Este documento resume los delitos contra la libertad y los delitos contra la inviolabilidad del domicilio. En cuanto a los delitos contra la libertad, describe los delitos contra las libertades políticas, contra la libertad de culto y contra la libertad individual. Luego, cubre los delitos contra la inviolabilidad del domicilio como la violación del domicilio por un particular o funcionario, violación de correspondencia, abuso de funciones de empleados de correo y violación del secreto profesional. El documento concluye que estos delitos tutelan bienes jurídic
Delitos contra la libertad y contra la inviolabilidad del domicilio
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
ASIGNATURA: DERECHO PENAL ESPECIAL
DELITOS CONTRA LA LIBERTAD Y
DELITOS CONTRA LA INVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO
Alumna:
Zaida Garmendia
C.I. 7401524
Profesora; Nilda Singer
SECCIÓN: SAIA A
2. INTRODUCCION
Sólo cuando el individuo es libre alcanza su máxima realización y ofrece su
máximo aporte a sus congéneres individual o socialmente organizados. Las
sociedades, política y económicamente libres, han alcanzado un más alto grado de
prosperidad en comparación con las sociedades intervenidas en esos campos,
La libertad es un bien jurídico del que sólo puede disponer su titular. Es decir,
un bien altamente disponible de donde sigue que mediando consentimiento del titular
asoma invencible la causa de atipicidad. La libertad se manifiesta de tan variadas
formas que, el sistema de su tutelaje obliga un muy amplio título con morfología rica
y variada.
Es por ello que el presente ensayo desarrollara los siguientes tipos penales:
Delitos contra la Libertad
Delitos contra la Inviolabilidad del Domicilio.
Cabe destacar, que es de un hecho público y notorio que la seguridad ciudadana se
constituye en la garantía del estado de derecho de todos los venezolanos en cuanto a
la segura aplicación de las leyes. Venezuela según la carta magna se rige como un
Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia, es decir, que se deben respetar
los derechos humanos de todos los ciudadanos garantizando así su firme
cumplimiento.
En el presente ensayo, versara sobre lo delitos contra la libertades políticas, contra la
libertad individual, contra la libertad de culto, además de los delitos contra la
inviolabilidad del Domicilio y la inviolabilidad del secreto como la violación del
domicilio por un particular, por un funcionario público, Violación, Supresión,
divulgación de correspondencia Abusos de los funciones de los empleados del correo
3. y violación del secreto profesional. Puntos que son de gran importancia para el
conocimiento de nosotros como estudiantes de derecho.
4. DELITOS CONTRA LA LIBERTAD
La libertad es un bien jurídico y en el ordenamiento jurídico reconoce a los
individuos con la finalidad de que satisfagan sus necesidades dentro de las relaciones
sociales, pero esta libertad de actuar que se presupone a todo ser humano, no es
totalmente absoluta; el limite viene dado por la libertad de los otros miembros de la
sociedad, esto es, de las necesidades que se derivan de la convivencia: de allí que se
plantee como un bien jurídico de carácter relativo.
Se protege a libertad en sí misma, ya que puede ser violada por otros hechos que no la
atacan directamente, sino en cuanto a un medio para alcanzar otros fines, como
sucede por ejemplo en el delito de robo o extorsión el bien jurídico tutelado y
lesionado es la libertad.
Los delitos contra la libertad, se consideran como aquellas conductas humanas, , que
atentan o menoscaban tal facultad de un individuo, las cuales no están ni estarán
justificadas por el derecho. Dentro de la clasificación de este grupo de delitos
encontramos:
a) Delitos contra las libertades políticas: (artículo 166 CP) El que mediante
violencia o amenaza, obliga a otro a hacer lo que la ley no manda o le impide
hacer lo que ella no prohíbe será reprimido con pena privativa de seis a
quince meses. Siempre y cuando el hecho no esté previsto por una
disposición especial de la Ley.
Si el culpable es un funcionario público y ha cometido el delito con abuso de
sus funciones, el arresto será de seis a treinta meses
5. b) Delitos contra la libertad de culto: (artículos 167 al 172 CP) Cuando
por cualquier circunstancia se ofenda, o ejerza hostilidad contra algún culto,
o desprecie o haya deteriorado o destruido los lugares destinados al culto, o
profane el cadáver o las cenizas de una persona, o sustrajere sus restos. La
aplicación de la pena va depender de las circunstancias agravantes tipificadas
en los artículos referido a este tipo de delito.
c) Delitos contra la libertad individual: (artículos 173 al 182 CP) Existe
cuando alguien somete a esclavitud a otra persona, o le prive ilegítimamente
de su libertad, o que obligue a otro a realizar, tolerar o le impidiere ejecutar
un acto que no esté prohibido por la ley, entre otros. La aplicación de la pena
va depender de las circunstancias agravantes tipificadas en los artículos
referido a este tipo de delito.
La importancia que el Legislador le ha dado con acierto al bien jurídico "libertad". En
efecto, la libertad después de la vida, es el bien jurídico principal que merece la más
alta estima, pues el de la integridad corporal que tutela el delito de lesiones, salvo
que apareje merma de la libertad locomotora o ambulatoria, no lo es tanto
ANALISIS DE LOS TIPOS
Estos tipos de delitos son eminentemente dolosos los sujetos activos y pasivos son
indiferentes, la noción del delito está referida a la acción dada por la conducta del
individuo (sujeto Activo). Salvo en los casos que esté involucrado un funcionario, el
objeto material va a depender de cada caso de sobre que o quien recaiga la acción
delictiva. Y el objeto jurídico tutelado y lesionado estará referida a la libertad, según
sea el caso,( política, de culto, individual). El procedimiento y la pena dependerá de
la hipótesis o fundamento legal que se configure con la conducta..
6. DELITOS CONTRA LA INVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO
El origen de la palabra domicilio es domus, palabra que significa morada, sin
embargo en la práctica puede llegar a presentarse el problema de que una persona no
tenga residencia habitual y fija con el propósito de vivir en un sitio determinado, por
lo que es necesario resolver la cuestión jurídica que se presenta en estos sujeto. La
noción penal del domicilio es distinta de la acepción que a este sustantivo asigna el
Código Civil Vigente.
Domicilio según el Código Civil dispone en su artículo 27 El domicilio de una
persona se halla en el lugar donde tiene el asiento principal de sus negocios e
intereses.
La constitución de la República Bolivariana de Venezuela proclama la inviolabilidad
del hogar doméstico e inviolabilidad del secreto.
Artículo 47 El hogar doméstico y todo recinto privado de persona son inviolables.
No podrán ser allanados sino mediante orden judicial, para impedir la perpetración de
un delito o para cumplir, de acuerdo con la ley, las decisiones que dicten los
tribunales, respetando siempre la dignidad del ser humano. Las visitas sanitarias que
se practiquen, de conformidad con la ley, sólo podrán hacerse previo aviso de los
funcionarios o funcionarias que las ordenen o hayan de practicarlas.
Adicionalmente establece
Artículo 48 Se garantiza el secreto e inviolabilidad de las comunicaciones privadas en
todas sus formas. No podrán ser interferidas sino por orden de un tribunal
competente, con el cumplimiento de las disposiciones legales y preservándose el
secreto de lo privado que no guarde relación con el correspondiente proceso.
7. Nuestro Código Penal vigente, desarrollando este principio, consagra en su título I,
capítulos IV, De los Delitos contra la Inviolabilidad del Domicilio y en el V la
Inviolabilidad del Secreto:
a) Violación del domicilio por un particular (artículo 183 C P) cualquiera que
arbitraria, clandestina se introduzca o se instale en un domicilio ajeno contra
la voluntad de quien tiene el derecho. El enjuiciamiento no se hará lugar sino
por acusación y el establecimiento de la pena se aplicara considerando los
fundamentos legales. El procedimiento queda a instancia de parte agraviada.
b) Violación del domicilio por un funcionario (artículo 184 C P) que abusando
de sus atribuciones conferidas por ley o faltando a ellas, se introduzca en el
domicilio ajeno, será penado con prisión de 45 días a 28 meses. El
procedimiento es de oficio.
c) Violación, supresión, divulgación de correspondencia, (artículo 185, 186
y 187 C P) estos artículos están referidos al que indebidamente abra, suprima
o la destine a la publicidad correspondencia, telegrama, y ocasione un
perjuicio a un tercero (parte agraviada) , la pena será aplicada según el
agravante previsto en los artículos mencionados. El procedimiento queda a
instancia de la parte agraviada.
d) Abuso de las funciones de los empleados del correo (artículo 188 C P)
Este artículo está referido a los empleados que prestan el servicio de correos y
telegramas que abusando de la posición laboral se adueñen, de algún
instrumento de información (carta; Telegrama) estando cerrada o no la abran
para conocer su contenido o la retengan o revelen su existencia o contenido a
8. otras personas distinta del título de su destino, será castigado con prisión de
quince días a 15 meses. Y el procedimiento es de oficio.
e) Violación del secreto profesional (artículo 189)
Este articulo está referido a la divulgación de secretos por parte de los que tienen
funciones de corte profesional, o conocedora de un arte y oficio que por razones de
su condición divulguen o revelen secretos y ocasiones algún perjuicio o lo revela sin
motivo alguno será castigado con prisión de cinco a treinta días, el procedimiento es
a instancia de la parte agraviada.
ANALISIS DE LOS TIPOS
La noción del delito estará circunscrita a la configuración de la acción según sea el
caso (intromisión ilegal e ilegítima en el domicilio de una persona. en este caso el
bien jurídico tutelado y lesionado es la violación al domicilio. Ya sea por un
particular o por un funcionario.
Por la violación de la correspondencia, o cuando se oculta o se divulga el contenido
de una correspondencia ajena, o cuando un empleado del correo abusa de su función
y se adueña de una correspondencia ajena, o cuando una persona divulga un secreto
que se le hubiera confiado en razón de su profesión, arte u oficio, siempre que no
tenga un justo motivo. En este caso es la inviolabilidad del secreto. el bien jurídico
tutelado y lesionado es la violación a la secreto e inviolabilidad de las
comunicaciones privadas en todas sus formas.
Estos delitos anteriormente descritos son intencionales o dolosos, el sujetos activos
indiferentes y pasivos siempre calificados, pues siempre será o la persona dueña del
domicilio, de la correspondencia y el remitente, o la persona que confió el secreto,
9. y en otros casos, también será de sujetos activos calificados, como es el caso de los
delitos y en cuanto al establecimiento de la pena y el procedimiento a seguir ya fue
mencionado en cada tipo de delito.
10. CONCLUSION
La libertad al domicilio es el reflejo de la protección acordada en el ordenamiento a la
persona aunque no necesariamente a la persona física sino a la jurídica de derecho
privado.
El derecho a la inviolabilidad del domicilio consiste sustancialmente en un derecho a
que, contra la voluntad del titular y salvo delito flagrante no haya penetración en el
propio domicilio sin una autorización judicial
Es importante señalar que la inviolabilidad del secreto está referida a la protección de
las de las comunicaciones privadas en todas sus formas. Con la finalidad de proteger
la confianza y fe debida a otro.
11. BILBIOGRAFIA
CODIGO PENAL. GACETA OFICIAL N°39.818 DEL 12 DE Diciembre de 2011.
CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA