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Protección JurídicaDEL SOFTWARE Y LA CONTROVERSIA DOCTRINAL
Calisaya Sarmiento, Yhein
¿QUE SE ENTIENDE POR
SOFTWARE? Constituye un
conjunto de programas y
aplicaciones constituido
por instrucciones lógico matemático
que se trasmiten a un computador
con el objeto de obtener un
resultado determinado.
PROTECCIÓN JURÍDICA DE LOS
PROGRAMAS INFORMÁTICOS. La
propiedad intelectual, es un activo,
comprende:
-El derecho de patente.-Propiedad
industrial: novedad, útil y obvio.
-Marcas comerciales y servicios.
-Derechos de autor: originales,
creativo, reproducción de la idea en
un soporte.
EL SOFTWARE
Software es un bien inmaterial tridimensional.
Sin duda el Decreto Legislativo Nº 823 en su
artículo 3 donde nos dice: La protección reconocida
por la presente Ley recae, entre otros, sobre los
elementos constitutivos de la propiedad industrial
se podría interpretar que pertenece a la patente de
invención.
Pero en el Perú como en otros países está su
protección jurídica en base a los derechos de autor.
Software es un bien inmaterial tridimensional.
 La forma de presentación: literal o grafica-
instrucciones
 El contenido del software: las ideas, conceptos
 Las aplicaciones o potencialidad de aplicación.
LOS DERECHOS DE AUTOR
Obras literarias: novelas, poemas, obras de
teatro, documentos de referencia, periódicos y
programas informáticos; bases de datos,
películas, composiciones musicales;
Obras artísticas: pinturas, dibujos, fotografías y
escultura
Obras arquitectónicas; publicidad, mapas y
dibujos técnicos.
¿Los derechos de autor protegen las ideas, los
métodos y los conceptos?
Protege únicamente las expresiones.
Principio confirmado en el acuerdo sobre
los aspectos de los derechos de propiedad
intelectual relacionados con el comercio (ADPIC)
de la OMC y en el tratado de la OMPI sobre
derechos de autor.
OTRAS FORMAS DE PROTECCION
El derecho civil
Art. 18° c.c.: “Los derechos de autor, cualquiera sea
la forma o modo de expresión de su obra, goza
de protección jurídica.
El derecho penal
Caso revelamiento de la información. Art. 165 código
penal: violación del secreto Prof.
Caso de los delitos contra los derechos de autor,
regulados en los art. 216 al 221 del Código Penal.
PROTECCIÓN JURÍDICA DE LOS P.I. EN EL DERECHO
COMPARADO
 1985. en usa, países europeos, Japón, china, Tailandia,
filipinas, india los programas informáticos protegidos
por los derechos de autor.
 12 oct. 1998. usa ley derechos de autor del milenio
digital
 América latina. - la decisión 351 del pacto andino
asume la protección propiedad intelectual
La protección del software en el Perú se encuentra regulada a través de la constitución política del Perú, el Decreto
Legislativo Nº 822 y tiene como la institución encargada de hacer cumplir todas las disposiciones al INDECOPI a
través de la oficina de Derechos de Autor
La legislación protege la Propiedad Intelectual, por ejemplo, mediante las patentes, el derecho de autor y las marcas,
que permiten obtener reconocimiento o ganancias por las invenciones o creaciones. Al equilibrar el interés de los
innovadores y el interés público, el sistema de P.I. procura fomentar un entorno propicio para que prosperen la
creatividad y la innovación.
Es así como actualmente en el Perú se brinda tutela jurídica al software, y sobre estas consideraciones, los abogados
deben cuidar utilizarlos en pro de la protección de los derechos que últimamente viendo siendo vulnerados por la
utilización indebida de las herramientas informáticas.
SEGURIDAD JURIDICA EN LA NORMA
ASÍ MISMO SE MENCIONA
¿CUÁL ES EL TRATAMIENTO DE LA PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE EN EEUU?
 El derecho de patentes en los Estados Unidos protegerá tanto los
métodos que puedan producir un resultado útil, concreto y
tangible. Abarcando software, métodos comerciales,
independientemente de una computadora. Ampliando los
registros de patentes de software, sus métodos comerciales y
creando el desaliento ante las nuevas creaciones por la duda si
estará o no patentado y los elevados costos para su registro. La
normatividad antes expuesta se refuerza con la normatividad
internacional de la Organización Mundial de la Propiedad
Intelectual (OMPI).
 Entonces podemos concluir que la protección de un software
tiene sus ventajas al ser incluido en el derecho de patentes que le
permite al dueño de la patente que pueda impedir que se use su
algoritmo sin previa
¿SE HABLA DE LA PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE EN LA
UNIÓN EUROPEA?
Se ha debatido mucho, a escala nacional e internacional,
acerca de la protección de la propiedad intelectual de las
aplicaciones y los sistemas informáticos. Por ejemplo, en la
Unión Europea (UE), se ha debatido respecto a un proyecto
de Directiva relativa a la patentabilidad de las invenciones
que se implementan por medios informáticos, a fin de
armonizar la interpretación que se hace a escala nacional
de los requisitos pertinentes para patentar invenciones
asociadas a programas informáticos, entre las que se
incluyen los métodos comerciales que se llevan a cabo a
través de Internet.
¿Cuál es la PROTECCIÓN JURÍDICA SEGÚN LA DECISIÓN 486 DE
LA CAN?
Con respecto a la protección de la propiedad industrial,
cada País Miembro concederá a los nacionales de los
demás miembros de la Comunidad Andina, de la
Organización Mundial del Comercio y del Convenio de
París para la Protección de la Propiedad Industrial, un
trato no menos favorable que el que otorgue a sus
propios nacionales, a reserva de lo previsto en los
artículos 3 y 5 del Acuerdo sobre los Aspectos de los
Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el
Comercio (ADPIC), y en el artículo 2 del Convenio de
París para la Protección de la Propiedad Industrial.
¿CUÁL ES EL TRATAMIENTO DEL TEMA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA?
EN EL PERÚ:
Los derechos de autor, incluido el software, son protegidos por el Decreto Legislativo 822, la
Decisión Andina 351, el Decreto Ley 25868, el Código Penal (artículos 216º al 221º), la
Convención Universal sobre Derecho de Autor y el Convenio de Berna. También los protege la
Constitución Política.
La Oficina de Derechos de Autor del Indecopi protege el software a través del registro de éste y de
las acciones administrativas que lleva a cabo.
Esta Oficina vela por el cumplimiento de las normas legales que protegen al autor con respecto a
su obra, así como a todo titular de derechos sobre la misma creación intelectual. También protege
a los herederos o cesionarios.
Las obras intelectuales que se salvaguardan son las literarias, artísticas y literario - científicas,
incluyéndose a los programas de computación.
El marco jurídico del Perú para los derechos de propiedad intelectual en general está consonancia
con las normas internacionales. Desde 1996 el Perú ha tratado de unificar su marco con la
Comunidad Andina y las normas internacionales. INDECOPI recibe y decide sobre los registros de
propiedad intelectual. En términos de ejecución, investiga las denuncias de los titulares de
derechos y lleva a cabo sus propias investigaciones (ex oficio).
ASPECTOS GENERALES DE LA PROTECCIÓN JURIDICA DEL
SOFTWARE Y DERECHO
ELEMENTOS DEL SOFTWARE
El software se desarrolla introduciendo data a través de los
componentes. Estos componentes se desarrollan mediante un
lenguaje de programación que tiene un vocabulario limitado,
una gramática definida explícitamente y reglas bien formadas
de sintaxis y semántica. Estos atributos son esenciales para la
traducción por la máquina y es por ello que se convierten
como los elementos principales del software.
RELACIÓN DEL SOFTWARE CON LOS DERECHOS DE
PROPIEDAD INTELECTUAL
Ahora vamos a explicar por qué los principales derechos de autor pueden
proteger jurídicamente al software, al menos hasta ahora. Para ello,
vamos a entender lo que es una obra. Esta expresión debe cumplir
fehacientemente con unos elementos fundamentales para adquirir la
protección jurídica que otorga el Derecho de Autor:  Ser una creación
original resultado del esfuerzo intelectual.
 Debe tener una forma de expresión (materialización del resultado).
 El resultado de la creación debe tener una estructura y una
organización.
SOLICITUD DE OTORGAMIENTO DE LOS DERECHOS DE AUTOR DE UN
SOFTWARE
• El código fuente.- Cuando tratamos
sobre elementos del software
denominamos lenguajes de alto nivel, a
aquellos que permiten al programador y
al programa independizarse de la
máquina (comprensible por el hombre).
El código objeto.- Cuando tratamos sobre elementos del
software, denominamos lenguaje de máquina a la
representación simbólica (números, símbolos o medios
numéricos) del conjunto de instrucciones de la UPC
(comprensible para la computadora). En virtud de lo
mencionado, cuando el software desarrollado en un
lenguaje de alto nivel, se convierte (a través de un
programa compilador o intérprete) a un lenguaje de
máquina, se le denomina CODIGO OBJETO.
PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE Y LA CONTROVERSIA DOCTRINAL SOBRE SU
PERTENENCIA AL ÁMBITO DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL
• PROPIEDAD INTELECTUAL La Propiedad Intelectual es la relacionada a los
derechos intangibles. Por ejemplo, es la propiedad que tiene el autor de
una canción sobre esta, o la propiedad que tiene un escritor sobre la novela
que escribió. Por ser los autores son los únicos que pueden autorizar que
sus creaciones sean publicadas o utilizadas para fines diversos.
Tipos de derechos
El Derecho de Autor:
Protege todas las creaciones del
ingenio humano; vela por los
derechos del autor sobre sus obras
(canciones, poemas, aparatos
electrónicos, etc.).
b) Propiedad Industrial:
La propiedad industrial protege la
creatividad, la invención e ingenio
de cualquier persona o empresa
para identificarse en el mercado.
propiedad industrial es un
de derechos que puede poseer
persona física o jurídica sobre una
d) Patentes Una patente es un derecho exclusivo que se concede sobre una invención.
En términos generales, una patente faculta a
su titular a decidir si la invención puede ser
utilizada por terceros y, en ese caso, de qué
forma. Como contrapartida de ese derecho,
en el documento de patente publicado, el
titular de la patente pone a disposición del
público la información técnica relativa a la
invención. b) Marcas Una marca es un signo
que permite diferenciar los productos o
servicios de una empresa de los de las
demás. Las marcas se remontan a los
tiempos en que los artesanos reproducían sus
firmas o “marcas” en sus productos.
e) Diseños Industriales Un diseño industrial (dibujo o modelo industrial)
constituye el aspecto ornamental o estético de un artículo. El diseño
puede consistir en rasgos tridimensionales, como la forma o la superficie
de un artículo, o en rasgos bidimensionales, como motivos, líneas o
colores. f) Indicaciones Geográficas Una indicación geográfica es un signo
utilizado para productos que tienen un origen geográfico concreto y cuyas
cualidades, reputación o características se deben esencialmente a su
lugar de origen. Por lo general, la indicación geográfica consiste en el
nombre del lugar de origen de los productos.
LA PIRATERÍA DE SOFTWARE EN EL PERÚ. El Perú exporta US$4
millones de dólares en software nacional y que esta cantidad podría
aumentar significativamente si se redujera la piratería de software. Pero no
sólo eso, sino que también se podría generar mayor empleo, así como
mayores ingresos para nuestro canal de distribución. Como todos sabemos,
la piratería de software es un obstáculo para el crecimiento sostenido de
cualquier economía.
SEGÚN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ (1993) Artículo 2.- inc.
Hace mención a este derecho, estableciendo a la libertad de creación
intelectual, artística, técnica y científica como un derecho fundamental
protegido por la Constitución, por lo cual los autores no tienen limitación o
restricción para desarrollar su libertad de creación.
EL PROBLEMA DE LA PROTECCIÓN.- Del software abarca no
solamente el puro aspecto jurídico sino también: Técnico
Económico.
Causa de su Protección. La evolución del software e un
objeto separado de su comercialización es decir del hardware,
y la facilidad de copiarlo con un bajo costo son las mayores
causas que propician el debate en torno a su protección jurídica
Protección legal del Software en el Perú
• Tratados Multilaterales El Software El
software, más que una obra de finalidad
práctica o utilitaria, es en sí mismo un recurso
técnico, instrumental. Se acepta que, aunque
el programa se dirige a la máquina, el
destinatario final es el hombre. Dos
programadores puestos a resolver el mismo
problema no llegan nunca a series de
instrucciones idénticas, o sea, existe espacio
para la creatividad individual.
Oficina de Derecho de Autor del INDECOPI.
La Oficina de Derechos de Autor del INDECOPI
protege el software a través del registro de éste
y de las acciones administrativas que lleva a
cabo. Esta Oficina vela por el cumplimiento de
las normas legales que protegen al autor con
respecto a su obra, así como a todo titular de
derechos sobre la misma creación intelectual.
Oficina de Derecho de Autor del INDECOPI.
También protege a los herederos o cesionarios.
Las obras intelectuales que se salvaguardan
son las literarias, artísticas y literario -
científicas, incluyéndose a los programas de
computación
La Protección Jurídica. La naturaleza sui generis del software hace
necesario elementos para su protección. Competencia Desleal.
Enriquecimiento sin causa. Delitos Informáticos. La incorporación de
delitos informáticos al código penal
Derecho de Autor o Propiedad Industrial. En el Perú es regulado por el
Decreto Legislativo Nº822 “Ley de Derechos de Autor” y no se
su protección a la Propiedad Industrial por diversas razones. Es así
como actualmente en el Perú se brinda tutela jurídica al software, y
sobre estas consideraciones, los abogados deben cuidar utilizarlos en
pro de la protección de los derechos que últimamente viendo siendo
vulnerados por la utilización indebida de las herramientas informáticas
Conclusiones
 El software no es cualquier cosa y con él se puede lograr todo lo que queramos,
pero sabiéndolo manejar correctamente.
 con software, y es que la tecnología ha avanzado tanto que una persona puede
realizar operaciones bancarias desde su casa, enviar un correo electrónico a
cualquier parte del mundo, etc.; todo esto por el computador.
 Software a través del tiempo va formando parte de la cotidianidad del ser humano
y obviamente los computadores es parte fundamental de la persona hoy en día,
ahora por lo general cuando hablamos de propiedad intelectual y el mundo virtual,
estamos tratando de un lugar donde rige la libre expresión, también hay que
considerar los movimientos que nos dan un enfoque favorable acerca de la
denomina piratería o simplemente una sociedad que busca a través del internet
compartir información.

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Ensayo de la protección jurídica del software oficial

  • 1. Protección JurídicaDEL SOFTWARE Y LA CONTROVERSIA DOCTRINAL Calisaya Sarmiento, Yhein
  • 2. ¿QUE SE ENTIENDE POR SOFTWARE? Constituye un conjunto de programas y aplicaciones constituido por instrucciones lógico matemático que se trasmiten a un computador con el objeto de obtener un resultado determinado. PROTECCIÓN JURÍDICA DE LOS PROGRAMAS INFORMÁTICOS. La propiedad intelectual, es un activo, comprende: -El derecho de patente.-Propiedad industrial: novedad, útil y obvio. -Marcas comerciales y servicios. -Derechos de autor: originales, creativo, reproducción de la idea en un soporte. EL SOFTWARE
  • 3. Software es un bien inmaterial tridimensional. Sin duda el Decreto Legislativo Nº 823 en su artículo 3 donde nos dice: La protección reconocida por la presente Ley recae, entre otros, sobre los elementos constitutivos de la propiedad industrial se podría interpretar que pertenece a la patente de invención. Pero en el Perú como en otros países está su protección jurídica en base a los derechos de autor. Software es un bien inmaterial tridimensional.  La forma de presentación: literal o grafica- instrucciones  El contenido del software: las ideas, conceptos  Las aplicaciones o potencialidad de aplicación.
  • 4. LOS DERECHOS DE AUTOR Obras literarias: novelas, poemas, obras de teatro, documentos de referencia, periódicos y programas informáticos; bases de datos, películas, composiciones musicales; Obras artísticas: pinturas, dibujos, fotografías y escultura Obras arquitectónicas; publicidad, mapas y dibujos técnicos.
  • 5. ¿Los derechos de autor protegen las ideas, los métodos y los conceptos? Protege únicamente las expresiones. Principio confirmado en el acuerdo sobre los aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio (ADPIC) de la OMC y en el tratado de la OMPI sobre derechos de autor. OTRAS FORMAS DE PROTECCION El derecho civil Art. 18° c.c.: “Los derechos de autor, cualquiera sea la forma o modo de expresión de su obra, goza de protección jurídica.
  • 6. El derecho penal Caso revelamiento de la información. Art. 165 código penal: violación del secreto Prof. Caso de los delitos contra los derechos de autor, regulados en los art. 216 al 221 del Código Penal. PROTECCIÓN JURÍDICA DE LOS P.I. EN EL DERECHO COMPARADO  1985. en usa, países europeos, Japón, china, Tailandia, filipinas, india los programas informáticos protegidos por los derechos de autor.  12 oct. 1998. usa ley derechos de autor del milenio digital  América latina. - la decisión 351 del pacto andino asume la protección propiedad intelectual
  • 7. La protección del software en el Perú se encuentra regulada a través de la constitución política del Perú, el Decreto Legislativo Nº 822 y tiene como la institución encargada de hacer cumplir todas las disposiciones al INDECOPI a través de la oficina de Derechos de Autor La legislación protege la Propiedad Intelectual, por ejemplo, mediante las patentes, el derecho de autor y las marcas, que permiten obtener reconocimiento o ganancias por las invenciones o creaciones. Al equilibrar el interés de los innovadores y el interés público, el sistema de P.I. procura fomentar un entorno propicio para que prosperen la creatividad y la innovación. Es así como actualmente en el Perú se brinda tutela jurídica al software, y sobre estas consideraciones, los abogados deben cuidar utilizarlos en pro de la protección de los derechos que últimamente viendo siendo vulnerados por la utilización indebida de las herramientas informáticas. SEGURIDAD JURIDICA EN LA NORMA
  • 8. ASÍ MISMO SE MENCIONA ¿CUÁL ES EL TRATAMIENTO DE LA PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE EN EEUU?  El derecho de patentes en los Estados Unidos protegerá tanto los métodos que puedan producir un resultado útil, concreto y tangible. Abarcando software, métodos comerciales, independientemente de una computadora. Ampliando los registros de patentes de software, sus métodos comerciales y creando el desaliento ante las nuevas creaciones por la duda si estará o no patentado y los elevados costos para su registro. La normatividad antes expuesta se refuerza con la normatividad internacional de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).  Entonces podemos concluir que la protección de un software tiene sus ventajas al ser incluido en el derecho de patentes que le permite al dueño de la patente que pueda impedir que se use su algoritmo sin previa
  • 9. ¿SE HABLA DE LA PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE EN LA UNIÓN EUROPEA? Se ha debatido mucho, a escala nacional e internacional, acerca de la protección de la propiedad intelectual de las aplicaciones y los sistemas informáticos. Por ejemplo, en la Unión Europea (UE), se ha debatido respecto a un proyecto de Directiva relativa a la patentabilidad de las invenciones que se implementan por medios informáticos, a fin de armonizar la interpretación que se hace a escala nacional de los requisitos pertinentes para patentar invenciones asociadas a programas informáticos, entre las que se incluyen los métodos comerciales que se llevan a cabo a través de Internet.
  • 10. ¿Cuál es la PROTECCIÓN JURÍDICA SEGÚN LA DECISIÓN 486 DE LA CAN? Con respecto a la protección de la propiedad industrial, cada País Miembro concederá a los nacionales de los demás miembros de la Comunidad Andina, de la Organización Mundial del Comercio y del Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, un trato no menos favorable que el que otorgue a sus propios nacionales, a reserva de lo previsto en los artículos 3 y 5 del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), y en el artículo 2 del Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial.
  • 11. ¿CUÁL ES EL TRATAMIENTO DEL TEMA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA? EN EL PERÚ: Los derechos de autor, incluido el software, son protegidos por el Decreto Legislativo 822, la Decisión Andina 351, el Decreto Ley 25868, el Código Penal (artículos 216º al 221º), la Convención Universal sobre Derecho de Autor y el Convenio de Berna. También los protege la Constitución Política. La Oficina de Derechos de Autor del Indecopi protege el software a través del registro de éste y de las acciones administrativas que lleva a cabo. Esta Oficina vela por el cumplimiento de las normas legales que protegen al autor con respecto a su obra, así como a todo titular de derechos sobre la misma creación intelectual. También protege a los herederos o cesionarios. Las obras intelectuales que se salvaguardan son las literarias, artísticas y literario - científicas, incluyéndose a los programas de computación. El marco jurídico del Perú para los derechos de propiedad intelectual en general está consonancia con las normas internacionales. Desde 1996 el Perú ha tratado de unificar su marco con la Comunidad Andina y las normas internacionales. INDECOPI recibe y decide sobre los registros de propiedad intelectual. En términos de ejecución, investiga las denuncias de los titulares de derechos y lleva a cabo sus propias investigaciones (ex oficio).
  • 12. ASPECTOS GENERALES DE LA PROTECCIÓN JURIDICA DEL SOFTWARE Y DERECHO ELEMENTOS DEL SOFTWARE El software se desarrolla introduciendo data a través de los componentes. Estos componentes se desarrollan mediante un lenguaje de programación que tiene un vocabulario limitado, una gramática definida explícitamente y reglas bien formadas de sintaxis y semántica. Estos atributos son esenciales para la traducción por la máquina y es por ello que se convierten como los elementos principales del software.
  • 13. RELACIÓN DEL SOFTWARE CON LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL Ahora vamos a explicar por qué los principales derechos de autor pueden proteger jurídicamente al software, al menos hasta ahora. Para ello, vamos a entender lo que es una obra. Esta expresión debe cumplir fehacientemente con unos elementos fundamentales para adquirir la protección jurídica que otorga el Derecho de Autor:  Ser una creación original resultado del esfuerzo intelectual.  Debe tener una forma de expresión (materialización del resultado).  El resultado de la creación debe tener una estructura y una organización.
  • 14. SOLICITUD DE OTORGAMIENTO DE LOS DERECHOS DE AUTOR DE UN SOFTWARE • El código fuente.- Cuando tratamos sobre elementos del software denominamos lenguajes de alto nivel, a aquellos que permiten al programador y al programa independizarse de la máquina (comprensible por el hombre). El código objeto.- Cuando tratamos sobre elementos del software, denominamos lenguaje de máquina a la representación simbólica (números, símbolos o medios numéricos) del conjunto de instrucciones de la UPC (comprensible para la computadora). En virtud de lo mencionado, cuando el software desarrollado en un lenguaje de alto nivel, se convierte (a través de un programa compilador o intérprete) a un lenguaje de máquina, se le denomina CODIGO OBJETO.
  • 15. PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE Y LA CONTROVERSIA DOCTRINAL SOBRE SU PERTENENCIA AL ÁMBITO DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL • PROPIEDAD INTELECTUAL La Propiedad Intelectual es la relacionada a los derechos intangibles. Por ejemplo, es la propiedad que tiene el autor de una canción sobre esta, o la propiedad que tiene un escritor sobre la novela que escribió. Por ser los autores son los únicos que pueden autorizar que sus creaciones sean publicadas o utilizadas para fines diversos.
  • 16. Tipos de derechos El Derecho de Autor: Protege todas las creaciones del ingenio humano; vela por los derechos del autor sobre sus obras (canciones, poemas, aparatos electrónicos, etc.). b) Propiedad Industrial: La propiedad industrial protege la creatividad, la invención e ingenio de cualquier persona o empresa para identificarse en el mercado. propiedad industrial es un de derechos que puede poseer persona física o jurídica sobre una
  • 17. d) Patentes Una patente es un derecho exclusivo que se concede sobre una invención. En términos generales, una patente faculta a su titular a decidir si la invención puede ser utilizada por terceros y, en ese caso, de qué forma. Como contrapartida de ese derecho, en el documento de patente publicado, el titular de la patente pone a disposición del público la información técnica relativa a la invención. b) Marcas Una marca es un signo que permite diferenciar los productos o servicios de una empresa de los de las demás. Las marcas se remontan a los tiempos en que los artesanos reproducían sus firmas o “marcas” en sus productos.
  • 18. e) Diseños Industriales Un diseño industrial (dibujo o modelo industrial) constituye el aspecto ornamental o estético de un artículo. El diseño puede consistir en rasgos tridimensionales, como la forma o la superficie de un artículo, o en rasgos bidimensionales, como motivos, líneas o colores. f) Indicaciones Geográficas Una indicación geográfica es un signo utilizado para productos que tienen un origen geográfico concreto y cuyas cualidades, reputación o características se deben esencialmente a su lugar de origen. Por lo general, la indicación geográfica consiste en el nombre del lugar de origen de los productos.
  • 19. LA PIRATERÍA DE SOFTWARE EN EL PERÚ. El Perú exporta US$4 millones de dólares en software nacional y que esta cantidad podría aumentar significativamente si se redujera la piratería de software. Pero no sólo eso, sino que también se podría generar mayor empleo, así como mayores ingresos para nuestro canal de distribución. Como todos sabemos, la piratería de software es un obstáculo para el crecimiento sostenido de cualquier economía. SEGÚN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ (1993) Artículo 2.- inc. Hace mención a este derecho, estableciendo a la libertad de creación intelectual, artística, técnica y científica como un derecho fundamental protegido por la Constitución, por lo cual los autores no tienen limitación o restricción para desarrollar su libertad de creación. EL PROBLEMA DE LA PROTECCIÓN.- Del software abarca no solamente el puro aspecto jurídico sino también: Técnico Económico. Causa de su Protección. La evolución del software e un objeto separado de su comercialización es decir del hardware, y la facilidad de copiarlo con un bajo costo son las mayores causas que propician el debate en torno a su protección jurídica
  • 20. Protección legal del Software en el Perú • Tratados Multilaterales El Software El software, más que una obra de finalidad práctica o utilitaria, es en sí mismo un recurso técnico, instrumental. Se acepta que, aunque el programa se dirige a la máquina, el destinatario final es el hombre. Dos programadores puestos a resolver el mismo problema no llegan nunca a series de instrucciones idénticas, o sea, existe espacio para la creatividad individual. Oficina de Derecho de Autor del INDECOPI. La Oficina de Derechos de Autor del INDECOPI protege el software a través del registro de éste y de las acciones administrativas que lleva a cabo. Esta Oficina vela por el cumplimiento de las normas legales que protegen al autor con respecto a su obra, así como a todo titular de derechos sobre la misma creación intelectual. Oficina de Derecho de Autor del INDECOPI. También protege a los herederos o cesionarios. Las obras intelectuales que se salvaguardan son las literarias, artísticas y literario - científicas, incluyéndose a los programas de computación
  • 21. La Protección Jurídica. La naturaleza sui generis del software hace necesario elementos para su protección. Competencia Desleal. Enriquecimiento sin causa. Delitos Informáticos. La incorporación de delitos informáticos al código penal Derecho de Autor o Propiedad Industrial. En el Perú es regulado por el Decreto Legislativo Nº822 “Ley de Derechos de Autor” y no se su protección a la Propiedad Industrial por diversas razones. Es así como actualmente en el Perú se brinda tutela jurídica al software, y sobre estas consideraciones, los abogados deben cuidar utilizarlos en pro de la protección de los derechos que últimamente viendo siendo vulnerados por la utilización indebida de las herramientas informáticas
  • 22. Conclusiones  El software no es cualquier cosa y con él se puede lograr todo lo que queramos, pero sabiéndolo manejar correctamente.  con software, y es que la tecnología ha avanzado tanto que una persona puede realizar operaciones bancarias desde su casa, enviar un correo electrónico a cualquier parte del mundo, etc.; todo esto por el computador.  Software a través del tiempo va formando parte de la cotidianidad del ser humano y obviamente los computadores es parte fundamental de la persona hoy en día, ahora por lo general cuando hablamos de propiedad intelectual y el mundo virtual, estamos tratando de un lugar donde rige la libre expresión, también hay que considerar los movimientos que nos dan un enfoque favorable acerca de la denomina piratería o simplemente una sociedad que busca a través del internet compartir información.