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SILVIA SALGADO ANDRADE
                                Asambleista Nacional 
             Presidenta De La Comision De Fiscalizacion Y Control Politico


  OBSERVACIONES Y PROPUESTAS PARA EL PRIMER DEBATE DEL
PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE LA FUNCIÓN DE TRANSPARENCIA Y
                    CONTROL SOCIAL


Una de las importantes innovaciones de la Constitución elaborada en Montecristi fue la
creación de dos nuevos poderes o funciones que antes eran consideradas únicamente
como órganos auxiliares del Estado, estas son la Función Electoral y la Función de
Transparencia y Control Social.

La Función de Transparencia y Control Social pretende unificar una serie de
instituciones con poder público que antes estaban disociadas y que actuaban de manera
independiente, como la Contraloría General del Estado, la Defensoría del Pueblo, las
Superintendencias y el nuevo Consejo de Participación Ciudadana y Control Social,
para que realicen un trabajo coordinado que permita cumplir cada uno de sus fines
institucionales los cuales están íntimamente relacionados con las actividades de control
de las instituciones públicas y las instituciones privadas que administran fondos
públicos o prestan servicios públicos, el combate a la Corrupción y garantizar los
derechos de participación de la ciudadanía. Además que la creación de una instancia de
coordinación de las instituciones que pertenecen a la Función de Transparencia y
Control Social está contemplada por mandato constitucional en el artículo 206 de la
Constitución de la República.

En este sentido, la Función de Transparencia y Control Social, en virtud de sus
atribuciones legales y constitucionales ha presentado a esta Asamblea un proyecto de
Ley que rija a esta nueva función del Estado y establezca a su ente coordinador,
proyecto de Ley que ha sido recogido en mayor parte por la Comisión de Justicia y
Estructura del Estado en su informe para primer debate; sin embargo, ha omitido
algunas propuestas del informe original que considero importante sean incorporadas en
el Proyecto de Ley, como las siguientes:




                      Dirección: Av. 6 de Diciembre y Piedrahita
                    Correo: silvia.salgado@asambleanacional.gob.ec
                             Telf: 023991022 Fax: 023991824
SILVIA SALGADO ANDRADE
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         INFORME                         PROPUESTA                      OBSERVACIONES
Art. 4.- La Función de            Art. 4.- La Función de            En el artículo 4 numeral 2,
Transparencia      y    Control   Transparencia      y    Control   que se refiere a los
Social fundamenta su accionar     Social fundamenta su accionar     principios con los cuales
en los                            en los                            debe actuar la Función de
 siguientes principios:            siguientes principios:           Transparencia y Control
                                                                    Social, en lo relacionado al
2. Control social: Consiste en    2. Control social: Consiste en    principio de Control Social,
el derecho y el deber             el derecho y el deber             se ha eliminado la potestad
ciudadano que permite la          ciudadano que permite la          sancionadora      de    dicha
participación,              sin   participación,              sin   función, ante lo cual es
discriminación        y      en   discriminación        y      en   importante señalar que no
condiciones de igualdad, de       condiciones de igualdad, de       puede existir una actividad
personas, comunas, pueblos,       personas, comunas, pueblos,       de control sin potestad
nacionalidades      y     otros   nacionalidades      y     otros   sancionadora,      pues    al
colectivos en el control y la     colectivos en el control y la     eliminar el poder coercitivo,
evaluación de las                 evaluación de las                 las instituciones que son
 políticas y servicios públicos    políticas y servicios públicos
                                                                    controladas ya no estarían
que garanticen los derechos       que garanticen los derechos
reconocidos por la                reconocidos por la                obligadas a cumplir las
  Constitución e instrumentos       Constitución e instrumentos     disposiciones emanadas de
internacionales de derechos       internacionales de derechos       las     instituciones     que
humanos, a través de la           humanos, a través de la           conforman la Función de
 vigilancia de las acciones u      vigilancia de las acciones u     Transparencia y Control
omisiones de los servidores       omisiones de los servidores       Social.
del sector público y de           del sector público y de
   las personas naturales o          las personas naturales o
jurídicas del sector privado      jurídicas del sector privado
que presten servicios públicos    que presten servicios públicos
o desarrollen actividades de      o desarrollen actividades de
interés público;                  interés        público        y
                                  establecimiento de sanciones
                                  en caso de infracciones a la
                                  ley, en el marco de sus
                                  competencias;




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          INFORME                           PROPUESTA                         OBSERVACIONES
Art. 4.- La Función de              Art. 4.- La Función de                En el artículo 4 numeral 3, que
Transparencia      y    Control     Transparencia      y    Control       se refiere a los principios con
Social fundamenta su accionar       Social fundamenta su accionar         los cuales debe actuar la
en los                              en los                                Función de Transparencia y
 siguientes principios:              siguientes principios:               Control     Social,     en   lo
                                                                          relacionado al principio de
                                                                          Rendición de Cuentas, la
3. Rendición de cuentas:            3. Rendición de cuentas:              propuesta de la Función
Consiste en el deber que            Consiste en el deber que              planteaba que para los eventos
tienen      las     instituciones   tienen      las      instituciones    de Rendición de Cuentas, la
públicas, sus autoridades y         públicas, sus autoridades y           convocatoria y participación
representantes legales así          representantes legales así            debía ser amplia, de todos los
como      de     las    personas    como      de      las      personas   sectores relacionados de la
naturales o jurídicas del sector    naturales o jurídicas del sector      sociedad, con lo cual se
privado que presten servicios       privado que presten servicios         permitía el establecimiento de
públicos       o      desarrollen   públicos       o        desarrollen   verdaderos mecanismos de
actividades de interés público,     actividades de interés público,       Rendición de Cuentas, pues es
de      establecer      procesos    de      establecer         procesos   la ciudadanía la que debe
participativos,         públicos,   participativos,           públicos,   conocer las actividades que
periódicos, oportunos, claros,      periódicos, oportunos, claros,        están       realizando      sus
que se realizarán al menos una      que se realizarán al menos una        mandatarios, de otro modo, no
vez al año, respecto de los         vez al año, respecto de los           puede existir Rendición de
servicios públicos a través de      servicios públicos mediante la        Cuentas cuando esta no es
la información razonable,           información              razonable,   amplia y participativa.
suficiente y con lenguaje           suficiente y con lenguaje
asequible. La rendición de          asequible; y a través de
cuentas implica presentar           mecanismos          amplios       y
informes y someterse a los          participativos de todos los
procedimientos de control           sectores de la ciudadanía. La
establecidos por la ley para las    rendición de cuentas implica
personas e instituciones            presentar        informes         y
 que usan recursos públicos o       someterse             a         los
prestan servicios públicos          procedimientos de control
directamente o por delegación.      establecidos por la ley para las
                                    personas e instituciones que
                                    usan recursos públicos o
                                    prestan servicios públicos
                                    directamente o por delegación.




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         INFORME                         PROPUESTA                     OBSERVACIONES


Art. 5.- La Función de            Art. 5.- La Función de           La principal finalidad de la
Transparencia    y   Control      Transparencia    y   Control     Función de Transparencia y
Social tiene, además de los       Social tiene, además de los      Control Social, debe ser la de
establecidos en el segundo        establecidos en el segundo       devolver a la ciudadanía la
inciso del Art. 204 de la         inciso del Art. 204 de la        soberanía, es decir construir el
Constitución, los siguientes      Constitución, los siguientes     poder ciudadano, que permita
objetivos:                        objetivos:                       una     nueva      forma     de
                                                                   democracia más directa y
                                                                   participativa.
2. Fomentar e incentivar la 2. Fomentar e incentivar la
participación ciudadana;    participación ciudadana y la
                            construcción     del   poder
                            ciudadano;



Art. 8.- La Instancia de     Art. 8.- La Instancia de              Es necesario que la instancia
Coordinación de la Función deCoordinación de la Función de         de coordinación establecida en
Transparencia y Control      Transparencia y Control               el artículo 206 de la
  Social.- En atención a lo    Social.- En atención a lo           Constitución,     tenga    una
establecido en el artículo 206
                             establecido en el artículo 206        denominación propia que le
de la Constitución de la     de la Constitución de la              caracterice y le otorgue
República, se crea la Instancia
                             República, se crea el Consejo         institucionalidad como entidad
de Coordinación de la FunciónSuperior de Transparencia y           coordinadora de la Función de
de Transparencia y Control   Control Social como la                Transparencia      y    Control
 Social, la cual está integrada
                             Instancia de Coordinación de          Social.
por las y los titulares de cada
                             la Función de Transparencia y
uno de los organismos que    Control
 son parte de la Función.     Social, el cual está integrado
                             por las y los titulares de cada
                             uno de los organismos que
La Instancia de Coordinación son parte de la Función.
se constituye en el más alto
órgano de gobierno de la
 Función de Transparencia y El Consejo Superior de
Control Social.              Transparencia y Control
                             Social se constituye en el más
                             alto órgano de gobierno de la


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         INFORME                        PROPUESTA                    OBSERVACIONES
                                  Función de Transparencia y
                                 Control Social.


                                 (Es importante señalar que
                                 se debería realizar este
                                 cambio de la denominación
                                 de    la    institución   que
                                 coordine a la Función, en
                                 todo el texto del Proyecto de
                                 Ley)



Art. 9.- Atribuciones y          Art. 9.- Atribuciones y      En lo referente a las
deberes de la Instancia de       deberes de la Instancia de   atribuciones y deberes de la
Coordinación.-            Son    Coordinación.-            Soninstancia de coordinación,
atribuciones y deberes de la     atribuciones y deberes de la señaladas en el artículo 9,
Instancia de Coordinación, las   Instancia de Coordinación, las
                                                              cabe      señalar    que   la
siguientes:                      siguientes:
                                                              redacción del numeral 2 es
                                                              contraria a la disposición
2. Elaborar el plan estratégico 2.    Coordinar    el    plan constitucional del artículo
de      la     Función       de estratégico de la Función de 206, pues en la ley se señala
Transparencia     y     Control Transparencia    y    Control que esta instancia será la
Social.                         Social.                       encargada de elaborar el
                                                              Plan Estratégico de la
                                                              Función, sin embargo la
                                                              disposición constitucional
                                                              establece que la instancia de
                                                              coordinación       únicamente
                                                              coordinará la elaboración de
                                                              este Plan Estratégico, y que
                                                              inclusive,     respetará   la
                                                              autonomía de cada una de
                                                              las instituciones.




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         INFORME                        PROPUESTA                      OBSERVACIONES
Art. 9.- Atribuciones y          Art. 9.- Atribuciones y          En lo referente a las
deberes de la Instancia de       deberes de la Instancia de       atribuciones y deberes de la
Coordinación.-            Son    Coordinación.-            Son    instancia de coordinación,
atribuciones y deberes de la     atribuciones y deberes de la     señaladas en el artículo 9, cabe
Instancia de Coordinación, las   Instancia de Coordinación, las   señalar que la obligación de
siguientes:                      siguientes:                      informar a la Asamblea
                                                                  Nacional         sobre        el
5. Informar anualmente a la      5. Informar anualmente a la      cumplimiento de las funciones
Asamblea Nacional de las         Asamblea Nacional de las         del numeral 5, deberían
actividades   relativas  al      actividades    relativas    al   ampliarse también para que
cumplimiento      de    sus      cumplimiento       de     sus    dicha instancia también rinda
funciones, o cuando ésta lo      funciones    y    del    plan    cuentas sobre el cumplimiento
requiera.                        estratégico de la Función de     del Plan Estratégico, pues este
                                 Transparencia y Control          será la base fundamental para
                                 Social, o cuando ésta lo         la consecución de los fines de
                                 requiera.                        la Función de Transparencia y
                                                                  Control Social.


Incluir el siguiente numeral Art. 9.- Atribuciones y              En el artículo 9 que se refiere a
                             deberes de la Instancia de           las atribuciones de la instancia
                             Coordinación.-            Son        de coordinación, se han
                             atribuciones y deberes de la         eliminado tres atribuciones
                             Instancia de Coordinación, las       presentadas en el proyecto
                             siguientes:                          original elaborado por la propia
                                                                  Función de Transparencia y
                                                                  Control     Social,   que     son
                                                                  fundamentales       para        el
                                 ....- Expedir resoluciones de
                                                                  cumplimiento de sus objetivos y
                                 carácter       general      y    que son la base de la razón de
                                 obligatorio      que     sean    ser de la nueva Función del
                                 necesarias        para     la    Estado.
                                 formulación de las políticas
                                 públicas de transparencia,       Sería importante incluir estas
                                 control social, rendición de     atribuciones en el Proyecto de
                                                                  Ley en tratamiento, pues
                                 cuentas, promoción de la
                                                                  coadyuvaran para que la
                                 participación ciudadana y        Función de Transparencia y
                                 prevención y lucha contra la     Control Social, realice un
                                 corrupción.                      trabajo eficiente y eficaz, para el
                                                                  combate a la corrupción, el


                       Dirección: Av. 6 de Diciembre y Piedrahita
                     Correo: silvia.salgado@asambleanacional.gob.ec
                                 Telf: 023991022 Fax: 023991824
SILVIA SALGADO ANDRADE
                               Asambleista Nacional 
            Presidenta De La Comision De Fiscalizacion Y Control Politico


        INFORME                      PROPUESTA                     OBSERVACIONES
                                                              transparente manejo de los
                                                              fondos públicos, el impulso de
                                                              una cultura de rendición de
                                                              cuentas y garantizar una
                                                              verdadera          participación
                                                              ciudadana.


Incluir el siguiente numeral Art. 9.- Atribuciones y          En el artículo 9 que se refiere a
                             deberes de la Instancia de       las atribuciones de la instancia
                             Coordinación.-            Son    de coordinación, se han
                             atribuciones y deberes de la     eliminado tres atribuciones
                             Instancia de Coordinación, las   presentadas en el proyecto
                             siguientes:                      original elaborado por la
                                                              propia        Función          de
                                                              Transparencia      y     Control
                             ...- Coordinar con otras         Social, que son fundamentales
                             instituciones del Estado y       para el cumplimiento de sus
                             entidades del sector privado     objetivos y que son la base de
                             acciones comunes dirigidas       la razón de ser de la nueva
                                                              Función del Estado.
                             al cumplimiento de los
                             objetivos de la Función de Sería importante incluir estas
                             Transparencia y Control atribuciones en el Proyecto de
                             Social y                     Ley en tratamiento, pues
                                                              coadyuvaran para que la
                                                              Función de Transparencia y
                                                              Control Social, realice un
                                                              trabajo eficiente y eficaz, para
                                                              el combate a la corrupción, el
                                                              transparente manejo de los
                                                              fondos públicos, el impulso de
                                                              una cultura de rendición de
                                                              cuentas y garantizar una
                                                              verdadera          participación
                                                              ciudadana.


Incluir el siguiente numeral Art. 9.- Atribuciones y En el artículo 9 que se refiere a
                             deberes de la Instancia de las atribuciones de la instancia


                     Dirección: Av. 6 de Diciembre y Piedrahita
                   Correo: silvia.salgado@asambleanacional.gob.ec
                             Telf: 023991022 Fax: 023991824
SILVIA SALGADO ANDRADE
                               Asambleista Nacional 
            Presidenta De La Comision De Fiscalizacion Y Control Politico


        INFORME                      PROPUESTA                     OBSERVACIONES
                             Coordinación.-            Son    de coordinación, se han
                             atribuciones y deberes de la     eliminado tres atribuciones
                             Instancia de Coordinación, las   presentadas en el proyecto
                             siguientes:                      original elaborado por la
                                                              propia       Función        de
                                                              Transparencia     y    Control
                             ...- Dictar los manuales,        Social, que son fundamentales
                             reglamentos y resoluciones       para el cumplimiento de sus
                             necesarias      para      la     objetivos y que son la base de
                             administración interna y         la razón de ser de la nueva
                                                              Función del Estado.
                             para el cumplimiento de los
                             deberes y atribuciones de la Sería importante incluir estas
                             instancia de coordinación. atribuciones en el Proyecto de
                                                              Ley en tratamiento, pues
                                                              coadyuvaran para que la
                                                              Función de Transparencia y
                                                              Control Social, realice un
                                                              trabajo eficiente y eficaz, para
                                                              el combate a la corrupción, el
                                                              transparente manejo de los
                                                              fondos públicos, el impulso de
                                                              una cultura de rendición de
                                                              cuentas y garantizar una
                                                              verdadera          participación
                                                              ciudadana.


Incluir el siguiente numeral Art. 9.- Atribuciones y          En el artículo 9 que se refiere a
                             deberes de la Instancia de       las atribuciones de la instancia
                             Coordinación.-            Son    de coordinación, se debe
                             atribuciones y deberes de la     incluir una atribución que
                             Instancia de Coordinación, las   permita a la Función de
                             siguientes:                      Transparencia      y     Control
                                                              Social, ser el canal entre las
                             ...-     Canalizar       las     autoridades de Estado y la
                             Rendiciones de Cuentas de        ciudadanía, principalmente en
                             todas las instituciones y        cuanto a la Rendición de
                             autoridades        públicos,     Cuentas, pues es necesario que
                                                              las personas conozcan todas y

                     Dirección: Av. 6 de Diciembre y Piedrahita
                   Correo: silvia.salgado@asambleanacional.gob.ec
                             Telf: 023991022 Fax: 023991824
SILVIA SALGADO ANDRADE
                                Asambleista Nacional 
             Presidenta De La Comision De Fiscalizacion Y Control Politico


        INFORME                        PROPUESTA                     OBSERVACIONES
                                fomentando       su amplia       cada una de las actividades que
                                difusión que    permita a la     realizan las personas que los
                                ciudadanía     conocer las       representan, siendo el pueblo
                                acciones y        actividades    ecuatoriano     el     principal
                                                                 fiscalizador de la gestión
                                realizadas       por      sus
                                                                 pública
                                mandatarios.


Art. 11.- De las atribuciones   Art. 11.- De las atribuciones    En el artículo 11, en cuanto al
de la Presidenta o Presidente   de la Presidenta o Presidente    aspecto                orgánico
de     la     Instancia    de   de     la     Instancia    de    administrativo, se debe señalar
Coordinación.-       A     la   Coordinación.-       A     la    si el Secretario de la Función
Presidenta o Presidente de la   Presidenta o Presidente de la    de Transparencia y Control
Instancia de Coordinación de    Instancia de Coordinación de     Social, será elegido de entre
la Función de Transparencia y   la Función de Transparencia y    sus miembros o fuera de su
Control        Social,     le   Control        Social,     le    seno
corresponderá:                  corresponderá:


2. Nombrar al Secretario o      2. Nombrar al Secretario o
Secretaria de la Función de     Secretaria de la Función de
Transparencia    y   Control    Transparencia    y     Control
Social;                         Social de fuera de su seno;



Art. 13.- La Secretaría.- Es el     Se debe incluir las          En el artículo 13 se debe
órgano administrativo ejecutor atribuciones del Secretario       señalar con claridad cuáles
de las políticas y decisiones                                    serán las atribuciones del
emanadas de la Instancia de                                      Secretario, pues de lo contrario
Coordinación y del Presidente                                    existiría un vacío en la norma
o Presidenta.                                                    que afectaría su aplicación.



   Disposición transitoria         Disposición transitoria  En la disposición transitoria
                                                            cuarta es necesario que se
CUARTA.- El Ministerio de CUARTA.- El Ministerio de establezca un plazo para que el
Finanzas asignará los recursos Finanzas , en el plazo de 30 Ministerio de Finanzas asigne


                      Dirección: Av. 6 de Diciembre y Piedrahita
                    Correo: silvia.salgado@asambleanacional.gob.ec
                                Telf: 023991022 Fax: 023991824
SILVIA SALGADO ANDRADE
                                 Asambleista Nacional 
              Presidenta De La Comision De Fiscalizacion Y Control Politico


         INFORME                         PROPUESTA                      OBSERVACIONES
económicos necesarios             días asignará los recursos        los    recursos     económicos
   para la organización y         económicos necesarios             necesarios para la organización
funcionamiento de la Función         para la organización y         y funcionamiento de la
de Transparencia y Control        funcionamiento de la Función      Función de Transparencia y
Social, por el resto del año      de Transparencia y Control        Control Social, de lo contrario
fiscal en que entre en vigencia   Social, por el resto del año      no existe un tiempo para la
la presente ley.                  fiscal en que entre en vigencia   aplicación de esta disposición
                                  la presente ley.                  lo cual afecta la ejecución de
                                                                    la misma




                       Dirección: Av. 6 de Diciembre y Piedrahita
                     Correo: silvia.salgado@asambleanacional.gob.ec
                                  Telf: 023991022 Fax: 023991824

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COMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdf
 

Observaciones y propuestas para el primer debate del proyecto de ley orgánica de la función de transparencia y control social

  • 1. SILVIA SALGADO ANDRADE Asambleista Nacional  Presidenta De La Comision De Fiscalizacion Y Control Politico OBSERVACIONES Y PROPUESTAS PARA EL PRIMER DEBATE DEL PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE LA FUNCIÓN DE TRANSPARENCIA Y CONTROL SOCIAL Una de las importantes innovaciones de la Constitución elaborada en Montecristi fue la creación de dos nuevos poderes o funciones que antes eran consideradas únicamente como órganos auxiliares del Estado, estas son la Función Electoral y la Función de Transparencia y Control Social. La Función de Transparencia y Control Social pretende unificar una serie de instituciones con poder público que antes estaban disociadas y que actuaban de manera independiente, como la Contraloría General del Estado, la Defensoría del Pueblo, las Superintendencias y el nuevo Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, para que realicen un trabajo coordinado que permita cumplir cada uno de sus fines institucionales los cuales están íntimamente relacionados con las actividades de control de las instituciones públicas y las instituciones privadas que administran fondos públicos o prestan servicios públicos, el combate a la Corrupción y garantizar los derechos de participación de la ciudadanía. Además que la creación de una instancia de coordinación de las instituciones que pertenecen a la Función de Transparencia y Control Social está contemplada por mandato constitucional en el artículo 206 de la Constitución de la República. En este sentido, la Función de Transparencia y Control Social, en virtud de sus atribuciones legales y constitucionales ha presentado a esta Asamblea un proyecto de Ley que rija a esta nueva función del Estado y establezca a su ente coordinador, proyecto de Ley que ha sido recogido en mayor parte por la Comisión de Justicia y Estructura del Estado en su informe para primer debate; sin embargo, ha omitido algunas propuestas del informe original que considero importante sean incorporadas en el Proyecto de Ley, como las siguientes: Dirección: Av. 6 de Diciembre y Piedrahita Correo: silvia.salgado@asambleanacional.gob.ec Telf: 023991022 Fax: 023991824
  • 2. SILVIA SALGADO ANDRADE Asambleista Nacional  Presidenta De La Comision De Fiscalizacion Y Control Politico INFORME PROPUESTA OBSERVACIONES Art. 4.- La Función de Art. 4.- La Función de En el artículo 4 numeral 2, Transparencia y Control Transparencia y Control que se refiere a los Social fundamenta su accionar Social fundamenta su accionar principios con los cuales en los en los debe actuar la Función de siguientes principios: siguientes principios: Transparencia y Control Social, en lo relacionado al 2. Control social: Consiste en 2. Control social: Consiste en principio de Control Social, el derecho y el deber el derecho y el deber se ha eliminado la potestad ciudadano que permite la ciudadano que permite la sancionadora de dicha participación, sin participación, sin función, ante lo cual es discriminación y en discriminación y en importante señalar que no condiciones de igualdad, de condiciones de igualdad, de puede existir una actividad personas, comunas, pueblos, personas, comunas, pueblos, de control sin potestad nacionalidades y otros nacionalidades y otros sancionadora, pues al colectivos en el control y la colectivos en el control y la eliminar el poder coercitivo, evaluación de las evaluación de las las instituciones que son políticas y servicios públicos políticas y servicios públicos controladas ya no estarían que garanticen los derechos que garanticen los derechos reconocidos por la reconocidos por la obligadas a cumplir las Constitución e instrumentos Constitución e instrumentos disposiciones emanadas de internacionales de derechos internacionales de derechos las instituciones que humanos, a través de la humanos, a través de la conforman la Función de vigilancia de las acciones u vigilancia de las acciones u Transparencia y Control omisiones de los servidores omisiones de los servidores Social. del sector público y de del sector público y de las personas naturales o las personas naturales o jurídicas del sector privado jurídicas del sector privado que presten servicios públicos que presten servicios públicos o desarrollen actividades de o desarrollen actividades de interés público; interés público y establecimiento de sanciones en caso de infracciones a la ley, en el marco de sus competencias; Dirección: Av. 6 de Diciembre y Piedrahita Correo: silvia.salgado@asambleanacional.gob.ec Telf: 023991022 Fax: 023991824
  • 3. SILVIA SALGADO ANDRADE Asambleista Nacional  Presidenta De La Comision De Fiscalizacion Y Control Politico INFORME PROPUESTA OBSERVACIONES Art. 4.- La Función de Art. 4.- La Función de En el artículo 4 numeral 3, que Transparencia y Control Transparencia y Control se refiere a los principios con Social fundamenta su accionar Social fundamenta su accionar los cuales debe actuar la en los en los Función de Transparencia y siguientes principios: siguientes principios: Control Social, en lo relacionado al principio de Rendición de Cuentas, la 3. Rendición de cuentas: 3. Rendición de cuentas: propuesta de la Función Consiste en el deber que Consiste en el deber que planteaba que para los eventos tienen las instituciones tienen las instituciones de Rendición de Cuentas, la públicas, sus autoridades y públicas, sus autoridades y convocatoria y participación representantes legales así representantes legales así debía ser amplia, de todos los como de las personas como de las personas sectores relacionados de la naturales o jurídicas del sector naturales o jurídicas del sector sociedad, con lo cual se privado que presten servicios privado que presten servicios permitía el establecimiento de públicos o desarrollen públicos o desarrollen verdaderos mecanismos de actividades de interés público, actividades de interés público, Rendición de Cuentas, pues es de establecer procesos de establecer procesos la ciudadanía la que debe participativos, públicos, participativos, públicos, conocer las actividades que periódicos, oportunos, claros, periódicos, oportunos, claros, están realizando sus que se realizarán al menos una que se realizarán al menos una mandatarios, de otro modo, no vez al año, respecto de los vez al año, respecto de los puede existir Rendición de servicios públicos a través de servicios públicos mediante la Cuentas cuando esta no es la información razonable, información razonable, amplia y participativa. suficiente y con lenguaje suficiente y con lenguaje asequible. La rendición de asequible; y a través de cuentas implica presentar mecanismos amplios y informes y someterse a los participativos de todos los procedimientos de control sectores de la ciudadanía. La establecidos por la ley para las rendición de cuentas implica personas e instituciones presentar informes y que usan recursos públicos o someterse a los prestan servicios públicos procedimientos de control directamente o por delegación. establecidos por la ley para las personas e instituciones que usan recursos públicos o prestan servicios públicos directamente o por delegación. Dirección: Av. 6 de Diciembre y Piedrahita Correo: silvia.salgado@asambleanacional.gob.ec Telf: 023991022 Fax: 023991824
  • 4. SILVIA SALGADO ANDRADE Asambleista Nacional  Presidenta De La Comision De Fiscalizacion Y Control Politico INFORME PROPUESTA OBSERVACIONES Art. 5.- La Función de Art. 5.- La Función de La principal finalidad de la Transparencia y Control Transparencia y Control Función de Transparencia y Social tiene, además de los Social tiene, además de los Control Social, debe ser la de establecidos en el segundo establecidos en el segundo devolver a la ciudadanía la inciso del Art. 204 de la inciso del Art. 204 de la soberanía, es decir construir el Constitución, los siguientes Constitución, los siguientes poder ciudadano, que permita objetivos: objetivos: una nueva forma de democracia más directa y participativa. 2. Fomentar e incentivar la 2. Fomentar e incentivar la participación ciudadana; participación ciudadana y la construcción del poder ciudadano; Art. 8.- La Instancia de Art. 8.- La Instancia de Es necesario que la instancia Coordinación de la Función deCoordinación de la Función de de coordinación establecida en Transparencia y Control Transparencia y Control el artículo 206 de la Social.- En atención a lo Social.- En atención a lo Constitución, tenga una establecido en el artículo 206 establecido en el artículo 206 denominación propia que le de la Constitución de la de la Constitución de la caracterice y le otorgue República, se crea la Instancia República, se crea el Consejo institucionalidad como entidad de Coordinación de la FunciónSuperior de Transparencia y coordinadora de la Función de de Transparencia y Control Control Social como la Transparencia y Control Social, la cual está integrada Instancia de Coordinación de Social. por las y los titulares de cada la Función de Transparencia y uno de los organismos que Control son parte de la Función. Social, el cual está integrado por las y los titulares de cada uno de los organismos que La Instancia de Coordinación son parte de la Función. se constituye en el más alto órgano de gobierno de la Función de Transparencia y El Consejo Superior de Control Social. Transparencia y Control Social se constituye en el más alto órgano de gobierno de la Dirección: Av. 6 de Diciembre y Piedrahita Correo: silvia.salgado@asambleanacional.gob.ec Telf: 023991022 Fax: 023991824
  • 5. SILVIA SALGADO ANDRADE Asambleista Nacional  Presidenta De La Comision De Fiscalizacion Y Control Politico INFORME PROPUESTA OBSERVACIONES Función de Transparencia y Control Social. (Es importante señalar que se debería realizar este cambio de la denominación de la institución que coordine a la Función, en todo el texto del Proyecto de Ley) Art. 9.- Atribuciones y Art. 9.- Atribuciones y En lo referente a las deberes de la Instancia de deberes de la Instancia de atribuciones y deberes de la Coordinación.- Son Coordinación.- Soninstancia de coordinación, atribuciones y deberes de la atribuciones y deberes de la señaladas en el artículo 9, Instancia de Coordinación, las Instancia de Coordinación, las cabe señalar que la siguientes: siguientes: redacción del numeral 2 es contraria a la disposición 2. Elaborar el plan estratégico 2. Coordinar el plan constitucional del artículo de la Función de estratégico de la Función de 206, pues en la ley se señala Transparencia y Control Transparencia y Control que esta instancia será la Social. Social. encargada de elaborar el Plan Estratégico de la Función, sin embargo la disposición constitucional establece que la instancia de coordinación únicamente coordinará la elaboración de este Plan Estratégico, y que inclusive, respetará la autonomía de cada una de las instituciones. Dirección: Av. 6 de Diciembre y Piedrahita Correo: silvia.salgado@asambleanacional.gob.ec Telf: 023991022 Fax: 023991824
  • 6. SILVIA SALGADO ANDRADE Asambleista Nacional  Presidenta De La Comision De Fiscalizacion Y Control Politico INFORME PROPUESTA OBSERVACIONES Art. 9.- Atribuciones y Art. 9.- Atribuciones y En lo referente a las deberes de la Instancia de deberes de la Instancia de atribuciones y deberes de la Coordinación.- Son Coordinación.- Son instancia de coordinación, atribuciones y deberes de la atribuciones y deberes de la señaladas en el artículo 9, cabe Instancia de Coordinación, las Instancia de Coordinación, las señalar que la obligación de siguientes: siguientes: informar a la Asamblea Nacional sobre el 5. Informar anualmente a la 5. Informar anualmente a la cumplimiento de las funciones Asamblea Nacional de las Asamblea Nacional de las del numeral 5, deberían actividades relativas al actividades relativas al ampliarse también para que cumplimiento de sus cumplimiento de sus dicha instancia también rinda funciones, o cuando ésta lo funciones y del plan cuentas sobre el cumplimiento requiera. estratégico de la Función de del Plan Estratégico, pues este Transparencia y Control será la base fundamental para Social, o cuando ésta lo la consecución de los fines de requiera. la Función de Transparencia y Control Social. Incluir el siguiente numeral Art. 9.- Atribuciones y En el artículo 9 que se refiere a deberes de la Instancia de las atribuciones de la instancia Coordinación.- Son de coordinación, se han atribuciones y deberes de la eliminado tres atribuciones Instancia de Coordinación, las presentadas en el proyecto siguientes: original elaborado por la propia Función de Transparencia y Control Social, que son fundamentales para el ....- Expedir resoluciones de cumplimiento de sus objetivos y carácter general y que son la base de la razón de obligatorio que sean ser de la nueva Función del necesarias para la Estado. formulación de las políticas públicas de transparencia, Sería importante incluir estas control social, rendición de atribuciones en el Proyecto de Ley en tratamiento, pues cuentas, promoción de la coadyuvaran para que la participación ciudadana y Función de Transparencia y prevención y lucha contra la Control Social, realice un corrupción. trabajo eficiente y eficaz, para el combate a la corrupción, el Dirección: Av. 6 de Diciembre y Piedrahita Correo: silvia.salgado@asambleanacional.gob.ec Telf: 023991022 Fax: 023991824
  • 7. SILVIA SALGADO ANDRADE Asambleista Nacional  Presidenta De La Comision De Fiscalizacion Y Control Politico INFORME PROPUESTA OBSERVACIONES transparente manejo de los fondos públicos, el impulso de una cultura de rendición de cuentas y garantizar una verdadera participación ciudadana. Incluir el siguiente numeral Art. 9.- Atribuciones y En el artículo 9 que se refiere a deberes de la Instancia de las atribuciones de la instancia Coordinación.- Son de coordinación, se han atribuciones y deberes de la eliminado tres atribuciones Instancia de Coordinación, las presentadas en el proyecto siguientes: original elaborado por la propia Función de Transparencia y Control ...- Coordinar con otras Social, que son fundamentales instituciones del Estado y para el cumplimiento de sus entidades del sector privado objetivos y que son la base de acciones comunes dirigidas la razón de ser de la nueva Función del Estado. al cumplimiento de los objetivos de la Función de Sería importante incluir estas Transparencia y Control atribuciones en el Proyecto de Social y Ley en tratamiento, pues coadyuvaran para que la Función de Transparencia y Control Social, realice un trabajo eficiente y eficaz, para el combate a la corrupción, el transparente manejo de los fondos públicos, el impulso de una cultura de rendición de cuentas y garantizar una verdadera participación ciudadana. Incluir el siguiente numeral Art. 9.- Atribuciones y En el artículo 9 que se refiere a deberes de la Instancia de las atribuciones de la instancia Dirección: Av. 6 de Diciembre y Piedrahita Correo: silvia.salgado@asambleanacional.gob.ec Telf: 023991022 Fax: 023991824
  • 8. SILVIA SALGADO ANDRADE Asambleista Nacional  Presidenta De La Comision De Fiscalizacion Y Control Politico INFORME PROPUESTA OBSERVACIONES Coordinación.- Son de coordinación, se han atribuciones y deberes de la eliminado tres atribuciones Instancia de Coordinación, las presentadas en el proyecto siguientes: original elaborado por la propia Función de Transparencia y Control ...- Dictar los manuales, Social, que son fundamentales reglamentos y resoluciones para el cumplimiento de sus necesarias para la objetivos y que son la base de administración interna y la razón de ser de la nueva Función del Estado. para el cumplimiento de los deberes y atribuciones de la Sería importante incluir estas instancia de coordinación. atribuciones en el Proyecto de Ley en tratamiento, pues coadyuvaran para que la Función de Transparencia y Control Social, realice un trabajo eficiente y eficaz, para el combate a la corrupción, el transparente manejo de los fondos públicos, el impulso de una cultura de rendición de cuentas y garantizar una verdadera participación ciudadana. Incluir el siguiente numeral Art. 9.- Atribuciones y En el artículo 9 que se refiere a deberes de la Instancia de las atribuciones de la instancia Coordinación.- Son de coordinación, se debe atribuciones y deberes de la incluir una atribución que Instancia de Coordinación, las permita a la Función de siguientes: Transparencia y Control Social, ser el canal entre las ...- Canalizar las autoridades de Estado y la Rendiciones de Cuentas de ciudadanía, principalmente en todas las instituciones y cuanto a la Rendición de autoridades públicos, Cuentas, pues es necesario que las personas conozcan todas y Dirección: Av. 6 de Diciembre y Piedrahita Correo: silvia.salgado@asambleanacional.gob.ec Telf: 023991022 Fax: 023991824
  • 9. SILVIA SALGADO ANDRADE Asambleista Nacional  Presidenta De La Comision De Fiscalizacion Y Control Politico INFORME PROPUESTA OBSERVACIONES fomentando su amplia cada una de las actividades que difusión que permita a la realizan las personas que los ciudadanía conocer las representan, siendo el pueblo acciones y actividades ecuatoriano el principal fiscalizador de la gestión realizadas por sus pública mandatarios. Art. 11.- De las atribuciones Art. 11.- De las atribuciones En el artículo 11, en cuanto al de la Presidenta o Presidente de la Presidenta o Presidente aspecto orgánico de la Instancia de de la Instancia de administrativo, se debe señalar Coordinación.- A la Coordinación.- A la si el Secretario de la Función Presidenta o Presidente de la Presidenta o Presidente de la de Transparencia y Control Instancia de Coordinación de Instancia de Coordinación de Social, será elegido de entre la Función de Transparencia y la Función de Transparencia y sus miembros o fuera de su Control Social, le Control Social, le seno corresponderá: corresponderá: 2. Nombrar al Secretario o 2. Nombrar al Secretario o Secretaria de la Función de Secretaria de la Función de Transparencia y Control Transparencia y Control Social; Social de fuera de su seno; Art. 13.- La Secretaría.- Es el Se debe incluir las En el artículo 13 se debe órgano administrativo ejecutor atribuciones del Secretario señalar con claridad cuáles de las políticas y decisiones serán las atribuciones del emanadas de la Instancia de Secretario, pues de lo contrario Coordinación y del Presidente existiría un vacío en la norma o Presidenta. que afectaría su aplicación. Disposición transitoria Disposición transitoria En la disposición transitoria cuarta es necesario que se CUARTA.- El Ministerio de CUARTA.- El Ministerio de establezca un plazo para que el Finanzas asignará los recursos Finanzas , en el plazo de 30 Ministerio de Finanzas asigne Dirección: Av. 6 de Diciembre y Piedrahita Correo: silvia.salgado@asambleanacional.gob.ec Telf: 023991022 Fax: 023991824
  • 10. SILVIA SALGADO ANDRADE Asambleista Nacional  Presidenta De La Comision De Fiscalizacion Y Control Politico INFORME PROPUESTA OBSERVACIONES económicos necesarios días asignará los recursos los recursos económicos para la organización y económicos necesarios necesarios para la organización funcionamiento de la Función para la organización y y funcionamiento de la de Transparencia y Control funcionamiento de la Función Función de Transparencia y Social, por el resto del año de Transparencia y Control Control Social, de lo contrario fiscal en que entre en vigencia Social, por el resto del año no existe un tiempo para la la presente ley. fiscal en que entre en vigencia aplicación de esta disposición la presente ley. lo cual afecta la ejecución de la misma Dirección: Av. 6 de Diciembre y Piedrahita Correo: silvia.salgado@asambleanacional.gob.ec Telf: 023991022 Fax: 023991824