Cartilla
informativa
sobre los
Derechos Humanos
y de la Naturaleza
en la Constitución
Ecuatoriana.
CARTILLA DE DDHH EN LA CONSTITUCIÓN




                                                                                                 2

              ¿QUÉ SON LOS DERECHOS HUMANOS?
Los Derechos Humanos son el conjunto de facultades que corresponden a
todos los seres humanos como consecuencia de su innata dignidad, desti-
nados a permitir el logro de sus fines y aspiraciones en armonía con los de
otras personas, y que deben ser reconocidos y amparados por los ordena-
mientos jurídicos de cada Estado. Los derechos humanos, por consiguiente,
pertenecen a las personas por su propia naturaleza y a todos sin excepción.




Históricamente los derechos humanos se han definido y protegido sobre la
base de los valores que se atribuyen a la DIGNIDAD de cada ser humano,
así como la LIBERTAD, la IGUALDAD y la JUSTICIA.

                           DECLARACIÓN UNIVERSAL DE
                              DERECHOS HUMANOS
            Adoptado por la Asamblea General de Naciones Unidas, el 10 de diciembre de 1948

Como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los
individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la
enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas pro-
gresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos,
tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su
jurisdicción.
CARTILLA DE DDHH EN LA CONSTITUCIÓN




   3

   ¿CUÁLES SON LAS                                      el pretexto de defender otro. Las
                                                        personas necesitan gozar de todos
CARACTERÍSTICAS DE LOS                                  sus derechos para realizarse plena-
       DDHH?                                            mente y vivir con dignidad.
Son UNIVERSALES. Esto quiere de-
cir que nos pertenecen a todas las
personas: hombres y mujeres, niños
y niñas, ancianas y ancianos, sin im-
portar la raza, la religión, la naciona-
lidad, sexo, etc.

Son IRRENUNCIABLES. Pertenecen a
cada persona humana. Por eso no                         Son JURÍDICAMENTE EXIGIBLES. Aun-
se pueden trasladar de una persona                      que ya se ha dicho que nos perte-
a otra. Cada quien tiene la facultad                    necen solo por ser personas, es ne-
de exigir y disfrutar de sus derechos                   cesario que estén reconocidos en
y no puede renunciar a ellos.                           las constituciones, las leyes y los tra-
                                                        tados de un país para poder exigir
CONSTITUYEN UN CUERPO INTEGRAL,                         que se respeten y se cumplan.
ÚNICO E INDIVISIBLE. Esto significa
que conforman un todo que no se                         De ahí que, una de las luchas de los
puede dividir. Todos tienen una raíz                    pueblos, es porque sus Estados reco-
común, que es el respeto a la per-                      nozcan en sus leyes internas todos
sona humana. Por eso no se puede                        los derechos humanos necesarios
sacrificar un derecho humano con                        para su desarrollo.
ARTÍCULO 1                          sexo, idioma, religión, opinión sometido a cualquier otra limitación
Todos los seres humanos na-         política o de cualquier otra ín- de soberanía.
cen libres e iguales en dignidad    dole, origen nacional o social,
y derechos y, dotados como          posición económica, nacimien-
están de razón y conciencia,        to o cualquier otra condición.   ARTÍCULO 3
deben comportarse fraternal-                                         Todo individuo tiene derecho a
mente los unos con los otros.       2. Además, no se hará distinción la vida, a la libertad y a la segu-
                                    alguna fundada en la condición ridad de su persona.
                                    política, jurídica o internacional del
ARTÍCULO 2                          país o territorio de cuya jurisdicción
1. Toda persona tiene todos los     dependa una persona, tanto si se
derechos y libertades procla-       trata de un país independiente,
mados en esta Declaración, sin      como de un territorio bajo adminis-
distinción alguna de raza, color,   tración fiduciaria, no autónomo o
CARTILLA DE DDHH EN LA CONSTITUCIÓN




                                                                                                4

     LOS DERECHOS HUMANOS EN LA CONSTITUCIÓN
                   ECUATORIANA
La Constitución ecuatoriana, aprobada en el año 2008, señala en su artícu-
lo primero que “El Ecuador es un Estado Constitucional de Derechos”, supe-
rando de esta manera la definición de la Constitución de 1998, de “Estado
de derecho”, pues coloca lo “constitucional” como centro del acuerdo
jurídico-político de la sociedad y señala al Estado como garante de los
derechos humanos y de la naturaleza.

Desde este horizonte, la clasificación que se hace de los derechos huma-
nos en la Constitución, adquiere otra perspectiva y se aleja de las clásicas
definiciones de derechos por generaciones; de esta manera a los derechos
conocidos como DESC (derechos económicos, sociales y culturales), se los
identifica a través de los artículos 12 a 34, como derechos del “Buen Vivir”:

       • Agua y alimentación
       • Ambiente sano
       • Comunicación e información
       • Cultura y ciencia
       • Educación
       • Hábitat y vivienda
       • Salud
       • Trabajo y seguridad social

ARTÍCULO 4                 ARTÍCULO 6               a igual protección con-   pare contra actos que
Nadie estará sometido      Todo ser humano tiene    tra toda discriminación   violen sus derechos
a esclavitud ni a servi-   derecho, en todas par-   que infrinja esta De-     fundamentales reco-
dumbre, la esclavitud      tes, al reconocimiento   claración y contra toda   nocidos por la constitu-
y la trata de esclavos     de su personalidad ju-   provocación a tal dis-    ción o por la ley.
están prohibidas en to-    rídica.                  criminación.
das sus formas.
                           ARTÍCULO 7               ARTÍCULO 8
                        Todos son iguales ante                                ARTÍCULO 9
ARTÍCULO 5                                          Toda persona tiene Nadie podrá ser arbi-
Nadie será sometido a la ley y tienen, sin dis-     derecho a un recurso trariamente detenido,
torturas ni a penas o tinción, derecho a igual      efectivo ante los tribu- preso ni desterrado.
tratos crueles, inhuma- protección de la ley.       nales nacionales com-
nos o degradantes.      Todos tienen derecho        petentes, que la am-
CARTILLA DE DDHH EN LA CONSTITUCIÓN




   5

Así mismo, de la definición clásica                 Los artículos 56 a 60, son referentes
de grupos vulnerables, se pasa a                    a los Derechos de las Comunidades,
la definición de derechos para las                  Pueblo y Nacionalidades, los cuales
personas y los grupos de atención                   mantienen y amplía los denomina-
prioritaria, y se reconocen nuevos                  dos derechos colectivos que ya es-
derechos para las personas adultas                  taban incluidos en la Constitución
mayores, (aquellas que han cum-                     del 98; desarrollando un concepto
plido 65 años de edad); jóvenes,                    más amplio de derechos colectivos
mujeres embarazadas, niñas, niños,                  para el pueblo afro ecuatoriano e
adolescentes, personas con disca-                   incorporando como sujeto de dere-
pacidad y consumidoras, conside-                    chos al pueblo montubio.
rados en los art. 35 a 55:

        • Adultos/as mayores
        • Jóvenes
        • Movilidad humana
        • Mujeres embarazadas
        • NNA
        • Personas con discapacidad
        • Personas con enfermedades
        catastróficas
        • Personas privadas de la li-
        bertad
        • Usuarias y consumidores


ARTÍCULO 10                         ARTÍCULO 11                     2. Nadie será condenado por
Toda persona tiene derecho, en      1. Toda persona acusada de      actos u omisiones que en el
condiciones de plena igualdad,      delito tiene derecho a que se   momento de cometerse no fue-
                                    presuma su inocencia mientras   ron delictivos según el Derecho
a ser oída públicamente y con       no se pruebe su culpabilidad,
justicia por un tribunal indepen-   conforme a la ley y en juicio   nacional o internacional. Tam-
diente e imparcial, para la de-     público en el que se le hayan   poco se impondrá pena más
terminación de sus derechos y       asegurado todas las garantías   grave que la aplicable en el mo-
obligaciones o para el examen       necesarias para su defensa.     mento de la comisión del delito.
de cualquier acusación contra
ella en materia penal.
CARTILLA DE DDHH EN LA CONSTITUCIÓN




                                                                                               6

Los derechos políticos aparecen en la Constitución en los artículos 61 a
65, bajo la denominación de Derechos de Participación, con una serie
de nuevas prerrogativas, entre estas la posibilidad de presentar proyectos
de iniciativa popular normativa, fiscalizar a los actores del poder público,
revocar el mandato a los gobernantes, así como el acceso al voto para los
extranjeros, el voto facultativo para las personas entre 16 y 18 años, ecua-
torianos residentes en el exterior e integrantes de las fuerzas armadas y la
policía nacional.

Los llamados Derechos de
Libertad, (artículos 66 a 70) son
los referentes a los claśicos de-
rechos civiles, entre los que se
encuentran la inviolabilidad
de la vida, el derecho a una
vida digna, la integridad per-
sonal, la igualdad formal, ma-
terial y la no discriminación,
así como el libre desarrollo de
la personalidad, la libertad de
opinión y expresión del pensa-
miento, entre otros; así mismo
se incluyen artículos referentes
a los distintos tipos de familias,
el derecho a tomar decisiones
libres sobre su sexualidad, vida
y orientación sexual, la obje-
ción de conciencia, etc.

ARTÍCULO 12                      ARTÍCULO 13                       ARTÍCULO 14
Nadie será objeto de injerencias 1. Toda persona tiene derecho a 1. En caso de persecución, toda
arbitrarias en su vida privada, circular libremente y a elegir su persona tiene derecho a buscar
su familia, su domicilio o su residencia en el territorio de un asilo, y a disfrutar de él, en cual-
correspondencia, ni de ataques Estado.                             quier país.
a su honra o a su reputación. 2. Toda persona tiene derecho 2. Este derecho no podrá ser in-
Toda persona tiene derecho a la a salir de cualquier país, inclu- vocado contra una acción judicial
protección de la ley contra tales so del propio, y a regresar a su realmente originada por delitos
injerencias o ataques.            país.                            comunes o por actos opuestos a
CARTILLA DE DDHH EN LA CONSTITUCIÓN




   7

La Constitución ubica también los Derechos de Protección, que hacen re-
ferencia al debido proceso y que contiene las normas generales de todo
proceso, así como las relativas al proceso penal; un elemento innovador se
hace referencia ya en el art. 75, al señalar que “toda persona tiene dere-
cho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva (...) en ningún caso
quedará en indefección” así mismo se señala el derecho de las víctimas
de delitos a contar con protección especial y la garantía de su no revicti-
mización.

                                                               Finalmente, un nuevo de-
                                                               recho que encontramos
                                                               en los textos sobre parti-
                                                               cipación, es el Derecho
                                                               a la Resistencia (art. 98),
                                                               medida excepcional cuya
                                                               justificación está dada para
                                                               evitar el autoritarismo y el
                                                               abuso del poder en todas
                                                               sus formas. La resistencia
                                                               viene a ser un acto que tra-
                                                               ta de corregir aspectos que
                                                               se estiman injustos, aunque
                                                               no está orientada a la mo-
                                                               dificación del ordenamien-
                                                               to legal, sino al rechazo de
                                                               los efectos de la aplicación
                                                               de las leyes, es decir tiene
                                                               un carácter contestatario.

los propósitos y principios de las ARTÍCULO 16                         2. Sólo mediante libre y pleno
Naciones Unidas.                   1. Los hombres y las mujeres, a consentimiento de los futuros
ARTÍCULO 15                        partir de la edad núbil, tienen de- esposos podrá contraerse el
                                   recho, sin restricción alguna por
1. Toda persona tiene derecho a motivos de raza, nacionalidad o matrimonio.
una nacionalidad.                  religión, a casarse y fundar una 3. La familia es el elemento natu-
2. A nadie se privará arbitraria- familia, y disfrutarán de iguales ral y fundamental de la sociedad
mente de su nacionalidad ni del derechos en cuanto al matrimo- y tiene derecho a la protección
derecho a cambiar de nacionali- nio, durante el matrimonio y en de la sociedad y del Estado.
                                   caso de disolución del matrimo-
dad.                               nio.
CARTILLA DE DDHH EN LA CONSTITUCIÓN




                                                                                                     8

         DERECHOS DE LA
           NATURALEZA
Una innovación en el marco Consti-
tucional ecuatoriano (y a nivel mun-
dial) es la inclusión de la naturaleza
como sujeta de derechos (art. 10)
en un intento por revertir el proce-
so de devastación a la que está ex-
puesta por parte de los seres huma-
nos; de ahí que los artículos 71 a 74,
establezcan los llamados Derechos
de la Naturaleza, que entre otros
elementos recojen aspectos como
el respeto integral a su existencia, al
mantenimiento y regeneración de
sus ciclos vitales, estructura y proce-
sos evolutivos, derechos a su restau-
ración y a la aplicación de medi-
das de precaución y restricción de
actividades que puedan conducir
a la destrucción de ecosistemas o
alterar permanentemente sus ciclos
naturales.



ARTÍCULO 17                         biar de religión o de creencia, así opiniones, el de investigar y reci-
1. Toda persona tiene derecho a como la libertad de manifestar bir informaciones y opiniones, y
                                    su religión o su creencia, indivi- el de difundirlas, sin limitación de
la propiedad, individual y colecti- dual y colectivamente, tanto en fronteras, por cualquier medio
vamente.                            público como en privado, por la de expresión.
2. Nadie será privado arbitraria- enseñanza, la práctica, el culto y
mente de su propiedad.              la observancia.
                                                                       ARTÍCULO 20
                                                                    1. Toda persona tiene derecho a
ARTÍCULO 18                        ARTÍCULO 19                      la libertad de reunión y de aso-
Toda persona tiene derecho a Todo individuo tiene derecho a ciación pacíficas.
la libertad de pensamiento, de la libertad de opinión y de expre- 2. Nadie podrá ser obligado a
conciencia y de religión; este de- sión; este derecho incluye el de pertenecer a una asociación.
recho incluye la libertad de cam- no ser molestado a causa de sus
CARTILLA DE DDHH EN LA CONSTITUCIÓN




   9

ARTÍCULO 21                       ARTÍCULO 23                        ARTÍCULO 25
1. Toda persona tiene derecho 1. Toda persona tiene derecho 1. Toda persona tiene derecho a
a participar en el gobierno de su al trabajo, a la libre elección de un nivel de vida adecuado que
país, directamente o por medio su trabajo, a condiciones equi- le asegure, así como a su fami-
de representantes libremente es- tativas y satisfactorias de trabajo lia, la salud y el bienestar, y en
cogidos.                           y a la protección contra el des- especial la alimentación, el ves-
2. Toda persona tiene el derecho empleo.                              tido, la vivienda, la asistencia
de accceso, en condiciones de 2. Toda persona tiene derecho, médica y los servicios sociales
igualdad, a las funciones públi-
cas de su país.                    sin discriminación alguna, a igual necesarios; tiene asimismo de-
3. La voluntad del pueblo es la salario por trabajo igual.            recho a los seguros en caso de
base de la autoridad del poder     3. Toda persona que trabaja tie- desempleo, enfermedad, invali-
público; esta voluntad se expre- ne derecho a una remuneración dez, viudez, vejez u otros casos
sará mediante elecciones autén- equitativa y satisfactoria, que le de pérdida de sus medios de
ticas que habrán de celebrarse asegure, así como a su familia, subsistencia por circunstancias
periódicamente, por sufragio una existencia conforme a la dig- independientes de su voluntad.
universal e igual y por voto se- nidad humana y que será com- 2. La maternidad y la infancia
creto u otro procedimiento equi- pletada, en caso necesario, por tienen derecho a cuidados y
valente que garantice la libertad cualesquiera otros medios de asistencia especiales. Todos los
del voto.                          protección social.                 niños, nacidos de matrimonio o
                                   4. Toda persona tiene derecho a fuera de matrimonio, tienen de-
                                   fundar sindicatos y a sindicarse recho a igual protección social.
ARTÍCULO 22
                                   para la defensa de sus intere-
Toda persona, como miembro
                                   ses.                               ARTÍCULO 26
de la sociedad, tiene derecho a
la seguridad social, y a obtener,                                     1. Toda persona tiene derecho
mediante el esfuerzo nacional y ARTÍCULO 24                           a la educación. La educación
la cooperación internacional, ha- Toda persona tiene derecho al debe ser gratuita, al menos en
bida cuenta de la organización descanso, al disfrute del tiempo lo concerniente a la instrucción
y los recursos de cada Estado, libre, a una limitación razonable elemental y fundamental. La
la satisfacción de los derechos de la duración del trabajo y a va- instrucción elemental será obli-
económicos, sociales y cultura- caciones periódicas pagadas. gatoria. La instrucción técnica y
les, indispensables a su dignidad                                     profesional habrá de ser genera-
y al libre desarrollo de su perso-                                    lizada; el acceso a los estudios
nalidad.                                                              superiores será igual para todos,
                                                                      en función de los méritos res-
                                                                      pectivos.
                                                                      2. La educación tendrá por ob-
                                                                      jeto el pleno desarrollo de la
CARTILLA DE DDHH EN LA CONSTITUCIÓN




                                                                         10

personalidad humana y el forta- ARTÍCULO 29
lecimiento del respeto a los dere- 1. Toda persona tiene deberes
chos humanos y a las libertades respecto a la comunidad, puesto
fundamentales; favorecerá la que sólo en ella puede desarro-
comprensión, la tolerancia y la llar libre y plenamente su perso-
amistad entre todas las naciones nalidad.
y todos los grupos étnicos o reli-
giosos, y promoverá el desarrollo 2. En el ejercicio de sus derechos
de las actividades de las Nacio- y en el disfrute de sus libertades,
nes Unidas para el mantenimien- toda persona estará solamente
to de la paz.                       sujeta a las limitaciones estable-
3. Los padres tendrán derecho cidas por la ley con el único fin
preferente a escoger el tipo de de asegurar el reconocimiento
educación que habrá de darse y el respeto de los derechos y
a sus hijos.                        libertades de los demás, y de sa-
                                    tisfacer las justas exigencias de
ARTÍCULO 27                         la moral, del orden público y del
1. Toda persona tiene derecho bienestar general en una socie-
a tomar parte libremente en la dad democrática.
vida cultural de la comunidad, a 3. Estos derechos y libertades no
gozar de las artes y a participar podrán, en ningún caso, ser ejer-
en el progreso científico y en los cidos en oposición a los propósi-
beneficios que de él resulten.      tos y principios de las Naciones
2. Toda persona tiene derecho Unidas.
a la protección de los intereses
morales y materiales que le co- ARTÍCULO 30
rrespondan por razón de las pro- Nada en esta Declaración po-
ducciones científicas, literarias o drá interpretarse en el sentido
artísticas de que sea autora.       de que confiere derecho alguno
                                    al Estado, a un grupo o a una
ARTÍCULO 28                         persona, para emprender y de-
Toda persona tiene derecho a sarrollar actividades o realizar
que se establezca un orden so- actos tendientes a la supresión
cial e internacional en el que los de cualquiera de los derechos y
derechos y libertades proclama- libertades proclamados en esta
dos en esta Declaración se ha- Declaración.
gan plenamente efectivos.
CARTILLA DE DDHH EN LA CONSTITUCIÓN




11
Somos parte de:




                      www.transparencia.gob.ec


   Puede encontrarnos en:




“Promovemos y defendemos los Derechos Humanos y de la Naturaleza”



                                     www.dpe.gob.ec

Cartilla ddhh

  • 1.
    Cartilla informativa sobre los Derechos Humanos yde la Naturaleza en la Constitución Ecuatoriana.
  • 2.
    CARTILLA DE DDHHEN LA CONSTITUCIÓN 2 ¿QUÉ SON LOS DERECHOS HUMANOS? Los Derechos Humanos son el conjunto de facultades que corresponden a todos los seres humanos como consecuencia de su innata dignidad, desti- nados a permitir el logro de sus fines y aspiraciones en armonía con los de otras personas, y que deben ser reconocidos y amparados por los ordena- mientos jurídicos de cada Estado. Los derechos humanos, por consiguiente, pertenecen a las personas por su propia naturaleza y a todos sin excepción. Históricamente los derechos humanos se han definido y protegido sobre la base de los valores que se atribuyen a la DIGNIDAD de cada ser humano, así como la LIBERTAD, la IGUALDAD y la JUSTICIA. DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS Adoptado por la Asamblea General de Naciones Unidas, el 10 de diciembre de 1948 Como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas pro- gresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.
  • 3.
    CARTILLA DE DDHHEN LA CONSTITUCIÓN 3 ¿CUÁLES SON LAS el pretexto de defender otro. Las personas necesitan gozar de todos CARACTERÍSTICAS DE LOS sus derechos para realizarse plena- DDHH? mente y vivir con dignidad. Son UNIVERSALES. Esto quiere de- cir que nos pertenecen a todas las personas: hombres y mujeres, niños y niñas, ancianas y ancianos, sin im- portar la raza, la religión, la naciona- lidad, sexo, etc. Son IRRENUNCIABLES. Pertenecen a cada persona humana. Por eso no Son JURÍDICAMENTE EXIGIBLES. Aun- se pueden trasladar de una persona que ya se ha dicho que nos perte- a otra. Cada quien tiene la facultad necen solo por ser personas, es ne- de exigir y disfrutar de sus derechos cesario que estén reconocidos en y no puede renunciar a ellos. las constituciones, las leyes y los tra- tados de un país para poder exigir CONSTITUYEN UN CUERPO INTEGRAL, que se respeten y se cumplan. ÚNICO E INDIVISIBLE. Esto significa que conforman un todo que no se De ahí que, una de las luchas de los puede dividir. Todos tienen una raíz pueblos, es porque sus Estados reco- común, que es el respeto a la per- nozcan en sus leyes internas todos sona humana. Por eso no se puede los derechos humanos necesarios sacrificar un derecho humano con para su desarrollo. ARTÍCULO 1 sexo, idioma, religión, opinión sometido a cualquier otra limitación Todos los seres humanos na- política o de cualquier otra ín- de soberanía. cen libres e iguales en dignidad dole, origen nacional o social, y derechos y, dotados como posición económica, nacimien- están de razón y conciencia, to o cualquier otra condición. ARTÍCULO 3 deben comportarse fraternal- Todo individuo tiene derecho a mente los unos con los otros. 2. Además, no se hará distinción la vida, a la libertad y a la segu- alguna fundada en la condición ridad de su persona. política, jurídica o internacional del ARTÍCULO 2 país o territorio de cuya jurisdicción 1. Toda persona tiene todos los dependa una persona, tanto si se derechos y libertades procla- trata de un país independiente, mados en esta Declaración, sin como de un territorio bajo adminis- distinción alguna de raza, color, tración fiduciaria, no autónomo o
  • 4.
    CARTILLA DE DDHHEN LA CONSTITUCIÓN 4 LOS DERECHOS HUMANOS EN LA CONSTITUCIÓN ECUATORIANA La Constitución ecuatoriana, aprobada en el año 2008, señala en su artícu- lo primero que “El Ecuador es un Estado Constitucional de Derechos”, supe- rando de esta manera la definición de la Constitución de 1998, de “Estado de derecho”, pues coloca lo “constitucional” como centro del acuerdo jurídico-político de la sociedad y señala al Estado como garante de los derechos humanos y de la naturaleza. Desde este horizonte, la clasificación que se hace de los derechos huma- nos en la Constitución, adquiere otra perspectiva y se aleja de las clásicas definiciones de derechos por generaciones; de esta manera a los derechos conocidos como DESC (derechos económicos, sociales y culturales), se los identifica a través de los artículos 12 a 34, como derechos del “Buen Vivir”: • Agua y alimentación • Ambiente sano • Comunicación e información • Cultura y ciencia • Educación • Hábitat y vivienda • Salud • Trabajo y seguridad social ARTÍCULO 4 ARTÍCULO 6 a igual protección con- pare contra actos que Nadie estará sometido Todo ser humano tiene tra toda discriminación violen sus derechos a esclavitud ni a servi- derecho, en todas par- que infrinja esta De- fundamentales reco- dumbre, la esclavitud tes, al reconocimiento claración y contra toda nocidos por la constitu- y la trata de esclavos de su personalidad ju- provocación a tal dis- ción o por la ley. están prohibidas en to- rídica. criminación. das sus formas. ARTÍCULO 7 ARTÍCULO 8 Todos son iguales ante ARTÍCULO 9 ARTÍCULO 5 Toda persona tiene Nadie podrá ser arbi- Nadie será sometido a la ley y tienen, sin dis- derecho a un recurso trariamente detenido, torturas ni a penas o tinción, derecho a igual efectivo ante los tribu- preso ni desterrado. tratos crueles, inhuma- protección de la ley. nales nacionales com- nos o degradantes. Todos tienen derecho petentes, que la am-
  • 5.
    CARTILLA DE DDHHEN LA CONSTITUCIÓN 5 Así mismo, de la definición clásica Los artículos 56 a 60, son referentes de grupos vulnerables, se pasa a a los Derechos de las Comunidades, la definición de derechos para las Pueblo y Nacionalidades, los cuales personas y los grupos de atención mantienen y amplía los denomina- prioritaria, y se reconocen nuevos dos derechos colectivos que ya es- derechos para las personas adultas taban incluidos en la Constitución mayores, (aquellas que han cum- del 98; desarrollando un concepto plido 65 años de edad); jóvenes, más amplio de derechos colectivos mujeres embarazadas, niñas, niños, para el pueblo afro ecuatoriano e adolescentes, personas con disca- incorporando como sujeto de dere- pacidad y consumidoras, conside- chos al pueblo montubio. rados en los art. 35 a 55: • Adultos/as mayores • Jóvenes • Movilidad humana • Mujeres embarazadas • NNA • Personas con discapacidad • Personas con enfermedades catastróficas • Personas privadas de la li- bertad • Usuarias y consumidores ARTÍCULO 10 ARTÍCULO 11 2. Nadie será condenado por Toda persona tiene derecho, en 1. Toda persona acusada de actos u omisiones que en el condiciones de plena igualdad, delito tiene derecho a que se momento de cometerse no fue- presuma su inocencia mientras ron delictivos según el Derecho a ser oída públicamente y con no se pruebe su culpabilidad, justicia por un tribunal indepen- conforme a la ley y en juicio nacional o internacional. Tam- diente e imparcial, para la de- público en el que se le hayan poco se impondrá pena más terminación de sus derechos y asegurado todas las garantías grave que la aplicable en el mo- obligaciones o para el examen necesarias para su defensa. mento de la comisión del delito. de cualquier acusación contra ella en materia penal.
  • 6.
    CARTILLA DE DDHHEN LA CONSTITUCIÓN 6 Los derechos políticos aparecen en la Constitución en los artículos 61 a 65, bajo la denominación de Derechos de Participación, con una serie de nuevas prerrogativas, entre estas la posibilidad de presentar proyectos de iniciativa popular normativa, fiscalizar a los actores del poder público, revocar el mandato a los gobernantes, así como el acceso al voto para los extranjeros, el voto facultativo para las personas entre 16 y 18 años, ecua- torianos residentes en el exterior e integrantes de las fuerzas armadas y la policía nacional. Los llamados Derechos de Libertad, (artículos 66 a 70) son los referentes a los claśicos de- rechos civiles, entre los que se encuentran la inviolabilidad de la vida, el derecho a una vida digna, la integridad per- sonal, la igualdad formal, ma- terial y la no discriminación, así como el libre desarrollo de la personalidad, la libertad de opinión y expresión del pensa- miento, entre otros; así mismo se incluyen artículos referentes a los distintos tipos de familias, el derecho a tomar decisiones libres sobre su sexualidad, vida y orientación sexual, la obje- ción de conciencia, etc. ARTÍCULO 12 ARTÍCULO 13 ARTÍCULO 14 Nadie será objeto de injerencias 1. Toda persona tiene derecho a 1. En caso de persecución, toda arbitrarias en su vida privada, circular libremente y a elegir su persona tiene derecho a buscar su familia, su domicilio o su residencia en el territorio de un asilo, y a disfrutar de él, en cual- correspondencia, ni de ataques Estado. quier país. a su honra o a su reputación. 2. Toda persona tiene derecho 2. Este derecho no podrá ser in- Toda persona tiene derecho a la a salir de cualquier país, inclu- vocado contra una acción judicial protección de la ley contra tales so del propio, y a regresar a su realmente originada por delitos injerencias o ataques. país. comunes o por actos opuestos a
  • 7.
    CARTILLA DE DDHHEN LA CONSTITUCIÓN 7 La Constitución ubica también los Derechos de Protección, que hacen re- ferencia al debido proceso y que contiene las normas generales de todo proceso, así como las relativas al proceso penal; un elemento innovador se hace referencia ya en el art. 75, al señalar que “toda persona tiene dere- cho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva (...) en ningún caso quedará en indefección” así mismo se señala el derecho de las víctimas de delitos a contar con protección especial y la garantía de su no revicti- mización. Finalmente, un nuevo de- recho que encontramos en los textos sobre parti- cipación, es el Derecho a la Resistencia (art. 98), medida excepcional cuya justificación está dada para evitar el autoritarismo y el abuso del poder en todas sus formas. La resistencia viene a ser un acto que tra- ta de corregir aspectos que se estiman injustos, aunque no está orientada a la mo- dificación del ordenamien- to legal, sino al rechazo de los efectos de la aplicación de las leyes, es decir tiene un carácter contestatario. los propósitos y principios de las ARTÍCULO 16 2. Sólo mediante libre y pleno Naciones Unidas. 1. Los hombres y las mujeres, a consentimiento de los futuros ARTÍCULO 15 partir de la edad núbil, tienen de- esposos podrá contraerse el recho, sin restricción alguna por 1. Toda persona tiene derecho a motivos de raza, nacionalidad o matrimonio. una nacionalidad. religión, a casarse y fundar una 3. La familia es el elemento natu- 2. A nadie se privará arbitraria- familia, y disfrutarán de iguales ral y fundamental de la sociedad mente de su nacionalidad ni del derechos en cuanto al matrimo- y tiene derecho a la protección derecho a cambiar de nacionali- nio, durante el matrimonio y en de la sociedad y del Estado. caso de disolución del matrimo- dad. nio.
  • 8.
    CARTILLA DE DDHHEN LA CONSTITUCIÓN 8 DERECHOS DE LA NATURALEZA Una innovación en el marco Consti- tucional ecuatoriano (y a nivel mun- dial) es la inclusión de la naturaleza como sujeta de derechos (art. 10) en un intento por revertir el proce- so de devastación a la que está ex- puesta por parte de los seres huma- nos; de ahí que los artículos 71 a 74, establezcan los llamados Derechos de la Naturaleza, que entre otros elementos recojen aspectos como el respeto integral a su existencia, al mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura y proce- sos evolutivos, derechos a su restau- ración y a la aplicación de medi- das de precaución y restricción de actividades que puedan conducir a la destrucción de ecosistemas o alterar permanentemente sus ciclos naturales. ARTÍCULO 17 biar de religión o de creencia, así opiniones, el de investigar y reci- 1. Toda persona tiene derecho a como la libertad de manifestar bir informaciones y opiniones, y su religión o su creencia, indivi- el de difundirlas, sin limitación de la propiedad, individual y colecti- dual y colectivamente, tanto en fronteras, por cualquier medio vamente. público como en privado, por la de expresión. 2. Nadie será privado arbitraria- enseñanza, la práctica, el culto y mente de su propiedad. la observancia. ARTÍCULO 20 1. Toda persona tiene derecho a ARTÍCULO 18 ARTÍCULO 19 la libertad de reunión y de aso- Toda persona tiene derecho a Todo individuo tiene derecho a ciación pacíficas. la libertad de pensamiento, de la libertad de opinión y de expre- 2. Nadie podrá ser obligado a conciencia y de religión; este de- sión; este derecho incluye el de pertenecer a una asociación. recho incluye la libertad de cam- no ser molestado a causa de sus
  • 9.
    CARTILLA DE DDHHEN LA CONSTITUCIÓN 9 ARTÍCULO 21 ARTÍCULO 23 ARTÍCULO 25 1. Toda persona tiene derecho 1. Toda persona tiene derecho 1. Toda persona tiene derecho a a participar en el gobierno de su al trabajo, a la libre elección de un nivel de vida adecuado que país, directamente o por medio su trabajo, a condiciones equi- le asegure, así como a su fami- de representantes libremente es- tativas y satisfactorias de trabajo lia, la salud y el bienestar, y en cogidos. y a la protección contra el des- especial la alimentación, el ves- 2. Toda persona tiene el derecho empleo. tido, la vivienda, la asistencia de accceso, en condiciones de 2. Toda persona tiene derecho, médica y los servicios sociales igualdad, a las funciones públi- cas de su país. sin discriminación alguna, a igual necesarios; tiene asimismo de- 3. La voluntad del pueblo es la salario por trabajo igual. recho a los seguros en caso de base de la autoridad del poder 3. Toda persona que trabaja tie- desempleo, enfermedad, invali- público; esta voluntad se expre- ne derecho a una remuneración dez, viudez, vejez u otros casos sará mediante elecciones autén- equitativa y satisfactoria, que le de pérdida de sus medios de ticas que habrán de celebrarse asegure, así como a su familia, subsistencia por circunstancias periódicamente, por sufragio una existencia conforme a la dig- independientes de su voluntad. universal e igual y por voto se- nidad humana y que será com- 2. La maternidad y la infancia creto u otro procedimiento equi- pletada, en caso necesario, por tienen derecho a cuidados y valente que garantice la libertad cualesquiera otros medios de asistencia especiales. Todos los del voto. protección social. niños, nacidos de matrimonio o 4. Toda persona tiene derecho a fuera de matrimonio, tienen de- fundar sindicatos y a sindicarse recho a igual protección social. ARTÍCULO 22 para la defensa de sus intere- Toda persona, como miembro ses. ARTÍCULO 26 de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, 1. Toda persona tiene derecho mediante el esfuerzo nacional y ARTÍCULO 24 a la educación. La educación la cooperación internacional, ha- Toda persona tiene derecho al debe ser gratuita, al menos en bida cuenta de la organización descanso, al disfrute del tiempo lo concerniente a la instrucción y los recursos de cada Estado, libre, a una limitación razonable elemental y fundamental. La la satisfacción de los derechos de la duración del trabajo y a va- instrucción elemental será obli- económicos, sociales y cultura- caciones periódicas pagadas. gatoria. La instrucción técnica y les, indispensables a su dignidad profesional habrá de ser genera- y al libre desarrollo de su perso- lizada; el acceso a los estudios nalidad. superiores será igual para todos, en función de los méritos res- pectivos. 2. La educación tendrá por ob- jeto el pleno desarrollo de la
  • 10.
    CARTILLA DE DDHHEN LA CONSTITUCIÓN 10 personalidad humana y el forta- ARTÍCULO 29 lecimiento del respeto a los dere- 1. Toda persona tiene deberes chos humanos y a las libertades respecto a la comunidad, puesto fundamentales; favorecerá la que sólo en ella puede desarro- comprensión, la tolerancia y la llar libre y plenamente su perso- amistad entre todas las naciones nalidad. y todos los grupos étnicos o reli- giosos, y promoverá el desarrollo 2. En el ejercicio de sus derechos de las actividades de las Nacio- y en el disfrute de sus libertades, nes Unidas para el mantenimien- toda persona estará solamente to de la paz. sujeta a las limitaciones estable- 3. Los padres tendrán derecho cidas por la ley con el único fin preferente a escoger el tipo de de asegurar el reconocimiento educación que habrá de darse y el respeto de los derechos y a sus hijos. libertades de los demás, y de sa- tisfacer las justas exigencias de ARTÍCULO 27 la moral, del orden público y del 1. Toda persona tiene derecho bienestar general en una socie- a tomar parte libremente en la dad democrática. vida cultural de la comunidad, a 3. Estos derechos y libertades no gozar de las artes y a participar podrán, en ningún caso, ser ejer- en el progreso científico y en los cidos en oposición a los propósi- beneficios que de él resulten. tos y principios de las Naciones 2. Toda persona tiene derecho Unidas. a la protección de los intereses morales y materiales que le co- ARTÍCULO 30 rrespondan por razón de las pro- Nada en esta Declaración po- ducciones científicas, literarias o drá interpretarse en el sentido artísticas de que sea autora. de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una ARTÍCULO 28 persona, para emprender y de- Toda persona tiene derecho a sarrollar actividades o realizar que se establezca un orden so- actos tendientes a la supresión cial e internacional en el que los de cualquiera de los derechos y derechos y libertades proclama- libertades proclamados en esta dos en esta Declaración se ha- Declaración. gan plenamente efectivos.
  • 11.
    CARTILLA DE DDHHEN LA CONSTITUCIÓN 11
  • 12.
    Somos parte de: www.transparencia.gob.ec Puede encontrarnos en: “Promovemos y defendemos los Derechos Humanos y de la Naturaleza” www.dpe.gob.ec