3. PODER NACIONAL Art. 136 CRBV Tribunal y Juzgado Vice Presidente o Vice Presidenta Poder Legislativo Poder Ejecutivo Poder Judicial Poder Ciudadano Poder Electoral Diputados y Diputadas Presidente o Presidenta FGR CGR Defensor Pueblo CNE TSJ
4. Se ejerce por la Asamblea Nacional según Art. 186 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Una vez aprobada la Constitución de 1999: √ AN e s el órgano unicameral que ejerce el Poder Legislativo. √ Está c onformada por 165 diputados √ Reemplaza al anterior Congreso de la República. √ Actualmente la A.N es presidida por la Abogada Cilia Flores. √ Esta Asamblea se instaló el 5/01/2006 y ejercerá hasta el 5/01/ 2011. PODER LEGISLATIVO
5. Poder Legislativo Asamblea Nacional: Se ejerce por la Asamblea Nacional Artículo 186.(CRBV). Histórico desde la Asamblea Nacional Constituyente El Pueblo M.V.R: 114 Diputados PODEMOS: 15 Diputados. PPT: 11 Diputados. PCV: 8 Diputados. UVE: 4 Diputados. CONIVE: 2 Diputados. MI GENTE: 2 Diputados. Otros : 11 Diputados. Año 2005 Año 2000 M.V.R: 92 Diputados AD: 33 Diputados. PV: 6 Diputados. COPEI: 6 Diputados. MAS: 6 Diputados. Otros: 22 Diputados. PSUV: 139 Diputados PODEMOS: 6 Diputados. PPT: 5 Diputados. FPH: 5 Diputados. PCV: 3 Diputados. NCR: 2 Diputados. Otras: 7 Diputados. Año 2009 SEPTIEMBRE 2010 MAYORÍA CALIFICADA
6. √ Elegir a compatriotas para fortalecer desde la Asamblea Nacional la continuidad del proceso Bolivariano con el Comandante Presidente Hugo Rafael Chávez Frías, como máximo LÍDER. Nuestro Compromiso y Rol Histórico √ La Asamblea Nacional es el escenario de debate político para blindar a nuestro pueblo de instrumentos jurídicos, que le permitan alcanzar la mayor suma de felicidad posible rumbo al Socialismo del Siglo XXI según el Proyecto Simón Bolíivar. √ Hay que ganar la Asamblea Nacional con mayoría calificada (2/3 de 165 diputados) para profundizar los logros alcanzados por el proceso de liberación nacional. Esta etapa exige mayor compromiso de las y los militantes Revolucionarios. ¿Qué pasaría en caso de perder la mayoría en la Asamblea Nacional?
7.
8.
9.
10. √ Autorizar los viajes del Presidente (a) fuera del territorio de la República. √ Autorizar al Presidente (a) para celebrar contratos o convenios. √ Destituir Vicepresidente (a) Ejecutivo y Ministros (as). √ Aprobar por ley los tratados o convenios internacionales que celebre el Ejecutivo Nacional √ Discutir y aprobar el presupuesto nacional y todo proyecto de ley concerniente al régimen tributario y al crédito público. √ Autorizar los créditos adicionales al presupuesto nacional, regional y local. √ Aprobar el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, presentadas por el Ejecutivo Nacional el primer año de cada período constitucional. PODER DE LA ASAMBLEA
11.
12. Pueblo Legislador La próxima Asamblea Nacional debe intensificar las vías de participación protagónica del pueblo para: √ Proponer, elaborar y discutir las Leyes del parlamentarismo social. √ Organizar consultas populares sobre los contenidos de los Proyectos de Leyes a debatir. √ Recibir denuncias de irregularidades de funcionarios y funcionarias con cargos de elección popular, para presentarlas ante los organismos públicos de control. Materializándose actos revocatorios y/o destitución. √ Formular, ejecutar, controlar y hacer seguimiento de las políticas públicas. √ Proponer acuerdos referentes a temas de interés nacional. √ Difundir y debatir el contenido de las Leyes aprobadas.
13.
14. “ El gobierno que se le da a la República debe estar fundado sobre nuestras costumbres, sobre nuestra religión y sobre nuestras inclinaciones y últimamente sobre nuestro origen y sobre nuestra historia” Simón Bolívar Carta a José Antonio Páez. 26 de Agosto de 1828