El documento establece el procedimiento administrativo para la implementación de los derechos de los consumidores y usuarios en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Designa a la máxima autoridad del gobierno de la ciudad como autoridad de aplicación y describe los pasos a seguir en caso de denuncias o infracciones, incluyendo inspecciones, comprobaciones técnicas, instancias conciliatorias y el proceso de imputación.
La oficial de policía Shadira Nelly Rios Canahuire solicita que se reconsidere el puntaje obtenido en el factor tiempo de servicios en comisarías en el proceso de ascenso de 2020, alegando que laboró en distintas comisarías de Arequipa y Cusco por tres años de forma continua e ininterrumpida, pero no se le otorgó el puntaje correspondiente. Adjunta documentos que acreditan su servicio y argumenta que la administración la está perjudicando arbitrariamente al no tomar en cuenta su experiencia, lo que
Modes of Originating Process - For Revision Purposes OnlyAzrin Hafiz
This document summarizes the different modes of originating process in the Malaysian High Court under the Rules of Court 2012, including writs of summons and originating summonses. It outlines when each process is appropriate based on whether substantial disputes of fact are likely to arise. It also discusses cases that demonstrate when certain claims must be commenced by writ, can be determined summarily by originating summons, or are inappropriate for a given mode of process. The document concludes by examining the effects of using the wrong originating process and circumstances where proceedings will continue instead of being set aside.
This document outlines requirements for recycled ferrous metallic blast cleaning abrasives used to remove coatings from steel surfaces. It specifies limits for non-abrasive residue, lead content, water-soluble contaminants, and oil content in recycled abrasive work mixes. Testing procedures are provided to analyze samples taken from work mixes for these contaminants. Quality control requirements include regular testing to ensure work mixes meet specification limits.
This document discusses the two types of conditions that can be imposed on lands alienated by the State Authority under Section 5 of the National Land Code:
1. Express conditions - These are conditions that are clearly spelled out and endorsed on the document of title. They apply specifically to that particular land.
2. Implied conditions - These relate to the category of land use and are laid down in Sections 114-118 of the NLC. They apply to the extent they are not inconsistent with any express conditions. Examples include only allowing buildings for agricultural purposes on agricultural land.
A breach of either type of condition can result in forfeiture of the land under Section 127.
Este documento presenta un presupuesto de costos directos para la construcción de una losa deportiva con iluminación de 540 m2 en Lima. Incluye 7 ítems principales: 1) Obras provisionales y preliminares, 2) Movimiento de tierras, 3) Obras de concreto, 4) Estructuras metálicas, 5) Pintura, 6) Varios, y 7) Alumbrado de losa deportiva. El costo directo total es de S/. 89,977.55, lo que equivale a US$ 46.34 por metro cuadrado.
El documento establece el procedimiento administrativo para la implementación de los derechos de los consumidores y usuarios en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Designa a la máxima autoridad del gobierno de la ciudad como autoridad de aplicación y describe los pasos a seguir en caso de denuncias o infracciones, incluyendo inspecciones, comprobaciones técnicas, instancias conciliatorias y el proceso de imputación.
La oficial de policía Shadira Nelly Rios Canahuire solicita que se reconsidere el puntaje obtenido en el factor tiempo de servicios en comisarías en el proceso de ascenso de 2020, alegando que laboró en distintas comisarías de Arequipa y Cusco por tres años de forma continua e ininterrumpida, pero no se le otorgó el puntaje correspondiente. Adjunta documentos que acreditan su servicio y argumenta que la administración la está perjudicando arbitrariamente al no tomar en cuenta su experiencia, lo que
Modes of Originating Process - For Revision Purposes OnlyAzrin Hafiz
This document summarizes the different modes of originating process in the Malaysian High Court under the Rules of Court 2012, including writs of summons and originating summonses. It outlines when each process is appropriate based on whether substantial disputes of fact are likely to arise. It also discusses cases that demonstrate when certain claims must be commenced by writ, can be determined summarily by originating summons, or are inappropriate for a given mode of process. The document concludes by examining the effects of using the wrong originating process and circumstances where proceedings will continue instead of being set aside.
This document outlines requirements for recycled ferrous metallic blast cleaning abrasives used to remove coatings from steel surfaces. It specifies limits for non-abrasive residue, lead content, water-soluble contaminants, and oil content in recycled abrasive work mixes. Testing procedures are provided to analyze samples taken from work mixes for these contaminants. Quality control requirements include regular testing to ensure work mixes meet specification limits.
This document discusses the two types of conditions that can be imposed on lands alienated by the State Authority under Section 5 of the National Land Code:
1. Express conditions - These are conditions that are clearly spelled out and endorsed on the document of title. They apply specifically to that particular land.
2. Implied conditions - These relate to the category of land use and are laid down in Sections 114-118 of the NLC. They apply to the extent they are not inconsistent with any express conditions. Examples include only allowing buildings for agricultural purposes on agricultural land.
A breach of either type of condition can result in forfeiture of the land under Section 127.
Este documento presenta un presupuesto de costos directos para la construcción de una losa deportiva con iluminación de 540 m2 en Lima. Incluye 7 ítems principales: 1) Obras provisionales y preliminares, 2) Movimiento de tierras, 3) Obras de concreto, 4) Estructuras metálicas, 5) Pintura, 6) Varios, y 7) Alumbrado de losa deportiva. El costo directo total es de S/. 89,977.55, lo que equivale a US$ 46.34 por metro cuadrado.
This document outlines the respondent's written submission in response to an appeal filed by the appellants against a High Court decision in favor of the respondent's winding up petition against the 1st appellant company. The respondent argues that the appeal is not valid for two reasons: 1) The company is already wound up so the 2nd appellant does not have authority to file the appeal on the company's behalf. 2) The appellants' affidavit in opposition to the winding up petition was filed late in contravention of mandatory timelines in the Companies Winding Up Rules, so it should be considered inadmissible. The respondent cites several court cases to support the argument that late filing of affidavits cannot be allowed as it violates mandatory requirements.
Este documento describe un proyecto para mejorar el servicio de agua potable y la instalación de letrinas en el caserío de Cuyumalca en el distrito de Curgos. El proyecto captará agua del manantial El Suro ubicado a 2 km del caserío, el cual ya ha abastecido al caserío durante más de 15 años. El agua se conducirá a un reservorio y luego se distribuirá a las 86 viviendas a través de redes. El objetivo es reducir los casos de enfermedades diarreicas y paras
Este documento resume el precedente vinculante establecido por el Tribunal Constitucional del Perú en el caso Huatuco. El Tribunal determinó que los trabajadores del sector público solo tendrán derecho a la reposición si ingresaron mediante concurso público, cuentan con una plaza presupuestada e ingresaron por concurso público. Esta decisión elimina el derecho a la reposición por desnaturalización de contratos para trabajadores públicos y ha generado controversia por posibles afectaciones a derechos constitucionales.
Este documento presenta los cálculos para dimensionar un pozo de percolación para un sistema de saneamiento. Incluye la clasificación del terreno, el cálculo de caudales de diseño considerando la población servida, el área requerida para la infiltración, y las dimensiones y profundidad del pozo propuesto de acuerdo a la normativa.
Este documento establece los términos de referencia para la contratación del servicio de suministro e instalación de sumideros de aguas pluviales en la Municipalidad Distrital de Saylla. El objetivo es captar el agua de lluvia en cuatro calles de la zona y mejorar la transitabilidad. Se especifican los requisitos técnicos para la fabricación, materiales, soldadura, inspección, pintura y seguridad. El plazo de entrega es de 30 días y el valor referencial es de 1250 soles.
La Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza impuso una multa de $60.000 a Despegar.com por negarle la venta de un paquete turístico a un cliente, incumpliendo con la oferta publicada. El cliente no pudo concretar la compra a pesar de seguir los pasos indicados. Despegar.com alegó errores técnicos, pero no se consideró una justificación válida. La multa busca disuadir futuras infracciones y proteger los derechos de los consumidores.
Este documento resume una resolución de la Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza, Argentina, que sanciona a Distribuidora de Gas Cuyana S.A. con una multa de 5 millones de pesos por no informar adecuadamente a los usuarios sobre deudas pendientes de pago o la inexistencia de las mismas, en violación a la Ley Nacional de Defensa del Consumidor. La resolución analiza la posición de la empresa, la normativa aplicable, y los criterios considerados para graduar la multa, concluyendo que la conducta de
Este documento impone una multa de $50.000 a la empresa Jumbo Retail Argentina S.A. por no cumplir con una oferta publicitaria de "4x3" en la compra de cervezas Stella Artois en su supermercado Vea. Un cliente compró 4 botellas iguales de la marca pero de variedad Stella Artois Noir y no recibió el descuento ofrecido. La empresa alegó que la oferta no incluía esa variedad, pero la resolución determina que la publicidad no especificaba exclusiones claras.
Este documento impone una multa de $50.000 a la empresa Jumbo Retail Argentina S.A. por no cumplir con una oferta publicitaria de "4x3" de cervezas Stella Artois en su supermercado Vea. Un cliente compró 4 botellas de Stella Artois Noir asumiendo que entraba en la oferta, pero al pagar no se le aplicó el descuento. La empresa alegó que la oferta no incluía a ese producto, pero la resolución determina que la publicidad no especificaba exclusiones claramente.
Este documento es una resolución que sanciona a la empresa Jumbo Retail Argentina con una multa de $100.000 por incumplir con el artículo 19 de la ley 24.240. Un cliente denunció el robo de su motocicleta del estacionamiento del local de Jumbo, violando así su deber de custodia sobre los vehículos estacionados. La empresa no reparó el daño causado. Debido a antecedentes previos, la multa original de $50.000 fue duplicada.
APELACIÓN - PROCEDIMIENTO SUMARISIMO DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDORJORGE867796
El documento presenta un recurso de apelación contra una resolución previa. El recurrente argumenta que no se le proporcionó información completa sobre los términos y condiciones de un seguro de tarjeta de crédito, lo que lo indujo a error. Además, afirma que cerró su cuenta pero el seguro se renovó de manera automática e ilegal. Pide que se declare fundada su denuncia original por incumplimiento de la ley de protección al consumidor.
El documento presenta una denuncia contra una empresa por no brindar información adecuada sobre los costos asociados al cambio de cartuchos de una impresora. El denunciante solicita que se aplique una multa a la empresa por no proveer un servicio idóneo y que se le devuelva el dinero gastado en el servicio de mantenimiento más los intereses y gastos incurridos. Adicionalmente, pide que la empresa pague los costos del procedimiento.
El documento presenta el fallo de la Corte Suprema de Justicia de Argentina en el caso "Moto Grupo S.R.L. s/ inconstitucionalidad". La Corte Suprema revoca la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja que había declarado inconstitucional la ordenanza municipal que establecía el cálculo de la base imponible de una tasa sobre los ingresos brutos de los contribuyentes. La Corte Suprema sostiene que tomar los ingresos brutos para calcular el monto de una tasa es admisible y no implica cambiar su n
Un ciudadano presenta un derecho de petición a una empresa de servicios solicitando el reembolso de $890.000 que fueron descontados injustificadamente de su cuenta bancaria como pago por servicios. El ciudadano aporta pruebas mostrando que el cobro es excesivo dado los consumos típicos. También solicita que se investigue el cobro injustificado y se eviten futuros inconvenientes.
Este documento presenta el resumen de una sentencia de la Corte Constitucional colombiana sobre la constitucionalidad de un artículo de la Ley 6a de 1992 que establece la actualización del valor de las obligaciones tributarias pendientes de pago. La Corte determina que la norma es de naturaleza tributaria y analiza si implica retroactividad, concluyendo que no afecta la situación jurídica anterior sino que regula los efectos posteriores a su vigencia. Finalmente declara la exequibilidad de la norma acusada.
La Institución Educativa Los Comuneros está realizando una invitación pública para contratar bienes y servicios de elementos de aseo. La invitación incluye el cronograma del proceso, los requisitos para los participantes, el presupuesto de $2,403,700 COP y las condiciones generales como plazo de ejecución de 10 meses, forma y condiciones de pago.
La Suprema Corte suspende ejecución de multas millonarias a Danone S.AMariano Manuel Bustos
La Administración Tributaria Mendoza le reclama millones de pesos a la empresa Danone por inconsistencias en el pago del impuesto de Ingresos Brutos entre los años 2011 y 2015.
AMX Argentina S.A. c/ La Rioja, Provincia de s/ Acción declarativa de certezaEduardo Nelson German
AMX Argentina S.A. presenta una acción declarativa de certeza ante la Corte Suprema de Justicia contra la Provincia de La Rioja para que se declare la inconstitucionalidad de los párrafos segundo y tercero del artículo 18 de la ley impositiva anual 2015 de La Rioja. Dichos párrafos permiten aplicar una alícuota diferencial superior sobre el impuesto a los ingresos brutos que debe pagar AMX. AMX solicita una medida cautelar para que La Rioja se abstenga de aplicar dicha alícuota diferencial
La mejor manera de actualizarse y estar al tanto de las variaciones de la ley, es a través de nuestra publicación Fenaljurídico, que permite conocer los cambios normativos y las obligaciones legales más importantes a las que están sujetos los empresarios.
This document outlines the respondent's written submission in response to an appeal filed by the appellants against a High Court decision in favor of the respondent's winding up petition against the 1st appellant company. The respondent argues that the appeal is not valid for two reasons: 1) The company is already wound up so the 2nd appellant does not have authority to file the appeal on the company's behalf. 2) The appellants' affidavit in opposition to the winding up petition was filed late in contravention of mandatory timelines in the Companies Winding Up Rules, so it should be considered inadmissible. The respondent cites several court cases to support the argument that late filing of affidavits cannot be allowed as it violates mandatory requirements.
Este documento describe un proyecto para mejorar el servicio de agua potable y la instalación de letrinas en el caserío de Cuyumalca en el distrito de Curgos. El proyecto captará agua del manantial El Suro ubicado a 2 km del caserío, el cual ya ha abastecido al caserío durante más de 15 años. El agua se conducirá a un reservorio y luego se distribuirá a las 86 viviendas a través de redes. El objetivo es reducir los casos de enfermedades diarreicas y paras
Este documento resume el precedente vinculante establecido por el Tribunal Constitucional del Perú en el caso Huatuco. El Tribunal determinó que los trabajadores del sector público solo tendrán derecho a la reposición si ingresaron mediante concurso público, cuentan con una plaza presupuestada e ingresaron por concurso público. Esta decisión elimina el derecho a la reposición por desnaturalización de contratos para trabajadores públicos y ha generado controversia por posibles afectaciones a derechos constitucionales.
Este documento presenta los cálculos para dimensionar un pozo de percolación para un sistema de saneamiento. Incluye la clasificación del terreno, el cálculo de caudales de diseño considerando la población servida, el área requerida para la infiltración, y las dimensiones y profundidad del pozo propuesto de acuerdo a la normativa.
Este documento establece los términos de referencia para la contratación del servicio de suministro e instalación de sumideros de aguas pluviales en la Municipalidad Distrital de Saylla. El objetivo es captar el agua de lluvia en cuatro calles de la zona y mejorar la transitabilidad. Se especifican los requisitos técnicos para la fabricación, materiales, soldadura, inspección, pintura y seguridad. El plazo de entrega es de 30 días y el valor referencial es de 1250 soles.
La Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza impuso una multa de $60.000 a Despegar.com por negarle la venta de un paquete turístico a un cliente, incumpliendo con la oferta publicada. El cliente no pudo concretar la compra a pesar de seguir los pasos indicados. Despegar.com alegó errores técnicos, pero no se consideró una justificación válida. La multa busca disuadir futuras infracciones y proteger los derechos de los consumidores.
Este documento resume una resolución de la Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza, Argentina, que sanciona a Distribuidora de Gas Cuyana S.A. con una multa de 5 millones de pesos por no informar adecuadamente a los usuarios sobre deudas pendientes de pago o la inexistencia de las mismas, en violación a la Ley Nacional de Defensa del Consumidor. La resolución analiza la posición de la empresa, la normativa aplicable, y los criterios considerados para graduar la multa, concluyendo que la conducta de
Este documento impone una multa de $50.000 a la empresa Jumbo Retail Argentina S.A. por no cumplir con una oferta publicitaria de "4x3" en la compra de cervezas Stella Artois en su supermercado Vea. Un cliente compró 4 botellas iguales de la marca pero de variedad Stella Artois Noir y no recibió el descuento ofrecido. La empresa alegó que la oferta no incluía esa variedad, pero la resolución determina que la publicidad no especificaba exclusiones claras.
Este documento impone una multa de $50.000 a la empresa Jumbo Retail Argentina S.A. por no cumplir con una oferta publicitaria de "4x3" de cervezas Stella Artois en su supermercado Vea. Un cliente compró 4 botellas de Stella Artois Noir asumiendo que entraba en la oferta, pero al pagar no se le aplicó el descuento. La empresa alegó que la oferta no incluía a ese producto, pero la resolución determina que la publicidad no especificaba exclusiones claramente.
Este documento es una resolución que sanciona a la empresa Jumbo Retail Argentina con una multa de $100.000 por incumplir con el artículo 19 de la ley 24.240. Un cliente denunció el robo de su motocicleta del estacionamiento del local de Jumbo, violando así su deber de custodia sobre los vehículos estacionados. La empresa no reparó el daño causado. Debido a antecedentes previos, la multa original de $50.000 fue duplicada.
APELACIÓN - PROCEDIMIENTO SUMARISIMO DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDORJORGE867796
El documento presenta un recurso de apelación contra una resolución previa. El recurrente argumenta que no se le proporcionó información completa sobre los términos y condiciones de un seguro de tarjeta de crédito, lo que lo indujo a error. Además, afirma que cerró su cuenta pero el seguro se renovó de manera automática e ilegal. Pide que se declare fundada su denuncia original por incumplimiento de la ley de protección al consumidor.
El documento presenta una denuncia contra una empresa por no brindar información adecuada sobre los costos asociados al cambio de cartuchos de una impresora. El denunciante solicita que se aplique una multa a la empresa por no proveer un servicio idóneo y que se le devuelva el dinero gastado en el servicio de mantenimiento más los intereses y gastos incurridos. Adicionalmente, pide que la empresa pague los costos del procedimiento.
El documento presenta el fallo de la Corte Suprema de Justicia de Argentina en el caso "Moto Grupo S.R.L. s/ inconstitucionalidad". La Corte Suprema revoca la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja que había declarado inconstitucional la ordenanza municipal que establecía el cálculo de la base imponible de una tasa sobre los ingresos brutos de los contribuyentes. La Corte Suprema sostiene que tomar los ingresos brutos para calcular el monto de una tasa es admisible y no implica cambiar su n
Un ciudadano presenta un derecho de petición a una empresa de servicios solicitando el reembolso de $890.000 que fueron descontados injustificadamente de su cuenta bancaria como pago por servicios. El ciudadano aporta pruebas mostrando que el cobro es excesivo dado los consumos típicos. También solicita que se investigue el cobro injustificado y se eviten futuros inconvenientes.
Este documento presenta el resumen de una sentencia de la Corte Constitucional colombiana sobre la constitucionalidad de un artículo de la Ley 6a de 1992 que establece la actualización del valor de las obligaciones tributarias pendientes de pago. La Corte determina que la norma es de naturaleza tributaria y analiza si implica retroactividad, concluyendo que no afecta la situación jurídica anterior sino que regula los efectos posteriores a su vigencia. Finalmente declara la exequibilidad de la norma acusada.
La Institución Educativa Los Comuneros está realizando una invitación pública para contratar bienes y servicios de elementos de aseo. La invitación incluye el cronograma del proceso, los requisitos para los participantes, el presupuesto de $2,403,700 COP y las condiciones generales como plazo de ejecución de 10 meses, forma y condiciones de pago.
La Suprema Corte suspende ejecución de multas millonarias a Danone S.AMariano Manuel Bustos
La Administración Tributaria Mendoza le reclama millones de pesos a la empresa Danone por inconsistencias en el pago del impuesto de Ingresos Brutos entre los años 2011 y 2015.
AMX Argentina S.A. c/ La Rioja, Provincia de s/ Acción declarativa de certezaEduardo Nelson German
AMX Argentina S.A. presenta una acción declarativa de certeza ante la Corte Suprema de Justicia contra la Provincia de La Rioja para que se declare la inconstitucionalidad de los párrafos segundo y tercero del artículo 18 de la ley impositiva anual 2015 de La Rioja. Dichos párrafos permiten aplicar una alícuota diferencial superior sobre el impuesto a los ingresos brutos que debe pagar AMX. AMX solicita una medida cautelar para que La Rioja se abstenga de aplicar dicha alícuota diferencial
La mejor manera de actualizarse y estar al tanto de las variaciones de la ley, es a través de nuestra publicación Fenaljurídico, que permite conocer los cambios normativos y las obligaciones legales más importantes a las que están sujetos los empresarios.
Este contrato establece los términos y condiciones para que Oswaldo Emigdio Camaracho Chochoca brinde el servicio de actualización de la valorización mensual de la obra de construcción del Centro Cívico de Colta a la Municipalidad Distrital de Colta. El monto del contrato asciende a 3,000 nuevos soles e incluye la actualización de la valorización durante un plazo de 30 días. El contrato describe los pagos, plazos, responsabilidades y penalidades de ambas partes.
Este contrato establece un acuerdo entre XCHANGE PERU S.A.C. y un cliente para que el cliente proporcione información sobre deudores de su cartera activa y morosa a XCHANGE, quien incluirá esta información en su base de datos de informes de crédito. El contrato tendrá una duración inicial de un año y se renovará automáticamente. El cliente se compromete a entregar la información actualizada cada mes y notificar cambios dentro de los plazos establecidos. El cliente asume responsabilidad por la exactitud de
El documento presenta el caso de un ciudadano que demanda la inconstitucionalidad de un artículo de una ordenanza municipal que establece una "licencia para operar" para bancos, financieras y casas de préstamo. El demandante argumenta que esta disposición viola el principio de reserva de ley en materia tributaria, pues crea un impuesto disfrazado de tasa sin que el municipio tenga esa competencia. La Sala admite el caso para determinar si efectivamente se trata de un impuesto o una tasa legítima.
Similar a Multa de Defensa al consumidor a Almundo (20)
Este documento propone una ley para ampliar la licencia por paternidad de los empleados públicos en la provincia de Mendoza, Argentina. Argumenta que la igualdad de género requiere una distribución más equitativa de los derechos y responsabilidades de crianza entre padres y madres. Propone permitir que la titular de la licencia por maternidad transfiera parte o toda la licencia a su cónyuge, conviviente o progenitor, siempre que también sea empleado público. Cita tratados internacionales sobre derechos humanos, igualdad de gé
El RACOP suspendió por dos años la habilitación de Santa Elena para realizar ...Mariano Manuel Bustos
El Registro de Antecedentes de Constructores de Obra Pública sancionó a la empresa por adulterar la fecha de vencimiento de una habilitación para participar en una licitación en Maipú
El ministro Lisandro Nieri firmó la resolución 188 convocando a concurso para dos cargos. Aclara que el nombramiento dependerá de la decisión del nuevo gobernador, Rodolfo Suarez.
El municipio emitió un comunicado que pide la aprobación del préstamo de 25 millones de dólares del BID para la concreción de la planta de gestión de residuos.
Alfredo Cornejo dejó cesante a un empleado que trabajó con el PJMariano Manuel Bustos
El documento resume un decreto que cesantea a Ramón Antonio Rosso de su cargo en el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes de Mendoza. Luego de un sumario administrativo que duró varios años, se determinó que Rosso no había justificado su presentismo ni concurrido a trabajar entre enero y septiembre de 2013. El decreto aprueba los dictámenes de la instrucción sumarial y la junta de disciplina que recomiendan aplicar la sanción de cesantía a Rosso por incumplimiento de sus funciones.
Este decreto designa interinamente a Cecilia Andrea Pérez en el cargo de Clase 013 en la Subsecretaría de Salud del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes de Mendoza. También modifica el presupuesto y la planta de personal para incluir este nuevo cargo, y otorga a Pérez un adicional por mayor horario y dedicación hasta fin de año.
El gobierno de Alfredo Cornejo aprobó el "Convenio de Adhesión a la Guía de Actuación para las Fuerzas Policiales y de Seguridad para la Investigación de Femicidios en el Lugar del Hecho"
Este documento presenta una lista de 65 jardines de infantes en la provincia de Mendoza, Argentina. Incluye el número de identificación, nombre, departamento, dirección y zona de cada jardín. La lista proporciona información básica sobre la ubicación y detalles de contacto de varios jardines de infantes en la provincia.
La consultora analizó cómo pueden reaccionar los mercados y el electorado dependiendo de la diferencia porcentual que exista entre Alberto Fernández y Mauricio Macri.
El documento propone endurecer las sanciones para conductores ebrios en Mendoza. Plantea aumentar las multas y agregar arresto e inhabilitación para conducir de hasta un año para quienes superen 1 gramo de alcohol por litro de sangre. El objetivo es disuadir esta conducta peligrosa mediante un proceso contravencional con más consecuencias, dado que las sanciones actuales no lograron reducir la reincidencia.
Caballos se retiran del Ministerio de Seguridad y pasan a la Fundación Cachypum, destinada a inclusión social y tratamientos para personas con discapacidad.
Proyecto de Federico Pinedo para explotar minerales en el espacioMariano Manuel Bustos
El senador nacional del PRO presentó un proyecto de ley que busca atraer inversores para que desde Argentina emprendan viajes para hacer minería en otros planetas y asteroides.
Narendra Modi obtuvo un tercer mandato, aunque su partido, Bharatiya Janata Party (BJP), perdió la mayoría absoluta que tenía en Cámara Baja del Parlamente, Lok Sabha. De los 543curules solo consiguió 240 (perdió 63 comparado con los asientos que obtuvo en las últimas elecciones del 2019) y gobernara en alianza con dos partidos para una coalición con 292 votos curules. Modi era visto como invencible pues su partido gano dos veces antes, el 2014 y 2019, con mayoría absoluta, y quería en estas elecciones tener unos 400 asientos para su partido. Y muchas encuestadoras aseguraban que iba a tener mayoría por lo menos.
No ha sido así, no es invencible. Sigue siendo el líder más popular, el otro partido con más votos, el Partido del Congreso, de la familia Gandhi, con Rahul Gandhi solo consiguió 99 votos (aunque esto es un gran avance respecto a la última elección que solo consiguió 52 votos).
Modi gobernara por tercera vez, algo que antes solo lo hizo Jawaharlal Nehru.
Narendra Modi es uno de los lideres más populares en la historia de la India (y en el mundo en la actualidad), que consolido su poder desde que fue gobernador de Guyarat donde fue jefe de ese estado del 2001 al 2014. Es miembro también del Rastriya Swayamsevak Sangh, abreviada RSS (en español Asociación de Voluntarios Nacionales o Asociación Patriótica Nacional), una organización paramilitar india de externa derecha y nacionalista hindú, conformada por voluntarios.
1. http://boe.mendoza.gov.ar/pedido/pdf_pedido/45595
DIRECCIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Resolución Nº 26
MENDOZA, 01 de marzo de 2018
VISTO:
El expediente Nº 3260-D-2016-00112 caratulado “TERUEL MARIA FERNANDA C/
ALMUNDO.COM” en el cual obran las actuaciones contra la firma ASATEJ SRL CUIT Nº
30-65951462-8 nombre de fantasía “ALMUNDO.COM” con domicilio legal en Peatonal
Sarmiento 223, Ciudad, Mendoza y;
CONSIDERANDO:
Que a fs. 01 rola denuncia presentada por la Sra. María Fernanda Antonia Teruel DNI Nº
22.189.597 con domicilio en Bº Dalvian, Manzana 1, Casa 10, Ciudad, Mendoza contra ASATEJ
SRL CUIT Nº 30-65951462-8 nombre de fantasía “ALMUNDO.COM" con domicilio legal en
Peatonal Sarmiento 223, Ciudad, Mendoza por falta de información detallada, precisa y separada
de cada uno de los distintos rubros o componentes con los que se arriba a los montos totales
facturados en concepto de servicios turísticos contratados con la empresa.
Que a fs. 11 la denunciada presenta propuesta conciliatoria mediante la cual ofrece “…un voucher
$3.000 (Pesos tres mil) para ser utilizado en servicios terrestres que ofrece la compañía
ALMUNDO.COM (excepto servicios aéreos) con vigencia de un año desde su emisión.”
Que a fs. 14 la denunciante rechaza el ofrecimiento realizado por la denunciada, argumentando
que las facturas de las compras carecen del debido detalle, información precisa y separada de
cada uno de los distintos rubros o componentes con los que se arriba a los montos totales
facturados, violando toda normativa fiscal, al momento de emitir dicha factura electrónicamente
(vía e mail). Asimismo, no se explica a qué valor en pesos corresponde el “cargo de gestión” de
la agencia (léase ítem: “cargo-gestión de agencia IVA incl. c/dto aplicado”). Como tampoco
sobre qué monto total se estaría calculando. Además agrega que en algunas facturas ese ítem
“cargos de gestión se duplica o triplica” en texto, pero no se especifica el valor facturado.
Que a fs. 20 obra un nuevo ofrecimiento realizado por la denunciada, habiendo elevado el monto
del voucher a Pesos Cinco Mil con 00/100 ($5.000,00), siendo rechazado por la denunciante a fs.
22/23.
Que a fs. 45 se labra acta de sumario mediante la cual se imputa a ASATEJ S.R.L.
(ALMUNDO.COM) infracción por presunta violación al artículo 4º de la ley 24.240, "atento a que
no se brindó información cierta, clara y detallada de las características esenciales del servicio
que se proveyó a la denunciante, ya que según manifiesta la Sra. Teruel en las facturas emitidas
por la empresa denunciada no figuran detalles de los cargos que se le cobran".
Que la sumariada no ha presentado descargo alguno ni ofrece pruebas que permitan desvirtuar
la imputación que pesa en su contra, habiendo sido fehacientemente notificada en fecha
15/12/17 conforme fs. 46.
Que de la prueba documental acompañada a las actuaciones no se observa que hayan sido
Página 1/4
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
2. http://boe.mendoza.gov.ar/pedido/pdf_pedido/45595
debidamente informados los conceptos cobrados, ni el cargo de gestión de cobranza.
Que se debe tener presente que el derecho a la información ha adquirido jerarquía constitucional
luego de la reforma de 1.994, expresando el artículo 42º de la Carta Magna: “…los consumidores
y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo… a una información
adecuada y veraz…” y también ha sido consagrada en nuestro reciente sancionado CCCN. Por lo
tanto no se puede desconocer este principio elemental en la relación de consumo, que permite
elecciones de consumo fundadas y racionales y permite, también, una utilización adecuada del
producto o servicio contratado, ya sea que se trata del derecho a la salud y seguridad y con la
protección de los intereses patrominiales.
Que el deber de información reviste tanta importancia que la normativa de Mercosur se ha
ocupado de definirlo expresamente de manera detallada como “la obligación de todo proveedor
de suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada toda la información relacionada
con las características esenciales de los bienes y/o servicios que provee según su naturaleza,
características, finalidad o utilidad; así como las condiciones de comercialización, especificando
de corresponder y de acuerdo a las normas especiales aplicables, entre otras informaciones, su
origen, cantidad, calidad, composición, plazo de validez y precio, así como los riesgos que en su
caso presenten o puedan presentar, con la finalidad de que los consumidores puedan realizar
una elección adecuadamente informada sobre los productos o servicios de que traten, así como
un uso o consumo adecuado de los mismos”. Se observa que la citada normativa deja bien
graficada la necesidad de que el deber de información se siga cumpliendo aún después de
celebrado un contrato.
Que por último cabe aclarar que las infracciones a la presente ley son de carácter formal, por lo
cual no se juzga la intencionalidad de su autor ni la producción de daño alguno.
Que el artículo 57º de la Ley 5547, (según Ley Impositiva Nº 9022, Art. 11º) indica que las
infracciones serán reprimidas con las siguientes penas: “…b) MULTAS (Ley 5547 ARTICULO 57°
inc. b): 1. Leve desde 3.000,00 a 150.000; 2. Moderado desde 150.001 a 450.000; 3. Grave
desde 450.001 a 3.000.000; 4. Gravísima desde 3.000.001 hasta 6.000.000,00. La Reincidencia
duplicará el monto de la Multa anteriormente aplicada y la Clausura por dos (2) días…”.
Que al momento de cuantificar el monto de la multa a aplicar se tienen en cuenta los criterios de
graduación del Artículo 59º de la misma normativa, el cual prevé la aplicación y graduación de las
multas, estableciendo como parámetros: a) el perjuicio resultante de la infracción para el
consumidor o usuario y b) el número de infracciones cometidas por los responsables obligados
por la presente ley.
Que asimismo, y en concordancia con el artículo 59º de la Ley 5547, se tienen en cuenta los
criterios de graduación de la Ley Nacional Nº 24.240, que en el Artículo 49º, precisa que en la
aplicación y graduación de las sanciones se tendrá en cuenta el perjuicio resultante de la
infracción para el consumidor o usuario, la posición en el mercado del infractor, la cuantía del
beneficio obtenido, el grado de intencionalidad, la gravedad de los riesgos, o de los perjuicios
sociales derivados de la infracción y su generalización, la reincidencia y las demás circunstancias
relevantes del hecho.
Que esta autoridad administrativa pondera, con especial énfasis, la privilegiada posición de la
sumariada en el mercado y los consumidores potenciales afectados por un proceder análogo al
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3. http://boe.mendoza.gov.ar/pedido/pdf_pedido/45595
verificado en autos, teniendo en cuenta que ASATEJ S.R.L nombre de fantasía
“ALMUNDO.COM” opera en más de 18 países de Latinoamérica (fuente:
https://almundo.com.ar/institucionales/quienes-somos).
Que en cuanto a la cuantía del beneficio obtenido, debe tenerse presente que la denunciada no
ha dado cumplimiento con la obligación de suministrar una información adecuada y veraz. Que
respecto al perjuicio sufrido por el consumidor, debe tenerse en cuenta que la jurisprudencia ha
dicho en cuanto a que “sin perjuicio de que el daño al consumidor sea uno de los elementos a
considerar a la hora de graduar la multa, de ello no se sigue que sea el único factor a ponderar
(conf. Artículo 49 de la LDC), ni que el monto de la sanción deba guardar una estricta
correspondencia con el daño inflingido” (Expte Nº 2810-0- Autos caratulados: ”SONY
ARGENTINA S.A. c/ GCBA s/ OTRAS CAUSAS CON TRÁMITE DIRECTO ANTE LA CÁMARA
DE APELACIONES“. CÁMARA DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Y TRIBUTARIO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES – SALA I- 24/10/2011,
publicado por el Dial.com – AA7243 el pasado 28/12/2011.).
Que la doctrina ha dicho "que en caso de existir perjuicio a los intereses del consumidor, la
consideración de éste a los efectos de la aplicación y graduación de las sanciones debe ser
entendido de un modo amplio atendiendo tanto a los aspectos materiales como morales de la
afectación sin precisiones matemáticas propias del derecho civil" (CNFED.C ADM, sala II
1997/10/07 "Pequeño Mundo SRL c/Sec. de Comercio e Inversiones).
Que la sumariada no ha reparado el daño sufrido por el consumidor habiendo transcurrido dos
años desde el hecho objeto del reclamo.
Que por el incumplimiento a la normativa en cuestión, resulta razonable sancionar a la firma
ASATEJ SRL, CUIT Nº 30-65951462-8, por la suma de Pesos Cincuenta Mil con 00/100
($50.000,00).
Que en relación al quantum de la multa se considera la sentencia de la CAMARA DE APEL.
CONT. ADM. Y TRIB. DE LA CIUDAD AUT. DE BS. AS., 18 de Agosto de 2015, Id Infojus:
NV12906, mediante la cual “se sanciona con una multa de treinta mil pesos a una empresa de
telecomunicaciones por violación al art. 19 de la ley 24.240 por haber facturado a la denunciante
una línea telefónica que no había solicitado”, y que al respecto se dijo “que la empresa
denunciada no alega, ni mucho menos prueba, no ser reincidente ni que el monto de la multa
resulte desproporcionado en comparación con su giro comercial, máxime cuando el mismo se
encuentra mucho más cerca del mínimo que del máximo previsto en el art. 47 de la Ley 24.240”.
Que el monto fijado a la sanción, se encuentra dentro de los amplios límites establecidos en la
norma que la determina y se halla cerca del mínimo legal establecido y extremadamente lejos de
su máximo ($ 6.000.000), y que dentro de la escala de la Ley nº 5547, es considerada como una
multa LEVE.
Que la aplicación de la sanción de multa debe tener una finalidad coactiva, disuasiva y
convincente, a fin de que el infractor desista y enmiende su conducta de vulneración de los
derechos de los consumidores.
POR ELLO, LA DIRECTORA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
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4. http://boe.mendoza.gov.ar/pedido/pdf_pedido/45595
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º - IMPÓNGASE a la firma ASATEJ SRL CUIT, Nº 30-65951462-8, nombre de
fantasía “ALMUNDO.COM", con domicilio legal en Peatonal Sarmiento 223, Ciudad, Mendoza, la
sanción de multa consistente en el pago de Pesos Cincuenta Mil con 00/100 ($50.000,00) de
conformidad con lo prescripto en el artículo 47º inc. b) de la Ley Nº 24.240, por la violación al
artículo 4º del mismo cuerpo legal.
ARTÍCULO 2º- INTIMESE por la presente al pago de la multa impuesta, en la Cuenta
Correspondiente a Cuenta Ley Nº 24.240- COD. TAX 017-417 el que deberá hacerse efectivo
ante el Organismo Recaudador ATM en el plazo de DIEZ (10) DÍAS.
ARTICULO 3º - ACREDÍTESE el pago de la multa, con la presentación ante esta Dirección de
Defensa del Consumidor, del boleto original conjuntamente con una copia para ser adjuntada al
expediente.
ARTICULO 4º - PUBLÍQUESE la presente en el Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza, y a
costa del infractor en un Diario de amplia circulación de la Provincia de Mendoza (Diario “Los
Andes” - Diario “UNO”) y en otro de alcance Nacional (artículo 57º inciso h de la Ley Provincial
Nº 5.547 y artículo 47º penúltimo párrafo de la Ley Nacional Nº 24.240).
ARTICULO 5° - INFÓRMESE al infractor, según art. 177º de la Ley 9003, que podrá interponer
recurso de revocatoria contra la presente resolución dentro de los QUINCE (15) DÍAS hábiles de
notificada la presente, debiendo acompañar la correspondiente Tasa Retributiva (cód. 1077).
ARTICULO 6° - REGÍSTRESE al Infractor en el Registro de Infractores de la Provincia de
Mendoza.
ARTÍCULO 7º - NOTIFÍQUESE al infractor de la presente Resolución y ARCHÍVESE.
LIC. Mónica S. Lucero
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Fecha de Publicación Nro Boletín
02/07/2018 30640
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