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COMISIÓN DERECHOS HUMANOS
DEL ESTADO DE MÉXICO
VISITADURIA GENERAL SEDE CHALCO
VISITADOR GENERAL:
LIC. GREGORIO MATÍAS DUARTE OLIVARES
FRANCISCO JAVIER MINA No. 35
BARRIO LA CONCHITA,
CHALCO, ESTADO DE MÉXICO
TEL: (0155) 15 51 15 90 y 26 32 59 74
FUNDAMENTOS DE LA
ACTUACIÓN DOCENTE EN EL
MANEJO DE MENORES EN
CONDICIÓN DE RIESGO.
OBJETIVOS


INSTRUIR

EN EL CONOCIMIENTO Y RESPETO A LA INTEGRIDAD
PERSONAL DURANTE EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES Y

ATRIBUCIONES.


ESTABLECER
MENORES DE

MEDIDAS
EDAD .

DE

TRATAMIENTO

TRATÁNDOSE

DE

3
CONTENIDO:
INTRODUCCIÓN
1.- RESPUESTA A LOS INFORMES SOLICITADOS POR LA
CODHEM.
1.1.- ATRIBUCIONES DE LA CODHEM.
1.2.- LA QUEJA Y LA RECOMENDACIÓN.
1.2.1.- EL PROCEDIMIENTO DE LA QUEJA:
1.2.2.- COMO DEBEMOS RESPONDER A LOS INFORMES
SOLICITADOS POR LA CODHEM

4
2.- ¿LOS DERECHOS HUMANOS?
2.1.- FUNCIONES Y ATRIBUCIONES.
2.2.- COMO ENTENDEMOS LOS DERECHOS HUMANOS;
2.3.- QUE DEBEMOS SABER DE LOS DERECHOS HUMANOS
.

5
3.0.- EL PRINCIPIO POR PERSONAE:
EL NIÑO COMO SUJETO DE DERECHOS EN FORMACIÓN
3.1.- EL CONTENIDO DE LA LEY; QUE DEBEN CONTENER LOS
REGLAMENTOS ESCOLARES

3.2.- LA NEGACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS. PRACTICA:
QUE QUEREMOS REGLAMENTAR Y COMO REGLAMENTAMOS
4.- LOS MENORES EN CONDICIÓN DE RIESGO;
4.1.- MEDIDAS DE TRATAMIENTO DE CONFORMIDAD
A LAS CONDUCTAS ANTISOCIALES;
4.2.- LA COADYUVANCIA DE AUTORIDADES
4.3.- ACTUACIÓN DURANTE EL EJERCICIO DE LA
FUNCIÓN MEDIADORA CONCILIADORA Y LOS
DERECHOS HUMANOS.

4.4.- EJERCICIO: MEDIDAS DE TRATAMIENTO
¿QUÉ PODEMOS HACER Y
QUÉ DEBEMOS HACER?
QUE HACER

COMO DOCUMENTAR
QUE ACCIONES TOMAR
1.- RESPUESTA A LOS INFORMES SOLICITADOS
POR LA CODHEM.
1.1.- LA QUEJA Y LA RECOMENDACIÓN.
1.2.1.- EL PROCEDIMIENTO DE LA QUEJA:
1.2.2.- COMO DEBEMOS RESPONDER A LOS
INFORMES SOLICITADOS POR LA CODHEM
1.2 Que es una Queja
Es una Manifestación de la inconformidad
de una persona sobre la actuación de
algún servidor publico a través de la cual
la hace del conocimiento a la Comisión de
Derechos Humanos.
Es la inconformidad de
una persona sobre
algún servidor publico.

¿QUE ES UNA QUEJA?

Son las observaciones
resultado
de
la
investigación sobre los
hechos relacionados a
las acciones u omisiones
de
los
servidores
públicos, que dieron
motivo a la violación de
derechos
humanos.

¿QUE ES UNA
RECOMENDACIÓN?
1.2.1.- EL PROCEDIMIENTO DE
QUEJA

Queja Presume

la violación
al derecho a la vida, a
la integridad física o
psíquica

12
El visitador responsable  realiza
la
investigación; analiza los hechos, argumentos, las
pruebas para determinar si una autoridad o
servidor público ha violentado los derechos
humanos de una persona.

13
LCODHEM
ART.
13.Requerir a las autoridades
…….la información sobre
probables violaciones a
derechos humanos;
El informe solicitado a
la autoridad o
servidores públicos
LCODHEM Art. 79.-; Debe consignar:
Antecedentes del asunto, los motivaciones,
fundamentos de los actos u omisiones
impugnados así como los elementos de
información que consideren necesarios para la
tramitación del asunto.
1.2.2.- COMO DEBEMOS RESPONDER A LOS
INFORMES SOLICITADOS POR LA CODHEM
Art 115.- Las autoridades o servidores
públicos …. deben colaborar y proporcionar
sin dilación la información, la información y
datos en términos del art. 42 LRSP fracc:
XXIV.
Los servidores públicos deben de cumplir la
obligación de rendir cuentas por sus actos
ante instituciones oficiales de Derechos
Humanos.

15/01/2014

16
ACTA CIRCUNSTANCIADA
OBJETIVO:
EXPONER

Y

DESCRIBIR
CRONOLÓGICAMENTE HECHOS
Y
ACTUACIONES
PARA
HACERLO SABER A OTRAS
PERSONAS. I. PRESENTAR

POR
ESCRITO
UNA
RELACIÓN DE HECHOS, ACTUACIONES E
INTERVENCIÓN Y CONTROL DE LA
SITUACIÓN EN EL EJERCICIO DE SUS
FUNCIONES:
UN
ACCIDENTE,
UNA
CONDUCTA ANTISOCIAL.

II.

ENTERAR

DE LAS ACTUACIONES A
QUIENES NO ESTUVIERON PRESENTES EN
EL LUGAR DE LOS HECHOS.
RECOMENDACIONES DEL CONTENIDO:
a.
b.

FECHA / HORA.
LUGAR
Y
UBICACIÓN

EN

DONDE

SE

DESARROLLARON LOS HECHOS.
c.

NOMBRES

DE ALUMNOS Y DOCENTES PRESENTES

EN LOS HECHOS.

(DOMICILIO

Y DATOS QUE AYUDEN AL RESGUARDO,
PROTECCIÓN
EN
CASO
DE
SOLICITAR
LA
INTERVENCIÓN DE UNA AUTORIDAD).
d. DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS
(COMO SE ORIGINO; QUE ACTOS
ALUMNOS O PERSONAS)

OCURRIDOS
REALIZARON

TODAS Y CADA UNA DE LAS CIRCUNSTANCIAS DE
MODO

(FORMAS

(CRONOLOGÍA

DE

DE SER, CONDUCTAS),TIEMPO
LOS

SUCESOS),

LUGAR,

Y

CUALQUIER DATO QUE PUDIERA CONTRIBUIR PARA
DAR A CONOCER LAS CAUSAS O MOTIVOS DE
ACTUACIÓN.
e. MOTIVACIÓN

DE

INTERVENCIÓN;

LA
ACTUACIÓN
O
ANALICE,
OBSERVE:

MEDIDAS DE TRATAMIENTO O CONDICIONES QUE SE
ESTABLECEN, FUNDADAS Y MOTIVADAS EN EL
CASO; PARA REQUERIR
UNA ACCIÓN QUE
RESGUARDE LA INTEGRIDAD PERSONAL DE LA

VÍCTIMA

SEÑALAR

O

DEL

MISMO

AGRESOR.

LAS MEDIDAS DE TRATAMIENTO O
CONDICIONES QUE SE ESTABLECEN EN RESGUARDO
DE LA INTEGRIDAD PERSONAL TANTO DE LA
VICTIMAS
COMO
DEL
AGRESOR,
SON
DEL
CONOCIMIENTO DE LOS PADRES O TUTORES
f.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SUSTENTAN LAS
ACCIONES

O

MEDIDAS

QUE

ADOPTARA

PARA

PROTEGER LA INTEGRIDAD PERSONAL:
g.

PRECISAR LOS FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE LEGITIMAN
SU ACTUACIÓN. (ARTÍCULOS CONSTITUCIONALES, LEYES,
REGLAMENTO O CÓDIGOS APLICABLES).

h.

AUTORIDAD

O
AUTORIDADES
QUE
TOMAN
CONOCIMIENTOS DE LOS HECHOS, CUANDO POR
SUS
FACULTADES
QUEDA
IMPEDIDA
SU
ACTUACIÓN.
“NO VIOLENTE LOS DERECHOS
HUMANOS”


“NO APLIQUE SANCIONES
DEL REGLAMENTO
ESCOLAR”



“NO CONFRONTE A LOS
RESPONSABLES”.
2.- ¿LOS DERECHOS HUMANOS?
2.1.- COMO ENTENDEMOS LOS DERECHOS HUMANOS;
(IMÁGENES)
2.2.- QUE DEBEMOS SABER DE LOS DERECHOS HUMANOS
LOS DERECHOS HUMANOS EN LA CONSTITUCIÓN
2.3.- EL PRINCIPIO POR PERSONAE: EL NIÑO COMO
SUJETO DE DERECHOS. (EN FORMACIÓN)
TRATADOS INTERNACIONALES EN MATERIA EDUCATIVA Y
RELATIVA A LOS MENORES.

23
2.2.- QUE DEBEMOS SABER DE LOS DERECHOS HUMANOS
SON LAS DECISIONES QUE TOMAS DÍA A
DÍA; PARA PROTEGER TU DESARROLLO
PROGRESIVO

Y

BIENESTAR

POR

LO TANTO DEBEMOS IMPONER LAS
CONDICIONES PARA QUE NO PUEDAN
SER ANULADOS O NEGADOS POR NADIE
Y DEBEN SER RESPETADOS POR
TODOS.

26
1.
INCORPORA
CONSTITUCIÓN
EL

A

2.

LA

TÉRMINO

PRIVILEGIA

RESPETO

PERSONA ENTENDIDA COMO: SER
HUMANO, ART. 1

A

DIGNIDAD DE
PERSONAS , ART. 1

EL
LA
LAS

REFORMA CONSTITUCIONAL
JUN. 2011
3.

4.

POR
LOS
TRATADOS
INTERNACIONALES
RATIFICADOS POR MÉXICO ,

ARMONIZACIÓN DEL MARCO
NORMATIVO INTERNO CON LA
LEGISLACIÓN
INTERNACIONAL
EN MATERIA DE DERECHOS
HUMANOS, ART. 1

AMPLÍA SU COBERTURA
AL
ESTAR
PROTEGIDOS

ART.

1

IMPLICA

LA

PLENA
5. “LOS

JUECES Y LAS AUTORIDADES

ADMINISTRATIVAS

Y

TODA

AUTORIDAD

DEBE PONER POR DELANTE EL PRINCIPIO

6.

DE QUE LA PROTECCIÓN MÁS AMPLIA

DE TODAS LAS AUTORIDADES

CORRESPONDE A LAS PERSONAS, ESE

PREVENIR,

DE

PRINCIPIO BÁSICO DEBERÁ LLEVARSE A

SANCIONAR

TODAS LAS LEYES DEL PAÍS”, ART. 1

Y

INVESTIGAR,
REPARAR

LAS

VIOLACIONES A LOS DERECHOS

REFORMA

CONSTITUCIONAL
JUN. 2011

ESTABLECE, LA OBLIGACIÓN

HUMANOS, ART. 1

8.

EL

EJERCICIO

DE

LOS

DERECHOS HUMANOS “NO PODRÁ
INSTAURA, LA OBLIGACIÓN DE LAS

RESTRINGIRSE NI SUSPENDERSE,

PROMOVER,

SALVO EN LOS CASOS Y BAJO LAS

RESPETAR, PROTEGER Y GARANTIZAR

CONDICIONES QUE ESTABLECE LA

7.

AUTORIDADES

DE

LOS DERECHOS HUMANOS SEGÚN LOS
PRINCIPIOS

DE

UNIVERSALIDAD,

INTERDEPENDENCIA, INDIVISIBILIDAD Y
PROGRESIVIDAD. ART. 1

CONSTITUCIÓN”. ART

1, 29
ES UN
DERECHO

ES UN DERECHO INEXCUSABLE
EN EL RESPETO AL DESARROLLO;
AL BIENESTAR, “A LA VIDA”.

HUMANO
FUNDAMENTAL Y

ABSOLUTO;

DERECHO A LA
INTEGRIDAD
PERSONAL

O
DERECHO A LA
FINALIDAD: EL DESARROLLO INCOLUMIDAD:
PROGRESIVO DE LA VIDA Y EL
BIENESTAR.
2.3.- EL PRINCIPIO POR PERSONAE: EL NIÑO
COMO SUJETO DE DERECHOS. (EN FORMACIÓN)
La nueva doctrina convierte las
necesidades de niños y adolescentes:
“En lo primero que se debe atender, por lo
que las instituciones y los adultos deben
pensar qué es lo mejor para todos los
menores; sobre todo cuando se
encuentran en “condición de riesgo”
debiendo imponer para su resguardo
“MEDIDAS DE TRATAMIENTO”

15/01/2014

31
En los problemas sociales
considerar:









Condición de riesgo de los menores ;
La coadyuvancia de autoridades y Medidas
de tratamiento de conformidad a las
conductas antisociales;
Actuación durante el ejercicio de la función
mediadora conciliadora y los derechos
humanos.
Medidas de tratamiento
Conclusiones
Premisa fundamental de la doctrina es la
Protección Integral: El principio del interés
superior del niño, consagrado en el Art. 3ro
de la Convención de los derechos del niño,
expresa:
"En todas las medidas concernientes a los
niños que toman las instituciones públicas
o privadas de bienestar social, los
tribunales, las autoridades administrativas
o
los
órganos
legislativos,
una
consideración primordial que se atenderá
será el interés superior del niño."
15/01/2014

33
Principio de Prioridad Absoluta.
Implica atender prioritariamente antes que
nada, las necesidades y derechos básicos de
los niños. Simplemente, el niño está primero,
tendrán primacía en recibir atención y socorro
en cualquier circunstancia, precedencia en la
atención en los servicios públicos, preferencia
en la formulación de las políticas públicas,
prioridad en el destino de recursos públicos etc.

15/01/2014

34
Principio de Participación.
La
Convención
distribuye
la
responsabilidad de proteger al niño
entre tres actores: el Estado, la Familia
y la Comunidad.
Para hacer efectivos estos derechos es
necesario: Mecanismos que garanticen
el cumplimiento de los derechos y
participación del Estado, de las
personas, de las familias, de las
sociedades organizadas y del propio
niño y adolescente.

15/01/2014

35
Los derechos fundamentales de la infancia
reconocidos por la Convención de derechos de
los niños, se agrupan en cuatro categorías:
a) Derecho de Supervivencia; los derechos de
supervivencia incluyen principalmente, el
derecho a la vida (art. 6), a la salud (art. 24), a
un nivel de vida adecuado (art. 27), a la
seguridad social (art. 26), a la protección en
casos de conflictos armados (art. 38), a que los
padres tengan la asistencia debida para que
puedan asumir su crianza (art. 18).
15/01/2014

36
b) Derecho al Desarrollo: incluye entre otros,
derecho a la educación (arts. 28 y 29), acceso
a la información (art. 17), a preservar su
identidad (art. 8), al nombre y nacionalidad (art.
7), a no ser separado de sus padres (art. 9), a
la libertad de pensamiento, conciencia y religión
(art. 14), a la recreación y la cultura (art. 31).

15/01/2014

37
c) Derecho a la Protección: la protección
abarca todas las formas de explotación y
crueldad (art. 19), a no ser objeto de injerencias
en su vida privada, familia, correspondencia
(art. 16), protección especial al niño refugiado
(art. 22), protección al niño mental y
físicamente impedido (art. 23), contra abusos
en el sistema de justicia penal (arts. 37 y 40),
contra el abuso sexual (art. 34), contra la venta
o trata de niños (art. 35), contra el uso ilícito de
estupefacientes (art. 33).
15/01/2014

38
d) Derecho a la Participación: los derechos a la
participación incluyen la libertad de expresión (art.
13), a expresar su opinión y ser escuchado en
asuntos que le conciernen (art. 12), derecho a la
libre asociación y libertad de celebrar reuniones
pacificas (art. 15), además del derecho a
desempeñar un papel activo en la sociedad en
general.

15/01/2014

39
En conclusión se consagra un régimen en el cual el
niño y el adolescente se le va reconociendo el ejercicio
de sus derechos y garantías conforme a su desarrollo o
evolución de sus facultades, el cual va acompañado de
un incremento progresivo de sus deberes y su
responsabilidad, inclusive en materia penal. Asimismo,
se indica expresamente que los padres, representantes
y responsables tienen el deber de orientarlos en el
ejercicio de sus derechos y garantías de forma que
contribuya a su desarrollo integral y a su incorporación
a la ciudadanía activa

15/01/2014

40
LA
REALIZACIÓN
DE LOS
DERECHOS

ESTABLECER
O PROVEER
CONDICIONES.

HUMANOS

EL ESTADO Y SUS
INSTITUCIONES
DEBEN GARANTIZAR
QUE LOS ACTOS DE

SUS AUTORIDADES
U ACTUACIONES NO
VULNEREN LA
INTEGRIDAD
PERSONAL

ASEGURAR EL RESPETO A LA INTEGRIDAD
PERSONAL Y RECONOCER SUS DERECHOS
ESTABLECIDOS EN LOS MARCOS
JURÍDICOS NACIONALES
CONCLUSIONES:
NEGACIONES
DE LOS DERECHOS
HUMANOS
¿Qué es una negación
derechos humanos?

de

los

Desde el punto de vista de los DDHH: La
negación es un mecanismo que consiste
en enfrentarse solo mediante su actuación
(improvisar) en sus tareas o funciones
asignadas, dejando de lado los marcos
jurídicos que respaldan su actuación.
COMO SE DA LA NEGACIÓN A
LOS DERECHOS HUMANOS
 Por omisión: hacer algo que no debió hacer ó haber
dejado de hacer lo que debió hacer….., la ignorancia de la
ley
no
exime
de
responsabilidad.



Violación por acción: realizar un conflicto con su
actuación Ineficiencia, uso de fuerza injustificado, abuso de
autoridad, discriminación, violencia física o verbal.
El Estado es responsable del acto o decisión de la
autoridad, del impedimento o condicionamiento resultante
que vulnera el desarrollo y disfrute de derechos y libertades
fundamentales
Receso

20 minutos
3.2.- LA NEGACIÓN DE LOS DERECHOS
HUMANOS.
PRACTICA:
QUE QUEREMOS REGLAMENTAR Y
COMO REGLAMENTAMOS
 PRACTICA: IDENTIFICA

PROBLEMAS SOCIALES Y/O
PROBLEMAS ESTRUCTURALES

¿QUE HACER COMO ACTUAR?
DESCRIPCIÓN DE LA QUEJA

Esta Defensoría de Habitantes recibió un escrito en el
que se refirió que en la Escuela privada al termino del
ciclo escolar, le expresaron a los padres de un menor;
que nunca fue inscrito y que no hay posibilidad de
entregarle certificado de calificaciones.
DESCRIPCIÓN DE LA QUEJA

Esta Defensoría de Habitantes recibió un escrito
en el que se refirió que En el ciclo escolar, la
servidora pública directora y docente frente a
grupo del Jardín de Niños, realizó conductas de
corrección y castigo contrarios a la dignidad de
varios preescolares a su cargo, a quienes
amenazaba, agredía físicamente, los humillaba y
encerraba en una bodega sin luz, al tiempo que
les decía “les va a salir Chucky con un cuchillo”.
DESCRIPCIÓN DE LA QUEJA
Esta Defensoría de Habitantes recibió un escrito en el
que se refirió que durante el desarrollo de actividades
académicas en la Escuela, la profesora de tercer grado,
se percató que el niño N1 provocó la caída del niño N2,
acción que motivó a la docente a reprender con un
cinturón a N1 ante sus condiscípulos.
Dos alumnos más de ese grado y grupo fueron
reprendidos corporalmente por la mencionada servidora
público, también ante sus compañeros de clase; a N3,
con un cinturón, tras haberle dado alcance fuera del
aula y a N4, a quien abofeteó en el salón a su cargo.
Por los hechos últimos los padres iniciaron la carpeta
de investigación ante la PGJEM.
DESCRIPCIÓN DE LA QUEJA
Esta Defensoría de Habitantes recibió un escrito en el
que se refirió que a su hija la maestra del JN, no le
presta la atención necesaria.
En la hora del recreo su hija no toma sus alimentos,
porque no se le destapan los recipientes; la quejosa
refirió que ya acudió con la directora del plantel y que
como respuesta recibido la advertencia que como
madre cumpliera con sus deberes y obligaciones.
DESCRIPCIÓN DE LA QUEJA
La CODHEM recibió el escrito de una quejosa en donde
refirió hechos que consideró violatorios a los derechos
humanos, mediante diversas diligencias documentó, que
la citada docente por disciplinar; infligió a sus alumnos
golpes con un “metro” de madera; con la mano, jalando
las patillas o propinando “coscorrones”, y malos tratos
verbales, en agravio de las niñas y los niños,
llamándoles: burros, mugrosos, apestosos, “mocolientos”
o “changosos”.
La directora del plantel con conocimiento de los hechos
justificó la conducta de la citada docente a su cargo,
acrecentándose el abuso en agravio de los menores
educandos, sin dar alguna solución a las deficiencias o
desviaciones observadas,
DESCRIPCIÓN DE LA QUEJA
El conserje de la escuela, abusó sexualmente de una niña
aprovechando que su maestra la dejó sola en el salón a la hora
de salida de la escuela, el conserje la amenazó: que si decía algo
quemaría sus papeles para que no la recibieran en ninguna
escuela y golpearía a su mamá.
La madre al día siguiente, acudió con la Directora de la escuela y
comentó lo sucedido; como respuesta le dijo que: “Estaba
indignada, que era algo increíble, que no podía ser que eso
sucediera en su escuela”.
Ante esta respuesta la señora solicitó la baja escolar y los
documentos de su hija, “la Directora me pidió regresar al día
siguiente. cuando regrese al otro día la profesora directora se
mostró molesta y dijo”… “Que seguramente la agresión había
sido en su casa, que probablemente su padre o hermano y sólo
culpaba al conserje para cubrir a alguien, diciéndole que si aún no
presentaba la denuncia, no lo hiciera por el prestigio de la
escuela”.
DESCRIPCIÓN DE LA QUEJA
Fueron retenidos [...] [la] boleta de calificaciones,
diplomas por aprovechamiento y certificado de la
primaria, [...] es por una injusticia generada por la
señora [...] que pertenece a la sociedad de padres de
familia, esto le ha dado autoridad para quedarse con los
papeles de mi hijo. La dirección argumentó [...] ante los
padres de familia que se los documentos se le
extraviaron, en realidad los documentos fueron
entregados a la sociedad de padres de familia.
La dirección escolar dio instrucciones para que se
entregaran [...] los documentos a todos y cada uno de
los alumnos [...] que egresaron del 6° grado y aún así la
mesa de padres de familia decidió no entregarlos.
DESCRIPCIÓN DE LA QUEJA
Esta Defensoría de Habitantes recibió un escrito en
el que se refirió que El profesor, docente de la
materia de matemáticas de la escuela secundaria,
se dirigió a sus alumnos con palabras que atentan
contra su dignidad humana, diciéndoles, entre
otras, que son unos lastres para la sociedad, que
son parásitos, que sólo van a la escuela a
"enchinchar", que actúan como si estuvieran
"drogados", que tienen "mierda" en la cabeza;
llamándolos "idiotas", "retrasados", "estúpidos",
"mensos", "burros", "inútiles" o "pendejos".
Estas circunstancias originaron que los
padres de familia se manifestaran en el
plantel escolar, solicitando la salida de la
escuela del profesor; a efecto de estar en
posibilidad de dar una respuesta sobre
los acontecimientos, las autoridades
educativas colocaron al docente a
disposición de la supervisión escolar, en
tanto, las clases que impartía fueron
encomendadas a la orientadora de la
escuela.
Entre otros casos que se conocen, el docente
agredió físicamente a uno de sus alumnos,
hecho que originó que el padre del menor
acudiera a la escuela tratando de golpear al
profesor; en respuesta a la agresión recibida
por su hijo-, situación que no aconteció gracias
a la intervención de los directivos escolares; en
el mismo ciclo infirió malos tratos a otra de sus
alumnas, jalándole de los cabellos; asimismo, a
uno más de sus educandos le tomó de la mano,
se la dobló hacia atrás y lo lastimó, todo con el
objeto de retirarle un teléfono celular que había
sonado cuando estaban en clase y debido a
que el niño se negó a entregárselo de manera
voluntaria.
De los anteriores casos los directivos
escolares instrumentaron actas haciendo
constar los hechos, de la conducta violenta
que el profesor ejerció en contra de sus
alumnos dieron cuenta, además de los que
fueron sus alumnos, los directivos escolares
del plantel educativo, como la supervisora
escolar de la zona, el director, la subdirectora
y la orientadora, entre otros, quienes a lo largo
de los últimos años han manifestado su
preocupación por esta actitud y las acciones
de violencia física y psicológica que el docente
desarrolla en perjuicio de los educandos.
REGLAMENTOS ESCOLARES DE EDUCACIÓN
Los reglamentos pretenden :
• Validar las actuaciones de la autoridad con el sello de acto
legítimo.
• Son utilizados como herramientas de control, encausamiento
y ejercicio de poder.
• Ser “instructivos” de comportamiento inducido, o
encauzamiento de conductas a fin de que prevalezca un
cierto orden diseñado por las instituciones escolares.
• Ejercer vigilancia continua.
• Sirven para formalizar la reglamentación interna de grupos.
• Ayudar a establecer actos sobre los alumnos y padres de
familia
“imposibilitando
los
reclamos”.
Funciones:
Mediante su aprobación firmada pretendidamente debe ser
considerado como bueno, correcto, benéfico tanto para los alumnos,
como para sus padres o tutores.
Por parte funciona, para dictaminar sanciones o dar salida a
estrategias coercitivas:
1) Distribución y el aprovechamiento de los tiempos asignados:

“Aprovecharé al máximo el tiempo de clases…”
“Entregaré a tiempo las circulares, avisos y boletas de calificaciones…”
“Avisaré a tiempo a mis papás…”
“Llegaré puntualmente a clases…”

2) Cuidado en el uso de objetos y espacios físicos:

“Cuidaré todo lo que hay en mi Colegio…”,
“Deberé conservar mi boleta en buen estado…”
“Evitaré traer al Colegio grabadoras, radio, celulares y otros objetos que puedan
distraerme”.

3) Apariencia personal:

“Mi corte de pelo deberá ser signo de un verdadero estudiante…”
“Llegaré puntualmente a clases, con el uniforme completo y limpio”.

4) Actitudes en el comportamiento:

“Evitaré manifestaciones de afecto, propias de novios, que excedan un trato normal”.
“Manifestaré una actitud de respeto a los Símbolos Patrios…”
“Evitaré masticar chicle y comer en el salón”.
http://excellereconsultoraeducativa.ning.com/video/aprendersin-miedo
QUE DEBEN CONTENEN LOS REGLAMENTOS
ESCOLARES Y QUE DEBEN REGLAMENTAR
• Deben contener actos jurídicamente fundamentados.
• Deben proteger la integridad personal de todos los actores en
la educación.
• Deben contener las metodologías y estrategias para imponer
condiciones de tratamiento hacia las conductas de los
menores
• Encauzamiento de conductas a fin de que prevalezca un
cierto orden diseñado por las instituciones escolares en
coadyuvancia con otras autoridades.
• Ayudar a establecer el bien estar sobre los alumnos y padres
de familia, posibilitando la integración de la familia con el
núcleo escolar.
• Guardarse de querer juzgarlo todo y precipitadamente.
Esforzarse por no caer en el simplismo de "etiquetar" los
problemas, que es un modo de eludir su complejidad.
• Impulsar el esfuerzo individual supervisado por los padres.
Principios fundamentales:
Inciso 5. …aplicar una política progresista de
prevención de la delincuencia, así como de estudiar
sistemáticamente y elaborar medidas pertinentes que
eviten criminalizar y penalizar al niño por una conducta
que no causa graves perjuicios a su desarrollo ni
perjudica a los demás.

63
LA POLÍTICA Y LAS MEDIDAS DEBERÁN INCLUIR:

a) El reconocimiento del hecho de que el comportamiento o
la conducta de los jóvenes que no se ajustan a los valores y
normas generales de la sociedad son con frecuencia parte
del proceso de maduración y crecimiento y tienden a
desaparecer espontáneamente en la mayoría de las
personas cuando llegan a la edad adulta;
b) La conciencia de que, según la opinión predominante de
los expertos, calificar a un joven de "extraviado",
"delincuente" o "predelincuente" a menudo contribuye a que
los jóvenes desarrollen pautas permanentes de
comportamiento indeseable.
15/01/2014

64
QUE DEBEN CONTENER LOS REGLAMENTOS ESCOLARES
En el ejercicio de la docencia como servicio
publico, se presentan problemas de aspecto
social y estructural
Los problemas sociales, son aquellos relativos
a la familia, la comunidad, que afectan la
integridad personal.
Los problemas estructurales son aquellos
relativos a la interacción por los procesos de
enseñanza aprendizaje, en donde se ve
afectada la integridad personal.
65
PROBLEMAS ESTRUCTURALES:
Estrategias o políticas para establecer y hacer del
conocimiento de los padres de familia acerca de
medidas de tratamiento relativas:


Violencia escolar:



Acoso escolar (bulling)

vandalismo
disrupción
robo
drogas, armas
conflictos entre escolares
ausentismo alumnos o maestros
atención a la salud por accidentes
diversos
PROBLEMAS SOCIALES:
Estrategias o políticas para establecer y hacer del
conocimiento de las autoridades problemas
sociales de los padres de familia o acerca de la
crianza de los hijos para establecer medidas de
tratamiento relativas:


Violencia :

familiar
robo
drogas, armas
trata de personas/violación/estupro
EJEMPLO:
LAS

POLÍTICAS

DE LA ESCUELA CONTRA LA VIOLENCIA ESCOLAR Y

CONTRA EL ACOSO ESCOLAR

(BULLYING).
En esta Escuela se inculcan los valores morales: El bien ser, el bien
hacer, el bien estar y el bien tener.
Nuestra Institución protege la integridad personal, (El desarrollo
progresivo de la vida para el bienestar y la convivencia); todos
debemos proteger, resguardar a los más débiles y desvalidos.
Sobre la base de la prevención daremos atención a aquellas
conductas antisociales cometidas por los actores de la violencia
escolar.

“MANIFESTAMOS

QUE EN ESTA INSTITUCIONES ENSEÑAMOS A LOS NIÑOS

NIÑAS Y ADOLESCENTES A RECHAZAR LA INTIMIDACIÓN Y EL MALTRATO, ASÍ
TAMBIÉN ESAS FORMAS DEL EJERCICIO DEL PODER NO SON ADMISIBLES Y
QUE SON SOCIALMENTE INDESEABLES”.
Los alumnos, maestros y padres de familia de esta
institución; tenemos la obligación de defender y
proteger la integridad personal, de niños niñas y
adolescentes victimas de la violencia escolar y del
bullying,
“Trata a los demás como quieras que te traten a ti.
Ayudaremos a los estudiantes que son intimidados
e Incluiremos a los estudiantes que son excluidos.
No abusaremos e intimidaremos a otros
estudiantes; «¿Te gustaría que alguien Te hiciera lo
mismo?»
Cuando conozcamos que alguien está siendo
intimidado, se lo diremos a algún maestro o a algún
adulto en casa.
3.4.- El Contenido de la Ley y los Reglamentos
Escolares deben de establecer Medidas de
tratamiento o condiciones de resguardo y
protección.
Declaración de los Derechos del Niño:
Principio 7, párrafo segundo: El interés superior

del niño debe ser el principio rector de quienes
tienen la responsabilidad de su educación y
orientación...
El niño debe, en todas las
circunstancias, figurar entre los primeros que
reciban protección y socorro.
Principio

8.

70
Declaración Americana de los Derechos y
Deberes del Hombre:
Articulo V. Toda persona tiene derecho a la

protección de la ley contra los ataques abusivos
a su honra, a su reputación y a su vida privada...

Convención
Americana
sobre
Derechos
Humanos:
Artículo 19. Derechos del niño. Todo niño tiene
derecho a las medidas de protección que su
condición de menor requiere por parte de su
familia, de la sociedad y del Estado.

71
Convención sobre los Derechos del Niño:
Articulo 3.1. En todas las medidas concernientes a

los niños que tomen las instituciones públicas...
una consideración primordial a que se atenderá
será
el
interés
superior
del
niño.
Articulo 3.2 Los Estados Partes se comprometen a
Asegurar al niño la protección y el cuidado que
sean necesarios para su bienestar...

72
Artículo 19. 1. Los Estados partes adoptarán todas las
medidas legislativas, administrativas, sociales y
educativas apropiadas para proteger al niño contra toda
forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o
trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el
abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la
custodia de los padres, de un representante legal o de
cualquier otra persona que lo tenga a su cargo..
Artículo 34. Los Estados Partes se comprometen a

proteger al niño contra todas las formas de... abusos
sexuales.

73


Medidas de tratamiento o
imposición de condiciones
que resguarden el
desarrollo y bienestar de
los alumnos.



Las acciones se traducen
Coadyuvancia con
autoridades ; es decir, en
peticiones de intervención
de la escuela hacia las
autoridades
Programas preventivos
para Fortalece Conductas
* Ayudarles a prever las consecuencias de
Guión para la reflexión:
sus decisiones libres.
* Enseñarles a sopesar las razones y
•Ofrecer la verdad. Hacer pensar.
argumentos de las distintas opiniones.
* Enseñarles a buscar sinceramente la
•Aprovechar las ocasiones que ofrece la
verdad y a ser coherentes.
vida familiar para hablar con los alumnos o * Respetar a la persona. Comprender.
hijos, potenciando su sentido crítico.
Confiar.
* Enseñarles a no aceptar acríticamente lo •Respetar las inclinaciones y aptitudes que
que presentan los medios de comunicación. Dios ha dado a cada uno.
* Fundamentar lo que se dice. Distinguir la * No violentar a nadie, no forzar, no pedir
verdad objetiva de la opinión personal.
imposibles.
* Enseñarles a considerar las cosas y a
•* Reprender, cuando sea necesario, sin
razonar, para que no se dejen arrastrar por insultar ni humillar.
estados emocionales pasajeros y a no
* Ofrecer confianza.
juzgar con precipitación.
* Escuchar con atención, esforzándose por
* Exponer las razones, los motivos que
comprenderlos, pues no hay clima de
aconsejan actuar de un modo u otro.
libertad si el diálogo sereno no preside la
relación interpersonal.
Programas preventivos
para Fortalece Conductas
* Estar abierto a los aspectos positivos
de cualquier nueva manifestación
cultural o estilo de vida.
* Reconocer que tienen razón en tantas
ocasiones.
* Hablar con claridad, sin avasallar.
* Ayudar a comprender que hacer lo que
se debe, supone casi siempre un
considerable esfuerzo.
* Valorar el esfuerzo, no el éxito. El
trabajo bien hecho, más que el trabajo
* Fortalecer la voluntad con el ejercicio
de las virtudes.
Estimular la responsabilidad. Exigir.
* Estimular y exigir un comportamiento
correcto. Ser ejemplo de esfuerzo por
practicar las virtudes.
* Animarles a arriesgarse, a ser
valientes, a responder de lo que hacen,
sin esconderse en el anonimato.

* Ayudarles a volver a empezar una y
otra vez, sin dejarse vencer por el
desánimo.
* Proporcionar ocasiones de asumir
responsabilidades, de acuerdo con sus
posibilidades, en la vida familiar y
escolar.
* Fomentar la participación activa y
responsable en la familia mediante los
encargos o la ayuda entre hermanos o
compañeros.
* Respetar sus decisiones
responsables, aunque no nos gusten.
* Fomentar la iniciativa personal
* Ayudar a encauzar rectamente sus
afanes e ilusiones.
* Proporcionar ocasiones de ejercitar la
autonomía, el autodominio, la iniciativa,
la capacidad de decidir y la
participación.
* Animar a que organicen por su cuenta
algunas actividades y a que participen
responsablemente en otras.
La CODHEM, espera que la información que
se les ha proporcionado les sea de utilidad
y que les permita trazar el alcance y los
límites de los actos de autoridad en la
perspectiva de los Derechos Humanos

77
“HAY HOMBRES QUE LUCHAN UN DÍA Y SON BUENOS,
HAY OTROS QUE LUCHAN UN AÑO Y SON MEJORES, HAY
QUIENES LUCHAN MUCHOS AÑOS Y SON MUY BUENOS,
PERO HAY LOS QUE LUCHAN TODA LA VIDA; ESOS SON
LOS IMPRESCINDIBLES.”
BERTOLT BRECHT
“APRENDÍ QUE LO DIFÍCIL NO ES LLEGAR A LA CIMA,
SINO JAMÁS DEJAR DE SUBIR.”
WALT DISNEY

78
LA EXIGENCIA, LA AUTORIDAD, LA LIBERTAD:
MUCHAS

PERSONAS
CARECEN
DE
FUERZA
DE
VOLUNTAD….. PORQUE HAN SIDO EDUCADAS EN UNA
ATMÓSFERA DE PERMISIVISMO, FRUTO DE UN MAL

ENTENDIDO SENTIDO DE LA LIBERTAD QUE HA IMPEDIDO
FORMAR
EN
LA
EXIGENCIA;
TODA

PERSONA

HA

DE

APRENDER

A

ESFORZARSE

SERIAMENTE SI QUIERE CONSEGUIR CUALQUIER OBJETIVO
VALIOSO EN SU VIDA, SOBRE TODO, EN LAS PRIMERAS
ETAPAS DE LA VIDA, EN LAS QUE SE VA CONFORMANDO EL
CARÁCTER.

ROBERTO MATOSAS
15/01/2014

79
La educación de la voluntad tiene como
objetivo procurar que cada uno se forme en el
esfuerzo y en la responsabilidad personal,
desarrollando hábitos que fortalezcan su
capacidad de decisión y le permitan ejercer su
libertad.

15/01/2014

80
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
Artículo 1°, Corresponde a todas las autoridades, en el
ámbito de sus competencias, la obligación de promover,
respetar, proteger y garantizar los derechos humanos
reconocidos en la Constitución y en los tratados
internacionales…
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
Artículo 3°. Todo individuo tiene derecho a recibir
educación, la educación que imparta el Estado tenderá a
desarrollar armónicamente... todas las facultades del ser
humano.
c) Contribuirá a la mejor convivencia humana... por los
elementos que aporte a fin de robustecer en el educando
...el aprecio para la dignidad de la persona...
Artículo 4". El varón y la mujer son iguales ante la ley... Los
niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus
necesidades de alimentación, salud, educación y sano
esparcimiento para su desarrollo integral.
Los ascendientes, tutores y custodios tienen el deber de
preservar estos derechos. El Estado proveerá lo necesario
para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el
ejercicio pleno de sus derechos

83
Ley General de Educación:
Artículo
42.
En
la
impartición de la educación
para menores de edad se
tomarán
medidas
que
aseguren al educando la
protección y el cuidado
necesarios para preservar
su
integridad
física,
psicológica y social sobre la
base del Respeto a su
dignidad...
84
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
Artículo 65. Son derechos de quienes ejercen la
patria potestad o la tutela:
II.- Participar a las autoridades de la escuela en
la que estén inscritos sus hijos o pupilos,
cualquier problema relacionado con la
educación de éstos, a fin de que aquéllas se
aboquen a su solución;
III.- Colaborar con las autoridades escolares
para la superación de los educandos y en el
mejoramiento de los establecimientos
educativos;
IV.- Formar parte de las asociaciones de padres
de familia y de los consejos de participación
social a que se refiere este capitulo, y
Fe de erratas a la fracción DOF 29-07-1993
V.- Opinar, en los casos de la educación que
impartan los particulares, en relación con las
contraprestaciones que las escuelas fijen.

Artículo 66.- Son obligaciones de quienes ejercen
la patria potestad o la tutela:
I.- Hacer que sus hijos o pupilos menores de edad,
reciban la educación preescolar, la primaria y
la secundaria;
Fracción reformada DOF 10-12-2004
II.- Apoyar el proceso educativo de sus hijos o
pupilos, y
III.- Colaborar con las instituciones educativas en
las que estén inscritos sus hijos o pupilos, en
las actividades que dichas instituciones
realicen.
Artículo 67.- Las asociaciones de padres de
familia tendrán por objeto:
II.- Colaborar para una mejor integración de la
comunidad escolar, así como en el
mejoramiento de los planteles;
III.- Participar en la aplicación de cooperaciones
en numerario, bienes y servicios que las
propias asociaciones deseen hacer al
establecimiento escolar;

85
Ley para la Protección de Derechos los de Niñas,
Niños y Adolescentes del Estado de México:
Artículo 13. A fin de garantizar el cumplimiento de
los derechos establecidos en este capítulo, las
leyes. de las entidades federativas podrán
disponer lo necesario para que se cumplan.
C. (párrafo segundo)... En las escuelas los
educadores
o
maestros
serán
responsables de evitar cualquier forma de
maltrato, perjuicio, daño, agresión, abuso
o explotación, en contra de niñas, niños o
adolescentes.
Articulo 21. Niñas, niños y adolescentes tienen el derecho a ser
protegidos contra actos u omisiones que puedan afectar su salud
física o mental... Enunciativamente, se les protegerá cuando se
vean afectados por: el descuido, la negligencia, el abandono, el
abuso emocional, físico y sexual...
Artículo 9. Son derechos de las niñas, niños y adolescentes en el
Estado de manera enunciativa, más no limitativa, los siguientes:
I. El respeto a la vida, integridad, privada y dignidad personal:...
b) El de tener una vida libre de violencia; física, verbal, moral,
psicológica, sexual o de cualquier otro tipo;...
e) A ser respetado en su integridad física, psicoemocional y
sexual:

88
Artículo 23. Los directivos, maestros, y demás personal
que labora en las escuelas, guarderías y estancias
infantiles públicas y privadas, están obligados a hacer

del conocimiento de las autoridades competentes sin
perjuicio de la responsabilidad penal en la que pudieran
incurrir:
a)Maltrato físico, psicológico, verbal, patrimonial, abuso
sexual o de cualquier índole, y corrupción, que
involucre é las niñas, niños y adolescentes como
victimas o causantes de ello;...

89
RESPONSABILIDADES
AUTORIDADES

DE

LAS

ARTICULO 14.- Los Órganos de
Gobierno del Estado y de los
Municipios: tienen obligación de

otorgar y garantizar, servicios de
defensa
y
representación
jurídica, preservar los intereses
de
las
niñas,
niños
y
adolescentes,
mismos
que
deberán ser gratuitos, a través
de los Sistemas para el
Desarrollo Integral de la
Familia en sus respectivos
ámbitos de competencia.

90
ARTICULO 15.- La Secretaría de Desarrollo
Social, en coordinación con el Sistema para el
Desarrollo Integral de la Familia del Estado de
México,
instrumentará
los
mecanismos

conforme a los cuales las autoridades y las
Instituciones apoyen y asistan a los
progenitores y demás miembros de la familia
en cumplimiento de sus responsabilidades.

91
ARTICULO
18.Corresponde
a
los
Sistemas para el Desarrollo
Integral de la Familia del
Estado y Municipios en
materia de niñas, niños y
adolescentes:

92
ARTICULO 18.- Corresponde a los Sistemas para el
Desarrollo Integral de la Familia del Estado y Municipios
en materia de niñas, niños y adolescentes:
VIII. Recibir quejas, denuncias e informes en relación de
quienes ejerzan la patria potestad, la tutela, la curatela o
guarda y custodia o quienes las tengan bajo su cuidado,
sobre la violación de los derechos de las niñas, niños y
adolescentes, haciéndolo del conocimiento de las
autoridades competentes y de ser procedente ejercitar
las
acciones
legales
correspondientes;

93
IX. Denunciar ante las autoridades competentes
cualquier caso de maltrato, lesiones, abuso físico o
psíquico, sexual, abandono, descuido o negligencia,
explotación y en general cualquier acción que
perjudique a la niña, niño o adolescente;
X. Poner a disposición del Ministerio Público o de
cualquier órgano jurisdiccional los elementos a su
alcance para la protección de las niñas, niños y
adolescentes y proporcionar a aquellos la información
que
les
requieran
sobre
el
particular;

94
DE LAS OBLIGACIONES DE LA FAMILIA,
DE LA SOCIEDAD Y DEL ESTADO
ARTICULO 20.- Son obligaciones de los
progenitores y miembros de la familia para
con las niñas, niños y adolescentes:

95
III.
Proporcionar
apoyo,
cuidados,
educación, protección a la salud,
alimentación suficiente y adecuada;
VIII. Darles a conocer sus derechos, así
como brindarles orientación y dirección
para su ejercicio y debida observancia.

96
Agradecemos su atención

Visitaría General Sede Chalco.

15/01/2014

97
Visitaría General Sede Chalco. CODHEM.
Titular: Lic. Gregorio Matías Duarte
Olivares.

Ponente: Lic. Ernesto Medina Morales.
Tels: 15 51 15 90 y 26 32 59 74

15/01/2014

98
Por su atención…..
Gracias

CODHEM
Visitaduría Gral. Sede Chalco
Lic. Ernesto Medina Morales
email: ernesto641212@yahoo.com.mx
tel: 26 32 59 74 y 15 51 15 90
99

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Reglamentos actuación docente codhem 13 enero 2014

  • 1. COMISIÓN DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MÉXICO VISITADURIA GENERAL SEDE CHALCO VISITADOR GENERAL: LIC. GREGORIO MATÍAS DUARTE OLIVARES FRANCISCO JAVIER MINA No. 35 BARRIO LA CONCHITA, CHALCO, ESTADO DE MÉXICO TEL: (0155) 15 51 15 90 y 26 32 59 74
  • 2. FUNDAMENTOS DE LA ACTUACIÓN DOCENTE EN EL MANEJO DE MENORES EN CONDICIÓN DE RIESGO.
  • 3. OBJETIVOS  INSTRUIR EN EL CONOCIMIENTO Y RESPETO A LA INTEGRIDAD PERSONAL DURANTE EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES Y ATRIBUCIONES.  ESTABLECER MENORES DE MEDIDAS EDAD . DE TRATAMIENTO TRATÁNDOSE DE 3
  • 4. CONTENIDO: INTRODUCCIÓN 1.- RESPUESTA A LOS INFORMES SOLICITADOS POR LA CODHEM. 1.1.- ATRIBUCIONES DE LA CODHEM. 1.2.- LA QUEJA Y LA RECOMENDACIÓN. 1.2.1.- EL PROCEDIMIENTO DE LA QUEJA: 1.2.2.- COMO DEBEMOS RESPONDER A LOS INFORMES SOLICITADOS POR LA CODHEM 4
  • 5. 2.- ¿LOS DERECHOS HUMANOS? 2.1.- FUNCIONES Y ATRIBUCIONES. 2.2.- COMO ENTENDEMOS LOS DERECHOS HUMANOS; 2.3.- QUE DEBEMOS SABER DE LOS DERECHOS HUMANOS . 5
  • 6. 3.0.- EL PRINCIPIO POR PERSONAE: EL NIÑO COMO SUJETO DE DERECHOS EN FORMACIÓN 3.1.- EL CONTENIDO DE LA LEY; QUE DEBEN CONTENER LOS REGLAMENTOS ESCOLARES 3.2.- LA NEGACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS. PRACTICA: QUE QUEREMOS REGLAMENTAR Y COMO REGLAMENTAMOS
  • 7. 4.- LOS MENORES EN CONDICIÓN DE RIESGO; 4.1.- MEDIDAS DE TRATAMIENTO DE CONFORMIDAD A LAS CONDUCTAS ANTISOCIALES; 4.2.- LA COADYUVANCIA DE AUTORIDADES 4.3.- ACTUACIÓN DURANTE EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN MEDIADORA CONCILIADORA Y LOS DERECHOS HUMANOS. 4.4.- EJERCICIO: MEDIDAS DE TRATAMIENTO
  • 8. ¿QUÉ PODEMOS HACER Y QUÉ DEBEMOS HACER? QUE HACER COMO DOCUMENTAR QUE ACCIONES TOMAR
  • 9. 1.- RESPUESTA A LOS INFORMES SOLICITADOS POR LA CODHEM. 1.1.- LA QUEJA Y LA RECOMENDACIÓN. 1.2.1.- EL PROCEDIMIENTO DE LA QUEJA: 1.2.2.- COMO DEBEMOS RESPONDER A LOS INFORMES SOLICITADOS POR LA CODHEM
  • 10. 1.2 Que es una Queja Es una Manifestación de la inconformidad de una persona sobre la actuación de algún servidor publico a través de la cual la hace del conocimiento a la Comisión de Derechos Humanos.
  • 11. Es la inconformidad de una persona sobre algún servidor publico. ¿QUE ES UNA QUEJA? Son las observaciones resultado de la investigación sobre los hechos relacionados a las acciones u omisiones de los servidores públicos, que dieron motivo a la violación de derechos humanos. ¿QUE ES UNA RECOMENDACIÓN?
  • 12. 1.2.1.- EL PROCEDIMIENTO DE QUEJA Queja Presume la violación al derecho a la vida, a la integridad física o psíquica 12
  • 13. El visitador responsable  realiza la investigación; analiza los hechos, argumentos, las pruebas para determinar si una autoridad o servidor público ha violentado los derechos humanos de una persona. 13
  • 14. LCODHEM ART. 13.Requerir a las autoridades …….la información sobre probables violaciones a derechos humanos;
  • 15. El informe solicitado a la autoridad o servidores públicos LCODHEM Art. 79.-; Debe consignar: Antecedentes del asunto, los motivaciones, fundamentos de los actos u omisiones impugnados así como los elementos de información que consideren necesarios para la tramitación del asunto.
  • 16. 1.2.2.- COMO DEBEMOS RESPONDER A LOS INFORMES SOLICITADOS POR LA CODHEM Art 115.- Las autoridades o servidores públicos …. deben colaborar y proporcionar sin dilación la información, la información y datos en términos del art. 42 LRSP fracc: XXIV. Los servidores públicos deben de cumplir la obligación de rendir cuentas por sus actos ante instituciones oficiales de Derechos Humanos. 15/01/2014 16
  • 17. ACTA CIRCUNSTANCIADA OBJETIVO: EXPONER Y DESCRIBIR CRONOLÓGICAMENTE HECHOS Y ACTUACIONES PARA HACERLO SABER A OTRAS PERSONAS. I. PRESENTAR POR ESCRITO UNA RELACIÓN DE HECHOS, ACTUACIONES E INTERVENCIÓN Y CONTROL DE LA SITUACIÓN EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES: UN ACCIDENTE, UNA CONDUCTA ANTISOCIAL. II. ENTERAR DE LAS ACTUACIONES A QUIENES NO ESTUVIERON PRESENTES EN EL LUGAR DE LOS HECHOS.
  • 18. RECOMENDACIONES DEL CONTENIDO: a. b. FECHA / HORA. LUGAR Y UBICACIÓN EN DONDE SE DESARROLLARON LOS HECHOS. c. NOMBRES DE ALUMNOS Y DOCENTES PRESENTES EN LOS HECHOS. (DOMICILIO Y DATOS QUE AYUDEN AL RESGUARDO, PROTECCIÓN EN CASO DE SOLICITAR LA INTERVENCIÓN DE UNA AUTORIDAD).
  • 19. d. DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS (COMO SE ORIGINO; QUE ACTOS ALUMNOS O PERSONAS) OCURRIDOS REALIZARON TODAS Y CADA UNA DE LAS CIRCUNSTANCIAS DE MODO (FORMAS (CRONOLOGÍA DE DE SER, CONDUCTAS),TIEMPO LOS SUCESOS), LUGAR, Y CUALQUIER DATO QUE PUDIERA CONTRIBUIR PARA DAR A CONOCER LAS CAUSAS O MOTIVOS DE ACTUACIÓN.
  • 20. e. MOTIVACIÓN DE INTERVENCIÓN; LA ACTUACIÓN O ANALICE, OBSERVE: MEDIDAS DE TRATAMIENTO O CONDICIONES QUE SE ESTABLECEN, FUNDADAS Y MOTIVADAS EN EL CASO; PARA REQUERIR UNA ACCIÓN QUE RESGUARDE LA INTEGRIDAD PERSONAL DE LA VÍCTIMA SEÑALAR O DEL MISMO AGRESOR. LAS MEDIDAS DE TRATAMIENTO O CONDICIONES QUE SE ESTABLECEN EN RESGUARDO DE LA INTEGRIDAD PERSONAL TANTO DE LA VICTIMAS COMO DEL AGRESOR, SON DEL CONOCIMIENTO DE LOS PADRES O TUTORES
  • 21. f. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SUSTENTAN LAS ACCIONES O MEDIDAS QUE ADOPTARA PARA PROTEGER LA INTEGRIDAD PERSONAL: g. PRECISAR LOS FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE LEGITIMAN SU ACTUACIÓN. (ARTÍCULOS CONSTITUCIONALES, LEYES, REGLAMENTO O CÓDIGOS APLICABLES). h. AUTORIDAD O AUTORIDADES QUE TOMAN CONOCIMIENTOS DE LOS HECHOS, CUANDO POR SUS FACULTADES QUEDA IMPEDIDA SU ACTUACIÓN.
  • 22. “NO VIOLENTE LOS DERECHOS HUMANOS”  “NO APLIQUE SANCIONES DEL REGLAMENTO ESCOLAR”  “NO CONFRONTE A LOS RESPONSABLES”.
  • 23. 2.- ¿LOS DERECHOS HUMANOS? 2.1.- COMO ENTENDEMOS LOS DERECHOS HUMANOS; (IMÁGENES) 2.2.- QUE DEBEMOS SABER DE LOS DERECHOS HUMANOS LOS DERECHOS HUMANOS EN LA CONSTITUCIÓN 2.3.- EL PRINCIPIO POR PERSONAE: EL NIÑO COMO SUJETO DE DERECHOS. (EN FORMACIÓN) TRATADOS INTERNACIONALES EN MATERIA EDUCATIVA Y RELATIVA A LOS MENORES. 23
  • 24.
  • 25.
  • 26. 2.2.- QUE DEBEMOS SABER DE LOS DERECHOS HUMANOS SON LAS DECISIONES QUE TOMAS DÍA A DÍA; PARA PROTEGER TU DESARROLLO PROGRESIVO Y BIENESTAR POR LO TANTO DEBEMOS IMPONER LAS CONDICIONES PARA QUE NO PUEDAN SER ANULADOS O NEGADOS POR NADIE Y DEBEN SER RESPETADOS POR TODOS. 26
  • 27. 1. INCORPORA CONSTITUCIÓN EL A 2. LA TÉRMINO PRIVILEGIA RESPETO PERSONA ENTENDIDA COMO: SER HUMANO, ART. 1 A DIGNIDAD DE PERSONAS , ART. 1 EL LA LAS REFORMA CONSTITUCIONAL JUN. 2011 3. 4. POR LOS TRATADOS INTERNACIONALES RATIFICADOS POR MÉXICO , ARMONIZACIÓN DEL MARCO NORMATIVO INTERNO CON LA LEGISLACIÓN INTERNACIONAL EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS, ART. 1 AMPLÍA SU COBERTURA AL ESTAR PROTEGIDOS ART. 1 IMPLICA LA PLENA
  • 28. 5. “LOS JUECES Y LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS Y TODA AUTORIDAD DEBE PONER POR DELANTE EL PRINCIPIO 6. DE QUE LA PROTECCIÓN MÁS AMPLIA DE TODAS LAS AUTORIDADES CORRESPONDE A LAS PERSONAS, ESE PREVENIR, DE PRINCIPIO BÁSICO DEBERÁ LLEVARSE A SANCIONAR TODAS LAS LEYES DEL PAÍS”, ART. 1 Y INVESTIGAR, REPARAR LAS VIOLACIONES A LOS DERECHOS REFORMA CONSTITUCIONAL JUN. 2011 ESTABLECE, LA OBLIGACIÓN HUMANOS, ART. 1 8. EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS “NO PODRÁ INSTAURA, LA OBLIGACIÓN DE LAS RESTRINGIRSE NI SUSPENDERSE, PROMOVER, SALVO EN LOS CASOS Y BAJO LAS RESPETAR, PROTEGER Y GARANTIZAR CONDICIONES QUE ESTABLECE LA 7. AUTORIDADES DE LOS DERECHOS HUMANOS SEGÚN LOS PRINCIPIOS DE UNIVERSALIDAD, INTERDEPENDENCIA, INDIVISIBILIDAD Y PROGRESIVIDAD. ART. 1 CONSTITUCIÓN”. ART 1, 29
  • 29. ES UN DERECHO ES UN DERECHO INEXCUSABLE EN EL RESPETO AL DESARROLLO; AL BIENESTAR, “A LA VIDA”. HUMANO FUNDAMENTAL Y ABSOLUTO; DERECHO A LA INTEGRIDAD PERSONAL O DERECHO A LA FINALIDAD: EL DESARROLLO INCOLUMIDAD: PROGRESIVO DE LA VIDA Y EL BIENESTAR.
  • 30.
  • 31. 2.3.- EL PRINCIPIO POR PERSONAE: EL NIÑO COMO SUJETO DE DERECHOS. (EN FORMACIÓN) La nueva doctrina convierte las necesidades de niños y adolescentes: “En lo primero que se debe atender, por lo que las instituciones y los adultos deben pensar qué es lo mejor para todos los menores; sobre todo cuando se encuentran en “condición de riesgo” debiendo imponer para su resguardo “MEDIDAS DE TRATAMIENTO” 15/01/2014 31
  • 32. En los problemas sociales considerar:      Condición de riesgo de los menores ; La coadyuvancia de autoridades y Medidas de tratamiento de conformidad a las conductas antisociales; Actuación durante el ejercicio de la función mediadora conciliadora y los derechos humanos. Medidas de tratamiento Conclusiones
  • 33. Premisa fundamental de la doctrina es la Protección Integral: El principio del interés superior del niño, consagrado en el Art. 3ro de la Convención de los derechos del niño, expresa: "En todas las medidas concernientes a los niños que toman las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial que se atenderá será el interés superior del niño." 15/01/2014 33
  • 34. Principio de Prioridad Absoluta. Implica atender prioritariamente antes que nada, las necesidades y derechos básicos de los niños. Simplemente, el niño está primero, tendrán primacía en recibir atención y socorro en cualquier circunstancia, precedencia en la atención en los servicios públicos, preferencia en la formulación de las políticas públicas, prioridad en el destino de recursos públicos etc. 15/01/2014 34
  • 35. Principio de Participación. La Convención distribuye la responsabilidad de proteger al niño entre tres actores: el Estado, la Familia y la Comunidad. Para hacer efectivos estos derechos es necesario: Mecanismos que garanticen el cumplimiento de los derechos y participación del Estado, de las personas, de las familias, de las sociedades organizadas y del propio niño y adolescente. 15/01/2014 35
  • 36. Los derechos fundamentales de la infancia reconocidos por la Convención de derechos de los niños, se agrupan en cuatro categorías: a) Derecho de Supervivencia; los derechos de supervivencia incluyen principalmente, el derecho a la vida (art. 6), a la salud (art. 24), a un nivel de vida adecuado (art. 27), a la seguridad social (art. 26), a la protección en casos de conflictos armados (art. 38), a que los padres tengan la asistencia debida para que puedan asumir su crianza (art. 18). 15/01/2014 36
  • 37. b) Derecho al Desarrollo: incluye entre otros, derecho a la educación (arts. 28 y 29), acceso a la información (art. 17), a preservar su identidad (art. 8), al nombre y nacionalidad (art. 7), a no ser separado de sus padres (art. 9), a la libertad de pensamiento, conciencia y religión (art. 14), a la recreación y la cultura (art. 31). 15/01/2014 37
  • 38. c) Derecho a la Protección: la protección abarca todas las formas de explotación y crueldad (art. 19), a no ser objeto de injerencias en su vida privada, familia, correspondencia (art. 16), protección especial al niño refugiado (art. 22), protección al niño mental y físicamente impedido (art. 23), contra abusos en el sistema de justicia penal (arts. 37 y 40), contra el abuso sexual (art. 34), contra la venta o trata de niños (art. 35), contra el uso ilícito de estupefacientes (art. 33). 15/01/2014 38
  • 39. d) Derecho a la Participación: los derechos a la participación incluyen la libertad de expresión (art. 13), a expresar su opinión y ser escuchado en asuntos que le conciernen (art. 12), derecho a la libre asociación y libertad de celebrar reuniones pacificas (art. 15), además del derecho a desempeñar un papel activo en la sociedad en general. 15/01/2014 39
  • 40. En conclusión se consagra un régimen en el cual el niño y el adolescente se le va reconociendo el ejercicio de sus derechos y garantías conforme a su desarrollo o evolución de sus facultades, el cual va acompañado de un incremento progresivo de sus deberes y su responsabilidad, inclusive en materia penal. Asimismo, se indica expresamente que los padres, representantes y responsables tienen el deber de orientarlos en el ejercicio de sus derechos y garantías de forma que contribuya a su desarrollo integral y a su incorporación a la ciudadanía activa 15/01/2014 40
  • 41. LA REALIZACIÓN DE LOS DERECHOS ESTABLECER O PROVEER CONDICIONES. HUMANOS EL ESTADO Y SUS INSTITUCIONES DEBEN GARANTIZAR QUE LOS ACTOS DE SUS AUTORIDADES U ACTUACIONES NO VULNEREN LA INTEGRIDAD PERSONAL ASEGURAR EL RESPETO A LA INTEGRIDAD PERSONAL Y RECONOCER SUS DERECHOS ESTABLECIDOS EN LOS MARCOS JURÍDICOS NACIONALES
  • 43. ¿Qué es una negación derechos humanos? de los Desde el punto de vista de los DDHH: La negación es un mecanismo que consiste en enfrentarse solo mediante su actuación (improvisar) en sus tareas o funciones asignadas, dejando de lado los marcos jurídicos que respaldan su actuación.
  • 44. COMO SE DA LA NEGACIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS  Por omisión: hacer algo que no debió hacer ó haber dejado de hacer lo que debió hacer….., la ignorancia de la ley no exime de responsabilidad.  Violación por acción: realizar un conflicto con su actuación Ineficiencia, uso de fuerza injustificado, abuso de autoridad, discriminación, violencia física o verbal. El Estado es responsable del acto o decisión de la autoridad, del impedimento o condicionamiento resultante que vulnera el desarrollo y disfrute de derechos y libertades fundamentales
  • 46. 3.2.- LA NEGACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS. PRACTICA: QUE QUEREMOS REGLAMENTAR Y COMO REGLAMENTAMOS
  • 47.  PRACTICA: IDENTIFICA PROBLEMAS SOCIALES Y/O PROBLEMAS ESTRUCTURALES ¿QUE HACER COMO ACTUAR?
  • 48.
  • 49. DESCRIPCIÓN DE LA QUEJA Esta Defensoría de Habitantes recibió un escrito en el que se refirió que en la Escuela privada al termino del ciclo escolar, le expresaron a los padres de un menor; que nunca fue inscrito y que no hay posibilidad de entregarle certificado de calificaciones.
  • 50. DESCRIPCIÓN DE LA QUEJA Esta Defensoría de Habitantes recibió un escrito en el que se refirió que En el ciclo escolar, la servidora pública directora y docente frente a grupo del Jardín de Niños, realizó conductas de corrección y castigo contrarios a la dignidad de varios preescolares a su cargo, a quienes amenazaba, agredía físicamente, los humillaba y encerraba en una bodega sin luz, al tiempo que les decía “les va a salir Chucky con un cuchillo”.
  • 51. DESCRIPCIÓN DE LA QUEJA Esta Defensoría de Habitantes recibió un escrito en el que se refirió que durante el desarrollo de actividades académicas en la Escuela, la profesora de tercer grado, se percató que el niño N1 provocó la caída del niño N2, acción que motivó a la docente a reprender con un cinturón a N1 ante sus condiscípulos. Dos alumnos más de ese grado y grupo fueron reprendidos corporalmente por la mencionada servidora público, también ante sus compañeros de clase; a N3, con un cinturón, tras haberle dado alcance fuera del aula y a N4, a quien abofeteó en el salón a su cargo. Por los hechos últimos los padres iniciaron la carpeta de investigación ante la PGJEM.
  • 52. DESCRIPCIÓN DE LA QUEJA Esta Defensoría de Habitantes recibió un escrito en el que se refirió que a su hija la maestra del JN, no le presta la atención necesaria. En la hora del recreo su hija no toma sus alimentos, porque no se le destapan los recipientes; la quejosa refirió que ya acudió con la directora del plantel y que como respuesta recibido la advertencia que como madre cumpliera con sus deberes y obligaciones.
  • 53. DESCRIPCIÓN DE LA QUEJA La CODHEM recibió el escrito de una quejosa en donde refirió hechos que consideró violatorios a los derechos humanos, mediante diversas diligencias documentó, que la citada docente por disciplinar; infligió a sus alumnos golpes con un “metro” de madera; con la mano, jalando las patillas o propinando “coscorrones”, y malos tratos verbales, en agravio de las niñas y los niños, llamándoles: burros, mugrosos, apestosos, “mocolientos” o “changosos”. La directora del plantel con conocimiento de los hechos justificó la conducta de la citada docente a su cargo, acrecentándose el abuso en agravio de los menores educandos, sin dar alguna solución a las deficiencias o desviaciones observadas,
  • 54. DESCRIPCIÓN DE LA QUEJA El conserje de la escuela, abusó sexualmente de una niña aprovechando que su maestra la dejó sola en el salón a la hora de salida de la escuela, el conserje la amenazó: que si decía algo quemaría sus papeles para que no la recibieran en ninguna escuela y golpearía a su mamá. La madre al día siguiente, acudió con la Directora de la escuela y comentó lo sucedido; como respuesta le dijo que: “Estaba indignada, que era algo increíble, que no podía ser que eso sucediera en su escuela”. Ante esta respuesta la señora solicitó la baja escolar y los documentos de su hija, “la Directora me pidió regresar al día siguiente. cuando regrese al otro día la profesora directora se mostró molesta y dijo”… “Que seguramente la agresión había sido en su casa, que probablemente su padre o hermano y sólo culpaba al conserje para cubrir a alguien, diciéndole que si aún no presentaba la denuncia, no lo hiciera por el prestigio de la escuela”.
  • 55. DESCRIPCIÓN DE LA QUEJA Fueron retenidos [...] [la] boleta de calificaciones, diplomas por aprovechamiento y certificado de la primaria, [...] es por una injusticia generada por la señora [...] que pertenece a la sociedad de padres de familia, esto le ha dado autoridad para quedarse con los papeles de mi hijo. La dirección argumentó [...] ante los padres de familia que se los documentos se le extraviaron, en realidad los documentos fueron entregados a la sociedad de padres de familia. La dirección escolar dio instrucciones para que se entregaran [...] los documentos a todos y cada uno de los alumnos [...] que egresaron del 6° grado y aún así la mesa de padres de familia decidió no entregarlos.
  • 56. DESCRIPCIÓN DE LA QUEJA Esta Defensoría de Habitantes recibió un escrito en el que se refirió que El profesor, docente de la materia de matemáticas de la escuela secundaria, se dirigió a sus alumnos con palabras que atentan contra su dignidad humana, diciéndoles, entre otras, que son unos lastres para la sociedad, que son parásitos, que sólo van a la escuela a "enchinchar", que actúan como si estuvieran "drogados", que tienen "mierda" en la cabeza; llamándolos "idiotas", "retrasados", "estúpidos", "mensos", "burros", "inútiles" o "pendejos".
  • 57. Estas circunstancias originaron que los padres de familia se manifestaran en el plantel escolar, solicitando la salida de la escuela del profesor; a efecto de estar en posibilidad de dar una respuesta sobre los acontecimientos, las autoridades educativas colocaron al docente a disposición de la supervisión escolar, en tanto, las clases que impartía fueron encomendadas a la orientadora de la escuela.
  • 58. Entre otros casos que se conocen, el docente agredió físicamente a uno de sus alumnos, hecho que originó que el padre del menor acudiera a la escuela tratando de golpear al profesor; en respuesta a la agresión recibida por su hijo-, situación que no aconteció gracias a la intervención de los directivos escolares; en el mismo ciclo infirió malos tratos a otra de sus alumnas, jalándole de los cabellos; asimismo, a uno más de sus educandos le tomó de la mano, se la dobló hacia atrás y lo lastimó, todo con el objeto de retirarle un teléfono celular que había sonado cuando estaban en clase y debido a que el niño se negó a entregárselo de manera voluntaria.
  • 59. De los anteriores casos los directivos escolares instrumentaron actas haciendo constar los hechos, de la conducta violenta que el profesor ejerció en contra de sus alumnos dieron cuenta, además de los que fueron sus alumnos, los directivos escolares del plantel educativo, como la supervisora escolar de la zona, el director, la subdirectora y la orientadora, entre otros, quienes a lo largo de los últimos años han manifestado su preocupación por esta actitud y las acciones de violencia física y psicológica que el docente desarrolla en perjuicio de los educandos.
  • 60. REGLAMENTOS ESCOLARES DE EDUCACIÓN Los reglamentos pretenden : • Validar las actuaciones de la autoridad con el sello de acto legítimo. • Son utilizados como herramientas de control, encausamiento y ejercicio de poder. • Ser “instructivos” de comportamiento inducido, o encauzamiento de conductas a fin de que prevalezca un cierto orden diseñado por las instituciones escolares. • Ejercer vigilancia continua. • Sirven para formalizar la reglamentación interna de grupos. • Ayudar a establecer actos sobre los alumnos y padres de familia “imposibilitando los reclamos”.
  • 61. Funciones: Mediante su aprobación firmada pretendidamente debe ser considerado como bueno, correcto, benéfico tanto para los alumnos, como para sus padres o tutores. Por parte funciona, para dictaminar sanciones o dar salida a estrategias coercitivas: 1) Distribución y el aprovechamiento de los tiempos asignados: “Aprovecharé al máximo el tiempo de clases…” “Entregaré a tiempo las circulares, avisos y boletas de calificaciones…” “Avisaré a tiempo a mis papás…” “Llegaré puntualmente a clases…” 2) Cuidado en el uso de objetos y espacios físicos: “Cuidaré todo lo que hay en mi Colegio…”, “Deberé conservar mi boleta en buen estado…” “Evitaré traer al Colegio grabadoras, radio, celulares y otros objetos que puedan distraerme”. 3) Apariencia personal: “Mi corte de pelo deberá ser signo de un verdadero estudiante…” “Llegaré puntualmente a clases, con el uniforme completo y limpio”. 4) Actitudes en el comportamiento: “Evitaré manifestaciones de afecto, propias de novios, que excedan un trato normal”. “Manifestaré una actitud de respeto a los Símbolos Patrios…” “Evitaré masticar chicle y comer en el salón”. http://excellereconsultoraeducativa.ning.com/video/aprendersin-miedo
  • 62. QUE DEBEN CONTENEN LOS REGLAMENTOS ESCOLARES Y QUE DEBEN REGLAMENTAR • Deben contener actos jurídicamente fundamentados. • Deben proteger la integridad personal de todos los actores en la educación. • Deben contener las metodologías y estrategias para imponer condiciones de tratamiento hacia las conductas de los menores • Encauzamiento de conductas a fin de que prevalezca un cierto orden diseñado por las instituciones escolares en coadyuvancia con otras autoridades. • Ayudar a establecer el bien estar sobre los alumnos y padres de familia, posibilitando la integración de la familia con el núcleo escolar. • Guardarse de querer juzgarlo todo y precipitadamente. Esforzarse por no caer en el simplismo de "etiquetar" los problemas, que es un modo de eludir su complejidad. • Impulsar el esfuerzo individual supervisado por los padres.
  • 63. Principios fundamentales: Inciso 5. …aplicar una política progresista de prevención de la delincuencia, así como de estudiar sistemáticamente y elaborar medidas pertinentes que eviten criminalizar y penalizar al niño por una conducta que no causa graves perjuicios a su desarrollo ni perjudica a los demás. 63
  • 64. LA POLÍTICA Y LAS MEDIDAS DEBERÁN INCLUIR: a) El reconocimiento del hecho de que el comportamiento o la conducta de los jóvenes que no se ajustan a los valores y normas generales de la sociedad son con frecuencia parte del proceso de maduración y crecimiento y tienden a desaparecer espontáneamente en la mayoría de las personas cuando llegan a la edad adulta; b) La conciencia de que, según la opinión predominante de los expertos, calificar a un joven de "extraviado", "delincuente" o "predelincuente" a menudo contribuye a que los jóvenes desarrollen pautas permanentes de comportamiento indeseable. 15/01/2014 64
  • 65. QUE DEBEN CONTENER LOS REGLAMENTOS ESCOLARES En el ejercicio de la docencia como servicio publico, se presentan problemas de aspecto social y estructural Los problemas sociales, son aquellos relativos a la familia, la comunidad, que afectan la integridad personal. Los problemas estructurales son aquellos relativos a la interacción por los procesos de enseñanza aprendizaje, en donde se ve afectada la integridad personal. 65
  • 66. PROBLEMAS ESTRUCTURALES: Estrategias o políticas para establecer y hacer del conocimiento de los padres de familia acerca de medidas de tratamiento relativas:  Violencia escolar:  Acoso escolar (bulling) vandalismo disrupción robo drogas, armas conflictos entre escolares ausentismo alumnos o maestros atención a la salud por accidentes diversos
  • 67. PROBLEMAS SOCIALES: Estrategias o políticas para establecer y hacer del conocimiento de las autoridades problemas sociales de los padres de familia o acerca de la crianza de los hijos para establecer medidas de tratamiento relativas:  Violencia : familiar robo drogas, armas trata de personas/violación/estupro
  • 68. EJEMPLO: LAS POLÍTICAS DE LA ESCUELA CONTRA LA VIOLENCIA ESCOLAR Y CONTRA EL ACOSO ESCOLAR (BULLYING). En esta Escuela se inculcan los valores morales: El bien ser, el bien hacer, el bien estar y el bien tener. Nuestra Institución protege la integridad personal, (El desarrollo progresivo de la vida para el bienestar y la convivencia); todos debemos proteger, resguardar a los más débiles y desvalidos. Sobre la base de la prevención daremos atención a aquellas conductas antisociales cometidas por los actores de la violencia escolar. “MANIFESTAMOS QUE EN ESTA INSTITUCIONES ENSEÑAMOS A LOS NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES A RECHAZAR LA INTIMIDACIÓN Y EL MALTRATO, ASÍ TAMBIÉN ESAS FORMAS DEL EJERCICIO DEL PODER NO SON ADMISIBLES Y QUE SON SOCIALMENTE INDESEABLES”.
  • 69. Los alumnos, maestros y padres de familia de esta institución; tenemos la obligación de defender y proteger la integridad personal, de niños niñas y adolescentes victimas de la violencia escolar y del bullying, “Trata a los demás como quieras que te traten a ti. Ayudaremos a los estudiantes que son intimidados e Incluiremos a los estudiantes que son excluidos. No abusaremos e intimidaremos a otros estudiantes; «¿Te gustaría que alguien Te hiciera lo mismo?» Cuando conozcamos que alguien está siendo intimidado, se lo diremos a algún maestro o a algún adulto en casa.
  • 70. 3.4.- El Contenido de la Ley y los Reglamentos Escolares deben de establecer Medidas de tratamiento o condiciones de resguardo y protección. Declaración de los Derechos del Niño: Principio 7, párrafo segundo: El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación... El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro. Principio 8. 70
  • 71. Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre: Articulo V. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra los ataques abusivos a su honra, a su reputación y a su vida privada... Convención Americana sobre Derechos Humanos: Artículo 19. Derechos del niño. Todo niño tiene derecho a las medidas de protección que su condición de menor requiere por parte de su familia, de la sociedad y del Estado. 71
  • 72. Convención sobre los Derechos del Niño: Articulo 3.1. En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas... una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño. Articulo 3.2 Los Estados Partes se comprometen a Asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar... 72
  • 73. Artículo 19. 1. Los Estados partes adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo.. Artículo 34. Los Estados Partes se comprometen a proteger al niño contra todas las formas de... abusos sexuales. 73
  • 74.  Medidas de tratamiento o imposición de condiciones que resguarden el desarrollo y bienestar de los alumnos.  Las acciones se traducen Coadyuvancia con autoridades ; es decir, en peticiones de intervención de la escuela hacia las autoridades
  • 75. Programas preventivos para Fortalece Conductas * Ayudarles a prever las consecuencias de Guión para la reflexión: sus decisiones libres. * Enseñarles a sopesar las razones y •Ofrecer la verdad. Hacer pensar. argumentos de las distintas opiniones. * Enseñarles a buscar sinceramente la •Aprovechar las ocasiones que ofrece la verdad y a ser coherentes. vida familiar para hablar con los alumnos o * Respetar a la persona. Comprender. hijos, potenciando su sentido crítico. Confiar. * Enseñarles a no aceptar acríticamente lo •Respetar las inclinaciones y aptitudes que que presentan los medios de comunicación. Dios ha dado a cada uno. * Fundamentar lo que se dice. Distinguir la * No violentar a nadie, no forzar, no pedir verdad objetiva de la opinión personal. imposibles. * Enseñarles a considerar las cosas y a •* Reprender, cuando sea necesario, sin razonar, para que no se dejen arrastrar por insultar ni humillar. estados emocionales pasajeros y a no * Ofrecer confianza. juzgar con precipitación. * Escuchar con atención, esforzándose por * Exponer las razones, los motivos que comprenderlos, pues no hay clima de aconsejan actuar de un modo u otro. libertad si el diálogo sereno no preside la relación interpersonal.
  • 76. Programas preventivos para Fortalece Conductas * Estar abierto a los aspectos positivos de cualquier nueva manifestación cultural o estilo de vida. * Reconocer que tienen razón en tantas ocasiones. * Hablar con claridad, sin avasallar. * Ayudar a comprender que hacer lo que se debe, supone casi siempre un considerable esfuerzo. * Valorar el esfuerzo, no el éxito. El trabajo bien hecho, más que el trabajo * Fortalecer la voluntad con el ejercicio de las virtudes. Estimular la responsabilidad. Exigir. * Estimular y exigir un comportamiento correcto. Ser ejemplo de esfuerzo por practicar las virtudes. * Animarles a arriesgarse, a ser valientes, a responder de lo que hacen, sin esconderse en el anonimato. * Ayudarles a volver a empezar una y otra vez, sin dejarse vencer por el desánimo. * Proporcionar ocasiones de asumir responsabilidades, de acuerdo con sus posibilidades, en la vida familiar y escolar. * Fomentar la participación activa y responsable en la familia mediante los encargos o la ayuda entre hermanos o compañeros. * Respetar sus decisiones responsables, aunque no nos gusten. * Fomentar la iniciativa personal * Ayudar a encauzar rectamente sus afanes e ilusiones. * Proporcionar ocasiones de ejercitar la autonomía, el autodominio, la iniciativa, la capacidad de decidir y la participación. * Animar a que organicen por su cuenta algunas actividades y a que participen responsablemente en otras.
  • 77. La CODHEM, espera que la información que se les ha proporcionado les sea de utilidad y que les permita trazar el alcance y los límites de los actos de autoridad en la perspectiva de los Derechos Humanos 77
  • 78. “HAY HOMBRES QUE LUCHAN UN DÍA Y SON BUENOS, HAY OTROS QUE LUCHAN UN AÑO Y SON MEJORES, HAY QUIENES LUCHAN MUCHOS AÑOS Y SON MUY BUENOS, PERO HAY LOS QUE LUCHAN TODA LA VIDA; ESOS SON LOS IMPRESCINDIBLES.” BERTOLT BRECHT “APRENDÍ QUE LO DIFÍCIL NO ES LLEGAR A LA CIMA, SINO JAMÁS DEJAR DE SUBIR.” WALT DISNEY 78
  • 79. LA EXIGENCIA, LA AUTORIDAD, LA LIBERTAD: MUCHAS PERSONAS CARECEN DE FUERZA DE VOLUNTAD….. PORQUE HAN SIDO EDUCADAS EN UNA ATMÓSFERA DE PERMISIVISMO, FRUTO DE UN MAL ENTENDIDO SENTIDO DE LA LIBERTAD QUE HA IMPEDIDO FORMAR EN LA EXIGENCIA; TODA PERSONA HA DE APRENDER A ESFORZARSE SERIAMENTE SI QUIERE CONSEGUIR CUALQUIER OBJETIVO VALIOSO EN SU VIDA, SOBRE TODO, EN LAS PRIMERAS ETAPAS DE LA VIDA, EN LAS QUE SE VA CONFORMANDO EL CARÁCTER. ROBERTO MATOSAS 15/01/2014 79
  • 80. La educación de la voluntad tiene como objetivo procurar que cada uno se forme en el esfuerzo y en la responsabilidad personal, desarrollando hábitos que fortalezcan su capacidad de decisión y le permitan ejercer su libertad. 15/01/2014 80
  • 81. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 1°, Corresponde a todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales…
  • 82. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Artículo 3°. Todo individuo tiene derecho a recibir educación, la educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente... todas las facultades del ser humano. c) Contribuirá a la mejor convivencia humana... por los elementos que aporte a fin de robustecer en el educando ...el aprecio para la dignidad de la persona...
  • 83. Artículo 4". El varón y la mujer son iguales ante la ley... Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Los ascendientes, tutores y custodios tienen el deber de preservar estos derechos. El Estado proveerá lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos 83
  • 84. Ley General de Educación: Artículo 42. En la impartición de la educación para menores de edad se tomarán medidas que aseguren al educando la protección y el cuidado necesarios para preservar su integridad física, psicológica y social sobre la base del Respeto a su dignidad... 84
  • 85. LEY GENERAL DE EDUCACIÓN Artículo 65. Son derechos de quienes ejercen la patria potestad o la tutela: II.- Participar a las autoridades de la escuela en la que estén inscritos sus hijos o pupilos, cualquier problema relacionado con la educación de éstos, a fin de que aquéllas se aboquen a su solución; III.- Colaborar con las autoridades escolares para la superación de los educandos y en el mejoramiento de los establecimientos educativos; IV.- Formar parte de las asociaciones de padres de familia y de los consejos de participación social a que se refiere este capitulo, y Fe de erratas a la fracción DOF 29-07-1993 V.- Opinar, en los casos de la educación que impartan los particulares, en relación con las contraprestaciones que las escuelas fijen. Artículo 66.- Son obligaciones de quienes ejercen la patria potestad o la tutela: I.- Hacer que sus hijos o pupilos menores de edad, reciban la educación preescolar, la primaria y la secundaria; Fracción reformada DOF 10-12-2004 II.- Apoyar el proceso educativo de sus hijos o pupilos, y III.- Colaborar con las instituciones educativas en las que estén inscritos sus hijos o pupilos, en las actividades que dichas instituciones realicen. Artículo 67.- Las asociaciones de padres de familia tendrán por objeto: II.- Colaborar para una mejor integración de la comunidad escolar, así como en el mejoramiento de los planteles; III.- Participar en la aplicación de cooperaciones en numerario, bienes y servicios que las propias asociaciones deseen hacer al establecimiento escolar; 85
  • 86. Ley para la Protección de Derechos los de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México: Artículo 13. A fin de garantizar el cumplimiento de los derechos establecidos en este capítulo, las leyes. de las entidades federativas podrán disponer lo necesario para que se cumplan.
  • 87. C. (párrafo segundo)... En las escuelas los educadores o maestros serán responsables de evitar cualquier forma de maltrato, perjuicio, daño, agresión, abuso o explotación, en contra de niñas, niños o adolescentes.
  • 88. Articulo 21. Niñas, niños y adolescentes tienen el derecho a ser protegidos contra actos u omisiones que puedan afectar su salud física o mental... Enunciativamente, se les protegerá cuando se vean afectados por: el descuido, la negligencia, el abandono, el abuso emocional, físico y sexual... Artículo 9. Son derechos de las niñas, niños y adolescentes en el Estado de manera enunciativa, más no limitativa, los siguientes: I. El respeto a la vida, integridad, privada y dignidad personal:... b) El de tener una vida libre de violencia; física, verbal, moral, psicológica, sexual o de cualquier otro tipo;... e) A ser respetado en su integridad física, psicoemocional y sexual: 88
  • 89. Artículo 23. Los directivos, maestros, y demás personal que labora en las escuelas, guarderías y estancias infantiles públicas y privadas, están obligados a hacer del conocimiento de las autoridades competentes sin perjuicio de la responsabilidad penal en la que pudieran incurrir: a)Maltrato físico, psicológico, verbal, patrimonial, abuso sexual o de cualquier índole, y corrupción, que involucre é las niñas, niños y adolescentes como victimas o causantes de ello;... 89
  • 90. RESPONSABILIDADES AUTORIDADES DE LAS ARTICULO 14.- Los Órganos de Gobierno del Estado y de los Municipios: tienen obligación de otorgar y garantizar, servicios de defensa y representación jurídica, preservar los intereses de las niñas, niños y adolescentes, mismos que deberán ser gratuitos, a través de los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia en sus respectivos ámbitos de competencia. 90
  • 91. ARTICULO 15.- La Secretaría de Desarrollo Social, en coordinación con el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México, instrumentará los mecanismos conforme a los cuales las autoridades y las Instituciones apoyen y asistan a los progenitores y demás miembros de la familia en cumplimiento de sus responsabilidades. 91
  • 92. ARTICULO 18.Corresponde a los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado y Municipios en materia de niñas, niños y adolescentes: 92
  • 93. ARTICULO 18.- Corresponde a los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado y Municipios en materia de niñas, niños y adolescentes: VIII. Recibir quejas, denuncias e informes en relación de quienes ejerzan la patria potestad, la tutela, la curatela o guarda y custodia o quienes las tengan bajo su cuidado, sobre la violación de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, haciéndolo del conocimiento de las autoridades competentes y de ser procedente ejercitar las acciones legales correspondientes; 93
  • 94. IX. Denunciar ante las autoridades competentes cualquier caso de maltrato, lesiones, abuso físico o psíquico, sexual, abandono, descuido o negligencia, explotación y en general cualquier acción que perjudique a la niña, niño o adolescente; X. Poner a disposición del Ministerio Público o de cualquier órgano jurisdiccional los elementos a su alcance para la protección de las niñas, niños y adolescentes y proporcionar a aquellos la información que les requieran sobre el particular; 94
  • 95. DE LAS OBLIGACIONES DE LA FAMILIA, DE LA SOCIEDAD Y DEL ESTADO ARTICULO 20.- Son obligaciones de los progenitores y miembros de la familia para con las niñas, niños y adolescentes: 95
  • 96. III. Proporcionar apoyo, cuidados, educación, protección a la salud, alimentación suficiente y adecuada; VIII. Darles a conocer sus derechos, así como brindarles orientación y dirección para su ejercicio y debida observancia. 96
  • 97. Agradecemos su atención Visitaría General Sede Chalco. 15/01/2014 97
  • 98. Visitaría General Sede Chalco. CODHEM. Titular: Lic. Gregorio Matías Duarte Olivares. Ponente: Lic. Ernesto Medina Morales. Tels: 15 51 15 90 y 26 32 59 74 15/01/2014 98
  • 99. Por su atención….. Gracias CODHEM Visitaduría Gral. Sede Chalco Lic. Ernesto Medina Morales email: ernesto641212@yahoo.com.mx tel: 26 32 59 74 y 15 51 15 90 99