1. LOS MUSEOS ECLESIÁSTICOS
¿Es posible generar una estandarización y regulación en
las diócesis para crear un museo de arte sacro?
Función y sentido de los bienes culturales de origen Eclesiástico
Alumno Pbro. José Miguel Alarcón Mantilla
Asesor Mtra. Verónica Lorena Orozco Velázquez
2. 2
Introducción
La Iglesia Católica a lo largo de los siglos ha sido creadora, protectora y
conservadora de extraordinarios objetos de arte utilizados para el culto y la
evangelización. A este conjunto de bienes se le ha llegado a denominar “Patrimonio
Cultural de la Iglesia”, el cual ha sido definido en la declaración del Escorial del 27 de
junio de 1996 como: “El conjunto de bienes que la Iglesia creó, recibió, conservó y sigue
utilizando para el Culto, la Evangelización y la difusión de la cultura”. 1 (DE
VICENTE, 2006).
A este Patrimonio pertenecen todas las obras de arte del pasado y del presente;
las que están en uso y las que han perdido su utilidad en la Liturgia reformada
durante el Concilio Vaticano II; las que están en perfecto estado y las que están
dañadas. Este patrimonio son obras de arquitectura, pintura, escultura, vestidos
litúrgicos, utensilios sagrados, instrumentos musicales, libros.
“La santa Madre Iglesia fue siempre amiga de las bellas artes, buscó
constantemente su noble servicio y apoyó a los artistas, principalmente para que las
cosas destinadas al culto sagrado fueran en verdad dignas, decorosas, y bellas, signos
y símbolos de las realidades celestiales….La Iglesia procuró con especial interés que
los objetos sagrados sirvieran al esplendor del culto con dignidad y belleza..2”. Es decir
que todas las obras de arte de inspiración cristiana son expresión de la espiritualidad
de una localidad, pero también de la espiritualidad universal.
Desde el primer siglo, las comunidades cristianas reconocieron la importancia
de proteger el patrimonio cultural que se iba generando. Con los siglos, a medida que
se fue estructurando la Iglesia, fue surgiendo una legislación que protegiera este
patrimonio. En el S. XII ya existía el Decreto de Graciano que contenía una serie de
normas protectoras del Patrimonio Eclesiástico recolectadas de normas anteriores.
1
Declaración del Escorial sobre el Patrimonio Cultural, síntesis de las jornadas nacionales de Delegados Diocesanos
para el Patrimonio Cultural, celebrada el 27 de junio de 1996.
2
Cf. Conc. Ecum. Vat. II, Const. Dogmática Sacrosantum Concilum , sobre la sagrada liturgia N° 122
3. 3
El Concilio Vaticano II en su Decreto <<Presbyterorum ordinis>> en el número
17 dice: “Los bienes eclesiásticos propiamente dichos, como lo pide la naturaleza de la
cosa, los administrarán los sacerdotes, observando lo que dispongan las leyes
eclesiásticas, con la ayuda en cuanto fuere posible, de laicos peritos, y los destinarán
siempre a aquellos fines para cuya consecución le es lícito a la Iglesia poseer bienes
temporales3.
Finalmente será el Papa Juan Pablo II que en el nuevo Código de Derecho
Canónico de 1983 dejará plenamente normado todo lo que respecta a la tutela, cuidado
y administración de los bienes eclesiásticos, de manera especial en los cánones del
1273 a 1289.
Conceptos
Museos
Un requisito previo para salvaguardar el patrimonio es el conocimiento de este,
ya que es tan basto que en muchas localidades se corre el riesgo de perder el control,
desconocer su valor artístico y cultural, permitir su destrucción o pérdida. Dicho
conocimiento puede tener distintos niveles de información, aplicación y protección,
donde el primero y básico es el inventario, hasta llegar a la creación de un museo
complejo con salas de exposición temáticas.
Los museos eclesiásticos son una institución permanente, creados por la propia
Iglesia, para conservar, custodiar, valorar, exponer u difundir todos aquellos bienes
históricos-artísticos que testimonian la vida de fe de una comunidad.
Los museos eclesiásticos se han convertido en el lugar ideal en donde se puede
conservar materialmente, tutelar jurídicamente y valorar pastoralmente el
importante patrimonio histórico-artístico que ya no se encuentra en uso habitual.
3
Cf. Conc. Ecum. Vat.. II, Decreto Presbyterorum Ordinis sobre el ministerio y la vida de los presbíteros. N° 17
4. 4
En el museo se documenta no sólo el desarrollo de la vida cultural y religiosa,
sino, además el ingenio del hombre, con el fin de garantizar el presente. Tiene que
ser organizado de modo que pueda comunicar lo sagrado, lo bello lo antiguo y lo nuevo.
Sin embargo a pesar de la importancia que pudiera tener la creación de un museo en
una Iglesia local, es importante recordar que la salvaguarda de los bienes culturales
es competencia de la comunidad que los tutela. (Cf. (Comisión Pontificia para los
bienes de la Iglesia, 2001)
Inventario-catalogación
El primer paso para conocer el Patrimonio artístico de una capilla, parroquia o
diócesis, es realizar un inventario. El CIC en el parágrafo 2 del canon 1283 establece:
“Hágase inventario exacto y detallado, suscrito por ellos (el Ordinario o su delegado)
de los bienes inmuebles, de los bienes muebles tanto preciosos como pertenecientes de
algún modo al patrimonio cultural, y de cualquiera otros, con la descripción y tasación
de los mismos; y compruébese una vez hecho.”4
Este canon integra dos conceptos que son diversos: el inventario y la
catalogación. Los dos tienen una finalidad y metodología distintas pero son
complementarios.
El Diccionario Abreviado del español actual define el INVENTARIO como:
a) Relación o asiento de todos los bienes pertenecientes a una persona, a una
empresa o a otra entidad, o de los existentes en un lugar.
b) Relación o registro.
Por lo tanto el inventario es una actividad o herramienta de conocimiento
básica. Solamente se enlistan las piezas y obras. Su fin es conocer cantidades,
números de existencias. Es una fase preliminar e indispensable para poder hacer la
catalogación.
4
CIC es Código de Derecho Canónico por sus siglas en latín.
5. 5
El mismo diccionario establece el CATÁLOGO como Relación ordenada, en lista
y en fichas de una serie de cosas.
Por lo tanto el catálogo es una actividad más extensa y compleja que el solo
inventario. En este tiene que existir un “orden” conforme a un principio ordenador, y
posee más información del objeto, que el simple inventario. El objeto material de la
catalogación es el bien cultural de interés religioso que posee en sí un valor.
La catalogación de bienes artísticos de origen eclesiástico se divide en bienes
inmuebles (los edificios de uso eclesiástico: templos, monasterios, casas de retiro,
seminarios) y los bienes muebles (pinturas, esculturas, todos los artículos litúrgicos,
los instrumentos musicales, y los ornamentos o vestidos litúrgicos). Los archivos y
libros tienen otro tratamiento y catalogación.
La forma de realizar el catálogo o método del levantamiento de la información
consta de tres partes:
a) la fase eurística o individualización de cada bien que sería propiamente el
inventario;
b) la fase analítica en donde se realiza la ficha descriptiva de cada bien:
medidas, material, estado de conservación, localización dentro del inmueble,
etc. Esta es la fase central del procedimiento por lo tanto es de suma
importancia la elaboración de una ficha que sea capaz de contener los datos
esenciales del objeto, pero que además pueda contener datos importantes para
futuros trabajos de restauración y mantenimiento de la pieza, así como datos
que faciliten su localización y autentificación en caso de robo o pérdida, etc.
Esta fase se puede hacer en fichas de papel, pero se recomienda utilizar las
nuevas herramientas computacionales. (ver Anexo I);
c) la fase final que es la síntesis, en donde se ordenan todas las fichas y se
realiza el catálogo propiamente. Si este catálogo se ha hecho en papel, será muy
difícil de manejar y no será fácil su consulta, es por ello que en la actualidad se
invita a realizarlo en medios electrónicos que faciliten su manejo, así como la
compartición de datos a nivel global.
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Como hemos analizado los objetivos del inventario-catalogación son diversos
pero podemos mencionar tres esenciales: el conocimiento, la salvaguarda y la
valorización.
Una vez realizado el inventario-catálogo se puede proceder al resguardo y
mantenimiento de las obras, así como a valorar cuáles serían las posibles piezas que
podrían llegar a formar parte de un museo eclesiástico.
Procedimientos y Agentes
Una vez establecidos los conceptos básicos de museo, inventario y catalogación,
nos podemos realizar la pregunta que titula este ensayo: “¿Es posible generar una
estandarización y regulación en las diócesis para crear un museo de arte sacro?”
No sólo es posible, sino que muchos documentos oficiales del Magisterio
(Concilio Vaticano II, Código de derecho canónico), así como de la Pontificia comisión
7. 7
para los bienes culturales de la Iglesia lo establecen como una actividad obligada y
necesaria de cada iglesia particular. “los obispos diocesanos háganse portavoces de la
urgencia de cuidar el patrimonio histórico-artístico, partiendo antes que nada del
inventario, para arribar exitosamente a la realización del catálogo” Cf. (Pontificia
Commissione per i beni culturali della Chiesa, 1999).
Luego entonces la labor del Inventario-catalogación no es una labor individual,
de cada uno de los responsables de los bienes eclesiásticos citados en el CIC. C. 1283,
sino que debe de ser una labor conjunta de Iglesia, a saber: Ordinario del lugar u
Obispo, vicarios episcopales, sacerdotes diocesanos, superiores de casas religiosas,
feligreses de las comunidades parroquiales, y equipo de expertos o asesores de la
sociedad civil.
Los expertos, junto con los miembros de la dimensión de Liturgia y Arte sacro
del arzobispado, deberán:
Elaborar la ficha-machote del inventario-catalogación común a todos,
para que la recolección de datos y el vaciado de estos sea estandarizado.
Capacitar a los que tiene la tutela de los bienes, así como aquellos fieles
que colaborarán en el levantamiento de datos.
Supervisar la recolección de estos datos.
Facilitar los medios para la elaboración del catálogo.
Verificar y aprobar el catálogo.
Resguardar una de las copias.
Una vez realizado el inventario-catalogo, cada responsable podrá iniciar un
proceso de salvaguarda y mantenimiento del patrimonio a él confiado. Por otra parte,
el Obispo diocesano, junto con sus asesores, podrá entonces iniciar la búsqueda de un
inmueble idóneo para albergar el museo, así como la selección de piezas que podrían
llegar a formar parte de las exposiciones permanentes o temporales en función de su
plan de pastoral.
.
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Conclusiones.
Podemos afirmar categóricamente que la estandarización de la información en
cuanto a los inventarios, y catálogos, no sólo es conveniente, sino que es una exigencia
canónica en función de la protección de los bienes artísticos. Es un proceso complejo y
arduo, pero necesario e indispensable si cada Iglesia local desea proteger su
patrimonio.
Sería deseable que este proceso de elaboración de fichas para el inventario-
catalogación no sólo fueran estandarizadas para una diócesis, sino que los obispos de
un determinado país o conferencia episcopal, establecieran una ficha única para toda
esa zona, y así poder estandarizar la recolección de datos que permitirá una mejor
salvaguarda de los bienes eclesiásticos de esa zona.
Este proceso de estandarización u homogenización ya ha sido realizado con
éxito en diversos países y ha sido llevado con éxito tanto por la conferencia episcopal
italiana como por la española
En cuanto a la creación de un museo eclesiástico diocesano es un proyecto
deseable, pero exageradamente complejo con muchos puntos a considerar.
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Bibliografia
Código de Derecho Canónigo. (1983). Pamplona: EUNSA.
Comisión Pontificia para los bienes de la Iglesia. (2001). Carta circular sobre la
función pastoral de los museos eclesiásticos. Ciudad del Vaticano. Obtenido de
www.vatican.va
Concilio Vaticano II. (1979). Documentos del Vaticano II, costituciones, decretos,
declaraciones. Madrid: BAC.
DE VICENTE, J. (2006). El patrimonio eclesiástico. Los museos eclesiales: modos de
organización. Museo IX jornadas de Museología, (págs. 47 - 55). Madrid.
Lord, B., & Dexter, G. (1997). Manual de gestión de museos. (pág. 255). Barcelona:
Ariel.
Pontificia Commissione per i beni culturali della Chiesa. (1999). Lettera circolare
sulla necessita e urgenza dellínventariazione e catalogazione dei beni culturali.
Cittá del Vaticano. Obtenido de www.vatican.va
Seco , M., Andrés, O., & Ramos, G. (2000). Diccionario abreviado del español actual.
(pág. 1846). Barcelona: Aguilar.
Witker Barra, R. (s.f.). La museología digital y el museo mexicano. Herramientas
museológicas digitales, 1990–2008. Obtenido de http://www.scielo.org.mx/