2. MOVILIDAD GEOGRÁFICA La movilidad geográfica es una modificación del contrato de trabajo consistente en el cambio del lugar de trabajo. Puede ser pactada o basada en una decisión unilateral del empresario. La producida a iniciativa del empresario puede deberse a razones organizativas o disciplinarias, puede formar parte del ius variandi empresarial, o suponer una modificación sustancial de las condiciones de trabajo que requiere un régimen jurídico específico previsto en el artículo 40 E.T. Generalmente, cuando se habla de movilidad geográfica se hace referencia al contenido de este artículo.