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Comité de Empresa y Sección Sindical de CC.OO
TUS PREGUNTAS MAS FRECUENTES
1.    ¿Quién tiene derecho a la reducción.?
2.    Tu nuevo horario.
3.    ¿Cuánto dinero se pierde?
4.    ¿Cómo afecta la reducción de jornada en caso de solicitar alguna prestación?
5.    ¿Debo informar a la Seguridad Social, cuando reduzca jornada y el motivo por el que lo solicito?
6.    ¿Cuánto dura?
7.    ¿Qué tengo que justificar para solicitarla?
8.    ¿Qué hago si la empresa se niega o no contesta?
9.    En que consiste la protección anti-despido.
10.   Modelo de reducción de jornada



                    Comité de Empresa y Sección Sindical de CC.OO
Tienes derecho si tienes un hijo natural o adoptado,
menor de 8 años, o bien estás al cuidado de un familiar
enfermo de cualquier edad (padres, abuelos,
hermanos, hijos o nietos) tuyo o de tu pareja (casados
o de hecho).
Los dos miembros de la pareja podéis reducir la
jornada, e incluso poneros el mismo horario, no es
necesario que tú trabajes cuando libre tu pareja y
viceversa
Las normas internas (de la empresa) que limiten este
derecho no tendrán ningún tipo de validez …




                Comité de Empresa y Sección Sindical de CC.OO
Eres tú quien decide cuál va a ser tu nuevo horario
            de trabajo. No es una decisión que necesite el
            mutuo acuerdo con la empresa. Puedes reducir
            entre un 12,5% y un 50% de tu jornada, es decir
            entre la octava parte y la mitad
            Puedes escoger tu nuevo horario con total libertad
            siempre que esté dentro de tu jornada habitual. Te
            puedes quitar días completos (por ejemplo los
            sábados) o bien horas de cada día o bien una
            mezcla. Como tú quieras.
            La empresa no puede modificarte nunca el horario
            que te pongas, pero tú si te lo puedes hacer
            cuantas veces consideres necesario, presentando
            una nueva comunicación.
            La vuelta a la jornada completa hay que pre-avisar
            la por escrito con 15 días de antelación.


Comité de Empresa y Sección Sindical de CC.OO
Todos los conceptos de la nómina se reducen en el mismo porcentaje
que te reduzcas la jornada, excepto los que no dependen del numero
de horas trabajadas según el convenio.

En nuestro caso, no corresponderá la reducción del plus de transporte
pero si la del salario base y el plus de antigüedad.




               Comité de Empresa y Sección Sindical de CC.OO
Durante los dos primeros años de reducción por
         cuidado de hijo mantienes el 100% de lo que
         cobrarías en caso de jubilación, incapacidad
         permanente, muerte y supervivencia, maternidad y
         paternidad.
         En cuanto al paro, cobrarías lo mismo que si no te
         hubieras reducido la jornada.
         En cuanto a las indemnizaciones por despido,
         rescisión o finalización de contrato, se calcularán
         como si no estuvieras en reducción de jornada.
         Pero el despido improcedente es nulo estando en
         reducción.
         Si es reducción por cuidado de familiar, todas estas
         mejoras se mantienen sólo durante el primer año.
Comité de Empresa y Sección Sindical de CC.OO
Lo normal es que la Empresa comunique a la Seguridad Social cuando un trabajador solicita
una reducción de jornada por cuidado de hijo o familiar. Si esto se hace correctamente en tu
informe de vida laboral, debe aparecer una baja y un alta inmediata, que ha de coincidir con
el día del comienzo de la reducción de jornada.
No obstante es MUY IMPORTANTE QUE CONSERVES TU CARTA DE ACUERDO DE
REDUCCION DE JORNADA y que en ésta figure que el motivo de la reducción es por cuidado
de hijo o familiar, ya que con ella acreditas cual es tu situación real, independientemente de
que la empresa haya realizado bien o no su trabajo. Lamentablemente este es el único
documento que podrás aportar que demuestre tu situación, las Nóminas que se elaboran
en MBNA no sirven como prueba, porque en ninguna de ellas se especifica que el
trabajador tenga reducción de jornada, el motivo de la reducción o el porcentaje de ésta. Lo
que supone un grave perjuicio para el trabajador.
En varias ocasiones hemos solicitado que se modifique este punto, pero parece ser que la
Empresa no lo considera importante, ya que a pesar de saber que las nóminas son erróneas
no han modificado nada.




                    Comité de Empresa y Sección Sindical de CC.OO
Simplemente tienes que entregar un comunicado a
RR.HH en el que informes que quieres disfrutar de
este derecho.
Te pueden pedir que entregues una fotocopia del
libro de familia (para demostrar la relación de
paternidad o parentesco) y un informe médico en
caso de reducción por cuidado de familiar.
Estos justificantes entrégalos posteriormente al
comunicado y sólo si la empresa te los requiere.
No tienes que justificar que necesites la reducción,
ni tampoco probar el horario de tu pareja, ni el
horario escolar o de guardería del niño, aunque la
empresa te lo pida por escrito.
La empresa no puede pedir nada más, porque la
reducción es un derecho, no una concesión del
empresario. No puede oponerse alegando que
hacemos más falta a jornada completa…
                 Comité de Empresa y Sección Sindical de CC.OO
Si no contestan en el plazo que indiquemos en el
comunicado, lo más prudente es demandar a la empresa.
Tendrías 20 días de plazo desde que te comunicaron la
negativa o bien desde que se acabó el plazo de contestación
que les diste en tu comunicado.

      Si el horario que escogiste está dentro de tu horario
anterior es muy probable que ganes.




         Comité de Empresa y Sección Sindical de CC.OO
El artículo 55.5.b del Estatuto de los Trabajadores dice que será nulo el
despido improcedente de un trabajador que haya solicitado o esté
disfrutando de la reducción de jornada. Por tanto, si te despiden
estando en reducción o habiéndola solicitado, les demandas por despido
nulo. Si ganas conseguirás la readmisión, con lo que te reincorporaras a
tu puesto de trabajo
La protección estará vigente desde el mismo momento en que entregues
tu comunicado.
Si el despido es disciplinario procedente te verás en la calle sin cobrar
indemnización, pero sí finiquito y derecho a paro. Pero un despido
procedente es por causa justificada, que sea demostrable, que sea una
falta muy grave estipulada en el convenio, que antes haya habido
sanciones..., es muy difícil muy difícil demostrar un despido procedente
si cumples con tu trabajo.




              Comité de Empresa y Sección Sindical de CC.OO
Un comunicado de reducción de jornada hay que
 hacerlo bien, cada caso es diferente, te recomendamos
 que realices una comunicación según tus circunstancias
 personales y laborales, no obstante a través de nuestro
 blog puedes acceder a una carta modelo.

http://opinadebankofamerica-mbna.blogspot.com/




            Comité de Empresa y Sección Sindical de CC.OO

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Preguntas Sobre La Reduccion De Jornada

  • 1. Comité de Empresa y Sección Sindical de CC.OO
  • 2. TUS PREGUNTAS MAS FRECUENTES 1. ¿Quién tiene derecho a la reducción.? 2. Tu nuevo horario. 3. ¿Cuánto dinero se pierde? 4. ¿Cómo afecta la reducción de jornada en caso de solicitar alguna prestación? 5. ¿Debo informar a la Seguridad Social, cuando reduzca jornada y el motivo por el que lo solicito? 6. ¿Cuánto dura? 7. ¿Qué tengo que justificar para solicitarla? 8. ¿Qué hago si la empresa se niega o no contesta? 9. En que consiste la protección anti-despido. 10. Modelo de reducción de jornada Comité de Empresa y Sección Sindical de CC.OO
  • 3. Tienes derecho si tienes un hijo natural o adoptado, menor de 8 años, o bien estás al cuidado de un familiar enfermo de cualquier edad (padres, abuelos, hermanos, hijos o nietos) tuyo o de tu pareja (casados o de hecho). Los dos miembros de la pareja podéis reducir la jornada, e incluso poneros el mismo horario, no es necesario que tú trabajes cuando libre tu pareja y viceversa Las normas internas (de la empresa) que limiten este derecho no tendrán ningún tipo de validez … Comité de Empresa y Sección Sindical de CC.OO
  • 4. Eres tú quien decide cuál va a ser tu nuevo horario de trabajo. No es una decisión que necesite el mutuo acuerdo con la empresa. Puedes reducir entre un 12,5% y un 50% de tu jornada, es decir entre la octava parte y la mitad Puedes escoger tu nuevo horario con total libertad siempre que esté dentro de tu jornada habitual. Te puedes quitar días completos (por ejemplo los sábados) o bien horas de cada día o bien una mezcla. Como tú quieras. La empresa no puede modificarte nunca el horario que te pongas, pero tú si te lo puedes hacer cuantas veces consideres necesario, presentando una nueva comunicación. La vuelta a la jornada completa hay que pre-avisar la por escrito con 15 días de antelación. Comité de Empresa y Sección Sindical de CC.OO
  • 5. Todos los conceptos de la nómina se reducen en el mismo porcentaje que te reduzcas la jornada, excepto los que no dependen del numero de horas trabajadas según el convenio. En nuestro caso, no corresponderá la reducción del plus de transporte pero si la del salario base y el plus de antigüedad. Comité de Empresa y Sección Sindical de CC.OO
  • 6. Durante los dos primeros años de reducción por cuidado de hijo mantienes el 100% de lo que cobrarías en caso de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad. En cuanto al paro, cobrarías lo mismo que si no te hubieras reducido la jornada. En cuanto a las indemnizaciones por despido, rescisión o finalización de contrato, se calcularán como si no estuvieras en reducción de jornada. Pero el despido improcedente es nulo estando en reducción. Si es reducción por cuidado de familiar, todas estas mejoras se mantienen sólo durante el primer año. Comité de Empresa y Sección Sindical de CC.OO
  • 7. Lo normal es que la Empresa comunique a la Seguridad Social cuando un trabajador solicita una reducción de jornada por cuidado de hijo o familiar. Si esto se hace correctamente en tu informe de vida laboral, debe aparecer una baja y un alta inmediata, que ha de coincidir con el día del comienzo de la reducción de jornada. No obstante es MUY IMPORTANTE QUE CONSERVES TU CARTA DE ACUERDO DE REDUCCION DE JORNADA y que en ésta figure que el motivo de la reducción es por cuidado de hijo o familiar, ya que con ella acreditas cual es tu situación real, independientemente de que la empresa haya realizado bien o no su trabajo. Lamentablemente este es el único documento que podrás aportar que demuestre tu situación, las Nóminas que se elaboran en MBNA no sirven como prueba, porque en ninguna de ellas se especifica que el trabajador tenga reducción de jornada, el motivo de la reducción o el porcentaje de ésta. Lo que supone un grave perjuicio para el trabajador. En varias ocasiones hemos solicitado que se modifique este punto, pero parece ser que la Empresa no lo considera importante, ya que a pesar de saber que las nóminas son erróneas no han modificado nada. Comité de Empresa y Sección Sindical de CC.OO
  • 8. Simplemente tienes que entregar un comunicado a RR.HH en el que informes que quieres disfrutar de este derecho. Te pueden pedir que entregues una fotocopia del libro de familia (para demostrar la relación de paternidad o parentesco) y un informe médico en caso de reducción por cuidado de familiar. Estos justificantes entrégalos posteriormente al comunicado y sólo si la empresa te los requiere. No tienes que justificar que necesites la reducción, ni tampoco probar el horario de tu pareja, ni el horario escolar o de guardería del niño, aunque la empresa te lo pida por escrito. La empresa no puede pedir nada más, porque la reducción es un derecho, no una concesión del empresario. No puede oponerse alegando que hacemos más falta a jornada completa… Comité de Empresa y Sección Sindical de CC.OO
  • 9. Si no contestan en el plazo que indiquemos en el comunicado, lo más prudente es demandar a la empresa. Tendrías 20 días de plazo desde que te comunicaron la negativa o bien desde que se acabó el plazo de contestación que les diste en tu comunicado. Si el horario que escogiste está dentro de tu horario anterior es muy probable que ganes. Comité de Empresa y Sección Sindical de CC.OO
  • 10. El artículo 55.5.b del Estatuto de los Trabajadores dice que será nulo el despido improcedente de un trabajador que haya solicitado o esté disfrutando de la reducción de jornada. Por tanto, si te despiden estando en reducción o habiéndola solicitado, les demandas por despido nulo. Si ganas conseguirás la readmisión, con lo que te reincorporaras a tu puesto de trabajo La protección estará vigente desde el mismo momento en que entregues tu comunicado. Si el despido es disciplinario procedente te verás en la calle sin cobrar indemnización, pero sí finiquito y derecho a paro. Pero un despido procedente es por causa justificada, que sea demostrable, que sea una falta muy grave estipulada en el convenio, que antes haya habido sanciones..., es muy difícil muy difícil demostrar un despido procedente si cumples con tu trabajo. Comité de Empresa y Sección Sindical de CC.OO
  • 11. Un comunicado de reducción de jornada hay que hacerlo bien, cada caso es diferente, te recomendamos que realices una comunicación según tus circunstancias personales y laborales, no obstante a través de nuestro blog puedes acceder a una carta modelo. http://opinadebankofamerica-mbna.blogspot.com/ Comité de Empresa y Sección Sindical de CC.OO