El documento resume las nuevas normas de facturación establecidas en Venezuela. Estas normas aplican a personas jurídicas, personas naturales con ingresos anuales superiores a 1,500 UT y personas naturales contribuyentes del IVA. Se excluyen de estas normas las ventas inmobiliarias, importaciones no definitivas, operaciones bancarias y servicios laborales. Las normas establecen requisitos para certificados de débito fiscal exonerado y prohibiciones sobre otros documentos que no sean facturas.