La resolución adopta el Manual de Procesos y Procedimientos del Concejo de Bogotá para armonizar el Sistema Integrado de Gestión de calidad. El manual documenta y formaliza los procedimientos institucionales según la normativa legal y técnica de control interno y gestión pública. La resolución designa responsabilidades para la implementación, actualización y seguimiento del manual.
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Res. 0287 de 2009 adopci+¦n manual de procesos y procedimientos
1. 11 CONCEJO DE BOGOr Á, D. C.
RESOLUCiÓN No. O2 8-7 ~~ '1 DELAÑO 2009
( 26 HAY2009 )
"POR LA CUAL SE ADOPTA EL MANUAL DE PROCESOS Y
PROCEDIMIENTOS DEL CONCEJO DE BOGOTA D.C."
LA MESA DIRECTIVA DEL CONCEJO DE BOGOTA D.C.
En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especialmente las
conferidas en el articulo 20 numerales 1, 2, 4 Y6 del Acuerdo 348 de 2008.
CONSIDERANDO
Que mediante Acuerdo 204 de 17 de marzo de 2006, se ajusta la planta de
personal del Concejo de Bogotá. D.C., al sistema de nomenclatura y clasificación
de empleos de acuerdo con lo establecido en el Decreto Ley 785 de 2005 y se
ajustan e integran las tablas de grados de asignación básica en armonía con
dicho sistema y se dictan otras disposiciones.
Que el artículo 209 de la Constitución Política Nacional preceptuó que La función
administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con
fundamento en los principios de igualdad moralidad, eficacia, economía, celeridad,
imparcialidad, y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la
desconcentración de funciones.
Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el
adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública en
todos sus órdenes tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que
señale la ley.
Que el artículo 269 de la Constitución política Nacional establece que en las
entidades públicas las autoridades correspondientes están obligadas a diseñar y
aplicar, según la naturaleza de sus funcione, métodos y procedimientos de
control interno, de conformidad con lo que disponga la ley la cual podrá
establecer excepciones y autorizar la contratación de dichos servicios con
empresas privadas colombianas.
Que el artículo 4 de la ley 87 de 1993 establece que las Entidades Públicas
deberán implementar los aspectos que deben orientar la aplicación del control
interno.
Que el Decreto 1537 de 26 de Julio de 2001 reglamenta parcialmente la Ley 87 de
1993 en cuanto a elementos técnicos y administrativos que fortalezcan el sistema
de control interno de las entidades y organismos del Estado.
Que el artículo 2 íbídem señala a los manuales de procedimientos como
instrumentos que garanticen el cumplimiento del control interno en las
organizaciones públicas, éstas elaborarán, adoptarán y aplicarán manuales a
través de los cuales se documentarán y formalizarán los procedimientos a partir
de la identificación de los procesos institucionales.
Que el MECI 1000-2005 Numeral 1.1 promueve la adopción de un enfoque de
operación basado en procesos, el cual consiste en identificar y gestionar, de
manera eficaz, numerosas actividades relacionadas entre si.
Que la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública NTCGP 1000:2004, en
su numeral 4.1 establece que la Entidad debe identificar los Procesos para
cumplir con su misión.
"UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO"
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11 CONCEJO DE BOGOTÁ, D. C.
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RESOLUCION No. ~DEL ANO 2009
( 26 HAY2009 )
"POR lA CUAL SE ADOPTA El MANUAL DE PROCESOS Y
PROCEDIMIENTOS DEL CONCEJO DE BOGOTA D.C."
Que para armonizar el Sistema Integrado de Gestión de calidad se hace
necesario que el Concejo de Bogotá adopte un manual de procesos y
procedimientos que obedezca a las exigencias de dicho sistema y se articule con
la plataforma estratégica, la visión y misión institucional
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTíCULO PRIMERO: Adoptar el Manual de Procesos y Procedimientos del
Concejo de Bogotá D.C. contenido en el documento anexo que hace parte
integral de la presente resolución.
ARTíCULO SEGUNDO: Será responsabilidad de la Dirección Administrativa y
Financiera, Secretaría General, Subsecretarías de Despacho y el grupo de
Control Interno, la implementación, divulgación, seguimiento de los Procesos y
Procedimientos del anexo de la presente Resolución
ARTíCULO TERCERO: Cada Dependencia será responsable de la actualización
de sus procesos y procedimientos justificando las razones modificatorias en
coordinación con la Dirección Administrativa y Financiera.
ARTICULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de fecha de expedición
y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y Cúmplase
.SANGUINO
Vicepresidente
ICAICEDO ESCOBAR
icepresidente
Proyectó y elaboró Revisó Revisó y Aprobó
Fabricio José Guzmán Martínez Patricia Duque Cruz Martha Cecilia Valencia Gómez
Nancy Adriana Sandoval Ávila
Hernando Rojas Martinez
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