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PT-02 (Versión 2)
Edición: 2016-06-13
ASO-CDA PT-03 (Versión 1)
Emisión: Junio de 2017
REGLAMENTACIÓN TÉCNICA
SOBRE LA REVISIÓN TÉCNICO
MECÁNICA Y DE EMISIONES
CONTAMINANTES PARA LOS
VEHÍCULOS ENCOLOMBIA
REGLAMENTACIÓN TÉCNICA SOBRE LA REVISIÓN
TÉCNICO MECÁNICA Y DE EMISIONES CONTAMINANTES
PARA LOS VEHÍCULOS EN COLOMBIA
PT-03 (Versión 1)
Junio de 2017
PRESENTACIÓN
En este documento se presenta una síntesis sobre la reglamentación técnica expedida
por el Ministerio de Transporte en relación con la Revisión Tecnico Mecánica y de
Emisiones Contaminantes (RTMyEC) para los vehículos en Colombia en desarrollo de la
Ley 769 de 2002 por medio de la cual se adoptó el Código Nacional de Transito del país.
La Revisión Tecnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes, nombre con el que se
conoce la actividad de la inspección tecnica vehicular en Colombia, comenzó en enero de
2007 por disposición de la Resolución 3500 de 2005, resolución que fue recogida
posteriormente por la Resolución 3768 de 2013.
En sus comienzos la RTMyEC aplicó para los vehículos de tipo pesado, los livianos y las
motocicletas, en razón a que estos fueron los tipos de vehículos contemplados en la
Norma Técnica Colombiana NTC 5375. Posteriormente, el Ministerio de Transporte ha
venido expidiendo otras resoluciones para hacer extensiva la inspección tecnica vehicular
a otros tipos de vehículos como los motocarros y las cuatrimotos. Más recientemente a
comienzos de 2017 se extendió la revisión a los ciclomotores, tricimotos y los cuadriciclos.
En esta síntesis se referencian las resoluciones que constituyen la reglamentación tecnica
que dispone la inspección obligatoria de los diferentes tipos de vehículos y las normas
técnicas colombianas aplicables en cada caso.
REGLAMENTACIÓN TÉCNICA SOBRE LA REVISIÓN
TÉCNICO MECÁNICA Y DE EMISIONES CONTAMINANTES
PARA LOS VEHÍCULOS EN COLOMBIA
PT-03 (Versión 1)
Junio de 2017
REGLAMENTACIÓN TÉCNICA SOBRE LA RTMyEC PARA LOS
VEHÍCULOS EN COLOMBIA
RESOLUCIÓN 3124
DEL 17 DE
OCTUBRE DE 2014
“Por medio de la cual se
señalan las condiciones del
registro y circulación de
cuatrimotos y se dictan
otras disposiciones”
RESOLUCIÓN 160
DEL 02 DE
FEBRERO DE 2017
Por la cual se reglamenta
el registro y la circulación
de los vehículos
automotores tipo
ciclomotor, tricimoto y
cuadriciclo y se dictan
otras disposiciones.
La RTMyEC de estos
vehículos se hará cuando el
Ministerio de Transporte
adopte la NTC que elabore
el ICONTEC
La RTMyEC de estos vehículos
se hará cuando el ICONTEC
elabore y apruebe una NTC
El ICONTEC elaboró la NTC
6218: Revisión Técnico
Mecánica y de Emisiones
Contaminantes en
vehículos automotores:
Cuatrimotos, Mototriciclos
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Con la expedición
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comenzó la
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TRICIMOTOS-
MOTOTRICICLOS
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Está
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que el
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RESOLUCIÓN 3768
DEL 26 DE
SEPTIEMBRE DE
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“Por la cual se establecen
las condiciones que deben
cumplir los Centros de
Diagnóstico Automotor
para su habilitación,
funcionamiento y se dictan
otras disposiciones”
La Resolución 3768 de
2013 reemplazó la
Resolución 3500 de 2005
que estableció la RTMyEC
para vehículos: Pesados,
Livianos y Motocicletas.
La RTMyEC para estos
tipos de vehículos inicio
en enero de 2007.
El ICONTEC elaboró las
NTC’s 5365 y 5375
reglamentando la RTMyEC
para vehículos:
Motocicletas, Motocarros,
Vehículos Livianos y
Vehículos Pesados.
RESOLUCIÓN 2181
DEL 29 DE MAYO
DE 2009
“Por la cual se establecen
las características y
especificaciones técnicas
de los vehículos clase
Motocarro y se dictan
otras disposiciones”
La RTMyEC de estos
vehículos, rige a partir de la
publicación de dicha
Resolución dada el 29 de
Mayo de 2009
El ICONTEC elaboró las
NTC’s 5365 y 5375
reglamentando la RTMyEC
para vehículos:
Motocicletas, Motocarros,
Vehículos Livianos y
Vehículos Pesados.
Está pendiente
que el
Ministerio de
Transporte
expida la
Resolución que
adopte la NTC
6218
AÑO
TIPO DE
VEHÍCULO
CONCEPTO IMAGEN SUJETO A RTMyEC
CLASE DE CDA QUE PUEDE
HACER LA REVISIÓN
Pesados
Vehículos superiores a 3,5 Toneladas o que tengan doble llanta en el
eje trasero
SI
NTC 5375
Clase C o D siempre y cuando
cumplan las condiciones
establecidas en la NTC 5385.
Livianos Vehículos hasta 3,5 Toneladas
SI
NTC 5375
Clase B o D siempre y cuando
cumplan las condiciones
establecidas en la NTC 5385.
Motocicletas
Vehículo automotor de dos ruedas en línea, con capacidad para el
conductor y un acompañante.
SI
NTC 5375
Clase A siempre y cuando
cumplan las condiciones
establecidas en la NTC 5385.
2009
Resolución
2181 del 29 de
Mayo de 2009
Motocarros
Vehículo automotor de tres ruedas con estabilidad propia con
componentes mecánicos de motocicleta, para el transporte de personas
o
mercancías con capacidad útil hasta 770 kilogramos.
SI
NTC 5375
Clase B o D siempre y cuando
cumplan las condiciones
establecidas en la NTC 5385.
2014
Resolución
3124 del 17 de
Octubre de
2014
Cuatrimotos
Vehículo automotor de cuatro (4) ruedas con componentes mecánicos
de motocicleta, para transporte de personas o mercancías con
capacidad de carga de hasta setecientos setenta (770) kilogramos.
SI
NTC 6218
Se efectuará en los CDA's
que establezca la futura NTC
que promulgue el ICONTEC
Ciclomotores,
Motociclos o
Mopeds.
Vehículo de dos (2) ruedas, provisto de un motor de combustión interna,
eléctrico y/o de cualquier otro tipo de generación de energía, de
cilindraje no superior a 50 cm³ si es de combustión interna ni potencia
nominal superior a 4 kW si es eléctrico
Aun no hasta tanto el
ICONTEC expida la
NTC correspondiente
Clase B o D de acuerdo con lo
indicado en la Resolución 160
de Febrero de 2017.
Tricimotos
Vehículo Automotor de tres (3) ruedas, con estabilidad propia y chasis
de triciclo, provisto de un motor de combustión interna, eléctrico y/o de
cualquier otro tipo de generación de energía, de cilindraje no superior a
50cm³, si es de combustión interna, y de potencia nominal no superior a
4kW, si es eléctrico, cuya masa no es superior a 270 kg, y cuyo número
máximo de acompañantes es igual a 3 incluido el conductor.
SI
NTC 6218
Clase B o D de acuerdo con lo
indicado en la Resolución 160
de Febrero de 2017.
Cuadriciclos
Vehículo automotor de cuatro (4) ruedas, con estabilidad propia cuya
masa en vacío sea inferior o igual a 450 kg para vehículos de transporte
de personas o 600kg para vehículo con posibilidad de transporte de
mercancías dentro del chasis y cuerpo del vehículo, sin incluir la masa
de las baterías para los vehículos eléctricos, y con un motor de
cilindrada mayor a 50cm³ o cuya potencia sea inferior o igual a 15kW
para los que cuentan con motor eléctrico.
SI
NTC 6218
Clase B o D de acuerdo con lo
indicado en la Resolución 160
de Febrero de 2017.
CDA Clase A: Con Linea para RTMyEC solo para motocicletas con motor 4 tiempos, 2 tiempos o 4 tiempos y 2 tiempos.
CDA Clase C: Con Linea para RTMyEC solo para Pesados
CDA Clase B: Con Linea para RTMyEC solo para Livianos
CDA Clase D: Con línea para RTMyEC para Livianos, pesados y/o líneas mixtas
REGLAMENTACIÓN TÉCNICA SOBRE LA RTMyEC PARA LOS VEHICULOS AUTOMOTORES EN COLOMBIA
2017
Resolución
160 del 2 de
Febrero de
2017
2013
Resolución
3768 del 26 de
Septiembre de
2013
Asociación Nacional de Centros de
Diagnóstico Automotor
CILINDRAJE
POTENCIA
ELECTRICA
Resolución 2181 del 29 de Mayo de 2009 Motocarro 3 sin info <= 770 kg sin info sin info
Resolución 3124 del 17 de Octubre de 2014 Cuatrimoto 4 sin info <= 770 kg sin info sin info
Ciclomotor, Motociclo o
Moped.
2 sin info sin info <= 50 cm³ <= 4 kW
Tricimoto 3 <= 3 <= 270 kg <= 50 cm³ <= 4 kW
<= 450 kg
(transporte personas)
<= 600 kg
(transporte mercancías)
NOTA: No hay reglamentacion tecnica que establezca especificaciones generales para los vehiculos tipo: Pesados, Livianos y
Motocicletas.
MOTORIZACIÓN
VEHÍCULOS TIPO MOTOCARRO, CUATRIMOTO, CICLOMOTOR, TRICIMOTO Y CUADRICICLO
Especificaciones Técnicas Generales
REGLAMENTACIÓN
Resolución 160 del 2 de Febrero de 2017
Cuadriciclo 4 >= 50 cm³ <= 15 kWsin info
PESORUEDAS OCUPANTESTIPO

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  • 2. REGLAMENTACIÓN TÉCNICA SOBRE LA REVISIÓN TÉCNICO MECÁNICA Y DE EMISIONES CONTAMINANTES PARA LOS VEHÍCULOS EN COLOMBIA PT-03 (Versión 1) Junio de 2017 PRESENTACIÓN En este documento se presenta una síntesis sobre la reglamentación técnica expedida por el Ministerio de Transporte en relación con la Revisión Tecnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes (RTMyEC) para los vehículos en Colombia en desarrollo de la Ley 769 de 2002 por medio de la cual se adoptó el Código Nacional de Transito del país. La Revisión Tecnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes, nombre con el que se conoce la actividad de la inspección tecnica vehicular en Colombia, comenzó en enero de 2007 por disposición de la Resolución 3500 de 2005, resolución que fue recogida posteriormente por la Resolución 3768 de 2013. En sus comienzos la RTMyEC aplicó para los vehículos de tipo pesado, los livianos y las motocicletas, en razón a que estos fueron los tipos de vehículos contemplados en la Norma Técnica Colombiana NTC 5375. Posteriormente, el Ministerio de Transporte ha venido expidiendo otras resoluciones para hacer extensiva la inspección tecnica vehicular a otros tipos de vehículos como los motocarros y las cuatrimotos. Más recientemente a comienzos de 2017 se extendió la revisión a los ciclomotores, tricimotos y los cuadriciclos. En esta síntesis se referencian las resoluciones que constituyen la reglamentación tecnica que dispone la inspección obligatoria de los diferentes tipos de vehículos y las normas técnicas colombianas aplicables en cada caso.
  • 3. REGLAMENTACIÓN TÉCNICA SOBRE LA REVISIÓN TÉCNICO MECÁNICA Y DE EMISIONES CONTAMINANTES PARA LOS VEHÍCULOS EN COLOMBIA PT-03 (Versión 1) Junio de 2017 REGLAMENTACIÓN TÉCNICA SOBRE LA RTMyEC PARA LOS VEHÍCULOS EN COLOMBIA RESOLUCIÓN 3124 DEL 17 DE OCTUBRE DE 2014 “Por medio de la cual se señalan las condiciones del registro y circulación de cuatrimotos y se dictan otras disposiciones” RESOLUCIÓN 160 DEL 02 DE FEBRERO DE 2017 Por la cual se reglamenta el registro y la circulación de los vehículos automotores tipo ciclomotor, tricimoto y cuadriciclo y se dictan otras disposiciones. La RTMyEC de estos vehículos se hará cuando el Ministerio de Transporte adopte la NTC que elabore el ICONTEC La RTMyEC de estos vehículos se hará cuando el ICONTEC elabore y apruebe una NTC El ICONTEC elaboró la NTC 6218: Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes en vehículos automotores: Cuatrimotos, Mototriciclos Y Cuadriciclos. Con la expedición de la NTC 6218 comenzó la RTMyEC para TRICIMOTOS- MOTOTRICICLOS y CUADRICICLOS Está pendiente que el ICONTEC elabore la NTC para Ciclomotores RESOLUCIÓN 3768 DEL 26 DE SEPTIEMBRE DE 2013 “Por la cual se establecen las condiciones que deben cumplir los Centros de Diagnóstico Automotor para su habilitación, funcionamiento y se dictan otras disposiciones” La Resolución 3768 de 2013 reemplazó la Resolución 3500 de 2005 que estableció la RTMyEC para vehículos: Pesados, Livianos y Motocicletas. La RTMyEC para estos tipos de vehículos inicio en enero de 2007. El ICONTEC elaboró las NTC’s 5365 y 5375 reglamentando la RTMyEC para vehículos: Motocicletas, Motocarros, Vehículos Livianos y Vehículos Pesados. RESOLUCIÓN 2181 DEL 29 DE MAYO DE 2009 “Por la cual se establecen las características y especificaciones técnicas de los vehículos clase Motocarro y se dictan otras disposiciones” La RTMyEC de estos vehículos, rige a partir de la publicación de dicha Resolución dada el 29 de Mayo de 2009 El ICONTEC elaboró las NTC’s 5365 y 5375 reglamentando la RTMyEC para vehículos: Motocicletas, Motocarros, Vehículos Livianos y Vehículos Pesados. Está pendiente que el Ministerio de Transporte expida la Resolución que adopte la NTC 6218
  • 4. AÑO TIPO DE VEHÍCULO CONCEPTO IMAGEN SUJETO A RTMyEC CLASE DE CDA QUE PUEDE HACER LA REVISIÓN Pesados Vehículos superiores a 3,5 Toneladas o que tengan doble llanta en el eje trasero SI NTC 5375 Clase C o D siempre y cuando cumplan las condiciones establecidas en la NTC 5385. Livianos Vehículos hasta 3,5 Toneladas SI NTC 5375 Clase B o D siempre y cuando cumplan las condiciones establecidas en la NTC 5385. Motocicletas Vehículo automotor de dos ruedas en línea, con capacidad para el conductor y un acompañante. SI NTC 5375 Clase A siempre y cuando cumplan las condiciones establecidas en la NTC 5385. 2009 Resolución 2181 del 29 de Mayo de 2009 Motocarros Vehículo automotor de tres ruedas con estabilidad propia con componentes mecánicos de motocicleta, para el transporte de personas o mercancías con capacidad útil hasta 770 kilogramos. SI NTC 5375 Clase B o D siempre y cuando cumplan las condiciones establecidas en la NTC 5385. 2014 Resolución 3124 del 17 de Octubre de 2014 Cuatrimotos Vehículo automotor de cuatro (4) ruedas con componentes mecánicos de motocicleta, para transporte de personas o mercancías con capacidad de carga de hasta setecientos setenta (770) kilogramos. SI NTC 6218 Se efectuará en los CDA's que establezca la futura NTC que promulgue el ICONTEC Ciclomotores, Motociclos o Mopeds. Vehículo de dos (2) ruedas, provisto de un motor de combustión interna, eléctrico y/o de cualquier otro tipo de generación de energía, de cilindraje no superior a 50 cm³ si es de combustión interna ni potencia nominal superior a 4 kW si es eléctrico Aun no hasta tanto el ICONTEC expida la NTC correspondiente Clase B o D de acuerdo con lo indicado en la Resolución 160 de Febrero de 2017. Tricimotos Vehículo Automotor de tres (3) ruedas, con estabilidad propia y chasis de triciclo, provisto de un motor de combustión interna, eléctrico y/o de cualquier otro tipo de generación de energía, de cilindraje no superior a 50cm³, si es de combustión interna, y de potencia nominal no superior a 4kW, si es eléctrico, cuya masa no es superior a 270 kg, y cuyo número máximo de acompañantes es igual a 3 incluido el conductor. SI NTC 6218 Clase B o D de acuerdo con lo indicado en la Resolución 160 de Febrero de 2017. Cuadriciclos Vehículo automotor de cuatro (4) ruedas, con estabilidad propia cuya masa en vacío sea inferior o igual a 450 kg para vehículos de transporte de personas o 600kg para vehículo con posibilidad de transporte de mercancías dentro del chasis y cuerpo del vehículo, sin incluir la masa de las baterías para los vehículos eléctricos, y con un motor de cilindrada mayor a 50cm³ o cuya potencia sea inferior o igual a 15kW para los que cuentan con motor eléctrico. SI NTC 6218 Clase B o D de acuerdo con lo indicado en la Resolución 160 de Febrero de 2017. CDA Clase A: Con Linea para RTMyEC solo para motocicletas con motor 4 tiempos, 2 tiempos o 4 tiempos y 2 tiempos. CDA Clase C: Con Linea para RTMyEC solo para Pesados CDA Clase B: Con Linea para RTMyEC solo para Livianos CDA Clase D: Con línea para RTMyEC para Livianos, pesados y/o líneas mixtas REGLAMENTACIÓN TÉCNICA SOBRE LA RTMyEC PARA LOS VEHICULOS AUTOMOTORES EN COLOMBIA 2017 Resolución 160 del 2 de Febrero de 2017 2013 Resolución 3768 del 26 de Septiembre de 2013 Asociación Nacional de Centros de Diagnóstico Automotor
  • 5. CILINDRAJE POTENCIA ELECTRICA Resolución 2181 del 29 de Mayo de 2009 Motocarro 3 sin info <= 770 kg sin info sin info Resolución 3124 del 17 de Octubre de 2014 Cuatrimoto 4 sin info <= 770 kg sin info sin info Ciclomotor, Motociclo o Moped. 2 sin info sin info <= 50 cm³ <= 4 kW Tricimoto 3 <= 3 <= 270 kg <= 50 cm³ <= 4 kW <= 450 kg (transporte personas) <= 600 kg (transporte mercancías) NOTA: No hay reglamentacion tecnica que establezca especificaciones generales para los vehiculos tipo: Pesados, Livianos y Motocicletas. MOTORIZACIÓN VEHÍCULOS TIPO MOTOCARRO, CUATRIMOTO, CICLOMOTOR, TRICIMOTO Y CUADRICICLO Especificaciones Técnicas Generales REGLAMENTACIÓN Resolución 160 del 2 de Febrero de 2017 Cuadriciclo 4 >= 50 cm³ <= 15 kWsin info PESORUEDAS OCUPANTESTIPO