El documento describe 10 organismos autónomos establecidos por la Constitución peruana para garantizar el estado de derecho y una mayor eficiencia en el gobierno. Estos organismos incluyen el Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Tribunal Constitucional, el Ministerio Público, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Banco Central de Reserva del Perú, la Contraloría General de la República, la Defensoría del Pueblo y la Superint
el estado. elementos del estado. clases de estado. definición de estado. nación, norma jurídica. base geográfica. El estado en la constitución. características del estado. etimología de la palabra estado
el estado. elementos del estado. clases de estado. definición de estado. nación, norma jurídica. base geográfica. El estado en la constitución. características del estado. etimología de la palabra estado
El ESTADO PERUANO
ELEMENTOS
Gobierno
Población
Territorio
Orden Jurídico
ORGANIZACIÓN
El gobierno peruano está conformado por tres poderes: el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial.
PODERES DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
El Poder Legislativo reside en el Congreso, el cual consta de cámara única.
El Congreso de la República es el órgano representativo de la nación, encargado de realizar las funciones legislativas, de control político y las demás que establece la Constitución del Estado. Es unicameral y consta de 120 congresistas elegidos en forma directa.
PODER EJECUTIVO
El Poder Ejecutivo es el órgano administrador del estado. Su atribución es cumplir y hacer cumplir las leyes.
Ejerce las funciones administrativas orientadas a cumplir y hacer cumplir las leyes; mantener la prestación de los servicios públicos y ejercer su capacidad normativa.
PODER JUDICIAL
Es el órgano del Estado cuya función es administrar justicia, aplicando la ley. La potestad de administrar justicia emana del pueblo. Se ejerce por el Poder Judicial a través de sus organismos jerárquicos, con arreglo a la Constitución y a las leyes.
Es la potestad de administrar justicia y se ejerce a través de sus órganos jerárquicos con arreglo a la Constitución.
La República del Perú es democrática, social, independiente y soberana. El Estado es uno e indivisible. Su gobierno es unitario, representativo y descentralizado, y se organiza según el principio de la separación de poderes.
La estructura del Estado está definida en la Constitución Política del Perú aprobada en mediante el referéndum y promulgada a finales de 1993 y vigente desde el 1 de enero de 1994.
El ESTADO PERUANO
ELEMENTOS
Gobierno
Población
Territorio
Orden Jurídico
ORGANIZACIÓN
El gobierno peruano está conformado por tres poderes: el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial.
PODERES DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
El Poder Legislativo reside en el Congreso, el cual consta de cámara única.
El Congreso de la República es el órgano representativo de la nación, encargado de realizar las funciones legislativas, de control político y las demás que establece la Constitución del Estado. Es unicameral y consta de 120 congresistas elegidos en forma directa.
PODER EJECUTIVO
El Poder Ejecutivo es el órgano administrador del estado. Su atribución es cumplir y hacer cumplir las leyes.
Ejerce las funciones administrativas orientadas a cumplir y hacer cumplir las leyes; mantener la prestación de los servicios públicos y ejercer su capacidad normativa.
PODER JUDICIAL
Es el órgano del Estado cuya función es administrar justicia, aplicando la ley. La potestad de administrar justicia emana del pueblo. Se ejerce por el Poder Judicial a través de sus organismos jerárquicos, con arreglo a la Constitución y a las leyes.
Es la potestad de administrar justicia y se ejerce a través de sus órganos jerárquicos con arreglo a la Constitución.
La República del Perú es democrática, social, independiente y soberana. El Estado es uno e indivisible. Su gobierno es unitario, representativo y descentralizado, y se organiza según el principio de la separación de poderes.
La estructura del Estado está definida en la Constitución Política del Perú aprobada en mediante el referéndum y promulgada a finales de 1993 y vigente desde el 1 de enero de 1994.
El Poder Electoral
El Poder Electoral se encarga de dirigir, organizar, y vigilar todos los actos relativos a la elección de los cargos de representación popular de los cargos públicos así como referendos y plebiscitos; pero se agrega que podrá ejercer sus funciones en el ámbito de las organizaciones de la sociedad civil cuando así lo requiera el interés publico y en los términos que determine la ley. El Poder Electoral es ejercido por órgano del consejo nacional electoral que tiene por objeto regular el establecimiento de las bases, mecanismos y sistemas que garantizan el advenimiento del nuevo ideal u objetivo democrático. Una nueva cultura electoral establecida sobre la participación ciudadana.
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2. La Constitución política, para la salvaguardia del estado de
derecho y la mayor eficiencia en la ejecución de algunas
labores, ha constituido algunos organismos autónomos, que
no dependen de ninguno de los poderes del Estado:
Jurado Nacional de Elecciones (JNE)
Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE)
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC)
Tribunal Constitucional (TC)
Ministerio Público (MP)
Consejo Nacional de la Magistratura (CNM)
Banco Central de Reserva del Perú (BCRP)
Contraloría General de la República (CGR)
Defensoría del Pueblo (DEPU)
Superintendencia de Banca y Seguros del Perú (SBS).
3. El Jurado Nacional de Elecciones
Es un organismo constitucional autónomo del Estado
peruano. Tiene como finalidad fiscalizar la legalidad
del ejercicio del sufragio, los procesos electorales y las
consultas populares, garantizando el respeto a la
voluntad ciudadana. En consecuencia es el órgano
encargado de proclamar los resultados electorales y
otorgar los reconocimientos o credenciales
correspondientes a las autoridades electas. Así mismo
tiene como función el dictar resoluciones de carácter
general, para reglamentar y normar las disposiciones
electorales.
4. El Jurado Nacional de Elecciones
Revisa en grado de apelación las resoluciones
expedidas en primera instancia por los
Jurados Electorales Especiales y resuelve en
definitiva las controversias sobre materia
electoral. También decide en segunda y última
instancia sobre los casos de vacancias
declaradas por los Concejos Regionales y
Municipales.
5. La Oficina Nacional de Procesos
Electorales (ONPE) del Perú
Es un organismo constitucional autónomo. Tiene
como finalidad organizar las elecciones, velar por el
respeto de la voluntad popular y promover la libre
participación electoral de la ciudadanía. En
consecuencia,
es
el
organismo
autónomo
especializado en la planificación, organización y
ejecución de los procesos electorales. La Jefa
Nacional actual es Magdalena Chú.
6. El Registro Nacional de
Identificación y Estado Civil (RENIEC)
Es
un
organismo
autónomo
del
Estado
Peruano encargado de la identificación de los
peruanos, otorgando el Documento Nacional de
Identidad (DNI), registrando hechos vitales como
nacimientos, matrimonios, defunciones, divorcios y
otros que modifican el estado civil. Durante los
procesos electorales, proporciona el Padrón Electoral
que se utilizará en las elecciones.
7. El Registro Nacional de
Identificación y Estado Civil (RENIEC)
El RENIEC es una de las instituciones más modernas en
materia
de
identificación
y
registros
civiles
de Latinoamérica. Asimismo, es la institución pública más
confiable del país, según estudios de investigación
realizados por importantes empresas encuestadoras.3
Actualmente, este organismo se encuentra en proceso de
implementación del DNI electrónico, el cual empezaría a
expedirse a partir del segundo semestre de
2012,4 reemplazando gradualmente al DNI actual.
8. El Consejo Nacional de la
Magistratura o CNM
Es un organismo constitucional autónomo de
la República del Perú, que tiene sede en el distrito
de Lima.
Su función es fortalecer el sistema de
administración de justicia, nombrando y ratificando
a jueces fiscales , destituyendo a aquellos que
transgredan sus responsabilidades, contribuyendo
de ese modo a mejorar la administración de justicia
y la defensa de la legalidad en el país.
9. El Consejo Nacional de la
Magistratura o CNM
Este Organismo, independiente por mandato
constitucional, tiene la muy alta y delicada misión
de seleccionar, nombrar y periódicamente ratificar
a jueces y fiscales sólidamente probos,
independientes, provistos de irreductibles valores
éticos y morales, idóneos para garantizar la plena
vigencia de los derechos de la persona y el respeto
a su dignidad, a través de una correcta
administración de justicia.
10. La Defensoría del Pueblo
Es un órgano constitucional autónomo creado
por la Constitución de 1993. Su misión es
proteger los derechos constitucionales y
fundamentales de la persona y de la
comunidad; supervisar el cumplimiento de los
deberes de la administración del Estado y la
prestación de los servicios públicos a la
población.
11. Ministerio Público
Está al servicio de la sociedad y de la
administración de justicia, defiende la legalidad,
los intereses públicos, la independencia de los
órganos jurisdiccionales y la recta administración
de
justicia,
fortaleciendo
el
Estado democrático, social y de derecho.
Representa a la sociedad en los procesos
judiciales.
12. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
El Tribunal Constitucional es el órgano de
control de la Constitución, y su supremo
intérprete. Mediante el conocimiento de los
Procesos Constitucionales, cumple funciones
de valoración, ordenación y pacificación del
orden constitucional, tanto a nivel jurídico
como social, garantizando la protección de los
derechos fundamentales de las personas y la
defensa de la Constitución.
13. LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA
REPÚBLICA
“Promover el desarrollo de una
gestión eficaz y moderna de los
recursos públicos en beneficio de
todos los peruanos”.
14. BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL
PERÚ
Preservar la estabilidad monetaria.
15. SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS
DE PENSIONES
Proteger los intereses del público a través de la
cautela de la estabilidad y solvencia de las empresas
que forman parte de los sistemas financiero, de
seguros y privado de fondos de pensiones, así como
prevenir y detectar el lavado de activos y el
financiamiento del terrorismo.