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Propiedad intelectual en colombia
1. PROPIEDAD INTELECTUAL EN COLOMBIA
MARIA CAMILA OLARTE ANAYA
11-2
INFORMATICA - TECNOLOGIA
INSTITUTO MADRE DEL BUEN CONSEJO
2018
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2. PROPIEDAD INTELECTUAL EN COLOMBIA
La Propiedad Intelectual puede definirse como “el marco de diferentes sistemas normativos
que tienen por objetivo la protección de bienes inmateriales, de naturaleza intelectual, así
como de sus actividades afines o conexas”
La propiedad intelectual se divide en dos categorías:
La propiedad industrial: Que comprende las invenciones o patentes, los modelos
de utilidad, diseño industriales, marcas, los nombres comerciales, las indicaciones
geográficas, los trazos de sistemas integrales y la transferencia de tecnologías.
El derecho de autor y conexos: Que incluyen obras literarias, tales como los libros,
poemas, películas, programas de ordenador, música; obras artísticas, dibujos,
pinturas, fotografías, esculturas y diseños arquitectónicos.
QUIENES SE CONSIDERAN TITULARES DE LOS DERECHOS DE AUTOR
El autor de su obra.
El artista, intérprete o ejecutante, sobre su interpretación.
El productor sobre su fonograma.
El organismo de radio función sobre su emisión
MARCO NORMATIVO
Constitución Política, Art. 61
Decisión Andina 351 de 1993.
Ley 23 de 1982.
Ley 44 de 1993.
Ley 1450 de 2011
Decretos Reglamentarios. (D. 1066 de 2015 etc.)
Tratados Internacionales. (Convenio de Berna)
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3. Los derechos conexos: son aquellos que otorgan protección a quienes, sin ser autores,
contribuyen con creatividad, técnica u organización, en el proceso de poner a disposición
del público una obra.
Los derechos patrimoniales: Son prerrogativas de
naturaleza económico -patrimonial, con carácter
exclusivo, que permiten a su titular controlar los
distintos actos de explotación de que la obra puede ser
objeto.
Los derechos morales: son derechos personalísimos,
a través de los cuales se busca salvaguardar el
vínculo que se genera entre el autor y su obra, en
tanto ésta constituye la expresión de su personalidad
CRITERIOS DE PROTECCIÓN:
No protección de ideas: La protección del derecho de autor abarcará las
expresiones pero no las ideas, procedimiento, métodos de operación o conceptos
matemáticos en sí.
Originalidad: Se refiere a todas las creaciones del ingenio humano que no son
copias o imitaciones de otras; es la individualidad o huella que el autor le imprime a
la obra.
Independencia del mérito o la destinación: La protección que confiere el derecho
de autor es independiente a su mérito y a la finalidad que la obra pueda tener.
Ausencia de formalidades: La protección del derecho de autor sobre las obras nace
desde el mismo momento de su creación, sin que para ello requiera cumplir con
formalidad jurídica alguna, otorgándoles una serie de beneficios a las personas
físicas que las crean, conocidas como autores.
TERMINO DE PROTECCIÓN: El término de protección es de la vida del autor más
ochenta (80) años después de la muerte del autor. Cuando una persona jurídica es titular de
los derechos, el término de protección es de cincuenta (50) años desde su publicación.
“Gracias a la propiedad intelectual todas nuestras obras y
creaciones estarán protegidas por normas y leyes, así evitando la
alteración y violación de las mismas”
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4. CIBERGRAFIA
Susana Aljure (2017) El Derecho de Autor en el Ámbito Educativo.
Tomado de: http://blogs.konradlorenz.edu.co/files/derecho-de-autor-en-el-ambito-
educativo.pdf
Liss Vega (julio 5, 2017) Protección a la Propiedad Intelectual.
Tomado de: https://datospdf.com/download/proteccion-a-la-propiedad-intelectual-
_5a45113eb7d7bc422ba8624b_pdf
SENA (enero, 2014) Guía de Propiedad Intelectual y Transferencia de Tecnología.
Tomado de: http://www.sena.edu.co/es-
co/formacion/sennova/Propiedad%20Intelectual.pdf
Facultad de Derecho (2017) Master en Propiedad Intelectual y Nuevas Tecnologías.
Tomado de: http://www.uam.es/Derecho/MasterPropIntelec/1242658864999.htm
IMÁGENES:
Asociación Colombiana de la Propiedad Intelectual (2013).
Tomado de: http://acpi.org.co/
Marco Normativo General.
Tomado de: http://recursos.ccb.org.co/ccb/pot/PC/files/1MarcoGeneral.html
Comunidad Jurídica de Conocimiento (2016) Los Derechos de Autor en Cabeza de
Menores.
Tomado de: http://www.conocimientojuridico.gov.co/los-derechos-de-autor-en-
cabeza-de-menores/
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