1. República Bolivariana De Venezuela
Universidad Fermín Toro
Barquisimeto Edo-Lara
Presidente De La Revista:
Ronald Herrera
Jefe De Producción:
Yasmin Di Giacomo Marrufo
Colaboradores:
Gerardo Carrillo
Rafael Peña
Contenido:
●Delitos contra la
inviolabilidad del
domicilio
●Delitos contra la
inviolabilidad del secreto
●Delitos contra la
administración de justicia
●Análisis del tipo penal
de la prohibición de
hacerse justicia por sus
propias manos (Art. 270
CP)
●Atenuante (Art. 271 CP)
Barquisimeto, 26 De Abril Del 2024
2. Introducción
Los delitos contra la inviolabilidad del domicilio, del
secreto y contra la administración de justicia
constituyen conductas punibles que afectan los
derechos fundamentales de las personas y el correcto
funcionamiento de la sociedad. En este contexto, es
crucial comprender la relevancia legal y social de estas
transgresiones, así como las implicaciones que
conllevan para el ordenamiento jurídico.
3. Delitos contra la inviolabilidad del domicilio
El concepto de inviolabilidad del domicilio se refiere a la
protección legal que garantiza la privacidad y la seguridad
de un espacio residencial. Cuando funcionarios públicos
violan esta inviolabilidad al ingresar sin autorización, se
configuran delitos graves que atentan contra los derechos
fundamentales de las personas. El análisis de los tipos
penales establecidos en los artículos 183 y 184 del Código
Penal proporciona una visión detallada de las conductas
punibles y las consecuencias legales asociadas con la
violación del domicilio por parte de funcionarios públicos.
Delitos contra la inviolabilidad del secreto
Por otro lado, los delitos contra la inviolabilidad del
secreto se centran en proteger la confidencialidad de
la información personal o profesional de las personas.
El concepto de secreto abarca aspectos sensibles
que deben ser resguardados y su divulgación
indebida puede tener graves repercusiones legales.
El análisis de los tipos penales contemplados en los
artículos 185 al 190 del Código Penal permite
comprender las conductas tipificadas como delictivas
en relación con la violación del secreto y las
sanciones correspondientes.
4. Delitos contra la administración de justicia
Los delitos contra la administración de justicia se
caracterizan por acciones que obstaculizan, corrompen o
perjudican el correcto funcionamiento de los procesos
legales y judiciales. En este sentido, se contemplan una
serie de tipos delictivos que van desde la violencia y la
resistencia a la autoridad hasta la simulación de hecho
punible, la calumnia, el falso testimonio, el soborno de
testigos, la prevaricación, el encubrimiento y la prohibición
de hacerse justicia por sus propias manos, entre otros.
Análisis del tipo penal de la prohibición de hacerse
justicia por sus propias manos (Art. 270 CP)
El artículo 270 del Código Penal establece la prohibición
de hacerse justicia por sus propias manos como un
delito que sanciona la conducta de aquellos que toman
la ley en sus propias manos, sin recurrir a los
mecanismos legales establecidos. Esta acción atenta
contra el principio de legalidad y el ordenamiento
jurídico, y busca prevenir la violencia y el caos social.
Es fundamental analizar este tipo penal para
comprender las implicaciones legales y las
consecuencias de tomar la justicia por cuenta propia.
5. Atenuante (Art. 271 CP)
El artículo 271 del Código Penal contempla una
atenuante para aquellos que, a pesar de cometer el
delito de hacerse justicia por sus propias manos, lo
hacen en defensa propia o en defensa de un
tercero, siempre y cuando concurran ciertas
circunstancias específicas. Esta atenuante busca
reconocer situaciones excepcionales en las que la
acción pueda considerarse justificada o legítima, a
pesar de violar el principio de legalidad.
6. Conclusión
En conclusión, la protección de la inviolabilidad del
domicilio y del secreto, así como la preservación de
la administración de justicia, son pilares
fundamentales para garantizar la seguridad, la
privacidad y la legalidad en una sociedad
democrática. Es imperativo que las autoridades y los
ciudadanos respeten y cumplan con las normativas
establecidas para prevenir y sancionar cualquier
vulneración de estos derechos fundamentales.