El documento define personas físicas como individuos de la especie humana según el código civil. Explica que las personas se clasifican en físicas y jurídicas. Define personalidad como los rasgos individuales que distinguen a una persona y personería como la capacidad legal de representar a alguien. Enumera atributos de la personalidad como el nombre, domicilio y estado civil. Finalmente, discute diferentes posiciones sobre cuándo comienza la personalidad, mencionando la concepción, el nacimiento y una postura ecléctica.