Este documento presenta información sobre una publicación periódica llamada "Conciencia Ciudadana". Brevemente resume noticias y eventos locales, incluyendo el cumpleaños de una niña y debates sobre temas políticos y legales en Paraguay, como la fiscalización de la sociedad y la separación de poderes. También incluye anuncios sobre servicios como agrimensura y debates sobre temas como la soberanía popular y la propiedad de la tierra.
Este documento presenta la biografía del autor Delfor Susvielle y proporciona un resumen de sus cuatro libros anteriores. Incluye la tabla de contenido de su cuarto libro titulado "Ambición Gobernante - con qué finalidad?", el cual aborda temas como la necesidad de modificar la cultura política en Argentina, ampliar las facultades del Poder Judicial, y establecer mayores exigencias para la selección de gobernantes.
1) El documento describe el desarrollo del derecho del trabajo mexicano desde inicios del siglo XX, cuando el Partido Liberal publicó un manifiesto en favor de los derechos de los trabajadores, hasta la promulgación de la Ley Federal del Trabajo en 1931. 2) Se promulgaron varias leyes a nivel estatal en las décadas de 1910 y 1920 que establecieron conceptos como la jornada laboral de 8 horas y el descanso semanal. 3) La Constitución de 1917 incluyó la Declaración de Derechos Sociales
El documento resume la historia del derecho del trabajo en varias regiones como Europa, América y República Dominicana. Explica la evolución desde el liberalismo económico hasta la intervención estatal y la creación de leyes laborales. También describe los antecedentes en las Américas previo a la colonización y las primeras leyes laborales en países como Brasil, Argentina y México durante los siglos XIX y XX, culminando con la creación del Código de Trabajo dominicano de 1951, inspirado en la ley laboral mexicana de 1931.
El documento presenta información sobre varios temas relacionados con los derechos y deberes de los ciudadanos argentinos según la Constitución Nacional y leyes internacionales, incluyendo extractos de la Constitución que describen la igualdad ante la ley, el derecho a peticionar, y tratados internacionales de derechos humanos. También discute proyectos de ley presentados en el Congreso para otorgar beneficios a excombatientes y familias de víctimas de conflictos.
El documento habla sobre las fuentes del derecho educativo en Ecuador, incluyendo la Constitución, tratados internacionales, y leyes. También discute las características y diferencias entre varios tipos de leyes, decretos, y otros instrumentos legales. Finalmente, explica conceptos como costumbre, jurisprudencia, y actos administrativos.
El documento presenta una introducción al derecho del trabajo, definiendo conceptos clave como trabajo, empresa, establecimiento, y resumiendo las fuentes, contenido y principios fundamentales de esta rama del derecho. Explica que regula las relaciones laborales entre trabajadores y empleadores, tutelando especialmente a los trabajadores.
Aspectos fundamentales del Derecho del TrabajoOdri Reyes
El documento trata sobre los aspectos fundamentales del derecho del trabajo. Explica que el derecho al trabajo es un derecho fundamental, constitucional y humano protegido por la Constitución dominicana. Además, detalla los 10 compromisos que asume el Estado dominicano con respecto al derecho del trabajo como garantizar la igualdad, prohibir la discriminación, reconocer la libertad sindical y más. Finalmente, indica que estos compromisos no son nuevos ya que han sido establecidos en convenios de la Organización Internacional del Trabajo ratificados por la
El documento describe las ventajas y desventajas de la nueva ley procesal del trabajo. Entre las ventajas se encuentran que el proceso oral es más simple, rápido y efectivo que el proceso escrito, y permite una resolución más inmediata de los casos laborales. Entre las desventajas se menciona que el proceso escrito permite más posibilidades de corrupción y dilación.
Este documento presenta la biografía del autor Delfor Susvielle y proporciona un resumen de sus cuatro libros anteriores. Incluye la tabla de contenido de su cuarto libro titulado "Ambición Gobernante - con qué finalidad?", el cual aborda temas como la necesidad de modificar la cultura política en Argentina, ampliar las facultades del Poder Judicial, y establecer mayores exigencias para la selección de gobernantes.
1) El documento describe el desarrollo del derecho del trabajo mexicano desde inicios del siglo XX, cuando el Partido Liberal publicó un manifiesto en favor de los derechos de los trabajadores, hasta la promulgación de la Ley Federal del Trabajo en 1931. 2) Se promulgaron varias leyes a nivel estatal en las décadas de 1910 y 1920 que establecieron conceptos como la jornada laboral de 8 horas y el descanso semanal. 3) La Constitución de 1917 incluyó la Declaración de Derechos Sociales
El documento resume la historia del derecho del trabajo en varias regiones como Europa, América y República Dominicana. Explica la evolución desde el liberalismo económico hasta la intervención estatal y la creación de leyes laborales. También describe los antecedentes en las Américas previo a la colonización y las primeras leyes laborales en países como Brasil, Argentina y México durante los siglos XIX y XX, culminando con la creación del Código de Trabajo dominicano de 1951, inspirado en la ley laboral mexicana de 1931.
El documento presenta información sobre varios temas relacionados con los derechos y deberes de los ciudadanos argentinos según la Constitución Nacional y leyes internacionales, incluyendo extractos de la Constitución que describen la igualdad ante la ley, el derecho a peticionar, y tratados internacionales de derechos humanos. También discute proyectos de ley presentados en el Congreso para otorgar beneficios a excombatientes y familias de víctimas de conflictos.
El documento habla sobre las fuentes del derecho educativo en Ecuador, incluyendo la Constitución, tratados internacionales, y leyes. También discute las características y diferencias entre varios tipos de leyes, decretos, y otros instrumentos legales. Finalmente, explica conceptos como costumbre, jurisprudencia, y actos administrativos.
El documento presenta una introducción al derecho del trabajo, definiendo conceptos clave como trabajo, empresa, establecimiento, y resumiendo las fuentes, contenido y principios fundamentales de esta rama del derecho. Explica que regula las relaciones laborales entre trabajadores y empleadores, tutelando especialmente a los trabajadores.
Aspectos fundamentales del Derecho del TrabajoOdri Reyes
El documento trata sobre los aspectos fundamentales del derecho del trabajo. Explica que el derecho al trabajo es un derecho fundamental, constitucional y humano protegido por la Constitución dominicana. Además, detalla los 10 compromisos que asume el Estado dominicano con respecto al derecho del trabajo como garantizar la igualdad, prohibir la discriminación, reconocer la libertad sindical y más. Finalmente, indica que estos compromisos no son nuevos ya que han sido establecidos en convenios de la Organización Internacional del Trabajo ratificados por la
El documento describe las ventajas y desventajas de la nueva ley procesal del trabajo. Entre las ventajas se encuentran que el proceso oral es más simple, rápido y efectivo que el proceso escrito, y permite una resolución más inmediata de los casos laborales. Entre las desventajas se menciona que el proceso escrito permite más posibilidades de corrupción y dilación.
Este documento presenta la Constitución de la República de Colombia de 1821. Establece un gobierno popular representativo dividido en poderes legislativo, ejecutivo y judicial. Define la nación colombiana y los derechos y deberes de los ciudadanos. Describe el proceso de elecciones parroquiales y cantonales para elegir representantes al Congreso.
El documento resume el surgimiento y desarrollo del derecho laboral en Colombia desde la Constitución de 1886 hasta la actualidad. Algunos hitos incluyen el reconocimiento del derecho de asociación y huelga en 1919, la jornada laboral de 8 horas en 1934, y la ratificación de convenios de la OIT en 1931 que establecieron derechos como la protección a la maternidad en 1938. El documento también describe reformas posteriores a la legislación laboral.
Iniciativa para regular manifestacionesidSotomayor
Este documento propone una ley para regular las manifestaciones públicas en la Ciudad de México. Argumenta que las manifestaciones recientes han afectado los derechos y bienes de los ciudadanos, causando pérdidas económicas. Aunque se reconoce el derecho a la libre expresión, también señala que debe haber límites y regulaciones para proteger otros derechos y el orden público, de acuerdo a principios como la proporcionalidad. La propuesta busca establecer estas restricciones de una manera acorde a la constitución y
Este documento resume el acta de constitución de la Asociación Agropecuaria e Industrial Santísimo Sacramento de San Juan. En la asamblea, se aprobó constituir la asociación y elegir a su primera junta directiva, compuesta por una presidenta, secretaria, tesorera y fiscal. También se aprobó el estatuto de la asociación, el cual establece sus fines, órganos de gobierno y derechos y deberes de los asociados.
1) Se constituyó la Asociación de Mujeres Cabeza de Hogar y Recicladores de Ituango (AMUREI) en Ituango, Antioquia, Colombia el 25 de junio de 2014.
2) Siete personas fundaron AMUREI con el objetivo de organizar formalmente a personas dedicadas al reciclaje.
3) En la asamblea, se eligió la junta directiva conformada por Emilson Albeiro Parias Posso como Presidente, entre otros cargos.
Este documento contiene la minuta de constitución de una sociedad anónima abierta. Establece la denominación social, el objeto social, el capital social inicial y su distribución entre los accionistas fundadores. También designa al primer directorio y establece disposiciones sobre emisión y transferencia de acciones, derechos de los accionistas, convocatoria y funcionamiento de las juntas generales de accionistas.
Primer informe sobre las acciones presentado por el administrador de la comun...PEDRO PEDROZA T
Este documento corresponde al Primer Informe Sobre las Acciones de la CCC, indica las tradiciones de desde los primitivos adjudicatarios hasta los adjudicatarios del siglo IXX. En total presentare tres informes dirigidos al Consejo Directivo, al Comité de Empadronamiento y a la Auditoria que revisara y fiscalizara la información aportad por cada uno de los comuneros en sus respectivas carpetas.
Es una información histórica y académica basada en fuentes recogida por nosotros en notarias y en el Archivo Histórico nacional ubicado en la ciudad de Bogota.
Pero mas que eso, es un instrumento valido para acreditar y certificar las acciones.
gracias a todos y todas.
Atentamente,
PEDRO PEDROZA TERNERA
Administrador.
El documento constituye una sociedad en comandita simple entre Raúl Aguilar y Andrés Rodríguez para comprar y vender hoteles. Aguilar aportará US$30,000 y Rodríguez aportará US$20,000. La sociedad tendrá su domicilio legal en Cochabamba y durará 30 años. Contratarán a Miguel Cortez como Administrador por 10 años con un salario mínimo de US$15,000.
Se denomina COMUNIDAD DE CANDELARIA O CONDUEÑOS, la creada por Escritura Pública No. 38 del 22 de Agosto de 1920 de la Notaria de Pivijay, Magdalena y reconocida de conformidad por la Honorable Corte Suprema de Justicia mediante Sentencia del 06 de octubre de 1.950, Sala de Negocios Generales, regulada por la Ley 95 de 1890.
LOCALIZACION.- Los terrenos de CANDELARIA O CONDUEÑOS, se encuentran localizados en el Departamento del Magdalena, República de Colombia, en el área donde colindan los municipios de Pivijay, Salamina y Remolino, dentro de las siguientes coordenadas: Punto A: 10°35´13.68” N – 74°41´32.68” O.- Punto B: 10°37´32.62” N - 74°28´58.96” O.- Punto C: 10°32´17.09” N – 74°28´49.64” O.- Punto D: 10°33´19.84” N – 74°35´20.29” O.- Punto E: 10°30´21.65” N – 74°41´14.38” O.- Punto A y cierra.
Oficio Administrador 0001 1072014 BASES INICIALES PARA DEFINIR EL CENSO ÚNIC...PEDRO PEDROZA T
El administrador de la Comunidad Candelaria o Condueños solicita a los representantes de acciones y asociaciones de herederos que presenten la base de datos y carpetas de los comuneros para continuar con el censo único de comuneros, según lo establecido en los estatutos de la comunidad y la Ley 95 de 1890. Adjunta parte de los estatutos y de la ley que describen las funciones del administrador de llevar un registro actualizado de todos los comuneros y sus derechos.
La minuta propone la constitución de una sociedad anónima cerrada denominada HANMARDALI MOTORS S.A.C. por tres socios fundadores para dedicarse a actividades de comercio de vehículos. El capital social es de S/900,000 representado en acciones de S/1,000 cada una. Se designa como primer gerente general a Mario Michael Carbajal Chinchay y se establecen las facultades y órganos de gobierno de acuerdo a la ley general de sociedades.
Este documento presenta un resumen del Acuerdo Constituyente de la Asamblea Nacional Constituyente de Venezuela sobre el Encuentro Mundial Contra el Imperialismo celebrado en Caracas del 22 al 24 de enero de 2020. El Acuerdo saluda el encuentro por fortalecer la visión multilateral y la lucha contra el imperialismo, ratifica el compromiso de Venezuela con las luchas de los pueblos libres, y ordena la publicación del Acuerdo en la Gaceta Oficial.
1) La Conferencia de Servicios Generales de Alcohólicos Anónimos fue creada para guiar los servicios mundiales de AA y asegurar que los Doce Pasos y Doce Tradiciones sean preservados a nivel mundial.
2) La Conferencia reemplazó a los fundadores de AA como guías de la Junta de Servicios Generales y sus entidades de servicio relacionadas y ofrece una representación de las opiniones de los miembros de AA.
3) Existe un equilibrio de poderes entre la Conferencia y la Junta,
1. Se constituye la sociedad anónima "KeekiSuu" para la fabricación y distribución de postres, con un capital social de $60,000 pesos representado en 100 acciones de $600 pesos cada una.
2. La administración estará a cargo de un administrador único, Brandon Roberto Meraz Santamaria, y habrá un comisario, Yareli Rivera Alemán. Laura Santamaria Morales tendrá el poder general para pleitos y cobranzas.
3. La sociedad tendrá una duración de 80 años y su objeto principal será la fabricación y
Este documento presenta un informe sobre los derechos humanos realizado por un equipo de estudiantes. Introduce el tema de los derechos humanos y explica brevemente qué son, quienes los garantizan y cómo son interdependientes. También incluye una sección sobre la evolución histórica de los derechos humanos y la estructura de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. El objetivo general es concientizar sobre los derechos humanos y promover su respeto.
1) El documento describe la regulación legal del Código Civil de Guatemala, incluyendo que fue emitido en 1963 por el decreto ley 106 y entró en vigor en 1964. También resumió los libros y temas principales cubiertos en el Código Civil actual.
2) Explica la evolución de los códigos civiles en Guatemala desde 1877 hasta la versión actual de 1963, destacando los cambios en la estructura y contenido a través del tiempo.
3) Proporciona detalles sobre el proceso de codificación en Guatemala, incluy
Tomo iii teoría y dogmática de la falta contractual y derecho discip...INOCENCIO MELÉNDEZ JULIO
Este documento resume un tratado de derecho de los contratos públicos dividido en 7 tomos. El Tomo III se enfoca en la teoría y dogmática de la falta contractual y el derecho disciplinario de los contratos públicos. Explica conceptos como la noción de falta disciplinaria, las normas que tipifican faltas graves y leves, y la responsabilidad disciplinaria derivada de la gestión contractual del Estado.
El documento resume la evolución del derecho laboral colectivo. Comenzó con las primeras expresiones de protesta obrera en el siglo XIX en países como Inglaterra, Alemania, Francia y EEUU. Luego, los sindicatos se hicieron más generales e internacionales. A principios del siglo XX, los países comenzaron a adoptar leyes sobre salarios mínimos, jornadas laborales de 8 horas y prestaciones sociales. En Venezuela, las primeras leyes laborales datan de 1830, pero no fue hasta 1917 y 1928 que se promulgaron leyes
Este documento resume varios temas relacionados con la soberanía del pueblo paraguayo y la necesidad de que ejerzan su poder. Brevemente menciona que la constitución establece que la soberanía reside en el pueblo, pero que necesitan empoderarse para terminar con los abusos de los funcionarios públicos. También habla sobre la importancia de los partidos políticos para orientar la política a nivel nacional y servir al ejercicio de la soberanía del pueblo.
Este documento presenta varios artículos del Código Civil de Paraguay relacionados con la responsabilidad de los directores y administradores de una sociedad. Brevemente resume algunos puntos clave como que los directores no son responsables ante la sociedad cuando cumplen resoluciones de la asamblea que no van en contra de la ley o los estatutos. También permite que los accionistas puedan promover una acción si la sociedad no lo hace dentro de los tres meses.
Este documento resume varios temas relacionados con la política y la justicia en Paraguay. Incluye citas sobre la soberanía del pueblo, artículos de la constitución, noticias sobre personas y eventos, y opiniones sobre la corrupción y la necesidad de un nuevo rumbo que respete la ley y los derechos de los ciudadanos. También contiene información sobre eventos históricos del movimiento obrero estadounidense y la lucha por la jornada laboral de 8 horas.
Este documento resume varios temas relacionados con la soberanía del pueblo, la constitución y las leyes en Paraguay. Menciona que la soberanía reside en el pueblo y que los funcionarios públicos deben servir al pueblo. También advierte sobre salarios excesivos para funcionarios y sobre leyes que violan el derecho de propiedad. Resalta la importancia de que el pueblo sea quien haga las leyes y la constitución.
Este documento presenta la Constitución de la República de Colombia de 1821. Establece un gobierno popular representativo dividido en poderes legislativo, ejecutivo y judicial. Define la nación colombiana y los derechos y deberes de los ciudadanos. Describe el proceso de elecciones parroquiales y cantonales para elegir representantes al Congreso.
El documento resume el surgimiento y desarrollo del derecho laboral en Colombia desde la Constitución de 1886 hasta la actualidad. Algunos hitos incluyen el reconocimiento del derecho de asociación y huelga en 1919, la jornada laboral de 8 horas en 1934, y la ratificación de convenios de la OIT en 1931 que establecieron derechos como la protección a la maternidad en 1938. El documento también describe reformas posteriores a la legislación laboral.
Iniciativa para regular manifestacionesidSotomayor
Este documento propone una ley para regular las manifestaciones públicas en la Ciudad de México. Argumenta que las manifestaciones recientes han afectado los derechos y bienes de los ciudadanos, causando pérdidas económicas. Aunque se reconoce el derecho a la libre expresión, también señala que debe haber límites y regulaciones para proteger otros derechos y el orden público, de acuerdo a principios como la proporcionalidad. La propuesta busca establecer estas restricciones de una manera acorde a la constitución y
Este documento resume el acta de constitución de la Asociación Agropecuaria e Industrial Santísimo Sacramento de San Juan. En la asamblea, se aprobó constituir la asociación y elegir a su primera junta directiva, compuesta por una presidenta, secretaria, tesorera y fiscal. También se aprobó el estatuto de la asociación, el cual establece sus fines, órganos de gobierno y derechos y deberes de los asociados.
1) Se constituyó la Asociación de Mujeres Cabeza de Hogar y Recicladores de Ituango (AMUREI) en Ituango, Antioquia, Colombia el 25 de junio de 2014.
2) Siete personas fundaron AMUREI con el objetivo de organizar formalmente a personas dedicadas al reciclaje.
3) En la asamblea, se eligió la junta directiva conformada por Emilson Albeiro Parias Posso como Presidente, entre otros cargos.
Este documento contiene la minuta de constitución de una sociedad anónima abierta. Establece la denominación social, el objeto social, el capital social inicial y su distribución entre los accionistas fundadores. También designa al primer directorio y establece disposiciones sobre emisión y transferencia de acciones, derechos de los accionistas, convocatoria y funcionamiento de las juntas generales de accionistas.
Primer informe sobre las acciones presentado por el administrador de la comun...PEDRO PEDROZA T
Este documento corresponde al Primer Informe Sobre las Acciones de la CCC, indica las tradiciones de desde los primitivos adjudicatarios hasta los adjudicatarios del siglo IXX. En total presentare tres informes dirigidos al Consejo Directivo, al Comité de Empadronamiento y a la Auditoria que revisara y fiscalizara la información aportad por cada uno de los comuneros en sus respectivas carpetas.
Es una información histórica y académica basada en fuentes recogida por nosotros en notarias y en el Archivo Histórico nacional ubicado en la ciudad de Bogota.
Pero mas que eso, es un instrumento valido para acreditar y certificar las acciones.
gracias a todos y todas.
Atentamente,
PEDRO PEDROZA TERNERA
Administrador.
El documento constituye una sociedad en comandita simple entre Raúl Aguilar y Andrés Rodríguez para comprar y vender hoteles. Aguilar aportará US$30,000 y Rodríguez aportará US$20,000. La sociedad tendrá su domicilio legal en Cochabamba y durará 30 años. Contratarán a Miguel Cortez como Administrador por 10 años con un salario mínimo de US$15,000.
Se denomina COMUNIDAD DE CANDELARIA O CONDUEÑOS, la creada por Escritura Pública No. 38 del 22 de Agosto de 1920 de la Notaria de Pivijay, Magdalena y reconocida de conformidad por la Honorable Corte Suprema de Justicia mediante Sentencia del 06 de octubre de 1.950, Sala de Negocios Generales, regulada por la Ley 95 de 1890.
LOCALIZACION.- Los terrenos de CANDELARIA O CONDUEÑOS, se encuentran localizados en el Departamento del Magdalena, República de Colombia, en el área donde colindan los municipios de Pivijay, Salamina y Remolino, dentro de las siguientes coordenadas: Punto A: 10°35´13.68” N – 74°41´32.68” O.- Punto B: 10°37´32.62” N - 74°28´58.96” O.- Punto C: 10°32´17.09” N – 74°28´49.64” O.- Punto D: 10°33´19.84” N – 74°35´20.29” O.- Punto E: 10°30´21.65” N – 74°41´14.38” O.- Punto A y cierra.
Oficio Administrador 0001 1072014 BASES INICIALES PARA DEFINIR EL CENSO ÚNIC...PEDRO PEDROZA T
El administrador de la Comunidad Candelaria o Condueños solicita a los representantes de acciones y asociaciones de herederos que presenten la base de datos y carpetas de los comuneros para continuar con el censo único de comuneros, según lo establecido en los estatutos de la comunidad y la Ley 95 de 1890. Adjunta parte de los estatutos y de la ley que describen las funciones del administrador de llevar un registro actualizado de todos los comuneros y sus derechos.
La minuta propone la constitución de una sociedad anónima cerrada denominada HANMARDALI MOTORS S.A.C. por tres socios fundadores para dedicarse a actividades de comercio de vehículos. El capital social es de S/900,000 representado en acciones de S/1,000 cada una. Se designa como primer gerente general a Mario Michael Carbajal Chinchay y se establecen las facultades y órganos de gobierno de acuerdo a la ley general de sociedades.
Este documento presenta un resumen del Acuerdo Constituyente de la Asamblea Nacional Constituyente de Venezuela sobre el Encuentro Mundial Contra el Imperialismo celebrado en Caracas del 22 al 24 de enero de 2020. El Acuerdo saluda el encuentro por fortalecer la visión multilateral y la lucha contra el imperialismo, ratifica el compromiso de Venezuela con las luchas de los pueblos libres, y ordena la publicación del Acuerdo en la Gaceta Oficial.
1) La Conferencia de Servicios Generales de Alcohólicos Anónimos fue creada para guiar los servicios mundiales de AA y asegurar que los Doce Pasos y Doce Tradiciones sean preservados a nivel mundial.
2) La Conferencia reemplazó a los fundadores de AA como guías de la Junta de Servicios Generales y sus entidades de servicio relacionadas y ofrece una representación de las opiniones de los miembros de AA.
3) Existe un equilibrio de poderes entre la Conferencia y la Junta,
1. Se constituye la sociedad anónima "KeekiSuu" para la fabricación y distribución de postres, con un capital social de $60,000 pesos representado en 100 acciones de $600 pesos cada una.
2. La administración estará a cargo de un administrador único, Brandon Roberto Meraz Santamaria, y habrá un comisario, Yareli Rivera Alemán. Laura Santamaria Morales tendrá el poder general para pleitos y cobranzas.
3. La sociedad tendrá una duración de 80 años y su objeto principal será la fabricación y
Este documento presenta un informe sobre los derechos humanos realizado por un equipo de estudiantes. Introduce el tema de los derechos humanos y explica brevemente qué son, quienes los garantizan y cómo son interdependientes. También incluye una sección sobre la evolución histórica de los derechos humanos y la estructura de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. El objetivo general es concientizar sobre los derechos humanos y promover su respeto.
1) El documento describe la regulación legal del Código Civil de Guatemala, incluyendo que fue emitido en 1963 por el decreto ley 106 y entró en vigor en 1964. También resumió los libros y temas principales cubiertos en el Código Civil actual.
2) Explica la evolución de los códigos civiles en Guatemala desde 1877 hasta la versión actual de 1963, destacando los cambios en la estructura y contenido a través del tiempo.
3) Proporciona detalles sobre el proceso de codificación en Guatemala, incluy
Tomo iii teoría y dogmática de la falta contractual y derecho discip...INOCENCIO MELÉNDEZ JULIO
Este documento resume un tratado de derecho de los contratos públicos dividido en 7 tomos. El Tomo III se enfoca en la teoría y dogmática de la falta contractual y el derecho disciplinario de los contratos públicos. Explica conceptos como la noción de falta disciplinaria, las normas que tipifican faltas graves y leves, y la responsabilidad disciplinaria derivada de la gestión contractual del Estado.
El documento resume la evolución del derecho laboral colectivo. Comenzó con las primeras expresiones de protesta obrera en el siglo XIX en países como Inglaterra, Alemania, Francia y EEUU. Luego, los sindicatos se hicieron más generales e internacionales. A principios del siglo XX, los países comenzaron a adoptar leyes sobre salarios mínimos, jornadas laborales de 8 horas y prestaciones sociales. En Venezuela, las primeras leyes laborales datan de 1830, pero no fue hasta 1917 y 1928 que se promulgaron leyes
Este documento resume varios temas relacionados con la soberanía del pueblo paraguayo y la necesidad de que ejerzan su poder. Brevemente menciona que la constitución establece que la soberanía reside en el pueblo, pero que necesitan empoderarse para terminar con los abusos de los funcionarios públicos. También habla sobre la importancia de los partidos políticos para orientar la política a nivel nacional y servir al ejercicio de la soberanía del pueblo.
Este documento presenta varios artículos del Código Civil de Paraguay relacionados con la responsabilidad de los directores y administradores de una sociedad. Brevemente resume algunos puntos clave como que los directores no son responsables ante la sociedad cuando cumplen resoluciones de la asamblea que no van en contra de la ley o los estatutos. También permite que los accionistas puedan promover una acción si la sociedad no lo hace dentro de los tres meses.
Este documento resume varios temas relacionados con la política y la justicia en Paraguay. Incluye citas sobre la soberanía del pueblo, artículos de la constitución, noticias sobre personas y eventos, y opiniones sobre la corrupción y la necesidad de un nuevo rumbo que respete la ley y los derechos de los ciudadanos. También contiene información sobre eventos históricos del movimiento obrero estadounidense y la lucha por la jornada laboral de 8 horas.
Este documento resume varios temas relacionados con la soberanía del pueblo, la constitución y las leyes en Paraguay. Menciona que la soberanía reside en el pueblo y que los funcionarios públicos deben servir al pueblo. También advierte sobre salarios excesivos para funcionarios y sobre leyes que violan el derecho de propiedad. Resalta la importancia de que el pueblo sea quien haga las leyes y la constitución.
El documento presenta información sobre varios temas relacionados con la política, la economía y la sociedad en Paraguay. Incluye extractos de leyes, artículos de periódicos, anuncios y comentarios de varios autores. Aborda temas como la soberanía popular, la corrupción de funcionarios públicos, la reforma del sistema de justicia y la necesidad de que el gobierno cumpla con sus promesas de campaña.
Este documento trata sobre varios temas relacionados con la política, la economía y la sociedad en Paraguay. Incluye extractos de leyes, artículos de periódicos ciudadanos, y discusiones sobre temas como la corrupción, los derechos de los ciudadanos, y la historia política del país.
El documento trata sobre temas de política, derechos ciudadanos y soberanía. Resume las funciones y responsabilidades de los síndicos de una sociedad, y discute varios temas políticos como las elecciones municipales y la crispación política en Paraguay. También habla sobre la soberanía residiendo en el pueblo paraguayo y la necesidad de que los funcionarios públicos sirvan al pueblo.
02 05 2013 Primer Congreso Interamericano de Derecho AdministrativoOrganización política
Discurso pronunciado por el Gobernador del Estado de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa en el marco del Primer Congreso Interamericano de Derecho Administrativo.
El Gobernador declaró que este encuentro ratifica a Veracruz como una tierra de leyes. Subrayó la importancia de reflexionar sobre la pertinencia del marco jurídico como instrumento efectivo para la gobernanza, considerando los tiempos actuales en que el mundo entero vive acelerado.
Hizo referencia a las transformaciones por las que está pasando el país, que exigen contar con un derecho administrativo resolutivo y eficaz, lo que reafirma la pertinencia de congresos como este.
Por otro lado, habló sobre la nueva Ley de Amparo, que garantiza la ampliación de los mecanismos para respetar los derechos humanos y al mismo tiempo, contener cualquier exceso del poder público.
Este documento contiene varios artículos de ley y extractos de noticias relacionadas con temas políticos y legales en Paraguay. Aborda asuntos como la soberanía del pueblo, la corrupción, los derechos de propiedad y la función de los jueces y funcionarios públicos. También incluye anuncios sobre eventos y publicaciones relacionadas con la política y la sociedad paraguaya.
Este documento contiene varios artículos cortos sobre temas políticos y legales en Paraguay. Aborda cuestiones como la soberanía del pueblo, la corrupción, los derechos de propiedad y la responsabilidad de los funcionarios públicos de servir al pueblo. También incluye extractos de leyes y artículos de opinión criticando la corrupción y abogando por un gobierno justo y en nombre del pueblo.
El documento presenta información sobre el Código Civil de Guatemala. Resume que el Código Civil actual data de 1963 y consta de cinco libros. También describe brevemente los códigos civiles anteriores de 1877, 1926 y 1933. Además, explica que el Código Civil se basa principalmente en las ideas del plan romano-francés, dividiendo el contenido en personas, cosas y acciones.
Teoria del Estado - (Elementos del Estado) País: Costa RicaBUAP
Este documento presenta información sobre los elementos fundamentales del Estado de Costa Rica. En menos de 3 oraciones, resume que el documento analiza los elementos de la población, territorio y gobierno de Costa Rica según la Constitución Política del país y teóricos como Lidia Aguilar Balderas y Francisco Porrúa, definiendo quiénes son ciudadanos costarricenses, los límites territoriales, y que Costa Rica tiene un gobierno popular, representativo y responsable dividido en tres poderes.
1) El documento discute la relación entre el estado y la capacidad civil de las personas. 2) Señala que el estado influye en la capacidad civil a través de eventos como el matrimonio, pero la capacidad no influye en el estado civil. 3) Explica que aunque hay personas sin capacidad de obrar, nadie está sin estado civil.
El documento describe el Artículo 66 de la Constitución ecuatoriana vigente desde 2008, el cual reconoce y garantiza el derecho de las personas a dirigir quejas y peticiones individuales y colectivas a las autoridades, y a recibir una respuesta o atención motivada. El artículo asegura que las personas puedan expresar inquietudes sobre decisiones u otros tratamientos y que recibirán ayuda al respecto. Sin embargo, no se permite dirigir peticiones en nombre del pueblo.
El documento presenta el informe de rendición de cuentas de la Asamblea Nacional de Ecuador correspondiente al año 2013. Resume que durante ese año la Asamblea aprobó 18 leyes y 12 tratados internacionales, y realizó diversas actividades legislativas y de participación ciudadana. Además, destaca que 2013 fue un año histórico porque por primera vez tres mujeres asumieron cargos de liderazgo en la Asamblea Nacional.
El documento presenta un anteproyecto de ley de participación ciudadana para el estado de Oaxaca. Explica conceptos como plebiscito, referéndum e iniciativa popular. Incluye cuadros comparativos de regulaciones de democracia directa a nivel internacional y en diferentes entidades federativas de México. Propone crear una Secretaría de Educación Pública con dos vertientes, una pragmática y otra sistematizada, para solucionar problemas educativos en el estado.
El documento describe la organización del estado, incluyendo sus componentes (territorio, gobierno, pueblo, soberanía), poderes (legislativo, ejecutivo, judicial), fuentes de poder, cultura ciudadana, derecho interno y derecho internacional. También resume la evolución del estado desde las definiciones absolutistas hasta el estado democrático moderno, influenciado por factores como la industrialización y la extensión del sufragio.
Pronunciamiento Colegio de Geólogos Reforma Código de MineríaAriana Herrera Li
Este documento presenta las objeciones del Colegio de Geólogos de Costa Rica al Proyecto de "Reforma Integral al Reglamento del Código de Minería 29300". El Colegio argumenta que el proyecto incumple con varios artículos de la Constitución Política, la Ley General de la Administración Pública y el propio Código de Minería. Según el Colegio, el proyecto asume funciones legislativas, crea nuevas competencias y figuras como los "geoparques", y establece sanciones,
Este documento describe brevemente el proceso de creación de leyes en México a través de la historia. Explica que originalmente las leyes se basaban en el uso y la costumbre, y luego se crearon leyes formales. Detalla algunas de las primeras constituciones de México como independiente, incluida la Constitución de Apatzingán de 1814, y cómo evolucionaron para reconocer más derechos individuales. Finalmente, resume que el proceso legislativo moderno de México se basa en un sistema bicameral con la Cámara de Dip
La Constitución española de 1978 es la norma suprema en España. Establece la separación de poderes en tres ramas: ejecutivo, legislativo y judicial. El poder ejecutivo, encabezado por el Gobierno, hace cumplir las leyes. El poder legislativo, el Parlamento, crea las leyes. El poder judicial, el Tribunal Supremo, administra justicia. La Constitución también garantiza derechos fundamentales como la participación política y la libertad sindical, así como otros derechos ordinarios relativos al trabajo y la empresa.
Posición OFICIAL del SENADO DE LA NACION PARAGUAYA, esgrimiendo facultades constitucionales que confirma el mandato de cinco años para los Ministros de Corte y la necesidad de Concursar ante el Consejo de la Magistratura si tienen intenciones de continuar en el cargo
El documento presenta información sobre las elecciones internas de los partidos políticos paraguayos para elegir autoridades partidarias y candidatos. Resalta que el Partido Colorado realizó sus elecciones de manera democrática a diferencia de otros partidos como el PLRA que no eligió autoridades ni candidatos. También critica la influencia del capitalismo en el proceso electoral y la falta de ejercicio de la soberanía popular.
El documento critica a los candidatos plutócratas que seducen a los votantes con dinero para comprar sus votos. Argumenta que estos candidatos no les importan las leyes electorales ni las instituciones que deben hacerlas cumplir. Sostiene que la capacidad de los candidatos plutócratas para seducir a la mayoría de votantes a través del dinero es la causa de la "burbuja política" que protege a los funcionarios electos de la realidad de la pobreza y la inseguridad que sufren los ciudadanos.
El documento garantiza la libertad de expresión, libertad de prensa y difusión del pensamiento sin censura, limitándose solo a lo establecido en la Constitución. No existen delitos de prensa, solo delitos comunes cometidos a través de la prensa. Toda persona tiene derecho a generar, procesar e difundir información usando medios lícitos.
El documento presenta las listas de candidatos para presidente, miembros y delegados convencionales de la Comisión Seccional No 21 del Partido Colorado en Asunción para el período 2016-2020, incluyendo los nombres de los candidatos y los movimientos a los que pertenecen.
El documento presenta 5 candidatos para miembro titular de la Junta de Gobierno del Partido Colorado en el periodo 2016-2020 para el segmento regional de Asunción. Los candidatos son Carlos Alberto Ayala Centurión del movimiento "Tu", Hugo Waldino Lovera López del movimiento "Coloradismo Histórico", Alcides Esteban Noguera Bobadilla del movimiento "Renacer Republicano", Víctor Alfredo Ramos Ibarrola del movimiento "Juventud de Renovación Colorada", y Turi Cappello del movimiento "Honor Colorado".
El documento presenta la lista de candidatos para las elecciones internas del Partido Colorado el 26 de julio de 2015 para los cargos de Presidente y Miembro Titular de la Junta de Gobierno para el período 2016-2020. Se enumeran 8 candidatos a Presidente y 10 candidatos a Miembro Titular junto con los movimientos a los que pertenecen.
El documento lista los candidatos a intendente municipal y concejales municipales para el distrito de Mariscal Estigarribia en el departamento de Boquerón, Paraguay, para las elecciones internas del Partido Colorado el 26 de julio de 2015. Se enumeran 5 candidatos a intendente municipal y 7 candidatos a concejales municipales junto con sus movimientos respectivos.
El documento presenta la lista de candidatos de 7 movimientos diferentes para las elecciones internas del Partido Colorado el 26 de julio de 2015 para los cargos de intendente y concejal municipal del distrito de Pedro Juan Caballero en el departamento de Amambay, Paraguay. Los candidatos a intendente son Jorge Damián Gómez González, Sonia María González Pérez, César Augusto Villagra Morinigo, Marcial Lezcano Paredes, Ismael Niz Narváez y Ronald Ricardo Rodríguez Paredes. Los candidatos a concejal municipal son José Orlando Villalba R
Este documento presenta una lista de candidatos para las elecciones internas del Partido Colorado para concejales municipales en Asunción, Paraguay en 2015. La lista incluye los nombres de 27 candidatos agrupados por sus respectivos movimientos dentro del partido político. Los votantes deben marcar su voto para uno o más candidatos.
Este documento presenta una lista de candidatos para las elecciones internas del Partido Colorado para concejales municipales en Asunción, Paraguay en 2015. La lista incluye los nombres de 27 candidatos agrupados por sus respectivos movimientos dentro del partido político. Los votantes deben marcar su voto para uno o más candidatos.
Este documento presenta la lista de candidatos a intendente municipal de Asunción para el período 2015-2020 en las elecciones internas del Partido Colorado el 26 de julio de 2015. Los candidatos son Cynthia Elizabeth Tarrago Díaz del Movimiento Añeteté, Oscar Tuma del Movimiento TU, Arnaldo Samaniego del Movimiento Honor Colorado, y Lorenzo Lezcano Ullon del Movimiento Coordinadora Colorada Campesina.
Catecismo politico del dr francia enseñado en las escuelasSamudio Eugenio
El documento propone enseñar el catecismo político del Dr. Francia en las escuelas. Este catecismo político enseñaría a los niños los principios fundamentales de la República, incluyendo el patriotismo, la obediencia a las leyes y autoridades constituidas, y el deber de todos los ciudadanos de defender la patria.
El documento presenta estadísticas de tres torneos de fútbol juveniles (U14 y U18 masculino) en Paraguay en 2015. En el U14, San Lorenzo lidera la tabla de posiciones con 6 puntos luego de 3 partidos jugados, seguido por Campo Alto y San José con 5 puntos cada uno. En el U18, Libertad encabeza la tabla con 6 puntos tras ganar sus 3 partidos, seguido por Campo Alto también con 6 puntos. El documento incluye las tablas completas de posiciones y estadísticas
El documento habla sobre falsificaciones en el Ministerio de Obras Públicas. Se realizaron investigaciones sobre falsificación de mensuras judiciales, pero a pesar de la evidencia, no se castigó a los culpables.
Este documento clasifica las faltas de tránsito en Paraguay en tres categorías (leves, graves y gravísimas), describe las acciones que constituyen cada categoría, y establece las sanciones correspondientes. Algunas faltas graves incluyen obstruir el tráfico, conducir sin documentación válida, o exceder los límites de velocidad. Entre las faltas gravísimas se encuentran causar un accidente que resulte en muerte o lesiones, conducir en estado de intoxicación, o ignorar las señales de
Delitodeviolaciondelordenconstitucional poraplicacion de laleydetransitoSamudio Eugenio
La constitución establece que el poder público se ejerce a través del sufragio y que los poderes legislativo, ejecutivo y judicial deben mantener independencia y equilibrio. Se garantizan las libertades individuales y la protección de la privacidad de las personas. La constitución es la ley suprema de la nación y cualquier ley o acto que vaya en contra de lo establecido en ella será inválido. El documento analiza varios artículos de una nueva ley de tránsito y argumenta que estos violarían diferentes artículos de la
El documento describe que el artículo 36 de la Constitución Nacional establece que el patrimonio documental de las personas es inviolable y que los registros, comunicaciones, documentos y objetos de valor testimonial no pueden ser examinados, reproducidos o interceptados sin orden judicial. Se enumeran varias instituciones públicas y privadas que solicitan fotocopias de cédulas de identidad en violación a este artículo.
El documento resume los principales derechos humanos fundamentales como la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión. Define la libertad como poder hacer todo lo que no dañe a otros. Establece que la propiedad privada es un derecho inviolable. Finalmente, explica que la resistencia a la opresión es consecuencia de los demás derechos humanos y que el pueblo tiene derecho a resistirse cuando el gobierno viola sus derechos.
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"UN BUEN PERIODICO ES UNA NACION HABLANDO-
SE A SI MISMA" - Arthur Miller
LEY Nº 1183/87 - CODIGO CIVIL
PRIMER CURSO SI 7º NO
PARAGUAYOS Y PARAGUAYAS DESDE
EL 2 Y 3 DE FEBRERO DE 1989 El pueblo
es soberano; el gobierno es su creación y
su propiedad; los funcionarios son sus
servidores.
EL MINI PERIODICO
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www.concienciasciudadanas.wordpress.com
Precio del ejemplar 2500 Gs
Año 16 - nº461 - GuillermoArias 1155
021-482629 .- Asunción Paraguay
Asunción, 6 de Abril de 2015
ADIVINA
ADIVINADOR
S E
EL 1 DE ABRIL CUMPLIO SUS
DIEZ AÑITOS GIOVANA
GABRIELA BOGADO ARIAS,
HIJA DEL ING. CIVIL BILL
BOGADO SAMUDIO Y
CAROLINA ARIAS DE
BOGADO.
DESDE CONCIENCIA
CIUDADANA LE DESEAMOS
MIL FELICIDADES
DE LA FISCALIZACION DE LA SOCIEDAD
Art.1117.- Sin perjuicio del control establecido por
las leyes administrativas o por leyes especiales, la
fiscalización de la dirección y administración de la
sociedad está a cargo de uno o más síndicos
titulares y otros tantos suplentes, designados con
carácter personal e indelegable.
Art.1118.- Los síndicos deben ser idóneos para
que el control que les corresponde ejercer sea
eficiente, atendiendo a la importancia y complejidad
de las actividades de la sociedad.
Deben estar domiciliados en la República y ser
hábiles para el cargo, conforme establece el artículo
siguiente.
Art.1119.- No pueden ser síndicos:
a) los que por este Código no pueden ser
directores;
b) los directores, gerentes, y empleados de la
misma sociedad o de otra que la controle; y
c) los cónyuges y los parientes de los
directores por consanguinidad en línea recta, los
colaterales hasta el cuarto grado inclusive, y los
afines dentro del segundo.
Art.1120.- Los estatutos establecerán el plazo por
el cual serán designados los síndicos, hasta un
máximo de tres ejercicios, sin perjuicio de su
obligación de desempeñar el cargo hasta que sean
reemplazados. La asamblea de accionistas puede
dejar sin efecto su designación, sin que esta facultad
sea susceptible de limitación.
Art.1121.- Los síndicos titulares serán
reemplazados por los suplentes en caso de vacancia
temporal o permanente. No siendo posible la
sustitución, el directorio convocará de inmediato a
la asamblea para que haga las designaciones a fin
de completar el período.
El síndic o impedido para
desempeñar sus funciones cesará
de intervenir y dará aviso al
directorio dentro de los diez días.
Art.1122.- El síndico que tuviere
interés en determinada operación
deberá abstenerse de participar en
todo lo relativo a ella, so pena de
perder el cargo y responder de los
daños y perjuicios causados a la
sociedad.
H A S T A
C U A N D O
Q U E D A R A
MANCO EL
E S T A D O
PARAGUAYO
?
2. ELSOBERANO1/6.200.000 ADVIERTE
El talento, los inventos y las marcas, propiedades
son, pero solo se vuelven productivas por la
imposición a la sociedad de Leyes Corruptas
con la fuerza del Estado y también con la
criminalidad y la fuerza de las mafias organizadas.
(('',72,7255,$,$//
EL PAGO POR USUARIO DE COPACOSA
A EMPRESAS DE CELULAR
CONSTITUYE EN TERMINOS CLAROS PA-
GAR POR UN SERVICIO NO PRESTADO UN
ROBO AL PUEBLO Y UN ENCHUFE
DISCRIMINATORIO
CONCIENCIA CIUDADANA
GUILLERMOARIAS1155 Tel.021-
482629- Asunción- Paraguay
DIRECTOR
Eugenio Samudio
Los Parlamentarios no pueden legislar en contra
de la libertad y los bienes del soberano
APOYE EL FORO POLITICO
INTERPARTIDARIO
A NIVEL NACIONAL
ENTRE EN LA PAGINA
WWW.CONCIENCIASCIUDADANAS.WORDPRESS.COM
MAS UN MES DE USURPACION DEL
PODER JUDICIAL
El Estado Paraguayo está MANCO.
Uno de los poderes del ESTADO está
usurpado nada más y nada menos que por
DOCTORES EN DERECHO.
En que facultad de DERECHO se da el
título de DOCTOR a USURPADORES DE UN
PODER DEL ESTADO?
Conforme con la definción de la justicia de
ARISTOTELES, La JUSTICIA es una necesidad
social, porque el derecho es la regla de vida para
la asociación política y la decisión de lo justo es
lo que constituye el derecho.
La violación de la Constitución, EL
DERECHO MAYOR, por los MINISTROS DE
CORTE hace que el PODER JUDICIAL no
administra JUSTICIA sino INJUSTICIA.
Para corregir esta USURPACION de uno
de los PO DERES DEL E STADO, la
CON STITUC ION de la R EVOLUC ION
EMA NCIPAD ORA ha estatuido el JUICIO
POLITICO a los USURPADORES.
El intento de ENJUICIAR a CUATRO
USURPADORES, se ha ESTANCADO debido al
SEGUNDO SANTO PARAGUAYO CONOCIDO
POR LAS MUJERES COMO FRENTE GUAZU,
que tiene DIEZ Y SEIS A POSTOLES Y
APOSTOLAS EN EL SENADO DE LA NACION.
Urge pues ROMPER POLITICAMENTE al
APO STOLAD O DEL SEGU NDO SA NTO
PARAGUAYO, para proseguir con el JUICIO
POLITICO a los tres MINISTROS ya IMPUTADOS,
para luego proseguir con los RESTANTES
USURPADORES uno de los cuales FUNGE NADA
MAS Y NADA MENOS QUE COMO PRESIDENTE
DEL PODER JUDICIAL.
REMORA DEL AUTORITARISMO
Como s i no exi stiera en la Constituc ión
Nacional la RESERVA DE LEY, Art. 9. Solo la ley obliga
a todos, obligación que sólo puede nacer del PODER
LEGISLATIVO dentro de los márgenes establecidos a
este PODER por la propia Constitución que entre
otras cosas le prohibe delegar sus funciones a otro
PODER DEL ESTADO, es te si gue si n embargo
delegando al poder EJECUTIVO la potestad de CREAR
O BLIG ACIONES G ENERALES, por DECRET O ,
RESOLUCION, REGLAMENTO, EDICTO, etc.
La potestad del PO DER EJ ECUT IVO de
REGLAMENTAR LA LEY, en un ESTADO DE DERECHO
que proclama el PRINCIPIO DE SEPARACION DE LOS
PO DERES, no puede sino consi stir en REGLAS
INTERNAS para la APLICACION DE LA LEY, nunca
OBLIGACIONES GENERALES.
Gracias a este ABUSO DE PODER, quierase o
no, sigue firme el PRINCIPIO AUTORITARIO, por el
cual se reune en un solo poder la facultad de CREAR
POR SI OBLIGACIONES Y APLICARLAS AL MISMO
TIEMPO, contrariando el PRINCIPIO DE SEPARACION
DE PODERES.
No erró la DECLARACION DE LOS DERECHOS
DEL HOMBRE Y DEL CIUDADANO DE 1789, al
determ i nar que donde no hay garantí a de l os
DERECHOS DEL HOMBRE ni separación de los
PODERES, no existe CONSTITUCION.
En el PODER JUDICIAL contagiado por EL
PO DER EJ ECUT IVO tam bi én s e gobi erna por
ACORDADAS, DECRET O S, RESOLUCIO NES,
EDICTOS, ETC, ETC.
En MATERIA DE TRANSITO, EL PODER QUE
APLICA LA LEY DE TRANSITO TAMBIEN CASTIGA LAS
INFRACCIONES A NIVEL NACIONAL.
Esta situación ya no es sostenible. Es hora
que el PODER LEGISLATIVO corrija estas anomalias.
A NIVEL MUNICIPAL, hay mas respeto por las
FORMAS, ya que a dicho nivel existe EL PODER QUE
SANCIONA LA ORDENANZA, el PODER QUE APLICA
LA ORDENANZA, y el PODER QUE CASTIGA LAS
FALTAS A LAS ORDENANZAS Y LAS LEYES..
OJO no solo a NIVEL DE TRANSITO NACIONAL
se viola el PRINCIPIO DE SEPARACION DE PODERES.
NO S CO NSTA Q UE EN EL SERVICIO
NACIONAL DE CATASTRO, EN LOS REGISTROS
PUBLICOS, EN EL MIC, EN EL MEC, ETC. ETC, existe
el G O BIERNO PO R DECRET O , RESO LUCIO N,
REGLAMENTO, EDICTO, etc. etc.
3. Artículo 2.- DE LA SOBERANIA
En la República del Paraguay la soberanía reside en el pueblo,
que la ejerce, conforme con lo dispuesto en esta Constitución.
Ya no podemos pedirle a Dios que nos haga la Constitución ni las
Leyes, debemos hacerlas nosotros
José Carlos Rodríguez
ESTUDIO TECNICO DEAGRIMENSURA
del Top. Eugenio Samudio
Mensura de Terrenos Urbanos y Rurales
Levantamientos Planialtimetricos
Planos
GuillermoArias1155-0983891536
Los funcionarios públicos no pueden apropiarse
de los bienes públicos ni coimear
Los Jueces no pueden juzgar obviando la
Contitución y las leyes.
La Ley Forestal y la Ambiental son corruptas
pues violan el derecho de propiedad de los sobera-
nos, al imponerle un encargo Social, que corres-
ponde solucionarr a la Sociedad como un Todo.
LA VISION DE LOS PROLETARIOS
PRIMER TOMO / CONFERENCIA 1
¿Qué es y qué busca Antorcha Obrera?
ELQUETIENEUNPEDAZODETIERRA,
UN TECHO, UNA FAMILIA, Y DEBE A
SU TRABAJO EL SUSTENTO DE SUS
VIDAS, ESUNHOMBREY SEÑORDESI
MISMO, ES LIBRE EN EL MEJOR DE
LOSSENTIDOS
superior, más justa, más
equilibrada y más
humana.
Esta tarea, la difusión de
estas tres cuestiones
fundamentales para la
lucha obrera del mundo,
las realiza la Primera
Internacional. Allí se
dieron cita diferentes
grupos de obreros, con
distinta ideología, y
hasta obreros a título
pers onal que, por el
desarrollo del movimiento
en sus respectivos
países, s entían la
necesidad de unirse y de
conocer las ideas de
otros obreros y de otros
dirigentes obreros, para
poder dar la lucha en su
país. Fue, digámoslo así,
una especie de lugar de
reunión o sitio de
encuentro de grupos
mar ginales y de
individuos con amplia
visión política en favor de
los obreros, que tratan
de conectarse, de
influirse y de transmitirse
experiencias, par a ir
creando una unidad y una
conciencia mundial
unitaria en el
proletariado.
La Primera Internacional
vive doc e años.
Discusiones internas,
sobre todo las intrigas
de los anarquis tas
encabezados por Mijail
Bakunin, y cambios
drásticos en la arena
mundial terminan
obligando al Consejo
General de la Primera
Internac ional a
trasladarse a Estados
Unidos. Allí, en 1876,
muere el último
Secretario General de la
Primera Internacional y
el Comité queda acéfalo.
La lejanía de Inglaterra,
donde vivían Mar x y
Engels, unida a la
dificultad tan grande que
significaba en aquella
época el océano que
separa a Europa de
Estados Unidos, hace
que la Primera
Internacional vaya
languidec iendo y,
finalmente, que acuerde
disolverse en 1876.
Durante esos doce años,
no obstante, la Primera
Internacional logró
difundir a nivel mundial
las consignas más
importantes que hasta
nuestros días determinan
las grandes líneas dentro
de las que se mueve el
movimiento proletario del
mundo.
La siguiente experiencia
de este tipo es la
Segunda Internacional.
La Segunda Internacional
se funda en 1889,
después de la muerte de
Carlos Marx; la funda su
gran amigo, Federico
Engels. La Segunda
Internacional difiere de la
Primera Internacional en
que ya no se organizan
en ella grupos aislados y
marginales o individuos
sueltos sino que es ya
una organización que
reúne en sí a los
diferentes partidos
obr eros más
desarrollados del mundo
en aquella época. Se
trata, más que de un
organismo de combate,
de una tribuna en la cual
los diferentes partidos
obr eros del mundo
exponen s us ideas,
i n t e r c a m b i a n
4. El subsidio Estatal
a los Partidos Políticos,
es un deber de primera
magnitud del Estado, ya
que la plata del Estado
debe ser utilizada en pri-
mer lugar en favor del So-
berano, es decir de los
propietarios del estado: El
Pueblo en General.
DE LA LIBERTAD Y LA INTIMIDAD
El soberano pueblo paraguayo, no necesita
ni defensores del pueblo, ni gobernantes, si Fun-
cionarios Públicos a su servicio, probos, capaces
y trabajadores, sean en el ambito Legislativo,
Judicial o Ejecutivo, sean municipales, departa-
mentales o nacionales.
ELSOBERANO1/6.400.000ADVIERTE
Los salarios de primer mundo que se
estan dando los Funcionarios Públicos, y que los
propios soberanos no se dan asimismos, es un
atentado contra el Pueblo Paraguayo.
Que la única finalidad por la cual EL PODER
puede, con pleno derecho, ser ejercido sobre
un miembro de una comunidad civilizada contra
su voluntad, es evitar que perjudique a los
demás. Su propio bien , físico o moral, no es
justificación suficiente. Nadie puede ser
obligado justificadamente a realizar o no realizar
determinados actos, porque eso fuera mejor
para él, porque lo haría feliz, porque, en opinión
de los demás, hacerlo sería lo mas acertado o
mas justo. ESTAS SON BUENAS RAZONES
PARA DISCUTIR, RAZONAR Y PERSUADIRLE,
PERO NO PARA OBLIGARLE O CAUSARLE
ALGUN PERJUICIO SI OBRA DE MANERA
DIFERENTE. John Stuart Mill
Richard Salomon
Mario Niz
Alejandro Aranha
Ruben Jara
Marcial Lezcano
EL ESTACIONA-
MIENTO CON-
TROLADO ES UN
ROBO AL PUE-
BLO Y UN ABU-
SO DE PODER
VELOCIDAD CRUCERO
DETERMINADA POR LA LEY PARA
EVITAR MULTAS DE RADAR
APLICADAS EN LOCALES SIN
SEÑALIZACION
50KM/H
Art. 69.- Velocidad Máxima
1) Los límites máximos de velocidad son:
a) En la zona urbana se acatará a lo establecido por
l a
autoridad local de aplicación.
b) En carreteras y rutas
1 Zona Urbana 50 km/h
2 Zona Rural 110 km/h
c) Límites máximos especiales
1 Al aproximarse de una Escuela marcada con
la señal respectiva, durante las horas en que los
niños y niñas y adolescentes ingresen o egresen de
clases, en zona de ubicación de cualquier Centro
Educativo, Oficinas Públicas, Entidades Cooperativas,
Hospitales, Iglesias, al aproximarse a una distancia
de 15 (quince) metros de un paso a nivel y demás
lugares de reunión, cuando haya concurrencia de
personas, en todas las clases de vías la velocidad
máxima será de 20 km/h.
2 En todas las curvas señaladas con la señal
de giro en ángulo recto. Al aproximarse a una distancia
de 15 (quince) metros, como asimismo en todas las
curvas indicadas con señales de giro en curvas y en
todos los sitios donde haya señales romboidales de
peligro, sin indicación de velocidad máxima 20 km/h
3 Los ómnibus, microómnibus de pasajeros,
c ami ones de c arga de todo ti po y c apac i dad,
motocicletas y rodados con cargas peligrosas en
todos l os s i ti os de l a c arretera de cual qui er
característica en zonas rural 90 km/h y en zona urbana
40 km/h
2) Las vel oc idades es tabl ec idas deben s er
correctamente señalizadas
3) Los límites de velocidades fijadas en esta ley no
serán aplicables a vehículos al servicio de policías,
bomberos, am bul anci as o aquell os vehí c ul os
parti c ulares uti l izados para el tras l ado y
acompañamiento de un Presidente de la República,
Ministros y autoridades extranjeras, bajo el régimen
de ac om pañam iento de di gnatari os, que en
cumplimiento de sus deberes excedan la velocidad
permitida.
Si n em bar go es ta di s pos i c i ón no protegerá al
conductor de ninguno de tales vehículos contra las
consecuencias legales de conducir con menosprecio
de la seguridad vial, la vida o cosas ajenas. Los
conductores de dichos vehículos reducirán la velocidad
antes de entrar a la circulación de las avenidas, calles
de sentido único y en otros de tránsito preferencial.
4) En cualquier punto de las rutas o puentes, donde se
haya colocado una señal permanente o transitoria de
PARE o en donde se realizan trabajos viales, los
c onduc tores , es tán obl i gados a detener
completamente sus vehículos, antes de llegar a la
señal e informarse sobre la forma cómo deberán
pros eguir s alvo que exi sta en el lugar, un
representante de la autoridad vial regulando e tránsito.
5) Queda prohibido a todo conductor de vehículo,
transitar en cualquier puente o viaducto a velocidades
,m ayores que l as es tabl ec i das en l as s eñal es
indicadoras a fin de evitar el peligro que pueda
repres entar para la estabi li dad de estas
construcciones o para la seguridad de las personas.
6) No deberá conducirse un vehículo a una velocidad
muy reducida que impida el desplazamiento normal y
reglamentario, excepto en el caso de los vehículos
funerarios de los que participen en desfiles autorizados
o en aquellos casos en que lo exijan las condiciones
de tránsito o de visibilidad.
7 ) La velocidad máxima dentro del perímetro de los
c entros de pobl ac ión será la que determi ne l a
señalización respectiva.
5. LA INTIMIDAD
Se precisó que la intimidad se proyectaba
en dos dimensiones: como secreto de la vida
privada (sentido estricto) y como libertad
(sentido amplio). La primera dimensión
ofrecería la visión tradicional de la intimidad
marcadamente individualista y portadora de
facultades de exclusión de signo negativo.
La segunda, confería a la intimidad el carácter
de LIBERTAD PUBLICA y la habilitaría para
enfrentar las amenazas que en un mundo
moderno se cierne sobre ella. Concluye la
Corte...
Corte Constitucional de la República de
Colombia
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ARISTÓTELES
POLÍTICA
CONCIENCIA CIUDADANA
DECLARACION DE LOS DERECHOS DEL
HOMBRE Y DEL CIUDADANO 1789 - DE
LA CONTRIBUCION PUBLICA
a.13. Para el mantenimiento de la fuerza pública
y para los gas tos de administr ación, es
indispensable una contribución común. Esta
contribución debe ser repartida por igual entre
todos los ciudadanos, en razón de sus
facultades
a.14. Todos los ciudadanos tienen el
derecho de comprobar por sí mismo o por sus
representantes la necesidad de la contribución
pública, de consentirla libremente, de vigilar
su empleo y de determinar su cuantía, su
asiento, cobro y duración.
a.15. La sociedad tiene el derecho de pedir
cuentas a todo agente público de su
administración.
deben ser los
principios necesarios y
esenciales de un
gobierno formado a
medida del deseo.
Como este Estado
perfecto no puede existir
sin las condiciones
indispensables para su
misma perfección, es
lícito dárselas todas en
hipótesis, y tales como
se quiera, con tal que no
se vaya hasta lo
imposible, por ejemplo,
en cuanto al número de
ciudadanos y a la
extensión del territorio.
Si el obrero en general,
el tejedor, el constructor
de naves o cualquier otro
artesano, debe antes de
comenzar el trabajo tener
la materia primera, de
cuyas buenas
cir cunstancias y
preparación depende
tanto el mérito de la
ejecución, es preciso dar
también al hombre de
Estado y al legislador
una materia especial,
c o n v e n i e n t e m e n t e
preparada para sus
trabajos. Los primeros
elementos que exige la
ciencia política son los
hombres en el número y
con las c ualidades
naturales que deben
tener, y el suelo con la
extensión y las
propiedades debidas.
Se c ree
vulgarmente que un
Estado, para ser
dichoso, debe ser vasto;
y si este principio es
verdadero, los que lo
proclaman ignoran
ciertamente en qué
consiste la extensión o
la pequeñez de un
Estado; porque juzgan
únicamente de ellas por
el númer o de sus
habitantes y, sin
embargo, es prec iso
mirar no tanto al número
como al poder. Todo
Estado tiene una tarea
que llenar; y será el más
grande el que mejor la
desempeñe. Y así, yo
puedo decir que
Hipócrates , no c omo
hombre, s ino c omo
médico, es mucho más
grande que otro hombre
de una estatura más
elevada que la suya.
Aun admitiendo
que sólo se debe mirar al
número, sería preciso no
confundir unos con otros
los elementos que le
forman. Bien que el
Estado todo enc ierre
nec esariamente una
multitud de esclavos, de
domiciliados, de
extranjeros, sólo pueden
tenerse en cuenta los
miembros mismos de la
ciudad, los que la
c o m p o n e n
esencialmente; y el gran
número de éstos es la
señal cierta de la
grandeza del Estado.
Una ciudad de la que
saliesen una multitud de
artesanos y pocos
guerreros no sería nunca
un gran Estado, porque
es preciso distinguir un
gran Estado de un
Estado populoso. Ahí
están los hechos para
probar que es muy difícil,
y quizá imposible,
organizar una ciudad
demasiado populosa; y
ninguna de aquellas
cuyas leyes han
mer ecido tantas
alabanzas ha tenido,
como puede verse, una
excesiva población. El
razonamiento viene en
apoyo de la observación.
La ley es la
determinación de cierto
orden; las buenas leyes
p r o d u c e n
necesariamente el buen
orden; pero el orden no
es posible tratándose de
una gran multitud. El
poder divino, que abraza
el universo entero, sería
el único que podría en
ese caso establecerlo. La
belleza r esulta de
ordinario de la armonía
del númer o con la
extensión; y la
perfección para el Estado
c o n s i s t i r á
necesariamente en reunir
una justa extensión y un
número conveniente de
ciudadanos . Pero la
extensión de los Estados
está sometida a ciertos
límites, como cualquiera
otra cosa, como los
animales, las plantas,
los instrumentos.
Cada cosa, para
pos eer todas las
propiedades que le son
propias, no debe ser ni
d e s m e s u r a d a m e n t e
grande, ni
d e s m e s u r a d a m e n t e
pequeña, porque, en tal
cas o, o ha perdido
6. CONCIENCIA CIUDADANA
CONVENCERSE QUE
LA LEY 1642 (LEY SECA)
Y LA ORDENANZA 20/
2004 NO VIOLAN LA
CONSTITUCION,
NI VIOLA EL
DERECHO A LA
INTIMIDAD DE
LOS JOVENES DE
18 AÑOS Y MAS Y
TAMBIEN DE LOS
ADULTOS
CULPABLES DEL PAIS DEL REVES
No hay, pues, buen gobierno sino donde en primer lugar
se obedece la ley, y después, la ley a que se obedece,
está fundada en la razón; porque podría también prestarse
obediencia a leyes irracionales.
ARISTOTELES
ARTICULO33ºCN
VIOLADORESDEL
DEMOCRACIA
“Democracia significa que aquellos que están
controlados por la ley tienen el poder y la
libertad de modificar la ley en base a reglas
convenidas, e incluso modificar tales reglas y
significa algo más, significa una especie de
autocontrol colectivo sobre la mecánica
estructural de la historia” (Right Mills)
C O M I S I O N
INTERINSTITUCIONAL QUE
OBLIGA AL USO DEL CASCO,
EL CINTO DE SEGURIDAD Y
PENALIZA LA
ALCOHOLEMIA.
LEY 5016/2014 - FALTAS
AMONESTACION O MULTA HASTA 3 JORNALES MINIMOS
Art. 119
Jornal minimo legal 70156
FALTAS LEVES
Art. 111. Constituyen faltas leves todas aquellas infracciones
no calificadas como faltas graves o gravisimas. Asimismo,
serán leves las infracciones a las normas dictadas por el
Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones u Ordenanzas•
Municipales referentes a la materia y la conducción en estado
de intoxicación alcohólica desde 0.001 a 0.199 mg/L de CAAL
y o.001 a 0.399 g/L de CAS.
Multa de 4 (cuatro) a 10 (diez) jornales minimos legales quita
de puntos o inhabilitación cuando corresponde.
Art. 119
Jornal minimo legal 70156
FALTAS GRAVES
Art. 112
a) Las que violando las disposiciones vigentes en la presente
Ley y su reglamentación, resultan atentatorias contra la
sguridad en el transito.
b) Las que
1.-Obstruyan la circulación
2.- Dificulten o impidan el estacionamiento y o la detención
de los vehículos del servicio público de pasajerros y de
emergencia en los lugares reservados.
3.-Ocupen espacios reservados por razones de visibilidad y o
seguridad.
c) Las que afecten la contaminación del ambiente
d) La conducción de vehículos sin estar debidamente
habilitados para hacerlo
e) La falta de documentación exigida
f) La circulación con vehículos que no tengan colocadas sus
chapas o patentes reglamentarias o sin el seguro obligatorio
vigente.
g) No cumplir con lo exigido en caso de accidente
h) Circular con vehiculos de transporte de pasajeros o carga,
sin contar con la habilitación extendida por autoridad
competente o que teniéndola no cumpliera con lo allí exigido.
i) Circular con vehículos de transporte que, por excederse en
el peso provoquen una reducción de la vida útil de la
infraestructura vial.
j) La conducción de vehículos transportando un número de
ocupantes superior a la capacidad para la cual fue
construido el vehiculo.
k) La circulación de ciclomotores, motocicletas, triciclones y
cuatrociclones con más de dos personas, incluido el
conductor, asimismo la conducción de montacargas que
transportan persona alguna.
l) Llevar como acompañante a un menor de 12 años en
ciclomotores, triciclones y cuatriciclones.
m) Conducir un vechículo a mayor velocidad que la máxima
perm itida
n) La conducción de vehículos utilizando auriculares y / o
sistemas de comunicación móvil de operación manual
continua.
ñ) La conducción de vehículos sin que alguno de sus
ocupantes utilice el correspondiente cinturón de seguridad.
(INCONSTITUCIONAL VIOLA ART. 33 CN)
Los aplicadores cometeran DELITO CONTRA EL ORDEN
CONSTITUCIONAL
o) Conducir ciclomotores, motocicletas, triciclones,
cuatriciclones y montacargas llevando objetos o elementos
que impidan al conductor mantener ambas manos en el
manubrio.
p) Desobedecer las señaes u órdenes de tránsito de la
autoridad de aplicación.(SIEMPRE QUE DICHAS SEÑALES
Y ORDENES ESTEN CONTEMPLADAS EN LA LEY, PUES
SI NO LO SON QUIENES VIOLAN LA LEY SON LAS
AUTORIDADES DE APLICACIÓN)
Los aplicadores cometeran DELITO CONTRA EL ORDEN
CONSTITUCIONAL
q) No respetar el derrecho preferente de paso de un peatón
o de otro conductor
r) Detener o estacionar un vehículo en lugar no permitido
s) Conducir un vehículo sin luces en las horas y
circunstancias exigidas por esta Ley.
t) Conducir un taxi sin taximetro debiendo llevarlo, tener
este sin el sello de la autoridad o acondicionado de modo
que no marque la tarifa reglamentaria
u) No llevar limpiaparabrisas en condiciones de
funcionamiento
ni espejo retrovisor regulable
v) Mantener abiertas las puertas de un vehículo al servicio
del transporte público, mientras se encuentra en movimiento
o
llevar pasajeros en las estriberas o no detenerse junto a la
al alzar o bajar pasajeros
w) Negarse a pagar o evadir el pago de la tarifa de peaje
x) La conducción en estado de intoxicación alcohólica desde
o.200 a 0.790 mg/L de CAAL y o.400 a 1599 g/L de CAS
Multa de 11 (once) a 20 (veinte) jornales minimos legales
quita de puntos o inhabilitación cuando corresponde
Art. 119
Jornal minimo legal 70156
FALTAS GRAVISIMAS
Art. 113 Constituyen faltas gravísimas las siguientes:
a) La falta cometida que haya causado un accidente que haya
producido la muerte, lesiones o puesto en inminente peligro
l a
salud de las personas o haya ocasionado daños a las cosas
b) Cuando el infractor ha cometido la falta fingiendo la
7. CONCIENCIA CIUDADANA
EL FUTBOL ES UN CIRCO
Comparo el fútbol brasileño con un circo. Hay los
payasos, los domadores de León, los presentadores
y nosotros los jugadores, que tal vez seamos los
malabaristas
Romario
OPININIONES HAY MILES
VERDAD HAY UNA SOLA
.
CODIGO CIVIL
LEY N° 1.183
Art.8°.- La ignorancia de la ley no exime
de su cumplimiento, salvo que la
excepción esté prevista por la ley.
PARA Q UE DEBE EXISTIR
DEMOCRACIA ?
Debe existir democracia “para” que aquéllos
que cuentan con determinadas propiedades y que por
ello tienen intereses en los avatares del Estado
puedan controlar adecuadamente las decisiones del
Parlamento, garantizando así la compatibilidad entre
la existencia misma del Estado, el mantenimiento de
la propiedad privada en general y de la suya específica
en particular.
Locke
No importa que el individuo sea libre
políticamente si después no es libre socialmente.
Por debajo de la “no libertad”, como sujeción al
poder del príncipe, hay una “no libertad” más
profunda (...) y más difícilmente extirpable: la “no
libertad” como sumisión al aparato productivo y a
las grandes organizaciones del consenso y del
disenso que la sociedad corporativ a
inevitablemente genera en su seno.
Norberto Bobbio
DIEZ LIBERTADES DE PALABRA NO
VALEN UNA LIBERTAD DE ACCION Y SOLO
ES LIBRE EN REALIDAD EL QUE VIVE DE
LO QUE ES SUYO
Juan Bautista Alberdi
SABIDURIA QUE DURA MAS DE
2300 AÑOS
Poseer todo lo que se ha manester y no tener
necesidad de nadie, he aquí la verdadera independencia.
La extensión y la fertilidad del territorio deben ser tales
que todos los ciudadanos puedan vivir tan desocupados
como corresponde a hombres libres y sobrios.
Aristóteles
EL PARADIGMA DEL PARAGUAYO DEBE SER LA
CONQUISTA DE LA SOBERANIA ECONOMICA
Artículo 33.- (CN) DEL DERECHO
A LA INTIMIDAD
La intimidad personal y
familiar, así como el respeto a la vida
priv ada, son inv iolables. LA
CONDUCTA DE LAS PERSONAS EN
TANTO NO AFECTE AL ORDEN
PÚBLICO ESTABLECIDO EN LALEY
O A LOS DERECHOS DE
TERCEROS, ESTARÁ EXENTA DE
LA AUTORIDAD PÚBLICA.
Se garantiza el derecho
a la protección de la intimidad, de la
dignidad y de la imagen privada de las
personas.
prestación de un servicio de urgencia de emergencia u
oficial, utilizando indebidamente una autorización o cuando
esta no le corresponde
c) La conducción de vehículos sin respetar la señalización
de los semáforos o de la señal de PARE
d) Cuando a consecuencia de la misma se vea dificultada la
prestación de un servicio público.
e) Cuando el infractor sea funcionario y cometa la falta
abusando de tal carácter
f) Fugarse o negarse a suministrar documentación o
información cuando lo exigierre la autoridad de aplicación.
g) La conducción en estado de intoxicación alcohólica,
estupefacientes u otra sustancia que disminuya las
condiciones
psicofísicas normales y / o en estado de agotamiento.
h) La negativa a someterse a la realización de la prueba de
alcoholemia y / o testeo de estupefacientes.
INCONSTITUCIONAL, VIOLA EL ART. 18 CN
i) La conducción de ciclomotores, motocicletas, triciclones,•
cuatriciclones y motocargas sin que alguno de los ocupantes
utilice correctamente colocado y sujetado el casco
reglamentario, chaleco reflectivo y demás elementos que
exija la reglamentación.
INCONSTITUCIONAL. VIOLA EL ART. 33 CN
Los aplicadores cometerán el DELITO CONTRA EL ORDEN
CONSTITUCIONAL.
j) La evasión de control de peso por parte de los transportes
de carga en las estaciones fijas o móviles dispuestas por
la autoridad competente
k) Adelantar a otro vehículo en curvas, puentes, paso a nivel
cruces no regulados y / o franja amarilla continua.
l) Conducir un vehículo en sentido contrario al tránsito
m) El consumo de bebidas alcohólicas, cualquierra sea su
graduación en la vía pública y en establecimientos
comerciales que tengan acceso directo desde autopista rutas
nacionales amales o caminos departamentales.
INCONSTITUCIONAL. VIOLA EL ART. 33 CN•
Los aplicadores cometerán el DELITO CONTRA EL ORDEN
CONSTITUCIONAL.
n) La destrucción, inutilización o daño de cualquier señal de
tránsito dispuesta por la autoridad competente, sin perjuicio
de que además esté tipificado como hecho puniblo en la
legislación penal.
8. ESCRIBANA STELLA MARIS
SAMUDIO DE RODRIGUEZ
Testanova nº 388 c/Guillermo Arias
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Centro Urbano San Antonio (CUSA)
LA SEGURIDAD JURIDICA
ES LA ESTRUCTURA LEGAL DE UNA
SOCIEDAD BASADA EN LA LIMITACION
DEL PODER.
HANA FISCHER
CONCIENCIA CIUDADANA
EL ARTE DE MEDRAR EN LA CORTE
MANUAL DEL TREPADOR
Maurice Joly
DONDE VIVE LA SOBERANIA
concienciasciudadanas.wordpress.com
visto en este país que la
nación protestara bajo
una mano de hierro, por
muchos que fueran los
golpes. Felipe Augusto,
Felipe el Hermoso, Luis
XI, Richelieu y Luis XIV
tenían precisamente ese
don de la crueldad fría e
implacable que es tan
preciado en los jefes de
Estado. Pródigos en la
sangre, la vida y el oro
de s us subditos, su
gloria no se ha empañado
en la posteridad. El mal
que sembraron a su paso
for ma par te de su
grandeza.
En cambio, bajo todos
los príncipes débiles se
clamó contra la tiranía.
Es normal. La
popularidad de los
Robespierre y los Danton
parece sacar su fuerza
de la sangre que
vertieron. Napoleón I, que
hizo matar a un millón de
hombres y cuya mano
pes aba D ios s abe
cuánto, fue el alma de
este país. Bien es verdad
que no ha habido en el
mundo
74 Libro II: Del poder y
de la ambición otro tan
apasionado por la fuerza
como él, lo cual hace que
su ejemplo sea más
pertinente todavía.
El lector habrá advertido
ya que lo que llamamos
el artede medrar no es
en definitiva sino la
aplicación de la políticaa
la dirección de la vida.
En lo pequeño como en
lo grande,es lo mismo.
Es imposible medrar sin
una cierta negrura de
carácter, que hay que
adquirir a fuerza de
voluntad si no se tiene la
suerte de poseerla por
naturaleza. Por supuesto
que no se trata aquí de
una maldad brutal o
irreflexiva, sino de una
maldad consciente de sí
misma, de una maldad
calc ulada según los
instintos de la naturaleza
humana.
Así, en el transcurso de
la vida, un hombre deberá
proc urar dejar bien
sentada la opinión de que
no perdona fácilmente;
que no se le ofende
impunemente; que tiene
poca sensibilidad, que
los sentimientos no le
hacen mella. Cuanto más
duro sea, mejor perforará
la capa social.
75
III
De los partidos
Hay que imaginarse los
partidos en un Estado
como clanes o tribus
armadas que avanzan
cada una por su lado a la
conquista del poder con
principios, es decir, con
palabras, por bandera.
Las revoluciones no son
sino el tumulto que se
organiza entre partidos.
Se trata de saber quién
ganará la batalla, es
decir, qué partido al final
se hará con el poder y
con el botín.
Podemos ver, pues, que
en realidad nunca hay
más que dos grandes
partidos enfrentados, los
que quieren derrocar al
gobierno existente
porque no les permite
hacer sus negocios, y los
que quieren conservarlo
porque conviene a sus
intereses.
Los que quieren
mantener el or den
establecido tienen razón.
Unidos a sus cargos,
dignidades y prebendas
por lazos sagrados e
indisolubles, tienen
motivo para considerar
enemigos de la sociedad
a quienes sientan la
tentación de venir a
turbar sus placeres.
Nada les parece más
digno de respeto que las
instituciones de las que
viven. Para ellos son un
patrimonio.
En cuanto a los que
quieren deshacerse del
gobierno, también tienen
razón, ya que su móvil
es el mismo que el de
sus adversarios. Sólo
difieren entre sí por su
preferencia por tal o cual
sistema de gobierno que
les parece más favorable
a sus ambiciones o al
des arrollo de su
actividad.
Existen entre los
par tidos poderes
destronados y partidos
rec ién nacidos que
aspiran al poder. Para
los unos como para los
otros, el problema que
hay que resolver es el
mismo, por lo menos al
comienzo: hacer que la
opinión se y 6 Libro II:
Del poder y de la