PODER EJECUTTIVO

• En la ciencia política y el derecho
  constitucional, el poder ejecutivo es una de
  las facultades y funciones primordiales del
  Estado.

• La función ejecutiva está delegada al
  Presidente de la República y a su
  Vicepresidente, si es que se produce la
  ausencia, destitución o renuncia del titular,
  los cuales son elegidos (en binomio
  conjunto) para un mandato de cuatro años.

• El Presidente de la República designa a los
  ministros de Estado y a los gobernadores de
  cada provincia.
• PRESIDENTE DE
  LA REPÚBLICA

         VICEPRESIDENCIA
          DE LA REPÚBLICA

                  • MINISTROS
                    DEL ESTADO


                       FUERZA
                        PÚBLICA


                             ESTADO DE
                              EMERGENCIA
Será el jefe del Estado y del Gobierno y responsable de la
administración pública.

Atribuciones y deberes del Presidente:

 Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los
  tratados y los convenios internacionales y demás
  normas jurídicas.

 Presentar, en el momento de su posesión su plan de
  gobierno.

     Establecer las políticas generales de Estado, aprobar
    los correspondientes planes de desarrollo y velar por
    su cumplimiento;

    Dirigir la administración pública expedir las normas
    necesarias para regular la integración, organización y
    procedimientos de la Función Ejecutiva.
El Vicepresidente cuando no reemplace al
Presidente, ejercerá las funciones que este le
asigne.

En caso de falta definitiva del Vicepresidente, el
Congreso Nacional elegirá su reemplazo, con el
voto conforme de la mayoría de sus integrantes,
de una terna que presentará el Presidente de la
República.

El Presidente y Vicepresidente de la República
serán elegidos por mayoría absoluta de votos, en
forma universal, igual, directa y secreta
Los ministros de Estado serán de
                                      Funciones de los ministros de
libre nombramiento y remoción
                                      Estado:
del Presidente de la República y lo
representaran en los asuntos
                                       Dirigir la política del ministerio
propios del ministerio a su cargo.
                                        a su cargo.

                                       Firmar con el Presidente de la
                                        República      los     decretos
                                        expedidos en las materias
                                        concernientes a su ministerio.

                                       Expedir las normas, acuerdos y
                                        resoluciones que requiera la
                                        gestión ministerial.
La fuerza pública esta constituida por las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.
Su misión, organización, preparación, empleo y control serán regulados por la
ley.

La Fuerza Pública se debe al Estado. El Presidente de la República será su
máxima autoridad, esta deberá ser obediente y no deliberante, sus miembros
tendrán las mismas obligaciones y derechos que todos los ecuatorianos y en caso
de infracciones estarán sujetos a fuero especial para su juzgamiento.
El Presidente de la República decretará el
estado de emergencia, en todo el
territorio nacional o en una parte de él,
en caso de inminente agresión externa,
guerra internacional, grave conmoción
interna o catástrofes naturales.

Poder ejecutivo

  • 2.
    PODER EJECUTTIVO • Enla ciencia política y el derecho constitucional, el poder ejecutivo es una de las facultades y funciones primordiales del Estado. • La función ejecutiva está delegada al Presidente de la República y a su Vicepresidente, si es que se produce la ausencia, destitución o renuncia del titular, los cuales son elegidos (en binomio conjunto) para un mandato de cuatro años. • El Presidente de la República designa a los ministros de Estado y a los gobernadores de cada provincia.
  • 3.
    • PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA  VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA • MINISTROS DEL ESTADO  FUERZA PÚBLICA  ESTADO DE EMERGENCIA
  • 4.
    Será el jefedel Estado y del Gobierno y responsable de la administración pública. Atribuciones y deberes del Presidente:  Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los tratados y los convenios internacionales y demás normas jurídicas.  Presentar, en el momento de su posesión su plan de gobierno.  Establecer las políticas generales de Estado, aprobar los correspondientes planes de desarrollo y velar por su cumplimiento;  Dirigir la administración pública expedir las normas necesarias para regular la integración, organización y procedimientos de la Función Ejecutiva.
  • 5.
    El Vicepresidente cuandono reemplace al Presidente, ejercerá las funciones que este le asigne. En caso de falta definitiva del Vicepresidente, el Congreso Nacional elegirá su reemplazo, con el voto conforme de la mayoría de sus integrantes, de una terna que presentará el Presidente de la República. El Presidente y Vicepresidente de la República serán elegidos por mayoría absoluta de votos, en forma universal, igual, directa y secreta
  • 6.
    Los ministros deEstado serán de Funciones de los ministros de libre nombramiento y remoción Estado: del Presidente de la República y lo representaran en los asuntos  Dirigir la política del ministerio propios del ministerio a su cargo. a su cargo.  Firmar con el Presidente de la República los decretos expedidos en las materias concernientes a su ministerio.  Expedir las normas, acuerdos y resoluciones que requiera la gestión ministerial.
  • 7.
    La fuerza públicaesta constituida por las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional. Su misión, organización, preparación, empleo y control serán regulados por la ley. La Fuerza Pública se debe al Estado. El Presidente de la República será su máxima autoridad, esta deberá ser obediente y no deliberante, sus miembros tendrán las mismas obligaciones y derechos que todos los ecuatorianos y en caso de infracciones estarán sujetos a fuero especial para su juzgamiento.
  • 8.
    El Presidente dela República decretará el estado de emergencia, en todo el territorio nacional o en una parte de él, en caso de inminente agresión externa, guerra internacional, grave conmoción interna o catástrofes naturales.