1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...
Objeto de derecho mapa mental
1. República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria
Universidad “ Fermín Toro”
Escuela de Derecho
Barquisimeto , Edo. Lara
Alumno:
Yotsul D. Guerrero B.
CI: 26.750.476
Sección: Saia A, 2018-B
Objeto de derecho
2. OBJETO DEL DERECHO
Son las relaciones jurídicas que se forman
entre las personas o sujetos del derecho,
tienen siempre un propósito determinado, que
es la finalidad perseguida al formar el vínculo.
En otras palabras, se le llama objeto del
derecho a lo que cae bajo el poder de un
individuo, y contenido de los mismos lo que
podemos obtener a raíz del derecho, ejemplos:
• El contrato de
trabajo persigue
la realización
del servicio y el
pago del salario.
• La compraventa
tiene por objeto la
entrega de la
cosa y el pago del
precio de lo
vendido.
3. PRESENTE
Cuando tiene existencia
real al momento de la
celebración del negocio
jurídico. EJEMPLO: El
automóvil que vendo a
Pedro. El Apartamento
que arriendo a Ana
Temis.
FUTURAS
Cuando no existe, al
momento de la constitución
de la relación jurídica, pero
se espera que racionalmente
exista en el futuro. EJEMPLO:
El Ternero que esta por nacer,
La Cosecha que esta por
venir, La Edificación que se
va a construir.
Clasificación de las cosas
La cosa, como objeto
del Derecho
Art. 525
Art. 530
Art. 533
Para que la “COSA” sea
objeto de derecho en la
sociedad la misma debe estar
inmersa en la normativa legal
que la regula. Por ello, los
citados autores comentaban
respecto a la diferencia que
debe haber entre las cosas
susceptibles de incorporarse
a una relación jurídica y las
que no son susceptibles.
De esta manera, se está en
presencia de un supuesto de
hecho real y lo que la norma
pueda establecer en su
ámbito de aplicación en
cuanto al bien objeto de la
relación, y así pueda ésta
producir los efectos legales
correspondiente
4. Clasificación de las cosas
INCORPORABLES
Son aquellas que por su
existencia abstracta solo se
perciben a través de la
inteligencia humana, por
ejemplo, los derechos, las
acciones, las fórmulas
químicas, etc.
DIVISIBLES
Son los que por su
naturaleza pueden
fraccionarse y aun así,
mantener la función en
cada una de sus partes,
como por ejemplo los
terrenos.
INDIVISIBLES
Son aquellos que al ser
fraccionados no prestan el
mismo funcionamiento,
como ejemplo por ejemplo
una maquina de coser.
CORPORALES
Son cosas que se pueden
apreciar mediante los
sentidos, no específicamente a
través del tacto. En
consecuencia, son bienes
corporales los edificio, un
animal, el gas, la energía
eléctrica o el vapor.
Art. 769 C.C
Art. 1250 al 1256
C.C
5. CONSUMIBLES
Son los que se
determinan por su
consumo
destruyéndose al ser
consumidos,
perdiendo su utilidad
(Ej.: La comida).
INCONSUMIBLES
No son sensibles a
la destrucción
porque puede
dársele el uso
prologando,
obteniendo así el
mismo provecho de
la cosa, como por
ejemplo una silla.
Clasificación de las cosas
FUNGIBLES
Las cosas fungibles son
aquellas que pueden ser
sustituidas
indiferentemente por
otras en una relación
jurídica.
NO FUNGIBLES
Son aquellas cosas que en
la relación jurídica son
tomadas en cuenta por sus
atributos propios, de modo
que no pueden ser
reemplazadas por otras.
6. LOS BIENES
Son aquellas cosas de
que los hombres se
sirven, y todos los
objetos que por útiles y
apropiables sirvan para
satisfacer las
necesidades humanas.
HECHOS JURÍDICOS
Se caracteriza porque produce un efecto de Derecho que no ha sido
querido. “Es, en opinión de Costure, un evento constituido por una
acción u omisión involuntaria pues, de ser voluntaria, constituiría el
acto jurídico o por una circunstancia de la naturaleza que crea, modifica
o extingue derechos”
LOS VALORES
INSTITUCIONALES
El estado y sus múltiples
manifestaciones
(documentos, monedas,
actos, etc.) se hallan
amparados por el derecho
LOS VALORES
ADSCRITOS A LA
PERSONALIDAD
HUMANA
La libertad, el honor, la buena
fama, pueden ser
perjudicados y el ofensor
debe compensar el daño
moral obrado, porque poseen
indudable importancia de
objetos jurídicos
CLASIFICACION O ENTIDADES
DEL OBJETO DEL DERECHO