados y em-pleados la base imponible de los in-gresos del trabajo en relación de depen-dencia es igual al total de los ingresos ordinarios y extraordinarios, menos el valor de los aportes personales al IESS y los gastos personales por concepto de vivienda, alimentación, vestimenta, educación y salud. • De los ingresos percibidos por personas na-turales y sucesiones indivisas provenientes del arrendamiento de inmuebles, son de-ducibles los gastos de intereses y de primas de seguros, los costos de depreciación de 5 % del avalúo, los costos de mantenimiento de 1% del avalúo de la propiedad en con-cepto de gastos de mantenimiento. Si se arrienda solo una parte del inmueble, las deducciones se aplican sobre el porcentaje del inmueble que está arrendado. • Para el caso de las personas de la terce-ra edad y discapacitados, el cálculo de la base imponible debe tener en cuenta las exenciones especiales: para tercera edad, 2 fracciones básicas exentas y gastos per-sonales, y para discapacitados, 3 fracciones básicas exentas y gastos personales. • Para justificar los gastos deducibles de im-puestos, correspondientes a vivienda, alimen-tación, vestimenta, educación y salud, es ne-cesario exigir facturas a los arrendadores; a los centros educativos, ya sean de nivel básico, bachillerato o superior; y a los médicos, clíni-cas, hospitales y farmacias donde nos atende-mos, etc. según corresponda. Son imputables estos gastos básicos de todas las personas que dependen del contribuyente económi-camente, a excepción de los hijos mayores de edad. Las facturas deben ser archivadas en or-den cronológico.
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    Gastos Personales 96Capítulo 1 • Economía: para el desarrollo del Ecuador dos por la institución que otorgó el crédito; o el débito respectivo reflejado en los esta-dos de cuenta o libretas de ahorro. • Impuestos prediales de un único bien in-mueble en el cual habita y que sea de su propiedad. 2. EDUCACIÓN • Matrícula y pensión en todos los niveles del sistema educativo, inicial, educación gene-ral básica, bachillerato y superior, así como la colegiatura, los cursos de actualización, seminarios de formación profesional de-bidamente aprobados por el Ministerio de Educación o del Trabajo cuando correspon-da o por el Consejo Nacional de Educación Superior según el caso, realizados en el te-rritorio ecuatoriano. • Útiles y textos escolares, materiales didácti-cos utilizados en la educación y, libros. • Educación para discapacitados: Servicios de educación especial para personas dis-capacitadas, brindados por centros y por profesionales reconocidos por los órganos competentes. La deducción total por gastos personales no podrá superar el 50% del total de los ingresos gravados del contribuyente y en ningún caso será mayor al equivalente a 1.3 veces la frac-ción básica desgravada de Impuesto a la Renta de personas naturales. Para la deducibilidad de los gastos personales, los comprobantes de venta deberán estar a nombre del contribuyente, su cónyuge o con-viviente, sus hijos menores de edad o con dis-capacidad que no perciban ingresos gravados y que dependan del contribuyente.1. VIVIENDA • Arriendo de un único inmueble usado para vivienda. • Los intereses de préstamos hipotecarios otorgados por instituciones autorizadas, destinados a la ampliación, remodelación, restauración, adquisición o construcción, de una única vivienda. En este caso, serán pruebas suficientes los certificados conferi-
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    Equidad y desarrollo97 • Cuidado Infantil: Servicios prestados por centros de cuidado infantil. • Uniformes. 3. SALUD • Honorarios profesional de salud: Honorarios de médicos y profesionales de la salud con título profesional avalado por el Consejo Nacional de Educación Superior. • Servicios de salud prestados por clínicas, hospitales, laboratorios clínicos y farma-cias autorizadas por el Ministerio de Salud Pública. • Medicina y Otros: Medicamentos, insumos médicos, lentes y prótesis. • Medicina prepagada y prima de seguro médico en contratos individuales y cor-porativos. En los casos que estos valores correspondan a una póliza corporativa y los mismos sean descontados del rol de pagos del contribuyente, este docu-mento será válido para sustentar el gasto correspondiente. • Deducible del seguro: El deducible no re-embolsado de la liquidación del seguro privado. 4. ALIMENTACIÓN • Alimentos: Compras de alimentos para con-sumo humano. • Pensiones alimenticias, debidamente sus-tentadas en resolución judicial o actuación de la autoridad correspondiente. • Restaurantes: Compra de alimentos en cen-tros de expendio de alimentos preparados. 5. VESTIMENTA • Ropa en general: Se considerarán gastos de vestimenta los realizados por cualquier tipo de prenda de vestir.
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    98 Cálculo delImpuesto a la Renta Al aplicar a la base imponible la tarifa del impuesto, se obtiene el impuesto a la renta. base imponible x tarifa del impuesto = impuesto a la renta causado En general, la tarifa del impuesto para las so-ciedades es del 25 %*. Para las personas na-turales y las sucesiones indivisas varía con relación a la base imponible, y para calcularla se debe aplicar la información de la siguiente tabla progresiva: El ejercicio impositivo del impuesto a la renta es un período anual que va desde el 1 de enero al 31 de diciembre de cada año. Cuando la ac-tividad generadora de la renta empieza en una fecha posterior al 1 de enero, de igual manera el ejercicio impositivo se debe cerrar obligatoria-mente el 31 de diciembre de cada año. Los valores de la tabla se actualizan anual-mente, mediante una resolución de la Dirección General del SRI, tomando en cuenta el ín-dice de precios al consumidor en el área ur-bana, dictada por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC) en el mes de no-viembre de cada año, con vigencia para el año siguiente. *Según la Disposición Transitoria primera del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, el Impuesto a la Renta de sociedades se aplicará de la siguiente manera: para el ejercicio económico del año 2011, el porcentaje será del 24%, para el 2012 será del 23% y a partir del 2013 se aplicará el 22%. Impuesto a la renta año 2012 Fracción básica Exceso hasta Impuesto Fracción Básica Capítulo 9 • El impuesto a la renta % Impuesto Fracción Excedente 0 9.720 12.380 15.480 18.580 37.160 55.730 74.320 99.080 9.720 12.380 15.480 18.580 37.160 55.730 74.320 99.080 En adelante 0 0 133 443 815 3.602 7.316 11.962 19.392 0% 5% 10% 12% 15% 20% 25% 30% 35% Impuesto a la renta año 2011 Fracción básica Exceso hasta Impuesto fracción básica % Impuesto Fracción Excedente 0 9.210 11.730 14.670 17.610 35.210 52.810 70.420 93.890 9.210 11.730 14.670 17.610 35.210 52.810 70.420 93.890 En adelante 0 0 126 420 773 3.413 6.933 11.335 18.376 0% 5% 10% 12% 15% 20% 25% 30% 35%
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    Ejemplos de cálculodel impuesto a la renta de personas naturales Ejemplo 1 Un contribuyente persona natural que realiza varias actividades económicas en el año 2011, presenta la siguiente información: Actividad Ingreso Deducciones B. imponible Equidad y desarrollo 99 • Actividad empresarial de personas naturales obligadas a llevar contabili-dad (resultado de la contabilidad) 65 000 40 000 25 000 • Actividad empresarial de personas naturales no obligadas a llevar conta-bilidad (resultado de registro de Ingresos y Gastos) 10 000 8 000 2 000 • Renta bienes raíces y otros activos. 1 000 800 200 • Ingresos, trabajo personal 6 000 5 000 1 000 • Otros ingresos (Se asume para el ejemplo que por estos ingresos no existe deducción ) 100 ----- 100 82 100 53 800 28 300 La base imponible para el impuesto a la renta será igual a la suma de todas las bases imponibles: determinamos la base imponible del contribuyente en $ 28 300. De acuerdo con la tabla anual del año 2011 de la pág. 98 ubicamos la base im-ponible, en el rango correspondiente de la tabla: entre $ 17 610 y $ 35 210. Para calcular el impuesto a la renta cau-sado en el año 2011, debemos sumar el impuesto sobre la fracción básica y el im-puesto a la fracción excedente. El impuesto a la fracción excedente se obtiene restando, de la base imponible, la fracción bá-sica y multiplicando ese resultado por el por-centaje indicado en la tabla. El impuesto causado será la suma del impuesto sobre la fracción básica más el impuesto sobre la fracción excedente. • Impuesto sobre fracción básica 773 • Fracción excedente 28 300 – 17 610 = 1 0 690 • Impuesto sobre excedente 10 690 x 15% = 1 603,50 TOTAL IMPUESTO A LA $ 2 376,50 dólares RENTA CAUSADO
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    Ejemplo 2 Sila base imponible del año 2011 es de 13 300, el impuesto a la renta se obtiene de la siguiente manera: Ubicación de base imponible: entre $ 11 730 y $ 14 670. • Impuesto sobre fracción básica 126 • Fracción excedente 13 300 – 11 730 = 1 570 • Impuesto sobre excedente 1 570 x 10% = 157,00 TOTAL IMPUESTO A LA RENTA CAUSADO $283,00 dólares Ejemplo 3 Base imponible 2012: $ 42 400. Ubicación de base imponible: entre $ 37 160 y $ 55 730. • Impuesto sobre fracción básica: 3 602 • Fracción excedente: 42 400 –37 160 = 5 240 • Impuesto sobre excedente: 5 240 x 20% = 1 048 TOTAL IMPUESTO A LA RENTA CAUSADO $ 4 650,00 dólares No señora, lo que gastó en Deducciones el SPA no es deducible de impuestos, aunque diga que es una contribución a la sociedad. 100 Capítulo 9 • El impuesto a la renta La Ley especifica cuáles son los gastos deducibles de impuestos con criterios de funcionalidad social.
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    Anticipos y retenciones Equidad y desarrollo 101 Durante el ejercicio pudo ocurrir que al de-clarante le retuvieran en la fuente, por con-cepto de impuesto a la renta, una parte de sus ingresos (por ventas, honorarios, comisiones, etc.). También es posible que el contribuyente haya pagado un anticipo del impuesto a la renta del año próximo. Los anticipos y retenciones se restan del im-puesto a la renta causado, para obtener el im-puesto a pagar. Si no existen anticipos ni re-tenciones, el impuesto a pagar será igual al impuesto causado. En el caso de terminación de las actividades económicas antes de la finalización del ejercicio impositivo, el contribuyente debe presentar su declaración anticipada del impuesto a la renta. Una vez presentada, procederá el trámite para la cancelación de la inscripción en el Registro Único de Contribuyentes o el registro de la sus-pensión de actividades económicas, según co-rresponda. Esta norma podrá aplicarse también para la persona natural que deba ausentarse del Crédito tributario a favor del contribuyente país por un período que exceda a la finaliza-ción del ejercicio fiscal. Obligación de llevar contabilidad Se está obligado a llevar contabilidad en los siguientes casos: • Todas las sociedades. • Las personas naturales y sucesiones indi-visas (herencias) que realicen actividades empresariales en el Ecuador y que al 1ro de enero de cada ejercicio impositivo operen con un capital o cuyos ingresos brutos o gastos anuales superen lo establecido por el SRI en el ejercicio inmediato anterior, in-cluyendo las personas naturales que desa-rrollen actividades agrícolas, pecuarias, fo-restales o similares. Nota: Las personas naturales que realicen ac-tividades empresariales y que operen con un capital u obtengan ingresos o tengan gastos inferiores a los previstos en el párrafo anterior, así como los profesionales, comisionistas, arte-sanos, agentes, representantes y demás traba-jadores autónomos, no están obligados a llevar contabilidad, pero sí deberán llevar una cuenta de ingresos y egresos para determinar su renta imponible. La contabilidad debe llevarse por el sistema de partida doble, en idioma castellano y en dólares de los Estados Unidos de América, tomando en consideración los principios contables de general aceptación, para re-gistrar el movimiento económico y deter-minar el estado de situación financiera y los resultados imputables al respectivo ejer-cicio impositivo. Los estados financieros sirven de base para la presentación de las declaraciones de im-puestos y otros trámites de control. Cuando el contribuyente pagó an-ticipos y retenciones mayores al im-puesto causado, obtiene crédito tribu-tario, que constituye un saldo a su favor, que puede ser reintegrado, previa so-licitud de reclamo, de acuerdo con las normas previstas para estos casos. También existen casos de pago inde-bido y pago en exceso del impuesto a la renta. Para solicitar la devolución de los valores correspondientes, se hace un reclamo.
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    102 Conciliación tributaria Para establecer la base imponible sobre la que se aplicará la tarifa del impuesto a la renta, las sociedades y las personas naturales obligadas a llevar contabilidad, procederán a realizar los ajustes pertinentes para deter-minar la conciliación tributaria, que, funda-mentalmente, consistirán en la modificación de la utilidad líquida - contable del ejercicio con las siguientes operaciones: • De la utilidad o pérdida líquida del ejercicio se restará la participación laboral en las uti-lidades de las empresas, que corresponda a los trabajadores de conformidad con lo pre-visto en el Código del Trabajo. • Se restará el valor de los ingresos exentos o no gravados. • Se restará el incremento neto de emplea-dos: empleados nuevos, incremento neto, gasto de nómina. • Se restará el pago a trabajadores discapacitados. • Se restarán los gastos personales (personas naturales). • Se sumarán los gastos no deducibles de conformidad con la Ley de Régimen Tributario Interno y su reglamento, tanto aquellos efectuados en el país como en el exterior. • Se sumará el ajuste de los gastos incurridos para la generación de ingresos exentos, en la proporción prevista en el reglamento. • Se sumará también el porcentaje de parti-cipación laboral en las utilidades de las em-presas, atribuibles a los ingresos exentos, es decir; el 15 % de tales ingresos. • Se restará la amortización de las pérdidas establecidas en la conciliación tributaria de años anteriores, de conformidad con lo previsto en la Ley de Régimen Tributario Interno y su reglamento. Las personas na-turales, estén o no obligadas a llevar conta-bilidad, no pueden restar pérdidas de años anteriores. Las sociedades pueden com-pensar las pérdidas sufridas en el ejercicio impositivo, con las utilidades gravables que obtuvieren dentro de los cinco períodos impositivos siguientes, sin que se exceda en cada período del 25 % de las utilidades obtenidas. • Se restará cualquier otra deducción esta-blecida por la Ley a la que tenga derecho el contribuyente, exclusivamente respecto de los ingresos gravados. El resultado que se obtenga luego de las ope-raciones antes mencionadas, constituye la uti-lidad gravable (base imponible). Capítulo 9 • El impuesto a la renta
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    Detalle de exencionesy deducciones aplicables al Impuesto a la Renta Equidad y desarrollo 103 Exenciones (salvedad) Sector público y otros especiales • Los obtenidos por las instituciones del Estado y por las empresas del sector públicas reguladas por la Ley Orgánica de Empresas Públicas. • Aquellos exonerados en virtud de convenios internacionales • Los de los Estados extranjeros y organismos internacionales, generados por los bienes que posean en el país. • Los de instituciones de carácter privado sin fines de lucro legalmente constituidas, siempre que sus bienes e ingresos se des-tinen para sus fines específicos. • Los percibidos por los institutos de educación superior estatales, amparados por la Ley de Educación Superior. Sociedades • Los dividendos y utilidades, calculados después del pago del impuesto a la renta, distribuidos por sociedades nacionales o extranjeras residentes en el Ecuador, a favor de otras sociedades nacionales o extranjeras, no domiciliadas en paraísos fiscales. • Los provenientes de inversiones no monetarias. • Los generados por la enajenación ocasional de inmuebles, acciones o participaciones. • Las ganancias de capital, utilidades, beneficios o rendimientos distribuidos por los fondos de inversión, fondos de cesantía y fideicomisos mercantiles, si estas organizaciones han cumplido sus obligaciones tributarias respecto del impuesto a la renta. • La compensación económica para salario digno. Personas naturales sin relación de dependencia • Los obtenidos por discapacitados (triple de fracción básica) (Deducción). • Los percibidos por personas mayores de 65 años (doble de fracción básica) (Deducción). • Los generados por la enajenación ocasional de inmuebles, acciones o participaciones. • Los intereses por depósitos de ahorro a la vista pagados por entidades del sistema bancario y financiero del país. • Los provenientes de premios de loterías auspiciados por la Junta de Beneficencia de Guayaquil y Fe y Alegría. • Las ganancias de capital, utilidades, beneficios o rendimientos distribuidos por los fondos de inversión, fondos de cesantía y fideicomi-sos mercantiles. • Las indemnizaciones que se perciban por seguros, exceptuando los provenientes de lucro cesante. • Los rendimientos por depósitos a plazo fijo, de un año o más, pagados por las instituciones financieras nacionales a personas naturales y sociedades, excepto a instituciones del sistema financiero, así como los rendimientos obtenidos por personas na-turales o sociedades por las inversiones en títulos de valores en renta fija, de plazo de un año o más, que se negocien a través de las bolsas de valores del país. Personas naturales en relación de dependencia • Los viáticos que se conceden a funcionarios y empleados de las instituciones del Estado. Los gastos de viaje, hospedaje, alimen-tación que reciban los funcionarios, empleados y trabajadores del sector privado, por razones inherentes a su función y cargo. • Los que perciben los beneficiarios del IESS por toda clase de prestaciones, miembros de la fuerza pública del ISSFA y del ISSPOL, y los pensionistas del Estado. • Las décima tercera y décima cuarta remuneraciones. • Las asignaciones o estipendios que, por concepto de becas para el financiamiento de estudios, especialización o capacitación en instituciones de educación superior y entidades gubernamentales nacionales o extranjeras y en organismos internaciona-les otorguen el Estado, los empleadores, organismos internacionales, gobiernos de países extranjeros y otros. • Los obtenidos por los trabajadores por concepto de bonificación de desahucio e indemnización por despido intempestivo. • Los intereses pagados por trabajadores por concepto de préstamos realizados por la sociedad empleadora para que el trabaja-dor adquiera acciones o participaciones de dicha empleadora, mientras el empleado conserve la propiedad de tales acciones.
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    104 Detalle decostos y gastos deducibles Costos y gastos • De adquisición de mercaderías y de producción de bienes y servicios vendidos en ejercicio. • De administración de ventas y de promoción y publicidad. • De viaje y estadía hasta por un máximo del 3 % del ingreso gravable anual. Las sociedades nuevas los dos primeros años pueden deducir el total de gastos de viaje. • Los gastos indirectos asignados desde el exterior a sociedades domiciliadas en el Ecuador por sus partes relacionadas, hasta un máximo del 5% de la base imponible del Impuesto a la Renta más el valor de dichos gastos. Para el caso de las sociedades que se encuentren en el ciclo preoperativo del negocio, éste porcentaje corresponderá al 5% del total de los activos, sin perjuicio de la retención en la fuente correspondiente. • Contratados, devengados y pendientes de pago al cierre del ejercicio (soportados con comprobantes de venta). • Intereses sobre préstamos obtenidos para el negocio o la actividad. • Primas de seguros del personal y de los bienes de la actividad que genera ingresos gravados. • Remuneraciones, bonificaciones, aportes patronales, aportes patronales al IESS, fondos de reserva, pensio-nes jubilares, contribuciones para salud, educación, cultura, capacitación e indemnizaciones al personal. • Reparaciones y mantenimiento de activos fijos. • Suministros y materiales. • Tributos y aportaciones a gremios, excepto el impuesto a la renta y aquellos sobre los cuales pueda obtener crédito tributario. • Amortizaciones por pagos diferidos de largo plazo destinados a: organización, investigación, desarrollo, ex-ploraciones, etc. (Se amortizan en 5 años a razón del 20 % anual. En intangibles se considera el plazo del contrato hasta un máximo de 20 años. Si el negocio o la actividad termina, a la fecha de cierre, se amortiza la totalidad de la inversión). Pérdidas • Por baja de inventarios, mediante declaración tramitada ante un juez o notario, por parte del representante legal, bodeguero y contador. • En venta de activos fijos. • Por caso fortuito, debidamente comprobado. • Por diferencial cambiario. • Por cuentas incobrables. Depreciaciones de activos fijos, según vida útil de acuerdo con la siguiente tabla ACTIVOS FIJOS AÑOS DE VIDA ÚTIL DEPRECIACIÓN ANUAL Edificios (locales, casas, apartamentos) 20 5 % Maquinarias, equipos, muebles, enseres y equipos de oficina 10 10 % Vehículos 5 20 % Equipos de computación y software 3 33 % En inmuebles destinados a la actividad empresarial • Gastos de arrendamiento. • Intereses por construcciones, mejoras o conservación de la propiedad, certificados por el IESS, Banco Ecuatoriano de la Vivienda, cooperativas o mutualistas de ahorro y crédito y entidades que conceden prés-tamos hipotecarios. • Primas de seguros sobre la propiedad. • Depreciación anual sobre el avalúo municipal. Capítulo 9 • El impuesto a la renta
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    Equidad y desarrollo105 En inmuebles destinados a la ac-tividad empresarial • Gastos de mantenimiento hasta un máximo del 1 % del avalúo de la propiedad. • Reparaciones por fuerza mayor, ordenanzas o hechos extraordinarios, previa autorización del SRI. • Impuestos sobre la propiedad. • Tasas de servicios públicos: aseo, alcantarillado, agua potable y electricidad. En pagos al exterior • Son deducibles como gastos los valores que el sujeto pasivo reembolse al exterior por concepto de gastos incurri-dos en el exterior, directamente relacionados con la actividad desarrollada en el Ecuador por el sujeto pasivo que los reembolse, siempre que haya efectuado la retención en la fuente del Impuesto a la Renta. • Serán deducibles los intereses pagados por créditos del exterior, adquiridos para el giro del negocio, hasta la tasa autorizada por el Banco Central, siempre que éstos y sus pagos se encuetren registrados en dicha entidad. • Comisiones por exportaciones que consten en el respectivo contrato y las pagadas para la promoción del turismo receptivo, sin que excedan del 2 % del valor de las exportaciones o de los ingresos obtenidos en el giro de la acti-vidad. Si el pago se realiza a favor de una persona o una sociedad relacionada con el exportador o si el beneficiario de esta comisión se encuentra domiciliado en un país en el cual no exista impuesto sobre los beneficios, utilidades o renta, se deberá pagar el impuesto a la renta y realizar la retención en la fuente. • Gastos realizados en el exterior por las empresas de transporte marítimo, o aéreo y pesqueras de alta mar, sea por necesidad de la actividad desarrollada en el Ecuador o por su extensión en el extranjero, siempre que estén certificados por auditores externos con representación en el Ecuador. • El 96 % de las primas de cesión o reaseguros contratados por empresas que no tengan establecimiento o repre-sentación permanente en el Ecuador. • El 90 % de los pagos efectuados por las agencias internacionales de prensa registradas en la Secretaría de Administración Pública del Estado. • Los pagos por concepto de arrendamiento mercantil internacional de bienes de capital, siempre y cuando corres-pondan a bienes adquiridos a precios de mercado y su financiamiento no contemple tasas superiores a la tasa LIBOR BBA en dólares de un año plazo. Si el arrendatario no opta por la compra del bien y procede a reexpor-tarlo, deberá pagar el impuesto a la renta como remesa al exterior calculado sobre el valor depreciado del bien reexportado. • Los pagos de intereses de créditos externos y líneas de crédito abiertas por instituciones financiera del exterior, legalmente establecidas como tales; así como los intereses de créditos externos conferidos de gobierno a go-bierno o por organismos multilaterales. En estos casos, los intereses no podrán exceder de las tasas de interés máximas referenciales fijadas por el Directorio del Banco Central del Ecuador a la fecha del registro del crédito o su novación; y si de hecho las excediera, se deberá efectuar la retención correspondiente sobre el exceso para que dicho pago sea deducible.
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    Tarifa del Impuestoa la Renta para sociedades Las sociedades constituidas en el Ecuador, las sucursales de sociedades extranjeras domiciliadas en el país y los establecimientos permanentes de sociedades extranjeras no domiciliadas que obtengan ingresos grava-bles están sujetos a la tarifa impositiva del 23 % sobre su base imponible, durante el año 2012. Si reinvierten las utilidades en el país, podrán obtener una reducción de 10 puntos porcen-tuales a la tarifa del Impuesto a la Renta sobre el monto reinvertido en activos productivos, siempre y cuando se destine a la adquisición de máquinas nuevas, equipos nuevos, bienes para investigación y tecnología. Para ello, las sociedades deberán efectuar el aumento de capital por el valor de las utilidades reinver-tidas, perfeccionándolo con la inscripción in-mediata en el respectivo registro mercantil, hasta el 31 de diciembre del ejercicio imposi-tivo posterior a aquel en el que se generaron las utilidades que se reinvierten. Las instituciones que conforman el sistema fi-nanciero nacional están sujetas a la tarifa del Impuesto a la Renta para sociedades, siempre que destinen fondos para el otorgamiento de créditos para el sector productivo. Las empresas de exploración y explotación de hidrocarburos están sujetas a la tarifa del Impuesto a la Renta para sociedades, sobre su base imponible. Otras tarifas del impuesto a la renta Los ingresos obtenidos por personas naturales extranjeras que no tengan residencia en el país, por servicios ocasionalmente prestados en el Ecuador, se gravarán con la tarifa del Impuesto a la Renta para sociedades, sobre la totalidad del ingreso percibido. Los organizadores de loterías, rifas, apuestas y similares con excepción de los organizados por 106 Capítulo 9 • El impuesto a la renta la Junta de Beneficencia de Guayaquil y Fe y Alegría deben pagar la tarifa del Impuesto a la Renta para sociedades sobre sus utilidades, los beneficiarios pagarán el impuesto único del 15 % sobre el valor de cada premio recibido en dinero o en especie que sobrepase una frac-ción básica no gravada del impuesto a la renta de personas naturales; los organizadores serán agentes de retención de este impuesto. Los beneficiarios de ingresos provenientes de herencias y legados; así como los beneficiarios de donaciones pagarán el impuesto aplicando la siguiente tabla: Impuesto Herencias, Legados y Donaciones año 2012 Fracción Exceso Impuesto básica hasta fracción básica % Fracción excedente - 61 931 123 874 247 737 371 610 495 484 619 358 743 221 61 931 123 874 247 737 371 610 495 484 619 358 743 221 En adelante - - 3 098 15 484 34 064 58 839 89 808 126 967 0% 5% 10% 15% 20% 25% 30% 35% Impuesto a la suerte Cuando pagué los impuestos compartí el premio con todo el país.
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    Cálculo del anticipodel Impuesto a la Renta Equidad y desarrollo 107 Apartir del 2010 las personas naturales y sucesiones indivisas no obligadas a llevar contabilidad, y las empresas que tengan sus-critos o suscriban contratos de explotación y exploración de hidrocarburos deberán de-terminar en su declaración correspondiente al ejercicio económico anterior, el anticipo a pagarse con cargo al ejercicio fiscal corriente por un valor equivalente al 50 % del impuesto a la renta determinado en el ejercicio anterior, menos las retenciones que le hayan sido prac-ticadas; las personas naturales o sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad y so-ciedades un valor equivalente a la suma de los siguientes rubros: 0,2 % del patrimonio total, 0,2 % del total de costos y gastos deducibles, el 0,4 % del activo total y el 0,4 % del total de ingresos gravables. En resumen, los contribuyentes deben pagar anualmente un anticipo de impuesto a la renta que se calcula de la siguiente manera: ANTICIPO = 50 % del impuesto a la renta determinado en el ejercicio anterior – (menos) reten-ciones en la fuente del impuesto a la renta que les hayan sido practicados a partir del 2010 solo para personas naturales y sucesiones indivisas no obligadas a llevar contabilidad. Ejemplo de cálculo de anticipo del im-puesto a la renta para personas natu-rales y sucesiones indivisas no obligadas a llevar contabilidad. Impuesto a la renta causado año 2011 1 500,00 Retenciones año 2011 350,00 Anticipo impuesto a la renta 50% (1 500) - 350 = 400,00 año 2012 El anticipo se tiene que pagar en dos cuotas iguales, una en el mes de julio y otra en sep-tiembre de acuerdo con el noveno digito del RUC, en el formulario 106. Pago del impuesto La declaración y pago del impuesto a la renta se debe realizar desde el primero de febrero del año siguiente, hasta las fechas que se de-tallan a continuación: Impuesto a la Renta Noveno dígito del RUC Personas naturales Sociedades 1 10 de marzo 10 de abril 2 12 de marzo 12 de abril 3 14 de marzo 14 de abril 4 16 de marzo 16 de abril 5 18 de marzo 18 de abril 6 20 de marzo 20 de abril 7 22 de marzo 22 de abril 8 24 de marzo 24 de abril 9 26 de marzo 26 de abril 0 28 de marzo 28 de abril ANTICIPO = 0,2% del Patrimonio Total + 0,2% Total de Costos y Gastos Deducibles + 0,4% Activo Total + 0,4% Ingresos Gravables) a partir del 2010 para sociedades, perso-nas naturales y sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad.
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    108 Retenciones enla fuente del Impuesto a la Renta Toda persona jurídica, pública o privada, las sociedades y las empresas o personas naturales obligadas a llevar contabilidad que paguen o acrediten en cuenta cualquier tipo de ingresos que constituyan rentas gravadas para quien los reciba actuará como agente de retención del impuesto a la renta. Por ingresos en relación de dependencia la re-tención debe efectuarla el empleador. Por rendimientos financieros, la retención debe ser efectuada por las instituciones, entidades bancarias, financieras, en general las sociedades que paguen o acrediten en cuentas intereses o cualquier tipo de rendimientos financieros. Porcentajes de retención Sujetos al 1 % de retención • Intereses y comisiones que se causen en las operaciones de crédito entre las institucio-nes del sistema financiero. • Pagos realizados por transporte privado de personas o de carga. • Por seguros y reaseguros. • Por pagos en actividades de construcción de obra material inmueble, urbanización, lotización o actividades similares. • Por servicios de publicidad y comunicación • Por compras locales de materia prima. • Por suministros y materiales. • Por repuestosy herramientas. • Por lubricantes. • Por activos fijos. • Por arrendamiento mercantil local. • Por compra de bienes muebles de naturale-za corporal, excepto combustibles. Sujetos al 2 % de retención • Pagos o créditos en cuenta de las empresas emisoras de tarjetas de crédito a sus esta-blecimientos afiliados. • Los rendimientos financieros (no aplica para IFIs) • Por regalías, marcas, patentes, derechos de autor y similares de las sociedades. • Servicios entre sociedades. • Por otros servicios en los que predomina la mano de obra. • Remuneraciones a otros trabajadores autónomos. Sujetos al 8 % de retención • Honorarios, comisiones y demás pagos rea-lizados a personas naturales nacionales o extranjeras residentes en el país por más de 6 meses, que presten servicios en los que prevalezca el intelecto sobre la mano de obra, siempre y cuando, dicho servicio no esté relacionado con el título profesional que ostente la persona que lo preste. • Por cánones, regalías, marcas, patentes, de-rechos de autor y similares de las personas naturales. Capítulo 9 • El impuesto a la renta
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    Equidad y desarrollo109 Fracción básica Exceso hasta Retención fracción básica Porcentaje de Retención sobre la fracción excendente - 100 000 0 1% 100 000 200 000 1 000 5% 200 000 En delante 6 000 10% • Los pagos realizados a personas naturales y sociedades en concepto de arrendamiento de bienes inmuebles, cualquiera que fuese su denominación o modalidad contractual. • Los pagos a notarios y registradores de la propiedad y mercantiles por sus activida-des notariales y de registro. • Los pagos a deportistas, entrenadores, árbi-tros y miembros del cuerpo técnico. • Los pagos a artistas nacionales y artistas ex-tranjeros residentes en el país por más de 6 meses. • Honorarios y demás pagos realizados a per-sonas naturales nacionales o extranjeras re-sidentes en el país por más de 6 meses, que presten servicios de docencia. Sujetos al 10% de retención • Honorarios, comisiones y demás pagos realizados a personas naturales profesio-nales nacionales o extranjeras residentes en el país por más de 6 meses, que presten servicios en los que prevalezca el intelecto sobre la mano de obra, siempre y cuando, los mismos estén relacionados con su título profesional. Sujetos al 15% de retención • Por loterias, rifas, apuestas y similares. Sujetos al 24 % de retención • Los pagos a personas naturales no residen-tes en el país, por servicios prestados oca-sionalmente en el Ecuador. • Por valores remesados al exterior, que cons-tituyan renta de fuente ecuatoriana. • Por pagos de dividendos anticipados. • Por arrendamiento mercantil internacional. Otras retenciones • Por otros conceptos sin convenio de doble tributación (24%) • Venta de combustibles a comercializadoras (0.2%). • Venta de combustibles a distribuidores (0.3%). Dividendos o utilidades distribuidos Los dividendos o utilidades distribuidos a favor de personas naturales residentes en el Ecuador constituyen ingresos gravados para quien los percibe, debiendo por tanto efec-tuarse la correspondiente retención en la fuente por parte de quien los distribuye. Los porcentajes de retención se aplicarán progresivamente de acuerdo a los siguientes porcentajes, en cada rango, de la siguiente manera:
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    Distribución de larecaudación del Impuesto a la Renta Intereses y multas por declaraciones tardías Los contribuyentes que presenten sus de-claraciones después de los plazos previstos por la Ley deben calcular e incluir e sus declaraciones los intereses por mora y las 110 Capítulo 9 • El impuesto a la renta multas correspondientes. El interés por mora, se calcula sobre el im-puesto a pagar y su tarifa se determina con base en la siguiente tabla. TABLA PARA EL CÁLCULO DE INTERESES Y MULTAS Período AÑO MES ATRASO INTERÉS MENSUAL INTERÉS ACUMULADO % QUE SE APLICA MULTA ACUMULADA % QUE SE APLICA 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 2012 2012 2012 2011 2011 2011 2011 2011 2011 2011 2011 2011 2011 2011 2011 2010 2010 2010 2010 2010 2010 2010 2010 2010 2010 2010 2010 MARZO FEBRERO ENERO DICIEMBRE NOVIEMBRE OCTUBRE SEPTIEMBRE AGOSTO JULIO JUNIO MAYO ABRIL MARZO FEBRERO ENERO DICIEMBRE NOVIEMBRE OCTUBRE SEPTIEMBRE AGOSTO JULIO JUNIO MAYO ABRIL MARZO FEBRERO ENERO 1,021 1,021 1,021 1,046 1,046 1,046 1,046 1,046 1,046 1,081 1,081 1,081 1,085 1,085 1,085 1,130 1,130 1,130 1,128 1,128 1,128 1,151 1,151 1,151 1,149 1,149 1,149 1,021 2,042 3,063 4,109 5,155 6,201 7,247 8,293 9,339 10,420 11,501 12,582 13,667 14,752 15,837 16,967 18,097 19,227 20,355 21,483 22,611 23,762 24,913 26,064 27,213 28,362 29,511 3 6 9 12 15 18 21 24 27 30 33 36 39 42 45 48 51 54 57 60 63 66 69 72 75 78 81
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    Hago y aprendo 1 Explica cuál es el criterio tributario que fundamenta el impuesto a la renta. Equidad y desarrollo 111 2 Llena la tabla con datos y calcula el impuesto a la renta. Actividad económica Ingreso Deducciones B. imponible 1 2 3 4 Otros ingresos Total 3 Supongamos que el contribuyente del caso anterior hizo tardíamente su declara-ción, debía pagar sus impuestos en mayo del 2010. Calcula el interés y la multa que debe pagar. 4
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    Hago y aprendo 4 Escribe cuatro ejemplos de ingresos gravados con el impuesto a la renta. 1. 2. 3. 4. 5 Define los siguientes términos. • Conciliación tributaria • Ejercicio fiscal • Capacidad contributiva • Interés por mora 6 Señala cuáles de los siguientes ingresos están exentos del impuesto a la renta. • Los provenientes de loterías, rifas, apuestas y similares, promovidas en el Ecuador. • Los obtenidos por discapacitados. • Los provenientes de premios de loterías auspiciadas por la Junta de de Beneficencia de Guayaquil y Fe y Alegría. • Los percibidos por los institutos de educación superior estatales. • Los de partidos políticos. • Los provenientes de herencias, legados y donaciones de bienes situados en el Ecuador. • Las pensiones jubilares. • Las utilidades por venta de bienes muebles o inmuebles ubicados en el país. • Los percibidos por personas mayores de 65 años. • Los beneficios o regalías provenientes de los derechos de autor. 112 Capítulo 9 • El impuesto a la renta
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    RESPONSABILIDAD SOCIAL YAMBIENTAL SOBRE EL CONSUMO EL IMPUESTO A LOS CONSUMOS ESPECIALES (ICE) Equidad y desarrollo 113 ¿De qué se trata? Capítulo 10 En este capítulo hablaremos sobre el im-puesto a los consumos especiales (ICE), que conforma una parte importante de los in-gresos tributarios del presupuesto general del Estado; veremos qué bienes y servicios están gravados con este impuesto así como las tarifas del pago, cuál es el destino de la recaudaciones del ICE y las formas en las que los contribuyentes deben declararlo. Lo que voy a lograr Conceptualmente • Identificar todos los bienes y servicios que están gravados con el ICE. • Identificar sus tarifas. • Entender cómo distribuye la administra-ción tributaria las recaudaciones del ICE. • Conocer las formas de declaración del impuesto. En actitudes y valores • Apreciar el principio de equidad en la re-caudación tributaria. • Reconocer los beneficios económicos que proporciona el sistema de recaudación de este impuesto. • Valorar el criterio de justicia con que se ha establecido este impuesto. Bienes gravados con ICE Productos gravados con ICE
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    114 Un impuestosobre bienes y servicios de lujo El impuesto a los consumos especiales (ICE), grava el consumo de determinados bienes y servicios, con la finalidad de que quienes los consuman sean conscientes de su responsa-bilidad social y ambiental. En un primer mo-mento gravó solo a vehículos, cigarrillos, cer-veza, bebidas alcohólicas y gaseosas; luego se amplió a otros bienes y servicios, algunos sun-tuarios como yates, aviones, avionetas y otros; hoy también grava a perfumes, videojuegos, armas, juegos de azar, televisión pagada, focos incandescentes y cuotas, membresías o afilia-ciones a clubes sociales. ¿Somos más felices cuando compramos lo que queremos? Cuando el consumo se convierte en la razón misma para la existencia de las economías, no nos preguntamos cuánto es suficiente, para qué necesitamos todas estas cosas o si de verdad somos un poco más felices cuando las tenemos. La compra de un producto nuevo, es-pecialmente uno de los caros, produce placer y proporciona estatus y reconocimiento; pero, a medida que la sensación de novedad se des-vanece, el vacío amenaza de nuevo con volver, entonces la solución del consumidor suele ser centrar su ilusión en la próxima compra, que-dando atrapado en algo parecido a una adic-ción. Tener más cosas y más nuevas cada año, se ha convertido, no en algo que queremos, sino en algo que necesitamos, en el centro de identidad y seguridad de nuestra sociedad. En realidad casi todo lo que compramos no es esencial para nuestra supervivencia, ni si-quiera incluso para las comodidades humanas básicas, sino que está basado en el impulso, la novedad, un momentáneo deseo y la in-fluencia externa con un costo demasiado alto para el ambiente y nosotros mismos. Al mirar desde esta perspectiva es adecuado que se impongan impuestos especiales al con-sumo suntuario y a productos que atenten contra el medio ambiente. Derivado de la palabra consumo, el término consumismo describe los efectos de ligar la felicidad (bienestar) personal a la compra de bienes. Capítulo 10 • El impuesto a los consumos especiales
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    Tarifas del ICE A cada bien o servicio gravado con ICE se le otorga una tarifa diferente. Los siguientes bienes y Equidad y desarrollo 115 servicios pagan ICE, sean importados o producidos en el Ecuador. GRUPO I (TARIFA AD VALOREM) BIEN O SERVICIO TARIFA Productos del tabaco y sucedáneos del tabaco (abarcan los productos preparados totalmente o en parte utilizando como materia prima hojas de tabaco y destinados a ser fumados, chupados, inhalados, mascados o utilizados como rapé) 150,00 % Bebidas gaseosas 10,00 % Perfumes y aguas de tocador 20,00 % Videojuegos 35,00 % Armas de fuego, armas deportivas y municiones, excepto aquellas adquiridas por la fuerza pública 300,00 % Focos incandescentes excepto aquellos utilizados como insumos automotrices 100,00 % GRUPO II (TARIFA AD VALOREM) 1. VEHÍCULOS MOTORIZADOS DE TRANSPORTE TERRESTRE DE HASTA 3.5 TONELADAS DE CARGA, CONFORME EL SIGUIENTE DETALLE: Vehículos motorizados cuyo precio de venta al público sea de hasta USD 20.000 5,00 % Camionetas, furgonetas, camiones, y vehículos de rescate cuyo precio de venta al público sea de hasta USD 30.000 5,00 % Vehículos motorizados, excepto camionetas, furgonetas, camiones y vehículos de rescate, cuyo precio de venta al 10,00 % público sea superior a USD 20.000 y de hasta USD 30.000 Vehículos motorizados cuyo precio de venta al público sea superior a USD 30.000 y de hasta USD 40.000 15,00 % Vehículos motorizados cuyo precio de venta al público sea superior a USD 40.000 y de hasta USD 50.000 20,00 % Vehículos motorizados cuyo precio de venta al público sea superior a USD 50.000 y de hasta USD 60.000 25,00 % Vehículos motorizados cuyo precio de venta al público sea superior a USD 60.000 y de hasta USD 70.000 30,00 % Vehículos motorizados cuyo precio de venta al público sea superior a USD 70.000 35,00 % 2. VEHÍCULOS MOTIRIZADOS HÍBRIDOS O ELÉCTRICOS DE TRANPORTE TERRESTRE DE HASTA 3,5 TONELADAS DE CARGA AVIONES, AVIONETAS Y HELICÓPTEROS EXCEPTO AQUELLAS DESTINADAS AL TRANSPORTE COMERCIAL DE PASAJEROS, CARGA Y SERVICIOS; MOTOS ACUÁTICAS, TRICARES, CUADRONES, YATES Y BARCOS DE RECREO 15,00 % GRUPO III (TARIFA AD VALOREM) Servicios de televisión pagada 15,00 % Servicios de casinos, salas de juego (bingo - mecánicos) y otros juegos de azar 35,00 % GRUPO IV (TARIFA AD VALOREM) Las cuotas, membresías, aliaciones, acciones y similares que cobren a sus miembros y usuarios los Clubes Sociales, para prestar sus servicios, cuyo monto en su conjunto supere los US $ 1.500 anuales 35,00 % GRUPO V (TARIFA AD VALOREM) Cigarrillos 0,08 USD por unidad N/A Bebidas alcohólicas, incluida la cerveza 6,20 USD por litro de alcohol puro 75,00 %
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    116 Exenciones delICE De los productos detallados en el cuadro pre-cedente, están exentos de este impuesto, es decir, no pagan el ICE los siguientes productos: • El alcohol que se destina a la producción farmacéutica, perfumes y aguas de tocador. • El alcohol, residuos y subproductos resul-tantes de la rectificación o destilación del aguardiente y alcohol no aptos para el con-sumo humano, destinados como materia prima a la producción • Los productos destinados a la exportación. • Los vehículos ortopédicos y no ortopédicos destinados al traslado y uso de personas con discapacidad. Deben pagar el ICE los fabricantes o im-portadores de los bienes y servicios gra-vados únicamente en su primera etapa de producción. Sin embargo, por tratarse de un impuesto in-directo, su valor es trasladado al consumidor final, a través del precio de venta al público fi-jado por fabricantes o importadores de bienes y prestadores de servicios. Es decir, que los consumidores finales pagamos este impuesto en el valor del bien o servicio que compramos, porque el impuesto está incluido en el precio. Para el caso de bienes sujetos al impuesto a los consumos especiales, en forma obligatoria, el precio de venta al público debe ser colo-cado en un lugar visible del envase de cada producto. Cálculo del ICE sobre su base imponible El impuesto a los consumos especiales se cal-cula sobre la base imponible que resulta de restar al PVP la tarifa de IVA e ICE que corres-ponda. Esta base imponible no será del resul-tado de incrementar un 25% de margen mí-nimo de comercialización al valor ex fábrica para bienes de producción nacional, o ex aduana para bienes importados. El precio ex fábrica es aquel que es aplicado por las empresas productoras de bienes gravados con ICE en la primera etapa de comercializa-ción de los mismos. Este precio se refleja en las facturas de venta de los productores e incluye todos los costos y gastos de producción, venta, administrativos, financieros y cualquier otro costo o gasto, suma a la cual se deberá agregar la utilidad marginada de la empresa. El precio ex-aduana es aquel que se obtiene de la suma de las tasas arancelarias, fondos y tasas extraordinarias recaudadas por la SENAE al mo-mento de desaduanizar los productos impor-tados, al valor en aduana de los bienes. Capítulo 10 • El impuesto a los consumos especiales • El alcohol, los mostos, jarabes, esencias o concentrados que se destinen a la produc-ción de bebidas alcohólicas. • Focos incandescentes utilizados como insu-mos automotrices. • Las armas de fuego deportivas y la municio-nes que en éstas se utilice, siempre y cuando su importación o adquisición local, se reali-ce por parte de deportistas debidamente inscritos y autorizados por el Ministerio del Deporte, para su utilización exclusiva en ac-tividades deportivas, y cuenten con la auto-rización del Ministerio de Defensa, respecto del tipo y cantidad de armas y municiones. Quiénes deben pagar el ICE
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    Equidad y desarrollo117 Por la salud nacional Aquellos productos que se consideran perjudiciales para la salud de los ciudadanos y ciudadanas, como son los cigarrillos y el alcohol, son gravados con impuestos especiales para evitar su uso, de esta manera en la polí-tica tributaria se refleja claramente su finalidad de con-tribución y compromiso con el bien de la sociedad. Cómo declarar el ICE El ICE sobre bienes y servicios nacionales se debe declarar y pagar por períodos men-suales, teniendo en cuenta que este corresponda a un mes calendario. En el caso de productos importados se pagará antes de desaduanizar la mercadería detallada en la Declaración Aduanera Única (DAU). Si los productos son de fabricación nacional, el ICE debe ser declarado y pagado por el fabri-cante; si se trata de productos importados, el impuesto es declarado, liquidado y pagado por el importador. Los plazos de vencimiento para presentar la de-claración son los mismos que se han establecido para declarar y pagar el IVA. Las empresas que fabrican los bienes y prestan los servicios gravados con ICE, deben declarar este impuesto mediante el formulario 105.
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    Hago y aprendo 1 Responde. • ¿A cuál de los bienes y servicios gravados con el ICE es al que se le aplica la mayor tarifa? • ¿Por qué crees que se le aplica esa tarifa? 2 Pon V si la afirmación es verdadera y F si es falsa. • El valor del ICE se traslada al consumidor final. • El ICE es un impuesto directo. • El precio de venta al público lo fija el fabricante del bien. • Los productos destinados para la exportación pagan ICE. 3 Enumera tres artículos suntuarios que piensas que deberían estar gravados con el ICE y no lo están. 1. 2. 3. 4 Escribe tu opinión sobre porque el alcohol y los cigarrillos se encuentran gravados con ICE 118 Capítulo 10 • El impuesto a los consumos especiales
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    Capítulo 11 LASCONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS previstas por la Ley para los infractores. Notificación de clausura Acto de clausura de un establecimiento comercial Los contribuyentes pueden cometer faltas e incorrecciones que perjudican la recauda-ción y la administración tributaria, estas tiene varias consecuencias: la merma de los ingresos del Estado y, por lo tanto, el entorpecimiento de la prestación de los servicios públicos, así como perjuicios para el mismo contribuyente. En este capítulo conoceremos qué acciones son consideradas infracciones y delitos tribu-tarios y cuáles son las respectivas sanciones Conceptualmente • Definir la infracción para el sistema tributario. • Conocer la clasificación de las distintas in-fracciones tributarias. • Identificar las sanciones respectivas a las infracciones. • Reconocer la gravedad legal de las sanciones. En actitudes y valores • Entender la gravedad social que tiene el co-meter infracciones tributarias para el país. • Reconocer la importancia que tiene para el país que las infracciones tributarias sean sancionadas. • Valorar la necesidad de una aplicación justa y oportuna de las sanciones tributarias. Equidad y desarrollo 119 ¿De qué se trata? Lo que voy a lograr
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    120 ¿Qué sonlas infracciones tributarias? Constituye una infracción tributaria toda acción u omisión que implique violación de normas tributarias. En general, podemos decir que todas las in-fracciones tributarias son violaciones a leyes, reglamentos y normas secundarias de cum-plimiento obligatorio, siempre y cuando se establezca para ellas una sanción (Art. 314 del Código tributario). Pese a que la legislación tribu-taria establece consecuencias coercitivas para quien no paga impuestos o para quien actúa de mala fe con respecto a la ad-ministración tributaria, la razón principal para no tener este tipo de conductas nunca debe ser el temor a la sanción sino la creencia cierta en que la tribu-tación beneficia a la sociedad y, por lo tanto, para nuestra propia vida cotidiana. La valoración po-sitiva de la tributación es la mejor manera de evitar las infracciones tributarias. El pago voluntario de impuestos y el acatamiento de las regulaciones tributarias debe ser la consecuencia lógica de la aplicación de valores éticos a la tributación. ¿Cuáles son las clases de infracciones tributarias? A las infracciones tributarias se las puede clasi-ficar de acuerdo con la gravedad del hecho en: • Faltas reglamentarias: Las faltas reglamen-tarias serán sancionadas con una multa que no sea inferior a $ 30 dólares ni que exceda de $ 1.000. • Contravenciones: A las contravenciones es-tablecidas en el Código Tributario y en las demás leyes tributarias, se aplicará como pena pecuniaria una multa que no sea infe-rior a $ 30 ni exceda de $ 1.500. • Delitos: El delito es la infracción más grave y con una sanción más severa, pues para la configuración de un delito se requiere la existencia de dolo o culpa que acarrean consecuencias penales. Contribuyente por convicción no por temor Capítulo 11 • Infracciones y sanciones tributarias
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    Sanciones aplicables porinfracciones Equidad y desarrollo 121 Toda infracción conlleva una sanción, que no es otra cosa que una pena, establecida en la Ley, que se aplica por el incumplimiento de una norma. Las penas se aplican según la gravedad de la infracción y pueden ser, de la más leve a la más grave: 1. Multa; 2. Clausura del establecimiento o negocio; 3. Suspensión de actividades; 4 Decomiso; 5. Incautación definitiva; 6. Suspensión o cancelación de inscripciones en los registros públicos; 7. Suspensión o cancelación de patentes y autorizaciones; 8. Suspensión o destitución del desempeño de cargos públicos; 9. Prisión; y, 10. Reclusión Menor Ordinaria La clausura: es el cierre del establecimiento por el plazo mínimo de siete días y que se mantiene hasta que la obligación sea cum-plida, efectuado mediante la aplicación de se-llos y avisos en un lugar visible del local san-cionado. Si los contribuyentes reinciden en las faltas que ocasionaron la clausura, serán san-cionados con una nueva clausura por un plazo de diez días. El decomiso: es la pérdida del dominio sobre los bienes materia del delito, a favor del acreedor tributario. Suspensión o cancelación de inscripciones y patentes: es el retiro de las inscripciones y patentes requeridas para el ejercicio del co-mercio o de la industria. Prisión: se aplica en casos de defraudación, contrabando y de infracciones relacionadas con la tenencia de libros y registros contables. Las penas van de un mes a cinco años de cárcel (Art. 330 del Código Tributario).
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    122 La defraudación El código tributario define a la defraudación como todo acto doloso de simulación, ocultación, falsedad o engaño que induce a error en la determinación de la obligación tri-butaria, o por lo que se deja de pagar en todo o en parte los tributos realmente debidos. Se considera defraudación, entre otros, los siguientes: 1. La falsa declaración de mercaderías, cifras, datos o antecedentes que influyan en la de-terminación tributaria. 2. La omisión dolosa de ingresos, la inclusión de costos, deducciones, rebajas o retencio-nes, inexistentes o superiores a los que pro-cedan legalmente y, en general, la utiliza-ción en las declaraciones tributarias —o en los informes que se suministren al SRI— de datos falsos, incompletos o desfigurados, de los cuales se derive un menor impuesto causado. 3. La alteración dolosa en libros de contabili-dad, de anotaciones, asientos u operacio-nes relativas a la actividad económica. 4. Llevar doble contabilidad. 5. La destrucción total o parcial de los libros de contabilidad u otros exigidos por las normas tributarias. 6. Destrucción, ocultación o alteración dolosa de sellos de clausura o de incautación. Consecuencias de la defraudación La sanción para los casos 2, 3, 4 y 5 es prisión de 2 a 5 años y se la aplica independientemente de las sanciones administrativas, tales como la multa, el decomiso y la clausura. La responsabilidad por estos delitos recaerá en las personas que presenten sus obligaciones por cuenta propia o en representación, es decir, las personas que se desempeñen como agentes de retención o de percepción y que do-losamente hayan participado en la infracción. Cuando por un hecho se configure más de un delito o más de una contravención, se aplica la sanción correspondiente al delito o contraven-ción más grave. La aplicación de una sanción no exime al in-fractor del pago de los correspondientes tri-butos y de los intereses en mora. Capítulo 11 • Infracciones y sanciones tributarias
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    Sanciones Equidad ydesarrollo 123 TABLA DE MULTAS PARA DECLARACIONES TARDÍAS Art. 100 Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno Tercer Suplemento R.O. 242 del 29 - DIC - 2007 INFRACCIONES IMPUESTO A LA RENTA ANUAL FORMULARIOS 101, 102 Y 102A RETENCIONES EN LA FUENTE MENSUAL FORMULARIO 103 IMPUESTO AL VALOR AGREGADO RETENCIONES DE IVA MENSUALES FORMULARIO 104 IMPUESTO A LOS CONSUMOS ESPECIALES Mensual Formulario 104 ó 104A Semestral Formulario 104A SI CAUSA IMPUESTO 3 % del impuesto causado por mes o fracción, máximo hasta el 100 % del impuesto causado. 3 % del impuesto causado por mes o fracción, máximo hasta el 100 % del impuesto causado. 3 % del impuesto a pagar, por mes o fracción, máximo hasta el 100 % del impuesto a pagar. no aplica 3 % del impuesto causado (retenido), por mes o fracción, máximo hasta el 100 % del impuesto causado. 3 % del impuesto causado, por mes o fracción, máximo hasta el 100 % del impuesto causado. SI LA DECLARACIÓN NO CAUSA IMPUESTOS SI SE HUBIEREN GENERADO INGRESOS SI NO SE HUBIEREN PRODUCIDO RETENCIONES SI SE HUBIEREN PRODUCIDO VENTAS SI NO SE HUBIEREN PRODUCIDO RETENCIONES SI NO SE HUBIEREN GENERADO INGRESOS 0,1 % por mes o o fracción de mes, de las ventas o ingresos brutos percibidos en el período al cual se refiere la declaración sin exceder el 5% de dichas ventas o ingresos no aplica 0,1% por mes o fracción de mes, de las ventas o ingresos brutos percibidos en el período al cual se refiere la declaración sin exceder el 5% de dichas ventas o ingresos. no aplica no aplica Para mayor información visita: www.sri.gob.ec, sección Declaración de Impuestos / Multas.
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    124 Capítulo 11• Infracciones y sanciones tributarias Mucho se discute sobre si el endu-recimiento de las penas y sanciones disminuye el índice de infracciones y delitos. ¿Qué piensas tú? La necesidad de la sanción El derecho y las leyes no son un fin sino un medio, el cual se vale de la fuerza para lograr conductas determinadas que se consideran de interés social y evitar aquellas que se con-sideran dañinas para la sociedad. El aspecto característico de este método —del derecho— consiste en sancionar con un acto coactivo la conducta contraria a la deseada. El autor de una norma jurídica supone eviden-temente que los hombres cuya conducta es así regulada considerarán tales actos como un mal y se esforzarán por evitarlos. Su meta es, pues, encauzarlos hacia una conducta determinada, amenazándolos con un mal en caso de una con-ducta contraria [...] Kelsen. En este sentido se dice que al endurecer las sanciones y las penas disminuirán los delitos, sin embargo esto parece no suceder en la realidad. El asunto es realmente complejo ya que intervienen muchos factores: sicológicos y emocionales, sociales y hasta económicos. Muchos lo han dicho sabiamente antes, una verdadera disminución de los delitos se logra más con la educación que con el castigo. Los índices de infracciones y delitos se encuen-tran estrechamente relacionados con el nivel de bienestar social, moral y económico de los pueblos, donde hay más justicia hay menos infracciones. La necesidad de la sanción Mucho se discute sobre si el endurecimiento de las penas y sanciones disminuye el índice de infracciones. ¿Qué piensas tú? El derecho y las leyes no son un fin sino un medio, el cual se vale de la fuerza para lograr conductas determinadas que se consideran de interés social y evitar aquellas que se con-sideran dañinas para la sociedad. El aspecto característico de éste método – del derecho - consiste en sancionar con un acto coactivo la conducta contraria a la deseada. El autor de una norma jurídica supone evidente-mente que los hombres cuya conducta es así regulada considerarán tales actos como un mal y se esforzarán por evitarlos. Su meta es, pues, encauzarlos hacia una conducta deter-minada, amenazándolos con un mal en caso de una conducta contraria [...] Kelsen. En este sentido se dice que al endurecer las sanciones y las penas disminuirán los delitos, sin embargo esto parece no suceder en la realidad. El asunto es realmente complejo ya que intervienen muchos factores: sicológicos y emocionales, sociales y hasta económicos. Muchos lo han dicho sabiamente antes, una verdadera disminución de los delitos se logra más con la educación que con el castigo. Los índices de infracciones y delitos se encuen-tran estrechamente relacionados con el nivel de bienestar social, moral y económico de los pueblos, donde hay más justicia hay menos infracciones.
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    Hago y aprendo 1 Investiga y escribe un ejemplo de cada una de las siguientes infracciones tributarias. Equidad y desarrollo 125 • Faltas reglamentarias • Contravenciones • Delitos 2 Escribe el número que corresponde en la casilla para ordenar de la más grave a la más leve las siguientes sanciones tributarias. 1 Suspensión o destitución del desempeño de cargos públicos. 2 Clausura de un establecimiento o negocio. 3 Multa. 4 Cancelación de patentes y autorizaciones. 5 Prisión. 6 Cancelación de inscripciones en los registros públicos. 7 Decomiso. 3 Explica con tus palabras lo que es llevar doble contabilidad. 4 Pinta el término al que corresponde esta definición. A todo acto de simulación, ocultación, falsedad o engaño que induce a error en la de-terminación de la obligación tributaria o por el que se deja de pagar en todo o en parte los tributos realmente debidos se conoce como: decomiso sanción pena defraudación dolo censura
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    Hago y aprendo 5 Describe la sanción para cada una de estas infracciones. Por declaración tardía del ICE si no causa impuestos. Por declaración tardía del IVA mensual si se hubieran producido ventas. Por rectificación de datos de las retenciones en la fuente. 6 Escribe un párrafo acerca de ser un contribuyente por convicción y no por temor. 7 Describe las consecuencias legales y las consecuencias sociales de la defraudación. 126 Capítulo 11 • Infracciones y sanciones tributarias
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    Equidad y desarrollo127 Antes de empezar, conozcamos sobre el tema. ¿De dónde obtenemos los valores? Con mayor o menor dificultad, los conoci-mientos conceptuales se enseñan y se ins-truyen pero, ¿y los valores? No son conceptos que se enseñan, sino que se aprenden y se aprehenden. Tienen que haber, personas que con su ejemplo o testimonio y no solo con su discurso, los pongan ante nuestros ojos, en-tonces somos cada uno de nosotros quienes captamos o no un valor para desearlo y re-producirlo. La aprehensión de los valores es un acto subjetivo, íntimo, personal basado en nuestras relaciones con todo lo que nos rodea, en lo que vemos en lo que sentimos, es la con-secuencia de nuestro ser social y de nuestro ser emocional que se desenvuelve en una so-ciedad compleja. Nuestro actuar: responsabilidad educa-tiva con el otro Todo está interconectado. Si observamos con atención podremos notar que nuestro mundo es una complejísima red de interrelaciones, la más mínima de nuestras acciones tiene reper-cusión sobre uno o varios de los componentes de nuestro alrededor, lo que desata una cadena de consecuencias y efectos interminables. Sin embargo, el ser humano occidental parece no notarlo y vive en una suerte de ilusión, de aislamiento y soledad. De este fenómeno se derivan todos los problemas sociales, ambien-tales y los antivalores que nos están llevando a la destrucción del planeta, a nuestra des-trucción. Pero si tomamos en cuenta la forma en que influimos y nos relacionamos con el Proyecto 3 LOS VALORES SE PREDICAN CON EL EJEMPLO mundo, consideraremos nuestra responsabi-lidad y cambiaremos nuestros hábitos, empe-zando con los más domésticos. Debemos estar concientes de que nuestra forma de vida, así no lo queramos, es pauta y modelo de valores y antivalores para los otros. Ética en la trasmisión de la ética Las personas tenemos necesidad de transmitir nuestro paquete de valores, pues los consi-deramos un bien común, sin embargo, no se trata de pensar en que los demás son arcilla que vamos a modelar a nuestro antojo, ya sea para un proyecto individual, ya sea para una utopía colectiva. La realidad es plurisignifica-tiva, es ambigua, inaprensible en todas sus posibilidades de significación, entonces, en cuanto a la transmisión de valores, se debe favorecer la libertad y la apertura en su inter-pretación. Se trata de una actitud de escucha en el encuentro, de dejar un espacio abierto al despliegue de todas las lecturas posibles en el que, por supuesto, prime el respeto y todos sus valores consecuentes. Los medios para la transmisión de valores son tan variados como posibilidades de actuación y comunicación tenemos los seres humanos, entre ellos juegan un papel muy importante la tradición oral, expresada en refranes y relatos; el arte en general y, en especial, la literatura.
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    128 ¡Luces, cámara,actividades! 1 A continuación constan refranes y frases célebres que se relacionan con valores. Escoge una pareja para trabajar y analícenlos intentando obtener dos interpretacio-nes diferentes. La generosidad no consiste en dar mucho, sino en dar a tiempo. (anónimo) Interpretación 1 Interpretación 2 Quien ama al mundo en su persona es digno de que se le confíe el reino. (Lao Tsé) Interpretación 1 Interpretación 2 Todo hombre prudente tolera un mal menor por miedo a impedir un bien mayor. (anónimo) Interpretación 1 Interpretación 2 2 Investiga obras de la literatura universal en las que encuentres reflejados los siguien-tes valores y copia en tu cuaderno un fragmento que lo argumente. Exponlo a tus compañeros. • Búsqueda del sentido de la vida • Respeto a las diferencias • Paz • Igualdad de género Proyecto 3 • Los valores se predican con el ejemplo
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    Sabías que... ...concada dólar de impuesto entregado, permites que el Estado genere obras para el país, como hospitales, escuelas, carreteras, parques, puentes, etc. Como ecuatorianos responsables, paguemos nuestros impuestos y seamos parte del Ecuador que queremos construir...