El documento describe la relación entre una obra pública y el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). Explica que una obra pública requiere un expediente técnico elaborado por un consultor, y que para ejecutar una obra se debe seguir el procedimiento del SNIP, el cual concluye con la viabilidad del proyecto de inversión pública. Indica además que el expediente técnico forma parte de la fase de inversión del ciclo de proyectos del SNIP.