El documento describe la legislación de Aragón sobre la igualdad de género en los centros educativos. Exige que las escuelas desarrollen un Plan de Igualdad que promueva la igualdad entre hombres y mujeres a través de objetivos, acciones y evaluaciones. También requiere la creación de un Observatorio de Igualdad en cada escuela con representantes de la comunidad escolar para abordar temas de convivencia e igualdad. Además, la legislación establece protocolos para abordar casos de violencia de género y acoso escolar.
1) La ley 1620 de 2013 crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y establece los comités de convivencia a nivel nacional, municipal y en cada colegio para promover una sana convivencia y prevenir la violencia escolar. 2) Se especifican las responsabilidades del Ministerio de Educación, las secretarías de educación, los rectores, docentes y familias en la aplicación de esta ley. 3) La ley también regula aspectos como los proyectos educativos, el manual de convivencia de cada colegio y la ruta
La Ley 1620 de 2013 establece el Sistema Nacional de Convivencia Escolar en Colombia. El objetivo es promover la convivencia pacífica y la construcción de ciudadanía a través de comités de convivencia a nivel nacional, municipal y escolar. Se define acoso escolar y se establecen responsabilidades para todas las partes involucradas como estudiantes, docentes, familias y entidades gubernamentales.
Este documento resume la Ley 1620 de 2013 sobre convivencia escolar en Colombia. Establece un sistema nacional de convivencia escolar con comités a nivel nacional, municipal/distrital y en cada institución educativa. Su objetivo es promover la formación de ciudadanos activos y una sociedad democrática e intercultural. Define acoso escolar, ciberacoso y otras competencias. Describe las responsabilidades de entidades como el MEN, secretarías de educación, e instituciones educativas para implementar esta ley.
Este documento establece la creación del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar en Colombia. El sistema tiene como objetivo promover la formación ciudadana, prevenir la violencia escolar y el embarazo adolescente. Se crean comités a nivel nacional, territorial y escolar para coordinar estrategias y programas. Se definen los principios de participación, corresponsabilidad, autonomía, diversidad e integralidad para guiar el
Aspectos educativos de la Ley 8 2016 de 27 de mayoJesusLlamas10
Aspectos educativos de la Ley 8 2016, de 27 de mayo, de igualdad social de lesbianas, gais, bisexuales, transexuales, transgénero e intersexuales, y de políticas públicas contra la discriminación por orientación sexual e identidad de género en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Este documento describe el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos en Colombia. El sistema busca promover la convivencia escolar, los derechos humanos, la educación sexual y prevenir la violencia escolar. Detalla los roles de diferentes entidades como secretarías de educación, establecimientos educativos, entidades prestadoras de salud y más para implementar programas, rutas de atención e incentivar una cultura de respeto. También establece sanciones para quienes no cumplan con lo definido en el sistema.
Esta ley busca mejorar la convivencia escolar y prevenir el acoso y maltrato entre estudiantes. Se creó debido a los altos índices de abuso en las escuelas. Promueve una buena convivencia y comunicación entre estudiantes, padres y maestros. También busca reducir los embarazos no deseados en adolescentes y promover los derechos humanos.
Esta ley crea un sistema nacional para mejorar la convivencia escolar, la educación sobre sexualidad y prevenir la violencia escolar. Busca formar ciudadanos activos que ayuden a construir una sociedad democrática e inclusiva mediante campañas sobre derechos humanos, métodos preventivos y promover el respeto entre estudiantes. También establece comités para defender a los estudiantes de abusos y acoso e impulsar una mejor convivencia.
1) La ley 1620 de 2013 crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y establece los comités de convivencia a nivel nacional, municipal y en cada colegio para promover una sana convivencia y prevenir la violencia escolar. 2) Se especifican las responsabilidades del Ministerio de Educación, las secretarías de educación, los rectores, docentes y familias en la aplicación de esta ley. 3) La ley también regula aspectos como los proyectos educativos, el manual de convivencia de cada colegio y la ruta
La Ley 1620 de 2013 establece el Sistema Nacional de Convivencia Escolar en Colombia. El objetivo es promover la convivencia pacífica y la construcción de ciudadanía a través de comités de convivencia a nivel nacional, municipal y escolar. Se define acoso escolar y se establecen responsabilidades para todas las partes involucradas como estudiantes, docentes, familias y entidades gubernamentales.
Este documento resume la Ley 1620 de 2013 sobre convivencia escolar en Colombia. Establece un sistema nacional de convivencia escolar con comités a nivel nacional, municipal/distrital y en cada institución educativa. Su objetivo es promover la formación de ciudadanos activos y una sociedad democrática e intercultural. Define acoso escolar, ciberacoso y otras competencias. Describe las responsabilidades de entidades como el MEN, secretarías de educación, e instituciones educativas para implementar esta ley.
Este documento establece la creación del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar en Colombia. El sistema tiene como objetivo promover la formación ciudadana, prevenir la violencia escolar y el embarazo adolescente. Se crean comités a nivel nacional, territorial y escolar para coordinar estrategias y programas. Se definen los principios de participación, corresponsabilidad, autonomía, diversidad e integralidad para guiar el
Aspectos educativos de la Ley 8 2016 de 27 de mayoJesusLlamas10
Aspectos educativos de la Ley 8 2016, de 27 de mayo, de igualdad social de lesbianas, gais, bisexuales, transexuales, transgénero e intersexuales, y de políticas públicas contra la discriminación por orientación sexual e identidad de género en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Este documento describe el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos en Colombia. El sistema busca promover la convivencia escolar, los derechos humanos, la educación sexual y prevenir la violencia escolar. Detalla los roles de diferentes entidades como secretarías de educación, establecimientos educativos, entidades prestadoras de salud y más para implementar programas, rutas de atención e incentivar una cultura de respeto. También establece sanciones para quienes no cumplan con lo definido en el sistema.
Esta ley busca mejorar la convivencia escolar y prevenir el acoso y maltrato entre estudiantes. Se creó debido a los altos índices de abuso en las escuelas. Promueve una buena convivencia y comunicación entre estudiantes, padres y maestros. También busca reducir los embarazos no deseados en adolescentes y promover los derechos humanos.
Esta ley crea un sistema nacional para mejorar la convivencia escolar, la educación sobre sexualidad y prevenir la violencia escolar. Busca formar ciudadanos activos que ayuden a construir una sociedad democrática e inclusiva mediante campañas sobre derechos humanos, métodos preventivos y promover el respeto entre estudiantes. También establece comités para defender a los estudiantes de abusos y acoso e impulsar una mejor convivencia.
El documento presenta un resumen de la Ley 1620 de 2013 y el Decreto 1965 de 2013 en Colombia, los cuales establecen el Sistema Nacional de Convivencia Escolar. El sistema crea Comités de Convivencia Escolar a nivel nacional, departamental, municipal y escolar para combatir problemas como el acoso escolar. Define las funciones de los comités y los procesos de seguimiento, actualización de manuales de convivencia y atención de casos.
La ley 1620 establece el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar. El objetivo es contribuir a la formación de ciudadanos activos mediante programas que promuevan la formación ciudadana, los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes. El sistema involucra a varias entidades y define la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar.
1) El documento presenta las guías pedagógicas creadas por el Ministerio de Educación Nacional de Colombia para apoyar la implementación de la Ley 1620 de 2013 sobre convivencia escolar. 2) Explica que las guías brindan herramientas y recomendaciones prácticas para mejorar los manuales de convivencia, la ruta de atención, y fortalecer la participación de la comunidad educativa. 3) El objetivo es que la escuela sea un lugar donde los estudiantes puedan desarrollarse de manera integral y ejercer plenamente
Este documento describe el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos en Colombia. El sistema establece comités a nivel nacional, territorial y escolar para garantizar la protección de los derechos de los estudiantes y abordar situaciones de violencia o acoso en las escuelas. También describe la Ruta de Atención Integral y los protocolos que deben seguirse para la prevención, promoción y atención de tales casos.
Este documento trata sobre la importancia de la igualdad de género en el sistema educativo. Aboga por la coeducación como una herramienta para eliminar la desigualdad y los prejuicios sexistas. Detalla los avances realizados en Cantabria para promover la igualdad, como la designación de responsables de igualdad en los centros y la creación de protocolos contra el acoso. Finalmente, analiza cómo los proyectos educativos pueden integrar mejor la perspectiva de género.
Este documento describe la Ley 1620 de 2013 en Colombia, la cual crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar. La ley tiene como objetivo promover la formación ciudadana y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes. Establece mecanismos para prevenir, proteger y denunciar conductas que afectan la convivencia como la violencia, el acoso escolar, el embarazo adolescente. También crea comités de convivencia escolar a nivel nacional, municipal y en cada institución educativa para
Este documento establece un sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención de la violencia escolar. El objetivo es formar ciudadanos activos que contribuyan a una sociedad democrática e intercultural mediante el desarrollo de competencias ciudadanas y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes. El sistema promoverá estrategias de prevención, protección y denuncia de conductas que afectan la convivencia escolar como el
Este documento describe los objetivos y lineamientos del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar en Colombia. El sistema busca promover la convivencia escolar, los derechos humanos y la educación sexual entre los estudiantes, además de prevenir la violencia, a través de la implementación de programas en los colegios y el establecimiento de una Ruta de Atención Integral.
El documento habla sobre la importancia de promover la formación ciudadana y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes. Busca crear personas cultas que respeten las leyes y eviten la agresión. También establece definiciones, responsabilidades y sanciones para enfrentar situaciones de violencia o acoso escolar. El objetivo final es contribuir a formar ciudadanos activos que aporten a una sociedad democrática e intercultural.
Esta ley establece un Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos con el objetivo de formar ciudadanos activos y construir una sociedad democrática. Define acoso escolar, ciberacoso y competencias ciudadanas. Establece comités de convivencia a nivel nacional, municipal y escolar para prevenir la violencia, definir responsabilidades y sanciones ante casos de acoso, y promover los derechos humanos.
El documento habla sobre el Comité Escolar de Convivencia establecido por la Ley 1620 de 2013. Este comité está conformado por el rector, personero estudiantil, docente, orientadora, coordinador de disciplina, presidentes del consejo de padres y estudiantil, y un representante docente. Sus funciones incluyen identificar y resolver conflictos, fomentar la convivencia, derechos humanos y prevención de violencia, y remitir casos graves a las autoridades correspondientes.
La ley de convivencia escolar y su decreto reglamentario crean un marco para fortalecer la convivencia y los derechos humanos en las escuelas. Establecen un sistema nacional de convivencia escolar con comités a nivel nacional, territorial y escolar. Asimismo, definen una ruta de atención integral para abordar situaciones que afectan la convivencia y ofrecen guías pedagógicas para implementar la ley.
La ley 1620 de 2013 busca contribuir a la formación de ciudadanos activos y democráticos mediante la creación de un sistema nacional de convivencia escolar y formación en derechos humanos, educación sexual y prevención de la violencia escolar. El documento describe que la ley promueve estrategias para fortalecer la ciudadanía, convivencia pacífica, derechos y estilos de vida saludables, así como la prevención y atención de casos de violencia escolar y vulneración de derechos sexuales.
La Ley 1620 de 2013 tiene como objetivo contribuir a la formación de ciudadanos activos y a la construcción de una sociedad democrática mediante la educación para los derechos humanos y la sexualidad. Establece un sistema nacional para la convivencia escolar y la prevención de la violencia, reconociendo a niños y adolescentes. Sus objetivos incluyen fomentar la educación para la paz, desarrollar estrategias de prevención y mitigación de conductas violentas, y contribuir a reducir el embarazo adolescente y las enfermedades de
Este documento establece medidas y procedimientos para garantizar a los niños, niñas y adolescentes el acceso y la permanencia en el sistema educativo. Define las obligaciones de las familias y representantes legales en relación con la educación de los menores, como inscribirlos, garantizar su asistencia diaria, proporcionar útiles escolares, participar en reuniones, y colaborar con el colegio.
Este documento describe los lineamientos para la actualización de los manuales de convivencia escolar de acuerdo con la Ley 1620 de 2013. Establece que los comités escolares de convivencia deben reunirse cada dos meses y elaborar actas de sus sesiones. También especifica que los manuales deben incluir situaciones que afectan la convivencia, protocolos de atención, estrategias pedagógicas y medidas para promover la convivencia escolar. Los establecimientos educativos tienen seis meses para ajustar sus manuales de acuerdo con
Este documento presenta la agenda y objetivos de una jornada de trabajo sobre la Ley de Convivencia Escolar colombiana. El evento busca promover la reflexión sobre las herramientas de la ley para fortalecer la convivencia escolar y los derechos humanos. Incluye presentaciones sobre el marco legal, guías pedagógicas, y desafíos. El documento también describe brevemente el contenido de algunas de las actividades como dinámicas grupales, explicación de la ruta de atención a incidentes, y discusión de estrategias para implement
Ley 1620 POR LA CUAL SE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y FORMACIÓN PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACIÓN PARA LA SEXUALIDAD Y LA PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR
La Ley de Convivencia Escolar de Colombia establece un sistema nacional para promover la convivencia pacífica, la ciudadanía y los derechos humanos en las escuelas. Define el acoso escolar, ciberacoso y roles de comités a niveles nacional, municipal y escolar. Asigna responsabilidades a entidades gubernamentales, escuelas, directores y docentes para implementar estrategias que fomenten una sana convivencia entre estudiantes.
Este documento presenta el Plan Estratégico de Convivencia Escolar en España. Fue elaborado por el Centro Nacional de Innovación e Investigación Educativa para promover ambientes escolares seguros y de buena convivencia. Incluye ocho líneas de actuación con medidas específicas para mejorar la observación de la convivencia, las políticas educativas, la formación docente y más. La primera línea se centra en fortalecer el Observatorio Estatal de Convivencia Escolar para supervisar los problemas y iniciativas relacionadas con la conviv
Este documento presenta el Plan de Igualdad del Centro del Profesorado de Sevilla. Resume el contexto del centro, el marco normativo de igualdad en España y Andalucía, los 4 objetivos generales del plan para promover la igualdad, y describe las actuaciones concretas para lograr cada objetivo. También designa a la Comisión de Igualdad como responsable de coordinar, implementar y dar seguimiento al plan.
El documento resume la normativa legal que establece las obligaciones en materia de coeducación en el sistema educativo de Navarra. Varias leyes, como la Ley Orgánica de Educación, la Ley para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres y la Ley para Actuar contra la Violencia hacia las Mujeres, instan a promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres a través de medidas como la integración de contenidos de igualdad en los currículos, protocolos contra la violencia de género en los centros y la elaboración de planes de coeduc
El documento presenta un resumen de la Ley 1620 de 2013 y el Decreto 1965 de 2013 en Colombia, los cuales establecen el Sistema Nacional de Convivencia Escolar. El sistema crea Comités de Convivencia Escolar a nivel nacional, departamental, municipal y escolar para combatir problemas como el acoso escolar. Define las funciones de los comités y los procesos de seguimiento, actualización de manuales de convivencia y atención de casos.
La ley 1620 establece el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar. El objetivo es contribuir a la formación de ciudadanos activos mediante programas que promuevan la formación ciudadana, los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes. El sistema involucra a varias entidades y define la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar.
1) El documento presenta las guías pedagógicas creadas por el Ministerio de Educación Nacional de Colombia para apoyar la implementación de la Ley 1620 de 2013 sobre convivencia escolar. 2) Explica que las guías brindan herramientas y recomendaciones prácticas para mejorar los manuales de convivencia, la ruta de atención, y fortalecer la participación de la comunidad educativa. 3) El objetivo es que la escuela sea un lugar donde los estudiantes puedan desarrollarse de manera integral y ejercer plenamente
Este documento describe el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos en Colombia. El sistema establece comités a nivel nacional, territorial y escolar para garantizar la protección de los derechos de los estudiantes y abordar situaciones de violencia o acoso en las escuelas. También describe la Ruta de Atención Integral y los protocolos que deben seguirse para la prevención, promoción y atención de tales casos.
Este documento trata sobre la importancia de la igualdad de género en el sistema educativo. Aboga por la coeducación como una herramienta para eliminar la desigualdad y los prejuicios sexistas. Detalla los avances realizados en Cantabria para promover la igualdad, como la designación de responsables de igualdad en los centros y la creación de protocolos contra el acoso. Finalmente, analiza cómo los proyectos educativos pueden integrar mejor la perspectiva de género.
Este documento describe la Ley 1620 de 2013 en Colombia, la cual crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar. La ley tiene como objetivo promover la formación ciudadana y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes. Establece mecanismos para prevenir, proteger y denunciar conductas que afectan la convivencia como la violencia, el acoso escolar, el embarazo adolescente. También crea comités de convivencia escolar a nivel nacional, municipal y en cada institución educativa para
Este documento establece un sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención de la violencia escolar. El objetivo es formar ciudadanos activos que contribuyan a una sociedad democrática e intercultural mediante el desarrollo de competencias ciudadanas y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes. El sistema promoverá estrategias de prevención, protección y denuncia de conductas que afectan la convivencia escolar como el
Este documento describe los objetivos y lineamientos del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar en Colombia. El sistema busca promover la convivencia escolar, los derechos humanos y la educación sexual entre los estudiantes, además de prevenir la violencia, a través de la implementación de programas en los colegios y el establecimiento de una Ruta de Atención Integral.
El documento habla sobre la importancia de promover la formación ciudadana y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes. Busca crear personas cultas que respeten las leyes y eviten la agresión. También establece definiciones, responsabilidades y sanciones para enfrentar situaciones de violencia o acoso escolar. El objetivo final es contribuir a formar ciudadanos activos que aporten a una sociedad democrática e intercultural.
Esta ley establece un Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos con el objetivo de formar ciudadanos activos y construir una sociedad democrática. Define acoso escolar, ciberacoso y competencias ciudadanas. Establece comités de convivencia a nivel nacional, municipal y escolar para prevenir la violencia, definir responsabilidades y sanciones ante casos de acoso, y promover los derechos humanos.
El documento habla sobre el Comité Escolar de Convivencia establecido por la Ley 1620 de 2013. Este comité está conformado por el rector, personero estudiantil, docente, orientadora, coordinador de disciplina, presidentes del consejo de padres y estudiantil, y un representante docente. Sus funciones incluyen identificar y resolver conflictos, fomentar la convivencia, derechos humanos y prevención de violencia, y remitir casos graves a las autoridades correspondientes.
La ley de convivencia escolar y su decreto reglamentario crean un marco para fortalecer la convivencia y los derechos humanos en las escuelas. Establecen un sistema nacional de convivencia escolar con comités a nivel nacional, territorial y escolar. Asimismo, definen una ruta de atención integral para abordar situaciones que afectan la convivencia y ofrecen guías pedagógicas para implementar la ley.
La ley 1620 de 2013 busca contribuir a la formación de ciudadanos activos y democráticos mediante la creación de un sistema nacional de convivencia escolar y formación en derechos humanos, educación sexual y prevención de la violencia escolar. El documento describe que la ley promueve estrategias para fortalecer la ciudadanía, convivencia pacífica, derechos y estilos de vida saludables, así como la prevención y atención de casos de violencia escolar y vulneración de derechos sexuales.
La Ley 1620 de 2013 tiene como objetivo contribuir a la formación de ciudadanos activos y a la construcción de una sociedad democrática mediante la educación para los derechos humanos y la sexualidad. Establece un sistema nacional para la convivencia escolar y la prevención de la violencia, reconociendo a niños y adolescentes. Sus objetivos incluyen fomentar la educación para la paz, desarrollar estrategias de prevención y mitigación de conductas violentas, y contribuir a reducir el embarazo adolescente y las enfermedades de
Este documento establece medidas y procedimientos para garantizar a los niños, niñas y adolescentes el acceso y la permanencia en el sistema educativo. Define las obligaciones de las familias y representantes legales en relación con la educación de los menores, como inscribirlos, garantizar su asistencia diaria, proporcionar útiles escolares, participar en reuniones, y colaborar con el colegio.
Este documento describe los lineamientos para la actualización de los manuales de convivencia escolar de acuerdo con la Ley 1620 de 2013. Establece que los comités escolares de convivencia deben reunirse cada dos meses y elaborar actas de sus sesiones. También especifica que los manuales deben incluir situaciones que afectan la convivencia, protocolos de atención, estrategias pedagógicas y medidas para promover la convivencia escolar. Los establecimientos educativos tienen seis meses para ajustar sus manuales de acuerdo con
Este documento presenta la agenda y objetivos de una jornada de trabajo sobre la Ley de Convivencia Escolar colombiana. El evento busca promover la reflexión sobre las herramientas de la ley para fortalecer la convivencia escolar y los derechos humanos. Incluye presentaciones sobre el marco legal, guías pedagógicas, y desafíos. El documento también describe brevemente el contenido de algunas de las actividades como dinámicas grupales, explicación de la ruta de atención a incidentes, y discusión de estrategias para implement
Ley 1620 POR LA CUAL SE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y FORMACIÓN PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACIÓN PARA LA SEXUALIDAD Y LA PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR
La Ley de Convivencia Escolar de Colombia establece un sistema nacional para promover la convivencia pacífica, la ciudadanía y los derechos humanos en las escuelas. Define el acoso escolar, ciberacoso y roles de comités a niveles nacional, municipal y escolar. Asigna responsabilidades a entidades gubernamentales, escuelas, directores y docentes para implementar estrategias que fomenten una sana convivencia entre estudiantes.
Este documento presenta el Plan Estratégico de Convivencia Escolar en España. Fue elaborado por el Centro Nacional de Innovación e Investigación Educativa para promover ambientes escolares seguros y de buena convivencia. Incluye ocho líneas de actuación con medidas específicas para mejorar la observación de la convivencia, las políticas educativas, la formación docente y más. La primera línea se centra en fortalecer el Observatorio Estatal de Convivencia Escolar para supervisar los problemas y iniciativas relacionadas con la conviv
Este documento presenta el Plan de Igualdad del Centro del Profesorado de Sevilla. Resume el contexto del centro, el marco normativo de igualdad en España y Andalucía, los 4 objetivos generales del plan para promover la igualdad, y describe las actuaciones concretas para lograr cada objetivo. También designa a la Comisión de Igualdad como responsable de coordinar, implementar y dar seguimiento al plan.
El documento resume la normativa legal que establece las obligaciones en materia de coeducación en el sistema educativo de Navarra. Varias leyes, como la Ley Orgánica de Educación, la Ley para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres y la Ley para Actuar contra la Violencia hacia las Mujeres, instan a promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres a través de medidas como la integración de contenidos de igualdad en los currículos, protocolos contra la violencia de género en los centros y la elaboración de planes de coeduc
Este documento establece las directrices para que los consejos escolares de los centros educativos públicos y privados de Cantabria designen a una persona encargada de promover la igualdad entre hombres y mujeres. Se especifican las funciones de esta persona, como elaborar diagnósticos de género, proponer iniciativas educativas y de formación, y asegurar que la perspectiva de género se incorpore en los planes y normas de los centros. Además, la resolución determina que esta persona participe en los órganos de gobi
Este documento presenta un plan para fomentar la igualdad entre hombres y mujeres en el CEIP Antonio de Valbuena. Justifica el plan desde una perspectiva normativa basada en leyes de educación y de igualdad, y desde una perspectiva socioeducativa para combatir estereotipos sexistas. Propone objetivos generales como promover la igualdad y objetivos específicos como eliminar el lenguaje sexista. También describe la metodología, actividades y cronograma, con énfasis en un enfoque globalizador y aprendizaje cooperativo, y la evaluación
Este documento presenta un proyecto hipotético sobre igualdad de género para un centro educativo. Define el concepto de género según la UNESCO y la igualdad de género. Describe el marco legislativo español en esta materia incluyendo la Constitución y varias leyes. Propone un plan de igualdad con objetivos como promover la perspectiva de género y prevenir la violencia. El plan incluiría acciones como formación docente, jornadas y visibilización de mujeres en el currículo.
El documento describe un proyecto educativo llamado "Con.vive" que se llevará a cabo en dos escuelas secundarias en Asturias, España. El proyecto busca promover valores como la igualdad, el respeto y la resolución pacífica de conflictos entre estudiantes. Incluye la formación de grupos de trabajo de profesores y estudiantes, actividades de sensibilización sobre temas como la violencia de género y los derechos humanos, y una actividad conjunta entre las dos escuelas.
Acta de conformación del comité de convivencia y disciplina escolar 2017-jbNilton Castillo
El documento describe la conformación del Comité de Convivencia y Disciplina Escolar en la Institución Educativa Integrada N° 20386 “Jorge Basadre” en marzo de 2017. El comité quedó conformado por el Director, Coordinador de Tutoría, docente de convivencia y disciplina escolar, presidente del consejo de padres de familia, representante de estudiantes y dos docentes líderes de procesos de convivencia. El comité tiene la función de identificar y resolver conflictos, promover la convivencia, vincular la institución a program
LEY PARA LA PROMOCION DE LA CONVIVENCIA Y EL ABORDAJE DE LA CONFLICTIVIDAD SOCIAL EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Sancionada: Septiembre 11 de 2013 Promulgada: Octubre 1 de 2013
Este documento presenta un Plan de Igualdad para el CRA Extremadura con el objetivo de promover la igualdad de género. El plan justifica la necesidad de fomentar la igualdad y eliminar estereotipos de género en la escuela. Describe el marco legal y define el concepto de género. Establece tres ejes para su implementación: transversalidad, visibilización e implicación de toda la comunidad educativa. Define objetivos y metas relativas al centro, alumnado, profesorado, equipo directivo y familias
Este documento presenta los principales cambios introducidos por la LOMCE de 2013 y el Decreto 3/2008 sobre convivencia escolar en Castilla-La Mancha. La LOMCE revisa artículos de la LOE para reforzar la autoridad del profesorado, mejorar la calidad educativa, fomentar la convivencia pacífica y prevenir la violencia. También se modifican normas de organización, funcionamiento y convivencia de los centros para elaborar planes de convivencia, definir deberes y medidas correctoras del alumnado y considerar al
Este documento presenta las modificaciones propuestas a la LOE de 2006 por la LOMCE de 2013 en relación a la convivencia escolar. Se propone que los centros elaboren planes de convivencia y normas de conducta que fomenten un buen clima escolar y definan los derechos, deberes y medidas correctoras aplicables a los estudiantes. También se crea el Observatorio de la Convivencia Escolar de Castilla la Mancha para apoyar a la comunidad educativa en esta materia.
Este documento presenta las modificaciones propuestas a la LOE de 2006 por la LOMCE de 2013 en relación a la convivencia escolar. Se propone que los centros elaboren planes de convivencia y normas de conducta que fomenten un buen clima escolar y la resolución pacífica de conflictos. Se redefine la autoridad del profesorado y las medidas correctoras para faltas, incluyendo la expulsión para conductas discriminatorias o de acoso. También se crea el Observatorio de Convivencia Escolar para apoyar a los centros.
Este documento presenta los principales cambios introducidos por la LOMCE de 2013 y el Decreto 3/2008 sobre la convivencia escolar en España. La LOMCE modifica varios artículos para reforzar la autoridad del profesorado, establecer normas claras de conducta para los estudiantes y medidas correctivas en caso de incumplimiento. También se enfatiza la elaboración de planes de convivencia por parte de los centros y la resolución pacífica de conflictos. Por su parte, el Decreto establece el marco para regular la convivencia escol
LEY QUE PROMUEVE LA CONVIVENCIA SIN VIOLENCIA EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVASMARGA YSABEL LÓPEZ RUIZ
Este documento establece el marco regulatorio para garantizar condiciones de convivencia democrática sin violencia en las instituciones educativas. Designa responsabilidades al Ministerio de Educación, Gobiernos Regionales y equipos escolares. Describe procedimientos para prevenir y atender casos de violencia, incluyendo derivación a atención especializada. Establece que las medidas correctivas deben ser claras, oportunas, reparadoras y proporcionales, sin afectar la integridad de los estudiantes.
Normativa legal del consejo educativo 07 08-2012Jose Javier
Este documento presenta la normativa legal del Consejo Educativo. Establece que el Consejo se regirá por las normas legales dictadas y deberá desarrollar normas y procedimientos para sus integrantes. Define al Consejo como una instancia democrática, social y coordinada de la gestión escolar. También establece los principios, valores y objetivos que rigen al Consejo, así como su conformación, funciones y los diferentes comités que lo componen.
El documento proporciona información a la persona coordinadora de coeducación sobre la normativa y funciones relacionadas con la promoción de la igualdad de género en el centro educativo. Se detallan las responsabilidades en materia de coeducación, la designación de personas responsables, la inclusión en el proyecto educativo y el consejo escolar. También se incluyen sugerencias de actuaciones para el plan de igualdad y convocatorias y recursos disponibles.
Este documento presenta información sobre la Ley 1620 de 2013 en Colombia, la cual busca promover la formación ciudadana y los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes. Se explica que cada institución educativa debe conformar un Comité Escolar de Convivencia encargado de apoyar la labor de promoción de la convivencia escolar y la prevención de la violencia. Finalmente, se describen las funciones de estos comités y la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar.
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2. LOMLOE e igualdad de género
Dentro de los principios que marca la LOMLOE está el de:
“l) El desarrollo de la igualdad de derechos, deberes y oportunidades, el respeto a
la diversidad afectivo-sexual y familiar, el fomento de la igualdad efectiva de
mujeres y hombres a través de la consideración del régimen de la coeducación de
niños y niñas, la educación afectivo-sexual, adaptada al nivel madurativo, y la
prevención de la violencia de género, así como el fomento del espíritu crítico y la
ciudadanía activa.”
3. LOMLOE e igualdad de género
También desde los objetivos de la ley:
“h) Promover, aplicar y desarrollar las normas sociales que promueven la igualdad de
género. “
Así como en muchos principios de todas las etapas educativas que dicta la ley, se
compromete a trabajar porque la educación fomente la igualdad de género.
4. Desde Aragón se lleva un tiempo
trabajando estos aspectos
En Aragón todos los colegios e institutos llevan trabajando
unos años adecuando a su entorno lo que se conoce como
Plan de igualdad de centros que en Aragón lo recoge la
siguiente legislación:
5. Según el DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE ORDEN
ECD/1003/2018, de 7 de junio, por la que se determinan las actuaciones que
contribuyen a promocionar la convivencia, igualdad y la lucha contra el acoso
escolar en las comunidades educativas aragonesas.
El informe de la UNESCO de 2015 argumenta la visión humanista de la educación en la
que se reconoce la fuerza transformadora de la educación para construir un futuro mejor
para todos y todas. El Plan estratégico para la igualdad de hombres y mujeres en
Aragón (2017-2020) pone el foco en los distintos campos en los que resulta necesario
actuar para promover, de manera global y estructurada, la igualdad efectiva entre hombres
y mujeres en todos los ámbitos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Legislación en Aragón
6. Desde el ámbito educativo, en nuestros centros, el Plan de
igualdad recoge las acciones orientadas a una
transformación social hacia la equidad de género, el respeto
a la diversidad y la inclusión de la interseccionalidad.
Legislación en Aragón
7. Artículo 11. El Plan de igualdad.
1. El plan de igualdad formará parte del Proyecto
Educativo de Centro. Es el documento en el que se recoge
el diagnóstico de la situación, los objetivos, las actuaciones
concretas y las herramientas de evaluación con los que se
van a fomentar la educación en igualdad de mujeres y
hombres en el centro educativo.
2. Los centros educativos dispondrán, a partir de la entrada
en vigor de esta orden, de hasta tres cursos escolares para
elaborar el Plan de Igualdad, tiempo en el que la
Administración Educativa facilitará formación, instrucciones y
materiales de apoyo y reflexión sobre cómo elaborarlo e
implementarlo. En este proceso contarán con el
asesoramiento de la Inspección Educativa, de la Red de
Formación y de la Red Integrada de Orientación
Educativa.
8. Legislación en Aragón
3. La finalidad de este plan es introducir la educación en relación en la práctica
pedagógica y promover el desarrollo de actuaciones con perspectiva de género
en el centro educativo con la participación de toda la comunidad educativa.
4. Las actuaciones que se desarrollen estarán sujetas a los principios de
igualdad efectiva y equidad de género, transversalidad, interseccionalidad,
empoderamiento femenino, investigación y epistemología feminista, nuevas
masculinidades y la prevención y erradicación de la violencia contra las
mujeres.
9. 5. El PLAN DE IGUALDAD incluirá, al menos, los siguientes aspectos:
a) Diagnóstico de la situación actual de la igualdad en el centro. Escenarios en
los que hay y no hay igualdad efectiva entre hombres y mujeres tales como
espacios, documentos de centro y materiales.
b) Acciones de sensibilización y formación en igualdad efectiva entre hombres
y mujeres para la Comunidad Educativa.
10. c) Objetivos generales y prioridades educativas en relación a la igualdad que
incluirán desde el uso del lenguaje con perspectiva de género en los documentos
del centro hasta el desarrollo de acciones de prevención y erradicación de la
violencia de género.
d) Medidas específicas para promover la igualdad en el centro con especial referencia
a las metodologías y la elección de materiales educativos acordes con la escuela
coeducativa y específicamente con los principios de empoderamiento femenino,
investigación y epistemología feminista y nuevas masculinidades, así como la
visibilizarían de las diversas identidades de género.
11. e) Detección de necesidades de formación en igualdad efectiva entre hombres y
mujeres.
g) Estrategias para realizar la difusión, el seguimiento y la evaluación del plan de
igualdad en el marco del proyecto educativo.
h) Procedimientos para articular la colaboración con entidades e instituciones del
entorno para la construcción de comunidades educativas que trabajen por la igualdad
efectiva entre hombres y mujeres.
12. Artículo 8. Observatorio de centro en convivencia e igualdad.
1. En cada centro educativo se creará un Observatorio en Convivencia e
Igualdad, en el que estarán representados todos los sectores de la comunidad
educativa con el fin de canalizar las inquietudes de los mismos y propiciar
acciones de promoción de la igualdad y prevención, análisis y resolución de
conflictos.
13. 2. El Observatorio de Centro en Convivencia e Igualdad estará
formado por:
a) El Director o Directora del centro, y/o jefe/a de estudios, uno de los cuales que
ejercerá la presidencia.
b) El Coordinador o Coordinadora de Convivencia e Igualdad.
c) Dos profesores del Equipo de Convivencia e Igualdad.
d) El especialista en orientación educativa de la Red Integrada de Orientación.
e) Dos padres o madres en representación de las familias.
f) Un/a representante del personal de administración y servicios.
g) Dos representantes del alumnado, preferiblemente elegidos entre los que
participan en programas de ayuda entre iguales y/o promoción de la igualdad.
h) Un/a representante de la gestión de actividades extraescolares del centro
educativo.
i) Un representante de los/las monitores/as del comedor escolar.
14. 3. Las funciones del observatorio serán las siguientes:
a) Asesorar acerca de la normativa vigente en temas de convivencia e
igualdad.
b) Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa
que promuevan una convivencia positiva en el centro.
c) Diseñar actuaciones dirigidas a toda la comunidad educativa, sobre la
igualdad entre hombres y mujeres, la perspectiva de género, diversidad
cultural y diversidad afectivo sexual.
15. d) Colaborar en el desarrollo de las líneas de trabajo y las actuaciones que
desarrollen culturas y prácticas inclusivas.
e) Colaborar en la detección de situaciones de conflicto y acoso escolar que
puedan darse en el centro de acuerdo con el protocolo contra el acoso escolar que
figura en esta orden.
f) Establecer actuaciones educativas de intervención sociocomunitaria,
alternativas a la expulsión sancionadora.
16. g) Establecer estructuras de apoyo y acompañamiento al alumnado que presenta
una especial confictividad.
h) Informar al Consejo Escolar y a la Comisión de Convivencia de las
actuaciones llevadas a cabo así como de los problemas detectados en la
promoción de la igualdad y gestión de la convivencia del centro.
4. Para el desempeño de sus funciones, dicho observatorio
se reunirá al menos una vez al trimestre.
17. Artículo 12. Protocolos de actuación.
1. Los protocolos de actuación serán el instrumento que contribuya a garantizar el
ejercicio de los derechos y deberes de todos los miembros de la comunidad
educativa, y ayuden a los centros educativos en el desarrollo de la convivencia
positiva. El Departamento competente en materia de educación no universitaria impulsará la oportuna aprobación de dichos
protocolos de actuación. 2. Dependiendo del aspecto, temática o actuación que resulte oportuno mejorar, los protocolos serán de
ámbito departamental y otros requerirán del trabajo coordinado de diferentes Administraciones. Asimismo, se podrá contar con la
colaboración de entidades sin ánimo de lucro directamente vinculadas a esta temática de trabajo, con transparencia y de forma
justificada.
3. Los protocolos de actuación podrán ser los siguientes:
a) Protocolo de actuación ante posibles casos de violencia de género dentro del
ámbito educativo.
b) Protocolo de actuación inmediata ante posibles situaciones de acoso escolar.
c) Protocolos de actuación ante situaciones de violencia entre diferentes miembros de
la comunidad educativa.
d) Protocolo de prevención e intervención ante matrimonios forzosos.
e) Protocolo para la prevención y actuación ante la mutilación genital femenina.
f) Otros protocolos que se determinen en función de la problemática existente.
18. Artículo 5. Formación en red a la comunidad educativa
2. Desde los centros educativos se potenciará y facilitará el encuentro del
alumnado, familias y docentes en jornadas compartidas de formación.
4. Los centros educativos facilitarán la creación, formación, seguimiento y
continuidad de estructuras de apoyo simétricas y asimétricas, tales como: a)
Alumnado ayudante. El alumnado ayudante es un sistema de ayuda entre
iguales, en el que, con la colaboración y supervisión del profesorado, se
constituye un grupo de alumnos voluntarios capaz de escuchar, acompañar y
ayudar a otros compañeros/as, constituyendo un equipo de ayuda que actúa con
supervisión y acompañamiento del profesorado.
b) Ciberayudantes. Esta figura amplía las funciones del Alumnado Ayudante,
adentrándose en el terreno de las redes sociales y las relaciones que el alumnado
establece a través de ellas. Los ciberayudantes contribuyen a sensibilizar a sus
compañeros/as en el buen uso de las redes sociales, informan sobre riesgos y
fraudes más habituales y les instruyen en la configuración correcta de las distintas
aplicaciones.
c) Hermano/a mayor. Esta figura consiste en la tutorización, por parte del
alumnado de cursos superiores de Educación Primaria y Secundaria, del
alumnado que inicia etapa. Colaboran en el programa de acogida del centro y
mantienen contacto, con el alumnado tutorizado, brindándoles apoyo y
manteniéndose a su disposición, especialmente durante el primer trimestre del
curso.
19. d) Alumnado mediador. La mediación consiste en un procedimiento estructurado de
resolución de conflictos, en el que una tercera persona ayuda a las dos partes
enfrentadas a encontrar por ellas mismas una solución. En el ámbito educativo esta
función suele se desempeñada por parejas de alumnos/as, previamente formados.
Actúan con la asistencia y supervisión de un equipo de mediación.
e) Tutorización individualizada o tutorías afectivas. La figura de la tutoría
individualizada refuerza y amplía la acción tutorial sobre el alumnado con dificultades
de integración en el grupo, con dificultades personales y/o en riesgo de fracaso
académico, especialmente en aquellos casos que presenten necesidad específica de
apoyo educativo. Un grupo voluntario de profesores y profesoras del centro realiza una
función de acompañamiento y tutorización individualizada, en coordinación con el
profesor/a tutor/a de grupo aula.
f) Alumnado por la igualdad de género. Esta figura amplia las funciones del
alumnado ayudante, colaborando en el desarrollo del Plan de Igualdad, en la
prevención de la violencia de género y la promoción de la igualdad de género.
g) Cualesquiera otras con evidencia científica de su utilidad, validez y garantía de éxito
de las actuaciones en materia de convivencia en las comunidades educativas.