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PROGRAMA DE COMPLEMENTACIÓN ALIMENTARIA
PROPUESTA DE ACTUALIZACIÓN DEL REGLAMENTO DE MODALIDADES DEL PCA
DIRECCIÓN DE PRESTACIONES SOCIALES COMPLEMENTARIAS
DIRECCIÓN GENERAL DE DISEÑO Y ARTICULACIÓN DE LAS PRESTACIONES SOCIALES
MIDIS
Ing. Marisol Rutti R.
REGISTRO DE ASISTENCIA
https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSfR8gdTq55m4V62kF9dnji-
pH1KL2FFagHjnP2-Cu4yocmFNQ/viewform?usp=sf_link
Título I: Disposiciones Generales
Objetivo
Establecer las disposiciones técnicas de las Modalidades del PCA, las cuales describen las
características, condiciones, procedimientos, funciones de las instituciones,
organizaciones y actores que intervienen en el Programa de Complementación
Alimentaria.
Ámbito
Las disposiciones establecidas en el presente reglamento son de aplicación para las
unidades orgánicas del MIDIS, gobiernos locales que ejecutan el PCA, entidades públicas y
organizaciones civiles y comunitarias involucradas en la gestión del PCA.
Definiciones Se establecen definiciones de principales términos.
Capítulo I
Título I: Disposiciones Generales
Características
El PCA es un programa descentralizado a los Gobiernos Locales, distritales de Lima
Metropolitana y provinciales en el resto del país, que suscriben el Convenio de Gestión
con el MIDIS, cuyo fin es brindar un complemento alimentario a sus usuarios a través de
los Centros de Atención, que se encuentran agrupados en cinco modalidades.
La finalidad del programa es brindar complemento alimentario, mediante la entrega de
alimentos en especie u otras formas de entrega, a la población usuaria del programa en
situación de pobreza y vulnerabilidad; en el marco del derecho a la alimentación
adecuada.
El PCA se ejecuta a nivel nacional, a través de los GL que hayan suscrito el Convenio de
Gestión.
Usuarios
Son usuarios(as) del PCA las personas en situación de pobreza, pobreza extrema,
aquellas en situación de vulnerabilidad y las personas afectadas por emergencias
temporales, cuyos criterios se detallan en cada modalidad de atención.
Capítulo II Características y modalidades del PCA
Comedores Organizaciones Sociales de Base OSB conformadas por personas en situación de pobreza o vulnerabilidad, que tienen como
actividad principal la preparación de alimentos y el apoyo social. Pueden ser Comedor Popular, Comedor Club de Madres,
Comedor Parroquial y otros afines. Las Organizaciones Sociales de Base debe ser reconocidas como tal por la Municipalidad
de acuerdo a sus leyes específicas, Ley N° 25307 y Ley N° 27731, y sus Reglamentos, entre otra normativa aplicable. En tal
sentido, son usuarias de esta modalidad las personas socias y no socias de la OSB. En esta modalidad, la cantidad de raciones
a programar es para 20 días de atención al mes.
Hogares -
Albergues
Organizaciones con personería jurídica que acogen a niños(as) y/o adolescentes y/o personas víctimas de violencia moral y/o
física, en estado de abandono, brindando protección y refugio, proporcionándoles así un espacio para que puedan pernoctar
y permanecer por un periodo determinado. Estas instituciones deben estar certificadas y/o acreditadas por la entidad del
Estado pertinente. En esta modalidad, la cantidad de raciones a programar es hasta para 30 días de atención al mes.
Personas en
Riesgo
Organizaciones con personería jurídica que acogen y brindan protección a niñas, niños, adolescentes, jóvenes, mujeres,
hombres y/o adultos mayores que son víctimas de violencia moral y/o física, y/o poseen algún tipo de discapacidad física y/o
mental. Al igual que la modalidad anterior estas organizaciones deben estar acreditadas por la entidad del Estado pertinente.
En esta modalidad, la cantidad de raciones a programar es hasta para 30 días de atención al mes.
Trabajo
Comunal
Grupo de personas que se organizan para, de forma voluntaria, realizar una obra en beneficio de su comunidad. La obra
propuesta debe ser evaluada y verificada por el gobierno local que entregue el complemento alimentario, y no debe tener
una duración mayor de dos meses. En esta modalidad, la cantidad de raciones a programar es hasta para un periodo de 2
meses de ejecución de la obra como un máximo de 20 días de atención al mes.
PANTBC Es el Programa de Alimentación y Nutrición para el Paciente con Tuberculosis y Familia, que se ejecuta a través de los centros
de salud del Ministerio de Salud – MINSA. En tal sentido, son usuarias, las personas afectadas por tuberculosis que reciben
tratamiento en forma regular por los Establecimientos de Salud públicos, que sean identificadas y remitidas por la autoridad
sanitaria local. En esta modalidad, la cantidad de raciones a programar es para 30 días de atención al mes.
Título I: Disposiciones Generales
Capítulo II Características y modalidades del PCA
Características del Complemento Alimentario
•El complemento alimentario comprende una canasta de alimentos entregado como
alimento en especie u otras formas de entrega aprobados por MIDIS, que contribuye a
brindar al menos una comida al día (principalmente almuerzo). Esta canasta está
compuesta por alimentos saludables e inocuos de los grupos de los cereales, menestras,
grasas y productos de origen animal; de acuerdo a la normativa vigente. En tanto que, las
dosificaciones de referencia se estiman de acuerdo a las recomendaciones emitidas por la
entidad rectora de salud.
•En cualquiera de las modalidades, excepto PANTBC, y en cualquier mecanismo de entrega
el valor del costo de ración es el mismo y es calculado por el MIDIS.
•En situaciones de emergencia producidas por desastres naturales o emergencias
sanitarias, la composición de la canasta y el valor del costo de la ración puede ser
modificada por el MIDIS.
Título I: Disposiciones Generales
Capítulo II Características y modalidades del PCA
Formas de Apoyo/Mecanismos de entrega
Entrega de Alimentos
en Especie
Consiste en la entrega mensual de los alimentos en crudo por parte de los gobiernos locales a los
Centros de Atención.
Subsidio Económico Consiste en la entrega de una asignación económica mensual o bimensual a cuentas s de los(las)
representantes autorizados(as) de los Centros de Atención del PCA. La asignación es utilizada
exclusivamente para la compra y preparación de alimentos.
Equipamiento Procedimiento por el cual los gobiernos regionales, locales o el gobierno nacional, de acuerdo a su
disponibilidad presupuestal, entregan bienes y/o servicios a los Centros de Atención.
Otras formas de
entrega
El PCA puede implementar mecanismos alternativos de entrega del complemento alimentario, como
tarjetas, cupones, vales de alimentos, transferencias monetarias, y otros, aprobados por MIDIS
previos estudios de viabilidad, implementación y evaluación de pilotos a cargo del MIDIS en
coordinación con los Gobiernos Locales.
Las formas de apoyo pueden ser financiadas con recursos provenientes de la cooperación no reembolsable, nacional o internacional,
conforme con la normatividad vigente, y otras fuentes de financiamiento. El gobierno nacional, los gobiernos regionales y locales, el sector
privado y la cooperación internacional pueden colaborar en las formas de apoyo del PCA.
Como parte de los mecanismos de respuestas temporales activados por el PCA en situaciones de emergencia, se podrá entregar la
asistencia alimentaria a través de cualquiera de las formas de apoyo, directamente a los usuarios temporales del PCA individualmente o
en grupos organizados; de acuerdo a procedimientos que establezca la normativa vigente.
Título I: Disposiciones Generales
Capítulo II Características y modalidades del PCA
Capítulo III: Gestión del Programa
PROCESO DE INTERVENCIÓN DEL PROGRAMA DE COMPLEMENTACIÓN ALIMENTARIA
Se basa en funciones y participación organizada y articulada de las instituciones del Estado, en el nivel nacional y local, y de las
organizaciones de la sociedad civil para la entrega eficiente y eficaz del complemento alimentario a la población en situación de
pobreza y vulnerabilidad.
Título I: Disposiciones Generales
Propuesta de Flujograma del PCA
Capitulo IV: Funciones
Título I: Disposiciones Generales
MIDIS
• Establecer lineamientos de gestión y medidas necesarias para el cumplimiento de los objetivos del PCA.
• Formular políticas, normas generales y normas técnicas de alcance nacional para los procesos de ejecución, supervisión,
monitoreo y evaluación del PCA.
• Desarrollar, normar y mantener actualizados los sistemas de información requeridos para el ejercicio de la gestión del PCA.
• Aprobar, suscribir y supervisar el Convenio de Gestión, de acuerdo a la normativa vigente sobre la materia.
• Crear o modificar las modalidades del PCA.
• Emitir opinión técnica respecto de la gestión y administración del programa, así como sobre la asignación y transferencia
de recursos presupuestales a los gobiernos locales.
• Capacitar y brindar asistencia técnica permanente a los gobiernos locales, Comités de Gestión Local y centros de atención
para la correcta gestión del PCA.
• Promover la generación de oportunidades y/o capacidades de las Organizaciones Sociales de Base para la mejora del
servicio y el incremento de sus ingresos autónomos.
• Monitorear, supervisar y evaluar el cumplimiento de los gobiernos locales de la normativa y políticas que emita el MIDIS,
así como la atención a las alertas generadas a nivel de gobiernos locales y de usuarios cuando corresponda.
• Determinar los criterios de distribución de presupuesto asignados al Programa para cada gobierno local.
• Adoptar medidas en caso de detectar irregularidades en la gestión del PCA por parte de los gobiernos locales, a fin que
estas se reviertan.
Capitulo IV: Funciones
GOBIERNOS LOCALES
• Utilizar el presupuesto del PCA según lo establecido en el marco legal respectivo.
• Verificar en coordinación con las Organizaciones Sociales de Base, en la modalidad de Comedores Populares, la consistencia de la
información del Padrón de Usuarios, conforme a los criterios establecidos por el MIDIS.
• Suscribir y cumplir el Convenio de Gestión de acuerdo al modelo aprobado por el MIDIS; comprometiéndose a:
• Cumplir los lineamientos, directivas y/u otro documento de gestión de acuerdo a la normativa que emita el MIDIS.
• Garantizar el cumplimiento de los objetivos y las fases operativas del PCA.
• Informar al MIDIS de los saldos en el presupuesto con el que atiende a cada modalidad del PCA.
• Reconocer a los centros de atención que forman parte del PCA, de forma oportuna, conforme al procedimiento establecido por el MIDIS.
• Asegurar la provisión oportuna de alimentos a los centros de atención del PCA.
• Garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los centros de atención respecto del PCA, aplicando las medidas correctivas y/o sancionadoras, conforme a los
lineamientos y/o criterios que establezca el MIDIS.
• Actualizar y comunicar oportunamente la información, sobre los centros de atención del PCA, al MIDIS.
• Brindar asistencia técnica permanente a los centros de atención, respecto del PCA.
• Facilitar la generación de oportunidades y/o capacidades de las Organizaciones Sociales de Base para la mejora del servicio y el incremento de sus ingresos autónomos.
• Respetar la autonomía de gestión y organización de las Organizaciones Sociales de Base que realicen la asistencia alimentaria.
• Asegurar la instalación del Comité de Gestión Local dentro de los cuarenta y cinco (45) días calendario de iniciado cada año fiscal.
• Considerar únicamente como válidos los acuerdos del Comité de Gestión Local dentro de la gestión del PCA.
• Informar al Comité de Gestión Local, respecto de la ejecución presupuestal, el proceso de compra, distribución, supervisión y los demás que se relacionen o sean
solicitados por dicho comité.
• Remitir oportunamente la información solicitada por el MIDIS.
Título I: Disposiciones Generales
Capítulo IV: Funciones
COMITE DE GESTIÓN LOCAL
El CGL es una instancia de participación conformada por seis (6) integrantes: tres (3) de las Organizaciones Sociales de Base, dos (2)
del gobierno local que ejecute el programa y un (1) representante de la institución pública que determinen los cinco integrantes
anteriores, que coadyuve a garantizar una adecuada elección de los alimentos que conformarán las raciones, tomando en cuenta sus
valores nutricionales, entre otros aspectos técnicos. En la sesión de instalación del Comité se elegirá a su presidente de entre sus
miembros. El último integrante de una institución pública debe ser elegido considerando su condición profesional y competencias
ligadas al ámbito sanitario para cumplir con lo señalado.
En caso no se cuente con la modalidad de comedores populares, del ámbito del PCA, en el distrito o provincia en que se ejecute el
programa, el Comité de Gestión local está conformado por un (1) representante del gobierno local y un (1) representante de la
autoridad sanitaria local conforme a lo señalado en el párrafo precedente. El Comité de Gestión Local tendrá las siguientes funciones:
• Las representantes de las Organizaciones Sociales de Base en el Comité de Gestión Local participan en las fases operativas del PCA
conforme lo establezca dicho comité.
• Elegir los alimentos que conforman las raciones alimentarias para cada modalidad del programa, conforme lo establezcan las
normas de la materia y/o el MIDIS.
• Supervisar y fiscalizar la ejecución de los recursos presupuestarios asignados al gobierno local para la ejecución del PCA.
• Supervisar la efectiva distribución de alimentos por parte del gobierno local.
• Aprobar el Plan de Supervisión para los centros de atención.
• Garantizar que los acuerdos adoptados sean de acuerdo a sus funciones y a la normativa del PCA.
• Informar oportunamente sobre los acuerdos adoptados al MIDIS, a los gobiernos locales y a todos los centros de atención.
• Otras que coadyuven al cumplimiento de las funciones precedentes.
Título I: Disposiciones Generales
Capítulo IV: Funciones
CENTROS DE ATENCIÓN
Es la entidad, organización y/o colectivo de personas a través de la cual se entrega el complemento alimentario a los usuarios del Programa de
Complementación Alimentaria, sea preparado o en crudo, según la modalidad de atención a la que pertenezca. En lo concerniente a la gestión
del PCA, las personas responsables de los centros de atención cumplen las siguientes funciones:
• Elaborar, actualizar el padrón de usuarios y remitir oportunamente al gobierno local en los plazos establecidos por el MIDIS y el gobierno
local. Es responsabilidad de las representantes del centro de atención mantener actualizado el registro de usuarios beneficiarios del PCA.
• Garantizar la vigencia de su representante ante el gobierno local que ejecuta el PCA.
• Comunicar al gobierno local, a través de la instancia pertinente según su organización, respecto de los cambios de su representante,
dirección y cualquier otro asunto de importancia para el PCA.
• Recibir los alimentos en las fechas programadas, sea a través de cualquier mecanismo de entrega, y asegurar su almacenamiento adecuado.
• Asegurar la entrega del complemento alimentario a los usuarios del PCA.
• Realizar actividades para la mejora del servicio y el incremento de sus ingresos autónomos.
• Brindar facilidades al MIDIS y a los gobiernos locales para las acciones de supervisión que realicen, las que contarán con un representante
del centro de atención.
• Realizar las rendiciones de cuentas de acuerdo a los procedimientos establecidos en este documento para cada mecanismo entrega.
• Garantizar el uso correcto del complemento alimentario, entregado como alimentos en especie, u otras formas de entrega, de acuerdo a
los procedimientos y fines establecidos en este documento. Ante el incumplimiento del mismo, se aplicarán las medidas correctivas y/o
sancionadoras, conforme a los lineamientos y/o criterios que establezca el MIDIS.
• Otras que establezca el MIDIS.
Los requisitos y condiciones para la incorporación de organizaciones como centros de atención del PCA en sus diferentes modalidades se
detallan en el Anexo 2 de este documento.
Título I: Disposiciones Generales
Capítulo IV: Funciones
ORGANIZACIONES SOCIALES DE BASE
La intervención de las Organizaciones Sociales de Base en el PCA se realiza de acuerdo a las normas que regulan su participación.
Título I: Disposiciones Generales
Se ha organizado la gestión en 3 componentes:
COMPONENTE 1. GESTIÓN ALIMENTARIA
COMPONENTE 2. FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES
COMPONENTE 3. MONITOREO, SUPERVISIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO
Título II: Disposiciones Específicas
Capítulo I: Componentes
COMPONENTE 1. GESTIÓN ALIMENTARIA, este componente describe los procedimientos relacionados con la organización,
entrega y control del complemento alimentario sea como alimento en especie u otra forma de entrega. Los procesos comprende:
Procesos previos para la entrega del complemento alimentario
A cargo del MIDIS
• Aprobación del modelo de convenio que contempla la posibilidad de elección y cambio del mecanismo de entrega del
complemento alimentario.
• Suscribe el Convenio de Gestión; procedimiento mediante el cual el MIDIS aprueba el convenio de gestión y lo suscribe con los
gobiernos locales a fin de autorizar la transferencia de recursos.
• Programación y transferencia de recursos presupuestales; procedimiento mediante el cual el MIDIS propone y comunica al
Ministerio de Economía y Finanzas, a fin de que éste transfiera los recursos a los gobiernos locales.
• Asistencia técnica a los gobiernos locales en el registro, organización, administración y ejecución de los procesos de la gestión
alimentaria.
• Facilita la celebración de convenios interinstitucionales entre los gobiernos locales y otras entidades públicas y privadas que
coadyuven en la eficiencia de los procesos de compra y distribución de alimentos, y de cualquier otro mecanismo con el
mismo fin.
• Registrar y documentar información sobre los aspectos que considere pertinentes en los procesos de la gestión alimentaria,
del fortalecimiento de capacidades, del monitoreo, supervisión y acompañamiento relacionado al PCA.
Título II: Disposiciones Específicas
Capítulo I: Componentes
A cargo de los Gobiernos Locales
• Suscripción del Convenio de Gestión; procedimiento mediante el cual los gobiernos locales suscriben el convenio de gestión a fin
de obtener los recursos del gobierno nacional.
• Reconocer e Instalar el Comité de Gestión Local; procedimiento mediante el cual los gobiernos locales, luego que las
Organizaciones Sociales de Base eligen a sus representantes y lo acreditan mediante acta de elección, emiten la Resolución
correspondiente para la conformación del Comité.
• Incorporación del Centro de Atención; procedimiento mediante el cual los gobiernos locales incorporan a una organización como
centro de atención del PCA. Los Centros de Atención deben estar ubicados preferentemente en distritos con alta concentración de
hogares con clasificación socioeconómica Pobre y Pobre Extremo conforme al SISFOH.
• Selección del mecanismo de entrega del complemento alimentario, en coordinación con el Comité de Gestión local, cuando
corresponda. Esta decisión es coordinada con el MIDIS y plasmada en el Convenio de Gestión.
• Registro de usuarios; procedimiento mediante el cual los gobiernos locales registran la información de los usuarios del programa
en los sistemas correspondientes.
• Suscripción de convenios interinstitucionales con otras entidades públicas y privadas, en el marco de las leyes vigentes, que
coadyuven en la eficiencia de los procesos de compra y distribución de alimentos, y de cualquier otro mecanismo con el mismo fin.
• En caso de que el mecanismo sea “Entrega de alimentos en especie” y en otras formas de entrega como “Tarjetas de alimentos”,
los gobiernos locales realizan el proceso de contratación de acuerdo a la normativa vigente.
• Verificación previa de las condiciones sanitarias y de seguridad de los locales donde se almacenan y distribuyen los alimentos, de
los Centros de Atención; comprende también la verificación de la cantidad y calidad sanitaria de los alimentos y del transporte de
acuerdo a la normativa vigente.
Título II: Disposiciones Específicas
COMPONENTE 1. GESTIÓN ALIMENTARIA
Procesos previos para la entrega del complemento alimentario
A cargo del Comité de Gestión Local
• Instalación del Comité de Gestión; proceso mediante el cual los miembros del Comité de Gestión se reúnen en una primera sesión
para el inicio de sus funciones.
• Aprobación de la canasta de alimentos para el ámbito de su jurisdicción.
• Coordinación con el gobierno local para elegir el mecanismo de entrega del complemento alimentario, cuando corresponda.
• Participación en la gestión del programa, en su calidad de instancia mixta que contribuye con una adecuada gestión.
• Evaluación de la incorporación de nuevos centros de atención.
Título II: Disposiciones Específicas
COMPONENTE 1. GESTIÓN ALIMENTARIA
Procesos previos para la entrega del complemento alimentario
A cargo del Comité de Gestión Local
• Instalación del Comité de Gestión; proceso mediante el cual los miembros del Comité de Gestión se reúnen en una primera sesión
para el inicio de sus funciones.
• Aprobación de la canasta de alimentos para el ámbito de su jurisdicción.
• Coordinación con el gobierno local para elegir el mecanismo de entrega del complemento alimentario, cuando corresponda.
• Participación en la gestión del programa, en su calidad de instancia mixta que contribuye con una adecuada gestión.
• Evaluación de la incorporación de nuevos centros de atención.
Título II: Disposiciones Específicas
COMPONENTE 1. GESTIÓN ALIMENTARIA
Procesos previos para la entrega del complemento alimentario
Título II: Disposiciones Específicas
COMPONENTE 1. GESTIÓN ALIMENTARIA
Procesos para la entrega del complemento alimentario
A cargo del Gobierno Local
Cuando el mecanismo de entrega del complemento alimentario sea la “Entrega de alimentos en especie”:
a) Recepción de alimentos; previa verificación y conformidad del tipo, cantidad y calidad de alimentos adquiridos por el gobierno local,
se almacena en lugares adecuados (seguros, limpios, ventilados) dispuestos para tal fin por el gobierno local, siguiendo las
disposiciones sanitarias establecidas para tal fin por el sector salud.
b) Distribución de alimentos; procedimiento por el cual los gobiernos locales entregan los alimentos a los Centros de Atención de forma
coordinada con el Comité de Gestión Local. Los detalles de este proceso se indican en el Anexo 3 adjunto de este documento.
c) De haber gestionado convenio con otra entidad pública para la ejecución de alguno de estos procesos o de ambos, en el marco de la
legislación vigente, los gobiernos locales acompañan la ejecución de los mismos, asegurando la entrega oportuna del complemento
alimentario a la población usuaria del PCA.
En el caso de la entrega de Subsidios Económicos:
a) Abono del subsidio en la cuenta de cuentas de ahorro a quien tenga el cargo de Presidente/a de la Junta Directiva del Centro de
Atención del PCA; la cual debe estar debidamente acreditada/o ante la municipalidad.
b) Para efectuar el siguiente abono, se debe presentar previamente el balance de la transferencia del período anterior (mes o dos
meses) en los plazos que establezca el respectivo gobierno local, a través de medios físicos o digitales disponibles.
Para otras formas de entrega del Complemento Alimentario, el MIDIS establece los procedimientos correspondientes una vez finalizado y
evaluado los pilotos implementados para tales fines.
Título II: Disposiciones Específicas
COMPONENTE 1. GESTIÓN ALIMENTARIA
Procesos para la entrega del complemento alimentario
A cargo de los Centros de Atención
a) Recepción; las representantes de los Centros de Atención se organizan para recibir los alimentos entregados por el gobierno local o
adquiridos directamente, y registran su ingreso, verificando la inocuidad, calidad y cantidad de éstos.
b) Almacenamiento de los alimentos recibidos en ambientes seguros, limpios, ventilados considerando las Buenas Prácticas de
Almacenamiento. Se sugiere como práctica el uso de un documento de control para el registro del ingreso y salida de alimentos.
c) Preparación de los alimentos siguiendo las recomendaciones de alimentación saludable y adoptando las buenas prácticas de higiene
y manipulación de alimentos.
d) Entrega de Ración; es el producto final que se entrega al usuario(a) del Centro de Atención. Ésta es entregada como ración
preparada. Sólo en determinadas situaciones de atención a Usuarios del PANTBC, Personas en Riesgo y/o en situación de desastres
naturales o emergencias sanitarias la entrega se da como alimento crudo. Esta acción se debe registrar en un documento de registro
de entrega de raciones diarias que cuente con el visado de una persona responsable para tal fin.
e) Pago a Proveedores; en la modalidad de subsidios, previa conformidad por parte de la junta directiva de la organización sobre la
cantidad y calidad de alimento adquirido.
f) El Centro de Atención debe presentar la rendición de cuentas adjuntando los comprobantes de pago para justificar el buen uso de los
recursos.
g) Para otras formas de entrega del Complemento Alimentario, el MIDIS establece los procedimientos correspondientes una vez
finalizado y evaluado los pilotos implementados para tales fines.
Título II: Disposiciones Específicas
COMPONENTE 1. GESTIÓN ALIMENTARIA
Procesos posteriores para la entrega del complemento alimentario
A cargo del MIDIS
a) Brinda el acompañamiento técnico al gobierno local para que desarrolle las actividades de control y supervisión a los Centros de
Atención. Ésta puede realizarse a través de sistemas en líneas disponibles y/o de forma presencial.
A cargo del Gobierno Local
a) Verifica, a través de las visitas de supervisión, que los alimentos entregados bajo cualquier mecanismo sean utilizados correctamente
en la atención de la población usuaria.
b) Cuando el mecanismo de entrega del complemento alimentario sea a través de subsidios, revisa que la rendición de gastos sea
correcta y esté debidamente sustentada. De tener observaciones, el gobierno local las comunica al centro de atención en un plazo no
mayor de tres (3) días hábiles de haber recibido la documentación. Las observaciones al balance de los subsidios pueden realizarse
en los siguientes casos:
● Cuando se haya empleado para la adquisición de bienes no necesarios para la preparación de alimentos y/o combustible.
● Cuando el balance no se haya presentado en la fecha.
● Cuando los documentos que sustenten el balance se encuentren adulterados o ilegibles.
● Cuando no concuerde el balance con el monto asignado, o la suma final no concuerde con la sumatoria de los montos
consignados.
c) El gobierno local otorga un plazo no mayor de tres (3) días hábiles para que el comedor subsane la observación formulada.
Título II: Disposiciones Específicas
COMPONENTE 1. GESTIÓN ALIMENTARIA
Procesos para la entrega del complemento alimentario
A cargo del Gobierno Local
a) El gobierno local no realiza la transferencia monetaria en los siguientes casos:
● Cuando no se presente el balance de la transferencia anterior.
● Cuando no se haya subsanado las observaciones formuladas por el gobierno local, en el plazo establecido.
● Cuando se solicite que se realice las transferencias a otras cuentas o subcuentas no autorizadas.
b) Una vez subsanados estos casos, se entrega la siguiente transferencia monetaria en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles.
c) Si los casos señalados se presentan de forma reiterada durante tres meses consecutivos, o cinco meses alternados dentro del
ejercicio, el subsidio al comedor podrá ser suspendido, de acuerdo a lo que evalúe y determine el gobierno local. En este último caso,
el Gobierno Local pueden reprogramar próximas transferencias a Juntas Directivas Transitorias elegidas por la Organización Social
de Base acreditadas en el Gobierno Local.
d) El gobierno local es responsable de realizar los procedimientos necesarios para verificar la información que contiene los documentos
sustentatorios presentados por el centro de atención.
Título II: Disposiciones Específicas
COMPONENTE 1. GESTIÓN ALIMENTARIA
Procesos para la entrega del complemento alimentario
A cargo de los Centros de Atención
a) El balance debe ser aprobado por la Junta Directiva del Centro de Atención. La presentación del
balance tiene carácter de declaración jurada y debe adjuntar los documentos que lo sustenten
(comprobantes de pago), de acuerdo a los instrumentos operativos que establezca el MIDIS. El balance
está sujeta a fiscalización posterior.
b) La presentación del balance puede realizarse de manera física y/o utilizando plataformas digitales
disponibles.
c) Para cualquiera de los mecanismos de la entrega de alimentos recibidos, los Centros de Atención
facilitan los registros: documento de control de ingreso y egreso de almacén, documento de registro de
entrega de raciones diarias, entre otros.
COMPONENTE 2. FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES; el objetivo del Componente es fortalecer
las capacidades de los representantes de los gobiernos locales vinculados a la gestión del PCA y de
los representantes de los centros de atención que incluye a las organizaciones sociales de base que
participan en la gestión del Programa. Los contenidos a priorizar son: gestión del PCA, alimentación
y nutrición, y empoderamiento.
COMPONENTE 3. MONITOREO, SUPERVISIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO; el objetivo del componente
es procurar el cumplimiento del buen uso de los recursos del Programa, así como del
cumplimiento de los procesos y compromisos establecidos en este documento y en la normativa
vigente referida al PCA. Las Estrategias del Componente no se limitan sólo a la verificación del
logro de los objetivos y cumplimiento de indicadores, sino además de acompañar la gestión del
Programa en sus diferentes fases, a través de un Plan de Acompañamiento y Supervisión.
Título II: Disposiciones Específicas
Capítulo I: Componentes
• Primera. Toda normativa y documentación emitida, concerniente a la gestión del PCA, deben
adecuarse a lo dispuesto en el presente documento.
• Segunda. Hasta que se aprueben los nuevos instrumentos operativos para la gestión del PCA, seguirán
vigentes los formatos que actualmente vienen utilizando los gobiernos locales.
• Tercera. Los procedimientos iniciados y en curso, concerniente a la gestión del PCA en el nivel local,
deben adecuarse a lo dispuesto en el presente documento, en la medida que culminen los plazos de
vigencia de los actuales Convenios de Gestión o previo acuerdo con MIDIS de adecuación anticipada.
• Cuarta. La implementación de las otras formas de entrega del Complemento Alimentario, como las
transferencias monetarias, tarjetas, vales, cupones de alimentos y otros, se realizan de manera
gradual y progresiva, posterior a los resultados de los pilotos de validación conducidos por el MIDIS en
coordinación con los gobiernos locales.
• Quinta. Los procedimientos de los mecanismos de respuestas temporales para la asistencia
alimentaria en situaciones de emergencia producidas por desastres naturales o emergencias
sanitarias se detallarán en la normativa correspondiente.
Titulo III: Disposiciones Complementarias
I. Reconocimiento e instalación del Comité de Gestión Local.
II. Requisitos y condiciones para los Centros de Atención según modalidad.
III. Procedimientos en la distribución de alimentos.
IV. Procedimientos en la supervisión de los Centros de Atención.
Anexos
Muchas gracias
Link de evaluación reforzamiento:
https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSezhocgOcFcbVtosug
uUa8t1bD0ZikAv6TeFNiQd1o3TC3BlQ/viewform

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  • 1. PROGRAMA DE COMPLEMENTACIÓN ALIMENTARIA PROPUESTA DE ACTUALIZACIÓN DEL REGLAMENTO DE MODALIDADES DEL PCA DIRECCIÓN DE PRESTACIONES SOCIALES COMPLEMENTARIAS DIRECCIÓN GENERAL DE DISEÑO Y ARTICULACIÓN DE LAS PRESTACIONES SOCIALES MIDIS Ing. Marisol Rutti R.
  • 3.
  • 4. Título I: Disposiciones Generales Objetivo Establecer las disposiciones técnicas de las Modalidades del PCA, las cuales describen las características, condiciones, procedimientos, funciones de las instituciones, organizaciones y actores que intervienen en el Programa de Complementación Alimentaria. Ámbito Las disposiciones establecidas en el presente reglamento son de aplicación para las unidades orgánicas del MIDIS, gobiernos locales que ejecutan el PCA, entidades públicas y organizaciones civiles y comunitarias involucradas en la gestión del PCA. Definiciones Se establecen definiciones de principales términos. Capítulo I
  • 5. Título I: Disposiciones Generales Características El PCA es un programa descentralizado a los Gobiernos Locales, distritales de Lima Metropolitana y provinciales en el resto del país, que suscriben el Convenio de Gestión con el MIDIS, cuyo fin es brindar un complemento alimentario a sus usuarios a través de los Centros de Atención, que se encuentran agrupados en cinco modalidades. La finalidad del programa es brindar complemento alimentario, mediante la entrega de alimentos en especie u otras formas de entrega, a la población usuaria del programa en situación de pobreza y vulnerabilidad; en el marco del derecho a la alimentación adecuada. El PCA se ejecuta a nivel nacional, a través de los GL que hayan suscrito el Convenio de Gestión. Usuarios Son usuarios(as) del PCA las personas en situación de pobreza, pobreza extrema, aquellas en situación de vulnerabilidad y las personas afectadas por emergencias temporales, cuyos criterios se detallan en cada modalidad de atención. Capítulo II Características y modalidades del PCA
  • 6. Comedores Organizaciones Sociales de Base OSB conformadas por personas en situación de pobreza o vulnerabilidad, que tienen como actividad principal la preparación de alimentos y el apoyo social. Pueden ser Comedor Popular, Comedor Club de Madres, Comedor Parroquial y otros afines. Las Organizaciones Sociales de Base debe ser reconocidas como tal por la Municipalidad de acuerdo a sus leyes específicas, Ley N° 25307 y Ley N° 27731, y sus Reglamentos, entre otra normativa aplicable. En tal sentido, son usuarias de esta modalidad las personas socias y no socias de la OSB. En esta modalidad, la cantidad de raciones a programar es para 20 días de atención al mes. Hogares - Albergues Organizaciones con personería jurídica que acogen a niños(as) y/o adolescentes y/o personas víctimas de violencia moral y/o física, en estado de abandono, brindando protección y refugio, proporcionándoles así un espacio para que puedan pernoctar y permanecer por un periodo determinado. Estas instituciones deben estar certificadas y/o acreditadas por la entidad del Estado pertinente. En esta modalidad, la cantidad de raciones a programar es hasta para 30 días de atención al mes. Personas en Riesgo Organizaciones con personería jurídica que acogen y brindan protección a niñas, niños, adolescentes, jóvenes, mujeres, hombres y/o adultos mayores que son víctimas de violencia moral y/o física, y/o poseen algún tipo de discapacidad física y/o mental. Al igual que la modalidad anterior estas organizaciones deben estar acreditadas por la entidad del Estado pertinente. En esta modalidad, la cantidad de raciones a programar es hasta para 30 días de atención al mes. Trabajo Comunal Grupo de personas que se organizan para, de forma voluntaria, realizar una obra en beneficio de su comunidad. La obra propuesta debe ser evaluada y verificada por el gobierno local que entregue el complemento alimentario, y no debe tener una duración mayor de dos meses. En esta modalidad, la cantidad de raciones a programar es hasta para un periodo de 2 meses de ejecución de la obra como un máximo de 20 días de atención al mes. PANTBC Es el Programa de Alimentación y Nutrición para el Paciente con Tuberculosis y Familia, que se ejecuta a través de los centros de salud del Ministerio de Salud – MINSA. En tal sentido, son usuarias, las personas afectadas por tuberculosis que reciben tratamiento en forma regular por los Establecimientos de Salud públicos, que sean identificadas y remitidas por la autoridad sanitaria local. En esta modalidad, la cantidad de raciones a programar es para 30 días de atención al mes. Título I: Disposiciones Generales Capítulo II Características y modalidades del PCA
  • 7. Características del Complemento Alimentario •El complemento alimentario comprende una canasta de alimentos entregado como alimento en especie u otras formas de entrega aprobados por MIDIS, que contribuye a brindar al menos una comida al día (principalmente almuerzo). Esta canasta está compuesta por alimentos saludables e inocuos de los grupos de los cereales, menestras, grasas y productos de origen animal; de acuerdo a la normativa vigente. En tanto que, las dosificaciones de referencia se estiman de acuerdo a las recomendaciones emitidas por la entidad rectora de salud. •En cualquiera de las modalidades, excepto PANTBC, y en cualquier mecanismo de entrega el valor del costo de ración es el mismo y es calculado por el MIDIS. •En situaciones de emergencia producidas por desastres naturales o emergencias sanitarias, la composición de la canasta y el valor del costo de la ración puede ser modificada por el MIDIS. Título I: Disposiciones Generales Capítulo II Características y modalidades del PCA
  • 8. Formas de Apoyo/Mecanismos de entrega Entrega de Alimentos en Especie Consiste en la entrega mensual de los alimentos en crudo por parte de los gobiernos locales a los Centros de Atención. Subsidio Económico Consiste en la entrega de una asignación económica mensual o bimensual a cuentas s de los(las) representantes autorizados(as) de los Centros de Atención del PCA. La asignación es utilizada exclusivamente para la compra y preparación de alimentos. Equipamiento Procedimiento por el cual los gobiernos regionales, locales o el gobierno nacional, de acuerdo a su disponibilidad presupuestal, entregan bienes y/o servicios a los Centros de Atención. Otras formas de entrega El PCA puede implementar mecanismos alternativos de entrega del complemento alimentario, como tarjetas, cupones, vales de alimentos, transferencias monetarias, y otros, aprobados por MIDIS previos estudios de viabilidad, implementación y evaluación de pilotos a cargo del MIDIS en coordinación con los Gobiernos Locales. Las formas de apoyo pueden ser financiadas con recursos provenientes de la cooperación no reembolsable, nacional o internacional, conforme con la normatividad vigente, y otras fuentes de financiamiento. El gobierno nacional, los gobiernos regionales y locales, el sector privado y la cooperación internacional pueden colaborar en las formas de apoyo del PCA. Como parte de los mecanismos de respuestas temporales activados por el PCA en situaciones de emergencia, se podrá entregar la asistencia alimentaria a través de cualquiera de las formas de apoyo, directamente a los usuarios temporales del PCA individualmente o en grupos organizados; de acuerdo a procedimientos que establezca la normativa vigente. Título I: Disposiciones Generales Capítulo II Características y modalidades del PCA
  • 9. Capítulo III: Gestión del Programa PROCESO DE INTERVENCIÓN DEL PROGRAMA DE COMPLEMENTACIÓN ALIMENTARIA Se basa en funciones y participación organizada y articulada de las instituciones del Estado, en el nivel nacional y local, y de las organizaciones de la sociedad civil para la entrega eficiente y eficaz del complemento alimentario a la población en situación de pobreza y vulnerabilidad. Título I: Disposiciones Generales
  • 11. Capitulo IV: Funciones Título I: Disposiciones Generales MIDIS • Establecer lineamientos de gestión y medidas necesarias para el cumplimiento de los objetivos del PCA. • Formular políticas, normas generales y normas técnicas de alcance nacional para los procesos de ejecución, supervisión, monitoreo y evaluación del PCA. • Desarrollar, normar y mantener actualizados los sistemas de información requeridos para el ejercicio de la gestión del PCA. • Aprobar, suscribir y supervisar el Convenio de Gestión, de acuerdo a la normativa vigente sobre la materia. • Crear o modificar las modalidades del PCA. • Emitir opinión técnica respecto de la gestión y administración del programa, así como sobre la asignación y transferencia de recursos presupuestales a los gobiernos locales. • Capacitar y brindar asistencia técnica permanente a los gobiernos locales, Comités de Gestión Local y centros de atención para la correcta gestión del PCA. • Promover la generación de oportunidades y/o capacidades de las Organizaciones Sociales de Base para la mejora del servicio y el incremento de sus ingresos autónomos. • Monitorear, supervisar y evaluar el cumplimiento de los gobiernos locales de la normativa y políticas que emita el MIDIS, así como la atención a las alertas generadas a nivel de gobiernos locales y de usuarios cuando corresponda. • Determinar los criterios de distribución de presupuesto asignados al Programa para cada gobierno local. • Adoptar medidas en caso de detectar irregularidades en la gestión del PCA por parte de los gobiernos locales, a fin que estas se reviertan.
  • 12. Capitulo IV: Funciones GOBIERNOS LOCALES • Utilizar el presupuesto del PCA según lo establecido en el marco legal respectivo. • Verificar en coordinación con las Organizaciones Sociales de Base, en la modalidad de Comedores Populares, la consistencia de la información del Padrón de Usuarios, conforme a los criterios establecidos por el MIDIS. • Suscribir y cumplir el Convenio de Gestión de acuerdo al modelo aprobado por el MIDIS; comprometiéndose a: • Cumplir los lineamientos, directivas y/u otro documento de gestión de acuerdo a la normativa que emita el MIDIS. • Garantizar el cumplimiento de los objetivos y las fases operativas del PCA. • Informar al MIDIS de los saldos en el presupuesto con el que atiende a cada modalidad del PCA. • Reconocer a los centros de atención que forman parte del PCA, de forma oportuna, conforme al procedimiento establecido por el MIDIS. • Asegurar la provisión oportuna de alimentos a los centros de atención del PCA. • Garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los centros de atención respecto del PCA, aplicando las medidas correctivas y/o sancionadoras, conforme a los lineamientos y/o criterios que establezca el MIDIS. • Actualizar y comunicar oportunamente la información, sobre los centros de atención del PCA, al MIDIS. • Brindar asistencia técnica permanente a los centros de atención, respecto del PCA. • Facilitar la generación de oportunidades y/o capacidades de las Organizaciones Sociales de Base para la mejora del servicio y el incremento de sus ingresos autónomos. • Respetar la autonomía de gestión y organización de las Organizaciones Sociales de Base que realicen la asistencia alimentaria. • Asegurar la instalación del Comité de Gestión Local dentro de los cuarenta y cinco (45) días calendario de iniciado cada año fiscal. • Considerar únicamente como válidos los acuerdos del Comité de Gestión Local dentro de la gestión del PCA. • Informar al Comité de Gestión Local, respecto de la ejecución presupuestal, el proceso de compra, distribución, supervisión y los demás que se relacionen o sean solicitados por dicho comité. • Remitir oportunamente la información solicitada por el MIDIS. Título I: Disposiciones Generales
  • 13. Capítulo IV: Funciones COMITE DE GESTIÓN LOCAL El CGL es una instancia de participación conformada por seis (6) integrantes: tres (3) de las Organizaciones Sociales de Base, dos (2) del gobierno local que ejecute el programa y un (1) representante de la institución pública que determinen los cinco integrantes anteriores, que coadyuve a garantizar una adecuada elección de los alimentos que conformarán las raciones, tomando en cuenta sus valores nutricionales, entre otros aspectos técnicos. En la sesión de instalación del Comité se elegirá a su presidente de entre sus miembros. El último integrante de una institución pública debe ser elegido considerando su condición profesional y competencias ligadas al ámbito sanitario para cumplir con lo señalado. En caso no se cuente con la modalidad de comedores populares, del ámbito del PCA, en el distrito o provincia en que se ejecute el programa, el Comité de Gestión local está conformado por un (1) representante del gobierno local y un (1) representante de la autoridad sanitaria local conforme a lo señalado en el párrafo precedente. El Comité de Gestión Local tendrá las siguientes funciones: • Las representantes de las Organizaciones Sociales de Base en el Comité de Gestión Local participan en las fases operativas del PCA conforme lo establezca dicho comité. • Elegir los alimentos que conforman las raciones alimentarias para cada modalidad del programa, conforme lo establezcan las normas de la materia y/o el MIDIS. • Supervisar y fiscalizar la ejecución de los recursos presupuestarios asignados al gobierno local para la ejecución del PCA. • Supervisar la efectiva distribución de alimentos por parte del gobierno local. • Aprobar el Plan de Supervisión para los centros de atención. • Garantizar que los acuerdos adoptados sean de acuerdo a sus funciones y a la normativa del PCA. • Informar oportunamente sobre los acuerdos adoptados al MIDIS, a los gobiernos locales y a todos los centros de atención. • Otras que coadyuven al cumplimiento de las funciones precedentes. Título I: Disposiciones Generales
  • 14. Capítulo IV: Funciones CENTROS DE ATENCIÓN Es la entidad, organización y/o colectivo de personas a través de la cual se entrega el complemento alimentario a los usuarios del Programa de Complementación Alimentaria, sea preparado o en crudo, según la modalidad de atención a la que pertenezca. En lo concerniente a la gestión del PCA, las personas responsables de los centros de atención cumplen las siguientes funciones: • Elaborar, actualizar el padrón de usuarios y remitir oportunamente al gobierno local en los plazos establecidos por el MIDIS y el gobierno local. Es responsabilidad de las representantes del centro de atención mantener actualizado el registro de usuarios beneficiarios del PCA. • Garantizar la vigencia de su representante ante el gobierno local que ejecuta el PCA. • Comunicar al gobierno local, a través de la instancia pertinente según su organización, respecto de los cambios de su representante, dirección y cualquier otro asunto de importancia para el PCA. • Recibir los alimentos en las fechas programadas, sea a través de cualquier mecanismo de entrega, y asegurar su almacenamiento adecuado. • Asegurar la entrega del complemento alimentario a los usuarios del PCA. • Realizar actividades para la mejora del servicio y el incremento de sus ingresos autónomos. • Brindar facilidades al MIDIS y a los gobiernos locales para las acciones de supervisión que realicen, las que contarán con un representante del centro de atención. • Realizar las rendiciones de cuentas de acuerdo a los procedimientos establecidos en este documento para cada mecanismo entrega. • Garantizar el uso correcto del complemento alimentario, entregado como alimentos en especie, u otras formas de entrega, de acuerdo a los procedimientos y fines establecidos en este documento. Ante el incumplimiento del mismo, se aplicarán las medidas correctivas y/o sancionadoras, conforme a los lineamientos y/o criterios que establezca el MIDIS. • Otras que establezca el MIDIS. Los requisitos y condiciones para la incorporación de organizaciones como centros de atención del PCA en sus diferentes modalidades se detallan en el Anexo 2 de este documento. Título I: Disposiciones Generales
  • 15. Capítulo IV: Funciones ORGANIZACIONES SOCIALES DE BASE La intervención de las Organizaciones Sociales de Base en el PCA se realiza de acuerdo a las normas que regulan su participación. Título I: Disposiciones Generales
  • 16. Se ha organizado la gestión en 3 componentes: COMPONENTE 1. GESTIÓN ALIMENTARIA COMPONENTE 2. FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES COMPONENTE 3. MONITOREO, SUPERVISIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO Título II: Disposiciones Específicas Capítulo I: Componentes
  • 17. COMPONENTE 1. GESTIÓN ALIMENTARIA, este componente describe los procedimientos relacionados con la organización, entrega y control del complemento alimentario sea como alimento en especie u otra forma de entrega. Los procesos comprende: Procesos previos para la entrega del complemento alimentario A cargo del MIDIS • Aprobación del modelo de convenio que contempla la posibilidad de elección y cambio del mecanismo de entrega del complemento alimentario. • Suscribe el Convenio de Gestión; procedimiento mediante el cual el MIDIS aprueba el convenio de gestión y lo suscribe con los gobiernos locales a fin de autorizar la transferencia de recursos. • Programación y transferencia de recursos presupuestales; procedimiento mediante el cual el MIDIS propone y comunica al Ministerio de Economía y Finanzas, a fin de que éste transfiera los recursos a los gobiernos locales. • Asistencia técnica a los gobiernos locales en el registro, organización, administración y ejecución de los procesos de la gestión alimentaria. • Facilita la celebración de convenios interinstitucionales entre los gobiernos locales y otras entidades públicas y privadas que coadyuven en la eficiencia de los procesos de compra y distribución de alimentos, y de cualquier otro mecanismo con el mismo fin. • Registrar y documentar información sobre los aspectos que considere pertinentes en los procesos de la gestión alimentaria, del fortalecimiento de capacidades, del monitoreo, supervisión y acompañamiento relacionado al PCA. Título II: Disposiciones Específicas Capítulo I: Componentes
  • 18. A cargo de los Gobiernos Locales • Suscripción del Convenio de Gestión; procedimiento mediante el cual los gobiernos locales suscriben el convenio de gestión a fin de obtener los recursos del gobierno nacional. • Reconocer e Instalar el Comité de Gestión Local; procedimiento mediante el cual los gobiernos locales, luego que las Organizaciones Sociales de Base eligen a sus representantes y lo acreditan mediante acta de elección, emiten la Resolución correspondiente para la conformación del Comité. • Incorporación del Centro de Atención; procedimiento mediante el cual los gobiernos locales incorporan a una organización como centro de atención del PCA. Los Centros de Atención deben estar ubicados preferentemente en distritos con alta concentración de hogares con clasificación socioeconómica Pobre y Pobre Extremo conforme al SISFOH. • Selección del mecanismo de entrega del complemento alimentario, en coordinación con el Comité de Gestión local, cuando corresponda. Esta decisión es coordinada con el MIDIS y plasmada en el Convenio de Gestión. • Registro de usuarios; procedimiento mediante el cual los gobiernos locales registran la información de los usuarios del programa en los sistemas correspondientes. • Suscripción de convenios interinstitucionales con otras entidades públicas y privadas, en el marco de las leyes vigentes, que coadyuven en la eficiencia de los procesos de compra y distribución de alimentos, y de cualquier otro mecanismo con el mismo fin. • En caso de que el mecanismo sea “Entrega de alimentos en especie” y en otras formas de entrega como “Tarjetas de alimentos”, los gobiernos locales realizan el proceso de contratación de acuerdo a la normativa vigente. • Verificación previa de las condiciones sanitarias y de seguridad de los locales donde se almacenan y distribuyen los alimentos, de los Centros de Atención; comprende también la verificación de la cantidad y calidad sanitaria de los alimentos y del transporte de acuerdo a la normativa vigente. Título II: Disposiciones Específicas COMPONENTE 1. GESTIÓN ALIMENTARIA Procesos previos para la entrega del complemento alimentario
  • 19. A cargo del Comité de Gestión Local • Instalación del Comité de Gestión; proceso mediante el cual los miembros del Comité de Gestión se reúnen en una primera sesión para el inicio de sus funciones. • Aprobación de la canasta de alimentos para el ámbito de su jurisdicción. • Coordinación con el gobierno local para elegir el mecanismo de entrega del complemento alimentario, cuando corresponda. • Participación en la gestión del programa, en su calidad de instancia mixta que contribuye con una adecuada gestión. • Evaluación de la incorporación de nuevos centros de atención. Título II: Disposiciones Específicas COMPONENTE 1. GESTIÓN ALIMENTARIA Procesos previos para la entrega del complemento alimentario
  • 20. A cargo del Comité de Gestión Local • Instalación del Comité de Gestión; proceso mediante el cual los miembros del Comité de Gestión se reúnen en una primera sesión para el inicio de sus funciones. • Aprobación de la canasta de alimentos para el ámbito de su jurisdicción. • Coordinación con el gobierno local para elegir el mecanismo de entrega del complemento alimentario, cuando corresponda. • Participación en la gestión del programa, en su calidad de instancia mixta que contribuye con una adecuada gestión. • Evaluación de la incorporación de nuevos centros de atención. Título II: Disposiciones Específicas COMPONENTE 1. GESTIÓN ALIMENTARIA Procesos previos para la entrega del complemento alimentario
  • 21. Título II: Disposiciones Específicas COMPONENTE 1. GESTIÓN ALIMENTARIA Procesos para la entrega del complemento alimentario A cargo del Gobierno Local Cuando el mecanismo de entrega del complemento alimentario sea la “Entrega de alimentos en especie”: a) Recepción de alimentos; previa verificación y conformidad del tipo, cantidad y calidad de alimentos adquiridos por el gobierno local, se almacena en lugares adecuados (seguros, limpios, ventilados) dispuestos para tal fin por el gobierno local, siguiendo las disposiciones sanitarias establecidas para tal fin por el sector salud. b) Distribución de alimentos; procedimiento por el cual los gobiernos locales entregan los alimentos a los Centros de Atención de forma coordinada con el Comité de Gestión Local. Los detalles de este proceso se indican en el Anexo 3 adjunto de este documento. c) De haber gestionado convenio con otra entidad pública para la ejecución de alguno de estos procesos o de ambos, en el marco de la legislación vigente, los gobiernos locales acompañan la ejecución de los mismos, asegurando la entrega oportuna del complemento alimentario a la población usuaria del PCA. En el caso de la entrega de Subsidios Económicos: a) Abono del subsidio en la cuenta de cuentas de ahorro a quien tenga el cargo de Presidente/a de la Junta Directiva del Centro de Atención del PCA; la cual debe estar debidamente acreditada/o ante la municipalidad. b) Para efectuar el siguiente abono, se debe presentar previamente el balance de la transferencia del período anterior (mes o dos meses) en los plazos que establezca el respectivo gobierno local, a través de medios físicos o digitales disponibles. Para otras formas de entrega del Complemento Alimentario, el MIDIS establece los procedimientos correspondientes una vez finalizado y evaluado los pilotos implementados para tales fines.
  • 22. Título II: Disposiciones Específicas COMPONENTE 1. GESTIÓN ALIMENTARIA Procesos para la entrega del complemento alimentario A cargo de los Centros de Atención a) Recepción; las representantes de los Centros de Atención se organizan para recibir los alimentos entregados por el gobierno local o adquiridos directamente, y registran su ingreso, verificando la inocuidad, calidad y cantidad de éstos. b) Almacenamiento de los alimentos recibidos en ambientes seguros, limpios, ventilados considerando las Buenas Prácticas de Almacenamiento. Se sugiere como práctica el uso de un documento de control para el registro del ingreso y salida de alimentos. c) Preparación de los alimentos siguiendo las recomendaciones de alimentación saludable y adoptando las buenas prácticas de higiene y manipulación de alimentos. d) Entrega de Ración; es el producto final que se entrega al usuario(a) del Centro de Atención. Ésta es entregada como ración preparada. Sólo en determinadas situaciones de atención a Usuarios del PANTBC, Personas en Riesgo y/o en situación de desastres naturales o emergencias sanitarias la entrega se da como alimento crudo. Esta acción se debe registrar en un documento de registro de entrega de raciones diarias que cuente con el visado de una persona responsable para tal fin. e) Pago a Proveedores; en la modalidad de subsidios, previa conformidad por parte de la junta directiva de la organización sobre la cantidad y calidad de alimento adquirido. f) El Centro de Atención debe presentar la rendición de cuentas adjuntando los comprobantes de pago para justificar el buen uso de los recursos. g) Para otras formas de entrega del Complemento Alimentario, el MIDIS establece los procedimientos correspondientes una vez finalizado y evaluado los pilotos implementados para tales fines.
  • 23. Título II: Disposiciones Específicas COMPONENTE 1. GESTIÓN ALIMENTARIA Procesos posteriores para la entrega del complemento alimentario A cargo del MIDIS a) Brinda el acompañamiento técnico al gobierno local para que desarrolle las actividades de control y supervisión a los Centros de Atención. Ésta puede realizarse a través de sistemas en líneas disponibles y/o de forma presencial. A cargo del Gobierno Local a) Verifica, a través de las visitas de supervisión, que los alimentos entregados bajo cualquier mecanismo sean utilizados correctamente en la atención de la población usuaria. b) Cuando el mecanismo de entrega del complemento alimentario sea a través de subsidios, revisa que la rendición de gastos sea correcta y esté debidamente sustentada. De tener observaciones, el gobierno local las comunica al centro de atención en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles de haber recibido la documentación. Las observaciones al balance de los subsidios pueden realizarse en los siguientes casos: ● Cuando se haya empleado para la adquisición de bienes no necesarios para la preparación de alimentos y/o combustible. ● Cuando el balance no se haya presentado en la fecha. ● Cuando los documentos que sustenten el balance se encuentren adulterados o ilegibles. ● Cuando no concuerde el balance con el monto asignado, o la suma final no concuerde con la sumatoria de los montos consignados. c) El gobierno local otorga un plazo no mayor de tres (3) días hábiles para que el comedor subsane la observación formulada.
  • 24. Título II: Disposiciones Específicas COMPONENTE 1. GESTIÓN ALIMENTARIA Procesos para la entrega del complemento alimentario A cargo del Gobierno Local a) El gobierno local no realiza la transferencia monetaria en los siguientes casos: ● Cuando no se presente el balance de la transferencia anterior. ● Cuando no se haya subsanado las observaciones formuladas por el gobierno local, en el plazo establecido. ● Cuando se solicite que se realice las transferencias a otras cuentas o subcuentas no autorizadas. b) Una vez subsanados estos casos, se entrega la siguiente transferencia monetaria en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles. c) Si los casos señalados se presentan de forma reiterada durante tres meses consecutivos, o cinco meses alternados dentro del ejercicio, el subsidio al comedor podrá ser suspendido, de acuerdo a lo que evalúe y determine el gobierno local. En este último caso, el Gobierno Local pueden reprogramar próximas transferencias a Juntas Directivas Transitorias elegidas por la Organización Social de Base acreditadas en el Gobierno Local. d) El gobierno local es responsable de realizar los procedimientos necesarios para verificar la información que contiene los documentos sustentatorios presentados por el centro de atención.
  • 25. Título II: Disposiciones Específicas COMPONENTE 1. GESTIÓN ALIMENTARIA Procesos para la entrega del complemento alimentario A cargo de los Centros de Atención a) El balance debe ser aprobado por la Junta Directiva del Centro de Atención. La presentación del balance tiene carácter de declaración jurada y debe adjuntar los documentos que lo sustenten (comprobantes de pago), de acuerdo a los instrumentos operativos que establezca el MIDIS. El balance está sujeta a fiscalización posterior. b) La presentación del balance puede realizarse de manera física y/o utilizando plataformas digitales disponibles. c) Para cualquiera de los mecanismos de la entrega de alimentos recibidos, los Centros de Atención facilitan los registros: documento de control de ingreso y egreso de almacén, documento de registro de entrega de raciones diarias, entre otros.
  • 26. COMPONENTE 2. FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES; el objetivo del Componente es fortalecer las capacidades de los representantes de los gobiernos locales vinculados a la gestión del PCA y de los representantes de los centros de atención que incluye a las organizaciones sociales de base que participan en la gestión del Programa. Los contenidos a priorizar son: gestión del PCA, alimentación y nutrición, y empoderamiento. COMPONENTE 3. MONITOREO, SUPERVISIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO; el objetivo del componente es procurar el cumplimiento del buen uso de los recursos del Programa, así como del cumplimiento de los procesos y compromisos establecidos en este documento y en la normativa vigente referida al PCA. Las Estrategias del Componente no se limitan sólo a la verificación del logro de los objetivos y cumplimiento de indicadores, sino además de acompañar la gestión del Programa en sus diferentes fases, a través de un Plan de Acompañamiento y Supervisión. Título II: Disposiciones Específicas Capítulo I: Componentes
  • 27. • Primera. Toda normativa y documentación emitida, concerniente a la gestión del PCA, deben adecuarse a lo dispuesto en el presente documento. • Segunda. Hasta que se aprueben los nuevos instrumentos operativos para la gestión del PCA, seguirán vigentes los formatos que actualmente vienen utilizando los gobiernos locales. • Tercera. Los procedimientos iniciados y en curso, concerniente a la gestión del PCA en el nivel local, deben adecuarse a lo dispuesto en el presente documento, en la medida que culminen los plazos de vigencia de los actuales Convenios de Gestión o previo acuerdo con MIDIS de adecuación anticipada. • Cuarta. La implementación de las otras formas de entrega del Complemento Alimentario, como las transferencias monetarias, tarjetas, vales, cupones de alimentos y otros, se realizan de manera gradual y progresiva, posterior a los resultados de los pilotos de validación conducidos por el MIDIS en coordinación con los gobiernos locales. • Quinta. Los procedimientos de los mecanismos de respuestas temporales para la asistencia alimentaria en situaciones de emergencia producidas por desastres naturales o emergencias sanitarias se detallarán en la normativa correspondiente. Titulo III: Disposiciones Complementarias
  • 28. I. Reconocimiento e instalación del Comité de Gestión Local. II. Requisitos y condiciones para los Centros de Atención según modalidad. III. Procedimientos en la distribución de alimentos. IV. Procedimientos en la supervisión de los Centros de Atención. Anexos
  • 29. Muchas gracias Link de evaluación reforzamiento: https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSezhocgOcFcbVtosug uUa8t1bD0ZikAv6TeFNiQd1o3TC3BlQ/viewform