La resolución aprueba la solicitud de aplazamiento con fraccionamiento de una deuda tributaria de S/ 2,625 por parte de Sierra Calsina Raphael. Se otorgan 3 meses de aplazamiento y 10 cuotas de fraccionamiento, con vencimiento hasta el 30 de junio de 2022. La tasa de interés aplicable será del 80% de la TIM.
670-Revenue Department – Village Administration –Village Revenue Assistants– ...bansi default
Revenue Department – Village Administration –Village Revenue Assistants–
Extension of the Scheme of compassionate appointment to the dependent
family members of Village Revenue Assistants who retire on medical invalidation
– Orders – Issued.
Corrupción en las Contrataciones con el Estado - 2022Oscar Saravia
Diapositivas del Webinar "Corrupción en las Contrataciones con el Estado - 2022" realizado el 28/04/2022
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MEDIDAS CAUTELARES, Sustitución del Juez, CONTENIDO DE LA DECISIÓN CAUTELAR, Ejecución por terceros y auxilio policial, Trámite de la medida cautelar, Formación del cuaderno cautelar, Ejecución de la medida,
LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA DE CONDICIONES ECONÓMICAS PARA LOS TRABAJADORES CAS. Se establecen los fundamentos jurídicos para la negociación colectiva descentralizada de condiciones económicas para los CAS (autor José María Pacori Cari).
Dictamen Autonomía Pago Personal de MunicipalidadesNelson Leiva®
Este Dictamen, señala que los municipios son autónomos para fijar la fecha de pago de las remuneraciones de los funcionarios (as) municipales del país.
Exposición a cargo del Abog. Jose Antonio Nina Romero, Jefe(e) de la Unidad de Administración Documentaria y Archivo, durante evento "Taller para profesionales de los Gobiernos Regionales", que dio el INGEMMET del 24 al 27 de noviembre de 2014 en la ciudad de Lima.
MODELO DE DEMANDA DE AMPARO POR DISCRIMINACIÓN. Puedes defender tu derecho a la igualdad sin discriminación a partir de una demanda constitucional de amparo (autor José María Pacori Cari)
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Anna Lucia Alfaro Dardón, Harvard MPA/ID.
Opportunities, constraints and challenges for the development of the small and medium enterprise (SME) sector in Central America, with an analytical study of the SME sector in Nicaragua. - focused on the current supply and demand gap for credit and financial services.
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DIAPORAMA 1. Análisis interno y externo de la administración estratégica.
Resolucion fraccionamiento
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I.R.AREQUIPA-MEPECO
AREQUIPA, 19 de Mayo del 2021
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0530170229015
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N.° 0530170229015
VISTA, la Solicitud de Acogimiento a Aplazamiento con Fraccionamiento N.° 0530320166971de fecha 11/05/2021
presentadapor SIERRACALSINA RAPHAEL
, identificadocon N.° de RUC 10295854231 y domicilio fiscal MZA. B
LOTE 36 URB. QUINTA EL SOL AREQUIPA - AREQUIPA - CERRO COLORADO, por deuda tributaria de TESORO.
CONSIDERANDO:
Que, conformea lo reguladoen el artículo 36° del Texto Único Ordenadodel CódigoTributarioaprobadopor Decreto
Supremo N.° 133-2013-EF y normas modificatorias, la Administración Tributaria se encuentra facultada para
conceder aplazamiento y/o fraccionamientoal deudor tributario para el pago de la deuda tributaria, de acuerdo con
lo señalado por la Administración;
Que, el artículo 36° del Texto Único Ordenadodel CódigoTributarioaprobadopor Decreto SupremoN.° 133-2013-EF
y normas modificatorias y su Reglamento aprobado por Resolución de Superintendencia N.° 161-2015/SUNATy
normas modificatorias, establecen los requisitos que deberánobservarlos deudorestributarios a efecto de acogerse
al pago de deudas tributarias en forma fraccionada y/o con aplazamiento, así como establecen las condiciones del
fraccionamiento, aplazamiento o aplazamiento con fraccionamiento que resulte aprobado;
Que, el cumplimiento de todos los requisitos señalados en los referidos dispositivos determina la procedencia de la
solicitud del deudor tributario;
En uso de las facultades conferidasen el Decreto LegislativoN.° 501 y en el inciso h) del artículo 4° del Reglamento
de Organizacióny Funciones de la SuperintendenciaNacional de Aduanas y de Administración Tributaria,aprobado
por la Resolución de Superintendencia N.° 122-2014/SUNAT y normas modificatorias.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- APROBAR la Solicitud N° 0530320166971de fecha 11/05/2021 presentada por SIERRA CALSINA
RAPHAEL, identificado con N.° de RUC: 10295854231 por cumplir con todos los requisitos establecidos en el
artículo 36° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N.° 133-2013-EF y
normas modificatorias, y en el Reglamento de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de la deuda tributaria, aprobado
por Resolución de Superintendencia N.° 161-2015/SUNAT y normas modificatorias.
Artículo 2°.- Considerarcomo monto de la deudatributaria acogida, la suma de DOS MIL SEISCIENTOSVEINTEY
CINCO Y 00/100 (S/ 2,625.00), según detalle adjunto (Ver Anexo N.° 1).
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Observaciones
- Queda a salvo el derecho del contribuyente de interponer, contra la presente Resolución, los recursos de reconsideración o
apelación -según sea el caso- en el plazo máximo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha
de su notificación.
- Este documento ha sido emitido de conformidad con lo dispuesto por el artículo 111° del TUO del Código Tributario.
INFORMACIÓN DE INTERÉS
- Para recibir alertas cada vez que sea notificado, es importante que mantenga actualizados en su ficha RUC, su correo electrónico y
número de teléfono celular.
- La notificación se considerará efectuada y surtirá efecto al día hábil siguiente a la fecha de depósito del documento en su buzón, de
conformidad con lo establecido en el inciso b) del artículo 104° y el artículo 106° del TUO del Código Tributario.
Artículo 3°.- Otorgar Aplazamiento con Fraccionamiento por 3 mes(es) de aplazamiento y 10 cuotas de
fraccionamiento, de acuerdo al cronograma adjunto (ver Anexo N.° 2) desde la fecha de emisión de la presente
resolución hasta 30/06/2022, debiéndose efectuar el pago del interés de aplazamiento y de la cuota de
acogimiento, así como de los pagos mensuales que incluyan la amortización y el interés de conformidadcon el
Reglamento de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de la deuda tributaria, aprobado por Resolución de
Superintendencia N.° 161-2015/SUNAT y normas modificatorias.
Artículo 4°.- La tasa de interés aplicable a la deuda tributaria acogida al Aplazamiento con Fraccionamiento será
del 80% de la TIM por plazo de aplazamiento y/o fraccionamiento, de acuerdo a lo establecido en el literal c) del
artículo 19° del Reglamento de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de la deuda tributaria, aprobadopor Resolución
de Superintendencia N.° 161-2015/SUNAT y normas modificatorias.
Artículo 5°.-El presente Aplazamiento con Fraccionamiento se otorga sin garantía en mérito de lo establecido en el
artículo 10° del Reglamento de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de la deuda tributaria, aprobado por la Resolución
de Superintendencia N. ° 161-2015/SUNAT y normas modificatorias.
Artículo 6°.- De acuerdo a lo señalado en el último párrafo del artículo 36° del Código Tributario, la pérdida del
fraccionamientose determinaráen función a las causales de pérdida previstasen el Reglamento que se encuentre
vigente al momento de la determinación del incumplimiento.
Regístrese, notifíquese y comuníquese.
APAZA RONDON, ZINAIRA PAOLA
Jefe de Division de Control de la Deuda y Cobranza
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Aplazamiento con Fraccionamiento
ANEXO N.° 1: DEUDA ACOGIDA
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Tributo y/o Multa Monto Actualizado al 19/05/2021
Período Código Descripción Tributo
Asociado
Número de
documento
Monto Tributo Interés Total
202013 3073 RTA.-REGULARIZ.-RTA. DE
TRABAJO
- 0530011464770 2,583.00 42.00 2,625.00
TOTAL 2,625.00
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ANEXO N.° 2: CRONOGRAMA
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El pago del interés de aplazamiento más la cuota de acogimiento podrá efectuarse solo mediante NPS. El pago de las cuotas
mensuales podrá efectuarse con NPS o mediante Formulario 1662, en cuyo caso, deberá indicarse el número de la resolución
aprobatoria N° 0530170229015 y el código de tributo 8021.
IA: Interés de Aplazamiento
CA: Cuota de Acogimiento
Cuota Saldo
N° Vencimiento Amortización Interés Total
CA 31/08/2021 220.00 0.00 220.00 220.00
IA 31/08/2021 0.00 66.00 66.00 2,625.00
1 30/09/2021 233.00 17.00 250.00 2,172.00
2 29/10/2021 234.00 16.00 250.00 1,938.00
3 30/11/2021 236.00 14.00 250.00 1,702.00
4 31/12/2021 238.00 12.00 250.00 1,464.00
5 31/01/2022 239.00 11.00 250.00 1,225.00
6 28/02/2022 241.00 9.00 250.00 984.00
7 31/03/2022 243.00 7.00 250.00 741.00
8 29/04/2022 245.00 5.00 250.00 496.00
9 31/05/2022 246.00 4.00 250.00 250.00
10 30/06/2022 250.00 2.00 252.00 0.00