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PRÁCTICA 2 A
LOMCE (ley orgánica para la mejora de la calidad educativa de 10
de diciembre de 2013)
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se modifica en los siguientes
términos:
Uno. Se añaden nuevos párrafos h bis) y q) al artículo 1 en los siguientes términos:
H bis) El reconocimiento del papel que corresponde a los padres, madres y tutores legales
como primeros responsables de la educación de sus hijos.
q) La libertad de enseñanza, que reconozca el derecho de los padres, madres y tutores
legales a elegir el tipo de educación y el centro para sus hijos, en el marco de los principios
constitucionales.»
Son los dos únicos apartados que se añaden respecto a la LOE, por lo demás no se cambia
nada, a continuación os presento el análisis sacado del documento oficial.
PRÁCTICAS DEL MÓDULO II DE EDUCACIÓN Y SOCIEDAD
Apellido, Nombre: Bustos Alcázar, José Antonio
Titulación: Grado de Maestro en Educación Primaria Grupo: A Curso académico: 2º
Autoevaluación Práctica I - Puntuación: __0.60________ (0,1 - 0,2 - 0,3... 0,75 ptos.
según corresponda)
Análisis sobre la tutoría y la participación de los padres en el marco legal (LOMCE,
LOE, Decretos de Currículo (Infantil y Primaria) y Ley de Educación de Castilla la
Mancha). Informe con el análisis y conclusiones.
 LOMCE ( Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa de 10 de dic. de
2013)
 LOE (LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación).
 Ley de Educación de Castilla-La Mancha 7/2010 de 20 de julio. (Título I
Comunidad Educativa. Capítulo III. Las familias. Título VI Factores de calidad de
la educación. Capítulo IV. La orientación educativa y profesional).
 Decretos de Currículo en Castilla-La Mancha (Ver Infantil o Primaria según
corresponda a la titulación que cursa).
Artículo 20. Tutores:
1. La tutoría y la orientación del alumnado formarán parte de la función docente y
serán competencia de todo el profesorado y coordinada a través del tutor.
2. La acción tutorial orientará el proceso educativo individual y colectivo de los
alumnos a través de su integración y participación en la vida del centro, el
seguimiento individualizado de su proceso de aprendizaje y la toma de decisiones
relacionadas con su evolución académica.
Artículo 21. Tutores:
1. Cada grupo de alumnos tendrán un tutor que será designado por el director a
propuesta del jefe de estudios. La tutoría recaerá preferentemente en el maestro
que imparta mayor número de horas lectivas semanales, a dicho grupo. Además
del anterior, en determinadas ocasiones, se podrá nombrar un tutor ayudante que
colaborará con el tutor en el desarrollo de sus funciones, de acuerdo con lo que se
establezca en las normas de organización y funcionamiento del centro.
2. El tutor permanecerá con su grupo de alumnos, al menos, durante el primer y
segundo curso de la etapa, salvo que exista causa justificada y motivada
expresamente. En todo caso, favorecerá la permanencia del mismo turo en los
cursos de 1º a 3º y de 4º a 6º.
3. El tutor coordinará el trabajo del equipo docente del grupo de alumnos tutorizados
y mantendrá una relación permanente y de mutua colaboración con sus familias.
Para ello establecerá a lo largo del curso escolar un número mínimo de tres
reuniones con el conjunto de pares del grupo, que podrá coordinar con las sesiones
de evaluación trimestrales y una individual con los padres de cada alumno.
4. Son funciones de los tutores:
 Participar en el desarrollo del Plan de acción tutorial y en las actividades
de orientación, bajo la coordinación del jefe de estudios y pudiendo contar
para ello, con la colaboración del orientador del centro.
 Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo.
 Atender las dificultades de aprendizaje de los alumnos, para proceder a la
educación personal del currículo.
 Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su
participación en las actividades del centro.
 Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades educativas.
 Colaborar con el orientador del centro en los términos que establezcan la
jefatura de estudios.
 Encauzar los problemas e inquietudes de los alumnos.
 Informar a los padres o tutores legales, en su caso, del alumno, a los
maestros y a los propios alumnos del grupo de todo aquello que les
concierna en relación con las actividades docentes y el rendimiento
académico.
 Facilitar la cooperación educativa entre los maestros y los padres de los
alumnos.
 Atender y cuidar a los alumnos, junto con el resto del profesorado del
centro, en los periodos del recreo y en las actividades no lectivas.
5. Los tutores serán coordinados por el jefe de estudios, manteniendo las reuniones
que sean precisas, con la finalidad de que la acción tutorial se desarrolle en las
condiciones adecuadas.
LOE (ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación).
Según la LOE, la educación se funda por cuatro apoyos fundamentales:
- Aprende a conocer.
- Aprender a aprender-aprender.
- Aprender a hacer.
- Aprender a vivir juntos y aprender a vivir.
-
LEY DE EDUCACIÓN DE CASTILLA-LA MANCHA 7/2010 de 20 de
julio. (Título I Comunidad Educativa. Capítulo III. Las familias. Título VI
Factores de calidad de la educación. Capítulo IV. La orientación educativa y
profesional).
Título I Comunidad Educativa. Capítulo III. Las familias.
Art. 22 El alumno como no constituye parte del proceso educativos, la comunidad
educativa y agentes básicos para la mejora de la educación.
Art.23 Los padres tienen derecho de elegir el modelo de educación de sus hijos de acuerdo
a sus ideales o convicciones. La consejería impulsará programas de orientación a las
familias para mejorar su papel como educadores, así también, pondrá a disposición de los
centros públicos los recursos necesarios para que el centro y los padres estén en contacto
por las vías electrónicas de comunicación.
Art.24 los padres o tutores tienen derecho a elegir el modelo de educación, e centro y la
religión de acuerdo con sus convicciones.
Art.25 los padres tienen la obligación de conocer y respetar el proyecto educativo y las
normas del centro, la colaboración con el profesorado y la contribución al desarrollo
educativo de sus hijos.
Título VI Factores de calidad de la educación. Capítulo IV. La orientación
educativa y profesional.
Art. 159 La finalidad del modelo de orientación de Castilla La Mancha es contribuir a la
educación integral del alumnado a través de la personalización del proceso educativo
refiriéndose a la adaptación de los procesos de enseñanza y aprendizaje, a su
singularidad y a la transición tanto entre las distintas etapas y niveles.
Art.160 Las características básicas de la orientación educativa son las siguientes:
 Proceso continuo, sistemático y articulado.
 Formar parte de la función docente e integrar todas las acciones realizadas desde
la tutoría y el asesoramiento especializado en un proceso en el que los
responsables de la orientación colaboran con el conjunto del profesorado.
 Contribuir al desarrollo en los centros docentes de medidas preventivas,
habilitadoras y compensadoras dirigidas al alumnado.
 Facilitar en el propio centro docente una atención profesional cercana y
contextualizada, extensiva al alumnado, las familias y el profesorado.
 Ser una acción coordinada de los distintos profesionales implicados, y abierta a
la cooperación con otros profesionales externos al sistema educativo.
 Contribuir al desarrollo de los planes estratégicos que persiguen la mejora del
éxito educativo y la reducción del abandono escolar temprano.
Art.161 Organización:
1. La orientación educativa y profesional se desarrolla mediante:
 La tutoría ejercida por el profesorado, en los centros docentes no
universitarios, para la atención al alumnado y sus familias y la
coordinación de los equipos docentes.
 El apoyo especializado a través de los profesionales y las estructuras
específicas de orientación en los centros docentes que forman parte del
servicio público educativo, y los profesionales adscritos, en su caso a la
red de formación en las zonas rurales.
 El asesoramiento externo a los centros docentes, a través de los
profesionales ubicados en la red de formación que la Consejería
competente en materia de educación determine.
2. El Consejo de Gobierno regulará el funcionamiento de la orientación en lo
referido a la organización interna de la misma, las estructuras y responsables, la
integración con las actividades de apoyo, la cooperación con otras actuaciones de
asesoramiento y la colaboración con el entorno para obtener la mejor atención
educativa.
DECRETOS DE CURRÍCULO EN CASTILLA LA MANCHA (Primaria)
El artículo 1.h.bis de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificado
por la Ley Orgánica 8/2013, del reconocimiento del papel que corresponde a los padres,
madres y tutores legales como primeros responsables de la educación de sus hijos.
La Educación Primaria marca el inicio de la escolarización obligatoria y va a establecer
las bases de todo el aprendizaje posterior. Por tanto, debe proveer a los alumnos de una
formación sólida que les capacite para aplicar de forma integrada los conocimientos
adquiridos y para afrontar con éxito la siguiente etapa de Educación Secundaria
Obligatoria. La educación básica que conforman ambas etapas, se entiende como aquella
que deben poseer todos los ciudadanos para ejercer de manera crítica, libre y responsable
su propia ciudadanía.
El enfoque competencial de los aprendizajes, el estímulo de la curiosidad, la cultura del
esfuerzo y la atención a la diversidad y, por tanto, a la individualidad del alumnado son
principios
Artículo 2. Principios generales.
1. La finalidad de la Educación Primaria es facilitar a los alumnos y alumnas los
aprendizajes de la expresión y comprensión oral, la lectura, la escritura, el cálculo, la
adquisición de nociones básicas de la cultura y el hábito de convivencia, así como los de
estudio y trabajo, el sentido artístico, la creatividad y la afectividad, con el fin de
garantizar una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de la personalidad
de los alumnos y alumnas y de prepararlos para cursar con aprovechamiento la Educación
Secundaria Obligatoria.
2. Los centros docentes se regirán en su organización y en el desarrollo del currículo, por
los principios de equidad, inclusión educativa, normalización y calidad de la enseñanza
para todo su alumnado.
3. La enseñanza en la etapa de Educación Primaria se basará en el enfoque del aprendizaje
por competencias, como complemento al tradicional aprendizaje de contenidos.
4. La programación y la práctica de la enseñanza en la Educación Primaria garantizarán
el carácter global e integrador de las áreas de conocimiento.
5. En esta etapa, se pondrá especial énfasis en la atención a la diversidad del alumnado,
en la atención individualizada, en la prevención de las dificultades de aprendizaje y en la
puesta en práctica de los mecanismos de refuerzo adecuados.
6. La acción educativa en esta etapa procurará la integración de las distintas experiencias
y aprendizajes del alumnado desde el punto de vista competencial. Se adaptará a sus
ritmos de trabajo, estilos de aprendizaje y necesidades específicas, con base en los
principios de la educación personalizada y la acción tutorial.
7. La práctica docente se basará en el principio de coordinación entre el profesorado que
imparte estas enseñanzas en el centro, con el profesorado de las etapas de Educación
Infantil y de Educación Secundaria Obligatoria, con el fin de salvar las diferencias
pedagógicas y organizativas y los desajustes que se puedan producir en el progreso
educativo o académico del alumnado.
8. En el desarrollo del currículo, los centros docentes realizarán un tratamiento transversal
o específico de los siguientes elementos: comprensión lectora y hábito de lectura,
expresión oral y escrita, comunicación audiovisual, tecnologías de la información y la
comunicación (en adelante, TIC), emprendimiento, actividad física, educación vial,
educación cívica y constitucional, y valores relativos a la libertad, justicia, paz e igualdad.
9. Se adoptarán medidas para que la actividad física y la dieta equilibrada formen parte
del comportamiento infantil, promoviendo la práctica diaria de deporte y ejercicio físico
por parte de los alumnos y alumnas durante la jornada escolar.
Art. 15 Participación de padres, madres y tutores legales en el proceso educativo.
Los padres, madres o tutores legales deberán participar y apoyar la evolución del proceso
educativo de sus hijos o tutelados; así como conocer las decisiones relativas a la
evaluación y promoción, y colaborar en las medidas de apoyo o refuerzo que adopten los
centros para facilitar su progreso educativo. Tendrán acceso a los documentos oficiales
de evaluación, a los exámenes y documentos de las evaluaciones que se realicen a sus
hijos o tutelados, y a otra documentación que, por su carácter educativo o de gestión
administrativa, deba figurar en su expediente académico.
PRÁCTICA 2 B
Tras el visionado del vídeo, se muestran los diferentes modelos comunicativos entre la
escuela y la familia, estos casos aparecen en tutorías individualizadas o entrevistas, donde
se tratan asuntos relacionados con el proceso de enseñanza-aprendizaje y las dificultades
que aparecen.
Se muestra con claridad que la convivencia entre familia y escuela a veces es complicada,
por ello, en estas tutorías se busca crear una colaboración mutua en un clima favorecedor,
donde la comunicación sea efectiva.
Al observar estos cortos, podemos afirmar que son dos modelos completamente distintos,
donde el interés se centra en el niño/a. El resultado por lo tanto es distinto, ya que la
conducta del profesor, hace que la comunicación fluya o se convierta en una discusión sin
llegar a un objetivo final concreto y sin solución alguna. Todo profesor debe estar
preparado para estas circunstancias, alguna vez en nuestra vida hemos de hacer frente a
estos problemas y a aquellos padres que no entran en razón donde sus hijos son unos
santos en su casa y en la escuela también creen que lo son. Es en este caso cuando
desaparece la comunicación, el profesor debe prepararse para este tipo de casos donde el
primer escalón debe hallarse en la comunicación. Es inviable, que una tutoría no conlleve
comunicación, si no existe esta, nunca llegaremos a fines concretos y deseables por ambas
partes. La comunicación y colaboración entre la escuela y la familia es vital e influyente
en la educación que se le transmite así como en el desarrollo académico del mismo. Como
padres, no se debe creer lo que ve en su casa, debe creer al profesor, que es el que pasa
también mayor tiempo en la escuela, no deben manipular las opiniones del maestro por
el concepto que tengan de su hijo, deben afrontar el problema y solucionarlo con los
medios necesario y la ayuda tanto del profesorado como del alumnado. Como maestros,
debemos tener en cuenta que es una tarea difícil, ya que muchos padres no llegan a
Tras el visionado del video: "la comunicación familia escuela", sobre la forma de
actuar en una tutoría con padres y al que se accede al principio del módulo, realiza
una breve síntesis de los elementos que aporta y una valoración crítica personal en
relación a la comunicación que se establece entre la familia y la escuela.
entender lo que el maestro le dice de su hijo, debemos ser cautos y cercanos a la familia
que necesite ayuda. Es posible que el rendimiento del niño se vea alterado por distintos
motivos, por ello hay que indagar para que el alumno salga adelante enfrentándose a sus
problemas y saliendo victorioso en cada uno de estos enfrentamientos.
En conclusión, debemos ser nosotros mismos, quitarnos los miedos y enfrentarnos a los
problemas que el niño pueda tener, colaborando con las familias y ofreciéndole los medios
necesarios posibles. Nuestro fin es que el alumno consiga sus metas y sea capaz de
adquirir los conocimientos que queremos transmitir, ya sean conceptuales, actitudinales
o procedimentales e incluso también los personales, importantes para su desarrollo y
crecimiento académico. Nuestro objetivo es llegar a acuerdos comprendiendo las
necesidades de los alumnos en cuestión donde los padres no sean nuestro peor enemigo,
sino el caso contrario de que sean nuestros mejores aliados.
PRÁCTICA 2 C
A día de hoy, la participación familiar en los centros educativos es muy baja, por
diferentes motivos. Debido a esto, tanto la administración pública como desde las aulas
es necesario un apoyo para que poco a poco se vayan estrechando los lazos de unión entre
estas dos instituciones. La colaboración entre los padres y el centro educativo de los hijos
no es sólo un medio para conocer y ayudar mejor al alumno, sino también un avance en
el saber pedagógico.
Algunas de las causas de la baja participación de los padres en los centros educativos, son
las siguientes:
 La baja representación otorgada a los padres y madres en los centros escolares
 El rechazo de muchos colegios a que la participación de los padres suponga un
obstáculo para el funcionamiento de los colegios.
 Los impedimentos en el ámbito laboral, social, etc., que tienen los padres y madres
de familia para poder asistir a las tutorías.
Una vez expuestas varias causas del bajo apoyo parental en aspectos educativos, se
presentan algunas alternativas para los padres, los que pueden participar de esta manera:
 Manifestando acuerdo o desacuerdo sobre la programación de Salidas, actividades
extraescolares, intercambios, etc. Igualmente colaborando en el desarrollo de las
mismas con los profesores
 Proponiendo la inclusión de algunas asignaturas como Ética o Religión.
 Proponiendo la mejora de instalaciones o de los servicios del centro que se estime
necesaria.
Éstos son algunos de los aspectos a mejorar para la inclusión de los padres en la educación
de sus hijos:
Causas de la baja participación de los padres en los centros educativos.
Propuestas y medidas de mejora para promover dicha participación.
 Modificar los hábitos de funcionamiento de los centros, que tienden a dificultar la
labor de las AMPAS y a menospreciar su participación en la gestión.
 Modificar la legislación laboral, para facilitar la participación de los padres en la
gestión de los centros educativos.
 Mejorar la formación de los padres como medida de responsabilidad en la función
educativa de sus hijos.
PRÁCTICA 2 D
Power Point: Jornadas Gastronómicas Escolares
Programación de una actividad con padres en formato de presentación audiovisual (ppt,
cuadernia, prezi,...). Tras la visión de los ejemplos que incluye la plataforma en relación
a actividades de participación de padres en aulas de educación infantil y primaria, se
propone la elaboración de una propuesta de intervención esporádica o sistemática para
informar, programar talleres, actividades o cualquier otra actuación donde docente y
padres tengan que trabajar de forma coordinada.
Presentación primer día tutoría con padres (tema caliente, visita por las aulas,
planteamiento de tutoría)

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Prácticas modulo ii. josé antonio bustos alcázar

  • 1. PRÁCTICA 2 A LOMCE (ley orgánica para la mejora de la calidad educativa de 10 de diciembre de 2013) La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se modifica en los siguientes términos: Uno. Se añaden nuevos párrafos h bis) y q) al artículo 1 en los siguientes términos: H bis) El reconocimiento del papel que corresponde a los padres, madres y tutores legales como primeros responsables de la educación de sus hijos. q) La libertad de enseñanza, que reconozca el derecho de los padres, madres y tutores legales a elegir el tipo de educación y el centro para sus hijos, en el marco de los principios constitucionales.» Son los dos únicos apartados que se añaden respecto a la LOE, por lo demás no se cambia nada, a continuación os presento el análisis sacado del documento oficial. PRÁCTICAS DEL MÓDULO II DE EDUCACIÓN Y SOCIEDAD Apellido, Nombre: Bustos Alcázar, José Antonio Titulación: Grado de Maestro en Educación Primaria Grupo: A Curso académico: 2º Autoevaluación Práctica I - Puntuación: __0.60________ (0,1 - 0,2 - 0,3... 0,75 ptos. según corresponda) Análisis sobre la tutoría y la participación de los padres en el marco legal (LOMCE, LOE, Decretos de Currículo (Infantil y Primaria) y Ley de Educación de Castilla la Mancha). Informe con el análisis y conclusiones.  LOMCE ( Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa de 10 de dic. de 2013)  LOE (LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación).  Ley de Educación de Castilla-La Mancha 7/2010 de 20 de julio. (Título I Comunidad Educativa. Capítulo III. Las familias. Título VI Factores de calidad de la educación. Capítulo IV. La orientación educativa y profesional).  Decretos de Currículo en Castilla-La Mancha (Ver Infantil o Primaria según corresponda a la titulación que cursa).
  • 2. Artículo 20. Tutores: 1. La tutoría y la orientación del alumnado formarán parte de la función docente y serán competencia de todo el profesorado y coordinada a través del tutor. 2. La acción tutorial orientará el proceso educativo individual y colectivo de los alumnos a través de su integración y participación en la vida del centro, el seguimiento individualizado de su proceso de aprendizaje y la toma de decisiones relacionadas con su evolución académica. Artículo 21. Tutores: 1. Cada grupo de alumnos tendrán un tutor que será designado por el director a propuesta del jefe de estudios. La tutoría recaerá preferentemente en el maestro que imparta mayor número de horas lectivas semanales, a dicho grupo. Además del anterior, en determinadas ocasiones, se podrá nombrar un tutor ayudante que colaborará con el tutor en el desarrollo de sus funciones, de acuerdo con lo que se establezca en las normas de organización y funcionamiento del centro. 2. El tutor permanecerá con su grupo de alumnos, al menos, durante el primer y segundo curso de la etapa, salvo que exista causa justificada y motivada expresamente. En todo caso, favorecerá la permanencia del mismo turo en los cursos de 1º a 3º y de 4º a 6º. 3. El tutor coordinará el trabajo del equipo docente del grupo de alumnos tutorizados y mantendrá una relación permanente y de mutua colaboración con sus familias. Para ello establecerá a lo largo del curso escolar un número mínimo de tres reuniones con el conjunto de pares del grupo, que podrá coordinar con las sesiones de evaluación trimestrales y una individual con los padres de cada alumno. 4. Son funciones de los tutores:  Participar en el desarrollo del Plan de acción tutorial y en las actividades de orientación, bajo la coordinación del jefe de estudios y pudiendo contar para ello, con la colaboración del orientador del centro.  Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo.  Atender las dificultades de aprendizaje de los alumnos, para proceder a la educación personal del currículo.  Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su participación en las actividades del centro.  Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades educativas.
  • 3.  Colaborar con el orientador del centro en los términos que establezcan la jefatura de estudios.  Encauzar los problemas e inquietudes de los alumnos.  Informar a los padres o tutores legales, en su caso, del alumno, a los maestros y a los propios alumnos del grupo de todo aquello que les concierna en relación con las actividades docentes y el rendimiento académico.  Facilitar la cooperación educativa entre los maestros y los padres de los alumnos.  Atender y cuidar a los alumnos, junto con el resto del profesorado del centro, en los periodos del recreo y en las actividades no lectivas. 5. Los tutores serán coordinados por el jefe de estudios, manteniendo las reuniones que sean precisas, con la finalidad de que la acción tutorial se desarrolle en las condiciones adecuadas. LOE (ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación). Según la LOE, la educación se funda por cuatro apoyos fundamentales: - Aprende a conocer. - Aprender a aprender-aprender. - Aprender a hacer. - Aprender a vivir juntos y aprender a vivir. - LEY DE EDUCACIÓN DE CASTILLA-LA MANCHA 7/2010 de 20 de julio. (Título I Comunidad Educativa. Capítulo III. Las familias. Título VI Factores de calidad de la educación. Capítulo IV. La orientación educativa y profesional). Título I Comunidad Educativa. Capítulo III. Las familias.
  • 4. Art. 22 El alumno como no constituye parte del proceso educativos, la comunidad educativa y agentes básicos para la mejora de la educación. Art.23 Los padres tienen derecho de elegir el modelo de educación de sus hijos de acuerdo a sus ideales o convicciones. La consejería impulsará programas de orientación a las familias para mejorar su papel como educadores, así también, pondrá a disposición de los centros públicos los recursos necesarios para que el centro y los padres estén en contacto por las vías electrónicas de comunicación. Art.24 los padres o tutores tienen derecho a elegir el modelo de educación, e centro y la religión de acuerdo con sus convicciones. Art.25 los padres tienen la obligación de conocer y respetar el proyecto educativo y las normas del centro, la colaboración con el profesorado y la contribución al desarrollo educativo de sus hijos. Título VI Factores de calidad de la educación. Capítulo IV. La orientación educativa y profesional. Art. 159 La finalidad del modelo de orientación de Castilla La Mancha es contribuir a la educación integral del alumnado a través de la personalización del proceso educativo refiriéndose a la adaptación de los procesos de enseñanza y aprendizaje, a su singularidad y a la transición tanto entre las distintas etapas y niveles. Art.160 Las características básicas de la orientación educativa son las siguientes:  Proceso continuo, sistemático y articulado.  Formar parte de la función docente e integrar todas las acciones realizadas desde la tutoría y el asesoramiento especializado en un proceso en el que los responsables de la orientación colaboran con el conjunto del profesorado.  Contribuir al desarrollo en los centros docentes de medidas preventivas, habilitadoras y compensadoras dirigidas al alumnado.  Facilitar en el propio centro docente una atención profesional cercana y contextualizada, extensiva al alumnado, las familias y el profesorado.
  • 5.  Ser una acción coordinada de los distintos profesionales implicados, y abierta a la cooperación con otros profesionales externos al sistema educativo.  Contribuir al desarrollo de los planes estratégicos que persiguen la mejora del éxito educativo y la reducción del abandono escolar temprano. Art.161 Organización: 1. La orientación educativa y profesional se desarrolla mediante:  La tutoría ejercida por el profesorado, en los centros docentes no universitarios, para la atención al alumnado y sus familias y la coordinación de los equipos docentes.  El apoyo especializado a través de los profesionales y las estructuras específicas de orientación en los centros docentes que forman parte del servicio público educativo, y los profesionales adscritos, en su caso a la red de formación en las zonas rurales.  El asesoramiento externo a los centros docentes, a través de los profesionales ubicados en la red de formación que la Consejería competente en materia de educación determine. 2. El Consejo de Gobierno regulará el funcionamiento de la orientación en lo referido a la organización interna de la misma, las estructuras y responsables, la integración con las actividades de apoyo, la cooperación con otras actuaciones de asesoramiento y la colaboración con el entorno para obtener la mejor atención educativa. DECRETOS DE CURRÍCULO EN CASTILLA LA MANCHA (Primaria) El artículo 1.h.bis de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificado por la Ley Orgánica 8/2013, del reconocimiento del papel que corresponde a los padres, madres y tutores legales como primeros responsables de la educación de sus hijos. La Educación Primaria marca el inicio de la escolarización obligatoria y va a establecer las bases de todo el aprendizaje posterior. Por tanto, debe proveer a los alumnos de una
  • 6. formación sólida que les capacite para aplicar de forma integrada los conocimientos adquiridos y para afrontar con éxito la siguiente etapa de Educación Secundaria Obligatoria. La educación básica que conforman ambas etapas, se entiende como aquella que deben poseer todos los ciudadanos para ejercer de manera crítica, libre y responsable su propia ciudadanía. El enfoque competencial de los aprendizajes, el estímulo de la curiosidad, la cultura del esfuerzo y la atención a la diversidad y, por tanto, a la individualidad del alumnado son principios Artículo 2. Principios generales. 1. La finalidad de la Educación Primaria es facilitar a los alumnos y alumnas los aprendizajes de la expresión y comprensión oral, la lectura, la escritura, el cálculo, la adquisición de nociones básicas de la cultura y el hábito de convivencia, así como los de estudio y trabajo, el sentido artístico, la creatividad y la afectividad, con el fin de garantizar una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de la personalidad de los alumnos y alumnas y de prepararlos para cursar con aprovechamiento la Educación Secundaria Obligatoria. 2. Los centros docentes se regirán en su organización y en el desarrollo del currículo, por los principios de equidad, inclusión educativa, normalización y calidad de la enseñanza para todo su alumnado. 3. La enseñanza en la etapa de Educación Primaria se basará en el enfoque del aprendizaje por competencias, como complemento al tradicional aprendizaje de contenidos. 4. La programación y la práctica de la enseñanza en la Educación Primaria garantizarán el carácter global e integrador de las áreas de conocimiento. 5. En esta etapa, se pondrá especial énfasis en la atención a la diversidad del alumnado, en la atención individualizada, en la prevención de las dificultades de aprendizaje y en la puesta en práctica de los mecanismos de refuerzo adecuados.
  • 7. 6. La acción educativa en esta etapa procurará la integración de las distintas experiencias y aprendizajes del alumnado desde el punto de vista competencial. Se adaptará a sus ritmos de trabajo, estilos de aprendizaje y necesidades específicas, con base en los principios de la educación personalizada y la acción tutorial. 7. La práctica docente se basará en el principio de coordinación entre el profesorado que imparte estas enseñanzas en el centro, con el profesorado de las etapas de Educación Infantil y de Educación Secundaria Obligatoria, con el fin de salvar las diferencias pedagógicas y organizativas y los desajustes que se puedan producir en el progreso educativo o académico del alumnado. 8. En el desarrollo del currículo, los centros docentes realizarán un tratamiento transversal o específico de los siguientes elementos: comprensión lectora y hábito de lectura, expresión oral y escrita, comunicación audiovisual, tecnologías de la información y la comunicación (en adelante, TIC), emprendimiento, actividad física, educación vial, educación cívica y constitucional, y valores relativos a la libertad, justicia, paz e igualdad. 9. Se adoptarán medidas para que la actividad física y la dieta equilibrada formen parte del comportamiento infantil, promoviendo la práctica diaria de deporte y ejercicio físico por parte de los alumnos y alumnas durante la jornada escolar. Art. 15 Participación de padres, madres y tutores legales en el proceso educativo. Los padres, madres o tutores legales deberán participar y apoyar la evolución del proceso educativo de sus hijos o tutelados; así como conocer las decisiones relativas a la evaluación y promoción, y colaborar en las medidas de apoyo o refuerzo que adopten los centros para facilitar su progreso educativo. Tendrán acceso a los documentos oficiales de evaluación, a los exámenes y documentos de las evaluaciones que se realicen a sus hijos o tutelados, y a otra documentación que, por su carácter educativo o de gestión administrativa, deba figurar en su expediente académico.
  • 8. PRÁCTICA 2 B Tras el visionado del vídeo, se muestran los diferentes modelos comunicativos entre la escuela y la familia, estos casos aparecen en tutorías individualizadas o entrevistas, donde se tratan asuntos relacionados con el proceso de enseñanza-aprendizaje y las dificultades que aparecen. Se muestra con claridad que la convivencia entre familia y escuela a veces es complicada, por ello, en estas tutorías se busca crear una colaboración mutua en un clima favorecedor, donde la comunicación sea efectiva. Al observar estos cortos, podemos afirmar que son dos modelos completamente distintos, donde el interés se centra en el niño/a. El resultado por lo tanto es distinto, ya que la conducta del profesor, hace que la comunicación fluya o se convierta en una discusión sin llegar a un objetivo final concreto y sin solución alguna. Todo profesor debe estar preparado para estas circunstancias, alguna vez en nuestra vida hemos de hacer frente a estos problemas y a aquellos padres que no entran en razón donde sus hijos son unos santos en su casa y en la escuela también creen que lo son. Es en este caso cuando desaparece la comunicación, el profesor debe prepararse para este tipo de casos donde el primer escalón debe hallarse en la comunicación. Es inviable, que una tutoría no conlleve comunicación, si no existe esta, nunca llegaremos a fines concretos y deseables por ambas partes. La comunicación y colaboración entre la escuela y la familia es vital e influyente en la educación que se le transmite así como en el desarrollo académico del mismo. Como padres, no se debe creer lo que ve en su casa, debe creer al profesor, que es el que pasa también mayor tiempo en la escuela, no deben manipular las opiniones del maestro por el concepto que tengan de su hijo, deben afrontar el problema y solucionarlo con los medios necesario y la ayuda tanto del profesorado como del alumnado. Como maestros, debemos tener en cuenta que es una tarea difícil, ya que muchos padres no llegan a Tras el visionado del video: "la comunicación familia escuela", sobre la forma de actuar en una tutoría con padres y al que se accede al principio del módulo, realiza una breve síntesis de los elementos que aporta y una valoración crítica personal en relación a la comunicación que se establece entre la familia y la escuela.
  • 9. entender lo que el maestro le dice de su hijo, debemos ser cautos y cercanos a la familia que necesite ayuda. Es posible que el rendimiento del niño se vea alterado por distintos motivos, por ello hay que indagar para que el alumno salga adelante enfrentándose a sus problemas y saliendo victorioso en cada uno de estos enfrentamientos. En conclusión, debemos ser nosotros mismos, quitarnos los miedos y enfrentarnos a los problemas que el niño pueda tener, colaborando con las familias y ofreciéndole los medios necesarios posibles. Nuestro fin es que el alumno consiga sus metas y sea capaz de adquirir los conocimientos que queremos transmitir, ya sean conceptuales, actitudinales o procedimentales e incluso también los personales, importantes para su desarrollo y crecimiento académico. Nuestro objetivo es llegar a acuerdos comprendiendo las necesidades de los alumnos en cuestión donde los padres no sean nuestro peor enemigo, sino el caso contrario de que sean nuestros mejores aliados.
  • 10. PRÁCTICA 2 C A día de hoy, la participación familiar en los centros educativos es muy baja, por diferentes motivos. Debido a esto, tanto la administración pública como desde las aulas es necesario un apoyo para que poco a poco se vayan estrechando los lazos de unión entre estas dos instituciones. La colaboración entre los padres y el centro educativo de los hijos no es sólo un medio para conocer y ayudar mejor al alumno, sino también un avance en el saber pedagógico. Algunas de las causas de la baja participación de los padres en los centros educativos, son las siguientes:  La baja representación otorgada a los padres y madres en los centros escolares  El rechazo de muchos colegios a que la participación de los padres suponga un obstáculo para el funcionamiento de los colegios.  Los impedimentos en el ámbito laboral, social, etc., que tienen los padres y madres de familia para poder asistir a las tutorías. Una vez expuestas varias causas del bajo apoyo parental en aspectos educativos, se presentan algunas alternativas para los padres, los que pueden participar de esta manera:  Manifestando acuerdo o desacuerdo sobre la programación de Salidas, actividades extraescolares, intercambios, etc. Igualmente colaborando en el desarrollo de las mismas con los profesores  Proponiendo la inclusión de algunas asignaturas como Ética o Religión.  Proponiendo la mejora de instalaciones o de los servicios del centro que se estime necesaria. Éstos son algunos de los aspectos a mejorar para la inclusión de los padres en la educación de sus hijos: Causas de la baja participación de los padres en los centros educativos. Propuestas y medidas de mejora para promover dicha participación.
  • 11.  Modificar los hábitos de funcionamiento de los centros, que tienden a dificultar la labor de las AMPAS y a menospreciar su participación en la gestión.  Modificar la legislación laboral, para facilitar la participación de los padres en la gestión de los centros educativos.  Mejorar la formación de los padres como medida de responsabilidad en la función educativa de sus hijos.
  • 12. PRÁCTICA 2 D Power Point: Jornadas Gastronómicas Escolares Programación de una actividad con padres en formato de presentación audiovisual (ppt, cuadernia, prezi,...). Tras la visión de los ejemplos que incluye la plataforma en relación a actividades de participación de padres en aulas de educación infantil y primaria, se propone la elaboración de una propuesta de intervención esporádica o sistemática para informar, programar talleres, actividades o cualquier otra actuación donde docente y padres tengan que trabajar de forma coordinada. Presentación primer día tutoría con padres (tema caliente, visita por las aulas, planteamiento de tutoría)