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OBSERVACIONES
MESICIC
Misión y atribuciones del Consejo de la Judicatura.
Observación
El Consejo de la Judicatura
“El Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración,
vigilancia y disciplina de la Función Judicial”
(Artículo 178 de la Constitución de la República del Ecuador )
Misión
“Proporcionar un servicio de administración de Justicia
eficaz, eficiente, efectivo, íntegro, oportuno, intercultural y
accesible, que contribuya a la paz social y a la seguridad
jurídica, afianzando la vigencia del Estado constitucional
de derechos y justicia”
Visión
“Consolidar al sistema de Justicia ecuatoriano como un
referente de calidad, confianza y valores, que promueva y
garantice el ejercicio de los derechos individuales y
colectivos”
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS
1) Asegurar la transparencia y la calidad en la prestación de los
servicios de justicia;
2) Promover el óptimo acceso a la justicia;
3) Impulsar la mejora permanente y modernización de los servicios;
4) Institucionalizar la meritocracia en el sistema de justicia; y,
5) Combatir la impunidad contribuyendo a mejorar la seguridad
ciudadana
PRINCIPALES FUNCIONES
SEGÚN EL ART. 181 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
NUMERAL 1 Y 5 SEÑALAN COMO FUNCIONES DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA:
1. Definir y ejecutar las políticas para el mejoramiento y modernización
del sistema judicial.
2. Conocer y aprobar la proforma presupuestaria de la Función Judicial,
con excepción de los órganos autónomos.
3. Dirigir los procesos de selección de jueces y de más servidores de la
Función Judicial, así como su evaluación, ascensos y sanción. Todos los
procesos serán públicos y las decisiones motivadas.
4. Administrar la carrera y la profesionalización judicial, y organizar y
gestionar escuelas de formación y capacitación judicial.
5. Velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial.
ORGANIZACIÓN DE LA FUNCIÓN JUDICIAL
Órganos Administrativos
Órganos Jurisdiccionales
Órganos Autónomos
Órganos Auxiliares
Órganos
Administrativos
1. Pleno del Consejo de la Judicatura
2. Presidencia
3. Secretaría General
4. Dirección General
5. Direcciones Nacionales
6. Direcciones Provinciales
Corte Nacional de Justicia
Cortes Provinciales
Tribunales y Unidades Judiciales
Jueces de Paz
Tribunales Distritales de lo
Contencioso Administrativo y
Tributario
Órganos Jurisdiccionales
Órganos
Autónomos
Órganos Auxiliares de
la Función Judicial
Notarios
Públicos
Depositarios
Judiciales
Síndicos
Liquidadores de
costas
Martilladores
- Medida sugerida a): establecer “(…) parámetros sobre cómo se llevarán a cabo los
concursos, incluyendo medidas para la divulgación de convocatorias y publicación de
requisitos de selección, de manera que pueda garantizarse que los concursos de méritos y
oposición se caractericen por los principios de legalidad, equidad, neutralidad, igualdad y
transparencia.”
- Medida sugerida b): “(…) establecer un mecanismo de impugnación a los procesos de
selección, accesible tanto para los funcionarios y empleados del Poder Judicial, como para
los candidatos externos.”
- Medida sugerida c): “(…) a los fines de eliminar la posibilidad de que se continúe
contratando funcionarios públicos sin pasar por concurso de merecimientos y oposición,
al amparo del rubro de necesidades urgentes del servicio.” (sic)
Recomendación 1.1.3: fortalecimiento de los sistemas
de contratación de los funcionarios de la Función
Judicial.
DEL INGRESO AL SERVICIO PÚBLICO
Reglamento a la Carrera Judicial Derogado a partir de la expedición del Código Orgánico
La Constitución de la República del Ecuador
El ingreso al servicio público, el ascenso y la promoción se realizan mediante concurso de
méritos y oposición, en la forma que determine la ley, con excepción de servidores públicos de
elección popular o de libre nombramiento y remoción, observando los criterios de igualdad,
equidad, probidad, oposición, méritos, publicidad, impugnación y participación ciudadana
El Código Orgánico de la Función judicial
Para la aplicación de lo previsto en la Constitución de la República del Ecuador, el Código
Orgánico de la Función Judicial define que el ingreso a las carreras de la Función Judicial se
realizan mediante concurso público de oposición y méritos, sujeto a procesos de impugnación,
control social y se propenderá a la paridad entre mujeres y hombres; a través de los
procedimientos establecidos en este Código.
Proveer mayor información sobre el Reglamento de Concursos de
Méritos y Oposición, Impugnación Ciudadana y Control Social para
el Ingreso a la Función Judicial, especialmente en lo relativo al
sistema de impugnación y de apelación en las distintas fases de los
concursos.
Observación
• En el marco del proceso de transparencia, todas las resoluciones emitidas por el
Pleno del Consejo de la Judicatura son publicadas en el Registro Oficial y en la
página web Institucional y son de conocimiento público.
• Con Resolución No. 107-2014 de 24 de junio de 2014, se expide el Reglamento de
concursos de méritos y oposición, impugnación ciudadana y control social para el
ingreso a la Función Judicial, para las carreras judicial jurisdiccional, servicio
notarial, fiscal, defensorial y administrativas; estableciendo las siguientes fases:
FASES DEL CONCURSO DE MERITOS Y OPOSICION
 Convocatoria.- Publicada en idiomas oficiales de relación intercultural, medio
escrito de mayor circulación nacional y en la página web del Consejo de la
Judicatura.
 Postulación.- Registro en plataforma.
 Impugnación ciudadana y control social.- Publicación de postulantes sujetos a
impugnación.
 Méritos.- Calificación de instrucción formal adicional, experiencia,
capacitación, entre otros.
 Oposición.- Aplicación de prueba teórica y práctica.
F
A
S
E
S
El Código Orgánico de la Función Judicial, en su Artículo 66 señala (…)La
impugnación podrá deducirse dentro del término que se señalará en cada caso, que
será no menor a tres ni mayor a ocho días a contarse desde que se haga público el
listado de elegibles, el plazo se fija dependiendo del número de postulantes.
La Resolución No. 107-2014 en el Artículo 37 define:
 Publicación del listado de los postulantes que participarán en el concurso,
para que cualquier persona pueda presentar impugnaciones respecto lo
siguiente:
1. Falta de cumplimiento de requisitos;
2. Falsedad en la información otorgada por la persona postulante; e,
3. Inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones establecidas en la Constitución o la ley
IMPUGNACION CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL
 Presentación de la impugnación
 Requisitos para presentar la impugnación
 Calificación de procedencia (2 días)
 Ejercicio del derecho a la defensa (3 días)
 Señalamiento de día y hora para la audiencia
 Intervención de las partes por separado (no mayor a 20
minutos cada una)
 Resolución (3 días)
 Notificación a las partes por correo electrónico
 Publicación en página web
PROCEDIMIENTO DE IMPUGNACION CIUDADANA Y
CONTROL SOCIAL
Los postulantes podrán solicitar la reconsideración o recalificación en cada
una de las fases del concurso (requisitos generales, méritos y oposición) en el
plazo que señale el respectivo instructivo a partir de la notificación realizada.
PROCEDIMIENTO
 Petición debidamente fundamentada a través del sistema informático
 Análisis del pedido
 Resolución
 Notificación de la resolución
En relación a los plazos establecidos, los mismos han sido determinados en
cada instructivo de acuerdo a la necesidad institucional.
La notificación y resultados se publican a través de la página web institucional
como mecanismo de transparencia.
RECONSIDERACIONES
Proveer mayor información sobre las razones por que los resultados
de la prueba psicológica no admiten reconsideración alguna (Art. 10,
último párrafo, del Reglamento de Concursos).
Observación
 El COFJ Art. 64 establece: “PRUEBAS PSICOLOGICAS.- Mediante las pruebas
psicológicas, se procurará establecer si el aspirante presenta o no cuadros
psicopatológicos, fobias, traumas, complejos, o cualquier alteración psicológica que le
impediría cumplir a cabalidad con las funciones inherentes al cargo a que aspira”.
 La Resolución No. 348-2014, reforma el artículo 36 del reglamento de concursos, el
postulante podrá elegir el psicólogo clínico evaluador, quien deberá cumplir con los
siguientes requisitos establecidos :
• Título profesional en psicología clínica registrado en la SENESCYT.
• Experiencia mínima de cinco (5) años en el ejercicio de la profesión.
A través del certificado que establece la valoración psicológica, se determina si el
postulante presenta o no psicopatologías; no es sujeto de reconsideración
considerando que es el postulante quien escoge el profesional para su valoración
psicológica. De confirmarse que la información es falsa, se aplicará lo establecido en el
numeral 9 del artículo 109 del Código Orgánico de la Función Judicial.
PRUEBA PSICOLOGICA
Aclarar si la normativa relativa a los concursos establece un plazo
mínimo para la publicación de la convocatoria o si la misma es
determinada en el instructivo de cada concurso (Art. 15 del
Reglamento de Concursos). De ser así, presentar información sobre
los plazos para postular en cada uno de los concursos realizados
desde la aprobación del Código Orgánico de la Función Judicial.
Observación
 El Pleno del Consejo de la Judicatura realiza la convocatoria a los
concursos públicos, en los medios de mayor circulación nacional, en la
página web del Consejo de la Judicatura; y, en el caso de que el Pleno
del Consejo de la Judicatura lo considere pertinente mediante un
enlace nacional de radio y televisión, como se lo realizó en el concurso
para la renovación parcial de la Corte Nacional de Justicia.
 Los postulantes interesados en participar en un concurso público de
méritos y oposición, impugnación ciudadana y control social, realizan su
registro en el plazo que se determine en el instructivo, tomando en
cuenta la especificidad de cada concurso, el número de cargos
convocados, los requisitos generales y específicos.
CONVOCATORIA
Número y porcentaje de funcionarios de la Función Judicial (Carrera Administrativa) vinculados
mediante procesos de selección meritoria.
Número y porcentaje de funcionarios públicos de la Función Judicial, vinculados en cargos de carrera
mediante nombramientos temporales o provisionales.
Número y porcentaje de funcionarios públicos de la Función Judicial y de la Fiscalía General del
Estado vinculados en cargos de carrera mediante nombramientos de excepción (si hubiere).
Número y porcentaje de funcionarios públicos de la Función Judicial y de la Fiscalía General del
Estado vinculados en cargos libre nombramiento.
Número y porcentaje de personas vinculadas a la Función Judicial mediante la utilización de
regímenes de prestación de servicios, tales como contratos administrativos de asesoría o
consultoría.
DETALLE DE FUNCIONARIOS ADMINISTRATIVOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA A NIVEL
NACIONAL (PROVINCIAL Y CANTONAL)
NÚMERO PORCENTAJE
NOMBRAMIENTOS PERMANENTES 1379 14%
NOMBRAMIENTOS DE SECRETARIOS CONCURSO 2014 767 8%
NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES 5724 58%
CONTRATOS SERVICIOS OCASIONALES 1545 16%
CONTRATOS CÓDIGO DE TRABAJO 322 3%
FUNCIONARIOS NIVEL JERARQUICO SUPERIOR
NOMBRAMIENTO
77 1%
TOTAL FUNCIONARIOS ADMINISTRATIVOS DEL CONSEJO DE
LA JUDICATURA 9814 100%
SERVIDORES ADMINISTRATIVOS
Las solicitudes de reconsideración y recalificación presentadas por los postulantes
son resueltas en el tiempo establecido de acuerdo al cronograma aprobado por la
Dirección General.
Número y porcentaje de recursos de apelación promovidos en contra de resoluciones
dictadas en los procesos de reclutamiento y el estado procesal de los mismos.
DETALLE DE SOLICITUDES DE RECONSIDERACION Y RECALIFICACION PRESENTADAS EN LOS DIFERENTES
CONCURSOS
CONCURSO
FASES
REQUISITOS GENERALES MERITOS OPOSICION
CARRERA
JUDICIAL
JURISDICCIONAL
PRESENTADAS ACEPTADAS PRESENTADAS ACEPTADAS
TEÓRICA -
PRESENTADAS
(En cantidad de
preguntas)
TEÓRICA -
ACEPTADAS(En
cantidad de
preguntas)
PRÁCTICA -
PRESENTADAS (En
cantidad de casos)
PRÁCTICA - ACEPTADAS
(En cantidad de casos)
564 27 1832 379 2547 255 1889 148
SERVICIO
NOTARIAL
PRESENTADAS ACEPTADAS PRESENTADAS ACEPTADAS
TEÓRICA -
PRESENTADAS
(En cantidad de
preguntas)
TEÓRICA -
ACEPTADAS(En
cantidad de
preguntas)
PRÁCTICA -
PRESENTADAS (En
cantidad de casos)
PRÁCTICA - ACEPTADAS
(En cantidad de casos)
820 137 492 54 1748 230 2339 226
RENOVACION
PARCIAL DE LA
CORTE NACIONAL
DE JUSTICIA
PRESENTADAS ACEPTADAS PRESENTADAS ACEPTADAS
TEÓRICA -
PRESENTADAS
(En cantidad de
preguntas)
TEÓRICA -
ACEPTADAS(En
cantidad de
preguntas)
PRÁCTICA -
PRESENTADAS (En
cantidad de casos)
PRÁCTICA - ACEPTADAS
(En cantidad de casos)
- - 396 5 383 125 263 13
CARRERA FISCAL
PRESENTADAS ACEPTADAS PRESENTADAS ACEPTADAS
TEÓRICA -
PRESENTADAS
(En cantidad de
preguntas)
TEÓRICA -
ACEPTADAS(En
cantidad de
preguntas)
PRÁCTICA -
PRESENTADAS (En
cantidad de casos)
PRÁCTICA - ACEPTADAS
(En cantidad de casos)
605 17 - - 2506 429 1352 905
SECRETARIOS
2014
PRESENTADAS ACEPTADAS PRESENTADAS ACEPTADAS
TEÓRICA -
PRESENTADAS
(En cantidad de
preguntas)
TEÓRICA -
ACEPTADAS(En
cantidad de
preguntas)
PRÁCTICA -
PRESENTADAS (En
cantidad de casos)
PRÁCTICA - ACEPTADAS
(En cantidad de casos)
220 42 265 N/I 2597 163
753 154
CARRERA
DEFENSORIAL
PRESENTADAS ACEPTADAS PRESENTADAS ACEPTADAS
TEÓRICA -
PRESENTADAS
(En cantidad de
preguntas)
TEÓRICA -
ACEPTADAS(En
cantidad de
preguntas)
PRÁCTICA -
PRESENTADAS (En
cantidad de casos)
PRÁCTICA - ACEPTADAS
(En cantidad de casos)
254 144 2374 231 5482 358 5543 912
Número y porcentaje de recursos de impugnación ciudadana en contra de candidatos en los
procesos de reclutamiento, el estado procesal de los mismos y/o sus resultados.
CONCURSO IMPUGNADOS
IMPUGNACIONES
ACEPTADAS
CARRERA JUDICIAL JURIDICCIONAL 1 0
SERVICIO NOTARIAL 2014 1 0
RENOVACIÓN PARCIAL DE LA
CORTE NACIONAL DE JUSTICIA 2 1
CARRERA FISCAL 2014 0 0
SECRETARIOS 2014 3 0
CARRERA DEFENSORIAL 2 0
PERFIL VERIFICADOR DE REQUISITOS
GENERALES FASE MERITOS
• El Técnico de la Dirección de Talento Humano realiza la
verificación de requisitos generales y la calificación de méritos
quien cumple con el siguiente perfil:
Fin de la primera parte
Administración de Talento Humano
CARGO
NIVEL DE
INSTRUCCIÓN
AREA DE CONOCIMIENTO
TIEMPO DE
EXPERIENCIA
ESPECIFICIDAD DE LA
EXPERIENCIA
TEMATICA DE
CAPACITACION
Técnico de
Administración de
Talento Humano
Sexto Semestre /
Tercer año.
Psicología Industrial, Psicología
Organizacional, Administración
de Empresas, Administración
Pública, Comercial, Talento
Humano, Derecho, Gestión
Empresarial, Finanzas y áreas
afines.
2 años
Procesos de
Administración
y Talento Humano.
Gestión de Talento Humano,
Manejo de Paquetes
Informáticos, Normativa Legal
Vigente.
Recabar información adicional sobre los procesos de inducción en el
Consejo de la Judicatura. Aclarar si existen procedimientos formales
de inducción o si los mismos se realizan apenas verbalmente y, en
este caso, si queda constancia de ello y en dónde. Indicar quienes o
que áreas son los responsables por los procesos de inducción en
cada una de las tres instituciones seleccionadas.
Observación
INDUCCIÓN DE PERSONAL
El Consejo de la Judicatura cuenta con un
procedimiento formal para generar inducción al
personal nuevo de la institución, el mismo que se
encuentra a cargo de la Dirección Nacional de
Talento Humano, para lo cual se aplica el
Protocolo* que regula los procesos de inducción
General y Específica.
El ámbito de aplicación de este protocolo es para el
personal jurisdiccional y administrativo del Consejo
de la Judicatura a nivel nacional .
* Aprobado por la Dirección General mediante Memorando CJ-DG-2015-6491
El porcentaje mínimo para aprobar la inducción es del 70%, caso contrario debe rendir la evaluación nuevamente, hasta superarla.
CONVOCATORIA INDUCCION PRESENCIAL DESCARGA DEL VIDEO EVALUACIÓN VIRTUAL EMISION DE CERTIFICADO
* Consolidar base de
personal nuevo.
* Remitir convocatoria vía
mail.
* Confirmar presencia vía
telefónica.
* Descripción estructura
institucional, misión, visión,
objetivos estratégicos,
autoridades, deberes,
derecho y prohibiciones,
Código de Ética, entre otros.
* Se realiza en las salas de
capacitación del Consejo de
la Judicatura a nivel
nacional.
* Acceder a la intranet
institucional y descargar el
video de inducción.
* Revisar el video (es
necesario para realizar la
evaluación).
* Se remite link de la
evaluación al mail de los
nuevos servidores.
* Acceden a la evaluación
en línea
* Se genera una base
automática de los
servidores que han
realizado la evaluación.
* Se genera el certificado.
* Se remite al expediente
del servidor.
PROCESO DE INDUCCION GENERAL
Se refiere a todos los lineamientos generales de la institución.
PROCESO DE INDUCCION ESPECÍFICA
Describe todas las actividades y conocimientos propios del cargo.
FORMATO DE INDUCCIÓN REALIZAR INDUCCIÓN CALIFICAR INDUCCIÓN IMPRIMIR FORMATO ARCHIVO
* Descargar formato de
Inducción Específica de la
intranet institucional o
solicitar a Talento Humano
y Responsables de Unidad
en provincias.
* El Jefe Inmediato realiza la
inducción al nuevo servidor.
* Se realiza la explicación de
las actividades propias del
cargo.
* Se describen los
conocimientos que requiere
el puesto.
* Se puntúan los aspectos
de inducción inherentes a
las actividades y
conocimientos del cargo
en función del grado de
asimilación del
conocimiento.
* Si el puntaje es superior
al 70% aprueba.
* Si obtiene el puntaje
mínimo se imprime el
formato y se registran las
firmas tanto del Jefe
Inmediato como del
servidor inducido (Un
ejemplar para cada uno)
* Una copia se remite al
archivo de TTHH para
añadirlo al file del servidor.
RESPONSABLES
1. Jefe y Analistas de la Unidad de
Capacitación de la Dirección Nacional de
Talento Humano (Planta Central);
2. Responsables de Talento Humano
(Provincias)
INDUCCIÓN GENERAL INDUCCIÓN ESPECÍFICA
1. Jefes inmediatos de los nuevos servidores
(para Planta Central y provincias).
NOMBRE DEL SERVIDOR
NOMBRE DEL CARGO
GRUPO OCUPACIONAL
DIRECCIÓN / UNIDAD ALA
QUE PERTENECE
PROVINCIA:
NOMBRE DEL JEFE
INMEDIATO
CARGO:
FECHADE INGRESO
TIPO DE CONTRATO:
Nombramiento Definitivo
Nombramiento Provisional
Servicios Ocasionales
Otro: No aplica
Reinducción.
Equipo de cómputo (laptop OK
Escritorio OK
Silla OK
Teléfono IP OK
Otra (indique): OK
DATOS BÁSICOS
JUANCARLOS GAONA LOPEZ
ANALISTA DE TALENTO HUMANO
ANALISTA 2
FECHA DE FINALIZACIÓNDE LA INDUCCIÓN
ESPECÍFICA
2015-10-20
2015-10-21
FECHA DE INICIO DE LA INDUCCIÓN
ESPECÍFICA
DATOS GENERALES PARADE LAINDUCCIÓN YENTRENAMIENTO
FECHAS DE EJECUCIÓN
MARIA FERNANDA GOMEZALAVA
RESPONSABLE DE
TALENTO HUMANO
UNIDAD DE TALENTO HUMANO PICHINCHA
Inducciónpor ingreso delpersonalnuevo.
c) Otra, indique:
Reinducciónde personal.
Herramientas de trabajo: El servidor ha recibido…
a) Por traslado o ascenso
b) Por nuevas funciones a sucargo o
cambio de funciones enelmismo
Materialde oficina
VERSIÓN No.1
Actualización:2015-10-15
03/02/2105
FORMATO DE INDUCCIÓN ESPECÍFICA
Motivación: de acuerdo con la situación seleccione la justificación que da origen a la inducción del personal. Por favor indique la situación…
HERRAMIENTAS TECNOLÓGICAS
Para realizar el proceso de inducción
general virtual, el servidor debe ver el
video institucional y luego acceder a la
evaluación digital a través del formulario
electrónico, automáticamente se genera
un registro de las personas que han
completado el proceso de inducción, lo
cual es útil para mantener un
seguimiento y control adecuado del
proceso.

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  • 2. Misión y atribuciones del Consejo de la Judicatura. Observación
  • 3. El Consejo de la Judicatura “El Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial” (Artículo 178 de la Constitución de la República del Ecuador )
  • 4. Misión “Proporcionar un servicio de administración de Justicia eficaz, eficiente, efectivo, íntegro, oportuno, intercultural y accesible, que contribuya a la paz social y a la seguridad jurídica, afianzando la vigencia del Estado constitucional de derechos y justicia” Visión “Consolidar al sistema de Justicia ecuatoriano como un referente de calidad, confianza y valores, que promueva y garantice el ejercicio de los derechos individuales y colectivos”
  • 5. OBJETIVOS ESTRATÉGICOS 1) Asegurar la transparencia y la calidad en la prestación de los servicios de justicia; 2) Promover el óptimo acceso a la justicia; 3) Impulsar la mejora permanente y modernización de los servicios; 4) Institucionalizar la meritocracia en el sistema de justicia; y, 5) Combatir la impunidad contribuyendo a mejorar la seguridad ciudadana
  • 6. PRINCIPALES FUNCIONES SEGÚN EL ART. 181 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR NUMERAL 1 Y 5 SEÑALAN COMO FUNCIONES DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA: 1. Definir y ejecutar las políticas para el mejoramiento y modernización del sistema judicial. 2. Conocer y aprobar la proforma presupuestaria de la Función Judicial, con excepción de los órganos autónomos. 3. Dirigir los procesos de selección de jueces y de más servidores de la Función Judicial, así como su evaluación, ascensos y sanción. Todos los procesos serán públicos y las decisiones motivadas. 4. Administrar la carrera y la profesionalización judicial, y organizar y gestionar escuelas de formación y capacitación judicial. 5. Velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial.
  • 7. ORGANIZACIÓN DE LA FUNCIÓN JUDICIAL Órganos Administrativos Órganos Jurisdiccionales Órganos Autónomos Órganos Auxiliares
  • 8. Órganos Administrativos 1. Pleno del Consejo de la Judicatura 2. Presidencia 3. Secretaría General 4. Dirección General 5. Direcciones Nacionales 6. Direcciones Provinciales
  • 9. Corte Nacional de Justicia Cortes Provinciales Tribunales y Unidades Judiciales Jueces de Paz Tribunales Distritales de lo Contencioso Administrativo y Tributario Órganos Jurisdiccionales
  • 11. Órganos Auxiliares de la Función Judicial Notarios Públicos Depositarios Judiciales Síndicos Liquidadores de costas Martilladores
  • 12. - Medida sugerida a): establecer “(…) parámetros sobre cómo se llevarán a cabo los concursos, incluyendo medidas para la divulgación de convocatorias y publicación de requisitos de selección, de manera que pueda garantizarse que los concursos de méritos y oposición se caractericen por los principios de legalidad, equidad, neutralidad, igualdad y transparencia.” - Medida sugerida b): “(…) establecer un mecanismo de impugnación a los procesos de selección, accesible tanto para los funcionarios y empleados del Poder Judicial, como para los candidatos externos.” - Medida sugerida c): “(…) a los fines de eliminar la posibilidad de que se continúe contratando funcionarios públicos sin pasar por concurso de merecimientos y oposición, al amparo del rubro de necesidades urgentes del servicio.” (sic) Recomendación 1.1.3: fortalecimiento de los sistemas de contratación de los funcionarios de la Función Judicial.
  • 13. DEL INGRESO AL SERVICIO PÚBLICO Reglamento a la Carrera Judicial Derogado a partir de la expedición del Código Orgánico La Constitución de la República del Ecuador El ingreso al servicio público, el ascenso y la promoción se realizan mediante concurso de méritos y oposición, en la forma que determine la ley, con excepción de servidores públicos de elección popular o de libre nombramiento y remoción, observando los criterios de igualdad, equidad, probidad, oposición, méritos, publicidad, impugnación y participación ciudadana El Código Orgánico de la Función judicial Para la aplicación de lo previsto en la Constitución de la República del Ecuador, el Código Orgánico de la Función Judicial define que el ingreso a las carreras de la Función Judicial se realizan mediante concurso público de oposición y méritos, sujeto a procesos de impugnación, control social y se propenderá a la paridad entre mujeres y hombres; a través de los procedimientos establecidos en este Código.
  • 14. Proveer mayor información sobre el Reglamento de Concursos de Méritos y Oposición, Impugnación Ciudadana y Control Social para el Ingreso a la Función Judicial, especialmente en lo relativo al sistema de impugnación y de apelación en las distintas fases de los concursos. Observación
  • 15. • En el marco del proceso de transparencia, todas las resoluciones emitidas por el Pleno del Consejo de la Judicatura son publicadas en el Registro Oficial y en la página web Institucional y son de conocimiento público. • Con Resolución No. 107-2014 de 24 de junio de 2014, se expide el Reglamento de concursos de méritos y oposición, impugnación ciudadana y control social para el ingreso a la Función Judicial, para las carreras judicial jurisdiccional, servicio notarial, fiscal, defensorial y administrativas; estableciendo las siguientes fases: FASES DEL CONCURSO DE MERITOS Y OPOSICION  Convocatoria.- Publicada en idiomas oficiales de relación intercultural, medio escrito de mayor circulación nacional y en la página web del Consejo de la Judicatura.  Postulación.- Registro en plataforma.  Impugnación ciudadana y control social.- Publicación de postulantes sujetos a impugnación.  Méritos.- Calificación de instrucción formal adicional, experiencia, capacitación, entre otros.  Oposición.- Aplicación de prueba teórica y práctica. F A S E S
  • 16. El Código Orgánico de la Función Judicial, en su Artículo 66 señala (…)La impugnación podrá deducirse dentro del término que se señalará en cada caso, que será no menor a tres ni mayor a ocho días a contarse desde que se haga público el listado de elegibles, el plazo se fija dependiendo del número de postulantes. La Resolución No. 107-2014 en el Artículo 37 define:  Publicación del listado de los postulantes que participarán en el concurso, para que cualquier persona pueda presentar impugnaciones respecto lo siguiente: 1. Falta de cumplimiento de requisitos; 2. Falsedad en la información otorgada por la persona postulante; e, 3. Inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones establecidas en la Constitución o la ley IMPUGNACION CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL
  • 17.  Presentación de la impugnación  Requisitos para presentar la impugnación  Calificación de procedencia (2 días)  Ejercicio del derecho a la defensa (3 días)  Señalamiento de día y hora para la audiencia  Intervención de las partes por separado (no mayor a 20 minutos cada una)  Resolución (3 días)  Notificación a las partes por correo electrónico  Publicación en página web PROCEDIMIENTO DE IMPUGNACION CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL
  • 18. Los postulantes podrán solicitar la reconsideración o recalificación en cada una de las fases del concurso (requisitos generales, méritos y oposición) en el plazo que señale el respectivo instructivo a partir de la notificación realizada. PROCEDIMIENTO  Petición debidamente fundamentada a través del sistema informático  Análisis del pedido  Resolución  Notificación de la resolución En relación a los plazos establecidos, los mismos han sido determinados en cada instructivo de acuerdo a la necesidad institucional. La notificación y resultados se publican a través de la página web institucional como mecanismo de transparencia. RECONSIDERACIONES
  • 19. Proveer mayor información sobre las razones por que los resultados de la prueba psicológica no admiten reconsideración alguna (Art. 10, último párrafo, del Reglamento de Concursos). Observación
  • 20.  El COFJ Art. 64 establece: “PRUEBAS PSICOLOGICAS.- Mediante las pruebas psicológicas, se procurará establecer si el aspirante presenta o no cuadros psicopatológicos, fobias, traumas, complejos, o cualquier alteración psicológica que le impediría cumplir a cabalidad con las funciones inherentes al cargo a que aspira”.  La Resolución No. 348-2014, reforma el artículo 36 del reglamento de concursos, el postulante podrá elegir el psicólogo clínico evaluador, quien deberá cumplir con los siguientes requisitos establecidos : • Título profesional en psicología clínica registrado en la SENESCYT. • Experiencia mínima de cinco (5) años en el ejercicio de la profesión. A través del certificado que establece la valoración psicológica, se determina si el postulante presenta o no psicopatologías; no es sujeto de reconsideración considerando que es el postulante quien escoge el profesional para su valoración psicológica. De confirmarse que la información es falsa, se aplicará lo establecido en el numeral 9 del artículo 109 del Código Orgánico de la Función Judicial. PRUEBA PSICOLOGICA
  • 21. Aclarar si la normativa relativa a los concursos establece un plazo mínimo para la publicación de la convocatoria o si la misma es determinada en el instructivo de cada concurso (Art. 15 del Reglamento de Concursos). De ser así, presentar información sobre los plazos para postular en cada uno de los concursos realizados desde la aprobación del Código Orgánico de la Función Judicial. Observación
  • 22.  El Pleno del Consejo de la Judicatura realiza la convocatoria a los concursos públicos, en los medios de mayor circulación nacional, en la página web del Consejo de la Judicatura; y, en el caso de que el Pleno del Consejo de la Judicatura lo considere pertinente mediante un enlace nacional de radio y televisión, como se lo realizó en el concurso para la renovación parcial de la Corte Nacional de Justicia.  Los postulantes interesados en participar en un concurso público de méritos y oposición, impugnación ciudadana y control social, realizan su registro en el plazo que se determine en el instructivo, tomando en cuenta la especificidad de cada concurso, el número de cargos convocados, los requisitos generales y específicos. CONVOCATORIA
  • 23. Número y porcentaje de funcionarios de la Función Judicial (Carrera Administrativa) vinculados mediante procesos de selección meritoria. Número y porcentaje de funcionarios públicos de la Función Judicial, vinculados en cargos de carrera mediante nombramientos temporales o provisionales. Número y porcentaje de funcionarios públicos de la Función Judicial y de la Fiscalía General del Estado vinculados en cargos de carrera mediante nombramientos de excepción (si hubiere). Número y porcentaje de funcionarios públicos de la Función Judicial y de la Fiscalía General del Estado vinculados en cargos libre nombramiento. Número y porcentaje de personas vinculadas a la Función Judicial mediante la utilización de regímenes de prestación de servicios, tales como contratos administrativos de asesoría o consultoría.
  • 24. DETALLE DE FUNCIONARIOS ADMINISTRATIVOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA A NIVEL NACIONAL (PROVINCIAL Y CANTONAL) NÚMERO PORCENTAJE NOMBRAMIENTOS PERMANENTES 1379 14% NOMBRAMIENTOS DE SECRETARIOS CONCURSO 2014 767 8% NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES 5724 58% CONTRATOS SERVICIOS OCASIONALES 1545 16% CONTRATOS CÓDIGO DE TRABAJO 322 3% FUNCIONARIOS NIVEL JERARQUICO SUPERIOR NOMBRAMIENTO 77 1% TOTAL FUNCIONARIOS ADMINISTRATIVOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA 9814 100% SERVIDORES ADMINISTRATIVOS
  • 25. Las solicitudes de reconsideración y recalificación presentadas por los postulantes son resueltas en el tiempo establecido de acuerdo al cronograma aprobado por la Dirección General. Número y porcentaje de recursos de apelación promovidos en contra de resoluciones dictadas en los procesos de reclutamiento y el estado procesal de los mismos.
  • 26. DETALLE DE SOLICITUDES DE RECONSIDERACION Y RECALIFICACION PRESENTADAS EN LOS DIFERENTES CONCURSOS CONCURSO FASES REQUISITOS GENERALES MERITOS OPOSICION CARRERA JUDICIAL JURISDICCIONAL PRESENTADAS ACEPTADAS PRESENTADAS ACEPTADAS TEÓRICA - PRESENTADAS (En cantidad de preguntas) TEÓRICA - ACEPTADAS(En cantidad de preguntas) PRÁCTICA - PRESENTADAS (En cantidad de casos) PRÁCTICA - ACEPTADAS (En cantidad de casos) 564 27 1832 379 2547 255 1889 148 SERVICIO NOTARIAL PRESENTADAS ACEPTADAS PRESENTADAS ACEPTADAS TEÓRICA - PRESENTADAS (En cantidad de preguntas) TEÓRICA - ACEPTADAS(En cantidad de preguntas) PRÁCTICA - PRESENTADAS (En cantidad de casos) PRÁCTICA - ACEPTADAS (En cantidad de casos) 820 137 492 54 1748 230 2339 226 RENOVACION PARCIAL DE LA CORTE NACIONAL DE JUSTICIA PRESENTADAS ACEPTADAS PRESENTADAS ACEPTADAS TEÓRICA - PRESENTADAS (En cantidad de preguntas) TEÓRICA - ACEPTADAS(En cantidad de preguntas) PRÁCTICA - PRESENTADAS (En cantidad de casos) PRÁCTICA - ACEPTADAS (En cantidad de casos) - - 396 5 383 125 263 13 CARRERA FISCAL PRESENTADAS ACEPTADAS PRESENTADAS ACEPTADAS TEÓRICA - PRESENTADAS (En cantidad de preguntas) TEÓRICA - ACEPTADAS(En cantidad de preguntas) PRÁCTICA - PRESENTADAS (En cantidad de casos) PRÁCTICA - ACEPTADAS (En cantidad de casos) 605 17 - - 2506 429 1352 905 SECRETARIOS 2014 PRESENTADAS ACEPTADAS PRESENTADAS ACEPTADAS TEÓRICA - PRESENTADAS (En cantidad de preguntas) TEÓRICA - ACEPTADAS(En cantidad de preguntas) PRÁCTICA - PRESENTADAS (En cantidad de casos) PRÁCTICA - ACEPTADAS (En cantidad de casos) 220 42 265 N/I 2597 163 753 154 CARRERA DEFENSORIAL PRESENTADAS ACEPTADAS PRESENTADAS ACEPTADAS TEÓRICA - PRESENTADAS (En cantidad de preguntas) TEÓRICA - ACEPTADAS(En cantidad de preguntas) PRÁCTICA - PRESENTADAS (En cantidad de casos) PRÁCTICA - ACEPTADAS (En cantidad de casos) 254 144 2374 231 5482 358 5543 912
  • 27. Número y porcentaje de recursos de impugnación ciudadana en contra de candidatos en los procesos de reclutamiento, el estado procesal de los mismos y/o sus resultados. CONCURSO IMPUGNADOS IMPUGNACIONES ACEPTADAS CARRERA JUDICIAL JURIDICCIONAL 1 0 SERVICIO NOTARIAL 2014 1 0 RENOVACIÓN PARCIAL DE LA CORTE NACIONAL DE JUSTICIA 2 1 CARRERA FISCAL 2014 0 0 SECRETARIOS 2014 3 0 CARRERA DEFENSORIAL 2 0
  • 28. PERFIL VERIFICADOR DE REQUISITOS GENERALES FASE MERITOS • El Técnico de la Dirección de Talento Humano realiza la verificación de requisitos generales y la calificación de méritos quien cumple con el siguiente perfil: Fin de la primera parte Administración de Talento Humano CARGO NIVEL DE INSTRUCCIÓN AREA DE CONOCIMIENTO TIEMPO DE EXPERIENCIA ESPECIFICIDAD DE LA EXPERIENCIA TEMATICA DE CAPACITACION Técnico de Administración de Talento Humano Sexto Semestre / Tercer año. Psicología Industrial, Psicología Organizacional, Administración de Empresas, Administración Pública, Comercial, Talento Humano, Derecho, Gestión Empresarial, Finanzas y áreas afines. 2 años Procesos de Administración y Talento Humano. Gestión de Talento Humano, Manejo de Paquetes Informáticos, Normativa Legal Vigente.
  • 29. Recabar información adicional sobre los procesos de inducción en el Consejo de la Judicatura. Aclarar si existen procedimientos formales de inducción o si los mismos se realizan apenas verbalmente y, en este caso, si queda constancia de ello y en dónde. Indicar quienes o que áreas son los responsables por los procesos de inducción en cada una de las tres instituciones seleccionadas. Observación
  • 30. INDUCCIÓN DE PERSONAL El Consejo de la Judicatura cuenta con un procedimiento formal para generar inducción al personal nuevo de la institución, el mismo que se encuentra a cargo de la Dirección Nacional de Talento Humano, para lo cual se aplica el Protocolo* que regula los procesos de inducción General y Específica. El ámbito de aplicación de este protocolo es para el personal jurisdiccional y administrativo del Consejo de la Judicatura a nivel nacional . * Aprobado por la Dirección General mediante Memorando CJ-DG-2015-6491
  • 31. El porcentaje mínimo para aprobar la inducción es del 70%, caso contrario debe rendir la evaluación nuevamente, hasta superarla. CONVOCATORIA INDUCCION PRESENCIAL DESCARGA DEL VIDEO EVALUACIÓN VIRTUAL EMISION DE CERTIFICADO * Consolidar base de personal nuevo. * Remitir convocatoria vía mail. * Confirmar presencia vía telefónica. * Descripción estructura institucional, misión, visión, objetivos estratégicos, autoridades, deberes, derecho y prohibiciones, Código de Ética, entre otros. * Se realiza en las salas de capacitación del Consejo de la Judicatura a nivel nacional. * Acceder a la intranet institucional y descargar el video de inducción. * Revisar el video (es necesario para realizar la evaluación). * Se remite link de la evaluación al mail de los nuevos servidores. * Acceden a la evaluación en línea * Se genera una base automática de los servidores que han realizado la evaluación. * Se genera el certificado. * Se remite al expediente del servidor. PROCESO DE INDUCCION GENERAL Se refiere a todos los lineamientos generales de la institución.
  • 32. PROCESO DE INDUCCION ESPECÍFICA Describe todas las actividades y conocimientos propios del cargo. FORMATO DE INDUCCIÓN REALIZAR INDUCCIÓN CALIFICAR INDUCCIÓN IMPRIMIR FORMATO ARCHIVO * Descargar formato de Inducción Específica de la intranet institucional o solicitar a Talento Humano y Responsables de Unidad en provincias. * El Jefe Inmediato realiza la inducción al nuevo servidor. * Se realiza la explicación de las actividades propias del cargo. * Se describen los conocimientos que requiere el puesto. * Se puntúan los aspectos de inducción inherentes a las actividades y conocimientos del cargo en función del grado de asimilación del conocimiento. * Si el puntaje es superior al 70% aprueba. * Si obtiene el puntaje mínimo se imprime el formato y se registran las firmas tanto del Jefe Inmediato como del servidor inducido (Un ejemplar para cada uno) * Una copia se remite al archivo de TTHH para añadirlo al file del servidor.
  • 33. RESPONSABLES 1. Jefe y Analistas de la Unidad de Capacitación de la Dirección Nacional de Talento Humano (Planta Central); 2. Responsables de Talento Humano (Provincias) INDUCCIÓN GENERAL INDUCCIÓN ESPECÍFICA 1. Jefes inmediatos de los nuevos servidores (para Planta Central y provincias). NOMBRE DEL SERVIDOR NOMBRE DEL CARGO GRUPO OCUPACIONAL DIRECCIÓN / UNIDAD ALA QUE PERTENECE PROVINCIA: NOMBRE DEL JEFE INMEDIATO CARGO: FECHADE INGRESO TIPO DE CONTRATO: Nombramiento Definitivo Nombramiento Provisional Servicios Ocasionales Otro: No aplica Reinducción. Equipo de cómputo (laptop OK Escritorio OK Silla OK Teléfono IP OK Otra (indique): OK DATOS BÁSICOS JUANCARLOS GAONA LOPEZ ANALISTA DE TALENTO HUMANO ANALISTA 2 FECHA DE FINALIZACIÓNDE LA INDUCCIÓN ESPECÍFICA 2015-10-20 2015-10-21 FECHA DE INICIO DE LA INDUCCIÓN ESPECÍFICA DATOS GENERALES PARADE LAINDUCCIÓN YENTRENAMIENTO FECHAS DE EJECUCIÓN MARIA FERNANDA GOMEZALAVA RESPONSABLE DE TALENTO HUMANO UNIDAD DE TALENTO HUMANO PICHINCHA Inducciónpor ingreso delpersonalnuevo. c) Otra, indique: Reinducciónde personal. Herramientas de trabajo: El servidor ha recibido… a) Por traslado o ascenso b) Por nuevas funciones a sucargo o cambio de funciones enelmismo Materialde oficina VERSIÓN No.1 Actualización:2015-10-15 03/02/2105 FORMATO DE INDUCCIÓN ESPECÍFICA Motivación: de acuerdo con la situación seleccione la justificación que da origen a la inducción del personal. Por favor indique la situación…
  • 34. HERRAMIENTAS TECNOLÓGICAS Para realizar el proceso de inducción general virtual, el servidor debe ver el video institucional y luego acceder a la evaluación digital a través del formulario electrónico, automáticamente se genera un registro de las personas que han completado el proceso de inducción, lo cual es útil para mantener un seguimiento y control adecuado del proceso.

Notas del editor

  1. En esta diapositiva esta cada uno de los órganos de la función judicial con hipervínculo.
  2. En esta diapositiva esta cada uno de los órganos de la función judicial con hipervínculo.
  3. Carreras de la Función Judicial: carrera judicial jurisdiccional; carrera judicial administrativa; carrera fiscal y fiscal administrativa; carrera defensorial y defensorial administrativa.
  4. COSNTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA Art. 2.- (…) El castellano es el idioma oficial del Ecuador; el castellano, el kichwa y el shuar son idiomas oficiales de relación intercultural.
  5. Toda impugnación será formulada por escrito ante el Director Nacional de Talento Humano o sus delegados de conformidad con el instructivo de cada concurso, y contendrá al menos los siguientes requisitos: Datos personales del impugnante; Nombres y apellidos de la persona impugnada; Fundamentación de hecho y de derecho que sustente la impugnación en forma clara y precisa; Documentos probatorios debidamente certificados o avalados por autoridad competente; Determinación del lugar y/o correo electrónico para notificaciones; y, Firma de la persona impugnante. La Institución, en el plazo máximo de dos (2) días, calificará la procedencia de la impugnación y de ser aceptada la admitirá a trámite, caso contrario la desestimará. De ser admitida la impugnación, vía correo electrónico será traslada a la persona impugnada, para que ejerza su derecho a la defensa, en el término máximo de tres (3) días. Fenecido el plazo para contestar la impugnación, el responsable señalará día y hora para que tenga lugar la audiencia. Dentro de la audiencia, las partes intervendrán por separado y sin la presencia de la contraparte, durante un tiempo no mayor a veinte (20) minutos, cada una. La Institución resolverá lo que corresponda, dentro del plazo máximo de tres (3) días. De esta resolución no cabe la interposición de recurso alguno. La Institución notificará inmediatamente a las personas postulantes, a través del sistema informático y de la página web de la Función Judicial.
  6. En méritos, podrán presentar de manera fundamentada, a través del sistema informático, una petición de recalificación, se resolverá en base a los documentos cargados en el sistema informático y sobre los puntos respecto de los cuales se solicitó la recalificación. En pruebas, podrán presentar su solicitud motivada de recalificación del puntaje obtenido en esta fase, de conformidad al instructivo de cada concurso.
  7. COFJ. Art. 109.- INFRACCIONES GRAVISIMAS.- A la servidora o al servidor de la Función Judicial se le impondrá sanción de destitución, por las siguientes infracciones disciplinarias: Numeral 9.- Proporcionar información falsa o utilizar documentos falsos para la selección, concurso de oposición y méritos e inscripción de su nombramiento;