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República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología
Universidad Politécnica Territorial José Antonio Anzoátegui
El Tigre, Estado Anzoátegui
Política Pública
y Software Libre
Profesor: Integrante:
Salas Jifrey Royer Plaza C.I: 30.984.016
Materia: Sección: IF 05
Formación Crítica Trayecto 01 Fase 01
¿Qué es un software? Software Libre
• Es un programa de computación cuya licencia
garantiza al usuario acceso al código fuente
del programa y lo autoriza a ejecutarlo con
cualquier propósito, modificarlo y redistribuir
tanto el programa original como sus
modificaciones en las mismas condiciones de
licenciamiento acordadas al programa original,
sin tener que pagar regalías a los
desarrolladores previos. Inclusive, yendo más
allá de esta definición técnica, el Software
Libres, ante todo, una forma ética de entender
el software, donde el trabajo colaborativo y la
libertad de los usuarios (el pueblo) constituyen
los principales objetivos de esta filosofía de
software libre.
• El término software es un vocablo inglés que fue
tomado por otros idiomas y designa a todo
componente intangible (y no físico) que forma
parte de dispositivos como computadoras, teléfonos
móviles o tabletas y que permite su
funcionamiento. El software está compuesto por un
conjunto de aplicaciones y programas diseñados
para cumplir diversas funciones dentro de un
sistema. Además, está formado por la información
del usuario y los datos procesados. Los programas
que forman parte del software le indican al
hardware (parte física de un dispositivo), por medio
de instrucciones, los pasos a seguir
Política Publica
Nacional
Hace décadas las instituciones públicas y
privadas en Venezuela, sufrieron cambios
en la estructura y manejo de la información
referentes al desarrollo de sus labores
administrativas, estas se encontraron en la
obligación de evolucionar a una era
computacional, sustituyendo los procesos y
procedimientos manuales por sistemas y
tecnologías vanguardistas. En una primera
instancia la inclusión de las nuevas
tecnologías (computadoras) en Venezuela
se centraron o enfocaron en líneas
generales en el manejo de software
privado, el cual formó parte del gran
crecimiento tecnológico en Venezuela
desde mediados de los años 80,
incrementando su importancia en la década
de los 90 con el uso de software
desarrollado por la empresa Microsoft
mediante su sistema operativo Windows el
cual ha sido el de mayor aceptación a nivel
mundial.
Este cambio vanguardista obligó a las organizaciones a invertir sumas muy
importantes en las compras, instalación y mantenimiento de las licencias del
software, teniendo que adaptarse al software existente para cubrir las
necesidades particulares de los usuarios. Para contrarrestar la inversión
económica que los entes gubernamentales a nivel nacional mantenían en la
instalación y adaptación de los programas informativos en el año 2004 el
presidente de la República para ese entonces Hugo Rafael Chávez Frías hace
la promulgación del Decreto Nº 3.390 el cual fue publicado legalmente en la
Gaceta Oficial Nº38.095 publicada a los 28 días del mes de diciembre de ese
año.
El decreto 3390 establece: "Artículo 1. La Administración Pública Nacional
empleará prioritariamente Software Libre desarrollado con Estándares
Abiertos, en sus sistemas, proyectos y servicios informáticos. A tales fines,
todos los órganos y entes de la Administración Pública Nacional iniciarán los
procesos de migración gradual y progresiva de éstos hacia el Software Libre
desarrollado con Estándares Abiertos."
Según el Decreto 3.390 (diciembre 2004), hace de uso prioritario el Software
Libre en los sistemas de la Administración Pública, dando un plazo de 2 años
para presentar y ejecutar los procesos de migración. Por medio de este
decreto, en Gaceta Oficial 39109 (enero 2009) se ordenó el uso de estándares
públicos para los documentos generados en la Administración Pública,
siendo los ODF para la edición y PDF para los de sólo lectura; en Gaceta
Oficial 39633 (marzo 2010) se hace obligatorio el uso de Canaima
GNU/Linux en todos los computadores que se adquieran en la
Administración Pública y se obliga a que sea este el único sistema operativo
que se use sin componentes o partes privativas; y el Decreto con Rango,
Valor y Fuerza de ley 9051 (junio 2012) dicta ordenanzas sobre acceso e
intercambio electrónico de datos, información y documentos entre órganos y
entes del Estado, con el objeto de garantizar la implementación de un
estándar de Interoperabilidad. Se especifica el uso de Software Libre y
Estándares Abiertos.
La ley de Infogobierno
Esta nueva ley que trata sobre el uso del software libre en Venezuela, establece también
reglamentaciones y sanciones por el incumplimiento de las ordenanzas nacionales en lo
que se refiere el ámbito tecnológico y específicamente la implementación del Software
Libre con Estándares Abiertos en lo que respecta a la Administración Pública Nacional.
Varias instituciones gubernamentales, así como como ministerios cuentan con
departamentos tecnológicos presentes en sus instalaciones, o centros nacionales
tecnológicos, con una plataforma tecnológica y humana para desarrollar sus
herramientas adaptadas a lo establecido en la ley de Infogobierno, sin embargo dichos
recursos son complicados de trasladar al resto de la geografía nacional donde la
mayoría de los poblados que se encuentran alejados de la infraestructura ministerial
poseen oficinas o extensiones gubernamentales como organizaciones públicas que
atienden directamente las necesidades de la población en función a lo establecido en la
ley
Software libre en
Venezuela
El marco referencial anteriormente abordado, es parte de la argumentación y
justificación por las cuales el Estado Venezolano ha asumido la aplicación y uso del
Software Libre en la Administración Pública, fundamentalmente identificando para ello
las ventajas comparativas del Software Libre respecto al Software Propietario y que se
traducen en garantía para la Soberanía Tecnológica y la Seguridad Nacional, ya que entre
muchas otras el Software Libre permite minimizar los riesgos que están asociados a:
-Filtración de los datos confidenciales
-Imposibilidad de Acceso a los datos
-Manipulación en la modificación de los datos
Riesgos que si no se tienen controlados por parte del Estado, representan una
amenaza y el desencadenamiento de acciones que pueden poner en riesgo la
Seguridad de la Información tanto del Estado como de los Ciudadanos. Sin duda, todo
esto hace que se convierta en estratégico el uso imperativo del Software Libre por
parte del Estado Venezolano, visión que se ha tenido desde el mismo Estado para
garantizar, no sólo la democratización del conocimiento, el acceso a toda la
información que se produzca en el país, a los sistemas del Estado y a las tecnologías
de información y comunicación, sino también la competitividad de la Industria
Nacional de Tecnologías de Información, promoviendo su desarrollo y fortalecimiento,
de manera que le permita al Estado contar con un aliado estratégico para la
generación y soporte de soluciones orientadas a promover el ejercicio de la Soberanía
y alcanzar Independencia Tecnológica
Interés del Gobierno
venezolano en el
software libre
En principio porque la filosofía y
libertades presentes en el Software Libre
están en sintonía con principios rectores
expresados en la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela, entre
los cuales podemos mencionar: Inclusión
social, solidaridad y cooperación,
apropiación del conocimiento,
independencia Tecnológica. Pero además,
el Software Libre le permite al estado
venezolano, lo siguiente:
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  • 1. República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología Universidad Politécnica Territorial José Antonio Anzoátegui El Tigre, Estado Anzoátegui Política Pública y Software Libre Profesor: Integrante: Salas Jifrey Royer Plaza C.I: 30.984.016 Materia: Sección: IF 05 Formación Crítica Trayecto 01 Fase 01
  • 2. ¿Qué es un software? Software Libre • Es un programa de computación cuya licencia garantiza al usuario acceso al código fuente del programa y lo autoriza a ejecutarlo con cualquier propósito, modificarlo y redistribuir tanto el programa original como sus modificaciones en las mismas condiciones de licenciamiento acordadas al programa original, sin tener que pagar regalías a los desarrolladores previos. Inclusive, yendo más allá de esta definición técnica, el Software Libres, ante todo, una forma ética de entender el software, donde el trabajo colaborativo y la libertad de los usuarios (el pueblo) constituyen los principales objetivos de esta filosofía de software libre. • El término software es un vocablo inglés que fue tomado por otros idiomas y designa a todo componente intangible (y no físico) que forma parte de dispositivos como computadoras, teléfonos móviles o tabletas y que permite su funcionamiento. El software está compuesto por un conjunto de aplicaciones y programas diseñados para cumplir diversas funciones dentro de un sistema. Además, está formado por la información del usuario y los datos procesados. Los programas que forman parte del software le indican al hardware (parte física de un dispositivo), por medio de instrucciones, los pasos a seguir
  • 3. Política Publica Nacional Hace décadas las instituciones públicas y privadas en Venezuela, sufrieron cambios en la estructura y manejo de la información referentes al desarrollo de sus labores administrativas, estas se encontraron en la obligación de evolucionar a una era computacional, sustituyendo los procesos y procedimientos manuales por sistemas y tecnologías vanguardistas. En una primera instancia la inclusión de las nuevas tecnologías (computadoras) en Venezuela se centraron o enfocaron en líneas generales en el manejo de software privado, el cual formó parte del gran crecimiento tecnológico en Venezuela desde mediados de los años 80, incrementando su importancia en la década de los 90 con el uso de software desarrollado por la empresa Microsoft mediante su sistema operativo Windows el cual ha sido el de mayor aceptación a nivel mundial.
  • 4. Este cambio vanguardista obligó a las organizaciones a invertir sumas muy importantes en las compras, instalación y mantenimiento de las licencias del software, teniendo que adaptarse al software existente para cubrir las necesidades particulares de los usuarios. Para contrarrestar la inversión económica que los entes gubernamentales a nivel nacional mantenían en la instalación y adaptación de los programas informativos en el año 2004 el presidente de la República para ese entonces Hugo Rafael Chávez Frías hace la promulgación del Decreto Nº 3.390 el cual fue publicado legalmente en la Gaceta Oficial Nº38.095 publicada a los 28 días del mes de diciembre de ese año. El decreto 3390 establece: "Artículo 1. La Administración Pública Nacional empleará prioritariamente Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, en sus sistemas, proyectos y servicios informáticos. A tales fines, todos los órganos y entes de la Administración Pública Nacional iniciarán los procesos de migración gradual y progresiva de éstos hacia el Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos." Según el Decreto 3.390 (diciembre 2004), hace de uso prioritario el Software Libre en los sistemas de la Administración Pública, dando un plazo de 2 años para presentar y ejecutar los procesos de migración. Por medio de este decreto, en Gaceta Oficial 39109 (enero 2009) se ordenó el uso de estándares públicos para los documentos generados en la Administración Pública, siendo los ODF para la edición y PDF para los de sólo lectura; en Gaceta Oficial 39633 (marzo 2010) se hace obligatorio el uso de Canaima GNU/Linux en todos los computadores que se adquieran en la Administración Pública y se obliga a que sea este el único sistema operativo que se use sin componentes o partes privativas; y el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de ley 9051 (junio 2012) dicta ordenanzas sobre acceso e intercambio electrónico de datos, información y documentos entre órganos y entes del Estado, con el objeto de garantizar la implementación de un estándar de Interoperabilidad. Se especifica el uso de Software Libre y Estándares Abiertos.
  • 5. La ley de Infogobierno Esta nueva ley que trata sobre el uso del software libre en Venezuela, establece también reglamentaciones y sanciones por el incumplimiento de las ordenanzas nacionales en lo que se refiere el ámbito tecnológico y específicamente la implementación del Software Libre con Estándares Abiertos en lo que respecta a la Administración Pública Nacional. Varias instituciones gubernamentales, así como como ministerios cuentan con departamentos tecnológicos presentes en sus instalaciones, o centros nacionales tecnológicos, con una plataforma tecnológica y humana para desarrollar sus herramientas adaptadas a lo establecido en la ley de Infogobierno, sin embargo dichos recursos son complicados de trasladar al resto de la geografía nacional donde la mayoría de los poblados que se encuentran alejados de la infraestructura ministerial poseen oficinas o extensiones gubernamentales como organizaciones públicas que atienden directamente las necesidades de la población en función a lo establecido en la ley
  • 6. Software libre en Venezuela El marco referencial anteriormente abordado, es parte de la argumentación y justificación por las cuales el Estado Venezolano ha asumido la aplicación y uso del Software Libre en la Administración Pública, fundamentalmente identificando para ello las ventajas comparativas del Software Libre respecto al Software Propietario y que se traducen en garantía para la Soberanía Tecnológica y la Seguridad Nacional, ya que entre muchas otras el Software Libre permite minimizar los riesgos que están asociados a: -Filtración de los datos confidenciales -Imposibilidad de Acceso a los datos -Manipulación en la modificación de los datos Riesgos que si no se tienen controlados por parte del Estado, representan una amenaza y el desencadenamiento de acciones que pueden poner en riesgo la Seguridad de la Información tanto del Estado como de los Ciudadanos. Sin duda, todo esto hace que se convierta en estratégico el uso imperativo del Software Libre por parte del Estado Venezolano, visión que se ha tenido desde el mismo Estado para garantizar, no sólo la democratización del conocimiento, el acceso a toda la información que se produzca en el país, a los sistemas del Estado y a las tecnologías de información y comunicación, sino también la competitividad de la Industria Nacional de Tecnologías de Información, promoviendo su desarrollo y fortalecimiento, de manera que le permita al Estado contar con un aliado estratégico para la generación y soporte de soluciones orientadas a promover el ejercicio de la Soberanía y alcanzar Independencia Tecnológica
  • 7. Interés del Gobierno venezolano en el software libre En principio porque la filosofía y libertades presentes en el Software Libre están en sintonía con principios rectores expresados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, entre los cuales podemos mencionar: Inclusión social, solidaridad y cooperación, apropiación del conocimiento, independencia Tecnológica. Pero además, el Software Libre le permite al estado venezolano, lo siguiente: • Garantizar la seguridad de la información y sus procesos. • Garantizar la Interoperabilidad de los sistemas. • Reducir costos de adquisición y replicación de aplicaciones. • Favorecer la inversión del componente de desarrollo, soporte y servicio nacional. • Garantizar la transferencia tecnológica