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El documento habla sobre los objetos del derecho. Los objetos del derecho son todo aquello que puede recibir protección jurídica como resultado de los derechos y deberes de un individuo, como una compraventa, un contrato de servicio, un alquiler o un contrato de energía. El documento luego clasifica los objetos del derecho como corporales o incorporales, muebles o inmuebles, divisibles o indivisibles, consumibles o no consumibles, bienes fuera o dentro del comercio, principales o accesorios.
