El documento define el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) como el sistema electrónico que permite el intercambio de información y difusión sobre las contrataciones del Estado, así como la realización de transacciones electrónicas. Explica que las entidades están obligadas a utilizar el SEACE para sus contrataciones y que los actos realizados a través del sistema tienen la misma validez y eficacia que los actos manuales. Además, proporciona estadísticas sobre el uso del SEACE por diferentes entidades