SlideShare una empresa de Scribd logo
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS
ESCUELA DE DERECHO
DERECHO TRIBUTARIO
NÚCLEO ARAURE
POTESTAD TRIBUTARIA MUNICIPAL
INTEGRANTE:
Eli Saúl Pulgar
C.I.: 15.692.646
Sección: SAIA C
Araure, septiembre de 2015
PROFESORA:
Abg. Emily Ramírez
PUNTOS A DESARROLLAR
 El municipio.
 Autonomía municipal
 Potestad tributaria municipal
 Limitaciones a la potestad tributaria municipal
 Los ingresos municipales
 Formas de determinación de la obligación tributaria municipal
 El poder tributario
EL MUNICIPIO
El municipio constituye la unidad política primaria y autónoma dentro de
la organización nacional. Así pues, son personas jurídicas y su
representación es ejercida por los órganos que determine la autonomía
municipal. Es necesario acotar, que dicha autonomía comprende la elección
de sus autoridades, la gestión de las materias de su competencia y la
creación, recaudación e inversión de sus ingresos.
En virtud de lo expuesto, se observa que a la luz del artículo 168 de la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, "Los Municipios
constituyen la unidad política primaria de la organización nacional, gozan de
personalidad jurídica y autonomía dentro de los límites de esta Constitución y
de la ley. La autonomía municipal comprende: 1. La elección de sus
autoridades.- 2. La gestión de las materias de su competencia.- 3. La
creación, recaudación e inversión de sus ingresos…"
De la precitada disposición constitucional se manifiestan diversos
aspectos que resultan obligatorios explicar: (a) El Municipio como la unidad
política primaria dentro de la organización nacional, entendido éste como la
instancia más cercana dentro del Poder Público Constituido. (b) El Municipio
posee personalidad jurídica por el sólo hecho de ser persona jurídica, es
decir, que es susceptible de derechos y obligaciones; y (c) El Municipio tiene
autonomía limitada de acuerdo a lo que estipule la CRBV y las Leyes que de
ella se derivan.
AUTONOMIA MUNICIPAL
Es la facultad que posee el Municipio para elegir sus autoridades,
tramitar las materias de su competencia, crear, recaudar e invertir sus
ingresos, dictar el ordenamiento jurídico municipal, así como organizarse con
la finalidad de impulsar el desarrollo social, cultural y económico sustentable
de las comunidades locales, y los fines del Estado. (Art. 3) El ejercicio de
esta autonomía se establece en el Art. 4 LOPPM (2006).
En virtud de lo anterior, el Abg. Eduardo Lara Salazar sostiene que:
“El Poder Municipal dentro de lo que comprende la
autonomía puede crear, recaudar e invertir sus ingresos. Para
ello fue dotado de potestad tributaria originaria, es decir, el
Texto Fundamental le ha asignado ramos rentísticos propios,
por ejemplo: impuesto sobre actividades económicas, de
industria, comercio, entre otros”. Fuente: Fundación de Estudios
Municipales: La autonomía Municipal
Es importante destacar, que la doctrina en el Derecho Administrativo,
ha hecho una distinción en cuatro espacios a saber:
 Autonomía política, plasmada con la posibilidad de elegir y de ser
elegidos en cada uno de los Municipios a la condición de alcalde,
concejales, consejeros en el Consejo Local de Planificación Pública, a
miembros de las Juntas Parroquiales Comunales.
 Autonomía normativa, enfatizada en la acción legislativa del Concejo,
dirigida a normar todas las competencias municipales propias,
concurrentes, descentralizadas y delegadas, a través de leyes locales,
denominadas Ordenanzas.
 Autonomía administrativa, la cual determina a la capacidad de organizar
y administrar, conforme a los lineamientos nacionales establecidos.
 Autonomía tributaria, radica en el sentido de que en la Constitución se
prevén sus tributos propios. Es decir, que es la Constitución la que
instaura cuáles tributos son nacionales y cuáles son municipales, y éstos
son desarrollados por los propios Municipios a través de sus ordenanzas.
POTESTAD TRIBUTARIA MUNICIPAL
Se puede definir la Potestad Tributaria Municipal, como la capacidad
que tienen los niveles del estado para la creación, recaudación y la
administración de los tributos, siempre que ésta, esté encuadrada en la
esfera jurídica para la obtención de los mismos.
En tal sentido, el municipio posee potestad tributaria municipal donde la
misma es encargada al municipio por un ente originario como lo es el poder
nacional, quien no establece un tributo sino que concede al municipio la
potestad como ente político-territorial, para la creación, recaudación y
fiscalización de sus tributos. Se debe señalar, que la Ley del Poder Público
Municipal, establece diferencia entre el poder tributario y la potestad tributaria
del municipio, ya que el poder se refiere a la facultad de los poderes
públicos de crear tributos.
LIMITACIONES A LA POTESTAD TRIBUTARIA MUNICIPAL
Respecto a las limitaciones de la potestad tributaria municipal La
Constitución de la República, en los artículos 156 y 183 consagra las
prohibiciones y limitaciones referentes a dicha potestad, con el propósito de
impedir que otro ente del poder público nacional incida en cuanto a la toma
de decisiones tributarias del municipio, aceptando de esta manera que el
municipio goza de autonomía tributaria.
INGRESOS MUNICIPALES
Los ingresos municipales constituyen la acción que llevan a cabo los
municipios con el fin de gestionar los medios precisos para financiar los
gastos municipales en la búsqueda de satisfacer las mayores necesidades
de la comunidad y en general para la cumplir los objetivos planteados en el
ejercicio económico financiero. Se debe acotar, que los ingresos públicos
municipales pueden clasificarse de dos formas, según el criterio que se utilice
para ello. Así están, los ingresos públicos municipales ordinarios y
extraordinarios de acuerdo a lo que establecen los artículos 137 y 139
respectivamente de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal e ingresos
públicos municipales tributarios y no tributarios.
FORMAS DE DETERMINACIÓN DE LA OBLIGACIÓN
TRIBUTARIA MUNICIPAL
Existen dos corrientes que suponen que si la deuda tributaria nace al
originarse el hecho imponible o si se crea al practicarse la determinación. En
el ordenamiento jurídico venezolano, la determinación se supone de carácter
declarativo, por cuanto la deuda tributaria nace al producirse el hecho
imponible y la determinación sólo exterioriza algo que ya existe. De esta
manera, se encuentra previsto en el Código Orgánico Tributario en su
artículo 13: “La obligación tributaria surge entre el Estado en las distintas
expresiones del Poder Público y los sujetos pasivos en cuanto ocurra el
presupuesto de hecho previsto en la ley. La obligación tributaria constituye
un vínculo de carácter personal aunque su cumplimiento se asegure
mediante garantía real o con privilegios especiales”.
De acuerdo con el artículo 130 del Código Orgánico Tributario, la
determinación puede ser hecha por los sujetos pasivos que se configura con
pago del tributo por el contribuyente o responsable, quienes luego
procederán al pago del tributo correspondiente o en forma mixta por la
Administración tributaria, sobre la base de la información suministrada por el
contribuyente o responsable, se debe tener en cuenta que para que ocurra la
determinación mixta debe haber cooperación del sujeto pasivo para con la
Administración Tributaria.
También existe la determinación puede ser hecha de oficio por la
Administración Tributaria, el cual es un procedimiento que realiza la
Administración Tributaria cuando hay incumplimiento total o parcial del deber
de determinación por parte del contribuyente.
PODER TRIBUTARIO
El Poder tributario puede definirse como esa facultad o posibilidad
jurídica que posee el Estado para reclamar contribuciones a las personas
sometidas a su soberanía. Se tiene que, del poder tributario germina la
potestad tributaria entendida esta como la facultad estatal de crear, modificar
o suprimir de manera unilateralmente tributos, la cual compone una de las
manifestaciones de soberanía fiscal del Estado. Se debe resaltar, que el
poder tributario es ejercido a través de los órganos legislativos y sobre la
base de leyes formales que contendrán los elementos del tributo y de la
obligación tributaria.
Se puede clasificar el poder tributario en dos categorías, a saber Poder
tributario originario otorgado directamente por la Constitución a un ente
político territorial, pero subordinado a los preceptos constitucionales y legales
sobre la materia. Y el poder tributario derivado el cual se refiere al poder que
tiene un ente público por delegación del ente público con poder originario.
CONCLUSIÓN
La potestad tributaria municipal se refiere al conjunto de poderes y
atribuciones otorgadas por la Carta Magna a los municipios para cumplir con
la actividad tributaria dentro de su ámbito. En tal sentido, el municipio se
puede definir como la unidad política primaria de la organización nacional de
la República, el cual posee personalidad jurídica y autonomía para ejercer
sus competencias.
En virtud de lo señalado, la autonomía municipal a la que se hace
referencia es esa facultad que posee el Municipio para elegir sus
autoridades, gestionar las materias de su competencia, crear, recaudar e
invertir sus ingresos.
Por otra parte, se entiende por Poder Tributario a la capacidad de
afectar o no en el patrimonio de las personas por medio de los tributos. Por lo
que se puede entender que ese poder del Estado de crear, modificar o
suprimir tributos se entiende como poder tributario. Es decir, que su
organización es a nivel macro estando dentro del Derecho Constitucional
Tributario ya que es general y universal.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
 MOYA MILLÁN, E. J. (2009). Elementos de Finanzas Públicas y
Derecho Tributario. Caracas: Mobilibros.
 TORRES B., R. (2005). Principios de Derecho Tributario e Impuesto
 sobre la Renta venezolanos. Caracas: Universidad Nacional Abierta.
 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Caracas,
Venezuela. GOE N° 5.908 del 19 de Febrero 2009.
 Código Orgánico Tributario. Gaceta Oficial N° 6152. 2014. Caracas,
Venezuela.
 Ley Orgánica del Poder Público Municipal. 2006 Caracas, Venezuela
 https://fundesmu.wordpress.com/2013/09/20/la-autonomia-municipal-ii-
iii/ [Consulta: 21 de Septiembre de 2015].

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Grupo 3 guia impuestos estadales
Grupo 3 guia impuestos estadalesGrupo 3 guia impuestos estadales
Grupo 3 guia impuestos estadales
TemasTributarios
 

La actualidad más candente (20)

Evolución histórica del Derecho Tributario en Venezuela
Evolución histórica del Derecho Tributario en VenezuelaEvolución histórica del Derecho Tributario en Venezuela
Evolución histórica del Derecho Tributario en Venezuela
 
Potestad tributaria y clasificación
Potestad tributaria y clasificación Potestad tributaria y clasificación
Potestad tributaria y clasificación
 
Grupo 3 guia impuestos estadales
Grupo 3 guia impuestos estadalesGrupo 3 guia impuestos estadales
Grupo 3 guia impuestos estadales
 
tipos de tasas en venezuela
tipos de tasas en venezuela tipos de tasas en venezuela
tipos de tasas en venezuela
 
Tributos estadales
Tributos estadales Tributos estadales
Tributos estadales
 
IMPUESTOS NACIONALES, ESTADALES Y MUNICIPALES
IMPUESTOS NACIONALES, ESTADALES Y MUNICIPALESIMPUESTOS NACIONALES, ESTADALES Y MUNICIPALES
IMPUESTOS NACIONALES, ESTADALES Y MUNICIPALES
 
impuestos municipales
impuestos municipalesimpuestos municipales
impuestos municipales
 
La potestad tributaria
La potestad tributariaLa potestad tributaria
La potestad tributaria
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
El derecho tributario en venezuela
El derecho tributario en venezuelaEl derecho tributario en venezuela
El derecho tributario en venezuela
 
1 estructura tributaria (eb)
1 estructura tributaria (eb)1 estructura tributaria (eb)
1 estructura tributaria (eb)
 
Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (LOPA)
Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (LOPA)Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (LOPA)
Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (LOPA)
 
PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS EN VENEZUELA. UNA VISION GENERAL
PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS EN  VENEZUELA. UNA VISION GENERALPROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS EN  VENEZUELA. UNA VISION GENERAL
PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS EN VENEZUELA. UNA VISION GENERAL
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
Potestad tributaria
Potestad tributaria Potestad tributaria
Potestad tributaria
 
Relacion juridica tributaria
Relacion juridica tributaria Relacion juridica tributaria
Relacion juridica tributaria
 
Sistema Tributario y Bases Legales del Derecho Tributario Venezolano
Sistema Tributario y  Bases Legales del Derecho Tributario VenezolanoSistema Tributario y  Bases Legales del Derecho Tributario Venezolano
Sistema Tributario y Bases Legales del Derecho Tributario Venezolano
 
Las contribuciones especiales en venezuela
Las contribuciones especiales en venezuelaLas contribuciones especiales en venezuela
Las contribuciones especiales en venezuela
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
La administración publica venezolana
La administración publica venezolanaLa administración publica venezolana
La administración publica venezolana
 

Destacado

Informe tributos municipales
Informe tributos municipalesInforme tributos municipales
Informe tributos municipales
Oscar Gil
 
Potestad Tributaria
Potestad TributariaPotestad Tributaria
Potestad Tributaria
desquer 1
 
Intro derecho fiscal o tributario
Intro derecho fiscal o tributarioIntro derecho fiscal o tributario
Intro derecho fiscal o tributario
Leito Azaña
 
Cuadro de impuestos municipales
Cuadro de impuestos municipalesCuadro de impuestos municipales
Cuadro de impuestos municipales
Oscar Gil
 
Autonomia municipaL
Autonomia municipaLAutonomia municipaL
Autonomia municipaL
clarivel1844
 

Destacado (16)

La Potestad Tributaria, El municipio
La Potestad Tributaria, El municipioLa Potestad Tributaria, El municipio
La Potestad Tributaria, El municipio
 
Informe tributos municipales
Informe tributos municipalesInforme tributos municipales
Informe tributos municipales
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
Potestad Tributaria
Potestad TributariaPotestad Tributaria
Potestad Tributaria
 
Potestad Tributaria
Potestad TributariaPotestad Tributaria
Potestad Tributaria
 
Tributos municipales 3 en venezuela
Tributos municipales 3 en venezuelaTributos municipales 3 en venezuela
Tributos municipales 3 en venezuela
 
Impuestos Municipales
Impuestos MunicipalesImpuestos Municipales
Impuestos Municipales
 
Administración Vial
Administración Vial Administración Vial
Administración Vial
 
Hacienda Municipal en Mexico
Hacienda Municipal en MexicoHacienda Municipal en Mexico
Hacienda Municipal en Mexico
 
Potestad Tributaria
Potestad TributariaPotestad Tributaria
Potestad Tributaria
 
Intro derecho fiscal o tributario
Intro derecho fiscal o tributarioIntro derecho fiscal o tributario
Intro derecho fiscal o tributario
 
Cuadro de impuestos municipales
Cuadro de impuestos municipalesCuadro de impuestos municipales
Cuadro de impuestos municipales
 
Tributos Municipales en Venezuela
Tributos Municipales en VenezuelaTributos Municipales en Venezuela
Tributos Municipales en Venezuela
 
El papel del estado en la economia
El papel del estado en la economiaEl papel del estado en la economia
El papel del estado en la economia
 
Autonomia municipaL
Autonomia municipaLAutonomia municipaL
Autonomia municipaL
 
Marco Legal De Los Municipios
Marco Legal De Los MunicipiosMarco Legal De Los Municipios
Marco Legal De Los Municipios
 

Similar a Potestad Tributaria municipal

Actividad numero 10 derecho tributario (ensayo) para enviar
Actividad numero 10 derecho tributario (ensayo) para enviarActividad numero 10 derecho tributario (ensayo) para enviar
Actividad numero 10 derecho tributario (ensayo) para enviar
eliseo92
 
POTESTAD TRIBUTARIA
POTESTAD TRIBUTARIAPOTESTAD TRIBUTARIA
POTESTAD TRIBUTARIA
Rosangela Sira
 

Similar a Potestad Tributaria municipal (20)

Tributaria luis tassoni
Tributaria luis tassoniTributaria luis tassoni
Tributaria luis tassoni
 
Potestad Tributaria
Potestad TributariaPotestad Tributaria
Potestad Tributaria
 
Tarea10Presentación
Tarea10PresentaciónTarea10Presentación
Tarea10Presentación
 
Actividad 10 (potestad tributaria)
Actividad 10 (potestad tributaria)Actividad 10 (potestad tributaria)
Actividad 10 (potestad tributaria)
 
Trabajo monográfico cesar potestad tributaria
Trabajo monográfico cesar potestad tributariaTrabajo monográfico cesar potestad tributaria
Trabajo monográfico cesar potestad tributaria
 
Potestad tributaria
Potestad tributaria Potestad tributaria
Potestad tributaria
 
Actividad tributaria nacional, estadal y municipal
Actividad tributaria nacional, estadal y municipalActividad tributaria nacional, estadal y municipal
Actividad tributaria nacional, estadal y municipal
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
Ensayo la potestad tributaria tarea
Ensayo la potestad tributaria tareaEnsayo la potestad tributaria tarea
Ensayo la potestad tributaria tarea
 
Actividad numero 10 derecho tributario (ensayo) para enviar
Actividad numero 10 derecho tributario (ensayo) para enviarActividad numero 10 derecho tributario (ensayo) para enviar
Actividad numero 10 derecho tributario (ensayo) para enviar
 
POTESTAD TRIBUTARIA
POTESTAD TRIBUTARIAPOTESTAD TRIBUTARIA
POTESTAD TRIBUTARIA
 
Derecho tributario potestad
Derecho tributario potestadDerecho tributario potestad
Derecho tributario potestad
 
Derecho tributario potestad
Derecho tributario potestadDerecho tributario potestad
Derecho tributario potestad
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
La potestad y la competencia tributaria
La potestad y la competencia tributariaLa potestad y la competencia tributaria
La potestad y la competencia tributaria
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
Potestad tributaria.
Potestad tributaria.Potestad tributaria.
Potestad tributaria.
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
Potestad tributaria.
Potestad tributaria.Potestad tributaria.
Potestad tributaria.
 

Más de Eli Saúl Pulgar

Modos de extinción de la relación jurídica tributaria. prescripción
Modos de extinción de la relación jurídica tributaria. prescripciónModos de extinción de la relación jurídica tributaria. prescripción
Modos de extinción de la relación jurídica tributaria. prescripción
Eli Saúl Pulgar
 

Más de Eli Saúl Pulgar (14)

Conclusión sobre presuncion de paternidad e inseminación artificial
Conclusión sobre presuncion de paternidad e inseminación artificialConclusión sobre presuncion de paternidad e inseminación artificial
Conclusión sobre presuncion de paternidad e inseminación artificial
 
Conclusión sobre inseminación artificial y presunción de paternidad
Conclusión sobre inseminación artificial y presunción de paternidadConclusión sobre inseminación artificial y presunción de paternidad
Conclusión sobre inseminación artificial y presunción de paternidad
 
Ilicitos Tributarios
Ilicitos TributariosIlicitos Tributarios
Ilicitos Tributarios
 
Recurso Jeráquico Tributario
Recurso Jeráquico TributarioRecurso Jeráquico Tributario
Recurso Jeráquico Tributario
 
Potestad Tributaria
Potestad TributariaPotestad Tributaria
Potestad Tributaria
 
Modos de extinción de la relación jurídica tributaria. prescripción
Modos de extinción de la relación jurídica tributaria. prescripciónModos de extinción de la relación jurídica tributaria. prescripción
Modos de extinción de la relación jurídica tributaria. prescripción
 
EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN JURÍDICA TRIBUTARIA
EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN JURÍDICA TRIBUTARIAEXTINCIÓN DE LA RELACIÓN JURÍDICA TRIBUTARIA
EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN JURÍDICA TRIBUTARIA
 
Ley sobre el delito de contrabando y ley contra los ilícitos cambiarios
Ley sobre el delito de contrabando y ley contra los ilícitos cambiariosLey sobre el delito de contrabando y ley contra los ilícitos cambiarios
Ley sobre el delito de contrabando y ley contra los ilícitos cambiarios
 
Fuentes del Derecho Tributario
Fuentes del Derecho TributarioFuentes del Derecho Tributario
Fuentes del Derecho Tributario
 
Ramas del Derecho Tributario
Ramas del Derecho TributarioRamas del Derecho Tributario
Ramas del Derecho Tributario
 
Derecho tributario
Derecho tributarioDerecho tributario
Derecho tributario
 
Derecho Financiero
Derecho FinancieroDerecho Financiero
Derecho Financiero
 
Actividad Financiera del Estado Venezolano. Ingresos públicos
Actividad Financiera del Estado Venezolano. Ingresos públicosActividad Financiera del Estado Venezolano. Ingresos públicos
Actividad Financiera del Estado Venezolano. Ingresos públicos
 
Actividad financiera del Estado Venezolano
Actividad financiera del Estado VenezolanoActividad financiera del Estado Venezolano
Actividad financiera del Estado Venezolano
 

Último

Ferias de ciencias y estrategia STEAM – PNFCyT 2024.pdf
Ferias de ciencias y estrategia STEAM – PNFCyT 2024.pdfFerias de ciencias y estrategia STEAM – PNFCyT 2024.pdf
Ferias de ciencias y estrategia STEAM – PNFCyT 2024.pdf
JudithRomero51
 
Presentación de medicina Enfermedades Fotográfico Moderno Morado (1).pdf
Presentación de medicina Enfermedades Fotográfico Moderno Morado (1).pdfPresentación de medicina Enfermedades Fotográfico Moderno Morado (1).pdf
Presentación de medicina Enfermedades Fotográfico Moderno Morado (1).pdf
juancmendez1405
 
PRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernández
PRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernándezPRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernández
PRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernández
Ruben53283
 
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdf
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdfUn libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdf
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdf
sandradianelly
 

Último (20)

Ferias de ciencias y estrategia STEAM – PNFCyT 2024.pdf
Ferias de ciencias y estrategia STEAM – PNFCyT 2024.pdfFerias de ciencias y estrategia STEAM – PNFCyT 2024.pdf
Ferias de ciencias y estrategia STEAM – PNFCyT 2024.pdf
 
PLAN DE TRABAJO CONCURSO NACIONAL CREA Y EMPRENDE.docx
PLAN DE TRABAJO CONCURSO NACIONAL CREA Y EMPRENDE.docxPLAN DE TRABAJO CONCURSO NACIONAL CREA Y EMPRENDE.docx
PLAN DE TRABAJO CONCURSO NACIONAL CREA Y EMPRENDE.docx
 
Diagnostico del corregimiento de Junin del municipio de Barbacoas
Diagnostico del corregimiento de Junin del municipio de BarbacoasDiagnostico del corregimiento de Junin del municipio de Barbacoas
Diagnostico del corregimiento de Junin del municipio de Barbacoas
 
📝 Semana 09 - Tema 01: Tarea - Redacción del texto argumentativo
📝 Semana 09 - Tema 01: Tarea - Redacción del texto argumentativo📝 Semana 09 - Tema 01: Tarea - Redacción del texto argumentativo
📝 Semana 09 - Tema 01: Tarea - Redacción del texto argumentativo
 
Análisis de la situación actual .La Matriz de Perfil Competitivo (MPC)
Análisis de la situación actual .La Matriz de Perfil Competitivo (MPC)Análisis de la situación actual .La Matriz de Perfil Competitivo (MPC)
Análisis de la situación actual .La Matriz de Perfil Competitivo (MPC)
 
Proyecto integrador Vereda Cujacal Centro.pptx
Proyecto integrador Vereda Cujacal Centro.pptxProyecto integrador Vereda Cujacal Centro.pptx
Proyecto integrador Vereda Cujacal Centro.pptx
 
6.Deícticos Dos_Enfermería_EspanolAcademico
6.Deícticos Dos_Enfermería_EspanolAcademico6.Deícticos Dos_Enfermería_EspanolAcademico
6.Deícticos Dos_Enfermería_EspanolAcademico
 
Presentación Propuesta de Proyecto Social Colorido y Juvenil Multicolor y Neg...
Presentación Propuesta de Proyecto Social Colorido y Juvenil Multicolor y Neg...Presentación Propuesta de Proyecto Social Colorido y Juvenil Multicolor y Neg...
Presentación Propuesta de Proyecto Social Colorido y Juvenil Multicolor y Neg...
 
PROYECTO INTEGRADOR ARCHIDUQUE. presentacion
PROYECTO INTEGRADOR ARCHIDUQUE. presentacionPROYECTO INTEGRADOR ARCHIDUQUE. presentacion
PROYECTO INTEGRADOR ARCHIDUQUE. presentacion
 
ESTEREOTIPOS DE GÉNERO A LAS PERSONAS? (Grupo)
ESTEREOTIPOS DE GÉNERO A LAS PERSONAS? (Grupo)ESTEREOTIPOS DE GÉNERO A LAS PERSONAS? (Grupo)
ESTEREOTIPOS DE GÉNERO A LAS PERSONAS? (Grupo)
 
Presentación de medicina Enfermedades Fotográfico Moderno Morado (1).pdf
Presentación de medicina Enfermedades Fotográfico Moderno Morado (1).pdfPresentación de medicina Enfermedades Fotográfico Moderno Morado (1).pdf
Presentación de medicina Enfermedades Fotográfico Moderno Morado (1).pdf
 
Fase 3; Estudio de la Geometría Analítica
Fase 3; Estudio de la Geometría AnalíticaFase 3; Estudio de la Geometría Analítica
Fase 3; Estudio de la Geometría Analítica
 
Evaluación de los Factores Internos de la Organización
Evaluación de los Factores Internos de la OrganizaciónEvaluación de los Factores Internos de la Organización
Evaluación de los Factores Internos de la Organización
 
Sesión de clase: Luz desde el santuario.pdf
Sesión de clase: Luz desde el santuario.pdfSesión de clase: Luz desde el santuario.pdf
Sesión de clase: Luz desde el santuario.pdf
 
ACERTIJO DE CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACERTIJO DE CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS. Por JAVIER SOLIS NOYOLAACERTIJO DE CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACERTIJO DE CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
 
PRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernández
PRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernándezPRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernández
PRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernández
 
PRESENTACION DE LA SEMANA NUMERO 8 EN APLICACIONES DE INTERNET
PRESENTACION DE LA SEMANA NUMERO 8 EN APLICACIONES DE INTERNETPRESENTACION DE LA SEMANA NUMERO 8 EN APLICACIONES DE INTERNET
PRESENTACION DE LA SEMANA NUMERO 8 EN APLICACIONES DE INTERNET
 
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdf
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdfUn libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdf
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdf
 
Poemas de Beatriz Giménez de Ory_trabajos de 6º
Poemas de Beatriz Giménez de Ory_trabajos de 6ºPoemas de Beatriz Giménez de Ory_trabajos de 6º
Poemas de Beatriz Giménez de Ory_trabajos de 6º
 
Proyecto Integrador 2024. Archiduque entrevistas
Proyecto Integrador 2024. Archiduque entrevistasProyecto Integrador 2024. Archiduque entrevistas
Proyecto Integrador 2024. Archiduque entrevistas
 

Potestad Tributaria municipal

  • 1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS ESCUELA DE DERECHO DERECHO TRIBUTARIO NÚCLEO ARAURE POTESTAD TRIBUTARIA MUNICIPAL INTEGRANTE: Eli Saúl Pulgar C.I.: 15.692.646 Sección: SAIA C Araure, septiembre de 2015 PROFESORA: Abg. Emily Ramírez
  • 2. PUNTOS A DESARROLLAR  El municipio.  Autonomía municipal  Potestad tributaria municipal  Limitaciones a la potestad tributaria municipal  Los ingresos municipales  Formas de determinación de la obligación tributaria municipal  El poder tributario
  • 3. EL MUNICIPIO El municipio constituye la unidad política primaria y autónoma dentro de la organización nacional. Así pues, son personas jurídicas y su representación es ejercida por los órganos que determine la autonomía municipal. Es necesario acotar, que dicha autonomía comprende la elección de sus autoridades, la gestión de las materias de su competencia y la creación, recaudación e inversión de sus ingresos. En virtud de lo expuesto, se observa que a la luz del artículo 168 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, "Los Municipios constituyen la unidad política primaria de la organización nacional, gozan de personalidad jurídica y autonomía dentro de los límites de esta Constitución y de la ley. La autonomía municipal comprende: 1. La elección de sus autoridades.- 2. La gestión de las materias de su competencia.- 3. La creación, recaudación e inversión de sus ingresos…" De la precitada disposición constitucional se manifiestan diversos aspectos que resultan obligatorios explicar: (a) El Municipio como la unidad política primaria dentro de la organización nacional, entendido éste como la instancia más cercana dentro del Poder Público Constituido. (b) El Municipio posee personalidad jurídica por el sólo hecho de ser persona jurídica, es decir, que es susceptible de derechos y obligaciones; y (c) El Municipio tiene autonomía limitada de acuerdo a lo que estipule la CRBV y las Leyes que de ella se derivan. AUTONOMIA MUNICIPAL
  • 4. Es la facultad que posee el Municipio para elegir sus autoridades, tramitar las materias de su competencia, crear, recaudar e invertir sus ingresos, dictar el ordenamiento jurídico municipal, así como organizarse con la finalidad de impulsar el desarrollo social, cultural y económico sustentable de las comunidades locales, y los fines del Estado. (Art. 3) El ejercicio de esta autonomía se establece en el Art. 4 LOPPM (2006). En virtud de lo anterior, el Abg. Eduardo Lara Salazar sostiene que: “El Poder Municipal dentro de lo que comprende la autonomía puede crear, recaudar e invertir sus ingresos. Para ello fue dotado de potestad tributaria originaria, es decir, el Texto Fundamental le ha asignado ramos rentísticos propios, por ejemplo: impuesto sobre actividades económicas, de industria, comercio, entre otros”. Fuente: Fundación de Estudios Municipales: La autonomía Municipal Es importante destacar, que la doctrina en el Derecho Administrativo, ha hecho una distinción en cuatro espacios a saber:  Autonomía política, plasmada con la posibilidad de elegir y de ser elegidos en cada uno de los Municipios a la condición de alcalde, concejales, consejeros en el Consejo Local de Planificación Pública, a miembros de las Juntas Parroquiales Comunales.  Autonomía normativa, enfatizada en la acción legislativa del Concejo, dirigida a normar todas las competencias municipales propias, concurrentes, descentralizadas y delegadas, a través de leyes locales, denominadas Ordenanzas.  Autonomía administrativa, la cual determina a la capacidad de organizar y administrar, conforme a los lineamientos nacionales establecidos.  Autonomía tributaria, radica en el sentido de que en la Constitución se prevén sus tributos propios. Es decir, que es la Constitución la que instaura cuáles tributos son nacionales y cuáles son municipales, y éstos son desarrollados por los propios Municipios a través de sus ordenanzas.
  • 5. POTESTAD TRIBUTARIA MUNICIPAL Se puede definir la Potestad Tributaria Municipal, como la capacidad que tienen los niveles del estado para la creación, recaudación y la administración de los tributos, siempre que ésta, esté encuadrada en la esfera jurídica para la obtención de los mismos. En tal sentido, el municipio posee potestad tributaria municipal donde la misma es encargada al municipio por un ente originario como lo es el poder nacional, quien no establece un tributo sino que concede al municipio la potestad como ente político-territorial, para la creación, recaudación y fiscalización de sus tributos. Se debe señalar, que la Ley del Poder Público Municipal, establece diferencia entre el poder tributario y la potestad tributaria del municipio, ya que el poder se refiere a la facultad de los poderes públicos de crear tributos. LIMITACIONES A LA POTESTAD TRIBUTARIA MUNICIPAL Respecto a las limitaciones de la potestad tributaria municipal La Constitución de la República, en los artículos 156 y 183 consagra las prohibiciones y limitaciones referentes a dicha potestad, con el propósito de impedir que otro ente del poder público nacional incida en cuanto a la toma de decisiones tributarias del municipio, aceptando de esta manera que el municipio goza de autonomía tributaria. INGRESOS MUNICIPALES
  • 6. Los ingresos municipales constituyen la acción que llevan a cabo los municipios con el fin de gestionar los medios precisos para financiar los gastos municipales en la búsqueda de satisfacer las mayores necesidades de la comunidad y en general para la cumplir los objetivos planteados en el ejercicio económico financiero. Se debe acotar, que los ingresos públicos municipales pueden clasificarse de dos formas, según el criterio que se utilice para ello. Así están, los ingresos públicos municipales ordinarios y extraordinarios de acuerdo a lo que establecen los artículos 137 y 139 respectivamente de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal e ingresos públicos municipales tributarios y no tributarios. FORMAS DE DETERMINACIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA MUNICIPAL Existen dos corrientes que suponen que si la deuda tributaria nace al originarse el hecho imponible o si se crea al practicarse la determinación. En el ordenamiento jurídico venezolano, la determinación se supone de carácter declarativo, por cuanto la deuda tributaria nace al producirse el hecho imponible y la determinación sólo exterioriza algo que ya existe. De esta manera, se encuentra previsto en el Código Orgánico Tributario en su artículo 13: “La obligación tributaria surge entre el Estado en las distintas expresiones del Poder Público y los sujetos pasivos en cuanto ocurra el presupuesto de hecho previsto en la ley. La obligación tributaria constituye un vínculo de carácter personal aunque su cumplimiento se asegure mediante garantía real o con privilegios especiales”. De acuerdo con el artículo 130 del Código Orgánico Tributario, la determinación puede ser hecha por los sujetos pasivos que se configura con pago del tributo por el contribuyente o responsable, quienes luego procederán al pago del tributo correspondiente o en forma mixta por la
  • 7. Administración tributaria, sobre la base de la información suministrada por el contribuyente o responsable, se debe tener en cuenta que para que ocurra la determinación mixta debe haber cooperación del sujeto pasivo para con la Administración Tributaria. También existe la determinación puede ser hecha de oficio por la Administración Tributaria, el cual es un procedimiento que realiza la Administración Tributaria cuando hay incumplimiento total o parcial del deber de determinación por parte del contribuyente. PODER TRIBUTARIO El Poder tributario puede definirse como esa facultad o posibilidad jurídica que posee el Estado para reclamar contribuciones a las personas sometidas a su soberanía. Se tiene que, del poder tributario germina la potestad tributaria entendida esta como la facultad estatal de crear, modificar o suprimir de manera unilateralmente tributos, la cual compone una de las manifestaciones de soberanía fiscal del Estado. Se debe resaltar, que el poder tributario es ejercido a través de los órganos legislativos y sobre la base de leyes formales que contendrán los elementos del tributo y de la obligación tributaria. Se puede clasificar el poder tributario en dos categorías, a saber Poder tributario originario otorgado directamente por la Constitución a un ente político territorial, pero subordinado a los preceptos constitucionales y legales sobre la materia. Y el poder tributario derivado el cual se refiere al poder que tiene un ente público por delegación del ente público con poder originario.
  • 8. CONCLUSIÓN La potestad tributaria municipal se refiere al conjunto de poderes y atribuciones otorgadas por la Carta Magna a los municipios para cumplir con la actividad tributaria dentro de su ámbito. En tal sentido, el municipio se puede definir como la unidad política primaria de la organización nacional de la República, el cual posee personalidad jurídica y autonomía para ejercer sus competencias. En virtud de lo señalado, la autonomía municipal a la que se hace referencia es esa facultad que posee el Municipio para elegir sus autoridades, gestionar las materias de su competencia, crear, recaudar e invertir sus ingresos. Por otra parte, se entiende por Poder Tributario a la capacidad de afectar o no en el patrimonio de las personas por medio de los tributos. Por lo que se puede entender que ese poder del Estado de crear, modificar o suprimir tributos se entiende como poder tributario. Es decir, que su organización es a nivel macro estando dentro del Derecho Constitucional Tributario ya que es general y universal.
  • 9. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS  MOYA MILLÁN, E. J. (2009). Elementos de Finanzas Públicas y Derecho Tributario. Caracas: Mobilibros.  TORRES B., R. (2005). Principios de Derecho Tributario e Impuesto  sobre la Renta venezolanos. Caracas: Universidad Nacional Abierta.  Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Caracas, Venezuela. GOE N° 5.908 del 19 de Febrero 2009.  Código Orgánico Tributario. Gaceta Oficial N° 6152. 2014. Caracas, Venezuela.  Ley Orgánica del Poder Público Municipal. 2006 Caracas, Venezuela  https://fundesmu.wordpress.com/2013/09/20/la-autonomia-municipal-ii- iii/ [Consulta: 21 de Septiembre de 2015].