Propiedad Intelectual, conceptos básicos
Aspectos legales del Software Libre
Licencias de Software Libre
Licencias para otras obras
Algunos aspectos prácticos*
Por José María Casanova Crespo.
El próximo 23 de febrero se impartirá en el CiTIUS el workshop Licencias Software Libre, en el que se ofrecerá una visión introductoria sobre el licenciamiento de software y los principales ejes temáticos que lo caracterizan: derechos y obligaciones, impacto y otros aspectos relacionados con su uso, en particular relacionado con su distribución de forma binaria o en formato de código fuente. Durante la sesión, de hora y media de duración, se abordarán también otros temas de posible interés para los asistentes, caso de la compatibilidad de licencias o los pasos a seguir para el licenciar un software propio.
(c) CiTIUS, CC-BY-SA 4.0
https://citius.usc.es/novidades/eventos/freesoftwarelicenses
23 Febrero 2017
Los programas de Intel Educación son patrocinados por la Fundación Intel y la Corporación Intel. Las diapositivas describen los derechos de autor, lo que está y no está protegido, el uso seguro de material con derechos de autor para fines educativos, y la importancia de otorgar crédito a los autores.
Este documento discute varios temas relacionados con la ingeniería de sistemas, incluyendo aspectos profesionales y legales como la propiedad intelectual, software, licencias y tipos de programas. Explica la importancia de considerar los impactos sociales y éticos de la tecnología, y los diferentes métodos para proteger la propiedad intelectual como derechos de autor, patentes y marcas registradas. También contrasta software propietario con software libre y describe las libertades que otorga este último.
El documento discute los usos permitidos y no permitidos del software según las licencias, incluyendo uso personal, comercial, simultáneo, para grupos sociales, privado y en un solo computador. También cubre permisos de copia, distribución, modificación de archivos fuente y dificultades en la interpretación de licencias. Explica conceptos de derechos de autor como originalidad y duración de protección. Los estudiantes concluyen que aprendieron sobre leyes, restricciones y tipos de licencias de software.
Cuestiones Legales de un Proyecto TIC en ColaboraciónNACCE
Cuestiones Legales de un Proyecto TIC en Colaboración
Protección de la idea de negocio desde el punto de vista legal con una aproximación a patentes, marcas, propiedad intelectual, protección del know how, sociedades, pactos entre socios y crowdfunding. Legislación aplicable LSSI-LOPD-Seguridad
Cristina Nebot López
Abogada Derecho de Nuevas Tecnologías
Experta en Seguridad Técnica y Legal
III FORO NACCE
COLABORACIÓN ENTRE EMPRESAS TIC
GALICIA - NORTE DE PORTUGAL
Fecha: 20 de Septiembre de 2012
www.nacce.es
Este documento resume diferentes tipos de licencias de software y derechos de propiedad intelectual. Explica conceptos como licencias OEM, FPP, académicas, por volumen, software libre (GPL, BSD, MPL), freeware, shareware, adware y abandonware. También describe organizaciones como OMPI, CISAC y CREAIMAGEN involucradas en la protección de derechos de autor e intelectuales.
Este documento trata sobre las medidas para garantizar la legalidad en la adquisición de software en el sector público en Perú. En 3 oraciones o menos:
1) Se establecen normas para que las entidades públicas adquieran y utilicen software de manera legal y en cumplimiento de las leyes de derechos de autor.
2) Se requiere que realicen inventarios anuales de su software y eliminen el que no tenga licencia legal, además de remitir los inventarios a la Presidencia del Consejo de Ministros.
3) También se
El documento describe los diferentes tipos de licencias de software, incluyendo software comercial desarrollado para obtener ganancias, software privado creado para una empresa en particular, shareware que permite evaluar el software antes de comprar una licencia, freeware que puede distribuirse gratuitamente, open source cuyo código es accesible, software libre que puede usarse y modificarse libremente pero no necesariamente de forma gratuita, y software semilibre que puede compartirse libremente entre usuarios no comerciales.
Por José María Casanova Crespo.
El próximo 23 de febrero se impartirá en el CiTIUS el workshop Licencias Software Libre, en el que se ofrecerá una visión introductoria sobre el licenciamiento de software y los principales ejes temáticos que lo caracterizan: derechos y obligaciones, impacto y otros aspectos relacionados con su uso, en particular relacionado con su distribución de forma binaria o en formato de código fuente. Durante la sesión, de hora y media de duración, se abordarán también otros temas de posible interés para los asistentes, caso de la compatibilidad de licencias o los pasos a seguir para el licenciar un software propio.
(c) CiTIUS, CC-BY-SA 4.0
https://citius.usc.es/novidades/eventos/freesoftwarelicenses
23 Febrero 2017
Los programas de Intel Educación son patrocinados por la Fundación Intel y la Corporación Intel. Las diapositivas describen los derechos de autor, lo que está y no está protegido, el uso seguro de material con derechos de autor para fines educativos, y la importancia de otorgar crédito a los autores.
Este documento discute varios temas relacionados con la ingeniería de sistemas, incluyendo aspectos profesionales y legales como la propiedad intelectual, software, licencias y tipos de programas. Explica la importancia de considerar los impactos sociales y éticos de la tecnología, y los diferentes métodos para proteger la propiedad intelectual como derechos de autor, patentes y marcas registradas. También contrasta software propietario con software libre y describe las libertades que otorga este último.
El documento discute los usos permitidos y no permitidos del software según las licencias, incluyendo uso personal, comercial, simultáneo, para grupos sociales, privado y en un solo computador. También cubre permisos de copia, distribución, modificación de archivos fuente y dificultades en la interpretación de licencias. Explica conceptos de derechos de autor como originalidad y duración de protección. Los estudiantes concluyen que aprendieron sobre leyes, restricciones y tipos de licencias de software.
Cuestiones Legales de un Proyecto TIC en ColaboraciónNACCE
Cuestiones Legales de un Proyecto TIC en Colaboración
Protección de la idea de negocio desde el punto de vista legal con una aproximación a patentes, marcas, propiedad intelectual, protección del know how, sociedades, pactos entre socios y crowdfunding. Legislación aplicable LSSI-LOPD-Seguridad
Cristina Nebot López
Abogada Derecho de Nuevas Tecnologías
Experta en Seguridad Técnica y Legal
III FORO NACCE
COLABORACIÓN ENTRE EMPRESAS TIC
GALICIA - NORTE DE PORTUGAL
Fecha: 20 de Septiembre de 2012
www.nacce.es
Este documento resume diferentes tipos de licencias de software y derechos de propiedad intelectual. Explica conceptos como licencias OEM, FPP, académicas, por volumen, software libre (GPL, BSD, MPL), freeware, shareware, adware y abandonware. También describe organizaciones como OMPI, CISAC y CREAIMAGEN involucradas en la protección de derechos de autor e intelectuales.
Este documento trata sobre las medidas para garantizar la legalidad en la adquisición de software en el sector público en Perú. En 3 oraciones o menos:
1) Se establecen normas para que las entidades públicas adquieran y utilicen software de manera legal y en cumplimiento de las leyes de derechos de autor.
2) Se requiere que realicen inventarios anuales de su software y eliminen el que no tenga licencia legal, además de remitir los inventarios a la Presidencia del Consejo de Ministros.
3) También se
El documento describe los diferentes tipos de licencias de software, incluyendo software comercial desarrollado para obtener ganancias, software privado creado para una empresa en particular, shareware que permite evaluar el software antes de comprar una licencia, freeware que puede distribuirse gratuitamente, open source cuyo código es accesible, software libre que puede usarse y modificarse libremente pero no necesariamente de forma gratuita, y software semilibre que puede compartirse libremente entre usuarios no comerciales.
Presentación de la Lección 8.3 del profeosr Oriol Borrás Gené de la asignatura "Principios Jurídicos Básicos, Deontología Profesional e Igualdad" 2018/19 de la Universidad Rey Juan Carlos del Grado de Diseño y Desarrollo de Videojuegos: https://www.urjc.es/estudios/grado/632-diseno-y-desarrollo-de-videojuegos
Este documento describe las características clave del software libre y las diferentes licencias libres. Explica las 4 libertades fundamentales del software libre: libertad de uso, análisis, distribución y modificación. También describe brevemente los conceptos de propiedad intelectual, derechos de autor y diferentes tipos de licencias libres como GPL, LGPL, BSD y MIT.
Licencias de Software Libre en Debian (Debconf 2009)Miriam Ruiz
Este documento habla sobre licencias de software libre en Debian. Brevemente describe algunos conceptos clave como propiedad intelectual, patentes de software, marcas registradas y licencias. Luego explica las diferencias entre software libre, de código abierto y con copyleft, así como ejemplos de licencias como GPL, LGPL, BSD y dominio público. Finalmente, compara características de diferentes licencias como compatibilidad, protección contra patentes y cláusulas.
El documento discute la protección jurídica del software y las controversias sobre si debe protegerse bajo derecho de autor o patentes. Explica que actualmente la mayoría de países protegen el software bajo derecho de autor, tratándolo como una obra literaria. También cubre las posiciones de varios países de América Latina sobre este tema.
El documento discute la protección jurídica del software y la propiedad intelectual. Explica que el software tiene una doble naturaleza que lo hace difícil de clasificar, y ha sido objeto de intentos de protección a través de derechos de autor, patentes y secretos comerciales. Finalmente, en la mayoría de países latinoamericanos como México, Argentina y Perú, el software se protege principalmente a través de los derechos de autor.
Este documento discute varios temas relacionados con el código abierto y el software libre, incluyendo las licencias de código abierto como GPL y Creative Commons, la ecología del desarrollo de software, y las interacciones entre software propietario y de código abierto. También analiza brevemente algunos casos legales y debates sobre compatibilidad de licencias.
Este documento trata sobre aspectos legales y profesionales relacionados con la ingeniería de sistemas. Explica la importancia de considerar los aspectos profesionales y sociales del uso de la tecnología de la información. También cubre temas como la propiedad intelectual, protección legal del software, licencias, y diferentes tipos de programas como software propietario, software libre, shareware y freeware.
El documento resume los principales aspectos legales relacionados con el software libre y la propiedad intelectual, incluyendo las diferencias entre derechos de autor y propiedad industrial, los tipos de licencias como GPL, BSD y LGPL, y conceptos como patentes, marcas y secretos comerciales.
Este documento analiza las distintas formas de protección jurídica del software en Uruguay y otros países como Estados Unidos. Explora el uso del derecho de autor, patentes y secretos comerciales para proteger software. También clasifica los tipos de software y explica la diferencia entre código fuente y código objeto. Finalmente, concluye que aunque no existe un método perfecto, estos institutos jurídicos sirven para otorgar cierta protección al software.
Este documento presenta información sobre aplicaciones ofimáticas. Brevemente describe las diferentes secciones que cubre el documento, incluyendo introducción, licencias de software, instalación de aplicaciones, mantenimiento y soporte/documentación. También define qué son las aplicaciones ofimáticas y ofrece ejemplos como edición de documentos, cálculos, presentaciones, gestión de datos y correo electrónico. Explica conceptos como suites ofimáticas, entornos de explotación, aplicaciones monousuario vs. multiusuario, y modelos cliente-servidor y de unidad
El documento habla sobre el software libre en educación. Define el software libre como aquel que permite a los usuarios ejecutar, distribuir, estudiar y modificar el código para beneficio de la sociedad. Explica las ventajas del software libre frente al privativo, como su bajo costo y capacidad de modificación, y argumenta que el software libre es la mejor opción para la educación por razones éticas, sociales y económicas.
El documento habla sobre la definición de software y su protección jurídica en diferentes países. Define software como programas desarrollados por especialistas para que las computadoras realicen tareas específicas. Explica que el software se protege a través de leyes de derechos de autor en países como EE.UU., Argentina y Colombia, aunque los enfoques y desarrollos legales varían en cada lugar. También cubre el tratamiento de propiedad intelectual y software en Perú y la Comunidad Andina.
Este documento describe diferentes tipos de licencias de software, incluyendo licencias (contratos entre desarrolladores y usuarios), patentes (derechos otorgados por el estado a inventores), derechos de autor, software libre (que permite usar, copiar y redistribuir software gratuitamente), software de código abierto (que permite modificar el código fuente), software de estándar abierto, software de dominio público, licencias copyleft, software semilibre, freeware, shareware, software propietario y software comercial.
El documento trata sobre la protección jurídica del software. Explica que el software no puede protegerse a través de patentes u otros derechos de propiedad industrial debido a su naturaleza intangible. Sin embargo, el software puede protegerse a través de los derechos de autor, dado que cumple con los requisitos de ser una creación original con forma de expresión y estructura. Finalmente, la ley peruana protege el software a través de los derechos de autor en lugar de la propiedad industrial.
Este documento introduce el concepto de software libre, definiendo libertades fundamentales como el acceso al código fuente, la libertad de uso, modificación y distribución. Explica las diferencias entre software privativo y libre, tipos de licencias como GPL, y cómo el software libre ha evolucionado de un enfoque artesanal a uno comercial viable.
Este documento presenta información sobre software libre. Brevemente describe el concepto de propiedad intelectual y cómo el software libre permite la copia y redistribución. Explica que Richard Stallman fundó el Proyecto GNU para crear software libre compatible con Unix. También cubre licencias como la GPL que permiten la modificación y distribución de versiones derivadas siempre que se mantengan bajo la misma licencia.
Este documento explica los conceptos básicos de las licencias de software. Existen diferentes tipos de licencias como permisivas, recíprocas y de referencia que rigen cómo puede usarse y distribuirse el código fuente de un software. Las licencias buscan equilibrar los derechos de propiedad intelectual de los desarrolladores con permitir que otros modifiquen y mejoren el software.
Este documento habla sobre la propiedad industrial. Explica que la propiedad industrial incluye las patentes, modelos de utilidad, diseños industriales, marcas, lemas comerciales y denominaciones de origen. También cubre los tipos de software, incluyendo software propietario y libre, y las licencias Creative Commons.
El documento describe las características del software, incluyendo que se desarrolla y no se fabrica, no se estropea sino se desactualiza, y la mayoría se desarrolla a medida. Explica que los elementos del software se desarrollan a través de los componentes y los lenguajes de programación incluyen lenguajes de máquina, de alto nivel y no procedimentales. Finalmente, resume que el software está protegido por leyes de derechos de autor.
El documento discute la protección jurídica del software y la controversia doctrinal sobre si pertenece al ámbito de los derechos de autor o la propiedad industrial. Explica que actualmente en el Perú y otros países, el software se protege a través de los derechos de autor por considerarse una obra creativa. También analiza cómo se aborda este tema en legislaciones de Estados Unidos, la Unión Europea y la Comunidad Andina.
Presentación de la Lección 8.3 del profeosr Oriol Borrás Gené de la asignatura "Principios Jurídicos Básicos, Deontología Profesional e Igualdad" 2018/19 de la Universidad Rey Juan Carlos del Grado de Diseño y Desarrollo de Videojuegos: https://www.urjc.es/estudios/grado/632-diseno-y-desarrollo-de-videojuegos
Este documento describe las características clave del software libre y las diferentes licencias libres. Explica las 4 libertades fundamentales del software libre: libertad de uso, análisis, distribución y modificación. También describe brevemente los conceptos de propiedad intelectual, derechos de autor y diferentes tipos de licencias libres como GPL, LGPL, BSD y MIT.
Licencias de Software Libre en Debian (Debconf 2009)Miriam Ruiz
Este documento habla sobre licencias de software libre en Debian. Brevemente describe algunos conceptos clave como propiedad intelectual, patentes de software, marcas registradas y licencias. Luego explica las diferencias entre software libre, de código abierto y con copyleft, así como ejemplos de licencias como GPL, LGPL, BSD y dominio público. Finalmente, compara características de diferentes licencias como compatibilidad, protección contra patentes y cláusulas.
El documento discute la protección jurídica del software y las controversias sobre si debe protegerse bajo derecho de autor o patentes. Explica que actualmente la mayoría de países protegen el software bajo derecho de autor, tratándolo como una obra literaria. También cubre las posiciones de varios países de América Latina sobre este tema.
El documento discute la protección jurídica del software y la propiedad intelectual. Explica que el software tiene una doble naturaleza que lo hace difícil de clasificar, y ha sido objeto de intentos de protección a través de derechos de autor, patentes y secretos comerciales. Finalmente, en la mayoría de países latinoamericanos como México, Argentina y Perú, el software se protege principalmente a través de los derechos de autor.
Este documento discute varios temas relacionados con el código abierto y el software libre, incluyendo las licencias de código abierto como GPL y Creative Commons, la ecología del desarrollo de software, y las interacciones entre software propietario y de código abierto. También analiza brevemente algunos casos legales y debates sobre compatibilidad de licencias.
Este documento trata sobre aspectos legales y profesionales relacionados con la ingeniería de sistemas. Explica la importancia de considerar los aspectos profesionales y sociales del uso de la tecnología de la información. También cubre temas como la propiedad intelectual, protección legal del software, licencias, y diferentes tipos de programas como software propietario, software libre, shareware y freeware.
El documento resume los principales aspectos legales relacionados con el software libre y la propiedad intelectual, incluyendo las diferencias entre derechos de autor y propiedad industrial, los tipos de licencias como GPL, BSD y LGPL, y conceptos como patentes, marcas y secretos comerciales.
Este documento analiza las distintas formas de protección jurídica del software en Uruguay y otros países como Estados Unidos. Explora el uso del derecho de autor, patentes y secretos comerciales para proteger software. También clasifica los tipos de software y explica la diferencia entre código fuente y código objeto. Finalmente, concluye que aunque no existe un método perfecto, estos institutos jurídicos sirven para otorgar cierta protección al software.
Este documento presenta información sobre aplicaciones ofimáticas. Brevemente describe las diferentes secciones que cubre el documento, incluyendo introducción, licencias de software, instalación de aplicaciones, mantenimiento y soporte/documentación. También define qué son las aplicaciones ofimáticas y ofrece ejemplos como edición de documentos, cálculos, presentaciones, gestión de datos y correo electrónico. Explica conceptos como suites ofimáticas, entornos de explotación, aplicaciones monousuario vs. multiusuario, y modelos cliente-servidor y de unidad
El documento habla sobre el software libre en educación. Define el software libre como aquel que permite a los usuarios ejecutar, distribuir, estudiar y modificar el código para beneficio de la sociedad. Explica las ventajas del software libre frente al privativo, como su bajo costo y capacidad de modificación, y argumenta que el software libre es la mejor opción para la educación por razones éticas, sociales y económicas.
El documento habla sobre la definición de software y su protección jurídica en diferentes países. Define software como programas desarrollados por especialistas para que las computadoras realicen tareas específicas. Explica que el software se protege a través de leyes de derechos de autor en países como EE.UU., Argentina y Colombia, aunque los enfoques y desarrollos legales varían en cada lugar. También cubre el tratamiento de propiedad intelectual y software en Perú y la Comunidad Andina.
Este documento describe diferentes tipos de licencias de software, incluyendo licencias (contratos entre desarrolladores y usuarios), patentes (derechos otorgados por el estado a inventores), derechos de autor, software libre (que permite usar, copiar y redistribuir software gratuitamente), software de código abierto (que permite modificar el código fuente), software de estándar abierto, software de dominio público, licencias copyleft, software semilibre, freeware, shareware, software propietario y software comercial.
El documento trata sobre la protección jurídica del software. Explica que el software no puede protegerse a través de patentes u otros derechos de propiedad industrial debido a su naturaleza intangible. Sin embargo, el software puede protegerse a través de los derechos de autor, dado que cumple con los requisitos de ser una creación original con forma de expresión y estructura. Finalmente, la ley peruana protege el software a través de los derechos de autor en lugar de la propiedad industrial.
Este documento introduce el concepto de software libre, definiendo libertades fundamentales como el acceso al código fuente, la libertad de uso, modificación y distribución. Explica las diferencias entre software privativo y libre, tipos de licencias como GPL, y cómo el software libre ha evolucionado de un enfoque artesanal a uno comercial viable.
Este documento presenta información sobre software libre. Brevemente describe el concepto de propiedad intelectual y cómo el software libre permite la copia y redistribución. Explica que Richard Stallman fundó el Proyecto GNU para crear software libre compatible con Unix. También cubre licencias como la GPL que permiten la modificación y distribución de versiones derivadas siempre que se mantengan bajo la misma licencia.
Este documento explica los conceptos básicos de las licencias de software. Existen diferentes tipos de licencias como permisivas, recíprocas y de referencia que rigen cómo puede usarse y distribuirse el código fuente de un software. Las licencias buscan equilibrar los derechos de propiedad intelectual de los desarrolladores con permitir que otros modifiquen y mejoren el software.
Este documento habla sobre la propiedad industrial. Explica que la propiedad industrial incluye las patentes, modelos de utilidad, diseños industriales, marcas, lemas comerciales y denominaciones de origen. También cubre los tipos de software, incluyendo software propietario y libre, y las licencias Creative Commons.
El documento describe las características del software, incluyendo que se desarrolla y no se fabrica, no se estropea sino se desactualiza, y la mayoría se desarrolla a medida. Explica que los elementos del software se desarrollan a través de los componentes y los lenguajes de programación incluyen lenguajes de máquina, de alto nivel y no procedimentales. Finalmente, resume que el software está protegido por leyes de derechos de autor.
El documento discute la protección jurídica del software y la controversia doctrinal sobre si pertenece al ámbito de los derechos de autor o la propiedad industrial. Explica que actualmente en el Perú y otros países, el software se protege a través de los derechos de autor por considerarse una obra creativa. También analiza cómo se aborda este tema en legislaciones de Estados Unidos, la Unión Europea y la Comunidad Andina.
Ensayo de la protección jurídica del software oficial
Licencias de Software Libre
1. static void
_f_do_barnacle_install_properties(GObjectClass
*gobject_class)
{
Licencias Libres
GParamSpec *pspec;
/* Party code attribute */
pspec = g_param_spec_uint64
(F_DO_BARNACLE_CODE,
Software y otros
"Barnacle code.",
"Barnacle code",
0,
G_MAXUINT64,
G_MAXUINT64 /*
default value */,
contenidos
G_PARAM_READABLE
| G_PARAM_WRITABLE |
G_PARAM_PRIVATE);
g_object_class_install_property (gobject_class,
F_DO_BARNACLE_PROP_CODE,
Teo Romera
teo@igalia.com Este trabajo está publicado bajo licencia
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Atribución-Compartirigual 3.0
Para ver una copia de la licencia visite
http://creativecommons.org/licenses/by-sa/3.0/
O envíe una carta a:
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444 Castro Street,
Suite 900,
Mountain View,
California,
94041, USA.
4. Propiedad Intelectual
● ¿Qué es la propiedad intelectual?
● Según la WIPO:
“Intellectual property (IP) refers to creations of the
mind: inventions, literary and artistic works, and
symbols, names, images, and designs used in
commerce.”
Patentes Derechos de Autor Marcas
201109
5. Propiedad Intelectual
● Se divide en dos categorías (según WIPO):
● Propiedad Industrial
● Invenciones, patentes, marcas
● Copyright (Derechos de Autor)
● Novelas, poemas, fotografías, esculturas,
pinturas, canciones, películas... software!
● Esta definición de Propiedad Intelectual que
abarca Propiedad Industrial y Copyright es
propia de la common law
201109
6. Propiedad Intelectual
● En el sistema jurídico español:
● Propiedad Intelectual
● Derechos de Autor
● Copyright
● Son términos prácticamente equivalentes
● Es un problema meramente nominal
● En ambos casos, propiedad industrial y
derechos de autor se rigen por leyes diferentes
201109
8. Propiedad Intelectual
● Marcas registradas (trademarks)
● Logos, grafismos, nombres, nombres de domino... etc
● Forman parte de la propiedad industrial
● Cubiertos por un registro
● Patentes
● Derechos de explotación de una invención
● Forman parte de la propiedad industrial
● Patentes de software en EEUU y Japón
● En la UE no, el software se regula con el copyright
201109
9. Propiedad Intelectual
● Derechos de Autor = copyright (en el mundo anglosajón)
● Se protegen las obras (palabra por palabra)
● No se protegen las ideas (argumentos o
material de inspiración)
● Puedo cantarle una canción a la Luna
● No puedo evitar que otros canten otras
canciones a la Luna
● En España una novela y un programa son
equivalentes en términos de copyright
201109
10. Propiedad Intelectual
● Derechos de Autor = copyright (en el mundo anglosajón)
● ¿Qué protege el copyright de un programa?
● Código fuente, binarios
● Especificación (ej. UML)
● Material adicional (guías, manuales)
● Interfaces (gráficos, sonidos, tipografías)
● Bases de datos
201109
11. Propiedad Intelectual
● Derechos de Autor = copyright (en el mundo anglosajón)
● ¿Qué derechos regula el copyright?
● Derechos morales
– Autoría, integridad de la obra... etc.
● Derechos de explotación = €!
– De reproducción
– De distribución
– De comunicación pública
– Puesta a disposición
– Transformación
– Excepciones a estos derechos = fair use
201109
12. Propiedad Intelectual
● Autores y titulares de los derechos
● Autor es quien crea la obra
– en solitario, en colaboración o de manera
colectiva (ej. GNOME)
– Mantiene los derechos morales
● Titular de los derechos
– La empresa que te emplea
– A quién se los hayas cedido (
● Por defecto, todos los derechos reservados
● Para ceder ciertos derechos utilizo una licencia
201109
15. Aspectos Legales
● ¿Que son entonces las licencias de software
libre?
● En España las licencias de software son reguladas
por la LPI
● Son licencias de software que otorgan libertades al
usuario en lugar de restringirlas
● Un contrato unilateral entre autor y usuario
● Un mecanismo jurídico para implementar las cuatro
libertades del software libre
201109
16. Aspectos Legales
● ¿Que son entonces las licencias de software libre?
● Una licencia es libre si me otorga las cuatro libertades del
software libre
– Libertad de uso del programa para lo que quiera
– Libertad para estudiar y modificar el programa según mis necesidades
– Libertad para hacer copias del programa y distribuirlas
– Libertad para redistribuir versiones modificadas
● Si puedo hacer todo esto a la vez, es una licencia de software
libre
● Para permitir todo esto, hay que distribuir el código
201109
17. Aspectos Legales
● ¿Que son entonces las licencias de software libre?
● No son licencias libres según la FSF la OSI o la DFSG
● Evitar usos determinados (ej. uso militar)
● Evitar usos comerciales
● Evitar obras derivadas
● Son clausulas admisibles en las licencias libres
● Reconocimiento de autores
● Protección de libertades (anti-DRM)
● Transmisión de libertades (ej. Copyleft o share-alike)
201109
18. Aspectos Legales
● ¿Que es el copyleft?
● El copyleft es un hacking legal
● Uso de las leyes de copyright par conseguir un efecto
totalmente diferente al original
● Se permite la libre distribución de versiones modificadas
pero se exige que los mismos derechos sean
preservados en las versiones modificadas
● A veces se hace referencia a este hecho como viral
● La licencia copyleft por excelencia es la GPL
“copyleft, all rights reversed”
201109
19. Aspectos Legales
● Tipos de licencias libres
● Todas cumplen las cuatro libertades (uso, modificación, copia,
redistribución)
● En todas el autor (o el dueño del copyright) mantiene el copyright
del software
● Licencias permisivas (estilo BSD)
– Se mantiene atribución y poco más
– Se permite modificaciones y redistribución incluso en forma de software propietario
– Ejemplos: BSD, X11, Apache
● Licencias copyleft (GPL sobre todo)
– Permite modificaciones y redistribución
– La obra derivada ha de conservar las mismas libertades que la original
– La clausula copyleft solo entra en vigor en la redistribución
– Ejemplos: GPL, GFDL, CC BY-SA
201109
20. Aspectos Legales
● Compatibilidad entre licencias libres
● Cuando dos licencias son compatibles, se puede
mezclar código licenciado bajo ellas
● La compatibilidad se establece comparando las
restricciones de dos licencias
● Por regla general las licencias permisivas son
compatibles con la GPL y el resultado habrá de
licenciarse bajo la GPL
201109
21. Aspectos Legales
● Licenciamiento dual (o múltiple)
● Consiste en distribuir el código bajo más de
una licencia
● Para que tu código sea compatible con más
licencias (Mozilla)
● Para segmentar el mercado (MySQL)
● Es un modo de dar diferentes permisos según
quién sea el receptor
201109
22. Aspectos Legales
● Proliferación de licencias
● Licencias corporativas (por vanidad)
● Aumenta exponencialmente el número de
combinaciones de licencias
● Mezclar código se vuelve una locura
● Aumenta el gasto y la inseguridad al tener que
recurrir a abogados (algo que se pretendía evitar)
● Favorece el FUD
201109
24. Licencias de Software Libre
● Licencias recomendables
● Berkeley Software Distribution License
(BSD: permisiva)
● Apache License 2.0 (Apache: permisiva, compatible
con la GPLv3)
● Mozilla Public License (MPL: copyleft débil)
● Lesser GNU Public License (LGPL: copyleft débil)
● Affero GPL License (Affero: copyleft fuerte)
● GNU Public License (GPL: copyleft fuerte)
201109
25. Licencias de Software Libre
● Berkeley Software Distribution License
● Muy popular
● Básicamente solo requiere reconocer la autoría
● Lleva una clausula de “sin garantías”
● Permite redistribuir modificaciones sin redistribuir el
código (cerrar el código)
● Permite por tanto crear proyectos privativos a partir de
software libre
● A mucha gente le gusta por eso
● A mucha gente no le gusta por eso
● Fue crucial en la promoción de estándares en Internet
201109
26. Licencias de Software Libre
● Apache License 2.0
● Es fácil de usar para proyectos que no son de Apache
● Permite ser incluida por referencia en lugar de en cada fichero
● Requiere licencia de uso de posibles patentes que el
contribuyente pueda haber usado
● En SourceForge hay más de 5000 proyectos con esta licencia
que no son de Apache
● El código de Android usa esta licencia
● Es compatible con la GPLv3, pero no con la GPLv2
201109
27. Licencias de Software Libre
● Mozilla Public License
● Copyleft débil: el código MPL se puede combinar
con código privativo
● Los cambios que se efectúen al código MPL habrán
de mantenerse como MPL
● El copyleft débil es usual en licencias para librerías
● La MPL no es compatible con la GPL
● Por esta razón, Mozilla pasó por un proceso de
relicenciamiento y ahora mantiene una licencia
múltiple MPL, LGPL y GPL
201109
28. Licencias de Software Libre
● Lesser GNU Public License
● Copyleft débil, permite uso del software con software no
libre casi sin limitación
● Originalmente pensada para librerías
● La idea era ayudar a la proliferación del software libre al
permitir integrar librerías “GPL” (LGPL) con otros programas
● No funcionó y de Library GPL pasó a llamarse Lesser
GPL
● La FSF desaconseja su uso, pero está muy extendida y
es una buena opción en algunos escenarios
201109
29. Licencias de Software Libre
● Affero GPL License
● Al igual que la GPL y la LGPL es una licencia
libre publicada por la FSF
● Deriva de la GPL y es de tipo copyleft fuerte
● Requiere la publicación de los cambios en
aplicaciones que sirvan para ofrecer servicios
en la nube (SaaS) aunque no haya redistribución
● Por esto no es compatible con la GPLv2
aunque es compatible con la GPLv3 gracias a
una clausula específica
201109
30. Licencias de Software Libre
● GNU Public License
● Creada por la FSF para el proyecto
GNU
● Tres versiones, siendo la GPLv2 la
licencia de software libre más extendida
● Alrededor del 70% del software libre es
GPL
● Linux, GNOME, Emacs, GCC
201109
31. Licencias de Software Libre
● ¿Por qué es tan importante la GPL?
● Primera licencia copyleft
● Buque insignia del movimiento del software y la
cultura libre
● Todas las licencias restrictivas se han basado en la
GPL, incluidas las licencias restrictivas CC
● Facilita la cooperación porque el mundo del software
libre la conoce y la entiende
● Garantiza que el software nunca dejará de ser libre
201109
32. Licencias de Software Libre
● Novedades en la GPLv3
● Busca evitar que el hardware que implemente software libre GPL
imponga restricciones (DRM) a través de técnicas de hardware
● Ofrece mayor protección ante la introducción de patentes,
evitando que conviertan el programa en no-libre
● En general la GPL es poco compatible por su naturaleza, pero la
GPLv3 admite cláusulas de garantía y de responsabilidad y
también permite imponer limitaciones al uso de de nombres o
marcas publicitarias
● Estas dos situaciones a priori inocuas hacían la GPLv2
incompatible con muchas licencias
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34. Licencias libres para otras obras
● El mundo del software libre ha inspirado
licencias libres para otros ámbitos
● Audio, vídeo, fotografía, diseños, obras
literarias... etc.
● GNU Free Documentation License (GFDL)
● Creative Commons, que no es una licencia sino
un marco jurídico mediante el cual confeccionar
diferentes licencias para obras diversas
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35. Licencias libres para otras obras
● GNU Free Documentation License (GFDL)
● Licencia copyleft de la FSF para contenidos libres
● Diseñada para manuales, libros de texto y otras obras funcionales
– Obras funcionales: manuales, guías, documentación
– Obras no funcionales: películas, novelas, canciones
● Fue la licencia de la Wikipedia (ahora es la CC BY-SA 3.0)
● Asegura que el material pueda ser usado, copiado, modificado y
redistribuido manteniendo los términos de la licencia
● Especifica algunos detalles sobre la redistribución
– Proporcionar un formato transparente si superamos 100 ejemplares
– Existe la posibilidad de incluir secciones invariantes, un inconveniente
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36. Licencias libres para otras obras
● Algunos problemas de la GFDL
● Clausula anti-DRM
– No permite ofuscar las copias (ni las privadas, ni cifrar)
● Secciones invariantes
– Secciones que han de conservarse aun cuando hacemos
obras derivadas
● Incompatible con la GPL (en ambos sentidos)
● Pegas para la impresión
– "this License, the copyright notices, and the license notice
saying this License applies to the Document"
● Formatos transparentes son difíciles de definir
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37. Licencias libres para otras obras
● Hasta Junio de 2009 Wikipedia usaba la GFDL
● Wikipedia cambió a CC-by-sa 3.0 (copyleft) todos sus contenidos
● La GFDL está demasiado orientada a impresión
● Cumplir con la GFDL se hace imposible con la Wikipedia
– Habría que imprimir la licencia cada vez que se imprime un
artículo (o parte) de la WP
– Además, la GFDL no es compatible con CC-by-sa que ya
estaba muy extendida
● A petición de WP, la FSF hizo la GFDL 1.3 que permitía el
relicenciamiento de contenidos a CC-by-sa 3.0
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38. Licencias libres para otras obras
Un cúmulo de casualidades permitió el
relicenciamiento de la Wikipedia
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39. Licencias libres para otras obras
● Las licencias Creative Commons
● Permiten aplicar el concepto de licencia libre fuera
del software masivamente
● Creative Commons es una organización
– Crear un conjunto de licencias para cualquier
tipo de contenido
– Catalogar obras licenciadas bajo CC
– Adaptación internacional de licencias (ej. es)
● Muy populares y muy extendidas por su sencillez
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40. Licencias libres para otras obras
● Las licencias Creative Commons
● Commons deed: resumen del texto legal legible por
no-abogados (con iconos)
● Legal Code: el código legal completo
● Digital Code: un código digital para motores de
búsqueda y otras aplicaciones
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41. Licencias libres para otras obras
● Las licencias Creative Commons
● Se basan en combinar distintas cláusulas
● Reconocimiento (Attribution -by)
–Obliga a citar las fuentes y dar crédito al autor
● No comercial (Non Commercial -nc)
– No permite usos comerciales
● Sin obra derivada (No Derivatives -nd)
–Obliga a la no alteración de la obra
● Compartir igual (Share-alike -sa)
– Obliga a distribuir las obras derivadas bajo las misma
licencia que el trabajo original. El copyleft de CC.
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42. Licencias libres para otras obras
● Las licencias Creative Commons
● Las diferentes combinaciones dan este resultado
1.Reconocimiento (by)
2.Reconocimiento + No Comercial (by-nc)
3.Reconocimiento + Sin Obra Derivada (by-nd)
4.Reconocimiento + Compartir Igual (by-sa)
5.Reconocimiento + No Comercial + Sin Obra
Derivada (by-nc-nd)
6.Reconocimiento + No Comercial + Compartir Igual
(by-nc-sa)
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43. Licencias libres para otras obras
● Las licencias Creative Commons
● Existen algunas licencias especiales menos conocidas
● Public Domain Dedication
– Poner la obra en el dominio público
● Founder's copyright
– Entre 14 y 28 años y después pasa al DP
● Sampling Plus
– Partes de la obra pueden copiarse y modificarse para cualquier propósito,
la obra completa solo con fines no comerciales
● Non Comercial Sampling Plus
– La obra completa o partes de ella pueden copiarse y modificarse con fines
no comerciales
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44. Licencias libres para otras obras
● Las licencias Creative Commons
● Las licencias con ND no son compatibles con las
cuatro libertades
● Las licencias con NC no son compatibles con las
cuatro libertades
● Problemas con BY
– Si el autor pide no figurar en obras derivadas
– Problemas con obras colaborativas
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46. Algunos aspectos prácticos*
● Dos cuestionarios
● Licencias de Software Libre
● Licencias Creative Commons
● Tal vez demasiado extensos para esta
presentación
● Incluyen conceptos que no hemos visto
● Pero podemos echar un vistazo...
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47. Referencias
● Malcolm Bain et al. Aspectos legales y de explotación
del software libre, UOC http://ocw.uoc.edu/
● Lawrence Rose, Open Source Licensing, Prentice Hall,
July 2004
● Jesús M. González Barahona et al. Introduction to Free
Software, UOC http://ocw.uoc.edu/
● Karl Foggel, Producing Open Source Software,
http://producingoss.com/
● Miquel Vidal, Informe sobre licencias libres,
http://gsyc.es/~mvidal/docs/ikusnet.pdf
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