El documento habla sobre la movilidad funcional en el lugar de trabajo según el Estatuto de los Trabajadores en España. Establece que la movilidad funcional solo se puede realizar entre puestos que requieran las mismas cualificaciones o dentro del mismo grupo profesional. La movilidad funcional debe estar justificada por razones técnicas u organizativas y por el tiempo necesario. El trabajador mantendrá su salario original a menos que se le asignen funciones inferiores de forma temporal. No se puede despedir a un trabajador debido a inept