Este documento presenta lineamientos generales sobre la información contable y financiera que deben presentar las instituciones de educación superior al Ministerio de Educación Nacional de Colombia. Incluye funciones de inspección y vigilancia financiera, requisitos para la aprobación e incremento de derechos pecuniarios, y aspectos generales sobre la elaboración de planes de mejoramiento.
Lanbide Subvención a personas desempleadasAudinfor
En mayo de 2013 Lanbide aprobó una resolución que concede una subvención a los centros de formación de la CAPV que lleven a cabo acciones formativas a personas desempleadas.
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Además se explica en qué consiste el Informe de Auditor, requisito indispensable para poder liquidar la subvención, y en qué consiste la labor del auditor en el marco de la justificación de las subvenciones.
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ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE 1ER. GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024”. Esta actividad de aprendizaje propone retos de cálculo algebraico mediante ecuaciones de 1er. grado, y viso-espacialidad, lo cual dará la oportunidad de formar un rompecabezas. La intención didáctica de esta actividad de aprendizaje es, promover los pensamientos lógicos (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia, viso-espacialidad. Esta actividad de aprendizaje es de enfoques lúdico y transversal, ya que integra diversas áreas del conocimiento, entre ellas: matemático, artístico, lenguaje, historia, y las neurociencias.
c3.hu3.p3.p2.Superioridad e inferioridad en la sociedad.pptx
LINEAMIENTOSFINANCIEROS.pdf
1. TERCER CONVERSATORIO SOBRE
INSPECCIÓN Y VIGILANCIA
LINEAMIENTOS GENERALES SOBRE LA INFORMACIÓN CONTABLE
PRESENTADA AL MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL Y
RESPONSABILIDADES FRENTE A LOS ASPECTOS FINANCIEROS
Bogotá, 26 de febrero de 2016
2. LEY 1740 – 23/12/2014
Artículo 3°: OBJETIVO DE LA
INSPECCION Y VIGILANCIA…Se
ejercerán para velar por los
siguientes objetivos:
“5. La eficiencia y correcto manejo e
inversión de todos los recursos y
rentas de las instituciones de
educación superior a las que se aplica
esta ley, en los términos de la
Constitución, la ley y sus
reglamentos.”
3. FUNCIONES LEY 1740/14 (Art.7)
–Acceder a la información
–Solicitar reportes de información financiera
–Verificar la información que se da al público
–Exigir la preparación de estados de periodos
intermedios
–Adelantar averiguaciones y obtener
información probatoria
4. Ley 30 de 1992 – Capítulo 3. Del
Bienestar Universitario.
“Artículo 118. Cada instituciones de
educación superior destinará por lo menos
el dos por ciento (2%) de su presupuesto de
funcionamiento para atender
adecuadamente su propio bienestar
universitario. “
5. INSPECCIÓN Y VIGILANCIA – COMPONENTE
FINANCIERO
PLANEAR
• Actos Administrativos
• Plan de Inversión / Presupuesto
HACER
• Estados Financieros Básicos - Intermedios
• Legalidad de la Información Financiera
• Ejecuciones Presupuestales / Ejecución PDI / PI
VERIFICAR
• Auditoría de verificación (información consistente
con la realidad económica)
• Evidencia – Documental.
ACTUAR
• Informe de la visita
• Establecimiento de medidas en caso de requerirse
8. Ley 43 de 1990, por la cual se reglamenta la profesión del
Contador Público, que el artículo 10° indica: “De la fe pública.
La atestación o firma de un Contador Público en los actos
propios de su profesión hará presumir, salvo prueba en
contrario, que el acto respectivo se ajusta a los requisitos
legales, lo mismo que a los estatutarios en casos de personas
jurídicas. Tratándose de balances, se presumirá además que
los saldos se han tomado fielmente de los libros, que éstos se
ajustan a las normas legales y que las cifras registradas
en ellos reflejan en forma fidedigna la correspondiente
situación financiera en la fecha del balance.”
9. SITUACIONES ENCONTRADAS
• Debilidades en la presentación de
Información Financiera (aprobación,
certificación, dictamen, notas)
• Desactualización de cifras contables.
• Falta de integridad y consistencia en la
información presentada.
• Descentralización de funciones financieras
en personal no autorizado.
• Inexistencia de protección a los activos de la
institución.
10. SITUACIONES ENCONTRADAS
• Inconsistencias en reportes de ingresos y gastos.
• Falta de procedimientos administrativos y
financieros
• Falta de integridad de los procesos
administrativos y financieros
• Ausencia de sistemas de información
• Incumplimiento normas contables, tributarias,
estatutarias.
• No renovación de pólizas
• Sin inversión en Bienestar Universitario e
investigación.
13. LEY 30 DE DICIEMBRE 28 DE 1992
“ Artículo 122: Los derechos pecuniarios que por razones
académicas pueden exigir las instituciones de Educación Superior,
son los siguientes:
a) Derechos de Inscripción.
b) Derechos de Matrícula.
c) Derechos por realización de exámenes de habilitación,
supletorios y preparatorios.
d) Derechos por la realización de cursos especiales y de
educación permanente.
e) Derechos de Grado.
f) Derechos de expedición de certificados y constancias.
14. REPORTE DERECHOS
PECUNIARIOS
pecuniarios@mineducacion.gov.co
Art.7 R.12161 5/8/2015
1 NOV – 15 DIC
Art.3 R.12161 5/8/2015
Incremento
mayor valor?
Superior al
5,89%
JUSTIFICACIÓN
Art.8 R.12161
5/8/2015
Art.9 R.12161 de 2015
Página inicio de su sitio Web, los valores de matrícula y demás
derechos pecuniarios que cobran, los actos internos mediante los
cuales se aprobaron tales valores, señalando el incremento de los
mismos cuando lo haya habido, la justificación de que trata el
artículo 8…Estatuto General, el reglamento estudiantil, el estatuto
docente y de bienestar universitario o institucional…
16. “Artículo 8. Justificación del aumento del
valor de los derechos pecuniarios. Las
instituciones de educación superior de
carácter privado que para la vigencia anual
siguiente pretendan incrementar el valor de
los derechos pecuniarios derechos por
encima del índice de inflación del año
inmediatamente anterior, deberán
presentar un informe al Ministerio de
Educación Nacional que contenga la
justificación precisa de los factores en los
que se fundamenta el aumento.
17. PARA: RECTORES Y REPRESENTANTES LEGALES DE LAS
INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE CARÁCTER
PRIVADO.
DE: VICEMINISTRA DE EDUCACIÓN SUPERIOR
ASUNTO: Justificación del incremento del valor de los derechos
pecuniarios por encima del índice de inflación.
CIRCULAR No.053 – 21 DE OCTUBRE DE 2015
18. 1. Un informe suscrito por la autoridad interna
competente que contenga de forma
sustentada y detallada, la justificación de los
incrementos a los derechos pecuniarios.
2. En una hoja de cálculo, indicar la información
desagregada del Plan de Desarrollo
Institucional -PDI, la información por cada uno
de los proyectos y programas académicos, la
forma en que serán invertidos los valores
percibidos por el incremento en matrículas y
otros derechos pecuniarios…
19. 3. Indicar el documento de política institucional en donde se
establecen e identifican los proyectos y programas que son y serán
financiados con el incremento del valor de los derechos
pecuniarios.
4. Informar el presupuesto anual de ingresos, gastos e inversiones
en donde se incluyan los proyectos que van hacer financiados con
el mayor valor del incremento de los Derechos Pecuniarios y
además indicar según el caso, otras fuentes de financiación que se
requieren para cubrir las necesidades de recursos de los
proyectos, presentando el valor por cada ítem de inversión para el
periodo de cada proyecto.
5. Incrementos diferenciales
21. ASPECTOS GENERALES
• Artículo 10 – Medidas Preventivas (Ley
1740/2014):
“1. Ordenar la presentación y adopción de planes
y programas de mejoramiento encaminados a
solucionar situaciones de irregularidad o
anormalidad y vigilar la cumplida ejecución de
los mismos, así como emitir las instrucciones que
sean necesarias para su superación.”
23. COMPONENTES PLAN DE MEJORAMIENTO
ACADÉMICO
•Misión esencial ligada a la prestación del servicio
educativo de calidad.
ADMINISTRATIVO
•Proceso de reorganización en las instituciones, con el fin de
que haya claridad y eficiencia en las funciones
administrativas y sirvan a la gestión académica.
BUEN
GOBIERNO
• Funcionamiento de los órganos de Dirección y Administración.
• Documentación y cumplimiento de políticas institucionales y
del Estado.
FINANCIERO
•Actividades de apoyo para el cumplimiento del objeto institución y
uso pertinente de los recursos.
24. PLAN DE MEJORAMIENTO
Es el instrumento que recoge y articula todas las acciones prioritarias
que la institución emprenderá para mejorar y cerrar aquellos hallazgos
y características, cuyo impacto, resultado y logro se vincula con los
objetivos del Proyecto Académico Educativo (PAE), el Programa de
Plan de Desarrollo Institucional, según corresponda y en mejorar las
condiciones de calidad de los programas.
Por tanto, el plan de mejoramiento, es la descripción de una secuencia
de pasos orientados a superar la medida preventiva en donde se
identifican las debilidades encontradas en la visita integral realizada en
el marco de la Ley 1740 de 2014.
25. OBJETIVO
Cada acción o conjunto de acciones debe tener
asignado específicamente: Objetivo (Hallazgo),
acción, actividades, meta, cronograma, responsable,
indicador, recursos y un medio de verificación, así
como un sistema de monitorio y control que garantice
su análisis de avance en el tiempo.
28. DURACIÓN
El Plan de Mejoramiento debe tener un horizonte a
mediano y largo plazo. Durante este tiempo se
realizará un monitoreo constante/mensual, a través
de las evidencias y los indicadores, en donde se
compruebe el cumplimiento de la acción y el impacto
frente a la medida preventiva.
29. EVALUACIÓN
La evaluación del avance de las acciones presentadas
en el Plan de Mejoramiento, se realiza tomando como
base las fechas establecidas por la Institución para su
cumplimiento.
Frente a la fecha de corte del mes de la visita se valida la
fecha de inicio y fecha de terminación de la acción,
definiendo los siguientes estados:
– Vigente
– Vencida
– Terminada
30. EVALUACIÓN
El seguimiento, avance y desarrollo de las
actividades, son medidas sobre la evidencia y
soportes documentales presentados por la
institución.
De acuerdo con la evaluación realizada, su estado
puede ser:
– En proceso
– No cumplida
– Sin iniciar
– Terminada