GESTIÓN DE LAS CONTRATACIONES
DEL ESTADO
RNP - SEACE
Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
El OSCE supervisa y fiscaliza procesos de manera SELECTIVA Y/O ALEATORIA para verificar el
estricto cumplimiento de la Ley y para evitar transgresiones de orden técnico, legal y
económico.
Herramientas que administra el OSCE
Desarrolla, administra y opera el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado-SEACE, el
Registro Nacional de Proveedores, los Catálogos electrónicos de Convenio Marco y el módulo de
Subasta Inversa
1 2 3 4SEACE RNP Convenio Marco Subasta Inversa
Se registran todos los
procedimientos de
selección que realizan las
entidades del Estado,
permite el intercambio de
información y difusión
sobre las contrataciones,
así como la realización de
transacciones electrónicas.
Para ser participante,
postor y/o contratista se
requiere estar inscrito en
el RNP y no estar
impedido, sancionado ni
inhabilitado para contratar
con el Estado.
A cargo de dirigir el
proceso de selección del
proveedor.
Unidad orgánica que realiza
las actividades relativas a la
gestión del abastecimiento al
interior de una Entidad
Actores que intervienen en la contratación pública
1 2 3 4El titular de la
entidad
Área usuaria Órgano Encargado de
las Contrataciones
Comité Especial
Es la más alta autoridad
ejecutiva, de conformidad
con sus normas de
organización, que ejerce las
funciones previstas en la Ley
y el Reglamento para la
aprobación, autorización y
supervisión de los procesos
de contrataciones del Estado
es la dependencia cuyas
necesidades pretenden ser
atendidas con determinada
contratación, o que, dada su
especialidad y funciones,
canaliza los requerimientos
formulados por otras
dependencias.
es el órgano colegiado
encargado de seleccionar al
proveedor que brindará los
bienes, servicios u obras
requeridos por el área
usuaria a través de
determinada contratación.
es aquél órgano o unidad
orgánica que realiza las
actividades relativas a la
gestión del abastecimiento al
interior de una Entidad.
Actores que intervienen en la contratación pública
Competencias y responsabilidades de las entidades contratantes
Actores que intervienen en la contratación pública
El Órgano Encargado de las Contrataciones requiere profesionales o técnicos
especialistas en contratación pública
1 2Profesionales o técnicos certificados por
el OSCE
Personal capacitado por competencias
• Tres (03) años de experiencia en
general.
• Un (01) año de experiencia en
contratación pública o logística privada
• Ochenta (80) horas de capacitación
• Aplica la Ley de Contrataciones del Estado y su
reglamento.
• Analiza sistemas de información (SEACE, RNP,
Inhabilitados).
• Analiza aspectos legales (leyes, opiniones, otros).
• Conoce los procedimientos de selección.
• Analiza los productos y el mercado.
• Analiza Costo/beneficio.
Responsabilidades de los actores que intervienen en la
contratación pública
1 2 3Responsabilidad
Administrativa
Responsabilidad
civil
Responsabilidad
Penal
Surge debido a la violación de las
normas que rigen la función
pública o que establecen los
deberes o las obligaciones
administrativas.
También por desarrollar una
gestión deficiente.
Es la obligación de reparar un daño
proveniente del incumplimiento
culposo de una obligación derivada
de un contrato.
Si la magnitud de la transgresión o
de la falta afecta no solo el normal
desarrollo del servicio sino
además el orden público o un bien
jurídicamente tutelado, se incurre
en responsabilidad penal
Actores que intervienen en la contratación pública
Requisitos y consideraciones para que los proveedores puedan contratar con el Estado
1 2 3 4Registro Nacional
de proveedor
¿Impedido para
contratar?
Causales de
inhabilitación
Compras menores
e igual a 3 UIT
Deberán inscribirse todas
las personas naturales o
jurídicas, nacionales o
extranjeras, que deseen
participar en procesos de
selección y/o contratar con
el Estado.
Se produce por Ley; previa
resolución del Tribunal que
así lo ordene, o por
cumplimiento de sentencia
judicial firme. (Temporal /
definitiva)
Compras directas también
se registran en el SEACE,
no se requiere contar con
RNP del proveedor
Según Ley de
Contrataciones del Estado
El Registro Nacional de
Proveedores
RNP
Registro de las Entidades
Contratantes (i)
o El Registro de Entidades Contratantes (REC)
inscribe a las Entidades comprendidas en el
numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley, que
realicen procesos de contratación pública.
o Las Entidades deberán proporcionar la
información que se solicite en el enlace
correspondiente del SEACE.
o Las modificaciones a la información
proporcionada en el REC deberán ser
actualizadas en el SEACE en un plazo no mayor
de diez (10) días hábiles de producida.
Registro Nacional de
Proveedores - RNP
Su desarrollo, administración y operación
está a cargo del OSCE.
Registros:
o Registro de Proveedores de Bienes.
o Registro de Proveedores de Servicios.
o Registro de Consultores de Obras.
o Registro de Inhabilitados para Contratar
con el Estado.
Obligaciones de los proveedores
registrados en el RNP
Comunicar al RNP dentro de los 10 días hábiles
siguientes al término de cada mes las siguientes
ocurrencias:
o Variación de domicilio, cambio de razón de
social, transformación societaria, cambio de
representante, socios accionistas,
participacionistas o titular, órganos de
administración, cambio en la distribución de
las acciones, participaciones, aportes y otras
variaciones que el OSCE establezca.
Inscripción en el RNP
La inscripción en los Registros tendrá validez de
un (1) año a partir del día siguiente de su
aprobación, pudiendo el interesado iniciar el
procedimiento de renovación dentro de los
sesenta (60) días calendarios anteriores a su
vencimiento. El proveedor deberá acceder
electrónicamente a su respectiva constancia a
través del portal institucional del OSCE.
Vigencia en el RNP
Los proveedores serán responsables de que
su inscripción en el Registro
correspondiente del RNP se encuentre
vigente al registrarse como participante,
en la presentación de propuestas, en el
otorgamiento de la buena pro y la
suscripción del contrato. Las Entidades
deberán verificar la vigencia de la
inscripción en el RNP en el portal
institucional de OSCE.
Infracciones y sanciones administrativas
Se impondrá sanción administrativa a los
proveedores, participantes, postores y
contratistas que:
o Se registren como participantes, presenten
propuestas, o suscriban un contrato o
acuerdo de Convenio Marco sin contar con
inscripción vigente en el Registro Nacional de
Proveedores (RNP)
Fiscalización posterior de los
trámites ante el RNP
El OSCE someterá a fiscalización posterior
la documentación, información,
declaraciones y traducciones, presentadas
por los proveedores, de acuerdo a lo
dispuesto por la normativa aplicable y a
sus normas de organización interna.
Inscripción de proveedores
extranjeros en el RNP (i)
Para las personas jurídicas extranjeras, los
requisitos serán los equivalentes a los
solicitados a las personas jurídicas nacionales,
cuando corresponda, expedidos por autoridad
competente en su lugar de origen.
Los requisitos podrán presentarse en copia
simple para el trámite de inscripción ante el
RNP, adjuntando una declaración jurada.
Inscripción de proveedores
extranjeros en el RNP (ii)
Dentro treinta (30) días hábiles, a partir del día
siguiente de la aprobación del respectivo trámite, los
requisitos deberán ser presentados ante el RNP con la
legalización del Consulado Peruano, en su lugar de
origen, refrendado por el Ministerio de RREE en el
Perú y, de ser el caso, con su traducción simple y el
nombre del traductor.
En el caso de no presentarse la documentación con las
formalidades exigidas y dentro del plazo indicado, la
inscripción ante el RNP será cancelada de oficio.
Exceptuados a inscribirse en el RNP
No requieren inscribirse como
proveedores en el RNP:
o Las Entidades del Estado comprendidas
en el inciso 3.1. del artículo 3 de la Ley.
o Las sociedades conyugales y las
sucesiones indivisas para celebrar
contratos sobre bienes y servicios.
Impedimentos para acceder al RNP
No podrán inscribirse ni renovar su inscripción,
aumentar su capacidad máxima de contratación,
ni ampliar su especialidad como proveedores en
el RNP:
o Las personas naturales o jurídicas que se
encuentren con sanción vigente de
inhabilitación
o Los proveedores cuya inscripción haya sido
declarada nula por haber presentado
documentación falsa o información inexacta al
RNP, conforme a lo dispuesto en el artículo 9
de la Ley.
Información de los socios comunes en el
RNP
Cuando dos o más proveedores tengan socios
comunes en los que sus acciones, participaciones o
aportes sean superiores al cinco por ciento (5%) del
capital o patrimonio social en cada uno de ellos, con
la solicitud ante el RNP, de inscripción, renovación,
ampliación de especialidad, aumento de capacidad
máxima de contratación, deberán declarar que
cuando participen en un mismo proceso de
selección, sólo lo harán en consorcio y no
independientemente.
Sistema de Electrónico de
Contrataciones del Estado
SEACE
¿Qué es el SE@CE?
Sistema electrónico que permite el
intercambio de información y difusión
sobre las contrataciones del Estado, así
como la realización de transacciones
electrónicas (Artículo 67º del D.L. 1017).
o Principios:
Publicidad - Eficiencia - Transparencia.
Objetivos del SE@CE
o Fortalecer y agilizar los procesos de compra.
o Incrementar la transparencia en los contratos de
bienes, servicios y obras.
o Permitir la activa participación de los
Proveedores.
o Ser un sistema de información para la Sociedad
Civil.
o Contar con información para la Supervisión y
fiscalización del mercado de las contrataciones
públicas.
ALCANCES
 Constituirse en el portal de las compras estatales en un
entorno electrónico.
 Portal de información de todas las compras de bienes,
contratación de servicios y ejecución de obras por
parte de las Entidades Públicas Contratantes - EPC del
país (sean de Gobierno Nacional, Regional o Local,
empresas municipales públicas).
 Permite las transacciones electrónicas entre las EPC y
los proveedores.
 Fomentar e impulsar el desarrollo de procesos
electrónicos.
¿Con quienes interactúa el SE@CE?
Todas las Entidades referidas en el numeral 3.1 del
artículo 3º del D.L. 1017 están obligadas a registrar
información sin prejuicio del régimen legal o fuente
financiamiento.
Información relacionada con:
 Plan Anual de Contrataciones,
 Procesos de Selección,
 Contratos y su Ejecución,
 Todos los actos que requieran ser publicados, y
 Las contrataciones con sujeción a regímenes
especiales.
OBLIGATORIEDAD DEL USO
Art. 68º del D.L. 1017 y 287º del Reglamento (DS 184 -2008-EF)
Certificado SEACE
Es el mecanismo de identificación y seguridad que
deben utilizar todos los usuarios del sistema para
interactuar con él.
Esta conformado por :
Usuario: DNI
Contraseña: 124586fapbA
Certificado SEACE
La información que se registra en el SEACE debe ser
idéntica a la información que se tiene como
documento final, bajo responsabilidad del funcionario
que hubiese solicitado la activación del Certificado
SEACE y de aquél que hubiera registrado la
información.
Validez de la información registrada
Validez y eficacia de la información
registrada en el SE@CE (i)
o Los actos realizados por medio del SEACE que
cumplan con las disposiciones vigentes
poseen la misma validez y eficacia que los
actos realizados por medios manuales,
pudiéndolos sustituir para todos los efectos
legales.
o Para realizar cualquier acto en el SEACE la
entidad deberá estar en el Registro de
Entidades Contratantes-REC y contar con el
Certificado SE@CE.
Información que registra en el SE@CE la
entidad pública
Aplicaciones Implementadas en el
SE@CE
o El TCE informa en línea lo siguiente:
–Los Recursos presentados por los proveedores.
–Las Resoluciones de los Recursos de Apelación.
- Todos lo actuado en un expediente a través del
“Toma Razón Electrónico”
o Interface con el SIAF-SP:
Las Entidades que utilizan el SIAF-SP, sólo pueden
pagar sus contrataciones, si que estas han pasado
primero por el SEACE, desde la publicación de la
convocatoria hasta el registro del contrato.
Nuevo enfoque del SEACE
SEACE
Módulo Actos
Preparatorios
Módulo de
Selección
Versión 3.0
Módulo Plan
AnualVersión 2.0
Módulo
Contratos
Nuevos Módulos
Módulos Actuales
Información a RegistrarSEACEV3.0
Módulo Actos
Preparatorios
Expediente de Contratación
Conductor de Procedimiento
Bases
Cronograma
Bases
Módulo Selección
Convocatoria
Registrar Participante
.
.
.
Presentación de Propuestas
Otorgamiento de la Buena Pro
Muchas gracias por su
atención

Rnp

  • 1.
    GESTIÓN DE LASCONTRATACIONES DEL ESTADO RNP - SEACE
  • 2.
    Organismo Supervisor delas Contrataciones del Estado El OSCE supervisa y fiscaliza procesos de manera SELECTIVA Y/O ALEATORIA para verificar el estricto cumplimiento de la Ley y para evitar transgresiones de orden técnico, legal y económico.
  • 3.
    Herramientas que administrael OSCE Desarrolla, administra y opera el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado-SEACE, el Registro Nacional de Proveedores, los Catálogos electrónicos de Convenio Marco y el módulo de Subasta Inversa 1 2 3 4SEACE RNP Convenio Marco Subasta Inversa Se registran todos los procedimientos de selección que realizan las entidades del Estado, permite el intercambio de información y difusión sobre las contrataciones, así como la realización de transacciones electrónicas. Para ser participante, postor y/o contratista se requiere estar inscrito en el RNP y no estar impedido, sancionado ni inhabilitado para contratar con el Estado. A cargo de dirigir el proceso de selección del proveedor. Unidad orgánica que realiza las actividades relativas a la gestión del abastecimiento al interior de una Entidad
  • 4.
    Actores que intervienenen la contratación pública 1 2 3 4El titular de la entidad Área usuaria Órgano Encargado de las Contrataciones Comité Especial Es la más alta autoridad ejecutiva, de conformidad con sus normas de organización, que ejerce las funciones previstas en la Ley y el Reglamento para la aprobación, autorización y supervisión de los procesos de contrataciones del Estado es la dependencia cuyas necesidades pretenden ser atendidas con determinada contratación, o que, dada su especialidad y funciones, canaliza los requerimientos formulados por otras dependencias. es el órgano colegiado encargado de seleccionar al proveedor que brindará los bienes, servicios u obras requeridos por el área usuaria a través de determinada contratación. es aquél órgano o unidad orgánica que realiza las actividades relativas a la gestión del abastecimiento al interior de una Entidad.
  • 5.
    Actores que intervienenen la contratación pública Competencias y responsabilidades de las entidades contratantes
  • 6.
    Actores que intervienenen la contratación pública El Órgano Encargado de las Contrataciones requiere profesionales o técnicos especialistas en contratación pública 1 2Profesionales o técnicos certificados por el OSCE Personal capacitado por competencias • Tres (03) años de experiencia en general. • Un (01) año de experiencia en contratación pública o logística privada • Ochenta (80) horas de capacitación • Aplica la Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento. • Analiza sistemas de información (SEACE, RNP, Inhabilitados). • Analiza aspectos legales (leyes, opiniones, otros). • Conoce los procedimientos de selección. • Analiza los productos y el mercado. • Analiza Costo/beneficio.
  • 7.
    Responsabilidades de losactores que intervienen en la contratación pública 1 2 3Responsabilidad Administrativa Responsabilidad civil Responsabilidad Penal Surge debido a la violación de las normas que rigen la función pública o que establecen los deberes o las obligaciones administrativas. También por desarrollar una gestión deficiente. Es la obligación de reparar un daño proveniente del incumplimiento culposo de una obligación derivada de un contrato. Si la magnitud de la transgresión o de la falta afecta no solo el normal desarrollo del servicio sino además el orden público o un bien jurídicamente tutelado, se incurre en responsabilidad penal
  • 8.
    Actores que intervienenen la contratación pública Requisitos y consideraciones para que los proveedores puedan contratar con el Estado 1 2 3 4Registro Nacional de proveedor ¿Impedido para contratar? Causales de inhabilitación Compras menores e igual a 3 UIT Deberán inscribirse todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que deseen participar en procesos de selección y/o contratar con el Estado. Se produce por Ley; previa resolución del Tribunal que así lo ordene, o por cumplimiento de sentencia judicial firme. (Temporal / definitiva) Compras directas también se registran en el SEACE, no se requiere contar con RNP del proveedor Según Ley de Contrataciones del Estado
  • 9.
    El Registro Nacionalde Proveedores RNP
  • 10.
    Registro de lasEntidades Contratantes (i) o El Registro de Entidades Contratantes (REC) inscribe a las Entidades comprendidas en el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley, que realicen procesos de contratación pública. o Las Entidades deberán proporcionar la información que se solicite en el enlace correspondiente del SEACE. o Las modificaciones a la información proporcionada en el REC deberán ser actualizadas en el SEACE en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles de producida.
  • 11.
    Registro Nacional de Proveedores- RNP Su desarrollo, administración y operación está a cargo del OSCE. Registros: o Registro de Proveedores de Bienes. o Registro de Proveedores de Servicios. o Registro de Consultores de Obras. o Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado.
  • 12.
    Obligaciones de losproveedores registrados en el RNP Comunicar al RNP dentro de los 10 días hábiles siguientes al término de cada mes las siguientes ocurrencias: o Variación de domicilio, cambio de razón de social, transformación societaria, cambio de representante, socios accionistas, participacionistas o titular, órganos de administración, cambio en la distribución de las acciones, participaciones, aportes y otras variaciones que el OSCE establezca.
  • 13.
    Inscripción en elRNP La inscripción en los Registros tendrá validez de un (1) año a partir del día siguiente de su aprobación, pudiendo el interesado iniciar el procedimiento de renovación dentro de los sesenta (60) días calendarios anteriores a su vencimiento. El proveedor deberá acceder electrónicamente a su respectiva constancia a través del portal institucional del OSCE.
  • 14.
    Vigencia en elRNP Los proveedores serán responsables de que su inscripción en el Registro correspondiente del RNP se encuentre vigente al registrarse como participante, en la presentación de propuestas, en el otorgamiento de la buena pro y la suscripción del contrato. Las Entidades deberán verificar la vigencia de la inscripción en el RNP en el portal institucional de OSCE.
  • 15.
    Infracciones y sancionesadministrativas Se impondrá sanción administrativa a los proveedores, participantes, postores y contratistas que: o Se registren como participantes, presenten propuestas, o suscriban un contrato o acuerdo de Convenio Marco sin contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)
  • 16.
    Fiscalización posterior delos trámites ante el RNP El OSCE someterá a fiscalización posterior la documentación, información, declaraciones y traducciones, presentadas por los proveedores, de acuerdo a lo dispuesto por la normativa aplicable y a sus normas de organización interna.
  • 17.
    Inscripción de proveedores extranjerosen el RNP (i) Para las personas jurídicas extranjeras, los requisitos serán los equivalentes a los solicitados a las personas jurídicas nacionales, cuando corresponda, expedidos por autoridad competente en su lugar de origen. Los requisitos podrán presentarse en copia simple para el trámite de inscripción ante el RNP, adjuntando una declaración jurada.
  • 18.
    Inscripción de proveedores extranjerosen el RNP (ii) Dentro treinta (30) días hábiles, a partir del día siguiente de la aprobación del respectivo trámite, los requisitos deberán ser presentados ante el RNP con la legalización del Consulado Peruano, en su lugar de origen, refrendado por el Ministerio de RREE en el Perú y, de ser el caso, con su traducción simple y el nombre del traductor. En el caso de no presentarse la documentación con las formalidades exigidas y dentro del plazo indicado, la inscripción ante el RNP será cancelada de oficio.
  • 19.
    Exceptuados a inscribirseen el RNP No requieren inscribirse como proveedores en el RNP: o Las Entidades del Estado comprendidas en el inciso 3.1. del artículo 3 de la Ley. o Las sociedades conyugales y las sucesiones indivisas para celebrar contratos sobre bienes y servicios.
  • 20.
    Impedimentos para accederal RNP No podrán inscribirse ni renovar su inscripción, aumentar su capacidad máxima de contratación, ni ampliar su especialidad como proveedores en el RNP: o Las personas naturales o jurídicas que se encuentren con sanción vigente de inhabilitación o Los proveedores cuya inscripción haya sido declarada nula por haber presentado documentación falsa o información inexacta al RNP, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley.
  • 21.
    Información de lossocios comunes en el RNP Cuando dos o más proveedores tengan socios comunes en los que sus acciones, participaciones o aportes sean superiores al cinco por ciento (5%) del capital o patrimonio social en cada uno de ellos, con la solicitud ante el RNP, de inscripción, renovación, ampliación de especialidad, aumento de capacidad máxima de contratación, deberán declarar que cuando participen en un mismo proceso de selección, sólo lo harán en consorcio y no independientemente.
  • 22.
    Sistema de Electrónicode Contrataciones del Estado SEACE
  • 23.
    ¿Qué es elSE@CE? Sistema electrónico que permite el intercambio de información y difusión sobre las contrataciones del Estado, así como la realización de transacciones electrónicas (Artículo 67º del D.L. 1017). o Principios: Publicidad - Eficiencia - Transparencia.
  • 24.
    Objetivos del SE@CE oFortalecer y agilizar los procesos de compra. o Incrementar la transparencia en los contratos de bienes, servicios y obras. o Permitir la activa participación de los Proveedores. o Ser un sistema de información para la Sociedad Civil. o Contar con información para la Supervisión y fiscalización del mercado de las contrataciones públicas.
  • 25.
    ALCANCES  Constituirse enel portal de las compras estatales en un entorno electrónico.  Portal de información de todas las compras de bienes, contratación de servicios y ejecución de obras por parte de las Entidades Públicas Contratantes - EPC del país (sean de Gobierno Nacional, Regional o Local, empresas municipales públicas).  Permite las transacciones electrónicas entre las EPC y los proveedores.  Fomentar e impulsar el desarrollo de procesos electrónicos.
  • 26.
  • 27.
    Todas las Entidadesreferidas en el numeral 3.1 del artículo 3º del D.L. 1017 están obligadas a registrar información sin prejuicio del régimen legal o fuente financiamiento. Información relacionada con:  Plan Anual de Contrataciones,  Procesos de Selección,  Contratos y su Ejecución,  Todos los actos que requieran ser publicados, y  Las contrataciones con sujeción a regímenes especiales. OBLIGATORIEDAD DEL USO Art. 68º del D.L. 1017 y 287º del Reglamento (DS 184 -2008-EF)
  • 28.
    Certificado SEACE Es elmecanismo de identificación y seguridad que deben utilizar todos los usuarios del sistema para interactuar con él. Esta conformado por : Usuario: DNI Contraseña: 124586fapbA
  • 29.
  • 30.
    La información quese registra en el SEACE debe ser idéntica a la información que se tiene como documento final, bajo responsabilidad del funcionario que hubiese solicitado la activación del Certificado SEACE y de aquél que hubiera registrado la información. Validez de la información registrada
  • 31.
    Validez y eficaciade la información registrada en el SE@CE (i) o Los actos realizados por medio del SEACE que cumplan con las disposiciones vigentes poseen la misma validez y eficacia que los actos realizados por medios manuales, pudiéndolos sustituir para todos los efectos legales. o Para realizar cualquier acto en el SEACE la entidad deberá estar en el Registro de Entidades Contratantes-REC y contar con el Certificado SE@CE.
  • 32.
    Información que registraen el SE@CE la entidad pública
  • 33.
    Aplicaciones Implementadas enel SE@CE o El TCE informa en línea lo siguiente: –Los Recursos presentados por los proveedores. –Las Resoluciones de los Recursos de Apelación. - Todos lo actuado en un expediente a través del “Toma Razón Electrónico” o Interface con el SIAF-SP: Las Entidades que utilizan el SIAF-SP, sólo pueden pagar sus contrataciones, si que estas han pasado primero por el SEACE, desde la publicación de la convocatoria hasta el registro del contrato.
  • 34.
    Nuevo enfoque delSEACE SEACE Módulo Actos Preparatorios Módulo de Selección Versión 3.0 Módulo Plan AnualVersión 2.0 Módulo Contratos Nuevos Módulos Módulos Actuales
  • 35.
    Información a RegistrarSEACEV3.0 MóduloActos Preparatorios Expediente de Contratación Conductor de Procedimiento Bases Cronograma Bases Módulo Selección Convocatoria Registrar Participante . . . Presentación de Propuestas Otorgamiento de la Buena Pro
  • 36.
    Muchas gracias porsu atención