La potestad tributaria es la facultad del Estado de crear tributos de forma unilateral para cubrir gastos públicos. Tiene su origen en la constitución y se caracteriza por ser abstracta, permanente, irrenunciable e indelegable. Existen potestades tributarias originarias que emanan directamente de la constitución y potestades derivadas o delegadas establecidas por leyes. La potestad tributaria municipal está reconocida constitucionalmente y tiene límites explícitos e implícitos establecidos en la constitución y la ley.