Este documento establece el orden de provisión de cargos interinos y suplentes de maestros de jardines de infantes y escuelas primarias. Primero se considerará a maestros concursantes de los últimos 3 años con y sin puntaje de efectividad. Luego, maestros efectivos con formación en educación inicial especializados o con títulos afines, ordenados por antigüedad y puntaje docente. Finalmente, maestros sin concurso pero con formación específica en el área, también ordenados por antigüedad y mérito.