La República del Perú es democrática, social, independiente y soberana. El Estado es uno e indivisible. Su gobierno es unitario, representativo y descentralizado, y se organiza según el principio de la separación de poderes.
La estructura del Estado está definida en la Constitución Política del Perú aprobada en mediante el referéndum y promulgada a finales de 1993 y vigente desde el 1 de enero de 1994.
La Constitución Política del Perú es la norma jurídica más importante del país, que contiene los derechos fundamentales de las personas y la estructura del Estado peruano. Está dividida en parte dogmática, con los derechos y deberes de los ciudadanos, y parte orgánica, con la estructura de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial. El Perú ha tenido 12 constituciones desde 1823, y la actual data de 1993.
La Constitución es la ley fundamental de un país que establece su organización política y jurídica. Se originó en la antigua Grecia y existían tres formas de gobierno: monarquía, aristocracia y democracia. La Constitución actual del Perú data de 1993 y fue aprobada tras la disolución del Congreso en 1992, contiene 206 artículos y reconoce derechos fundamentales, sociales, políticos y la descentralización.
El documento resume la estructura política del estado peruano durante la época colonial bajo el dominio español. Detalla las diferentes autoridades que gobernaban el virreinato del Perú, incluyendo al Rey de España, el Consejo de Indias, el virrey, la Real Audiencia, los corregidores y las intendencias. Explica las funciones y jerarquía de cada una de estas instituciones dentro de la administración colonial del territorio peruano.
El documento describe los elementos fundamentales del Estado peruano. Estos incluyen la nación, el territorio y la organización jurídica. El Estado peruano se caracteriza por ser democrático, social, independiente y soberano, con un gobierno unitario y descentralizado según la Constitución. El Presidente representa a la nación y al Estado.
El sistema electoral peruano está compuesto por tres organismos principales: el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC). El JNE supervisa la legalidad del proceso electoral, la inscripción de candidatos y proclama los resultados. La ONPE se encarga de organizar las elecciones y promover la participación ciudadana. El RENIEC emite documentos de identidad y mantiene el padrón electoral.
ÓRGANOS CONSTITUCIONALES AUTÓNOMOS DEL PERÚArmando Calla
Este documento describe los organismos constitucionales autónomos en el Perú, incluyendo el Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Tribunal Constitucional, el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General de la República, la Superintendencia de Banca y Seguros y el Banco Central de Reserva del Perú. Estos organismos gozan de independencia en el ejercicio de sus func
El documento describe los órganos constitucionales autónomos del Perú, incluyendo el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo, la ONPE, el JNE, el RENIEC, el Tribunal Constitucional y el Consejo Nacional de la Magistratura. Estos organismos gozan de autonomía e independencia en el ejercicio de sus funciones de control y vigilancia sobre los otros poderes del Estado, con el fin de garantizar los derechos fundamentales y el funcionamiento democrático del sistema.
El documento describe la estructura y organización del Estado Peruano. Explica que el Estado Peruano es unitario y está compuesto por tres poderes independientes: el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y el Poder Judicial. Asimismo, se divide territorialmente en regiones, departamentos, provincias y distritos.
La Constitución Política del Perú es la norma jurídica más importante del país, que contiene los derechos fundamentales de las personas y la estructura del Estado peruano. Está dividida en parte dogmática, con los derechos y deberes de los ciudadanos, y parte orgánica, con la estructura de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial. El Perú ha tenido 12 constituciones desde 1823, y la actual data de 1993.
La Constitución es la ley fundamental de un país que establece su organización política y jurídica. Se originó en la antigua Grecia y existían tres formas de gobierno: monarquía, aristocracia y democracia. La Constitución actual del Perú data de 1993 y fue aprobada tras la disolución del Congreso en 1992, contiene 206 artículos y reconoce derechos fundamentales, sociales, políticos y la descentralización.
El documento resume la estructura política del estado peruano durante la época colonial bajo el dominio español. Detalla las diferentes autoridades que gobernaban el virreinato del Perú, incluyendo al Rey de España, el Consejo de Indias, el virrey, la Real Audiencia, los corregidores y las intendencias. Explica las funciones y jerarquía de cada una de estas instituciones dentro de la administración colonial del territorio peruano.
El documento describe los elementos fundamentales del Estado peruano. Estos incluyen la nación, el territorio y la organización jurídica. El Estado peruano se caracteriza por ser democrático, social, independiente y soberano, con un gobierno unitario y descentralizado según la Constitución. El Presidente representa a la nación y al Estado.
El sistema electoral peruano está compuesto por tres organismos principales: el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC). El JNE supervisa la legalidad del proceso electoral, la inscripción de candidatos y proclama los resultados. La ONPE se encarga de organizar las elecciones y promover la participación ciudadana. El RENIEC emite documentos de identidad y mantiene el padrón electoral.
ÓRGANOS CONSTITUCIONALES AUTÓNOMOS DEL PERÚArmando Calla
Este documento describe los organismos constitucionales autónomos en el Perú, incluyendo el Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Tribunal Constitucional, el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General de la República, la Superintendencia de Banca y Seguros y el Banco Central de Reserva del Perú. Estos organismos gozan de independencia en el ejercicio de sus func
El documento describe los órganos constitucionales autónomos del Perú, incluyendo el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo, la ONPE, el JNE, el RENIEC, el Tribunal Constitucional y el Consejo Nacional de la Magistratura. Estos organismos gozan de autonomía e independencia en el ejercicio de sus funciones de control y vigilancia sobre los otros poderes del Estado, con el fin de garantizar los derechos fundamentales y el funcionamiento democrático del sistema.
El documento describe la estructura y organización del Estado Peruano. Explica que el Estado Peruano es unitario y está compuesto por tres poderes independientes: el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y el Poder Judicial. Asimismo, se divide territorialmente en regiones, departamentos, provincias y distritos.
El Estado Peruano se compone de la nación peruana, su territorio y su organización jurídica. Tiene la soberanía sobre su territorio y sus deberes incluyen defender la soberanía nacional, garantizar los derechos humanos, proteger la seguridad de la población y promover el bienestar general. Su estructura distribuye el poder en ramas ejecutiva, legislativa y judicial. El Estado Peruano actual es una república democrática, social, independiente y soberana con un gobierno unitario y administración descentralizada.
El documento describe la estructura del Estado peruano. Está dividido en tres poderes: legislativo, ejecutivo y judicial. El poder legislativo reside en el Congreso de 130 congresistas. El poder ejecutivo está encabezado por el Presidente de la República y el Consejo de Ministros. El poder judicial está encargado de administrar justicia a través de órganos jurisdiccionales como la Corte Suprema, Cortes Superiores y juzgados.
El documento describe 10 organismos autónomos establecidos por la Constitución peruana para garantizar el estado de derecho y una mayor eficiencia en el gobierno. Estos organismos incluyen el Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Tribunal Constitucional, el Ministerio Público, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Banco Central de Reserva del Perú, la Contraloría General de la República, la Defensoría del Pueblo y la Superint
Este documento resume los antecedentes históricos y la Constitución Peruana de 1823. Tras la independencia de Perú en 1821, rigieron primero un Reglamento Provisional y luego un Estatuto Provisional, los cuales establecieron las primeras instituciones del nuevo estado. En 1822 se convocó a un Congreso Constituyente que elaboró la primera Constitución de Perú en 1823, aunque esta no llegó a regir debido a la inestabilidad política de la época.
El documento resume las principales constituciones que ha tenido el Perú desde 1823 hasta 1860. Entre las constituciones descritas se encuentran la de 1823, que estableció un sistema republicano de tres poderes pero no llegó a regir; la de 1826 que nombró a Bolívar como Presidente Vitalicio; la de 1828 que concedió el sufragio a todos los hombres libres; y la de 1856 que estableció la elección directa del presidente por 4 años. Cada constitución se describe resumiendo sus características principales.
El documento presenta información sobre la Constitución Política del Perú de 1993, incluyendo su estructura, principales innovaciones, jerarquía de los tratados sobre derechos humanos, la descentralización de poderes, y las diferencias con la Constitución de 1979. También define conceptos como Estado, gobierno, soberanía y las características y estructura del Estado peruano, además de explicar el Estado de derecho y sus características y las garantías constitucionales.
Los gobiernos regionales son instituciones autónomas encargadas de la gestión pública de las regiones y departamentos del país. Están organizados con tres instancias: ejecutiva, legislativa y de coordinación. Sus autoridades son elegidas democráticamente por un periodo de 4 años. Los gobiernos locales o municipales gestionan el desarrollo de las comunidades de manera coordinada con los gobiernos regionales.
Material utilizado en el Programa de Entrenamiento para Consejeras y Consejeros Regionales (Período 2015-2018).
Expositor: Sara Arobes, Secretaria de Gestión Pública de la SGP-PCM
Módulo 1
Lima 23 al 26 de febrero 2015
El poder ejecutivo es el órgano del estado encargado de dirigir y ejecutar la política del país. Está compuesto por el Presidente de la República, quien lo dirige, y el Consejo de Ministros. El poder ejecutivo concibe y ejecuta políticas generales, representa a la nación, sostiene a las fuerzas armadas, y vela por el orden interno y la seguridad externa del país.
Este documento presenta una introducción al derecho constitucional peruano y a los principales órganos constitucionales del Perú, incluyendo el Tribunal Constitucional, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo. Explica brevemente las funciones y características de cada uno de estos órganos constitucionales autónomos según la Constitución peruana.
Este documento describe la Constitución Política del Perú de 1993, incluyendo su estructura, proceso de reforma y disposiciones transitorias. Se divide en parte dogmática, orgánica y garantista. Puede ser reformada por el Congreso con dos tercios de votos o mediante referéndum si se aprueba en dos legislaturas. Establece el régimen social, derechos humanos y elecciones municipales entre otros aspectos.
El documento describe los elementos fundamentales del Estado, incluyendo su territorio, nación, soberanía y organización política. Explica las características del Estado peruano como republicano, democrático, social, independiente y soberano con poder indivisible. También cubre los deberes primordiales del Estado peruano de defender la soberanía nacional, garantizar los derechos humanos, promover el bienestar social y proteger la seguridad de la población. Finalmente, resume las características del gobierno peruano como unitario, representativo y descentralizado b
El documento resume los principales aspectos del Estado peruano. En menos de 3 oraciones:
El Estado peruano es unitario, representativo y descentralizado. Se organiza según los principios de soberanía popular, separación de poderes y autonomía regional. El Estado peruano tiene como deberes defender la soberanía nacional, garantizar los derechos humanos y promover el bienestar general basado en la justicia y el desarrollo equilibrado del país.
El documento analiza las diferencias entre las constituciones peruanas de 1979 y 1993 en materia económica. La constitución de 1979 era más intervencionista, mientras que la de 1993 propuso un estado que respeta la propiedad privada y la competencia del mercado. La de 1979 permitía al estado expropiar tierras y tener empresas estatales en diversos sectores, mientras que la de 1993 limitó esto y estableció que los contratos no pueden ser modificados por leyes posteriores.
El documento describe la organización del Estado peruano. Se divide en tres poderes: el poder legislativo está conformado por el Congreso de la República y está formado por 130 congresistas. El poder ejecutivo está liderado por el Presidente de la República y el Consejo de Ministros. El poder judicial está encabezado por la Corte Suprema de Justicia y está formado por cortes superiores, juzgados especializados y juzgados de paz. Además, existen organismos autónomos, gobiernos regionales y gobiernos locales
Diferencias entre las constituciones de 1979 y 1993Free TIC
La constitución de 1979 otorgaba un rol más activo al Estado en la economía y garantizaba la educación gratuita sin restricciones. El congreso era bicameral. La constitución de 1993 limitó la actividad empresarial del Estado, condicionó la gratuidad educativa al rendimiento y recursos, estableció un congreso unicameral y creó la figura del Defensor del Pueblo y el referéndum.
Este documento resume la interpretación de Enrique Bernales Ballesteros sobre varios artículos de la Constitución Política del Perú de 1993. Explica que el Artículo 1 establece la defensa de la persona humana como el fin supremo del Estado, el Artículo 38 define deberes generales de los peruanos hacia la sociedad y el Estado de Derecho, y el Artículo 44 enumera los deberes primordiales del Estado, incluyendo defender la soberanía nacional y garantizar los derechos humanos.
El documento describe la evolución constitucional del Perú, incluyendo la Constitución de 1993 promulgada tras el autogolpe de Estado de Alberto Fujimori. La Constitución de 1993 introdujo innovaciones como reconocer la autonomía municipal, permitir referendos para reformas y otorgar independencia al Consejo de la Magistratura. También limitó los poderes de control del parlamento sobre el ejecutivo.
El documento describe la organización política y administrativa del Estado peruano. Explica que el Estado tiene dos dimensiones: política, que se ocupa de los derechos constitucionales y principios; y orgánica, que se ocupa de los organismos que componen el Estado. Luego describe los tres poderes del Estado peruano (Legislativo, Ejecutivo y Judicial) y sus funciones.
Este documento define conceptos clave relacionados con las normas, el derecho y el Estado. Explica que las normas regulan la conducta humana y existen diferentes tipos como las normas religiosas, morales, sociales y jurídicas. Define el derecho como un conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta externa de las personas y que el Estado puede hacer cumplir mediante la fuerza. También distingue entre los diferentes tipos de Estados, como los unitarios y federales, y sus elementos constitutivos como la población, el territorio y el poder polí
El Estado Peruano se compone de la nación peruana, su territorio y su organización jurídica. Tiene la soberanía sobre su territorio y sus deberes incluyen defender la soberanía nacional, garantizar los derechos humanos, proteger la seguridad de la población y promover el bienestar general. Su estructura distribuye el poder en ramas ejecutiva, legislativa y judicial. El Estado Peruano actual es una república democrática, social, independiente y soberana con un gobierno unitario y administración descentralizada.
El documento describe la estructura del Estado peruano. Está dividido en tres poderes: legislativo, ejecutivo y judicial. El poder legislativo reside en el Congreso de 130 congresistas. El poder ejecutivo está encabezado por el Presidente de la República y el Consejo de Ministros. El poder judicial está encargado de administrar justicia a través de órganos jurisdiccionales como la Corte Suprema, Cortes Superiores y juzgados.
El documento describe 10 organismos autónomos establecidos por la Constitución peruana para garantizar el estado de derecho y una mayor eficiencia en el gobierno. Estos organismos incluyen el Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Tribunal Constitucional, el Ministerio Público, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Banco Central de Reserva del Perú, la Contraloría General de la República, la Defensoría del Pueblo y la Superint
Este documento resume los antecedentes históricos y la Constitución Peruana de 1823. Tras la independencia de Perú en 1821, rigieron primero un Reglamento Provisional y luego un Estatuto Provisional, los cuales establecieron las primeras instituciones del nuevo estado. En 1822 se convocó a un Congreso Constituyente que elaboró la primera Constitución de Perú en 1823, aunque esta no llegó a regir debido a la inestabilidad política de la época.
El documento resume las principales constituciones que ha tenido el Perú desde 1823 hasta 1860. Entre las constituciones descritas se encuentran la de 1823, que estableció un sistema republicano de tres poderes pero no llegó a regir; la de 1826 que nombró a Bolívar como Presidente Vitalicio; la de 1828 que concedió el sufragio a todos los hombres libres; y la de 1856 que estableció la elección directa del presidente por 4 años. Cada constitución se describe resumiendo sus características principales.
El documento presenta información sobre la Constitución Política del Perú de 1993, incluyendo su estructura, principales innovaciones, jerarquía de los tratados sobre derechos humanos, la descentralización de poderes, y las diferencias con la Constitución de 1979. También define conceptos como Estado, gobierno, soberanía y las características y estructura del Estado peruano, además de explicar el Estado de derecho y sus características y las garantías constitucionales.
Los gobiernos regionales son instituciones autónomas encargadas de la gestión pública de las regiones y departamentos del país. Están organizados con tres instancias: ejecutiva, legislativa y de coordinación. Sus autoridades son elegidas democráticamente por un periodo de 4 años. Los gobiernos locales o municipales gestionan el desarrollo de las comunidades de manera coordinada con los gobiernos regionales.
Material utilizado en el Programa de Entrenamiento para Consejeras y Consejeros Regionales (Período 2015-2018).
Expositor: Sara Arobes, Secretaria de Gestión Pública de la SGP-PCM
Módulo 1
Lima 23 al 26 de febrero 2015
El poder ejecutivo es el órgano del estado encargado de dirigir y ejecutar la política del país. Está compuesto por el Presidente de la República, quien lo dirige, y el Consejo de Ministros. El poder ejecutivo concibe y ejecuta políticas generales, representa a la nación, sostiene a las fuerzas armadas, y vela por el orden interno y la seguridad externa del país.
Este documento presenta una introducción al derecho constitucional peruano y a los principales órganos constitucionales del Perú, incluyendo el Tribunal Constitucional, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo. Explica brevemente las funciones y características de cada uno de estos órganos constitucionales autónomos según la Constitución peruana.
Este documento describe la Constitución Política del Perú de 1993, incluyendo su estructura, proceso de reforma y disposiciones transitorias. Se divide en parte dogmática, orgánica y garantista. Puede ser reformada por el Congreso con dos tercios de votos o mediante referéndum si se aprueba en dos legislaturas. Establece el régimen social, derechos humanos y elecciones municipales entre otros aspectos.
El documento describe los elementos fundamentales del Estado, incluyendo su territorio, nación, soberanía y organización política. Explica las características del Estado peruano como republicano, democrático, social, independiente y soberano con poder indivisible. También cubre los deberes primordiales del Estado peruano de defender la soberanía nacional, garantizar los derechos humanos, promover el bienestar social y proteger la seguridad de la población. Finalmente, resume las características del gobierno peruano como unitario, representativo y descentralizado b
El documento resume los principales aspectos del Estado peruano. En menos de 3 oraciones:
El Estado peruano es unitario, representativo y descentralizado. Se organiza según los principios de soberanía popular, separación de poderes y autonomía regional. El Estado peruano tiene como deberes defender la soberanía nacional, garantizar los derechos humanos y promover el bienestar general basado en la justicia y el desarrollo equilibrado del país.
El documento analiza las diferencias entre las constituciones peruanas de 1979 y 1993 en materia económica. La constitución de 1979 era más intervencionista, mientras que la de 1993 propuso un estado que respeta la propiedad privada y la competencia del mercado. La de 1979 permitía al estado expropiar tierras y tener empresas estatales en diversos sectores, mientras que la de 1993 limitó esto y estableció que los contratos no pueden ser modificados por leyes posteriores.
El documento describe la organización del Estado peruano. Se divide en tres poderes: el poder legislativo está conformado por el Congreso de la República y está formado por 130 congresistas. El poder ejecutivo está liderado por el Presidente de la República y el Consejo de Ministros. El poder judicial está encabezado por la Corte Suprema de Justicia y está formado por cortes superiores, juzgados especializados y juzgados de paz. Además, existen organismos autónomos, gobiernos regionales y gobiernos locales
Diferencias entre las constituciones de 1979 y 1993Free TIC
La constitución de 1979 otorgaba un rol más activo al Estado en la economía y garantizaba la educación gratuita sin restricciones. El congreso era bicameral. La constitución de 1993 limitó la actividad empresarial del Estado, condicionó la gratuidad educativa al rendimiento y recursos, estableció un congreso unicameral y creó la figura del Defensor del Pueblo y el referéndum.
Este documento resume la interpretación de Enrique Bernales Ballesteros sobre varios artículos de la Constitución Política del Perú de 1993. Explica que el Artículo 1 establece la defensa de la persona humana como el fin supremo del Estado, el Artículo 38 define deberes generales de los peruanos hacia la sociedad y el Estado de Derecho, y el Artículo 44 enumera los deberes primordiales del Estado, incluyendo defender la soberanía nacional y garantizar los derechos humanos.
El documento describe la evolución constitucional del Perú, incluyendo la Constitución de 1993 promulgada tras el autogolpe de Estado de Alberto Fujimori. La Constitución de 1993 introdujo innovaciones como reconocer la autonomía municipal, permitir referendos para reformas y otorgar independencia al Consejo de la Magistratura. También limitó los poderes de control del parlamento sobre el ejecutivo.
El documento describe la organización política y administrativa del Estado peruano. Explica que el Estado tiene dos dimensiones: política, que se ocupa de los derechos constitucionales y principios; y orgánica, que se ocupa de los organismos que componen el Estado. Luego describe los tres poderes del Estado peruano (Legislativo, Ejecutivo y Judicial) y sus funciones.
Este documento define conceptos clave relacionados con las normas, el derecho y el Estado. Explica que las normas regulan la conducta humana y existen diferentes tipos como las normas religiosas, morales, sociales y jurídicas. Define el derecho como un conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta externa de las personas y que el Estado puede hacer cumplir mediante la fuerza. También distingue entre los diferentes tipos de Estados, como los unitarios y federales, y sus elementos constitutivos como la población, el territorio y el poder polí
El documento describe las características fundamentales de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Explica que la Constitución es la ley suprema del país y establece la separación de poderes entre el legislativo, ejecutivo y judicial. También garantiza los derechos individuales y define la organización federal del gobierno mexicano.
La Constitución Política establece los derechos humanos y organiza el Estado para protegerlos y garantizar la democracia. Los derechos humanos, la Constitución y la democracia están relacionados porque la Constitución incorpora los derechos humanos y crea un gobierno democrático que respeta la igualdad y la libertad de todos los ciudadanos.
El documento proporciona información sobre el Estado peruano y el Estado de Derecho. Explica que el Estado peruano es la entidad política de Perú, mientras que el Estado de Derecho se refiere a un sistema legal en el que el gobierno está limitado por la ley. También define conceptos clave como nación, soberanía, territorio, derechos humanos y Constitución.
El documento define el concepto de poder como la capacidad de llevar a cabo una acción o imponer decisiones. Explica que el poder se manifiesta en diferentes ámbitos como el absoluto, adquisitivo, constituyente, ejecutivo, legislativo y judicial. Además, menciona que la prensa ejerce un cuarto poder por su capacidad de influir en la sociedad. Finalmente, señala que el acto administrativo es la decisión de un funcionario competente para crear, modificar o extinguir derechos.
El documento define el Estado de Derecho y sus elementos constitutivos. Explica que el Estado de Derecho requiere que el poder del Estado esté limitado por la ley y que exista separación de poderes entre las ramas legislativa, ejecutiva y judicial. También requiere que se garanticen los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos y que la administración pública esté sujeta a la ley.
El documento presenta una introducción a la unidad sobre Derecho Público. Explica que el Derecho Público estudia los principios que rigen las relaciones entre el Estado y los ciudadanos, así como la distribución y límites de los poderes públicos. Define el objeto del Derecho Constitucional como el estudio de la organización del Estado, la regulación de los poderes públicos y los derechos de los ciudadanos. Finalmente, distingue entre el Derecho Constitucional General, que establece principios comunes a todos los sistemas, y
El documento describe los principales aspectos de la organización política y jurídica de Chile según la Constitución. Explica que la Constitución es la ley fundamental que rige al Estado y a los ciudadanos, estableciendo valores como la dignidad humana, la libertad y la igualdad. También define conceptos como la soberanía del Estado, los derechos humanos, la separación de poderes y las funciones del poder ejecutivo, legislativo y judicial.
El documento presenta tres conceptos de constitución según García Pelayo: 1) Concepto racional normativo que ve a la constitución como un conjunto de normas que regulan al estado. 2) Concepto histórico-tradicional que ve a la constitución como resultado de transformaciones históricas. 3) Concepto sociológico que ve a la constitución como la forma de ser de un pueblo o sociedad. También explica los principios de la constitución peruana y las garantías constitucionales como el hábeas corpus y hábeas data.
Este documento describe los elementos fundamentales del Estado como una organización política soberana sobre un territorio y población. Define al Estado como una asociación que monopoliza el uso legítimo de la fuerza y establece normas jurídicas. Explica que los elementos esenciales del Estado son la soberanía, el orden jurídico, el territorio y la población. También describe las principales funciones del Estado como legislar, gobernar y administrar justicia.
1. El documento explica cómo la Constitución establece la organización del Estado a través del poder ejecutivo, legislativo, judicial y electoral, y cómo delimita las funciones de cada órgano. También define la organización territorial y económica del Estado.
2. Establece que la Constitución define la autoridad del Estado a través de las formas de gobierno participativa, representativa y comunitaria. También delimita las funciones, atribuciones, facultades y deberes de cada órgano del Estado.
3. Finalmente, explica
El documento define el concepto de Estado como una sociedad política y jurídicamente organizada capaz de imponer la autoridad de la ley internamente y afirmar su personalidad externamente. Distingue al Estado de la Nación, señalando que el Estado es la Nación jurídicamente organizada y políticamente libre. Finalmente, indica que para la existencia de un Estado se requiere la existencia de un gobierno y un territorio, mientras que para una Nación solo se requiere una población.
El documento define conceptos fundamentales como derecho constitucional, constitución, estado y territorio. Explica que el derecho constitucional estudia la organización del estado y las reglas que determinan su funcionamiento. La constitución es la norma jurídica fundamental que establece la estructura del estado y los derechos de los ciudadanos. El documento también describe las funciones y principios de la constitución como norma suprema.
Este documento describe la estructura política de México. Explica que México se constituyó como un estado federal después de una larga lucha por la independencia y la revolución. Su constitución de 1917 establece los principios de soberanía popular, sistema federal y representativo, derechos humanos, división de poderes y control de la constitucionalidad. Define los poderes legislativo, ejecutivo y judicial a nivel federal y sus funciones según la constitución. También cubre conceptos como estado de derecho, estado-nación y partidos políticos.
Derecho constitucional para periodistas 2 de 4 2013Sanchez Joselias
Este documento presenta una introducción al Derecho Constitucional ecuatoriano. Explica conceptos clave como la Constitución, el Estado de Derecho y sus diferentes formas como el Estado de legalidad, el Estado Social de Derecho y el Estado Constitucional de Derechos y Justicia. También describe las partes de una Constitución típica y analiza la evolución del Estado de Derecho en Ecuador, desde el Estado de legalidad hasta el actual Estado Constitucional de Derechos y Justicia establecido en la Constitución de 2008.
Este documento presenta una introducción a los principios constitucionales del derecho a la información. Explica el concepto de constitución, tanto en el sentido material como formal. Luego clasifica las constituciones y analiza su estructura general, objetivo y contenido. En particular, describe que una constitución organiza el ejercicio del poder estatal y establece los principios que deben guiar la acción pública, a través de normas relativas a la organización política y declaraciones de derechos.
Este documento presenta conceptos clave de ciencia política como soberanía, representación política, nación, estado, gobierno y régimen político. Explica la importancia del derecho para coordinar los derechos de las personas y permitir una convivencia pacífica. Define los elementos constitutivos del estado como lo humano, el territorio y el poder, y describe las características de los estados unitarios y federales. Resalta que la soberanía reside en la nación y esta la ejerce a través de elecciones periódicas.
El documento define el Estado como una organización política que busca fortalecer la unidad y convivencia de una nación a través de la justicia, igualdad y otros principios. Explica que el Estado está compuesto por tres elementos: la población, el territorio y la soberanía. También describe las diferentes ramas del poder público en Colombia y sus funciones respectivas.
El documento analiza los conceptos de democracia, estado de derecho y división de poderes. Define la democracia como un método para la constitución del gobierno y formación de decisiones políticas basado en la elección de representantes y principios como igualdad de voto. Identifica cinco elementos del estado: población, territorio, gobierno, soberanía y coerción. Distingue las funciones legislativa, ejecutiva y judicial. Finalmente, examina la situación del estado de derecho en México, Guerrero y una escuela preparatoria local.
Similar a LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO - ANDRÉS CUSI ARREDONDO (20)
El contrato de compraventa es el que tiene mayor importancia entre los de su clase porque se trata de un contrato tipo traslativo de dominio y además, porque constituye la principal forma moderna de adquisición de riqueza es decir, tanto en su función jurídica como económica, debe merecer un estado especial.
“Por la compraventa el vendedor se obliga a transferir la propiedad de un bien al comprador y éste a pagar su precio en dinero.” (Artículo 1529, Código Civil)
Por el comodato, el comodante se obliga a entregar gratuitamente al comodatario un bien no consumible, para que lo use por cierto tiempo o para cierto fin y luego lo devuelva. (Art. 1728 del Código Civil).
LA DONACIÓN es aquel contrato en virtud del cual una persona llamada donante, se obliga a transferir a otra llamada donatario, la propiedad de un bien mueble o inmueble a título gratuito (Artículo 1621º del Código Civil).
Su definición, la encontramos en el artículo 1666º del Código Civil cuando nos dice: "Por el arrendamiento el arrendador se obliga a ceder temporalmente al arrendatario el uso de un bien por cierta renta convenida".
De esta definición resulta que son elementos esenciales de este contrato:
a) Los sujetos (arrendador y arrendatario)
b) El precio, denominado en el código, la renta, llamada también merced conductiva, canon o alquiler.
c) El objeto, que es la cesión del uso temporal del bien.
El contrato de arrendamiento de bienes, supone la entrega temporal de ciertos atributos del dominio al arrendatario, a cambio de cierta renta convenida.
En el Perú, tenemos ambos sistemas de control de la constitucionalidad:
1. Control Concentrado (Const. art. 201 y LOTC art. 1).- El Tribunal Constitucional es el órgano supremo de interpretación, integración y control de la constitucionalidad.
2. Control Difuso (Cont. art. 138 segundo párrafo y art. 51).- En todo proceso, de existir incompatibilidad entre una norma constitucional y una norma legal, los jueces prefieren la primera, igualmente prefieren la norma legal sobre toda norma de rango inferior.
Por dicho motivo, la mayoría de juristas señalan que en el Perú tenemos un “sistema dual” de control de la constitucionalidad.
Este documento describe los 7 procesos constitucionales en Perú: 1) Habeas Corpus, 2) Amparo, 3) Habeas Data, 4) Acción de Cumplimiento, 5) Acción Popular, 6) Inconstitucionalidad, y 7) Proceso Competencial. Cada proceso tutela diferentes derechos constitucionales y puede interponerse contra diferentes actos u omisiones de autoridades.
La doctrina tradicional del acto o negocio jurídico recoge a tres elementos conforman desde su estructura y que vienen a ser los elementos esenciales (essentiallia negotii), naturales (naturalia negotii) y, accidentales (accidentalia negotii).
El acto jurídico, como lo hemos advertido, fue el resultado de una elaboración de la doctrina francesa, pues el acto jurídico no fue una elaboración legislativa ni con esa nomenclatura fue incorporada al Código Napoleón, que lo ignoró. La doctrina francesa conceptuó el acto jurídico como toda manifestación exterior de voluntad con la finalidad de producir efectos jurídicos y así lo definen, por ejemplo, Josserand y Mazeaud, calificados exponentes de la doctrina francesa de las últimas décadas.
El tema de acto jurídico, para los que recién se inician en el conocimiento del derecho, no resulta fácil. Para superar esa dificultad, es necesario posponer, por el momento, la conceptualización y definiciones, por elementales y sencillas que sean, y concretarnos a ubicar y aprehender el acto jurídico como vivencia, dentro del mundo en el que se desenvuelve cotidianamente el ser humano.
El contrato de mutuo importa la obligación del mutuante hacia el mutuatario de entregarle determinada cantidad de dinero o de bienes, a cambio que se le devuelva otros de la misma cantidad o calidad. No puede equipararse a este contrato el compromiso de sociedades. (Exp. N° 797-99. Data 20,000. Exp/orador Jurisprudencia/ 2005 • 2006. Gaceta Jurldica S.A.).
Este documento trata sobre el contrato de mutuo. Explica que el mutuo se originó del concepto latino de "lo mío es tuyo" y que inicialmente involucraba el préstamo de bienes fungibles y consumibles. Luego describe que el mutuo es uno de los contratos más versátiles y significativos para la financiación tanto a nivel nacional como internacional. Finalmente, resume las características y obligaciones de los sujetos involucrados en un contrato de mutuo.
DERECHOS REALES:
- Generalidades
- Expresión de los Derechos Reales
- Acepciones de los Derechos Reales
- Naturaleza Jurídica de los Derechos Reales
- Definición de los Derechos Reales
- Creación de los Derechos Reales
- Principios de los Derechos Reales
- Características de los Derechos Reales
- Cosas y Bienes
- Clasificación de los Bienes
NATURALEZA DE LOS DERECHOS REALES
- Generalidades
- Origen de la expresión "Derechos Reales".
- Objeto de los Derechos Reales
- Acepciones de los Derechos Reales en nuestro C.C.
- Naturaleza Jurídica de los Derechos Reales
- Definición de los Derechos Reales
Este documento discute las diferentes teorías sobre la naturaleza jurídica de los derechos reales. Presenta la teoría clásica o dualista, que sostiene que existe una relación directa entre la persona y la cosa. Luego describe la teoría obligacionista o personalista, que considera que sólo existen relaciones entre personas. También examina la teoría unitaria y la teoría ecléctica, que intenta armonizar las anteriores. El documento analiza si existe un deudor determinado en los derechos reales, con opiniones encont
1. El documento discute la evolución histórica del estado y el derecho desde la antigüedad hasta el siglo XIX. 2. En este período, el estado moderno y el derecho positivo se consolidaron a través de códigos legales como el Código Napoleónico y las constituciones que establecieron la organización del estado y los derechos de las personas. 3. El documento analiza cómo estas transformaciones sistematizaron el derecho bajo la autoridad del estado moderno.
Hablar de ciencia es incursionar en un tema tratado ampliamente y discutido de las más diversas áreas del saber. Es también enfrentarse a opiniones de la más variada tendencia ideológica y sobre todo es pisar el terreno sagrado del dogmatismo del siglo XX.
Es la relación jurídica que se crea entre dos o más personas Naturales o
Jurídicas y en virtud de la cual una o más de ellas tiene el derecho de
exigir a otras u otras el cumplimiento de una determinada prestación
positiva o negativa. (Definición académica)
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Criterios de corrección y soluciones al examen de Geografía de Selectividad (EvAU) Junio de 2024 en Castilla La Mancha.
Soluciones al examen.
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Examen resuelto de Geografía
conocer el examen de geografía de julio 2024 en:
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La Unidad Eudista de Espiritualidad se complace en poner a su disposición el siguiente Triduo Eudista, que tiene como propósito ofrecer tres breves meditaciones sobre Jesucristo Sumo y Eterno Sacerdote, el Sagrado Corazón de Jesús y el Inmaculado Corazón de María. En cada día encuentran una oración inicial, una meditación y una oración final.
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Examen de Selectividad de la EvAU de Geografía de junio de 2023 en Castilla La Mancha. UCLM . (Convocatoria ordinaria)
Más información en el Blog de Geografía de Juan Martín Martín
http://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/
Este documento presenta un examen de geografía para el Acceso a la universidad (EVAU). Consta de cuatro secciones. La primera sección ofrece tres ejercicios prácticos sobre paisajes, mapas o hábitats. La segunda sección contiene preguntas teóricas sobre unidades de relieve, transporte o demografía. La tercera sección pide definir conceptos geográficos. La cuarta sección implica identificar elementos geográficos en un mapa. El examen evalúa conocimientos fundamentales de geografía.
El curso de Texto Integrado de 8vo grado es un programa académico interdisciplinario que combina los contenidos y habilidades de varias asignaturas clave. A través de este enfoque integrado, los estudiantes tendrán la oportunidad de desarrollar una comprensión más holística y conexa de los temas abordados.
En el área de Estudios Sociales, los estudiantes profundizarán en el estudio de la historia, geografía, organización política y social, y economía de América Latina. Analizarán los procesos de descubrimiento, colonización e independencia, las características regionales, los sistemas de gobierno, los movimientos sociales y los modelos de desarrollo económico.
En Lengua y Literatura, se enfatizará el desarrollo de habilidades comunicativas, tanto en la expresión oral como escrita. Los estudiantes trabajarán en la comprensión y producción de diversos tipos de textos, incluyendo narrativos, expositivos y argumentativos. Además, se estudiarán obras literarias representativas de la región latinoamericana.
El componente de Ciencias Naturales abordará temas relacionados con la biología, la física y la química, con un enfoque en la comprensión de los fenómenos naturales y los desafíos ambientales de América Latina. Se explorarán conceptos como la biodiversidad, los recursos naturales, la contaminación y el desarrollo sostenible.
En el área de Matemática, los estudiantes desarrollarán habilidades en áreas como la aritmética, el álgebra, la geometría y la estadística. Estos conocimientos matemáticos se aplicarán a la resolución de problemas y al análisis de datos, en el contexto de las temáticas abordadas en las otras asignaturas.
A lo largo del curso, se fomentará la integración de los contenidos, de manera que los estudiantes puedan establecer conexiones significativas entre los diferentes campos del conocimiento. Además, se promoverá el desarrollo de habilidades transversales, como el pensamiento crítico, la resolución de problemas, la investigación y la colaboración.
Mediante este enfoque de Texto Integrado, los estudiantes de 8vo grado tendrán una experiencia de aprendizaje enriquecedora y relevante, que les permitirá adquirir una visión más amplia y comprensiva de los temas estudiados.
2. LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO
LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO
El propósito de estudiar el presente capítulo es ofrecer una idea global y
resumida de la organización del estado, según la Constitución de 1993, para
poder identificar sus contenidos orgánicos y políticos.
Es decir, se trata de ofrecer una visión de cómo el Estado se organiza de
acuerdo a una Constitución, leyes y principios (es decir el derecho) que regulan
el uso del poder. Siguiendo al profesor Marcial Rubio Correa (Rubio 1984;32),
de acuerdo al Derecho Constitucional, el estado tiene dos dimensiones:
·
·
Dimensión Política, que se ocupa de los derechos constitucionales y los
grandes principios que lo rigen.
Dimensión Orgánica, que se ocupa de los organismos que compone el
Estado, su conformación y atribuciones.
El Estado puede ser definido como "la organización jurídica y política de
la Nación". Siempre se ha sostenido que el Estado tiene tres elementos
censables: El pueblo, el territorio, y el poder.
A) El Pueblo; el pueblo está conformado por el conjunto de personas que
pertenecen a dicho Estado. En nuestro caso, el pueblo está conformado
por todos los que tienen la nacionalidad peruana. Existen tres formas de
obtener la nacionalidad peruana:
La condición de "peruano por nacimiento", que corresponde a todos
los que nacen en el territorio nacional, con nacen en el exterior, pero
siendo hijos de padre o madre peruanos.
La adquisición de la nacionalidad peruana por naturalización, que es
la que corresponde a un extranjero que solicita y obtiene la
nacionalidad peruana.
La adquisición de nacionalidad por matrimonio: son los supuestos en
los que un extranjero que se casa con una peruana, o de una
extranjera con un peruano. Al observar ciertos requisitos, es
extranjero tiene el derecho a la nacionalidad peruana.
B) El Territorio; es el espacio de tierra dentro del cual se reconoce poder a
ese Estado para ejercer su soberanía (el territorio peruano tiene una
extensión de 1 285 216 Km). El territorio peruano es definido en la
Constitución política bajo la siguiente fórmula:
ANDRÉS CUSI ARREDONDO
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3. LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO
Artículo 54º. "El territorio del estado es inalienable e inviolable.
Comprende el suelo, el subsuelo, el dominio marítimo, y el espacio
aéreo que los cubre. El dominio marítimo del Estado comprende el mar
adyacente a sus costas, así como su lecho y subsuelo, hasta la distancia
de 200 millas marinas medidas desde las líneas de base que establece
la ley. En su dominio marítimo, el Estado ejerce soberanía y jurisdicción,
sin perjuicio de las libertades de comunicación internacional, de acuerdo
con la ley y con los tratados ratificados por el Estado. El Estado ejerce
soberanía y jurisdicción sobre el espacio aéreo que cubre su territorio, y
sobre el mar adyacente hasta el límite de las 200 millas, sin perjuicio de
las libertades de comunicación internacional, de conformidad con la ley y
con los tratados ratificados por el Estado".
La inalienabilidad quiere decir que no puede ser transferido a ningún otro
Estado. La inviolabilidad quiere decir que el Estado peruano no acepta
que otro Estado pretenda invadirlo en forma alguna. El territorio es la
superficie terrestre dentro de las fronteras trazadas sobre ella, pero
también comprende todas las riquezas existentes bajo el suelo, así
como el mar, su lecho y subsuelo, y el espacio aéreo que está por
encima del territorio de superficie, sea éste de tierra o de mar.
C) El Poder; la sociedad se organiza políticamente bajo la forma de
Estado, y eso significa que va a tener gobernantes que dicten leyes y
otras normas legales, y que establecen, en general, la forma en que se
va a conducir la vida social. Respetando por supuesto, la libertad y los
derechos fundamentales de la persona. Esta atribución de los
gobernantes es precisamente lo que se denomina poder político.
El poder político es la atribución que tienen los gobernantes y hacer que
las demás personas que componen la sociedad tenga la conducta que
ellos determinan, de acuerdo con la Constitución y las leyes. El poder de
los gobernantes es grande, pero no ilimitado. De allí, la importancia del
sentido de responsabilidad y lealtad a las reglas jurídicas.
1. EL ESTADO DE DERECHO
La Constitución establece dos grandes grupos de principios aplicables al
Estado peruano contemporáneo: uno está referido a los derechos
constitucionales o derechos humanos, y el otro, a la forma de organizar el
poder y a su funcionamiento.
ANDRÉS CUSI ARREDONDO
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4. LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO
En conjunto, estos principios son muy importantes, porque regulan los
límites de ejercicio del poder político en la sociedad, y en consecuencia, son
un instrumento que todos pueden utilizar efectivamente para evitar el abuso
del poder o la tiranía.
Debidamente aplicados, estos principios conducen a la existencia del
Estado de Derecho, es decir, a la existencia de un poder estatal y un
gobierno y no se rige por los caprichos del gobernante, sino por normas
preestablecidas que todos, incluso los gobernantes deben cumplir.
2. LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES O DERECHOS HUMANOS
Cuando el 10 de diciembre de 1948 nacía la Declaración Universal de
Derechos Humanos, se abría una etapa de esperanza en la construcción de
una sociedad que deje de lado "el desconocimiento y menosprecio de los
derechos humanos", en donde prime "la libertad, la justicia y la paz" en la
cual "los derechos humanos sean protegidos por un régimen de derecho".
Así lo anunciaba el preámbulo de la Declaración y así lo esperaba el
conjunto de humanidad.
Cincuenta años después, los avances han sido dispares. Aunque el objetivo
común se mantiene y se acepta que la vigencia de los derechos humanos
constituye un decisivo indicador de la existencia de un estado democrático,
en diversos países (como en nuestro), la lucha por los derechos humanos
todavía forma parte de una agenda pendiente.
Precisamente, uno de los aspectos esenciales de esta agenda es la
adecuada regulación y ejercicio del poder punitivo del estado, de tal manera
que se garantice el respeto a los derechos humanos y, en definitiva, la
dignidad de las personas.
Por lo demás, los efectos de la Declaración Universal y los tratados sobre
derechos humanos, adquieren especial relevancia en nuestro país no sólo
por el compromiso asumido voluntariamente por los estados; sino porque,
además, de acuerdo al acuerdo disposición final y transitoria de la
Constitución los derechos que esta última reconoce "se interpretan de
conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los
tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificadas
por el Perú".
3. LOS PRINCIPIOS DE ORGANIZACIÓN Y DE POLÍTICA GENERAL
DEL ESTADO
ANDRÉS CUSI ARREDONDO
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5. LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO
La constitución peruana establece ciertas reglas de cumplimiento imperativo
para la adecuada estructuración de los órganos del Estado y para regular su
conducta. Éstas reglas están previstas en el artículo 43º que señalan:
·
·
·
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·
El Perú es una república democrática, organizada según el principio
de que es el pueblo el que participa en política, expresando su
voluntad y eligiendo periódicamente a los gobernantes.
Es una república social, en la que se promueven lazos de solidaridad
y de mutuo apoyo para conseguir los grandes objetivos del país.
Es una república independiente y no está sujeta al poder de ningún
otro Estado.
Es una república soberana, lo que significa que los peruanos se
gobiernan a sí mismos sin interferencias de otros.
El gobierno del Perú es unitario, representativo y descentralizado, y
se organiza según el principio de la separación de poderes.
Es unitario porque el Perú es uno y el mismo dentro de todas sus
fronteras, incluidas las de su soberanía marítima y la que existe
sobre el espacio aéreo.
Es representativo porque los gobernantes deben ser elegidos por el
pueblo, y actuar en su representación (carácter democrático).
El descentralizado porque se considera que las distintas regiones del
país, dentro del gobierno unitario, deben tener una participación
importante en la toma de decisiones.
El poder emana del pueblo y quienes lo ejercen lo hacen en su
representación, y con las limitaciones y responsabilidades señaladas
por la Constitución y la ley. Nadie puede tomar el poder para sí por
su propia decisión, y si lo hace, comete un delito de rebelión o
sedición (artículo 45º)
En los Estados democráticos, el poder emana del pueblo y se
manifiesta fundamental, pero no únicamente, a través del voto
popular. Los gobernantes elegidos representan al pueblo y deben
gobernar teniendo presentes sus intereses, necesidades y
posibilidades.
Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador ni a quiénes asuman
funciones o empleos públicos en violación de procedimientos que la
Constitución y las leyes establecen. En estos casos, las decisiones
que los usurpadores del poder toman son nulas, y la constitución
otorga al pueblo el derecho de insurgir en defensa del orden
constitucional.
El estado estimula la creación de riqueza y garantiza la libertad de
trabajo y de empresa, comercio e industria, dentro del marco de la
Constitución y las leyes. Todo ello ocurre en una economía social de
mercado con pluralismo económico y libre competencia.
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6. LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO
·
·
El pluralismo económico quiere decir que, dentro de la economía
peruana, pueden coexistir diversos tipos de empresas públicas y
privadas, nacionales y extranjeras,etc. cada una de ellas tendrá la
posibilidad de adoptar la forma de organización reconocida por las
leyes que más le convenga, y ninguna deberá recibir un trato
discriminatorio.
La libre competencia es una situación en la que distintos productores
y consumidores concurren al mercado en igualdad de condiciones,
de modo que los más eficientes obtienen mejores negocios y
mayores ganancias. La libre competencia es incompatible con el
abuso de las posiciones dominantes que puedan tener ciertas
empresas dentro del mercado, sea como compradoras o como
vendedoras.
De conformidad con el artículo 44º de la Constitución el Estado también
tiene deberes fundamentales, entre los que destacan:
·
·
·
·
Defender la soberanía nacional,
Garantizar la plena vigencia de los derechos humanos,
Proteger a la población de las amenazas contra su seguridad, y
Promover el bienestar general, basado en la justicia y en el
desarrollo integral y equilibrado de la nación.
4. EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Maurice Duverger señala que el parlamento es una "institución pública
formada por una o varias asambleas o cámaras, compuesta cada una de un
número bastante elevado de miembros, cuyo conjunto dispone de
importantes poderes de decisión" (Duverger 1970;178). En virtud de la
Constitución de 1993, el Congreso de la República fue organizado
unicameralmente, esto es, una sola Cámara formada por 120
representantes para todos los peruanos.
El Congreso de la República tiene una estructura interna compleja, que está
regulada en el Reglamento del Congreso:
·
·
La organización parlamentaria, que corresponde al trabajo directo de
los congresistas, y
El servicio parlamentario, compuesto por los órganos de asesoría y
apoyo administrativo.
Los órganos de la estructura parlamentaria del Congreso son los
siguientes:
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7. LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO
A. El Pleno del Congreso
Es la asamblea en las que se reúnen los 120 congresistas para
debatir y votar los temas que son competencia del Congreso. El
Pleno es también la asamblea en la que se aprueba las leyes. El
Pleno se reúne normalmente una vez por semana en los períodos de
sesiones o legislaturas, que son dos:
·
·
El primero se inicia el 27 julio y termina el 15 diciembre,Y
El segundo se inicia el 1 de marzo y terminará el 15 junio.
B. El Consejo Directivo
Está conformado por congresistas en proporción a la representación
que sus respectivas organizaciones políticas tienen en el pleno. Éste
toma decisiones destinadas a lograr un buen funcionamiento del
Congreso en todas las labores que lleva adelante.
Sus atribuciones más importantes son:
Aprobar la agenda de cada sesión del Pleno,
Fijar el el tiempo de debate de los asuntos contenidos en la agenda
de la sesión del Pleno.
Aprobar los planes de trabajo legislativo, el cuadro de comisiones y
cualquier otro plan o proyecto destinado a facilitar o mejorar el
desarrollo de las sesiones y el buen funcionamiento del Congreso.
Las atribuciones del Congreso actual, de conformidad con el artículo
102º de la Constitución de 1993, son:
Dar leyes y resoluciones legislativas, así como interpretar, modificar o
derogar las existentes.
Velar por el respeto de la Constitución y de las leyes, y disponer lo
conveniente para hacer efectiva la responsabilidad de infracciones.
Aprobar los tratados, de conformidad con la Constitución.
Aprobar el Presupuesto y la Cuenta General.
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8. LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO
Autorizar empréstitos, conforme a la Constitución.
Ejercer el derecho de amnistía.
Aprobar la demarcación territorial que proponga el Poder Ejecutivo.
Prestar consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el
territorio de la República, siempre que no afecte, en forma alguna, la
soberanía nacional.
Ejercer las demás atribuciones que le señala la Constitución y las
que son propias de la función legislativa.
5. EL PODER EJECUTIVO
El Poder Ejecutivo peruano tiene actualmente tres componentes
esenciales, que son los siguientes: El Presidente de la República, El
Consejo de Ministros y los Ministros.
El Poder Ejecutivo comprende otros organismos que colaboran en la tarea
de conducir el país, como los ministerios, las instituciones y los organismos
públicos descentralizados.
A. El Presidente de la República
Los orígenes de la institución del Presidente de la República se
remontan a los Estados Unidos. En ese sentido, es anterior a la
Revolución Francesa e inclusive a la independencia de los países del
sur de América. El Presidente de la República, señala la Constitución,
es el jefe del Estado y personifica a la Nación.
Como jefe del Estado, el Presidente es un magistrado que está por
encima de los poderes propiamente políticos (Legislativo, Ejecutivo y
Judicial), que ejercen las funciones cotidianas de llevar adelante la tarea
de gobierno del Estado. Le corresponde también la máxima jerarquía
entre todos los funcionarios públicos.
La Constitución asigna al presidente de la República la condición de jefe
supremo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional. Quiere esto
decir que las últimas decisiones, residen en el presidente.
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9. LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO
En teoría, el presidente de la República nunca gobierna mediante su
sola voluntad, porque la Constitución manda: "son nulos los actos del
presidente de la República que carecen de refrendación ministerial”.
El presidente es elegido por el voto popular directo y ejerce un gobierno
de cinco años. Puede ser reelegido solamente luego de haber
transcurrido un período presidencial.
La Constitución ha establecido que el presidente de la República es
políticamente irresponsable, lo que quiere decir que no puede ser
acusado ni juzgado por las decisiones que tome el Poder Ejecutivo.
B. El Consejo de Ministros
El Consejo de Ministros o también denominado Gabinete Ministerial, es
un órgano conformado por todos los Ministros de Estado. Se reúne
presidido por el presidente del Consejo de Ministros, pero si el
Presidente de la República está en la sesión, es él quien la preside.
El Consejo de Ministros debaten los grandes problemas políticos
nacionales y, también, temas específicos que propongan el presidente
de la República o los ministros. Las atribuciones principales del Consejo
de Ministros son (artículo 125º):
Aprobar las iniciativas de reforma constitucional que presente al
Congreso el presidente de la República.
Aprobar los proyectos de ley que el Presidente de la República
someta al Congreso.
Aprobar los decretos legislativos y los decretos de urgencia que dicte
el Presidente de la República, así como los proyectos de ley y los
decretos y resoluciones que disponga la ley.
Concurrir a los debates del Congreso y participar en ellos con
derecho a voz, sin voto (excepto en el caso de congresistas que sean
ministros, que sí pueden votar en el Congreso).
Aprobar el establecimiento del régimen de excepción (estado de
emergencia o estado de sitio).
Encargarse de la gestión de los servicios públicos, sin perjuicio de las
responsabilidades que en ello tiene cada uno de los ministros.
Aprobar las condecoraciones que confiere el presidente de la
República.
Aprobar el nombramiento de embajadores por parte del Presidente
de la República.
Aprobar los mensajes que el Presidente de la República dirige al
Congreso.
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10. LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO
Aprobar el Decreto Supremo que, por necesidad pública, hace
excepción a la regla según la cual, dentro de 50 km de las fronteras,
los extranjeros no pueden adquirir ni poseer, mediante título alguno,
minas, tierras, bosques, aguas, combustibles ni fuentes de energía
directa ni indirectamente, individualmente ni en sociedad, bajo pena
de perder, en beneficio del Estado, el derecho así adquirido.
Deliberar sobre temas de interés público.
6. EL PODER JUDICIAL
Corresponde al Poder Judicial, como un cuerpo unitario, ejercer la potestad
de administrar justicia, que emana del pueblo. Esta función se cumple con
las garantías previstas en la Constitución y las leyes. (Véase los artículos
138º y 139º de la Constitución).
Desde los primeros momentos de la Teoría del Estado se ha reconocido
como uno de los atributos esenciales de la soberanía el de administrar
justicia. En tal calidad fue considerado por la teoría clásica de división de los
poderes y también por quienes desarrollaron los principios de la soberanía
en manos del pueblo (...).
El Poder Judicial debe ser autónomo en todos los aspectos de su
funcionamiento, para garantizar una verdadera aplicación de justicia. Es una
garantía de la administración de justicia que ni el Poder, ni el Poder
Legislativo, ni otros órganos del Estado puedan ni deban interferir en tan
importante servicio.
La potestad de administrar justicia se llama jurisdicción, que significa
"declarar el derecho", porque los jueces tienen la atribución de solucionar
definitivamente, con sus sentencias, los conflictos que se produzcan en la
sociedad.
La estructura del Poder Judicial está conformada por dos tipos de órganos:
Jurisdiccionales, órganos que administran justicia;
Órganos de gestión y apoyo, administran y prestan servicios al Poder
Judicial.
7. ORGANISMOS CONSTITUCIONALES AUTÓNOMOS
Los nuevos órganos comparten el poder con los órganos Legislativo,
Ejecutivo y Judicial, aunque son especializados y sólo tienen una pequeña
cuota de él dentro del Estado. Trabajan a escala nacional, porque sus
funciones cubren todo el territorio peruano. Todos ellos son organismos
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11. LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO
constitucionales autónomos en el ejercicio de sus funciones e
independientes de cualquier otra autoridad. Se hallan distribuidos en tres
ámbitos:
En el ámbito de la administración de justicia;
En el ámbito electoral, y
En el ámbito económico.
8. ÓRGANOS DEL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
A. Tribunal Constitucional (TC)
En el Perú se estableció con la constitución de 1979 bajo el nombre de
tribunal de garantías constitucionales. El tribunal de garantías
constitucionales tenía dos funciones básicas:
Conocer en casación de las resoluciones denegatorias de hábeas
corpus y amparo.
Declarar, a petición de parte la inconstitucionalidad total o parcial de
las leyes y otras normas jurídicas con valor de ley.
La constitución de 1993 le dio la denominación moderna de tribunal
constitucional y optó por regular de una mejor manera la competencia
del órgano encargado del control concentrado de la constitucionalidad.
Es un órgano encargado del control de la constitucionalidad, para lo cual
está revestida de independencia en relación con otros órganos
constitucionales y se encuentra sometido únicamente a la Constitución y
a su ley orgánica.
La constitución vigente establece que el tribunal constitucional está
conformado por siete miembros, todos ellos designados por el Congreso
unicameral con el voto favorable de los dos tercios del número legal de
sus miembros. Su función es de dedicación exclusiva, su mandato es de
cinco años y no puede ser inmediatamente reelegido.
Puede declarar la inconstitucionalidad de determinados dispositivos que
en la anterior constitución no eran posibles de la acción de
inconstitucionalidad. Nos referimos a los tratados internacionales,
reglamentos del Congreso y los decretos de urgencia.
La nueva constitución amplía la base legitimados para iniciar la acción
de inconstitucionalidad, otro aspecto positivo que prevé la constitución
es por el solo mérito de la publicación de la sentencia que declarar la
inconstitucionalidad de una norma esta última se entiende que ha
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12. LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO
quedado declarada, con lo cual se elimina el incomprensible requisito de
su envío al Congreso para su derogación como la contemplaba la
anterior constitución.
Sus principales funciones son:
Resolver la acción de inconstitucionalidad contra las normas con
rango de ley que vulnera la constitución.
Conocer en última y definitiva instancia las resoluciones de
denegatorias de las acciones de hábeas corpus, amparo, hábeas
data, y la acción de incumplimiento.
Resolver los conflictos de competencia que se susciten a propósito
de las atribuciones asignadas directamente por la constitución o las
leyes orgánicas que delimiten los ámbitos propios de los poderes del
estado, los órganos constitucionales, los gobiernos regionales o
municipales.
B. El Ministerio Público (MP)
Es un organismo constitucional autónomo que tiene como funciones la
defensa de la legalidad y de los intereses públicos, la investigación del
delito y el ejercicio de la acción penal ya sea de parte o de oficio. Esto
último significa que los fiscales pueden abrir una investigación sobre
cualquier hecho delictivo, sin el requerimiento previo de una denuncia.
Puede interponer acciones ante los tribunales para pedir a los jueces
que garanticen el cumplimiento del Derecho, representa a la sociedad en
los juicios en los que ésta debe estar presente como ente colectivo, y
proporciona dictámenes a determinadas instancias judiciales indicadas
en la ley antes de que resuelvan los casos sometidos a su jurisdicción.
En medicina legal, a través del Instituto de Medicina Legal, se brinda
información científica para el proceso fiscal.
El Ministerio Público está presidido por el fiscal de la Nación. Los
fiscales supremos forman la Junta de Fiscales Supremos, que tiene
entre sus funciones elegir al fiscal de la Nación. El Ministerio Público se
haya organizado en todo el territorio nacional, en un sistema que tiene
los siguientes ámbitos:
Fiscal de la Nación,
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13. LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO
Fiscales Supremos,
Fiscales Adjuntos Supremos,
Fiscales Superiores,
Fiscales Adjuntos Superiores,
Fiscales Provinciales y
Fiscales Adjuntos Provinciales
Las investigaciones se realizan en el ámbito de la primera instancia, es
decir de la fiscalía Provincial. Es aquí donde existe una gama de
fiscalías especializadas en diferentes delitos y áreas del Derecho. En el
área penal, el Ministerio Público cuenta con fiscales penales comunes,
de tráfico ilícito de drogas, terrorismo, turismo, defraudación tributaria,
prevención del delito y anticorrupción.
Existen además fiscalías civiles y especializadas en familia. En los
distritos judiciales pequeños y módulos básicos de justicia operan
fiscalías provinciales mixtas que se avocan al conocimiento de todos los
campos de acción: penal civil y de familia,
Su regulación constitucional se encuentra previsto en los artículos 158º y
159º de la Constitución de 1993 y su estatuto jurídico está dado a través
del Decretó legislativo Nº 052, promulgado el 16 marzo 1981.
C. La Defensoría del Pueblo (DP)
La Defensoría del Pueblo es un órgano constitucional autónomo creado
por la Constitución de 1993. Su misión es proteger los derechos
constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad,
supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración del
Estado y la prestación de los servicios públicos a la población.
El Defensor del Pueblo es el titular de la institución, la representa y la
dirige. Para ser elegido requiere como mínimo el voto favorable de las
dos terceras partes del Congreso de la República. Su mandato dura
cinco años, goza de total independencia para el cumplimiento de las
funciones que en la Constitución le confiere. Se rige por la Constitución y
su Ley Orgánica.
El Defensor del Pueblo no desempeña funciones de juez, fiscal ni
sustituye a autoridad alguna. Busca solucionar problemas concretos
antes que encontrar culpables. En consecuencia, no dicta sentencias, no
ordenar detenciones y tampoco impone multas. Su poder descansa en la
persuasión, en las propuestas de modificación de conducta que formule
en sus recomendaciones, en el desarrollo de estrategias de protección
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14. LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO
preventiva, en la mediación que asume para encontrar soluciones y en
su capacidad de denuncia pública en casos extremos.
De acuerdo a la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, Ley Nº
26520, el Defensor del Pueblo tiene ciertas atribuciones que le permiten
cumplir con su función, entre las cuales se destacan las siguientes:
Investigar, de acuerdo a esta atribución, la Defensoría del Pueblo
puede iniciar y proseguir investigaciones, ya sea por iniciativa propia
o a solicitud de cualquier persona interesada, con la finalidad de
esclarecer los hechos o situaciones que pudieran estar afectando sus
derechos. Además se investigan temas de alcance general con
carácter prioritario que afecten a un significativo número de personas.
Emitir pronunciamientos institucionales, en cumplimiento de su
función de protección y representación de las personas y en ejercicio
de su rol persuasivo y su autonomía, la Defensoría del Pueblo emite
pronunciamientos sobre temas de interés general cada vez que lo
considera necesario. Estos pronunciamientos están dirigidos
fundamentalmente a la opinión pública y a la sociedad en su
conjunto, para llamar la atención sobre hechos que ponen en riesgo
la vigencia de los derechos de las personas y la institucionalidad
democrática. De ser necesario, la Defensoría del Pueblo señalando
la responsabilidad que compete a las autoridades, funcionarios y
entidades estatales.
Promover acciones de garantía constitucional; el Defensor del Pueblo
con el fin de defender los derechos humanos y el principio de
supremacía constitucional está facultado para hacer uso de los
procesos constitucionales, los mismos que están establecidos en el
artículo 200º de nuestra Constitución como son: el amparo, el hábeas
corpus, el hábeas data, la acción de inconstitucionalidad, la acción
popular y la acción de incumplimiento.
Promover procesos administrativos; el Defensor del Pueblo puede
iniciar o participar, por iniciativa propia o a pedido de terceros,
utilizando el criterio de discrecionalidad, en cualquier proceso
administrativo, en representación de una o varias personas, para la
defensa de los derechos fundamentales y constitucionales. El
proceso administrativo se inicia con el ejercicio del derecho de
petición ante los organismos públicos, los mismos que se rigen por
normas y leyes.
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15. LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO
Ejercer iniciativa legislativa; El Defensor del Pueblo puede hacer uso
de esta facultad a través de: Presentación ante el Congreso de la
República de anteproyectos de leyes o emisión de informes sobre los
mismos que estuvieren en proceso de discusión parlamentaria. Y
proposición de medidas que faciliten el cumplimiento de sus
funciones.
Promover la firma, ratificación, adhesión y difusión de tratados
internacionales sobre derechos humanos; él Defensor del Pueblo
está facultado para promover la firma, la ratificación, adhesión y
efectiva difusión de los tratados internacionales sobre derechos
humanos, con el fin de asegurar su aplicación. Además, promueve
que la legislación y las prácticas nacionales se adecuen a lo previsto
a los tratados en los que el Perú es parte.
D. El Consejo Nacional de La Magistratura (CNM)
Este Organismo, independiente por mandato constitucional, tiene la muy
alta y delicada misión de seleccionar, nombrar y periódicamente ratificar a
jueces y fiscales sólidamente probos, independientes, provistos de
irreductibles valores éticos y morales, idóneos para garantizar la plena
vigencia de los derechos de la persona y el respeto a su dignidad, a través
de una correcta administración de justicia.
También el CNM tiene como función, procesar disciplinariamente, a jueces
y fiscales que, investidos de cualquier jerarquía, incurren en faltas contra los
deberes de función, desmereciendo en el concepto público la imagen de
probidad, idoneidad e imparcialidad que todo buen juez o fiscal deben
observar.
La independencia que nuestra Carta Constitucional le confiere a este
organismo, lo dota también de la responsabilidad de elegir y destituir si es el
caso, a quienes ejercen las jefaturas de dos importantes organismos que
concurren en la realización de las elecciones políticas generales y
municipales en el Perú. Nos referimos al jefe de la Oficina Nacional de
Procesos Electorales (ONPE) y al representante del Registró Nacional de
Identidad y Estado Civil (RENIEC), de cuyo accionar e independencia
depende la realización de comicios limpios y transparentes, garantizando
con ello la vigencia plena de un estado democrático.
Sus miembros se llaman consejeros y actúan con criterio de conciencia en
el ejercicio de sus funciones. Son elegidos de la siguiente manera: uno
elegido en votación secreta por la Corte Suprema, en Sala Plena; otro en
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votación secreta por la Junta de Fiscales Supremos; otro en votación
secreta por los miembros de los colegios de abogados del país; dos en
votación secreta por los miembros de los demás colegios profesionales del
país, conforme a ley; uno en votación secreta por los rectores de las
universidades nacionales; y otro último en votación secreta por los rectores
de las universidades particulares.
El funcionamiento del Consejo Nacional de la Magistratura está previsto en
los artículos 150º, 154º, 155º, 156º y 157º de la Constitución Política de
1993 y a través de su Ley Orgánica, Ley Nº 26397, publicadas el 12
diciembre 1994.
9. ÓRGANOS DEL ÁMBITO ELECTORAL
El Derecho electoral, es el que se refieren al conjunto de normas que
encauzan la participación ciudadana. Allí se señalan quienes eligen y
quiénes pueden ser elegidos, así como las características del sufragio, es
decir, si es universal, directo y secreto.
El sistema electoral señala el proceso por el cual la voluntad ciudadana,
expresada en votos, se convierte en autoridades del gobierno.
Para efectos de dar seriedad a los procesos electorales realizados en el
Perú se crea una corte que resolverá los problemas electorales del país, y
esa corte fue el Jurado Nacional de Elecciones (JNE); además de una
institución que organizará las elecciones en todo el país, para lo cual se
creó la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE); finalmente los
mecanismos informáticos permitieron ya sobre la parte final del siglo XX,
organizar una gran base de datos nacional en la que quedarán registrados
los más de 27 millones de peruanos. Así se creó el Registro Nacional de
Identificación y Estado Civil (Reniec).
A. El Jurado Nacional de Elecciones (JNE)
Es un organismo constitucional autónomo, cuya dirección, se integra con
representantes elegidos en distintas instancias: el Presidente es elegido
por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, y cuatro magistrados
designados por la Junta de Fiscales Supremos, por votación universal
de los Abogados de Lima, y por los Decanos de Facultades de Derecho
uno de las universidades públicas y otro de las privadas. Su integración
plural y descentralizada propicia su independencia y neutralidad.
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17. LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO
Es considerado el ente electoral legitimado que encauzan los procesos
electorales y la participación activa de la ciudadanía, base de la
democracia. Encargado de garantizar el respeto y cumplimiento de la
voluntad popular manifestada en los procesos electorales contribuyendo
a la consolidación del sistema democrático, a través de sus funciones
jurisdiccionales, normativas, educativas, fiscalizadoras y administrativas.
Este organismo dicta resoluciones de carácter general, para reglamentar
y normar las disposiciones electorales, y goza de iniciativa legislativa en
materia electoral. Fiscalice la legalidad del ejercicio del sufragio, de los
procesos electorales y consultas populares, garantizando así el respeto
a la voluntad ciudadana, lo que en su momento le permite certificar los
resultados electorales y otorgar los reconocimientos o credenciales
correspondientes, al Presidente de la República, congresistas
nacionales, y autoridades regionales y locales.
En lo contencioso electoral, el JNE revisa en grado de apelación las
resoluciones expedidas en primera instancia por los Jurados Electorales
Especiales y resuelve en definitiva la controversia. También conoce los
casos de vacancia declaradas por los Consejos Regionales y
Municipales, cuando éstas son apeladas y resuelve igualmente en
definitiva.
Como complemento de estas funciones, con una visión más amplia
sobre el desarrollo de la democracia, el JNE proyecta sus esfuerzos a la
comunidad educativa, colaborando en la creación de conciencia cívica
en los futuros ciudadanos.
Sus funciones más importantes son:
Resuelve en última instancia en las apelaciones, revisiones que se
interpongan contra las resoluciones de los Jurados Electorales
Especiales.
Declara la nulidad de un proceso electoral, de referéndum u otras
consultas populares.
Declara la vacancia de autoridades municipales y regionales.
El JNE fiscaliza la legalidad del ejercicio del sufragio y de la
realización de los procesos electorales, del referéndum y de otras
consultas populares.
En época no electoral fiscaliza el padrón electoral elaborado por
RENIEC.
En época electoral, su trabajo se centra en fiscalizar los siguientes
procedimientos: La capacitación de miembros de mesa; La
neutralidad, garantías y difusión del proceso, la propaganda electoral,
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18. LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO
las encuestadoras; El acto electoral, el material electoral; El software
de cómputo de resultados.
En época electoral, EL JNE desarrolla y ejecuta programas de
Capacitación Electoral para los operadores electorales, como los
Jurados Electorales Especiales (JEE) y los fiscalizadores.
En época no electoral desarrolla programas de Educación Cívica
Electoral dirigidos a niños, jóvenes y docentes, los cuales tienen
como misión crear conciencia cívica en la ciudadanía.
Determina el número de escaños que corresponden a cada distrito
electoral y el número de regidores para cada municipio.
Reglamenta el Registro Electoral de Encuestadoras.
Reglamenta la aplicación de la Cuota de Genero y Cuota Nativa.
Resuelve en última instancia las tachas contra los miembros, así
como las reclamaciones sobre constitución y funcionamiento de los
Jurados Electorales Especiales (JEE).
B. La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE)
La ONPE está encargada por la Constitución de organizar todos los
procesos electorales, referendos y otros tipos de consulta popular,
además de su presupuesto, así como la elaboración y el diseño de la
cédula de sufragio. Le corresponde, asimismo, la entrega de actas y
demás material necesario para los escrutinios y la difusión de sus
resultados.
Brinda información permanente sobre el cómputo, desde el inicio del
escrutinio en las mesas de sufragio. También dicta las instrucciones y
disposiciones necesarias para el mantenimiento del orden y la
protección de la libertad personal durante los comicios. Estas
disposiciones son de cumplimiento obligatorio para las Fuerzas Armadas
y la Policía Nacional. La ONPE tiene un jefe que es nombrado por el
Consejo Nacional de la Magistratura para un periodo renovable de
cuatro años.
Estas son las principales funciones:
diseñar la cédula de sufragio, actas electorales, formatos y todo otro
material en general.
Planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el
desarrollo de los procesos electorales.
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Brindar, desde el inicio del escrutinio, permanente información sobre
el cómputo en las mesas de sufragio y Oficinas Descentralizadas de
Procesos Electorales a nivel nacional.
Obtener los resultados de los procesos electorales y remitirlos a los
Jurados Electorales.
Diseñar y ejecutar un programa de capacitación operativa dirigida a
los miembros de mesa y ciudadanía en general, durante la ejecución
de los procesos electorales.
C. El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC)
La Constitución Política del Perú de 1993, en el Articuló 183º, prevé la
creación de un organismo constitucionalmente autónomo encargado de
organizar y mantener el Registro Único de Identificación de las Personas
Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado
civil.
En virtud del artículo 183º de la Constitución el jefe de el Nacional de
Identificación y Estado Civil es nombrado por el Consejo Nacional de la
Magistratura por un periodo renovable de cuatro años. Puede ser
removido por dicho Consejo por falta grave. Está afecto a las mismas
incompatibilidades previstas por los integrantes del Pleno del Jurado
Nacional de Elecciones.
El 12 julio 1995, mediante Ley Nº 26497, se crea el Registro Nacional de
Identificación y Estado Civil (RENIEC), en concordancia con los artículos
177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como un organismo
autónomo con personería jurídica del derecho público interno. En virtud
de dicho dispositivo se establecen las líneas principales de la misión de
esta institución y que permitieron un significativo avance en materia de
registro e identificación de los peruanos en consonancia con el
desarrollo de la actividad registral fundamentada en criterios jurídicos,
tecnológicos y científicos que ha cambiado ostensiblemente aspectos
sustantivos de la vida nacional.
Corresponde al RENIEC de manera exclusiva y excluyente las funciones
de planear, organizar, dirigir, normar y racionalizar las inscripciones
registrales de su competencia, entre los que se encuentran los
nacimientos, matrimonios, defunciones y demás actos que modifican el
estado civil de las personas. Dicho de otro modo, este organismo
constitucional tiene la responsabilidad de garantizar uno de los derechos
más importantes de la persona durante su ciclo vital: el derecho a la
identidad.
Es el organismo técnico encargado de la identificación de los peruanos,
otorga el documento nacional de identidad, registra hechos vitales:
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nacimientos, matrimonios, defunciones, divorcios y otros que modifican
el estado civil..
La Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil –
Ley Nº 26497 y el El Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional
de Identificación y Estado Civil están previstos en el Decretó Supremo
Nº 018598PCM.
10. ÓRGANOS DEL ÁMBITO ECONÓMICO
A. El Banco Central de Reserva del Perú
Es el órgano constitucional establecido con la finalidad de preservar la
estabilidad monetaria del país, controlando la inflación. Esto es muy
importante para el desarrollo económico, porque se reduce la
incertidumbre sobre el futuro de la economía en el corto y largo plazo, se
genera confianza en el nuevo sol, lo que estimula el ahorro, atrae
inversiones productivas y promueve un crecimiento sostenido de la
economía.
El Banco es gobernado por un directorio de siete miembros. El Poder
Ejecutivo designa a cuatro, entre ellos al presidente. El Congreso ratifica a
este y elige a los tres restantes, con la mayoría absoluta del número legal
de sus miembros. Todos los directores del banco son nombrados por el
periodo constitucional que corresponde al presidente de la República. No
representan a entidad interés particular alguno.
Las funciones que la Constitución encarga al Banco Central de Reserva
son las siguientes: regular la moneda y el crédito del sistema financiero;
administrar las reservas internacionales a su cargo; informar al país,
exacta y periódicamente, sobre el estado de las finanzas del Perú; y emitir
los billetes y las monedas del Estado peruano.
B. La Contraloría General de la República
La Contraloría General de la República es el órgano superior del Sistema
Nacional de Control. Es un organismo autónomo y central, que cautela el
uso eficiente, eficaz y económico de los recursos del Estado, la correcta
gestión de la deuda pública, así como la legalidad de la ejecución del
presupuesto del sector público y de los actos de las instituciones sujetas a
control; coadyuvando al logro de los objetivos del Estado en el desarrollo
nacional y bienestar de la sociedad peruana.
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21. LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO
El Contralor general es designado por el Congreso por siete años, a
propuesta del Poder Ejecutivo. La Contraloría General de la República
tiene una responsabilidad grande en contribuir a garantizar que los
recursos del Estado se utilicen con eficiencia y honestidad. Promueve
mejoras en la gestión pública, la lucha contra la corrupción y la
participación ciudadana.
En la Constitución Política encontramos varias atribuciones asignadas al
Organismo Contralor, entre las cuales tenemos:
a. Presentar anualmente el informe de auditoría practicado a la Cuenta
General de la República (Art. 81).
b. Supervisar la legalidad de la ejecución del Presupuesto del Estado, de
las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones
sujetas a control (Art. 82).
c. Realizar el control para que los Fondos destinados a satisfacer los
requerimientos logísticos de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional
se dediquen exclusivamente para ese fin (Art. 170).
d. Facultad de iniciativa legislativa en materia de control (Art. 107)
Mediante su Ley Orgánica – Ley Nº 27785, promulgada el 22 julio del año
2002 se establece las normas que regulan el ámbito, organización,
atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Control y de la
Contraloría General de la República como ente técnico rector de dicho
sistema.
C. La Superintendencia de Banca y Seguros (SBS)
Es el órgano constitucional encargado de la regulación y supervisión de
los Sistemas Financieros, de Seguros y del Sistema Privado de
Pensiones. Su objetivo primordial es preservar los intereses de los
depositantes, de los asegurados y de los afiliados al SPP. La SBS es una
institución de derecho público cuya autonomía funcional está reconocida
por la Constitución Política del Perú (artículo 87º). Sus objetivos,
funciones y atribuciones están establecidos en la Ley General del Sistema
Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca, Seguros y a AFP.
El superintendente de Banca y Seguros es designado por el Poder
Ejecutivo por el plazo correspondiente a su periodo constitucional. El
Congreso lo ratifica. La Superintendencia de Banca y Seguros contribuye
a garantizar la estabilidad de todo el sistema financiero del país.
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22. LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO
El enfoque de la SBS es crear, a través de la regulación, un sistema de
incentivos que propicie que las decisiones privadas de las empresas sean
consistentes con el objetivo de lograr que los sistemas bajo supervisión
adquieran la solidez e integridad necesarios para mantener su solvencia y
estabilidad en largo plazo.
La SBS confía en el mercado como mecanismo de organización y
asignación de recursos, siempre que los incentivos dados por la
regulación orienten a las empresas a internalizar los costos sociales en
sus decisiones. Para que este enfoque se pueda desarrollar en la
práctica, la SBS se apoya sobre la base de cuatro principios básicos
relacionados a (I) la calidad de los participantes del mercado, (II) la
calidad de la información y análisis que respalda las decisiones de las
empresas supervisadas, (III) la información que revelan las empresas
supervisadas para que otros agentes económicos tomen decisiones y (IV)
la claridad en las reglas de juego.
En relación a sus principios de regulación, éstos se caracterizan por ser
dinámico y flexibles.
D. Organismos Reguladores
Desde las últimas décadas del siglo XX, los Estados que en el pasado
habían tenido importante cantidad de empresas públicas aplicaron
políticas de privatización. Muchas de las actividades que desarrollaban las
empresas públicas pertenecían al área de servicios públicos, como en el
caso del servicio telefónico, del servicio eléctrico, del servicio de
aeropuertos,etc. El traslado de estos servicios a gestión por empresas
privadas obligó al Estado a crear organismos reguladores de sus
actividades.
Aparecieron así las siguientes instituciones:
El Organismo Supervisor de la Inversión Privada de
Telecomunicaciones (Osiptel).
El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía (Osinerg).
El Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de
Transporte de Uso Público (Ositran).
La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento
(Sunass).
Los órganos reguladores son importantes para el buen funcionamiento
de los servicios públicos privatizados y para supervisar la atención que
las empresas ven a los usuarios.
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