ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
Constitución del Ecuador 2008.docx
1. (Constitución del Ecuador 2008)
Poder:
•Legislativo
•Ejecutivo
•Judicial
La Constitución del Ecuador de 2008 establece la
independencia de los poderes del Estado y la necesidad de
que cada uno cumpla con sus funciones de manera autónoma
y sin interferencias.
Además, se establece la figura del control político y social,
que permite a la ciudadanía y a la Asamblea Nacional
controlar la gestión del poder ejecutivo y otros organismos
públicos.
La Constitución del Ecuador de 2008 establece la división de
poderes en tres ramas principales: el poder legislativo, el
poder ejecutivo y el poder judicial.
2. Poder Legislativo:
Es uno de los órganos constitucionales del Estado que
ostentan representación popular y es el generador de las
normas con rango de ley, además de ser el fiscalizador y
controlador de la acción del gobierno.
La Asamblea Nacional es el principal órgano legislativo del
Ecuador, conformado por 137 asambleístas elegidos por
votación popular. La Asamblea tiene la responsabilidad de
implementar leyes, reformas, enmiendas constitucionales y
fiscalizar las acciones del poder ejecutivo.
La Asamblea Nacional tiene la facultad de controlar y
evaluar la gestión pública y el estado financiero del país,
autorizar la contratación de préstamos internacionales,
ratificar acuerdos y tratados internacionales y realizar
investigaciones sobre temas de interés público.
3. Poder Ejecutivo:
El poder ejecutivo está liderado por el Presidente de la
República, el cual es elegido mediante voto popular para un
período de cuatro años. Su responsabilidad principal es
liderar el país y llevar a cabo las políticas públicas acordadas
por la Asamblea Nacional.
El Presidente es el líder del Consejo de Ministros y tiene la
facultad de emitir decretos ejecutivos, dirigir la política
exterior del país y nombrar, supervisar y destituir a los
ministros, secretarios y otros funcionarios de la rama
ejecutiva.
El Vicepresidente representa al Presidente cuando este se
encuentra ausente temporalmente y cumple con las funciones
que el presidente de la República le asigne. El
Vicepresidente de la República deberá tener los mismos
requisitos necesarios para cumplir las funciones del
Presidente de la República y tendrá las mismas prohibiciones
e inhabilidades.
Los Ministros de Estado son los encargados de cumplir las
funciones como personeros de los Ministerios a los que el
4. presidente de la República les asigne, siendo de libre
nombramiento y remoción.
Como parte del amplio abanico de funciones que ostenta el
poder ejecutivo se encuentran los deberes y atribuciones
siguientes establecidas en el Art. 147 de la Constitución:
1.- Dar cumplimiento y a la vez respetar la Constitución de
la República, leyes, tratados internacionales. Y el resto de
normas jurídicas inmersas en el marco de su competencia.
2.- Tiene la facultad de realizar convocatorias a Consulta
Popular en los casos y acorde a los requisitos establecidos en
la Constitución de la República.
3.- Se deberán presentar a la Asamblea Nacional, en el
momento de toma de posesión del cargo de Presidente de la
República. Aquellos lineamientos fundamentales respecto a
las políticas y acciones que en mandatario ejecutarán durante
el ejercicio de la función ejecutiva.
4.- El poder ejecutivo representado en el Presidente del a
República deberá participar con iniciativa legislativa en el
proceso de conformación de las leyes.
5. 5.- El Presidente de la República deberá definir la política
exterior, suscribir y ratificar los tratados internacionales, así
como nombrar y remover a embajadores y jefes de misión.
6.- El Presidente de la República deberá presentar al Consejo
Nacional de Planificación la propuesta sobre el Plan
Nacional de Desarrollo para su respectiva aprobación.
7.- Deberá dirigir la administración pública de forma
desconcentrada y emitir los decretos ejecutivos necesarios
para contribuir a la integración, regulación, organización y
control.
8.- Otra de las funciones del poder ejecutivo es el envío de la
proforma del Presupuesto General del Estado a la Asamblea
Nacional, para que este lo apruebe.
9.- El Presidente de la República deberá anualmente
presentar a la Asamblea Nacional un informe respecto al
cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo y los
objetivos que el gobierno ha trazado para el año próximo.
6. Poder Judicial:
El poder judicial en Ecuador es independiente y su objetivo
principal es garantizar la justicia e imparcialidad en todos los
procesos judiciales del país. Su estructura está conformada
por la Corte Nacional de Justicia, los tribunales provinciales
y los juzgados de paz.
El Consejo de la Judicatura es el organismo encargado de
administrar y evaluar el desempeño del poder judicial y de
nombrar o destituir a jueces y magistrados.
Los jueces y magistrados son seleccionados a través de un
riguroso proceso de selección y deben cumplir con requisitos
específicos. Además, el poder judicial tiene la facultad de
declarar la inconstitucionalidad de las leyes y de garantizar
el derecho a un juicio justo y transparente.