UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
MAPA CONCEPTUAL SOBRE LAS
EXCEPCIONES, CLASES Y EXTINCIÓN
BARQUISIMETO, JULIO DE 2021
AUTOR: Br. Álvaro M. Peraza V.
C.I: 29.742.509
Derecho Romano II
EXCEPCIONES
Godoy (2015)
Medio de defensa
Para evitar la acción
Del demandante
Sin contradecirlo
Clases
Dependiendo de su
origen
Civiles y pretorianas
Basadas en la equidad
Acciones de buena fe
Basadas en la
utilidad general
Rei judicatae
-Perpetua: invocada en cualquier tiempo
-Temporal: solo sirve para rechazar por cierto tiempo
-Personal: referida a determinada persona
Mecanismos de defensa
del demandado
Allanarse a la demanda
Negarla rotundamente
Reconocer las razones
alegadas por la actora
CLASES
Cardoz (2015)
Perentorias
Destruye totalmente la
acción del actor
Dilatorias
Paralizan temporalmente la
acción se presentan en cierto
momento y en ciertas
circunstancias.
Sirvieron al magistrado para mitigar el
rigorismo del derecho civil cuando sus
principios estuvieron en pugna con las
nuevas ideas de roma.
Importancia
1) La cosa juzgada;
2) La transacción;
3) La prescripción.
a) La incompetencia;
b) la falta de capacidad procesal o de
personería;
c) la litispendencia;
d) defecto legal;
e) arraigo
-Muerte del responsable del delito.
-Cumplimiento de la condena.
-Por amnistía.
-Indulto.
-Perdón del ofendido tratándose de delitos de acción
privada.
-Prescripción de la acción penal.
-Prescripción de la pena.
-Que al momento de hacer uso de esta facultad no
haya intervenido el juez de garantía.
-Que los hechos denunciados no fueren constitutivos
de delitos o de los mismos se concluya que se
encuentra extinguida la responsabilidad penal.
-Que esta determinación del MP sea aprobada por el
juez de garantía art: 106 CP Y 48
Numeral 3 del Código Orgánico Procesal P-
Extinción
Art. 339 C.P
REFERENCIAS
Cardoz, G. (2015). Derecho Romano II. Documento en línea. Disponible en:
https://pt.slideshare.net/LilinCardozGlory/cardoz-derecho-romano-ii
Godoy, C. (2015). Acciones y excepciones en el derecho romano. Documento en línea
disponible en: https://pt.slideshare.net/claudiagodoy1616/mapa-mixto-sobre-acciones-y-
excepciones-en-el-derecho-romano/2
https://es.slideshare.net/programasamigo/excepciones-al-principio-de-legalidad-procesal-
presentation
https://es.scribd.com/document/345160437/La-Extincion-de-La-Responsabilidad-Penal-3

Mapa conceptual excepciones

  • 1.
    UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICERECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO MAPA CONCEPTUAL SOBRE LAS EXCEPCIONES, CLASES Y EXTINCIÓN BARQUISIMETO, JULIO DE 2021 AUTOR: Br. Álvaro M. Peraza V. C.I: 29.742.509 Derecho Romano II
  • 2.
    EXCEPCIONES Godoy (2015) Medio dedefensa Para evitar la acción Del demandante Sin contradecirlo Clases Dependiendo de su origen Civiles y pretorianas Basadas en la equidad Acciones de buena fe Basadas en la utilidad general Rei judicatae -Perpetua: invocada en cualquier tiempo -Temporal: solo sirve para rechazar por cierto tiempo -Personal: referida a determinada persona Mecanismos de defensa del demandado Allanarse a la demanda Negarla rotundamente Reconocer las razones alegadas por la actora CLASES Cardoz (2015) Perentorias Destruye totalmente la acción del actor Dilatorias Paralizan temporalmente la acción se presentan en cierto momento y en ciertas circunstancias. Sirvieron al magistrado para mitigar el rigorismo del derecho civil cuando sus principios estuvieron en pugna con las nuevas ideas de roma. Importancia 1) La cosa juzgada; 2) La transacción; 3) La prescripción. a) La incompetencia; b) la falta de capacidad procesal o de personería; c) la litispendencia; d) defecto legal; e) arraigo -Muerte del responsable del delito. -Cumplimiento de la condena. -Por amnistía. -Indulto. -Perdón del ofendido tratándose de delitos de acción privada. -Prescripción de la acción penal. -Prescripción de la pena. -Que al momento de hacer uso de esta facultad no haya intervenido el juez de garantía. -Que los hechos denunciados no fueren constitutivos de delitos o de los mismos se concluya que se encuentra extinguida la responsabilidad penal. -Que esta determinación del MP sea aprobada por el juez de garantía art: 106 CP Y 48 Numeral 3 del Código Orgánico Procesal P- Extinción Art. 339 C.P
  • 3.
    REFERENCIAS Cardoz, G. (2015).Derecho Romano II. Documento en línea. Disponible en: https://pt.slideshare.net/LilinCardozGlory/cardoz-derecho-romano-ii Godoy, C. (2015). Acciones y excepciones en el derecho romano. Documento en línea disponible en: https://pt.slideshare.net/claudiagodoy1616/mapa-mixto-sobre-acciones-y- excepciones-en-el-derecho-romano/2 https://es.slideshare.net/programasamigo/excepciones-al-principio-de-legalidad-procesal- presentation https://es.scribd.com/document/345160437/La-Extincion-de-La-Responsabilidad-Penal-3