Delitos contra la inviolabilidad del domicilio, delitos contra la administración de justicia y los delitos contra el orden públicos
1. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZULA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LE EDUCACIÓN SUPERIOR
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
ACARIGUA- ARAURE
TORRES MERSI
C.I: 20.024.054
LOS DELITOS CONTRA LA INVIOLABILIDAD DEL
DOMICILIO, DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN
DE JUSTICIA Y LOS DELITOS CONTRA EL ORDEN
PÚBLICOS
2. Una agravante de este delito seria que lo cometiere un funcionario publico
sin una orden judicial o las formalidades correspondientes establecidas por la
ley. Art. 184: El funcionario publico que con abuso de sus funciones o faltando a
las condiciones o formalidades establecidas por la ley, se introduzca en domicilio
ajeno o en sus dependencias, será castigado con prisión de cuarenta y cinco
días a dieciocho meses. Si el hecho fuere acompañado de pesquisas o de algún
otro acto arbitrario, la prisión será de seis a treinta meses. Si consta que el
culpable ha obrado por algún interés privado, las penas se aumentaran en una
sexta parte
DELITOS CONTRA LA INVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO
El domicilio es la morada o sitio donde la persona habita, es un refugio
donde el individuo se siente con libertad de desenvolvimiento personal y lo
concerniente a tener privacidad. La inviolabilidad del domicilio se da cuando se
introducen a este sin el consentimiento del habitante o dueño de este esta se
encuentra en el Art 183 del código penal
GENERALIDADES: La función del Poder Judicial es el encargado de
administras la justicia en nuestro país, es por lo tanto que se entiende que su
función es la de aplicar el derecho a los hechos, es decir, nos indica la norma
conforme a la cual deben proceder las personas en un caso determinado.
3. Estos delitos se pueden clasificar como delitos contra la inviolabilidad de la
correspondencia y revelación de secreto, el secreto es una figura que se refiere al hecho, la
cual tiene sus propias diferencias.
1. La de informarse.
2. La de informar.
Tomando en cuenta la figura principal del secreto como lo es la protección que en
oportunidades lo rodea.
DELITO CONTRA LA INVIOLABILIDAD DEL SECRETO
Estos son delitos en los que la acción estaría configurada, según el caso, en una intromisión ilegal e
ilegítima, en el domicilio de una persona (violación del domicilio).
Además, son delitos intencionales o dolosos, se sujetos activos indiferentes y pasivos siempre
calificados, pues siempre será o la persona dueña del domicilio, de la correspondencia y el remitente, o la
persona que confió el secreto artículo 184, 188 y 189
La acción va a depender de la conducta que configure el tipo específico que se analiza, son delitos
eminentemente dolosos, de sujetos activos indiferentes o calificados, según el caso
ANÁLISIS DEL TIPO
4. DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TIPOS DE
VIOLENCIA
La Administración, es un instrumento esencial de todo Estado para desarrollar sus políticas, es uno de
los elementos más determinantes a la hora de conseguir la justicia para los ciudadanos, evitando que
éstos se vean tratados de forma distinta por circunstancias ajenas a las permitidas
constitucionalmente; cuando hablamos de la Administración de Justicia, como poder del Estado,
estamos ante una situación mucho más importante.
GENERALIDADES: La Administración, como instrumento esencial de todo Estado para desarrollar
sus políticas, es uno de los elementos más determinantes a la hora de conseguir la justicia para los
ciudadanos, evitando que éstos se vean tratados de forma distinta.
LA VIOLENCIA DIRECTA, la cual es visible, se
concreta con comportamientos y responde a actos de
violencia.
LA VIOLENCIA CULTURAL, la cual crea un
marco legitimador de la violencia y se
concreta en actitudes
LA VIOLENCIA ESTRUCTURAL, (la peor de las tres), que se
centra en el conjunto de estructuras que no permiten la
satisfacción de las necesidades y se concreta, precisamente,
en la negación de las necesidades.
A menudo, las causas de la violencia
directa están relacionadas con
situaciones de violencia estructural o
justificadas por la violencia cultural:
muchas situaciones son
consecuencia de un abuso de poder
que recae sobre un grupo oprimido,
o de una situación de desigualdad
social (econòmica, sanitaria, racial).
5. Atenuante (Art. 271 CP)
REGIMEN LEGAL EL CODIGO PENAL VENEZOLANO (VIGENTE)
violencia y de la resistencia a la
autoridad (Art. 215 al 221 CP)
Negativa a servicio legalmente
debido (Art. 238 CP)
simulación de hecho punible
(Art. 239 CP)
Calumnia (Art. 240 CP)
Falso testimonio (Art. 242 CP)
Soborno de testigos (Art. 246 CP)
La prevaricación o la representación
infiel (Art. 250 al 253 CP)
El encubrimiento (Art. 254 CP)
La prohibición de hacerse justicia por
sus propias manos. Análisis del tipo
(Art. 270 CP)
6. El Orden Público se define como la tranquilidad y paz social que proviene del respeto
generalizado, al ordenamiento jurídico. Los delitos contra el Orden Público son el irrespeto
que causa la inestabilidad, atentando contra la paz social.
DELITOS CONTRA EL ORDEN PÚBLICO
Delitos estipulados en el Código Penal:
* De la importación, fabricación, comercio, detención y porte de armas.
* De la instigación a delinquir.
* Del agavillamiento.
* De la excitación a la guerra civil, organizar cuerpos armados o intimidar al público (Delitos de Terrorismo).
Este delito contra el orden público se encuentran establecidos en la ley especial Ley Orgánica Contra La
Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, pero se consigue de una manera más extensa en
el código penal debido a que éste es de data más reciente; También se puede decir que en lo que respecta
a este delito, poco ha cambiado a lo largo del tiempo apareciendo por primera vez en el Código Penal
Venezolano Vigente.
De la importación, fabricación, comercio, detención y porte de armas
Artículo 272. Se consideran delitos y serán castigados conforme a los artículos pertinentes de este
Capítulo, la introducción, fabricación, comercio, posesión y porte de armas que se efectúen en
contravención de las disposiciones del presente Código y dela Ley sobre Armas y Explosivos.
El Artículo 273 establece: “Son armas, en general, todos los instrumentos propios para maltratar o herir;
más, para los efectos de este Capítulo, sólo se considerarán como tales las que se enuncien en la Ley
citada en el artículo anterior”.
Armas de Guerra. El Artículo 274 prescribe: “El comercio, la importación, la fabricación, el porte, la
posesión, el suministro y el ocultamiento de las armas clasificadas como de guerra segúnla Ley sobre
Armas y Explosivos y demás disposiciones legales concernientes a la materia, se castigarán con pena de
prisión de cinco a ocho años”.
7. Bajo la condiciones estipulados en nuestro código penal venezolano es
preciso llevar a cabo el estudio de los delitos que atentan, con los Delitos contra la
inviolabilidad del domicilio, Delitos contra la administración de justicia y los Delitos
contra el orden públicos; es decir estos delitos van contra intimidad de las
personas en la sociedad, si bien conocemos que cada individuo en sociedad es
libre de expresarse y desenvolverse dentro de los márgenes de la ley, es por ello
que se reconoce el derecho que toda persona tiene de habitar un espacio donde
pueda desarrollarse íntimamente, es así que llego a concluir y notar que el que
vulnere los deberes que hoy consagra nuestra ley será penado con prisión, de
igual manera e podido observar el derecho que como personas debemos cumplir
con la norma y hacer valer nuestros propio derechos, quien vulnere o altere lo
estipulado en la norma y todo aquello que nos garantiza nuestra legislación será
penado con prisión y dichos procedimientos dependerán de cuál sea el caso o
delito que ejecute el sujeto, de esta manera debo expresar que fue gratificante y
amplio mis conocimientos de los temas expuesto.
CONCLUSIÓN